DS(C) nº 398/8 del 24/2/2014









Orden del Día:




1. Comparecencia del Excmo. Sr. Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para informar sobre el Informe de Fiscalización de la actividad económico financiera del Ayuntamiento de Valderas (León), ejercicio 2013.


Sumario:






 ** Se inicia la sesión a las diez horas treinta minutos.

 ** El Presidente, Sr. González Reglero, abre la sesión.

 ** Intervención del Procurador Sr. Martín Martínez (Grupo Socialista) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención del Procurador Sr. Valderas Alonso (Grupo Mixto) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención del Procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** Primer punto del Orden del Día.

 ** La Secretaria, Sra. Álvarez-Quiñones Sanz, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para informar a la Comisión sobre el Informe de Fiscalización de la actividad económico financiera del Ayuntamiento de Valderas (León), ejercicio 2013.

 ** El Presidente, Sr. González Reglero, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los Portavoces de los Grupos Parlamentarios.

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Valderas Alonso (Grupo Mixto).

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Fernández Cardo (Grupo Socialista).

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular).

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para responder a las cuestiones planteadas.

 ** En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Valderas Alonso (Grupo Mixto).

 ** En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Fernández Cardo (Grupo Socialista).

 ** En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular).

 ** En turno de dúplica, interviene el Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.

 ** El Presidente, Sr. González Reglero, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las once horas cincuenta y cinco minutos.




Texto:

[Se inicia la sesión a las diez horas treinta minutos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Buenos días. Se abre la sesión. ¿Los Grupos Parlamentarios desean comunicar a esta Mesa alguna sustitución? ¿Por parte del Grupo Parlamentario Socialista?


EL SEÑOR MARTÍN MARTÍNEZ:

Sí, buenos días. Don Miguel Ángel Fernández Cardo sustituye a doña Ana María da Silva García y don Javier Campos de la Fuente sustituye a don José Ignacio Martín Benito.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. ¿Por parte del Grupo Mixto?


EL SEÑOR VALDERAS ALONSO:

Alejandro Valderas sustituye a José María González.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. ¿Por parte del Grupo Popular?


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Gracias, Presidente. Buenos días. Don Arturo Pascual Madina sustituye a doña María Isabel Blanco Llamas, don Juan Dúo Torrado sustituye a doña María Ángeles Porres Ortún y don Jorge Domingo Martínez Antolín sustituye a don Raúl de la Hoz Quintano.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Doy la bienvenida a esta Comisión a don Jesús Jaime Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, que comparece ante esta Comisión para presentar diversos informes de fiscalización remitidos a las Cortes de Castilla y León por el Consejo de Cuentas. La tramitación de los mismos se desarrollará de conformidad con lo previsto en la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de siete de abril de dos mil nueve.

Primer punto del Orden del Día. Por la señora Secretaria se dará lectura del primer punto del Orden del Día.

Informe


LA SECRETARIA (SEÑORA ÁLVAREZ-QUIÑONES SANZ):

Buenos días, Señorías, señor Presidente del Consejo de Cuentas. Primer punto del Orden del Día: "Comparecencia del Excelentísimo señor Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para informar sobre el Informe de Fiscalización de la actividad económico financiera del Ayuntamiento de Valderas (León), correspondiente al 2013".


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Para la presentación de este informe, tiene la palabra el Excelentísimo señor Jesús Jaime Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Gracias, señor Presidente. Antes que nada, lo que sí me gustaría es expresar públicamente el agradecimiento del Consejo de Cuentas a esta Comisión de Hacienda, y muy especialmente a la Mesa y a los Portavoces de los Grupos Parlamentarios que han habilitado con la mayor celeridad posible la comparecencia de esta... de este Presidente para dar cuenta del Informe de Fiscalización de Valderas, que fue encargado por acuerdo del conjunto de los Grupos Parlamentarios. Si eso... sí me gustaría dejar constancia formal, antes de dar lectura al informe de fiscalización.

El presente informe de fiscalización corresponde al Plan Anual de Fiscalizaciones del ejercicio dos mil trece y resultó aprobado por el Pleno del Consejo de Cuentas el cuatro de febrero de dos mil catorce. La publicación en la página web, tanto del texto íntegro del informe como de la nota resumen del mismo, tuvo lugar el seis de febrero del corriente año, una vez remitido a las Cortes de Castilla y León.

Como se recordará por todas Sus Señorías, esta fiscalización es fruto del entendimiento de todos los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Castilla y León, que quedó plasmado en el acuerdo adoptado por la Comisión de Hacienda con fecha veinticuatro de julio de dos mil trece para modificar el Plan Anual de Fiscalizaciones de dos mil trece, con la incorporación de esta fiscalización con el contenido y alcance que el Consejo de Cuentas determinase.

Esta fiscalización ha de encuadrarse como una auditoría de cumplimiento, con el objetivo de analizar la composición y organización del Ayuntamiento de Valderas, la estructura de personal con específica referencia al área económica, así como la cobertura y situación de los puestos reservados a funcionarios con habilitación estatal. Así mismo, el otro objetivo era señalar la situación de endeudamiento, tanto financiera como comercial. Como límite temporal se ha fijado el treinta de junio de dos mil trece.

Se ha analizado la situación del Gobierno y la Administración desde las elecciones locales del año dos mil siete, así como su estructura de personal, especialmente la situación y cobertura del puesto de Secretaría-Intervención.

Por lo que se refiere al análisis de la situación de endeudamiento, es de señalar que ha sido singularmente complicada la comprobación de la deuda de carácter comercial, al encontrarse la documentación dispersa, por carecer de contabilidad y por no existir actos administrativos que aprueben y reconozcan los gastos realizados y por los importantes defectos e irregularidades en los justificantes del gasto.

En relación al endeudamiento comercial, se han efectuado las siguientes actuaciones. Se ha solicitado un listado acreditativo de sus deudas con proveedores, es decir, las facturas pendientes, certificaciones de obra y justificantes de gasto. Se ha solicitado la relación identificada de las deudas reclamadas al Ayuntamiento mediante la interposición de recursos contencioso-administrativos, comprobando el estado de los procedimientos y las sentencias dictadas al respecto. Se ha solicitado información sobre los expedientes vinculados al pago de proveedores del Real Decreto-ley 4/2012, comprobándose que no se ha acogido a las normativas habilitadas al efecto con anterioridad a dicha fecha, ni tampoco con posterioridad. Se ha cruzado información con vistas a obtener una información fidedigna y se han analizado los justificantes de gasto para comprobar el cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos. Ahora bien, queda fuera del alcance de este informe la comprobación o verificación de la realidad de las prestaciones de los bienes o servicios.

Por otro lado, se ha analizado la situación deudora del Ayuntamiento con otras Administraciones Públicas a fecha treinta de junio de dos mil trece. Como consecuencia de lo expuesto, se han efectuado distintas circularizaciones: por un lado, se ha recabado información a las entidades financieras con las que el Ayuntamiento ha mantenido posiciones deudoras o acreedoras; y, por otro, se ha pedido información a todos los niveles de las Administraciones –Central, Autonómica y Local-.

Limitaciones al alcance. Han sido varias las que se han producido; en particular, son las siguientes:

Primera. La contabilidad figura sin cerrar desde el ejercicio dos mil siete; los años dos mil ocho, dos mil nueve y dos mil diez están sin actualizar; y en cuanto a los ejercicios dos mil once, dos mil doce y dos mil trece, no consta contabilidad alguna, por lo que no se pueden determinar los resultados económicos y presupuestarios del Ayuntamiento.

Segunda. Se ha producido una situación de permanente provisionalidad y accidentalidad en la cobertura del puesto de Secretaría-Intervención, lo cual ha afectado de manera fundamental a las tareas de control y fiscalización interna, y se puede afirmar que no se ha desempeñado de manera plena y continuada. En la actualidad no hay Secretario-Interventor ni personal funcionario que desarrolle funciones de carácter económico-administrativo.

Tercera. Hay una inexplicable dispersión de la documentación administrativa en distintos lugares, por lo que no puede afirmarse que la documentación facilitada sea la única existente.

Cuarta. Se han producido continuas modificaciones y correcciones respecto a la documentación facilitada por el Ayuntamiento.

Quinta. No se ha aprobado el presupuesto desde el ejercicio dos mil ocho.

Sexta. En relación a la deuda facilitada por el Ayuntamiento con sus justificantes, asciende a 541.127 euros, y es preciso poner de manifiesto lo siguiente: primero, el 31 % de los documentos está sin registrar; solo el 8,6 % cuenta con documento contable; el 100 % carece de acto o acuerdo de aprobación del gasto; y el 19,8 % de los documentos justificativos incumple los requisitos reglamentarios en cuanto a las facturas.

Séptima. Por lo que respecta a la petición de información a la Administración del Estado, ha sucedido lo siguiente: se solicitó información a la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas y a la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, ambas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, con fecha doce de agosto, recibiendo contestación el veinticinco de septiembre, en las que se expresan contrarias a facilitar dicha información por entender que hay falta de legitimidad y competencia del Consejo de Cuentas, debiendo hacerlo a través del Tribunal de Cuentas. Evidentemente, no podemos estar en... más en desacuerdo con la postura ministerial en tanto en cuanto incumple flagrantemente lo establecido en el Artículo 13 de la Ley 2/2002, modificada por la Ley 4 de dos mil trece, que establece: "Toda persona natural o jurídica, pública o privada, estará obligada a proporcionar, previo requerimiento del órgano competente del Consejo de Cuentas, cualquier clase de datos necesarios con trascendencia para la actividad de fiscalización de los entes sometidos a control". También resultan contrarias estas contestaciones al principio de colaboración que ha de regir las relaciones entre las distintas Instituciones o Administraciones. No obstante, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha remitido al Ayuntamiento de Valderas, con fecha de veinte de septiembre, parte de la información recabada por el Consejo de Cuentas, omitiéndose la concerniente a la existencia de deudas con la Administración del Estado por reintegro de subvenciones.

Octava. Por lo que se refiere al ICO, no se ha podido acreditar el criterio que se aplica desde octubre de dos mil doce para compensar las deudas por el pago a proveedores, en virtud del Real Decreto 4/2012, ni tampoco la no inclusión de 233.108 y 19.085 euros en la relación de deudas pendientes.

Alegaciones. De acuerdo con lo establecido en nuestro Reglamento, se remitió al Ayuntamiento de Valderas y a la Diputación Provincial para que formularan las alegaciones que estimaran pertinentes. El veinticuatro de enero se recibieron las alegaciones firmadas por la Alcaldesa en funciones del Ayuntamiento de Valderas, aportando distinta documentación. Sin embargo, fueron presentadas fuera de plazo, por lo que han de ser calificadas como extemporáneas, no incorporándose al informe. Ello no obsta para que hayan sido examinadas con detenimiento, y se ha comprobado que, de las denominadas "nuevas facturas" que aporta, el 38,20 % de las mismas ya está incorporado al presente informe.

Situación de la entidad local en la actualidad. Las elecciones municipales celebradas en el año dos mil once dio el resultado de 7 Concejales del PSOE y 4 del Partido Popular, constituyéndose la Corporación Municipal el once de junio. En noviembre de dos mil doce renuncia la Alcaldesa del PSOE, que pasa a tener la consideración de miembro no adscrito al abandonar su grupo político, al igual que otros dos Concejales del mismo grupo político, y otra Concejala renuncia a su condición. Otro Concejal del PSOE pasa a ejercer la Alcaldía en funciones hasta el veinticuatro de abril de dos mil trece, en que renuncia junto a los otros 2 Concejales que quedaban en el grupo socialista. El resto de candidatos de la lista electoral del PSOE renunció a ocupar puesto en la Corporación.

Además, en cuanto al Partido Popular, es de señalar que, con fecha veintiséis de noviembre de dos mil doce, suspendió de militancia a 2 Concejalas, a las que hay que añadir la del Concejal que fue el Alcalde en la anterior legislatura.

En abril de dos mil trece, la situación era la siguiente: de los 7 Concejales del PSOE, 5 habían renunciado sin que existiesen candidatos en la lista electoral, y los otros 2 estaban como no adscritos. En consecuencia, la Junta Electoral Central propuso 5 nuevos candidatos, con los que se consiguió constituir la Corporación Municipal del siguiente modo: 5 Concejales del PSOE no electos, 1 Concejal del PP y 5 Concejales no adscritos, pero sí electos. Y como Alcaldesa en funciones ejerció una de las Concejales del PSOE, no electa. En junio de dos mil trece se convoca Pleno, pero no se procedió a formalizar la votación para la elección de Alcalde, por lo que sigue en funciones la Alcaldesa.

En la actualidad, hay una preocupación latente a raíz de la sentencia del Tribunal Constitucional de veintitrés de mayo, que ha obligado al Alcalde de Cudillero a dejar sus responsabilidades por no haber sido elegido en ninguna lista electoral.

En estos momentos, no hay definición de grupos políticos en los Plenos, tampoco hay Junta de Gobierno ni funcionamiento de Comisiones Informativas. Los únicos actos administrativos que se adoptan en el ejercicio de las competencias del Alcalde se corresponden con decretos relacionados con la contratación de personal laboral por el Ayuntamiento.

Conclusiones. Información judicial. El Ayuntamiento tiene reclamadas en el ámbito contencioso-administrativo por los proveedores una deuda total de 794.972 euros, sin embargo, se ha comprobado que, de esta cuantía, 89.873 euros se ha abonado con cargo al mecanismo establecido en el Real Decreto-ley 4/2012, de veinticuatro de febrero. En cuanto al resto de la deuda, hay que significar que, salvo 83.157 euros, está pendiente de resolver.

Organización de personal. El puesto de Secretaría-Intervención está en permanente situación de accidentalidad en su cobertura; ha sido ocupado por seis personas diferentes desde el año dos mil nueve (tres nombramientos provisionales, un nombramiento accidental y tres nombramientos interinos). Se han dado circunstancias que, sin ánimo de ser prolijo, delatan que no ha habido una adecuada coordinación entre las distintas Administraciones; entre todas cabe resaltar que los nombramientos de carácter interino realizados en dos mil ocho y dos mil nueve no fueron efectuados por el órgano competente, es decir, la Junta de Castilla y León, sino por el propio Ayuntamiento. Incluso en el primer caso, se efectúa el nombramiento sin proceso de selección, vulnerándose los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad; y, en otro caso –como ha puesto de manifiesto la Junta de Castilla y León-, adoleció de importantes irregularidades.

La ausencia en la ocupación de la plaza de Secretaría-Interventor origina un sinfín de problemas: carencia de la fe pública, falta de asesoramiento legal preceptivo, inexistencia de fiscalización o de control interno de la gestión económica y la contabilidad. La consecuencia de esta auténtica desidia es que la contabilidad se ha llevado de manera puntual, discontinua e incompleta; así, la de los años dos mil ocho y dos mil nueve no se cerró, y en dos mil diez se abandonó. Según parece, en la actualidad se está contactando con empresas privadas para rehacerla y formalizarla.

Si nos centramos en la plantilla, hay que indicar que están vacantes los cuatro puestos de funcionario: secretario-interventor, administrativo, auxiliar administrativo y vigilante municipal; mientras que dos operarios, que son personal laboral, realizan tareas de carácter administrativo. Se carece de relación de puestos de trabajo, y no se ha aprobado la plantilla de personal desde que se hizo en dos mil ocho con la aprobación del presupuesto. Los quince empleados existentes como personal fijo provienen de contratos temporales cuya selección no se ha producido de acuerdo con la oferta de empleo público, convocatoria pública y cumplimiento de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Presupuestos, liquidación y cuenta general. No se ha aprobado ni elaborado presupuesto en los años dos mil diez, dos mil once, dos mil doce y dos mil trece, lo que supone un flagrante incumplimiento de lo prevenido en el Artículo 164 del texto refundido en la Ley de Haciendas Locales, así como una patente dejación de funciones por parte del Alcalde. Tampoco se ha aprobado la liquidación de los ejercicios dos mil ocho, dos mil nueve, dos mil diez, dos mil once y dos mil doce; el hecho de incumplir con esta obligación ha supuesto, de acuerdo con el Artículo 36 de la Ley 2/2011, de cuatro de marzo, de Economía Sostenible, la retención del importe de la participación en los tributos del Estado mientras siga sin remitir la liquidación. Consiguientemente, tampoco ha rendido la Cuenta General entre dos mil siete y dos mil doce, por lo que puede afirmarse que no existe reflejo de la gestión económica y financiera, incumplimiento del Artículo 108 y siguientes del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales.

Endeudamiento financiero. El endeudamiento financiero asciende a 70.559 euros, de los que 30.743 corresponden a saldos acreedores que se han derivado de la liquidación definitiva de la participación en los tributos del Estado en los ejercicios dos mil ocho y dos mil nueve, que están siendo reembolsados mediantes compensación con cargo a las entregas a cuenta mensuales.

Deuda con otras Administraciones Públicas. La deuda total asciende, a treinta de junio de dos mil trece, a 1.217.536 euros, de los que 1.088.664 corresponden al Estado, 127.565 a la Junta de Castilla y León y 1.307 a la Diputación Provincial de León. Si desglosamos la deuda con el Estado comprobaremos lo siguiente: 351.858 euros corresponden a la Seguridad Social; 63.929 euros a la Agencia Estatal de Administración Tributaria; 474.952 euros al Ministerio de Hacienda, por las operaciones de pago a proveedores; 30.743 euros al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, por la devolución de la participación en los tributos del Estado, ejercicios dos mil ocho y dos mil nueve; y 155.460 euros al Ministerio de Industria y Comercio, por el reintegro de una subvención; por otro lado, 11.719 euros a la Confederación Hidrográfica del Duero, por una multa de vertidos.

En cuanto a la Junta de Castilla y León, 127.565 euros corresponden fundamentalmente a reintegros por subvenciones concedidas relacionadas con el empleo y la revitalización comercial en el municipio.

Endeudamiento comercial. La deuda existente con proveedores asciende a 1.857.137 euros, que se desglosa de la manera siguiente: deuda pendiente reclamada en la vía contencioso-administrativa por un montante de 698.050 euros, de los que 83.157 euros son procedimientos resueltos y con la reclamación estimada; estimación de deuda reclamada en vía administrativa, 148.864 euros; deuda estimada mediante relación comprobada y facilitada por el Ayuntamiento, 535.269 euros; deuda por subrogación con el fondo de pago a proveedores de acuerdo con el Real Decreto-ley 4/2012, 474.952 euros.

Es de señalar que la relación facilitada por el Ayuntamiento, y que asciende a 535.269 euros, al supervisarse por el equipo de fiscalización se han detectado importantes limitaciones al no existir anotaciones contables, no figurar acuerdos aprobando las facturas, carecer de registro en otras ocasiones o la falta de acreditación en cuanto a la prestación de servicios. A ello hay que añadir la dispersión documental en distintas oficinas municipales sin criterio alguno.

En cuanto a la deuda con el fondo de pago a proveedores de las entidades locales del Estado, se originó al certificar el Ayuntamiento las obligaciones pendientes de pago al amparo del Real Decreto-ley 4/2012, y no formalizar el préstamo para financiarlas. En conclusión, esta deuda subrogada genera unos gastos financieros del 5,9 % y se solventará mediante compensación con la participación en los tributos del Estado.

Situación económica actual. Con cargo al cien por cien de la participación en los tributos del Estado, se está produciendo la compensación de deudas con el Estado, Agencia Estatal de la Administración Tributaria y Seguridad Social, al amparo de lo previsto en el Artículo 11 del Real Decreto-ley 4/2012 y Disposición Adicional Cuarta del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales.

En el ejercicio cerrado dos mil doce se han compensado 321.087 euros, que es la suma del total de las entregas a cuenta del dos mil doce, que ascendían a 280.690 euros, y la compensación íntegra de la liquidación definitiva del ejercicio dos mil diez, que ascendió a 40.397 euros.

La Corporación actual ha realizado una estimación presupuestaria para el ejercicio dos mil trece de 900.000 euros, restringidas a ingresos y gastos corrientes. Es de señalar que un 30 % de los ingresos que provienen de la participación en los tributos del Estado quedarán afectados al menos durante tres años a saldar la deuda con este. El resto de los ingresos quedaría vinculado para la financiación de los gastos de personal y otros gastos corrientes indispensables para el funcionamiento del Ayuntamiento y prestación de los servicios mínimos obligatorios. Puede anticiparse la insuficiencia de estos ingresos para afrontar estos gastos.

En definitiva, puede afirmarse que el resto de la deuda contraída con otras Administraciones o proveedores será de difícil liquidación. No está de más indicar que se ha perdido la oportunidad de ampararse en el Real Decreto-ley 8/2013, que preveía medidas extraordinarias de liquidez para municipios con problemas financieros.

Recomendaciones. A la vista del informe que antecede, se proponen las siguientes recomendaciones:

Primera. Es necesario que el Ayuntamiento de Valderas apruebe el presupuesto y reconstruya de forma retroactiva la contabilidad para presentar fielmente los resultados presupuestarios y financieros. Además, deberá remitir las liquidaciones y rendir las cuentas.

Segunda. Habida cuenta que la liquidación del presupuesto dos mil siete y el presupuesto dos mil ocho son los últimos expedientes contables aprobados, la contabilidad ha de rehacerse a partir de los datos económicos y presupuestarios que contienen ambos documentos.

Tercera. El Ayuntamiento ha de aprobar una relación de puestos de trabajo y la plantilla de personal, esta última junto con el presupuesto, presidida por la racionalización y reservando al personal funcionario las funciones que por el mismo deben ser desempeñadas. Ha de garantizarse que el acceso a la condición de empleado público se acomode a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Cuarta. El conjunto de las Administraciones (Ayuntamiento, Estado, Junta de Castilla y León y Diputación Provincial) deben de coordinar su actuación a efectos de cubrir el puesto de Secretario-Interventor, y que no se encuentre en permanente situación de accidentalidad o provisionalidad.

Quinta. El Alcalde y el Pleno, en el ejercicio de sus competencias, han de adoptar las medidas organizativas necesarias para afrontar la extrema dificultad financiera en la que se encuentra el Ayuntamiento de Valderas.

Sexta. El Ayuntamiento debe seguir actuando para clarificar la situación de la deuda comercial facilitada, inicialmente estimada en 535.269 euros, y, en su caso, proceder al reconocimiento de la que proceda. A tal fin, ha de verificar la realidad de las prestaciones, justificaciones del gasto, duplicados de facturas en su caso, o reclamar facturas rectificativas cuando no cumplan los requisitos del reglamento de facturación. Es importante que sea consciente de que el plazo de prescripción de las obligaciones es de cuatro años, tanto en el reconocimiento por la Hacienda Pública de obligaciones no solicitadas con la presentación de los documentos justificativos como el pago de obligaciones ya reconocidas si no se hubiesen reclamado.

Séptima. El Ayuntamiento ha de tomar medidas para clarificar la deuda en los términos expresados en el apartado anterior, pero ha de respetar la doctrina jurisprudencial sobre el enriquecimiento injusto, en el sentido de que la omisión de trámites y de procedimiento no exonera de la obligación del pago.

Octava. La contabilización de la deuda con el fondo de pago a proveedores del Estado, así como con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Seguridad Social, que se está compensando por la vía de hecho, requiere su reconocimiento gradual en cada ejercicio, dotando crédito suficiente para afrontarlo. El resto, pendiente de compensar en ejercicios sucesivos, debe de apuntarse en la cuenta 413, de acreedores pendientes de aplicar a presupuesto.

Novena. En cuanto a las obligaciones generadas o que pudieran generarse con el resto de las Administraciones y proveedores, deberá procederse, desde el ejercicio dos mil trece, a su reconocimiento paulatino a medida que pueda asumir el pago. El Artículo 187 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales establece el carácter preferente en el pago de obligaciones que deriven de ejercicios cerrados junto con los de personal. El reconocimiento gradual ha de efectuarse a través de la figura del reconocimiento extrajudicial de créditos a aprobar por el Pleno. La deuda pendiente ha de apuntarse en la cuenta 413.

Décima. Respecto al endeudamiento comercial, han de seguirse las pautas indicadas en los apartados 6 y 7, atendiendo a la firmeza de las deudas reconocidas de forma judicial. La estimación pasaría por su apunto en la cuenta 413.

Undécima. De no adoptarse ninguna medida de carácter urgente, el Ayuntamiento de Valderas se encuentra en una situación crítica para ejercer sus competencias, incluso las de carácter obligatorio, de acuerdo con el Artículo 26 de la Ley de Bases de Régimen Local.

Duodécima. Se hace necesaria la aprobación por el Pleno del Ayuntamiento de un plan de ajuste de acuerdo con lo establecido en el Artículo 7 del Real Decreto-ley 4/2012, estableciendo las medidas necesarias sobre los Capítulos 1 y 2, eso sí, atendiendo al mantenimiento de los servicios mínimos y funcionamiento básico de la entidad local. Además, ha de acomodarse a la Ley... Ley Orgánica 4/2012, de veintisiete de abril, en orden al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

Decimotercera. Al existir un elevado volumen de deuda con proveedores, son necesarias otras medidas de carácter excepcional, en la línea que lo establecen distintas disposiciones (Real Decreto-ley 4/2012, Real Decreto-ley 4/2013 y Real Decreto-ley 8/2013), en el sentido de sustituir el endeudamiento comercial por el financiero a largo plazo, lo cual requeriría la utilización del órgano de la tutela financiera de la Junta de Castilla y León y del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. No obstante, requerirá el cumplimiento de lo previsto en el Artículo 53 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales.

Decimocuarta. Teniendo presente la situación de excepcionalidad en la que se encuentra el Ayuntamiento de Valderas, cualquier medida que se adopte estará condicionada por el cumplimiento de las obligaciones presupuestarias, contables y de información al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y ha de pasar por la comunicación y sometimiento a este.

Opinión. En cuanto a la organización, el Ayuntamiento de Valderas se encuentra en una situación de excepcionalidad desde el punto de vista del gobierno y administración, y grave en lo que concierne al ámbito organizativo y de personal, así como en el aspecto económico y financiero. El deterioro comienza a partir de las elecciones municipales de dos mil siete y se agrava progresivamente desde dos mil ocho.

El funcionamiento de los órganos del Ayuntamiento está limitado al mínimo. No hay funcionarios que desempeñen las tareas administrativas, solo cuenta con personal laboral. La inexistencia de Secretario-Interventor impide que se realicen las funciones públicas necesarias en toda entidad local, como son las de secretaría, control interno y contabilidad. En el pasado se constata una falta de estabilidad y continuidad de las personas ocupantes de este puesto de trabajo.

La deuda total del Ayuntamiento de Valderas, a treinta de junio de dos mil trece, asciende a 2.639.537 euros, desglosada del siguiente modo: 1.217.536 euros con otras Administraciones Públicas, 39.816 euros de endeudamiento financiero, 1.382.184 de endeudamiento comercial.

Este elevado endeudamiento condiciona el funcionamiento, más aún si tenemos presente que su principal recurso financiero, la participación en los tributos del Estado, se encuentra retenido para el pago de la deuda. La solución puede pasar por la aprobación de un plan de ajuste, con medidas de gasto e impulso de ingresos, y con sometimiento al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Cualquier posible solución de carácter extraordinario pasa por el cumplimiento de la obligación de remitir la información económico-financiera y presupuestaria. Es indispensable la aprobación de un presupuesto y la puesta al día con urgencia de la contabilidad.

Es de significar que la falta de estas actuaciones le ha impedido en el pasado acceder a medidas extraordinarias, como las contenidas en el Título II del Real Decreto-ley 8/2013, para municipios con problemas financieros. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Se abre ahora un turno de intervenciones de los Grupos Parlamentarios. En primer lugar, por parte del Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra el señor Valderas.


EL SEÑOR VALDERAS ALONSO:

Muchas gracias y bienvenido. Estamos entre todos buscando una solución a un caos al que ha llegado un Ayuntamiento pequeño, en este caso el de Valderas. Los Grupos Políticos de las Cortes, a petición de los vecinos y representantes públicos de la localidad, forzamos un poco la norma, como sabe, para que lo antes posible el Consejo de Cuentas acometiera esta materia, y le agradecemos que nos lo haya permitido, el forzar un poco el plan de trabajo de este año.

En lo que hemos podido, hemos invitado a los vecinos y a los proveedores, los mismos Procuradores de las Cortes, para que se pusieran en contacto con ustedes y les presentaran documentos. Nos consta, porque nos han enviado luego la copia certificada de que lo han enviado. Todos agradecemos al Consejo su labor, delicada en este caso, como se nos ha dicho, y creo que todos sabemos que o hacíamos esto o la otra solución prevista en la normativa vigente en el Reino de España era la disolución del Ayuntamiento. Valderas no es Marbella, por lo tanto era una solución un poco bárbara disolver el Ayuntamiento de esa manera.

Nos preocupan muchas cosas del informe que nos ha leído. La primera, el encontronazo con el Tribunal de Cuentas. Ya sabíamos que un día iba a pasar. El Tribunal de Cuentas desde Madrid tiene unos planes, los Consejos de Cuentas autonómicos tienen otros planes, y hay un señor por ahí que se llama Montoro y una señora que es Soraya Sáenz de Santamaría, que a través del Plan CORA dicen que lo que proponen es voluntario. No, no es voluntario, usted ya lo ha visto. Pretenden que ellos son el verdadero Tribunal de Cuentas y están forzando a todas las instituciones autonómicas a disolverse, a desaparecer, y... y, bueno, y no colaboran con ellas. Esto es un problema, un problema que ya hemos planteado varias veces en estas... en este Parlamento, y que se nos viene encima. Madrid pretende pasar por encima de las Autonomías.

Otro problema que hemos visto es el caos político en el municipio, que, en suma, no procede de que se lleven mal todos los vecinos. Yo conozco a unos cuantos, y, hombre, se llevan mal razonablemente para lo que es un municipio pequeño. El problema es que la situación se ha hecho asfixiante y unos por otros han acabado dejando todos sus partidos, no por problemas con el partido, sino porque los partidos están en instituciones posteriores, en la capital de provincia y en la capital autonómica, que no han hecho lo que tenían que hacer, y, al final, han decidido dejar su partido. Nosotros hemos tenido la inmensa suerte de que esta vez no estábamos en el Ayuntamiento, pero lo padecimos hace unos años y ocurrió lo mismo.

Otro problema que nos preocupa es la falta de control de las Administraciones. Cuando un Ayuntamiento tiene problemas se presentan unas quejas y van a otros sitios. Bueno, pues la Junta y la Diputación debieron haber intervenido hace muchísimo tiempo, en temas como la falta de Secretario interventario... de Secretario-Interventor durante varios periodos; la falta de contestación por parte de Junta y Diputación ante las infinitas quejas presentadas en su momento, en buena parte por esos Concejales que luego abandonaron la política, y que han tenido que aguantar muchísimo en el pueblo porque, claro, se ven todos los días.

El permanente estado de excepción de muchos pequeños Ayuntamientos, como este, lo produce la figura del cacique, el señor que entra en el Ayuntamiento, de la mano de un partido político, que luego pasa del partido, luego pasa de las normas y hace de su reino lo que le da la gana: facturas en el cajón, nombramientos a dedo, documentos contables anuales sin firmar durante años y años. Eso es común en muchos Ayuntamientos; no tanto como lo que hemos visto concentrado en este, pero es muy frecuente.

Esto es la base inmoral que facilita el Ministro Montoro, la propuesta de eliminar los Ayuntamientos. ¿Qué opina? Pues que los Ayuntamientos pequeños se prestan a que un alcaldillo haga esto, y que lo haga, además, durante años y nadie le diga nada, que es lo que hemos estado viendo. Pero la solución no es, como propone Montoro, eliminar los Ayuntamientos pequeños; la solución es que han fallado los Alcaldes, pero, por encima de ellos, ha... ha fallado la Administración de Justicia, que ha recibido toneladas de quejas. Pero, claro, entre que cuesta dinero, que además tiene que pagarlo el Concejal porque el partido no se hace cargo, que además se tarda varios años en contestar, se vuelve no injusta, pero sí inútil.

Ha fallado la Subdelegación del Gobierno. La Subdelegación del Gobierno, que yo sepa, es la que se lee las actas de los Ayuntamientos y dice "este acuerdo no se puede", y lo elimina. ¿Cuántos acuerdos ha tomado Valderas de forma irregular? Por lo que nos ha dicho, montones. ¿Cómo no ha intervenido el Gobierno Civil, el antiguo... el antiguo Gobierno Civil? Pues parece que no ha intervenido lo suficiente. Eso sí, cuando un Ayuntamiento desclava el cuadro del Rey y lo cambia para otra sala, entonces sí, le empapelan. Pero cuando se le escapan varios millones de euros y nombra 16 empleados a dedo, por lo visto no se enteró.

Ha fallado el SAM, el Servicio de Atención a Municipios de la Diputación, que es el que en muchas ocasiones sustituye a la falta de secretarios. Pues, por alguna razón, no ha podido con este problema. Era un problema muy grande, evidentemente. El SAM está dotado, pero infradotado en el caso de la provincia de León, y no ha actuado de la forma razonable.

La gran pregunta es la siguiente. Acabamos de reformar las leyes de régimen local, la ley Montoro y la ley de Santiago-Juárez. ¿Nos previenen contra casos como este? Porque, claro, hemos estado hablando durante un año entero sobre problemas económicos, problemas de competencias, pero ¿alguien se ha acordado del problema de los caciques? ¿El cacique que hace lo que le da la gana y ninguna Administración ha actuado? Si no he contado mal, ocho años, ocho años han durado estos problemas sin que ninguna Administración haya destituido, empapelado... Pues creo que no nos ha relatado ninguna destitución, ¿no?, ni ningún caso de... de... de... de individuo al que le hayan suspendido de sus funciones. Creo que tampoco nos ha dicho nada sobre intervenciones del Gobierno Civil anulando decretos ni acuerdos del Ayuntamiento. Aparentemente de esto no ha habido. Tampoco creo que haya mencionado ninguna sentencia. O sea, por lo visto no ha habido sentencia ninguna, de ningún tipo.

Bueno, pues creemos que las dos reformas que hemos hecho nos previenen contra muchas cosas, pero contra esta no. Y esta debería ser el restablecimiento de la responsabilidad personal de algunos cargos, no porque hagan una cosa mal, que la pueden hacer, sino porque después de un tiempo resulta que la Administración correspondiente es incompetente para paralizarle. ¿Por qué es incompetente? Bueno, pues tendríamos que ver de qué manera, pero es que en ocho años hay empresas que se han arruinado. Ya les da lo mismo que llegue una sentencia o que les paguen la factura. Errores y comportamientos inaceptables son muchas veces inevitables, pero el desgobierno porque nadie actuó por encima de los Ayuntamientos durante 7 años, eso sí que lo debemos normalizar y prever para... para las próximas situaciones.

Hoy hemos visto el resultado de la falta de control de un Ayuntamiento y de todas las instituciones que debieron evitarlo. Necesitamos soluciones, y no solo para Valderas, sino para todos los Ayuntamientos, especialmente para los pequeños, que, en menor medida, están padeciendo problemas como estos. Espero que las recomendaciones que ha planteado las lea alguien; y, si no las lee nadie, pues, esto no habrá servido para nada. Algunas personas de Valderas van a cobrar las facturas, pero esto va a ocurrir mañana en el pueblo de al lado. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Por parte del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Fernández Cardo.


EL SEÑOR FERNÁNDEZ CARDO:

Gracias, Presidente. Quiero comenzar mi intervención agradeciendo a los señores Consejeros y a los trabajadores del Consejo de Cuentas su rápida actuación en este caso. Tienen menos medios de los que tuvieron históricamente y, sin embargo, su compromiso y esfuerzo está siendo mucho mayor, por eso han podido realizar este informe de una manera tan rápida.

También quiero agradecer a los tres Grupos Parlamentarios que tomasen conciencia de la gravedad de la situación del Ayuntamiento de Valderas. El informe que hoy nos presenta se planeaba la realización de una auditoría de cumplimiento, con los siguientes objetivos: analizar la... la composición y organización de la entidad local, la estructura de personal, especial referencia al área económica y, sobre todo, a la situación de los puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal; y, en segundo lugar, determinar la situación de endeudamiento financiero y comercial.

En cuanto a la organización, yo creo que ha quedado claro que el Ayuntamiento de Valderas se encuentra en una situación excepcionalmente grave desde el punto de vista de su gobierno y administración, y en una grave situación tanto a nivel organizativo y de personal como especialmente a nivel económico y financiero.

En cuanto al endeudamiento, ha quedado dicho que el Ayuntamiento de Valderas cuenta con una deuda total estimada de 2.639.000 euros, integrada por deuda a Administraciones Públicas, endeudamiento financiero y endeudamiento comercial. Pero es que esta situación ya no es así. Esta no... esta situación, por ejemplo, no incluye una última notificación que acaba de ser recibida en el Ayuntamiento, de la Diputación Provincial de León, en la que le reclama, de una subvención también concedida en la anterior legislatura, en dos mil diez, otros 200.000 euros. Y además habría que incrementarlo en el coste de los gastos y costas judiciales de los procedimientos actualmente vigentes.

Este volumen de deuda acumulado de otros ejercicios limita y condiciona el funcionamiento presente, lo limita absolutamente, teniendo en cuenta que su principal recurso financiero, dado por la participación en tributos del Estado, está retenido, afectado al pago de la deuda con la Administración del Estado. El Consejo nos dice que la vía de solución puede pasar por la aprobación de un plan de ajuste, con medidas de ajuste de gastos e impulso de ingresos y sometimiento al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Bien, cualquier solución sin duda habrá de necesitar además un carácter especialmente extraordinario, a través de dicho Ministerio, para poder realizar y pasar fundamentalmente por el cumplimiento de todas sus obligaciones de remisión de información a los distintos órganos. Consecuentemente, es indispensable el que se recupere la normalidad presupuestaria y... y, por tanto, se pueda aprobar los presupuestos y la puesta al día de la contabilidad.

Es evidente que la falta de esas actuaciones en el pasado, consecuencia de la situación en la que se encuentra el Ayuntamiento, le ha impedido el poder acceder a estas medidas excepcionales de pago a proveedores. Por eso no han podido acudir, porque durante la anterior legislatura se rompió completamente la contabilidad, la administración de los documentos y la normalidad presupuestaria.

Entonces, la situación que tenemos es que hasta dos mil nueve ese Ayuntamiento tenía un Secretario-Interventor, que la última liquidación fue aprobada en el ejercicio dos mil siete, por la... por la Corporación saliente -la entrante ya no siguió con los trámites que le competían para aprobar la cuenta general-; el último presupuesto aprobado fue en dos mil ocho, a partir de dos mil diez no existe ya contabilidad alguna; y de dos mil ocho a dos mil diez, en el informe se pone de manifiesto que ya existían enormes problemas para poder seguir el esbozo de contabilidad que pudiera tener el Ayuntamiento.

Por tanto, el problema está centrado en la legislatura dos mil siete-dos mil once. Desde marzo de dos mil nueve hasta la actualidad, la plaza –y quiero repetirlo, porque lo ha dicho el señor Presidente, pero quiero repetirlo- ha sido ocupada accidental o provisionalmente en periodos puntuales, estando vacante la mayor parte del tiempo.

En la plantilla hay cuatro plazas de funcionarios, incluida la de Secretario-Interventor, pero están todas vacantes. En definitiva, el Ayuntamiento no cuenta con personal funcionario con competencias de fe pública y contabilidad ni nadie que pueda sustituirlo.

El informe del Consejo de Cuentas dice textualmente que esta accidentalidad resulta incompatible con la naturaleza y ejercicio de las funciones que se encuentran reservadas a los funcionarios de habilitación estatal y provoca grandes distorsiones en el funcionamiento y organización municipales.

El Ayuntamiento, a día de hoy, continúa sin Secretaría-Intervención, por tanto, no puede dar solución a la situación actual, ni siquiera a la hoja de ruta definida por el Consejo. Bien.

A día de hoy, la Corporación –se ha dicho- está integrada por cinco Concejales del PSOE –que ganó las elecciones, pero estos cinco Concejales no han sido electos-, un concejal del PP y cinco concejales que se suponen no adscritos, porque, al no haber constituido grupos municipales, el Pleno, todavía no se sabe si siguen perteneciendo al viejo Grupo del Partido Popular o si realmente están fuera como no adscritos. No hay un acta plenaria donde conste si estos señores de verdad están ahora fuera del Grupo Municipal Popular. Muy bien. Y hay una Alcaldesa en funciones, que es una de las Concejalas del Partido Socialista.

Pero, claro, es que esta sentencia del Tribunal Constitucional que comentaba el señor Presidente pone en duda la forma de provisión de ese cargo, y, sin embargo, son las personas que están peleando por sacar adelante este Ayuntamiento.

Por tanto, ya he dicho: no hay definición de grupos políticos en los plenos, tampoco hay junta de gobierno, no hay comisiones informativas. Asimismo, se ha señalado que los únicos actos administrativos que se adoptan, en el ejercicio de competencias del Alcalde, se corresponden estrictamente con los decretos imprescindibles para la administración de unos mínimos servicios públicos (pocas decisiones en materia de personal laboral en el Ayuntamiento y poco más).

Ha fallado, por tanto, el Alcalde, elegido en su momento dentro de las siglas del Partido Popular, de dos mil siete a dos mil once; pero ante las llamadas desesperadas a las distintas Administraciones de la nueva Corporación surgida de las elecciones de dos mil once, pidiendo ayuda, las Administraciones han fallado.

Se deduce del informe la falta de colaboración –que creo gravísima- del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas con este Consejo de Cuentas. No les reconocen; son ustedes un órgano esencial, propio, estatutario, de esta Comunidad Autónoma, y resulta que el Ministerio no les reconoce. Incluso, nos dicen que, a través del Ayuntamiento, han trasladado esas preguntas, que les dijeron que no les contestaban porque no les reconocían, y ni siquiera se ha dignado el Ministerio –el Ministerio de Montoro- a contestar a lo que de verdad se estaba preguntando.

Sobre el Instituto de Crédito Oficial, se desconoce la realización del primer bloque de pagos, no se ha podido determinar el criterio o método con el que el ICO ha aplicado, desde octubre de dos mil doce, la compensación de deudas por el pago de... de acreedores, no han informado al Consejo de Cuentas tampoco sobre estos extremos, ni las causas que han provocado la denegación o anulación de certificaciones. Bien.

Esta situación lleva a que, en febrero de dos mil doce, la nueva Corporación que surgió en dos mil once acuda a la Subdelegación del Gobierno -como comentaba el Portavoz del Grupo Mixto-, pero solicitando la intervención o fiscalización del mismo, un interventor para poner en orden la contabilidad, realizar los presupuestos, etcétera; e, incluso, mencionaba la posibilidad de ser sometidos a disolución de la entidad local. Y la respuesta fue negativa; fue negativa, pero de todo lo pedido. Se cruzaron de brazos en la Subdelegación.

Dicen en el informe que, además, se ha de señalar por parte de las Administraciones que tienen una función de tutela de las entidades locales no se han realizado actuaciones suficientes para evitar los hechos descritos, con las consecuencias que de los mismos se expone, y que desembocan en la falta de cobertura razonable del puesto de Secretario-Interventor, con los resultados de la gestión económica y financiera del Ayuntamiento que se recogen en el informe.

Pero también reconoce el Consejo en su informe, finalmente... que, finalmente, la Diputación de León no cumple con lo establecido en la... en la Ley de Bases de Régimen Local, en relación con la asistencia y cooperación, así como con la garantía de las funciones públicas del Artículo 92.3 de esta norma. Únicamente, a pesar de que cuenta con un reglamento propio aprobado para ello en el ejercicio dos mil doce, presta un mero asesoramiento jurídico de forma puntual y ocasional; ocasionalmente, traslada a uno de sus funcionarios para participar como Secretario en los Plenos del Ayuntamiento.

Pero es que la Diputación, además, le ha dicho al Ayuntamiento que no pida más, que solo le va a dejar ir a los Plenos del Ayuntamiento; para reconstruir toda la contabilidad, para reconstruir toda la documentación, esto es absolutamente insuficiente.

No se produce, por parte del mismo servicio de la Diputación Provincial de León, asistencia de tipo económico relacionada específicamente con la contabilidad. Esta asistencia está prevista en el Reglamento de funcionamiento del Servicio de Asistencia a Municipios de la Diputación Provincial de León, aprobado en dos mil doce; pues la Diputación se lo salta.

Señor Presidente del Consejo -ya se lo dije en otra ocasión-, reconozco su compromiso y el de los Consejeros que le acompañan y... en la realización de un trabajo ecuánime, porque eso es lo que he visto en el informe que han realizado. Prueba de ello es que dentro de sus recomendaciones incluye, empezando por el Ayuntamiento, pero apuntando al Estado, a la Junta de Castilla y León y a la Diputación Provincial de León, todos deben ejercer sus competencias, extremar las medidas a su alcance, aun desarrollando otras complementarias y coordinando su actuación, a efectos de que la cobertura del puesto concreto de Secretario-Interventor no se encuentre en la situación de accidentalidad y provisionalidad que lleva durante años.

Resulta imprescindible que se cubra esa plaza, porque es muy grave la situación creada por el Alcalde Popular de ese Ayuntamiento, pero yo creo que en estos momentos es mucho más grave la constatación de que sus desmanes, su desgobierno, han sido posible gracias a que las Administraciones han mirado hacia otro lado.

Así, la Junta de Castilla y León. Mire, su informe demuestra que en el año dos mil nueve la Junta deniega el nombramiento de Secretaria-Interventora por no ceñirse al... al procedimiento. Lo hace bien la Junta ahí. El nombramiento por parte de la Junta –se dice- no se produjo como legítimamente debió producirse, pues los nombramientos de dos mil ocho y dos mil nueve –para que vean dónde está el problema, los años en los que está el problema- no lo fue por el órgano competente para ello, que es la Junta de Castilla y León, sino por el propio Ayuntamiento.

Asimismo, el primero de los nombramientos hay vulneración de principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, por hacerse sin procedimiento; y el segundo nombramiento adolece de irregularidades, como puso de manifiesto la Junta.

Bueno, desde dos mil once, la nueva Corporación Municipal ha hecho continuas propuestas de candidatos, y simultáneas y sucesivas renuncias ha padecido de los designados. Y, entonces, yo pregunto: ¿por qué la Junta, que tiene la facultad de nombramiento, cuando...


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Debe ir acabando, señor Cardo.


EL SEÑOR FERNÁNDEZ CARDO:

(Sí. Buf. Voy a acabando. Es que es profundo el informe). ... por qué la Junta, que tiene la facultad de nombramiento, no hizo más desde dos mil nueve y no fiscalizó a continuación que se cubriera ordenadamente esa plaza? ¿Por qué dijo "así no se hace" y no volvió a preguntar si la plaza se había cubierto? ¿Para qué están?

Segundo lugar. Cabe señalar que las alegaciones emitidas por la Junta de Castilla y León al informe provisional del Consejo de Cuentas sobre el análisis del control interno de la gestión económico-financiera y contable de las entidades locales de Castilla y León, con especial incidencia en el personal que tiene atribuido dicho control, organización del control interno de la gestión económico-financiera y contable, en su página segunda, concreta un déficit de funcionarios con habilitación de carácter estatal para atender a las entidades locales de Castilla y León de 329 funcionarios. Es decir, existen 329 entidades locales que no tienen cubierta las plazas que garantizan el cumplimiento de las funciones reservadas. Este déficit se concentra en las plazas de Secretaría-Intervención en 281 funcionarios menos de los que son necesarios para que los Ayuntamientos y las Corporaciones Locales puedan llevar al día sus cuentas.

Pero, además, después de la última reforma del Estatuto de Autonomía, el Artículo 54 encomienda a la Junta de Castilla y León la tutela financiera de los entes locales. Es la Consejería de Hacienda de la Junta de Castilla y León, pero de forma más específica su Dirección General de Tributos y Coordinación Financiera, donde reside esa tutela financiera que se ejerce sobre las entidades locales, y no se ejerce esa tutela diciendo no y luego no haciendo un seguimiento de qué es lo que está pasando, de si se ha provisto la plaza como la ley exige.

En cuanto a la Diputación de León... (Presidente, por favor, voy acabando).


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Mire...


EL SEÑOR FERNÁNDEZ CARDO:

En cuanto a la Diputación de León...


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Tiene que acabar ya. Tiene que finalizar ya. Tendrá otro turno, y en el siguiente turno podrá finalizar.


EL SEÑOR FERNÁNDEZ CARDO:

(Bueno). ... lo apuntaba anteriormente, la actitud de la Diputación con este Ayuntamiento de menos de 2.000 habitantes creo que puede ser calificada de vergonzosa, lo que expone la Diputación en sus alegaciones es sonrojante: obliga al Consejo a exponer con claridad su posición, y el Consejo, comprometida y valientemente, lo hace; y, bueno, pone de manifiesto que la Diputación no quiere cumplir su propia norma, abandonado al Ayuntamiento a su suerte. Por tanto...


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señor Cardo.


EL SEÑOR FERNÁNDEZ CARDO:

Acabo. Gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Tiene que... Finaliza ya. Gracias, muchas gracias. Por parte del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Cruz.


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Sí. Gracias, Presidente. Buenos días. En primer lugar, como han hecho los Portavoces que me han precedido en el uso de la palabra, agradecer al Consejo de Cuentas la celeridad en la fiscalización del Ayuntamiento de Valderas, porque hay que recordar que en el año dos mil trece, por acuerdo de esta Comisión de Hacienda, se modificó el Plan Anual de Fiscalizaciones por parte de la petición de los tres Grupos presentes en la Cámara, al objeto de fiscalizar el Ayuntamiento de Valderas, ante la situación organizativa y económico-financiera que estaba atravesando.

Y, efectivamente, ese informe que se ha elaborado con celeridad y que hoy ya podemos debatir aquí, también fruto del acuerdo de las Cortes de Castilla y León para habilitar la sesión del día de hoy, pone de manifiesto, efectivamente, un buen trabajo por parte del Consejo de Cuentas y una mala actuación, obviamente, por la gestión del Ayuntamiento de Valderas.

Pone de manifiesto el informe que han existido importantes limitaciones, importantes, sin ninguna duda, dado que la contabilidad está sin cerrar desde el ejercicio dos mil siete, que existe dispersión de documentación y existen continuas correcciones y subsanaciones, que la situación desde el punto de vista organizativo se ha puesto de manifiesto y que hay una situación prácticamente en el que no funcionan los órganos propios del Ayuntamiento, ni prácticamente las comisiones informativas, ni la junta de gobierno local, y ha habido la situación de Concejales no adscritos por parte de ambos Grupos. Yo quiero recordar aquí que, de la anterior Corporación, tres de los Concejales fueron expulsados del Partido Popular, por acuerdo del Comité de Derechos y Garantías del Partido Popular, en el año dos mil doce.

Situación que yo quiero tildar, a diferencia de lo que se ha planteado aquí, de excepcional. Yo creo que esta no es la tónica general de la Administración Local de Castilla y León. Este es un mal ejemplo desde el punto de vista de lo que ha sido la gestión, independientemente... en este caso, corresponde a un Alcalde en esa época del Partido Popular, pero creo que es la excepción, porque hay una buena gestión en la Administración Local en los municipios de Castilla y León. Y, desde luego, lo que aquí se ha tildado como general, yo creo que es una excepción.

Y creo que es una excepción porque aquí lo que se ha puesto de manifiesto es que ha fallado todo. Ha fallado absolutamente todo, menos el Consejo de Cuentas y creo decir estas Cortes, que sí se han preocupado de esta situación.

¿Y por qué ha fallado todo? Porque es que no es que solo ha fallado los temas de asesoramiento, los funcionarios de habilitación estatal, las escasas competencias que tiene la Junta de Castilla y León en materia de tutela financiera de la Administración Local -porque hay que recordar que son competencias compartidas con la Administración del Estado- y también ya las no competencias que tiene la Junta de Castilla y León desde la aprobación de la Ley de racionalización del gasto público respecto a los funcionarios de habilitación estatal, como se ha intentado poner de manifiesto.

Aquí ha fallado todo porque creo, con sinceridad, que la situación es una situación totalmente insostenible. Y es una pena, además, que esta Administración no haya podido aprovecharse de los mecanismos que ha habilitado el Gobierno de España, en lo último... concretamente el Real Decreto 8/2013, para poder mejorar su situación financiera y de contabilidad. Es cierto que se vinculó al Plan de pago a proveedores, por un importe de 500.000 euros, pero, dada la deuda que existe con la Administración Pública, de más de 1.200.000 euros, y con la Administración... con proveedores de servicios o suministros, de más de 1.400.000, podía haber sido un mecanismo que hubiese permitido mejorar sustancialmente la situación ese Real Decreto 8/2013 para intentar regularizar la situación, dado que, como se ha puesto de manifiesto en el informe por el Consejo de Cuentas, el hecho de que las... la mayor parte de las participaciones de los tributos del Estado estén retenidas a los efectos del pago de esa deuda con la Administración Pública, que en su mayor cuantía obedece a pagos con la Seguridad Social y también con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, pues imposibilita al Ayuntamiento poder afrontar con voluntad la deuda importante de 2,6 millones que tiene pendiente.

Pero digo que falla todo, porque yo, leyendo con detenimiento el informe del Consejo de Cuentas, se puso de manifiesto ya en el año, creo recordar, dos mil once que existía responsabilidad contable. Y así lo dice textualmente el Consejo de Cuentas en su informe, cuando dice textualmente que el treinta y uno de agosto del dos mil once tuvo entrada en el Consejo de Cuentas de Castilla y León, presentado por la entonces Alcaldesa del Ayuntamiento de Valderas, en el que se exponía una serie de hechos relacionados con lo que calificaba de continuas irregularidades cometidas por el anterior Alcalde durante el periodo dos mil siete-dos mil diez. Fue emitido Acuerdo del Consejo de Cuentas 110/2011, de uno de diciembre, en el que se determina remitir al Tribunal de Cuentas la denuncia pública en relación con el Ayuntamiento de Valderas, al apreciar indicios razonables de responsabilidad contable en los hechos expuestos en ellas. Con fecha cinco de noviembre de dos mil doce, el delegado instructor del Tribunal de Cuentas solicita al Ayuntamiento, como actuaciones previas 18/2012, diferentes informes y documentación como consecuencia de la denuncia interpuesta por la Alcaldesa ante el Consejo de Cuentas. El catorce de mayo del dos mil trece, se recibe el hasta ahora último requerimiento del Tribunal de Cuentas al respecto, reiterando la solicitud de informes y documentaciones. Es decir, dos años después todavía se sigue pidiendo documentación y requerimientos por parte del Tribunal de Cuentas. Por eso decía yo que aquí lo que ha funcionado bien, lo digo de verdad, es el Consejo de Cuentas, porque el resto me parece que está... deja mucho que desear en todas las actuaciones.

Y también porque incluso se ha planteado que hay algunos aspectos que están en la vía penal, que han sido denunciados por la anterior Alcaldesa, y de escritos de la Fiscalía Anticorrupción de Madrid y de la Fiscalía Provincial de León plantearon de que una no era competente y la otra archivó las actuaciones por falta de documentación. Por eso decía que tengo la sensación de que aquí ha fallado todo.

Y, desde luego, la que menos competencia tiene en este caso, prácticamente, es la Junta de Castilla y León, y lo digo claramente, porque la tutela financiera de la Administración Local, aquí se ha puesto de manifiesto, es una tutela compartida con el Ministerio de Hacienda y limitada, independientemente de lo que recoja nuestro Estatuto. Y las competencias respecto a los funcionarios de habilitación estatal, lo que no puede hacer la Junta de Castilla y León es proceder al nombramiento de un funcionario interino que se... no se ha ajustado en las bases, como se pone de manifiesto de la lectura del propio informe del Consejo de Cuentas.

Pero yo quiero resaltar lo que he dicho antes, que esta es una situación de excepcionalidad, y que en la mayoría de las Corporaciones Locales de Castilla y León, obviamente, hay una regularización, se está trabajando, tenemos los datos del propio Consejo de Cuentas que cada vez se rinde más la cuenta, y esta situación de excepcionalidad creo que hay pocos Ayuntamientos, dentro de los más de 2.248, en el que podamos encontrar una situación como esta, porque la realidad de la Administración Local de Castilla y León es totalmente distinta, y lo vemos como año a año se esfuerzan para mejorar la situación.

Respecto a una de las consideraciones que se plantea, es cierto que ha habido una serie de limitaciones respecto a los funcionarios de habilitación estatal, pero yo quiero recordar el porqué, porque en el último informe que presentó aquí el Consejo de Cuentas de Castilla y León se ponía de manifiesto que la Junta había hecho un esfuerzo en cuanto a la cobertura de las plazas de Secretario-Interventor y que había sido la segunda Comunidad Autónoma que más plazas había convocado. Pero hay que recordar que la Administración del Estado limitó la capacidad de las convocatorias de oferta de empleo público por la situación de... de lucha y de consolidación fiscal contra el déficit público, lo que imposibilitaba hacer una convocatoria de un mayor número de plazas.

Y quiero recordar, también lo he hecho antes, que esa situación ha cambiado sustancialmente, porque ahora ya esa competencia ya no es de la Junta de Castilla y León; con la entrada en vigor de la Ley veintisiete de diciembre de dos mil trece, esa competencia pasa a ser una competencia estatal. Y he de recodar que la semana pasada, en el debate de las propuestas de resolución, todos los Grupos instábamos a que se produzca la convocatoria de plazas de Secretario-Interventor para poder solventar situaciones, porque, como pone de manifiesto el informe, independientemente de que todo ha fallado en este aspecto, la pieza fundamental es la ausencia de Secretario-Interventor para poder hacer las... el ejercicio de la tutela financiera y contable dentro del Ayuntamiento.

Porque hay que recordar, y también lo... se ha puesto de manifiesto aquí, que las competencias de las Diputaciones en materia de asesoramiento son importantes, pero que existe un déficit también importante de plazas en el conjunto de las Diputaciones Provinciales que ya ha puesto el Consejo de Cuentas de manifiesto, donde planteaba que solo había 20 funcionarios para el conjunto de la Comunidad Autónoma en las Diputaciones Provinciales, y en ese sentido también aprobábamos una propuesta de resolución instando a que se mejore la capacidad organizativa y funcional de los Servicios de Asesoramiento a Municipios del conjunto de las Diputaciones Provinciales.

En definitiva, estamos ante una situación muy compleja, de excepcionalidad; creo que esta es una excepción, dentro de alguna otra que puede existir y que no haya sido fiscalizada en alguna de las Corporaciones Locales de Castilla y León, pero entendemos que la mayoría de las Corporaciones Locales de Castilla y León están cumpliendo con la normativa, cumplen con la legalidad, y, sobre todo, los últimos datos del Ministerio de Hacienda ponen de manifiesto que están incurriendo en superávit, lo que supone de manifiesto una buena gestión económico-financiera. Y, además, también recordar que el nivel de endeudamiento de la mayoría de la Administración Local de Castilla y León –de la pequeña Administración Local- es prácticamente inexistente; y, por eso, yo citaría a este Ayuntamiento como una excepción, desde luego, en el que no se puede poner como ejemplo de una buena gestión, independientemente de que haya sido al frente de un Alcalde del Partido Popular, pero recordando también que esta formación política tomó las medidas necesarias para corregirlo, expulsándole del partido.

Felicitarles, para finalizar, por las gestiones realizadas, por la celeridad del informe y por el buen trabajo, y citando lo que he dicho antes: creo, todo ha fallado, y el Consejo de Cuentas aquí ha puesto de... de manifiesto su capacidad, su buen hacer y su diligencia para fiscalizar este Ayuntamiento. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señor Cruz. Para contestar a las intervenciones de los distintos Grupos, tiene la palabra el Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Sí. En primer lugar, mi... mi agradecimiento y mi reconocimiento a los Portavoces de los Grupos Parlamentarios, porque les he visto, pues auténticamente interesados y preocupados con la situación del Ayuntamiento de Valderas; porque, desde luego, como ponemos de manifiesto a lo largo del informe, nos hemos encontrado, pues con muchas, infinitas, dificultades; que, de una manera somera, pues también creo que es conveniente, en estos momentos, dar cuenta a todos ustedes, aunque no forme parte del informe, yo creo que sí puede ser ilustrativo en las condiciones que se ha hecho este informe.

Como ustedes saben, se aprueba la modificación del Plan Anual de Fiscalizaciones el pasado veinticuatro de julio, pero nosotros, en el momento en que ya éramos conscientes del entendimiento de todos los Grupos Parlamentarios con vistas a incorporar esta fiscalización, hicimos ya una visita preliminar, por el equipo de fiscalización, unos días antes, el dieciocho de julio, para saber en qué situación estaba el Ayuntamiento de Valderas.

Bueno, se han realizado un total de seis visitas de auditoría, aprobando las directrices técnicas el veintisiete de agosto. Concluimos el informe provisional el diecinueve de diciembre, y se presentan las alegaciones –como ha quedado patente en la exposición del informe- por parte de la Diputación Provincial con fecha dieciséis de enero y por parte del Ayuntamiento de Valderas con fecha veintidós de enero, cuatro días después de la finalización del plazo. El cuatro de febrero se... se aprueba, por el... el Pleno del Consejo de Cuentas, y tiene entrada aquí, en sede parlamentaria, el seis de febrero.

¿Respecto a cómo se ha desarrollado la fiscalización? Bueno, pues decirle que siempre ha sido atendido el equipo de fiscalización por la Alcaldesa en funciones, y también me gustaría reconocerlo aquí públicamente que ha hecho un esfuerzo ímprobo la Alcaldesa en funciones, doña Silvia Blanco Morán, para atender puntualmente al equipo de fiscalización, cuando las dificultades han sido enormes, pues por la falta de documentación y por lo disperso de la documentación, que hemos hecho constancia en el informe, pero que a mí me gusta incidir una vez más en ello; y que ello ha supuesto, pues que incluso en el mismo mes de octubre se tenía que estar rectificando la documentación, que teóricamente estaba cerrada, de visitas precedentes. Y se han analizado del orden de un total de 383 documentos. Eso es para que se hagan idea ustedes de... de lo que ha supuesto esta fiscalización. Y, en ese sentido, pues me gustaría enfatizar y poner en valor el buen... el gran trabajo que se ha hecho por el equipo de fiscalización, cuyo máximo... responsables están aquí presentes.

También, en relación a otra cuestión, que yo creo que siempre es de interés y que yo me he comprometido en esta Comisión de Hacienda a informar, es sobre la situación de la responsabilidad contable. Aquí se ha hablado de una responsabilidad penal, pero vamos a hablar de la responsabilidad contable. Y significar lo siguiente: de que se presenta la denuncia ante el Consejo de Cuentas con fecha treinta y uno de agosto de dos mil once por la Alcaldesa entonces –doña Cristina López García-, en el que manifiesta las irregularidades, tanto del Alcalde, don Eloy José Rubio, y por la que ejercía de Secretario-Interventor, doña Justina Rodríguez Pastor.

El veintiuno de octubre ratifica su denuncia, como es preceptivo de acuerdo con la norma del Reglamento de funcionamiento del Consejo de Cuentas; la ratifica, aportando nueva documentación. Bueno. El cuatro de noviembre de dos mil once, el Presidente entonces solicita informe-propuesta al Director de Fiscalización. Se formaliza el informe-propuesta por el Director el veintidós de noviembre, y el veinticinco hay un informe jurídico. Esto se aprueba –la remisión al Tribunal de Cuentas- con fecha uno de... de diciembre, y el catorce de diciembre tiene allí entrada, en el Tribunal de Cuentas.

Y voy a dar lectura, a raíz del inicio de la fiscalización, los escritos que se formuló por este Presidente al Tribunal de Cuentas y la contestación del Presidente del Tribunal de Cuentas. Los escritos son del siguiente tenor:

"Las Cortes de Castilla y León han aprobado, el pasado veinticuatro de julio, la incorporación al Plan Anual de Fiscalizaciones del año dos mil trece, la fiscalización de la actividad económica-financiera del Ayuntamiento de Valderas, con el contenido y alcance que el propio Consejo determine.

He de informarle que ya hemos iniciado los trabajos de fiscalización, cuya tarea no va a ser sencilla, dada la inexistencia de contabilidad desde el año dos mil ocho, datando del año dos mil siete el último presupuesto aprobado, publicado y liquidado.

He de ponerle de manifiesto que se ha incorporado esta fiscalización por acuerdo de todos los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Castilla y León ante la situación crítica y de ingobernabilidad en que se encuentra el Ayuntamiento de Valderas.

He de añadir que en noviembre de dos mil doce dimitió la Alcaldesa elegida a raíz de las elecciones de dos mil once, así como algunos de los Concejales, y que en la actualidad preside la Corporación una Alcaldesa en funciones nombrada en Pleno celebrado el veinticuatro de abril de dos mil trece. En consecuencia, no es aventurado afirmar que puedan detectarse algún tipo de responsabilidades.

El Consejo de Cuentas, con fecha catorce de diciembre de dos mil once, remitió al Tribunal de Cuentas la denuncia de la antigua Alcaldesa sobre responsabilidad contable.

Dadas las circunstancias que acabo de exponer, nos interesaría conocer –y con vistas a evitar posibles duplicidades- el estado de dicha denuncia, puesto que la situación administrativa del Ayuntamiento de Valderas puede afirmarse que ha empeorado desde que se dio curso a la misma.

Sé de las dificultades que entraña esta petición, pero entiendo que, dadas las circunstancias que concurren en este asunto, nos sería de gran utilidad conocer el estado de la tramitación de dicha denuncia".

Y, ante este escrito, fechado el tres de septiembre, nos contesta el Presidente del Tribunal de Cuentas de la siguiente manera:

"En contestación a su escrito de fecha tres de septiembre, relativo al Ayuntamiento de Valderas, una vez recabada la pertinente información de la Sección de Enjuiciamiento, comunico que dicha denuncia fue turnada al Departamento Segundo de la Sección de Enjuiciamiento el veintitrés de diciembre de dos mil once, como diligencia preliminar número 223/2011, estando actualmente la actuación previa número 18/2012 -a la que dio origen- en fase de instrucción, pendiente de la remisión de documentación por parte del Ayuntamiento de Valderas". Firmado por el Presidente del Tribunal de Cuentas con fecha doce de septiembre de dos mil trece.

Después, también, en relación a... a las distintas cuestiones que se acaban de... de comentar, y... y sobre la posibilidad de... de someter a la tutela del Ministerio de Hacienda, significar que en estos momentos, según nuestras informaciones, hay 113 municipios incluidos en el Real Decreto-ley 8/2013, de veintiocho de junio, de medidas urgentes contra la morosidad de las Administraciones Públicas y de apoyo a entidades locales con problemas financieros. Pero no sabemos exactamente de... de qué municipios se tratan, porque hay una resolución, de veintiséis de julio de dos mil trece, de la Secretaría General de Coordinación Autonómica Local, que entiende que no se han de hacer público dichos datos, porque podrían ser lesivos para los derechos.

No obstante, según una comunicación que recientemente ha aparecido en algún medio de comunicación, significarle que parece ser que en Castilla y León hay siete municipios que se han acogido a las medidas del Título II del Real Decreto-ley 8/2013, con la siguiente distribución: uno en Ávila, otro en León, uno en Palencia, dos en Salamanca, uno en Soria y otro en Zamora.

Respecto al conjunto de las recomendaciones que hemos hecho, yo creo que son recomendaciones que están absolutamente aquilatadas, pensadas y valoradas. Y, no obstante, significar que quizás la cuarta, lo que es el nombramiento de Secretario-Interventor, es el... el eje sobre el que después se tienen que pivotar el conjunto de las recomendaciones. Porque no olvidemos que, cuando estamos hablando de plan de ajuste, en el mismo Real Decreto-ley 8/2013, siempre se hace referencia a que se presentará con informe del Interventor u órgano de control interno para su aprobación por el Pleno de la Corporación Local. Es decir, cualquier medida que vaya tendente a un plan de ajuste, que es absolutamente –a nuestro modo de ver- necesario para la futura gestión del Ayuntamiento de Valderas, pivota siempre sobre la existencia de un Secretario-Interventor en dicho Ayuntamiento.

Y con eso creo que... que doy información complementaria a la que he dado en mi primera intervención. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señor Presidente. En un turno de réplica, por parte del Grupo Mixto, tiene la palabra el señor Valderas.


EL SEÑOR VALDERAS ALONSO:

Muchas gracias. Con mucha brevedad. Sí quería decirle que a mí me gustaría que de esto saliera no solamente unas medidas para Valderas –que, evidentemente, estamos tras ellas, y yo creo que están muy bien encaminadas-, sino además una norma o un plan de revisar la norma.

Yo no sé si... si usted sabe la cantidad de municipios pequeños que hay en la Comunidad, que es enorme. No sé si participa mucho de las labores del Partido. Le voy a contar lo que pasa en el mío. Somos un partido pequeño, tenemos solamente 200 Concejales y las quejas que nos plantean sobre Alcaldes -que no plantean los documentos, que no les dejan ver las actas, que les recogen los papeles, que guardan facturas en los cajones- son tales que el Comité Ejecutivo ha tenido que tomar una norma, y es que no metan a nadie en el juzgado sin decírnoslo antes, porque luego nos cuesta dinero. Es tremendo. O sea, esto... no digo que sean millones de euros en todos los Ayuntamientos, pero esto que está leyendo usted, esto es frecuentísimo, esto es frecuentísimo en los pequeños Ayuntamientos: que los Alcaldes... en fin. En los juzgados no lo resolvemos, con lo cual sería muy razonable, pues algún tipo de norma que nos permitiera ayudarlo.

Con respecto a las catorce recomendaciones, me parecen perfectamente todas, y creo que el trámite parlamentario nos permite retocarlas un poco. Creo que deberíamos intentar que alguna de ellas fuera en el sentido de hacer una... una medida genérica tomando como base la experiencia que acabamos de ver.

Y, finalmente, como anécdota, le diré que el Ayuntamiento de Valderas es la tercera vez en cien años que tiene agujeros en los papeles. La primera vez quemaron el archivo municipal, la segunda vez fue en los años treinta, quemaron el del juzgado y el del registro, y ahora simplemente no escribieron los papeles. Yo creo que deberíamos hacer algo para evitarlo. Es decir, es el municipio de León peor documentado de la historia, y quizá deberíamos aprovechar que ahora tenemos la informática, y que este sistema que han empleado de reclamar a las empresas los documentos y de recuperar documentación, pues bueno, sirva para algo. Es decir, a ver si a partir de ahora alguien les guarda los papeles y no les vuelve a pasar. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Por parte del Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Fernández Cardo.


EL SEÑOR FERNÁNDEZ CARDO:

Gracias, Presidente. Señor Presidente del Consejo de Cuentas, la información que ha aportado adicionalmente en su intervención se la agradezco especialmente. Le iba a preguntar por... por lo que había sobre el Tribunal de Cuentas del Reino de España. Y además es muy adecuada.

Como usted sabe, el Tribunal de Cuentas le ha pedido documentación al Ayuntamiento, que el Ayuntamiento no puede remitir porque no tiene un habilitado que pueda firmar esa documentación. Por tanto, el Ayuntamiento se encuentra... se encuentra paralizado, y las únicas acciones públicas que puede estar realizando, y el mantenimiento de personal, es... -y eso también se lo agradezco, señor Presidente- es por el compromiso personal de la... de quienes en estos momentos están llevando... intentando llevar la gestión de este Ayuntamiento. En concreto, por doña Silvia Blanco Morán. Le agradezco que la haya mencionado. Yo no iba a hacerlo, porque es de mi partido político y no quería que en este caso se entendiera como algo partidista, sino yo creo que es importante reconocer a quien de verdad se está esforzando por poner orden donde ha habido tanto desorden.

Miren, hay una cosa respecto de la... de la provisión de las plazas -información reciente-. En el concurso de interinos que la Junta de Castilla y León le dijo, como vía para poder cubrir la plaza, que hiciera y que no pidiera... que no pidiera el acceso a la bolsa, como se decía en el informe de... del Consejo de Cuentas, en ese concurso, el primero, el que resultó primero, ni siquiera pidió la toma de posesión. El jueves han solicitado el nombramiento del segundo, y lo ha contestado la Junta por fax, después de reiteradas peticiones del... de... de la Alcaldesa en funciones, y lo más probable es que tampoco tome posesión, sin... Claro, por tanto, seguirán sin tener Secretario-Interventor.

Y les digo otra cosa. Cuando he señalado... cuando he señalado que había más de trescientas... trescientos Ayuntamientos o Corporaciones Locales que no tenían habilitado, eso no tiene que ser interpretado como que hay un problema de gestión de los Ayuntamientos. Como en Valderas, es el compromiso de los pocos trabajadores que tenga y es el compromiso de sus corporaciones lo que está sacando adelante con eficacia la gestión de las Corporaciones Locales, pero yo creo que esas cifras lo que sí son es un baldón para la gestión que ha realizado la Junta de Castilla y León de esa competencia.

Y lamento profundamente que, mientras, los mismos parlamentarios del Grupo Popular, que no han apartado la mirada del problema de Valderas y han tomado la decisión de impulsar esta actuación del Consejo, en estos momentos vengan a felicitarse de que el Ministerio y el señor Montoro se lleve una competencia de la Comunidad Autónoma porque no la han ejercido bien la Comunidad Autónoma, ¿eh? Yo creo que es importante que... que tomemos nota de dónde ha fallado la Comunidad Autónoma, ¿eh? Y no puede ser que cuando la piedra de toque... lo que necesita en estos momentos el Ayuntamiento de Valderas sea un Secretario-Interventor, no sea la Dirección General quien le facilita el poder realizar ese nombramiento. Es básico, y, si todos estamos de acuerdo, lo importante sería que la Junta reciba el mensaje de: hagan ya todo lo posible, inmediatamente, para que esa plaza se cubra.

En todo caso, quería decir: si el Ayuntamiento tiene comprometido el 31 % de la participación en ingresos del Estado, toda la participación en ingresos del Estado para los próximos años el Ayuntamiento no la va a recibir. Si el 45 %, como dice el Consejo de Cuentas, es gastos de personal y financiero, estamos en un 76 % indisponible, ¿cómo va a prestar sus servicios el Ayuntamiento de Valderas a los ciudadanos con solo el 24 % restante mientras siguen recayendo sentencias y mientras siguen instituciones como la Diputación Provincial reclamando subvenciones o revisando ahora subvenciones del año dos mil diez? ¿Cómo... cómo van a hacer frente a los servicios públicos? Es necesario un compromiso por parte de la Administración Estatal, de la Administración Autonómica y de la Administración Provincial para darle más tiempo para la devolución de las cantidades que tengan que reintegrarse. Hay que cumplirlo, eso está claro, pero también hay que dejar que la población de Valderas no se vea a punto de colapsar sus servicios públicos, y eso es lo más importante que debería garantizar las Administraciones Estatal, Autonómica y Provincial.

Por último, lo que quiero añadir es que, respecto de la Diputación Provincial de León, que, curiosamente, envía la revisión de las primeras subvenciones tres días después de constituirse la nueva Corporación en dos mil once -esperó a que se constituyera la nueva Corporación en dos mil once para reclamarle esas cantidades por subvenciones no justificadas por la anterior Corporación-, en estos momentos sigue lanzando ese tipo de revisiones. Pero lo que hay que tener en cuenta es que la Diputación, en contra de lo que ha dicho en su escrito de alegaciones, viene a decir que no ha tenido falta de... que ha tenido falta de intervención en periodos cortos, y el Consejo de Cuentas le dice que de ninguna manera, que no son cortos. Les felicito por hablar de la realidad de los hechos y poner en solfa esas afirmaciones de la Diputación, del mismo modo que la Diputación -también señala en su consejo... el Consejo de Cuentas-, que tiene la obligación de la garantía del desempeño de las funciones de secretaría, control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria, contabilidad, tesorería y recaudación, y no solo en los Plenos, y esa también es una competencia de la Diputación Provincial de León. Por tanto, a la segunda alegación de la Diputación, que se basa en una lectura parcial de su Reglamento, contesta el Consejo de Cuentas que la Diputación, respecto a la asistencia económica y asesoramiento informático, no se ciñe solo a eso su labor a través del Servicio de Asistencia a Municipios. Porque su mismo citado Reglamento, de la Diputación, también contempla, en su Capítulo V, la asistencia para garantizar las funciones de secretaría-intervención, señalando que los funcionarios con habilitación estatal del SAM tienen encomendada también esa función.

Por tanto, lo único que quiero denunciar -para acabar- en este momento es que la Diputación Provincial, que en dos mil siete tenía cuatro... tenía cinco puestos reservados a funcionarios de habilitación de carácter estatal, ahora, en el Servicio de Asistencia a Municipios, en dos mil trece, esas plazas las ha reducido a una, y no puede ser que haya más Ayuntamientos que se puedan encontrar con la situación de Valderas. Lo que también me preocupa, y por eso les pido el esfuerzo especial y el compromiso para instar a la Junta a que haga posible que se cubra esa plaza inmediatamente, de Secretario-Interventor. Ahí les pido el compromiso, en coherencia con sus decisiones ejecutivas respecto del Consejo.

Del mismo modo, también les digo que hay que poner en denuncia y en solfa lo que está actuando en estos momentos la Diputación Provincial, que además, con las nuevas leyes que ha... que ha aprobado el Gobierno estatal y que ustedes nos han recordado, va a tener más competencias para tener que asistir a los Ayuntamientos. Por tanto, parece que no es muy coherente con lo que de hecho se está haciendo.

Sin más, felicitarles por la agilidad, por la definición de esa hoja de ruta que han establecido para el Ayuntamiento de Valderas, y conjurar a todos los miembros de esta... de estas Cortes y del Consejo a seguir apoyando al Ayuntamiento para que los actuales gestores puedan sacarle de la situación en la que se encuentra, y ello pueda solucionar el problema de prestación de servicios a la ciudadanía, que es en realidad de lo que estamos hablando. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Por parte del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Cruz.


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Sí, gracias, Presidente. Y con brevedad. Simplemente por algunas manifestaciones que se han vertido aquí, y quiero dirigirme concretamente por parte del Portavoz de la UPL. Mire, flaco favor le está haciendo usted con esas manifestaciones al municipalismo, porque yo creo que no es la tónica general, es la excepción, la excepción clara; es decir, no se plantea aquí una tónica general de que los Ayuntamientos incumplen la legalidad, que no facilitan la información... La realidad no es esa, y la realidad es muy distinta. Y en Castilla y León la regla general es que se cumple con la actividad, se está mejorando en la rendición de cuentas, lo estamos viendo año a año en la presentación de los informes de fiscalización. Y lo que no se puede plantear aquí es una excepción, como la que se ha planteado en Valderas, convertirlo en tónica... en tónica general.

En segundo lugar, el Grupo Parlamentario Popular no se ha felicitado de la modificación de la normativa de la Ley de Racionalización de la Administración Local. Lo que sí hemos manifestado es que las competencias son distintas, y que las competencias ya no son de la Junta de Castilla y León; esa ley limita la competencia sustancialmente, la deja básicamente para los planteamientos de informes e incoación de expedientes sancionadores, y no tiene competencia para la convocatoria de plazas.

Y hay que reconocer, aunque algunos no lo quieran hacer, que la Junta de Castilla y León ha sido la Comunidad... la segunda Comunidad que más plazas ha convocado en plazas de Secretario-Interventor de toda España. Pero hay que recordar el contexto en el que lo ha hecho: es que hay una limitación que impide sacar una cobertura mayor, porque ustedes perfectamente conocen la situación de ajuste económico que ha sido necesario acometer. Y, por lo tanto, la Ley de Presupuestos del Estado, como normativa básica, impedía a la Junta de Castilla y León llevar a cabo una mayor convocatoria.

Aparte, con una... una problemática añadida, que también puso de manifiesto el informe del Consejo de Cuentas: después de hacer un esfuerzo en la convocatoria de las plazas, las plazas se cubrían y se iban a trabajar a otras Comunidades Autónomas. Esa es la realidad, lo ponía de manifiesto el informe. Eso ya se ha solventado, porque ya, con las futuras convocatorias, los nombramientos tendrán que tener al menos una duración de dos años, y no sucederá lo que está sucediendo hoy en Valderas, que es que nadie quiere ocupar... –y esa es la realidad- nadie quiere ocupar la plaza de Secretario-Interventor. Y por mucho que la Junta de Castilla y León convoque y mande nombramientos provisionales, los funcionarios no quieren ocupar esa plaza, porque la problemática está vista, está claro, y a nadie le... quiere ocupar la... la plaza de funcionario Interventor del Ayuntamiento de Valderas, como de alguna otra Corporación, con una complejidad como la que se ha puesto de manifiesto en la mañana de hoy.

Por tanto, no digamos que la Junta de Castilla y León no cumple. La Junta de Castilla y León está aplicando la legalidad, lo que sucede es que nadie quiere... nadie quiere asumir esa plaza, por la complejidad, obviamente, que tiene.

Y yo quiero terminar como lo he hecho antes: felicitando al Consejo de Cuentas. Yo decía, y usted ha puesto de manifiesto en su segunda intervención, el hecho de esa responsabilidad contable. Pero yo creo que es fundamental que se gane en transparencia y en celeridad, no por parte del Consejo de Cuentas, que lo ha demostrado aquí, con este informe. No puede ser que denuncias de responsabilidad contable del año dos mil once, en el año dos mil catorce tengamos todavía búsqueda de información y de requerimientos, porque, desde luego, estamos haciendo un flaco favor a la transparencia.

Y quiero terminar, como he dicho, esta es una excepción, estamos hablando de un Ayuntamiento de una situación excepcional en el conjunto de la Comunidad de Castilla y León, donde hay más de 2.248 municipios. Y, desde luego, no puedo... no podía permitir que se tildase de general algo que es excepcional. Nada más, y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señor Cruz. En un turno de dúplica, por parte... tiene la palabra el Presidente del Consejo de Cuentas.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Sí. Gracias, Presidente. Muy brevemente, pero solamente para hacer alguna reflexión. Es decir, si hablamos del Ayuntamiento de Valderas es... dentro de lo que es la configuración de nuestro mapa local, es un Ayuntamiento importante. No olvidemos que, de los 2.248 Ayuntamientos, 1.976 –si no me falla la memoria- tienen menos de 1.000 habitantes. Estamos hablando de un Ayuntamiento que, si no recuerdo mal, pues tiene 1.950 habitantes; es decir, estamos hablando de los Ayuntamientos importantes dentro de nuestra Comunidad Autónoma.

Evidentemente, la situación, como hemos puesto a lo largo del informe de... de manifiesto, es una situación de auténtica ingobernabilidad. Es decir, en estos instantes, cualquier medida que vaya dirigida a un plan de ajuste pasa por la medida cuarta, a la que he hecho referencia antes, que es el nombramiento de Secretario-Interventor. Es decir, mientras no disponga de Secretario-Interventor, la situación del Ayuntamiento de Valderas va a seguir siendo complicada y difícil.

Y, evidentemente, viendo la situación económica-financiera en la que se encuentra el Ayuntamiento de Valderas, pues a lo mejor no es fácil cubrir esa plaza, también hay que ser consciente de ello.

Pero, seamos también rigurosos, la situación del Ayuntamiento de Valderas es una situación, como hemos puesto de manifiesto a lo largo del informe, quizás realmente extraordinaria, es decir... y yo creo que eso también motivó que el conjunto de los Grupos Parlamentarios se pusieran de acuerdo para poner en marcha esta fiscalización. Y que nosotros hemos, incluso, pues modificado el Plan de Fiscalización, y lo que es las prioridades dentro de lo que fue el Plan Anual de Fiscalizaciones del año dos mil trece, dando prioridad al equipo que ha tenido que llevar a cabo toda esta auditoría, que, como ya he dicho en mi anterior intervención, no ha sido fácil, porque ha requerido, pues un esfuerzo adicional desde el punto de vista de lo que es el análisis de la documentación. Y que cuando nosotros fijamos a treinta de junio ese endeudamiento, lo estamos hablando en los términos y condiciones que está en el informe; es decir, no podemos asegurar de que no vayan a existir nuevas facturas o que puedan existir nuevas reclamaciones. Es decir, nosotros lo que nos parecía muy importante es que este informe de fiscalización estuviese cerrado a una fecha, con una garantía de credibilidad, y eso es lo que hemos procurado hacer. Pero, al mismo tiempo, como dejamos también perfectamente claro en el informe, no hemos podido llegar a averiguar, porque no es función de este informe de fiscalización, de que esos servicios adeudados realmente se hayan prestado; eso es algo que rebasa lo que es el análisis de un informe de fiscalización, es decir, si esa factura existente en el Ayuntamiento se corresponde a un servicio realmente prestado. Por eso, nosotros, en algunas de las recomendaciones, hacemos referencia a que haya un análisis exhaustivo de alguna de las facturas, en el caso de que se presenten nuevas facturas. ¿De acuerdo?

Yo creo que se ha hecho aquí un trabajo, creo, importante, desde el punto de vista de... de encuadrar lo que es la situación económica-financiera del Ayuntamiento de Valderas.

Y ahora, desde luego, yo lo único que quiero expresar es el agradecimiento por parte del Consejo de Cuentas, como he dicho al principio de mi intervención, pues a la Mesa de esta Comisión de Hacienda y a los Portavoces de los Grupos Parlamentarios, que nos han permitido, pues, también, comparecer con una gran inmediatez desde la presentación y remisión del informe a esta Comisión de Hacienda. Nada más, y muchísimas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Finalizado el debate, de conformidad con lo establecido en la norma cuarta de la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de siete de abril de dos mil nueve, se abre un plazo de cinco días para que los Grupos Parlamentarios puedan presentar ante la Mesa de la Comisión propuestas de resolución relativas al Informe de Fiscalización que acaba de ser examinado. Dicho plazo finalizará el próximo sábado, día uno de marzo, a las catorce horas.

Concluido el Orden del Día de esta Comisión, y agradeciendo la presencia del señor Presidente del Consejo de Cuentas, se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las once horas cincuenta y cinco minutos].


DS(C) nº 398/8 del 24/2/2014

CVE="DSCOM-08-000398"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Comisión de Hacienda
DS(C) nº 398/8 del 24/2/2014
CVE: DSCOM-08-000398

DS(C) nº 398/8 del 24/2/2014. Comisión de Hacienda
Sesión Celebrada el día 24 de febrero de 2014, en Valladolid
Bajo la Presidencia de: Pedro Luis González Reglero
Pags. 13678-13707

ORDEN DEL DÍA:

1. Comparecencia del Excmo. Sr. Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para informar sobre el Informe de Fiscalización de la actividad económico financiera del Ayuntamiento de Valderas (León), ejercicio 2013.

SUMARIO:

 ** Se inicia la sesión a las diez horas treinta minutos.

 ** El Presidente, Sr. González Reglero, abre la sesión.

 ** Intervención del Procurador Sr. Martín Martínez (Grupo Socialista) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención del Procurador Sr. Valderas Alonso (Grupo Mixto) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención del Procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** Primer punto del Orden del Día.

 ** La Secretaria, Sra. Álvarez-Quiñones Sanz, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para informar a la Comisión sobre el Informe de Fiscalización de la actividad económico financiera del Ayuntamiento de Valderas (León), ejercicio 2013.

 ** El Presidente, Sr. González Reglero, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los Portavoces de los Grupos Parlamentarios.

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Valderas Alonso (Grupo Mixto).

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Fernández Cardo (Grupo Socialista).

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular).

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para responder a las cuestiones planteadas.

 ** En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Valderas Alonso (Grupo Mixto).

 ** En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Fernández Cardo (Grupo Socialista).

 ** En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular).

 ** En turno de dúplica, interviene el Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.

 ** El Presidente, Sr. González Reglero, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las once horas cincuenta y cinco minutos.

TEXTO:

[Se inicia la sesión a las diez horas treinta minutos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Buenos días. Se abre la sesión. ¿Los Grupos Parlamentarios desean comunicar a esta Mesa alguna sustitución? ¿Por parte del Grupo Parlamentario Socialista?


EL SEÑOR MARTÍN MARTÍNEZ:

Sí, buenos días. Don Miguel Ángel Fernández Cardo sustituye a doña Ana María da Silva García y don Javier Campos de la Fuente sustituye a don José Ignacio Martín Benito.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. ¿Por parte del Grupo Mixto?


EL SEÑOR VALDERAS ALONSO:

Alejandro Valderas sustituye a José María González.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. ¿Por parte del Grupo Popular?


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Gracias, Presidente. Buenos días. Don Arturo Pascual Madina sustituye a doña María Isabel Blanco Llamas, don Juan Dúo Torrado sustituye a doña María Ángeles Porres Ortún y don Jorge Domingo Martínez Antolín sustituye a don Raúl de la Hoz Quintano.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Doy la bienvenida a esta Comisión a don Jesús Jaime Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, que comparece ante esta Comisión para presentar diversos informes de fiscalización remitidos a las Cortes de Castilla y León por el Consejo de Cuentas. La tramitación de los mismos se desarrollará de conformidad con lo previsto en la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de siete de abril de dos mil nueve.

Primer punto del Orden del Día. Por la señora Secretaria se dará lectura del primer punto del Orden del Día.

Informe


LA SECRETARIA (SEÑORA ÁLVAREZ-QUIÑONES SANZ):

Buenos días, Señorías, señor Presidente del Consejo de Cuentas. Primer punto del Orden del Día: "Comparecencia del Excelentísimo señor Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para informar sobre el Informe de Fiscalización de la actividad económico financiera del Ayuntamiento de Valderas (León), correspondiente al 2013".


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Para la presentación de este informe, tiene la palabra el Excelentísimo señor Jesús Jaime Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Gracias, señor Presidente. Antes que nada, lo que sí me gustaría es expresar públicamente el agradecimiento del Consejo de Cuentas a esta Comisión de Hacienda, y muy especialmente a la Mesa y a los Portavoces de los Grupos Parlamentarios que han habilitado con la mayor celeridad posible la comparecencia de esta... de este Presidente para dar cuenta del Informe de Fiscalización de Valderas, que fue encargado por acuerdo del conjunto de los Grupos Parlamentarios. Si eso... sí me gustaría dejar constancia formal, antes de dar lectura al informe de fiscalización.

El presente informe de fiscalización corresponde al Plan Anual de Fiscalizaciones del ejercicio dos mil trece y resultó aprobado por el Pleno del Consejo de Cuentas el cuatro de febrero de dos mil catorce. La publicación en la página web, tanto del texto íntegro del informe como de la nota resumen del mismo, tuvo lugar el seis de febrero del corriente año, una vez remitido a las Cortes de Castilla y León.

Como se recordará por todas Sus Señorías, esta fiscalización es fruto del entendimiento de todos los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Castilla y León, que quedó plasmado en el acuerdo adoptado por la Comisión de Hacienda con fecha veinticuatro de julio de dos mil trece para modificar el Plan Anual de Fiscalizaciones de dos mil trece, con la incorporación de esta fiscalización con el contenido y alcance que el Consejo de Cuentas determinase.

Esta fiscalización ha de encuadrarse como una auditoría de cumplimiento, con el objetivo de analizar la composición y organización del Ayuntamiento de Valderas, la estructura de personal con específica referencia al área económica, así como la cobertura y situación de los puestos reservados a funcionarios con habilitación estatal. Así mismo, el otro objetivo era señalar la situación de endeudamiento, tanto financiera como comercial. Como límite temporal se ha fijado el treinta de junio de dos mil trece.

Se ha analizado la situación del Gobierno y la Administración desde las elecciones locales del año dos mil siete, así como su estructura de personal, especialmente la situación y cobertura del puesto de Secretaría-Intervención.

Por lo que se refiere al análisis de la situación de endeudamiento, es de señalar que ha sido singularmente complicada la comprobación de la deuda de carácter comercial, al encontrarse la documentación dispersa, por carecer de contabilidad y por no existir actos administrativos que aprueben y reconozcan los gastos realizados y por los importantes defectos e irregularidades en los justificantes del gasto.

En relación al endeudamiento comercial, se han efectuado las siguientes actuaciones. Se ha solicitado un listado acreditativo de sus deudas con proveedores, es decir, las facturas pendientes, certificaciones de obra y justificantes de gasto. Se ha solicitado la relación identificada de las deudas reclamadas al Ayuntamiento mediante la interposición de recursos contencioso-administrativos, comprobando el estado de los procedimientos y las sentencias dictadas al respecto. Se ha solicitado información sobre los expedientes vinculados al pago de proveedores del Real Decreto-ley 4/2012, comprobándose que no se ha acogido a las normativas habilitadas al efecto con anterioridad a dicha fecha, ni tampoco con posterioridad. Se ha cruzado información con vistas a obtener una información fidedigna y se han analizado los justificantes de gasto para comprobar el cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos. Ahora bien, queda fuera del alcance de este informe la comprobación o verificación de la realidad de las prestaciones de los bienes o servicios.

Por otro lado, se ha analizado la situación deudora del Ayuntamiento con otras Administraciones Públicas a fecha treinta de junio de dos mil trece. Como consecuencia de lo expuesto, se han efectuado distintas circularizaciones: por un lado, se ha recabado información a las entidades financieras con las que el Ayuntamiento ha mantenido posiciones deudoras o acreedoras; y, por otro, se ha pedido información a todos los niveles de las Administraciones –Central, Autonómica y Local-.

Limitaciones al alcance. Han sido varias las que se han producido; en particular, son las siguientes:

Primera. La contabilidad figura sin cerrar desde el ejercicio dos mil siete; los años dos mil ocho, dos mil nueve y dos mil diez están sin actualizar; y en cuanto a los ejercicios dos mil once, dos mil doce y dos mil trece, no consta contabilidad alguna, por lo que no se pueden determinar los resultados económicos y presupuestarios del Ayuntamiento.

Segunda. Se ha producido una situación de permanente provisionalidad y accidentalidad en la cobertura del puesto de Secretaría-Intervención, lo cual ha afectado de manera fundamental a las tareas de control y fiscalización interna, y se puede afirmar que no se ha desempeñado de manera plena y continuada. En la actualidad no hay Secretario-Interventor ni personal funcionario que desarrolle funciones de carácter económico-administrativo.

Tercera. Hay una inexplicable dispersión de la documentación administrativa en distintos lugares, por lo que no puede afirmarse que la documentación facilitada sea la única existente.

Cuarta. Se han producido continuas modificaciones y correcciones respecto a la documentación facilitada por el Ayuntamiento.

Quinta. No se ha aprobado el presupuesto desde el ejercicio dos mil ocho.

Sexta. En relación a la deuda facilitada por el Ayuntamiento con sus justificantes, asciende a 541.127 euros, y es preciso poner de manifiesto lo siguiente: primero, el 31 % de los documentos está sin registrar; solo el 8,6 % cuenta con documento contable; el 100 % carece de acto o acuerdo de aprobación del gasto; y el 19,8 % de los documentos justificativos incumple los requisitos reglamentarios en cuanto a las facturas.

Séptima. Por lo que respecta a la petición de información a la Administración del Estado, ha sucedido lo siguiente: se solicitó información a la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas y a la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, ambas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, con fecha doce de agosto, recibiendo contestación el veinticinco de septiembre, en las que se expresan contrarias a facilitar dicha información por entender que hay falta de legitimidad y competencia del Consejo de Cuentas, debiendo hacerlo a través del Tribunal de Cuentas. Evidentemente, no podemos estar en... más en desacuerdo con la postura ministerial en tanto en cuanto incumple flagrantemente lo establecido en el Artículo 13 de la Ley 2/2002, modificada por la Ley 4 de dos mil trece, que establece: "Toda persona natural o jurídica, pública o privada, estará obligada a proporcionar, previo requerimiento del órgano competente del Consejo de Cuentas, cualquier clase de datos necesarios con trascendencia para la actividad de fiscalización de los entes sometidos a control". También resultan contrarias estas contestaciones al principio de colaboración que ha de regir las relaciones entre las distintas Instituciones o Administraciones. No obstante, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha remitido al Ayuntamiento de Valderas, con fecha de veinte de septiembre, parte de la información recabada por el Consejo de Cuentas, omitiéndose la concerniente a la existencia de deudas con la Administración del Estado por reintegro de subvenciones.

Octava. Por lo que se refiere al ICO, no se ha podido acreditar el criterio que se aplica desde octubre de dos mil doce para compensar las deudas por el pago a proveedores, en virtud del Real Decreto 4/2012, ni tampoco la no inclusión de 233.108 y 19.085 euros en la relación de deudas pendientes.

Alegaciones. De acuerdo con lo establecido en nuestro Reglamento, se remitió al Ayuntamiento de Valderas y a la Diputación Provincial para que formularan las alegaciones que estimaran pertinentes. El veinticuatro de enero se recibieron las alegaciones firmadas por la Alcaldesa en funciones del Ayuntamiento de Valderas, aportando distinta documentación. Sin embargo, fueron presentadas fuera de plazo, por lo que han de ser calificadas como extemporáneas, no incorporándose al informe. Ello no obsta para que hayan sido examinadas con detenimiento, y se ha comprobado que, de las denominadas "nuevas facturas" que aporta, el 38,20 % de las mismas ya está incorporado al presente informe.

Situación de la entidad local en la actualidad. Las elecciones municipales celebradas en el año dos mil once dio el resultado de 7 Concejales del PSOE y 4 del Partido Popular, constituyéndose la Corporación Municipal el once de junio. En noviembre de dos mil doce renuncia la Alcaldesa del PSOE, que pasa a tener la consideración de miembro no adscrito al abandonar su grupo político, al igual que otros dos Concejales del mismo grupo político, y otra Concejala renuncia a su condición. Otro Concejal del PSOE pasa a ejercer la Alcaldía en funciones hasta el veinticuatro de abril de dos mil trece, en que renuncia junto a los otros 2 Concejales que quedaban en el grupo socialista. El resto de candidatos de la lista electoral del PSOE renunció a ocupar puesto en la Corporación.

Además, en cuanto al Partido Popular, es de señalar que, con fecha veintiséis de noviembre de dos mil doce, suspendió de militancia a 2 Concejalas, a las que hay que añadir la del Concejal que fue el Alcalde en la anterior legislatura.

En abril de dos mil trece, la situación era la siguiente: de los 7 Concejales del PSOE, 5 habían renunciado sin que existiesen candidatos en la lista electoral, y los otros 2 estaban como no adscritos. En consecuencia, la Junta Electoral Central propuso 5 nuevos candidatos, con los que se consiguió constituir la Corporación Municipal del siguiente modo: 5 Concejales del PSOE no electos, 1 Concejal del PP y 5 Concejales no adscritos, pero sí electos. Y como Alcaldesa en funciones ejerció una de las Concejales del PSOE, no electa. En junio de dos mil trece se convoca Pleno, pero no se procedió a formalizar la votación para la elección de Alcalde, por lo que sigue en funciones la Alcaldesa.

En la actualidad, hay una preocupación latente a raíz de la sentencia del Tribunal Constitucional de veintitrés de mayo, que ha obligado al Alcalde de Cudillero a dejar sus responsabilidades por no haber sido elegido en ninguna lista electoral.

En estos momentos, no hay definición de grupos políticos en los Plenos, tampoco hay Junta de Gobierno ni funcionamiento de Comisiones Informativas. Los únicos actos administrativos que se adoptan en el ejercicio de las competencias del Alcalde se corresponden con decretos relacionados con la contratación de personal laboral por el Ayuntamiento.

Conclusiones. Información judicial. El Ayuntamiento tiene reclamadas en el ámbito contencioso-administrativo por los proveedores una deuda total de 794.972 euros, sin embargo, se ha comprobado que, de esta cuantía, 89.873 euros se ha abonado con cargo al mecanismo establecido en el Real Decreto-ley 4/2012, de veinticuatro de febrero. En cuanto al resto de la deuda, hay que significar que, salvo 83.157 euros, está pendiente de resolver.

Organización de personal. El puesto de Secretaría-Intervención está en permanente situación de accidentalidad en su cobertura; ha sido ocupado por seis personas diferentes desde el año dos mil nueve (tres nombramientos provisionales, un nombramiento accidental y tres nombramientos interinos). Se han dado circunstancias que, sin ánimo de ser prolijo, delatan que no ha habido una adecuada coordinación entre las distintas Administraciones; entre todas cabe resaltar que los nombramientos de carácter interino realizados en dos mil ocho y dos mil nueve no fueron efectuados por el órgano competente, es decir, la Junta de Castilla y León, sino por el propio Ayuntamiento. Incluso en el primer caso, se efectúa el nombramiento sin proceso de selección, vulnerándose los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad; y, en otro caso –como ha puesto de manifiesto la Junta de Castilla y León-, adoleció de importantes irregularidades.

La ausencia en la ocupación de la plaza de Secretaría-Interventor origina un sinfín de problemas: carencia de la fe pública, falta de asesoramiento legal preceptivo, inexistencia de fiscalización o de control interno de la gestión económica y la contabilidad. La consecuencia de esta auténtica desidia es que la contabilidad se ha llevado de manera puntual, discontinua e incompleta; así, la de los años dos mil ocho y dos mil nueve no se cerró, y en dos mil diez se abandonó. Según parece, en la actualidad se está contactando con empresas privadas para rehacerla y formalizarla.

Si nos centramos en la plantilla, hay que indicar que están vacantes los cuatro puestos de funcionario: secretario-interventor, administrativo, auxiliar administrativo y vigilante municipal; mientras que dos operarios, que son personal laboral, realizan tareas de carácter administrativo. Se carece de relación de puestos de trabajo, y no se ha aprobado la plantilla de personal desde que se hizo en dos mil ocho con la aprobación del presupuesto. Los quince empleados existentes como personal fijo provienen de contratos temporales cuya selección no se ha producido de acuerdo con la oferta de empleo público, convocatoria pública y cumplimiento de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Presupuestos, liquidación y cuenta general. No se ha aprobado ni elaborado presupuesto en los años dos mil diez, dos mil once, dos mil doce y dos mil trece, lo que supone un flagrante incumplimiento de lo prevenido en el Artículo 164 del texto refundido en la Ley de Haciendas Locales, así como una patente dejación de funciones por parte del Alcalde. Tampoco se ha aprobado la liquidación de los ejercicios dos mil ocho, dos mil nueve, dos mil diez, dos mil once y dos mil doce; el hecho de incumplir con esta obligación ha supuesto, de acuerdo con el Artículo 36 de la Ley 2/2011, de cuatro de marzo, de Economía Sostenible, la retención del importe de la participación en los tributos del Estado mientras siga sin remitir la liquidación. Consiguientemente, tampoco ha rendido la Cuenta General entre dos mil siete y dos mil doce, por lo que puede afirmarse que no existe reflejo de la gestión económica y financiera, incumplimiento del Artículo 108 y siguientes del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales.

Endeudamiento financiero. El endeudamiento financiero asciende a 70.559 euros, de los que 30.743 corresponden a saldos acreedores que se han derivado de la liquidación definitiva de la participación en los tributos del Estado en los ejercicios dos mil ocho y dos mil nueve, que están siendo reembolsados mediantes compensación con cargo a las entregas a cuenta mensuales.

Deuda con otras Administraciones Públicas. La deuda total asciende, a treinta de junio de dos mil trece, a 1.217.536 euros, de los que 1.088.664 corresponden al Estado, 127.565 a la Junta de Castilla y León y 1.307 a la Diputación Provincial de León. Si desglosamos la deuda con el Estado comprobaremos lo siguiente: 351.858 euros corresponden a la Seguridad Social; 63.929 euros a la Agencia Estatal de Administración Tributaria; 474.952 euros al Ministerio de Hacienda, por las operaciones de pago a proveedores; 30.743 euros al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, por la devolución de la participación en los tributos del Estado, ejercicios dos mil ocho y dos mil nueve; y 155.460 euros al Ministerio de Industria y Comercio, por el reintegro de una subvención; por otro lado, 11.719 euros a la Confederación Hidrográfica del Duero, por una multa de vertidos.

En cuanto a la Junta de Castilla y León, 127.565 euros corresponden fundamentalmente a reintegros por subvenciones concedidas relacionadas con el empleo y la revitalización comercial en el municipio.

Endeudamiento comercial. La deuda existente con proveedores asciende a 1.857.137 euros, que se desglosa de la manera siguiente: deuda pendiente reclamada en la vía contencioso-administrativa por un montante de 698.050 euros, de los que 83.157 euros son procedimientos resueltos y con la reclamación estimada; estimación de deuda reclamada en vía administrativa, 148.864 euros; deuda estimada mediante relación comprobada y facilitada por el Ayuntamiento, 535.269 euros; deuda por subrogación con el fondo de pago a proveedores de acuerdo con el Real Decreto-ley 4/2012, 474.952 euros.

Es de señalar que la relación facilitada por el Ayuntamiento, y que asciende a 535.269 euros, al supervisarse por el equipo de fiscalización se han detectado importantes limitaciones al no existir anotaciones contables, no figurar acuerdos aprobando las facturas, carecer de registro en otras ocasiones o la falta de acreditación en cuanto a la prestación de servicios. A ello hay que añadir la dispersión documental en distintas oficinas municipales sin criterio alguno.

En cuanto a la deuda con el fondo de pago a proveedores de las entidades locales del Estado, se originó al certificar el Ayuntamiento las obligaciones pendientes de pago al amparo del Real Decreto-ley 4/2012, y no formalizar el préstamo para financiarlas. En conclusión, esta deuda subrogada genera unos gastos financieros del 5,9 % y se solventará mediante compensación con la participación en los tributos del Estado.

Situación económica actual. Con cargo al cien por cien de la participación en los tributos del Estado, se está produciendo la compensación de deudas con el Estado, Agencia Estatal de la Administración Tributaria y Seguridad Social, al amparo de lo previsto en el Artículo 11 del Real Decreto-ley 4/2012 y Disposición Adicional Cuarta del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales.

En el ejercicio cerrado dos mil doce se han compensado 321.087 euros, que es la suma del total de las entregas a cuenta del dos mil doce, que ascendían a 280.690 euros, y la compensación íntegra de la liquidación definitiva del ejercicio dos mil diez, que ascendió a 40.397 euros.

La Corporación actual ha realizado una estimación presupuestaria para el ejercicio dos mil trece de 900.000 euros, restringidas a ingresos y gastos corrientes. Es de señalar que un 30 % de los ingresos que provienen de la participación en los tributos del Estado quedarán afectados al menos durante tres años a saldar la deuda con este. El resto de los ingresos quedaría vinculado para la financiación de los gastos de personal y otros gastos corrientes indispensables para el funcionamiento del Ayuntamiento y prestación de los servicios mínimos obligatorios. Puede anticiparse la insuficiencia de estos ingresos para afrontar estos gastos.

En definitiva, puede afirmarse que el resto de la deuda contraída con otras Administraciones o proveedores será de difícil liquidación. No está de más indicar que se ha perdido la oportunidad de ampararse en el Real Decreto-ley 8/2013, que preveía medidas extraordinarias de liquidez para municipios con problemas financieros.

Recomendaciones. A la vista del informe que antecede, se proponen las siguientes recomendaciones:

Primera. Es necesario que el Ayuntamiento de Valderas apruebe el presupuesto y reconstruya de forma retroactiva la contabilidad para presentar fielmente los resultados presupuestarios y financieros. Además, deberá remitir las liquidaciones y rendir las cuentas.

Segunda. Habida cuenta que la liquidación del presupuesto dos mil siete y el presupuesto dos mil ocho son los últimos expedientes contables aprobados, la contabilidad ha de rehacerse a partir de los datos económicos y presupuestarios que contienen ambos documentos.

Tercera. El Ayuntamiento ha de aprobar una relación de puestos de trabajo y la plantilla de personal, esta última junto con el presupuesto, presidida por la racionalización y reservando al personal funcionario las funciones que por el mismo deben ser desempeñadas. Ha de garantizarse que el acceso a la condición de empleado público se acomode a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Cuarta. El conjunto de las Administraciones (Ayuntamiento, Estado, Junta de Castilla y León y Diputación Provincial) deben de coordinar su actuación a efectos de cubrir el puesto de Secretario-Interventor, y que no se encuentre en permanente situación de accidentalidad o provisionalidad.

Quinta. El Alcalde y el Pleno, en el ejercicio de sus competencias, han de adoptar las medidas organizativas necesarias para afrontar la extrema dificultad financiera en la que se encuentra el Ayuntamiento de Valderas.

Sexta. El Ayuntamiento debe seguir actuando para clarificar la situación de la deuda comercial facilitada, inicialmente estimada en 535.269 euros, y, en su caso, proceder al reconocimiento de la que proceda. A tal fin, ha de verificar la realidad de las prestaciones, justificaciones del gasto, duplicados de facturas en su caso, o reclamar facturas rectificativas cuando no cumplan los requisitos del reglamento de facturación. Es importante que sea consciente de que el plazo de prescripción de las obligaciones es de cuatro años, tanto en el reconocimiento por la Hacienda Pública de obligaciones no solicitadas con la presentación de los documentos justificativos como el pago de obligaciones ya reconocidas si no se hubiesen reclamado.

Séptima. El Ayuntamiento ha de tomar medidas para clarificar la deuda en los términos expresados en el apartado anterior, pero ha de respetar la doctrina jurisprudencial sobre el enriquecimiento injusto, en el sentido de que la omisión de trámites y de procedimiento no exonera de la obligación del pago.

Octava. La contabilización de la deuda con el fondo de pago a proveedores del Estado, así como con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Seguridad Social, que se está compensando por la vía de hecho, requiere su reconocimiento gradual en cada ejercicio, dotando crédito suficiente para afrontarlo. El resto, pendiente de compensar en ejercicios sucesivos, debe de apuntarse en la cuenta 413, de acreedores pendientes de aplicar a presupuesto.

Novena. En cuanto a las obligaciones generadas o que pudieran generarse con el resto de las Administraciones y proveedores, deberá procederse, desde el ejercicio dos mil trece, a su reconocimiento paulatino a medida que pueda asumir el pago. El Artículo 187 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales establece el carácter preferente en el pago de obligaciones que deriven de ejercicios cerrados junto con los de personal. El reconocimiento gradual ha de efectuarse a través de la figura del reconocimiento extrajudicial de créditos a aprobar por el Pleno. La deuda pendiente ha de apuntarse en la cuenta 413.

Décima. Respecto al endeudamiento comercial, han de seguirse las pautas indicadas en los apartados 6 y 7, atendiendo a la firmeza de las deudas reconocidas de forma judicial. La estimación pasaría por su apunto en la cuenta 413.

Undécima. De no adoptarse ninguna medida de carácter urgente, el Ayuntamiento de Valderas se encuentra en una situación crítica para ejercer sus competencias, incluso las de carácter obligatorio, de acuerdo con el Artículo 26 de la Ley de Bases de Régimen Local.

Duodécima. Se hace necesaria la aprobación por el Pleno del Ayuntamiento de un plan de ajuste de acuerdo con lo establecido en el Artículo 7 del Real Decreto-ley 4/2012, estableciendo las medidas necesarias sobre los Capítulos 1 y 2, eso sí, atendiendo al mantenimiento de los servicios mínimos y funcionamiento básico de la entidad local. Además, ha de acomodarse a la Ley... Ley Orgánica 4/2012, de veintisiete de abril, en orden al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

Decimotercera. Al existir un elevado volumen de deuda con proveedores, son necesarias otras medidas de carácter excepcional, en la línea que lo establecen distintas disposiciones (Real Decreto-ley 4/2012, Real Decreto-ley 4/2013 y Real Decreto-ley 8/2013), en el sentido de sustituir el endeudamiento comercial por el financiero a largo plazo, lo cual requeriría la utilización del órgano de la tutela financiera de la Junta de Castilla y León y del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. No obstante, requerirá el cumplimiento de lo previsto en el Artículo 53 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales.

Decimocuarta. Teniendo presente la situación de excepcionalidad en la que se encuentra el Ayuntamiento de Valderas, cualquier medida que se adopte estará condicionada por el cumplimiento de las obligaciones presupuestarias, contables y de información al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y ha de pasar por la comunicación y sometimiento a este.

Opinión. En cuanto a la organización, el Ayuntamiento de Valderas se encuentra en una situación de excepcionalidad desde el punto de vista del gobierno y administración, y grave en lo que concierne al ámbito organizativo y de personal, así como en el aspecto económico y financiero. El deterioro comienza a partir de las elecciones municipales de dos mil siete y se agrava progresivamente desde dos mil ocho.

El funcionamiento de los órganos del Ayuntamiento está limitado al mínimo. No hay funcionarios que desempeñen las tareas administrativas, solo cuenta con personal laboral. La inexistencia de Secretario-Interventor impide que se realicen las funciones públicas necesarias en toda entidad local, como son las de secretaría, control interno y contabilidad. En el pasado se constata una falta de estabilidad y continuidad de las personas ocupantes de este puesto de trabajo.

La deuda total del Ayuntamiento de Valderas, a treinta de junio de dos mil trece, asciende a 2.639.537 euros, desglosada del siguiente modo: 1.217.536 euros con otras Administraciones Públicas, 39.816 euros de endeudamiento financiero, 1.382.184 de endeudamiento comercial.

Este elevado endeudamiento condiciona el funcionamiento, más aún si tenemos presente que su principal recurso financiero, la participación en los tributos del Estado, se encuentra retenido para el pago de la deuda. La solución puede pasar por la aprobación de un plan de ajuste, con medidas de gasto e impulso de ingresos, y con sometimiento al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Cualquier posible solución de carácter extraordinario pasa por el cumplimiento de la obligación de remitir la información económico-financiera y presupuestaria. Es indispensable la aprobación de un presupuesto y la puesta al día con urgencia de la contabilidad.

Es de significar que la falta de estas actuaciones le ha impedido en el pasado acceder a medidas extraordinarias, como las contenidas en el Título II del Real Decreto-ley 8/2013, para municipios con problemas financieros. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Se abre ahora un turno de intervenciones de los Grupos Parlamentarios. En primer lugar, por parte del Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra el señor Valderas.


EL SEÑOR VALDERAS ALONSO:

Muchas gracias y bienvenido. Estamos entre todos buscando una solución a un caos al que ha llegado un Ayuntamiento pequeño, en este caso el de Valderas. Los Grupos Políticos de las Cortes, a petición de los vecinos y representantes públicos de la localidad, forzamos un poco la norma, como sabe, para que lo antes posible el Consejo de Cuentas acometiera esta materia, y le agradecemos que nos lo haya permitido, el forzar un poco el plan de trabajo de este año.

En lo que hemos podido, hemos invitado a los vecinos y a los proveedores, los mismos Procuradores de las Cortes, para que se pusieran en contacto con ustedes y les presentaran documentos. Nos consta, porque nos han enviado luego la copia certificada de que lo han enviado. Todos agradecemos al Consejo su labor, delicada en este caso, como se nos ha dicho, y creo que todos sabemos que o hacíamos esto o la otra solución prevista en la normativa vigente en el Reino de España era la disolución del Ayuntamiento. Valderas no es Marbella, por lo tanto era una solución un poco bárbara disolver el Ayuntamiento de esa manera.

Nos preocupan muchas cosas del informe que nos ha leído. La primera, el encontronazo con el Tribunal de Cuentas. Ya sabíamos que un día iba a pasar. El Tribunal de Cuentas desde Madrid tiene unos planes, los Consejos de Cuentas autonómicos tienen otros planes, y hay un señor por ahí que se llama Montoro y una señora que es Soraya Sáenz de Santamaría, que a través del Plan CORA dicen que lo que proponen es voluntario. No, no es voluntario, usted ya lo ha visto. Pretenden que ellos son el verdadero Tribunal de Cuentas y están forzando a todas las instituciones autonómicas a disolverse, a desaparecer, y... y, bueno, y no colaboran con ellas. Esto es un problema, un problema que ya hemos planteado varias veces en estas... en este Parlamento, y que se nos viene encima. Madrid pretende pasar por encima de las Autonomías.

Otro problema que hemos visto es el caos político en el municipio, que, en suma, no procede de que se lleven mal todos los vecinos. Yo conozco a unos cuantos, y, hombre, se llevan mal razonablemente para lo que es un municipio pequeño. El problema es que la situación se ha hecho asfixiante y unos por otros han acabado dejando todos sus partidos, no por problemas con el partido, sino porque los partidos están en instituciones posteriores, en la capital de provincia y en la capital autonómica, que no han hecho lo que tenían que hacer, y, al final, han decidido dejar su partido. Nosotros hemos tenido la inmensa suerte de que esta vez no estábamos en el Ayuntamiento, pero lo padecimos hace unos años y ocurrió lo mismo.

Otro problema que nos preocupa es la falta de control de las Administraciones. Cuando un Ayuntamiento tiene problemas se presentan unas quejas y van a otros sitios. Bueno, pues la Junta y la Diputación debieron haber intervenido hace muchísimo tiempo, en temas como la falta de Secretario interventario... de Secretario-Interventor durante varios periodos; la falta de contestación por parte de Junta y Diputación ante las infinitas quejas presentadas en su momento, en buena parte por esos Concejales que luego abandonaron la política, y que han tenido que aguantar muchísimo en el pueblo porque, claro, se ven todos los días.

El permanente estado de excepción de muchos pequeños Ayuntamientos, como este, lo produce la figura del cacique, el señor que entra en el Ayuntamiento, de la mano de un partido político, que luego pasa del partido, luego pasa de las normas y hace de su reino lo que le da la gana: facturas en el cajón, nombramientos a dedo, documentos contables anuales sin firmar durante años y años. Eso es común en muchos Ayuntamientos; no tanto como lo que hemos visto concentrado en este, pero es muy frecuente.

Esto es la base inmoral que facilita el Ministro Montoro, la propuesta de eliminar los Ayuntamientos. ¿Qué opina? Pues que los Ayuntamientos pequeños se prestan a que un alcaldillo haga esto, y que lo haga, además, durante años y nadie le diga nada, que es lo que hemos estado viendo. Pero la solución no es, como propone Montoro, eliminar los Ayuntamientos pequeños; la solución es que han fallado los Alcaldes, pero, por encima de ellos, ha... ha fallado la Administración de Justicia, que ha recibido toneladas de quejas. Pero, claro, entre que cuesta dinero, que además tiene que pagarlo el Concejal porque el partido no se hace cargo, que además se tarda varios años en contestar, se vuelve no injusta, pero sí inútil.

Ha fallado la Subdelegación del Gobierno. La Subdelegación del Gobierno, que yo sepa, es la que se lee las actas de los Ayuntamientos y dice "este acuerdo no se puede", y lo elimina. ¿Cuántos acuerdos ha tomado Valderas de forma irregular? Por lo que nos ha dicho, montones. ¿Cómo no ha intervenido el Gobierno Civil, el antiguo... el antiguo Gobierno Civil? Pues parece que no ha intervenido lo suficiente. Eso sí, cuando un Ayuntamiento desclava el cuadro del Rey y lo cambia para otra sala, entonces sí, le empapelan. Pero cuando se le escapan varios millones de euros y nombra 16 empleados a dedo, por lo visto no se enteró.

Ha fallado el SAM, el Servicio de Atención a Municipios de la Diputación, que es el que en muchas ocasiones sustituye a la falta de secretarios. Pues, por alguna razón, no ha podido con este problema. Era un problema muy grande, evidentemente. El SAM está dotado, pero infradotado en el caso de la provincia de León, y no ha actuado de la forma razonable.

La gran pregunta es la siguiente. Acabamos de reformar las leyes de régimen local, la ley Montoro y la ley de Santiago-Juárez. ¿Nos previenen contra casos como este? Porque, claro, hemos estado hablando durante un año entero sobre problemas económicos, problemas de competencias, pero ¿alguien se ha acordado del problema de los caciques? ¿El cacique que hace lo que le da la gana y ninguna Administración ha actuado? Si no he contado mal, ocho años, ocho años han durado estos problemas sin que ninguna Administración haya destituido, empapelado... Pues creo que no nos ha relatado ninguna destitución, ¿no?, ni ningún caso de... de... de... de individuo al que le hayan suspendido de sus funciones. Creo que tampoco nos ha dicho nada sobre intervenciones del Gobierno Civil anulando decretos ni acuerdos del Ayuntamiento. Aparentemente de esto no ha habido. Tampoco creo que haya mencionado ninguna sentencia. O sea, por lo visto no ha habido sentencia ninguna, de ningún tipo.

Bueno, pues creemos que las dos reformas que hemos hecho nos previenen contra muchas cosas, pero contra esta no. Y esta debería ser el restablecimiento de la responsabilidad personal de algunos cargos, no porque hagan una cosa mal, que la pueden hacer, sino porque después de un tiempo resulta que la Administración correspondiente es incompetente para paralizarle. ¿Por qué es incompetente? Bueno, pues tendríamos que ver de qué manera, pero es que en ocho años hay empresas que se han arruinado. Ya les da lo mismo que llegue una sentencia o que les paguen la factura. Errores y comportamientos inaceptables son muchas veces inevitables, pero el desgobierno porque nadie actuó por encima de los Ayuntamientos durante 7 años, eso sí que lo debemos normalizar y prever para... para las próximas situaciones.

Hoy hemos visto el resultado de la falta de control de un Ayuntamiento y de todas las instituciones que debieron evitarlo. Necesitamos soluciones, y no solo para Valderas, sino para todos los Ayuntamientos, especialmente para los pequeños, que, en menor medida, están padeciendo problemas como estos. Espero que las recomendaciones que ha planteado las lea alguien; y, si no las lee nadie, pues, esto no habrá servido para nada. Algunas personas de Valderas van a cobrar las facturas, pero esto va a ocurrir mañana en el pueblo de al lado. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Por parte del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Fernández Cardo.


EL SEÑOR FERNÁNDEZ CARDO:

Gracias, Presidente. Quiero comenzar mi intervención agradeciendo a los señores Consejeros y a los trabajadores del Consejo de Cuentas su rápida actuación en este caso. Tienen menos medios de los que tuvieron históricamente y, sin embargo, su compromiso y esfuerzo está siendo mucho mayor, por eso han podido realizar este informe de una manera tan rápida.

También quiero agradecer a los tres Grupos Parlamentarios que tomasen conciencia de la gravedad de la situación del Ayuntamiento de Valderas. El informe que hoy nos presenta se planeaba la realización de una auditoría de cumplimiento, con los siguientes objetivos: analizar la... la composición y organización de la entidad local, la estructura de personal, especial referencia al área económica y, sobre todo, a la situación de los puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal; y, en segundo lugar, determinar la situación de endeudamiento financiero y comercial.

En cuanto a la organización, yo creo que ha quedado claro que el Ayuntamiento de Valderas se encuentra en una situación excepcionalmente grave desde el punto de vista de su gobierno y administración, y en una grave situación tanto a nivel organizativo y de personal como especialmente a nivel económico y financiero.

En cuanto al endeudamiento, ha quedado dicho que el Ayuntamiento de Valderas cuenta con una deuda total estimada de 2.639.000 euros, integrada por deuda a Administraciones Públicas, endeudamiento financiero y endeudamiento comercial. Pero es que esta situación ya no es así. Esta no... esta situación, por ejemplo, no incluye una última notificación que acaba de ser recibida en el Ayuntamiento, de la Diputación Provincial de León, en la que le reclama, de una subvención también concedida en la anterior legislatura, en dos mil diez, otros 200.000 euros. Y además habría que incrementarlo en el coste de los gastos y costas judiciales de los procedimientos actualmente vigentes.

Este volumen de deuda acumulado de otros ejercicios limita y condiciona el funcionamiento presente, lo limita absolutamente, teniendo en cuenta que su principal recurso financiero, dado por la participación en tributos del Estado, está retenido, afectado al pago de la deuda con la Administración del Estado. El Consejo nos dice que la vía de solución puede pasar por la aprobación de un plan de ajuste, con medidas de ajuste de gastos e impulso de ingresos y sometimiento al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Bien, cualquier solución sin duda habrá de necesitar además un carácter especialmente extraordinario, a través de dicho Ministerio, para poder realizar y pasar fundamentalmente por el cumplimiento de todas sus obligaciones de remisión de información a los distintos órganos. Consecuentemente, es indispensable el que se recupere la normalidad presupuestaria y... y, por tanto, se pueda aprobar los presupuestos y la puesta al día de la contabilidad.

Es evidente que la falta de esas actuaciones en el pasado, consecuencia de la situación en la que se encuentra el Ayuntamiento, le ha impedido el poder acceder a estas medidas excepcionales de pago a proveedores. Por eso no han podido acudir, porque durante la anterior legislatura se rompió completamente la contabilidad, la administración de los documentos y la normalidad presupuestaria.

Entonces, la situación que tenemos es que hasta dos mil nueve ese Ayuntamiento tenía un Secretario-Interventor, que la última liquidación fue aprobada en el ejercicio dos mil siete, por la... por la Corporación saliente -la entrante ya no siguió con los trámites que le competían para aprobar la cuenta general-; el último presupuesto aprobado fue en dos mil ocho, a partir de dos mil diez no existe ya contabilidad alguna; y de dos mil ocho a dos mil diez, en el informe se pone de manifiesto que ya existían enormes problemas para poder seguir el esbozo de contabilidad que pudiera tener el Ayuntamiento.

Por tanto, el problema está centrado en la legislatura dos mil siete-dos mil once. Desde marzo de dos mil nueve hasta la actualidad, la plaza –y quiero repetirlo, porque lo ha dicho el señor Presidente, pero quiero repetirlo- ha sido ocupada accidental o provisionalmente en periodos puntuales, estando vacante la mayor parte del tiempo.

En la plantilla hay cuatro plazas de funcionarios, incluida la de Secretario-Interventor, pero están todas vacantes. En definitiva, el Ayuntamiento no cuenta con personal funcionario con competencias de fe pública y contabilidad ni nadie que pueda sustituirlo.

El informe del Consejo de Cuentas dice textualmente que esta accidentalidad resulta incompatible con la naturaleza y ejercicio de las funciones que se encuentran reservadas a los funcionarios de habilitación estatal y provoca grandes distorsiones en el funcionamiento y organización municipales.

El Ayuntamiento, a día de hoy, continúa sin Secretaría-Intervención, por tanto, no puede dar solución a la situación actual, ni siquiera a la hoja de ruta definida por el Consejo. Bien.

A día de hoy, la Corporación –se ha dicho- está integrada por cinco Concejales del PSOE –que ganó las elecciones, pero estos cinco Concejales no han sido electos-, un concejal del PP y cinco concejales que se suponen no adscritos, porque, al no haber constituido grupos municipales, el Pleno, todavía no se sabe si siguen perteneciendo al viejo Grupo del Partido Popular o si realmente están fuera como no adscritos. No hay un acta plenaria donde conste si estos señores de verdad están ahora fuera del Grupo Municipal Popular. Muy bien. Y hay una Alcaldesa en funciones, que es una de las Concejalas del Partido Socialista.

Pero, claro, es que esta sentencia del Tribunal Constitucional que comentaba el señor Presidente pone en duda la forma de provisión de ese cargo, y, sin embargo, son las personas que están peleando por sacar adelante este Ayuntamiento.

Por tanto, ya he dicho: no hay definición de grupos políticos en los plenos, tampoco hay junta de gobierno, no hay comisiones informativas. Asimismo, se ha señalado que los únicos actos administrativos que se adoptan, en el ejercicio de competencias del Alcalde, se corresponden estrictamente con los decretos imprescindibles para la administración de unos mínimos servicios públicos (pocas decisiones en materia de personal laboral en el Ayuntamiento y poco más).

Ha fallado, por tanto, el Alcalde, elegido en su momento dentro de las siglas del Partido Popular, de dos mil siete a dos mil once; pero ante las llamadas desesperadas a las distintas Administraciones de la nueva Corporación surgida de las elecciones de dos mil once, pidiendo ayuda, las Administraciones han fallado.

Se deduce del informe la falta de colaboración –que creo gravísima- del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas con este Consejo de Cuentas. No les reconocen; son ustedes un órgano esencial, propio, estatutario, de esta Comunidad Autónoma, y resulta que el Ministerio no les reconoce. Incluso, nos dicen que, a través del Ayuntamiento, han trasladado esas preguntas, que les dijeron que no les contestaban porque no les reconocían, y ni siquiera se ha dignado el Ministerio –el Ministerio de Montoro- a contestar a lo que de verdad se estaba preguntando.

Sobre el Instituto de Crédito Oficial, se desconoce la realización del primer bloque de pagos, no se ha podido determinar el criterio o método con el que el ICO ha aplicado, desde octubre de dos mil doce, la compensación de deudas por el pago de... de acreedores, no han informado al Consejo de Cuentas tampoco sobre estos extremos, ni las causas que han provocado la denegación o anulación de certificaciones. Bien.

Esta situación lleva a que, en febrero de dos mil doce, la nueva Corporación que surgió en dos mil once acuda a la Subdelegación del Gobierno -como comentaba el Portavoz del Grupo Mixto-, pero solicitando la intervención o fiscalización del mismo, un interventor para poner en orden la contabilidad, realizar los presupuestos, etcétera; e, incluso, mencionaba la posibilidad de ser sometidos a disolución de la entidad local. Y la respuesta fue negativa; fue negativa, pero de todo lo pedido. Se cruzaron de brazos en la Subdelegación.

Dicen en el informe que, además, se ha de señalar por parte de las Administraciones que tienen una función de tutela de las entidades locales no se han realizado actuaciones suficientes para evitar los hechos descritos, con las consecuencias que de los mismos se expone, y que desembocan en la falta de cobertura razonable del puesto de Secretario-Interventor, con los resultados de la gestión económica y financiera del Ayuntamiento que se recogen en el informe.

Pero también reconoce el Consejo en su informe, finalmente... que, finalmente, la Diputación de León no cumple con lo establecido en la... en la Ley de Bases de Régimen Local, en relación con la asistencia y cooperación, así como con la garantía de las funciones públicas del Artículo 92.3 de esta norma. Únicamente, a pesar de que cuenta con un reglamento propio aprobado para ello en el ejercicio dos mil doce, presta un mero asesoramiento jurídico de forma puntual y ocasional; ocasionalmente, traslada a uno de sus funcionarios para participar como Secretario en los Plenos del Ayuntamiento.

Pero es que la Diputación, además, le ha dicho al Ayuntamiento que no pida más, que solo le va a dejar ir a los Plenos del Ayuntamiento; para reconstruir toda la contabilidad, para reconstruir toda la documentación, esto es absolutamente insuficiente.

No se produce, por parte del mismo servicio de la Diputación Provincial de León, asistencia de tipo económico relacionada específicamente con la contabilidad. Esta asistencia está prevista en el Reglamento de funcionamiento del Servicio de Asistencia a Municipios de la Diputación Provincial de León, aprobado en dos mil doce; pues la Diputación se lo salta.

Señor Presidente del Consejo -ya se lo dije en otra ocasión-, reconozco su compromiso y el de los Consejeros que le acompañan y... en la realización de un trabajo ecuánime, porque eso es lo que he visto en el informe que han realizado. Prueba de ello es que dentro de sus recomendaciones incluye, empezando por el Ayuntamiento, pero apuntando al Estado, a la Junta de Castilla y León y a la Diputación Provincial de León, todos deben ejercer sus competencias, extremar las medidas a su alcance, aun desarrollando otras complementarias y coordinando su actuación, a efectos de que la cobertura del puesto concreto de Secretario-Interventor no se encuentre en la situación de accidentalidad y provisionalidad que lleva durante años.

Resulta imprescindible que se cubra esa plaza, porque es muy grave la situación creada por el Alcalde Popular de ese Ayuntamiento, pero yo creo que en estos momentos es mucho más grave la constatación de que sus desmanes, su desgobierno, han sido posible gracias a que las Administraciones han mirado hacia otro lado.

Así, la Junta de Castilla y León. Mire, su informe demuestra que en el año dos mil nueve la Junta deniega el nombramiento de Secretaria-Interventora por no ceñirse al... al procedimiento. Lo hace bien la Junta ahí. El nombramiento por parte de la Junta –se dice- no se produjo como legítimamente debió producirse, pues los nombramientos de dos mil ocho y dos mil nueve –para que vean dónde está el problema, los años en los que está el problema- no lo fue por el órgano competente para ello, que es la Junta de Castilla y León, sino por el propio Ayuntamiento.

Asimismo, el primero de los nombramientos hay vulneración de principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, por hacerse sin procedimiento; y el segundo nombramiento adolece de irregularidades, como puso de manifiesto la Junta.

Bueno, desde dos mil once, la nueva Corporación Municipal ha hecho continuas propuestas de candidatos, y simultáneas y sucesivas renuncias ha padecido de los designados. Y, entonces, yo pregunto: ¿por qué la Junta, que tiene la facultad de nombramiento, cuando...


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Debe ir acabando, señor Cardo.


EL SEÑOR FERNÁNDEZ CARDO:

(Sí. Buf. Voy a acabando. Es que es profundo el informe). ... por qué la Junta, que tiene la facultad de nombramiento, no hizo más desde dos mil nueve y no fiscalizó a continuación que se cubriera ordenadamente esa plaza? ¿Por qué dijo "así no se hace" y no volvió a preguntar si la plaza se había cubierto? ¿Para qué están?

Segundo lugar. Cabe señalar que las alegaciones emitidas por la Junta de Castilla y León al informe provisional del Consejo de Cuentas sobre el análisis del control interno de la gestión económico-financiera y contable de las entidades locales de Castilla y León, con especial incidencia en el personal que tiene atribuido dicho control, organización del control interno de la gestión económico-financiera y contable, en su página segunda, concreta un déficit de funcionarios con habilitación de carácter estatal para atender a las entidades locales de Castilla y León de 329 funcionarios. Es decir, existen 329 entidades locales que no tienen cubierta las plazas que garantizan el cumplimiento de las funciones reservadas. Este déficit se concentra en las plazas de Secretaría-Intervención en 281 funcionarios menos de los que son necesarios para que los Ayuntamientos y las Corporaciones Locales puedan llevar al día sus cuentas.

Pero, además, después de la última reforma del Estatuto de Autonomía, el Artículo 54 encomienda a la Junta de Castilla y León la tutela financiera de los entes locales. Es la Consejería de Hacienda de la Junta de Castilla y León, pero de forma más específica su Dirección General de Tributos y Coordinación Financiera, donde reside esa tutela financiera que se ejerce sobre las entidades locales, y no se ejerce esa tutela diciendo no y luego no haciendo un seguimiento de qué es lo que está pasando, de si se ha provisto la plaza como la ley exige.

En cuanto a la Diputación de León... (Presidente, por favor, voy acabando).


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Mire...


EL SEÑOR FERNÁNDEZ CARDO:

En cuanto a la Diputación de León...


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Tiene que acabar ya. Tiene que finalizar ya. Tendrá otro turno, y en el siguiente turno podrá finalizar.


EL SEÑOR FERNÁNDEZ CARDO:

(Bueno). ... lo apuntaba anteriormente, la actitud de la Diputación con este Ayuntamiento de menos de 2.000 habitantes creo que puede ser calificada de vergonzosa, lo que expone la Diputación en sus alegaciones es sonrojante: obliga al Consejo a exponer con claridad su posición, y el Consejo, comprometida y valientemente, lo hace; y, bueno, pone de manifiesto que la Diputación no quiere cumplir su propia norma, abandonado al Ayuntamiento a su suerte. Por tanto...


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señor Cardo.


EL SEÑOR FERNÁNDEZ CARDO:

Acabo. Gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Tiene que... Finaliza ya. Gracias, muchas gracias. Por parte del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Cruz.


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Sí. Gracias, Presidente. Buenos días. En primer lugar, como han hecho los Portavoces que me han precedido en el uso de la palabra, agradecer al Consejo de Cuentas la celeridad en la fiscalización del Ayuntamiento de Valderas, porque hay que recordar que en el año dos mil trece, por acuerdo de esta Comisión de Hacienda, se modificó el Plan Anual de Fiscalizaciones por parte de la petición de los tres Grupos presentes en la Cámara, al objeto de fiscalizar el Ayuntamiento de Valderas, ante la situación organizativa y económico-financiera que estaba atravesando.

Y, efectivamente, ese informe que se ha elaborado con celeridad y que hoy ya podemos debatir aquí, también fruto del acuerdo de las Cortes de Castilla y León para habilitar la sesión del día de hoy, pone de manifiesto, efectivamente, un buen trabajo por parte del Consejo de Cuentas y una mala actuación, obviamente, por la gestión del Ayuntamiento de Valderas.

Pone de manifiesto el informe que han existido importantes limitaciones, importantes, sin ninguna duda, dado que la contabilidad está sin cerrar desde el ejercicio dos mil siete, que existe dispersión de documentación y existen continuas correcciones y subsanaciones, que la situación desde el punto de vista organizativo se ha puesto de manifiesto y que hay una situación prácticamente en el que no funcionan los órganos propios del Ayuntamiento, ni prácticamente las comisiones informativas, ni la junta de gobierno local, y ha habido la situación de Concejales no adscritos por parte de ambos Grupos. Yo quiero recordar aquí que, de la anterior Corporación, tres de los Concejales fueron expulsados del Partido Popular, por acuerdo del Comité de Derechos y Garantías del Partido Popular, en el año dos mil doce.

Situación que yo quiero tildar, a diferencia de lo que se ha planteado aquí, de excepcional. Yo creo que esta no es la tónica general de la Administración Local de Castilla y León. Este es un mal ejemplo desde el punto de vista de lo que ha sido la gestión, independientemente... en este caso, corresponde a un Alcalde en esa época del Partido Popular, pero creo que es la excepción, porque hay una buena gestión en la Administración Local en los municipios de Castilla y León. Y, desde luego, lo que aquí se ha tildado como general, yo creo que es una excepción.

Y creo que es una excepción porque aquí lo que se ha puesto de manifiesto es que ha fallado todo. Ha fallado absolutamente todo, menos el Consejo de Cuentas y creo decir estas Cortes, que sí se han preocupado de esta situación.

¿Y por qué ha fallado todo? Porque es que no es que solo ha fallado los temas de asesoramiento, los funcionarios de habilitación estatal, las escasas competencias que tiene la Junta de Castilla y León en materia de tutela financiera de la Administración Local -porque hay que recordar que son competencias compartidas con la Administración del Estado- y también ya las no competencias que tiene la Junta de Castilla y León desde la aprobación de la Ley de racionalización del gasto público respecto a los funcionarios de habilitación estatal, como se ha intentado poner de manifiesto.

Aquí ha fallado todo porque creo, con sinceridad, que la situación es una situación totalmente insostenible. Y es una pena, además, que esta Administración no haya podido aprovecharse de los mecanismos que ha habilitado el Gobierno de España, en lo último... concretamente el Real Decreto 8/2013, para poder mejorar su situación financiera y de contabilidad. Es cierto que se vinculó al Plan de pago a proveedores, por un importe de 500.000 euros, pero, dada la deuda que existe con la Administración Pública, de más de 1.200.000 euros, y con la Administración... con proveedores de servicios o suministros, de más de 1.400.000, podía haber sido un mecanismo que hubiese permitido mejorar sustancialmente la situación ese Real Decreto 8/2013 para intentar regularizar la situación, dado que, como se ha puesto de manifiesto en el informe por el Consejo de Cuentas, el hecho de que las... la mayor parte de las participaciones de los tributos del Estado estén retenidas a los efectos del pago de esa deuda con la Administración Pública, que en su mayor cuantía obedece a pagos con la Seguridad Social y también con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, pues imposibilita al Ayuntamiento poder afrontar con voluntad la deuda importante de 2,6 millones que tiene pendiente.

Pero digo que falla todo, porque yo, leyendo con detenimiento el informe del Consejo de Cuentas, se puso de manifiesto ya en el año, creo recordar, dos mil once que existía responsabilidad contable. Y así lo dice textualmente el Consejo de Cuentas en su informe, cuando dice textualmente que el treinta y uno de agosto del dos mil once tuvo entrada en el Consejo de Cuentas de Castilla y León, presentado por la entonces Alcaldesa del Ayuntamiento de Valderas, en el que se exponía una serie de hechos relacionados con lo que calificaba de continuas irregularidades cometidas por el anterior Alcalde durante el periodo dos mil siete-dos mil diez. Fue emitido Acuerdo del Consejo de Cuentas 110/2011, de uno de diciembre, en el que se determina remitir al Tribunal de Cuentas la denuncia pública en relación con el Ayuntamiento de Valderas, al apreciar indicios razonables de responsabilidad contable en los hechos expuestos en ellas. Con fecha cinco de noviembre de dos mil doce, el delegado instructor del Tribunal de Cuentas solicita al Ayuntamiento, como actuaciones previas 18/2012, diferentes informes y documentación como consecuencia de la denuncia interpuesta por la Alcaldesa ante el Consejo de Cuentas. El catorce de mayo del dos mil trece, se recibe el hasta ahora último requerimiento del Tribunal de Cuentas al respecto, reiterando la solicitud de informes y documentaciones. Es decir, dos años después todavía se sigue pidiendo documentación y requerimientos por parte del Tribunal de Cuentas. Por eso decía yo que aquí lo que ha funcionado bien, lo digo de verdad, es el Consejo de Cuentas, porque el resto me parece que está... deja mucho que desear en todas las actuaciones.

Y también porque incluso se ha planteado que hay algunos aspectos que están en la vía penal, que han sido denunciados por la anterior Alcaldesa, y de escritos de la Fiscalía Anticorrupción de Madrid y de la Fiscalía Provincial de León plantearon de que una no era competente y la otra archivó las actuaciones por falta de documentación. Por eso decía que tengo la sensación de que aquí ha fallado todo.

Y, desde luego, la que menos competencia tiene en este caso, prácticamente, es la Junta de Castilla y León, y lo digo claramente, porque la tutela financiera de la Administración Local, aquí se ha puesto de manifiesto, es una tutela compartida con el Ministerio de Hacienda y limitada, independientemente de lo que recoja nuestro Estatuto. Y las competencias respecto a los funcionarios de habilitación estatal, lo que no puede hacer la Junta de Castilla y León es proceder al nombramiento de un funcionario interino que se... no se ha ajustado en las bases, como se pone de manifiesto de la lectura del propio informe del Consejo de Cuentas.

Pero yo quiero resaltar lo que he dicho antes, que esta es una situación de excepcionalidad, y que en la mayoría de las Corporaciones Locales de Castilla y León, obviamente, hay una regularización, se está trabajando, tenemos los datos del propio Consejo de Cuentas que cada vez se rinde más la cuenta, y esta situación de excepcionalidad creo que hay pocos Ayuntamientos, dentro de los más de 2.248, en el que podamos encontrar una situación como esta, porque la realidad de la Administración Local de Castilla y León es totalmente distinta, y lo vemos como año a año se esfuerzan para mejorar la situación.

Respecto a una de las consideraciones que se plantea, es cierto que ha habido una serie de limitaciones respecto a los funcionarios de habilitación estatal, pero yo quiero recordar el porqué, porque en el último informe que presentó aquí el Consejo de Cuentas de Castilla y León se ponía de manifiesto que la Junta había hecho un esfuerzo en cuanto a la cobertura de las plazas de Secretario-Interventor y que había sido la segunda Comunidad Autónoma que más plazas había convocado. Pero hay que recordar que la Administración del Estado limitó la capacidad de las convocatorias de oferta de empleo público por la situación de... de lucha y de consolidación fiscal contra el déficit público, lo que imposibilitaba hacer una convocatoria de un mayor número de plazas.

Y quiero recordar, también lo he hecho antes, que esa situación ha cambiado sustancialmente, porque ahora ya esa competencia ya no es de la Junta de Castilla y León; con la entrada en vigor de la Ley veintisiete de diciembre de dos mil trece, esa competencia pasa a ser una competencia estatal. Y he de recodar que la semana pasada, en el debate de las propuestas de resolución, todos los Grupos instábamos a que se produzca la convocatoria de plazas de Secretario-Interventor para poder solventar situaciones, porque, como pone de manifiesto el informe, independientemente de que todo ha fallado en este aspecto, la pieza fundamental es la ausencia de Secretario-Interventor para poder hacer las... el ejercicio de la tutela financiera y contable dentro del Ayuntamiento.

Porque hay que recordar, y también lo... se ha puesto de manifiesto aquí, que las competencias de las Diputaciones en materia de asesoramiento son importantes, pero que existe un déficit también importante de plazas en el conjunto de las Diputaciones Provinciales que ya ha puesto el Consejo de Cuentas de manifiesto, donde planteaba que solo había 20 funcionarios para el conjunto de la Comunidad Autónoma en las Diputaciones Provinciales, y en ese sentido también aprobábamos una propuesta de resolución instando a que se mejore la capacidad organizativa y funcional de los Servicios de Asesoramiento a Municipios del conjunto de las Diputaciones Provinciales.

En definitiva, estamos ante una situación muy compleja, de excepcionalidad; creo que esta es una excepción, dentro de alguna otra que puede existir y que no haya sido fiscalizada en alguna de las Corporaciones Locales de Castilla y León, pero entendemos que la mayoría de las Corporaciones Locales de Castilla y León están cumpliendo con la normativa, cumplen con la legalidad, y, sobre todo, los últimos datos del Ministerio de Hacienda ponen de manifiesto que están incurriendo en superávit, lo que supone de manifiesto una buena gestión económico-financiera. Y, además, también recordar que el nivel de endeudamiento de la mayoría de la Administración Local de Castilla y León –de la pequeña Administración Local- es prácticamente inexistente; y, por eso, yo citaría a este Ayuntamiento como una excepción, desde luego, en el que no se puede poner como ejemplo de una buena gestión, independientemente de que haya sido al frente de un Alcalde del Partido Popular, pero recordando también que esta formación política tomó las medidas necesarias para corregirlo, expulsándole del partido.

Felicitarles, para finalizar, por las gestiones realizadas, por la celeridad del informe y por el buen trabajo, y citando lo que he dicho antes: creo, todo ha fallado, y el Consejo de Cuentas aquí ha puesto de... de manifiesto su capacidad, su buen hacer y su diligencia para fiscalizar este Ayuntamiento. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señor Cruz. Para contestar a las intervenciones de los distintos Grupos, tiene la palabra el Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Sí. En primer lugar, mi... mi agradecimiento y mi reconocimiento a los Portavoces de los Grupos Parlamentarios, porque les he visto, pues auténticamente interesados y preocupados con la situación del Ayuntamiento de Valderas; porque, desde luego, como ponemos de manifiesto a lo largo del informe, nos hemos encontrado, pues con muchas, infinitas, dificultades; que, de una manera somera, pues también creo que es conveniente, en estos momentos, dar cuenta a todos ustedes, aunque no forme parte del informe, yo creo que sí puede ser ilustrativo en las condiciones que se ha hecho este informe.

Como ustedes saben, se aprueba la modificación del Plan Anual de Fiscalizaciones el pasado veinticuatro de julio, pero nosotros, en el momento en que ya éramos conscientes del entendimiento de todos los Grupos Parlamentarios con vistas a incorporar esta fiscalización, hicimos ya una visita preliminar, por el equipo de fiscalización, unos días antes, el dieciocho de julio, para saber en qué situación estaba el Ayuntamiento de Valderas.

Bueno, se han realizado un total de seis visitas de auditoría, aprobando las directrices técnicas el veintisiete de agosto. Concluimos el informe provisional el diecinueve de diciembre, y se presentan las alegaciones –como ha quedado patente en la exposición del informe- por parte de la Diputación Provincial con fecha dieciséis de enero y por parte del Ayuntamiento de Valderas con fecha veintidós de enero, cuatro días después de la finalización del plazo. El cuatro de febrero se... se aprueba, por el... el Pleno del Consejo de Cuentas, y tiene entrada aquí, en sede parlamentaria, el seis de febrero.

¿Respecto a cómo se ha desarrollado la fiscalización? Bueno, pues decirle que siempre ha sido atendido el equipo de fiscalización por la Alcaldesa en funciones, y también me gustaría reconocerlo aquí públicamente que ha hecho un esfuerzo ímprobo la Alcaldesa en funciones, doña Silvia Blanco Morán, para atender puntualmente al equipo de fiscalización, cuando las dificultades han sido enormes, pues por la falta de documentación y por lo disperso de la documentación, que hemos hecho constancia en el informe, pero que a mí me gusta incidir una vez más en ello; y que ello ha supuesto, pues que incluso en el mismo mes de octubre se tenía que estar rectificando la documentación, que teóricamente estaba cerrada, de visitas precedentes. Y se han analizado del orden de un total de 383 documentos. Eso es para que se hagan idea ustedes de... de lo que ha supuesto esta fiscalización. Y, en ese sentido, pues me gustaría enfatizar y poner en valor el buen... el gran trabajo que se ha hecho por el equipo de fiscalización, cuyo máximo... responsables están aquí presentes.

También, en relación a otra cuestión, que yo creo que siempre es de interés y que yo me he comprometido en esta Comisión de Hacienda a informar, es sobre la situación de la responsabilidad contable. Aquí se ha hablado de una responsabilidad penal, pero vamos a hablar de la responsabilidad contable. Y significar lo siguiente: de que se presenta la denuncia ante el Consejo de Cuentas con fecha treinta y uno de agosto de dos mil once por la Alcaldesa entonces –doña Cristina López García-, en el que manifiesta las irregularidades, tanto del Alcalde, don Eloy José Rubio, y por la que ejercía de Secretario-Interventor, doña Justina Rodríguez Pastor.

El veintiuno de octubre ratifica su denuncia, como es preceptivo de acuerdo con la norma del Reglamento de funcionamiento del Consejo de Cuentas; la ratifica, aportando nueva documentación. Bueno. El cuatro de noviembre de dos mil once, el Presidente entonces solicita informe-propuesta al Director de Fiscalización. Se formaliza el informe-propuesta por el Director el veintidós de noviembre, y el veinticinco hay un informe jurídico. Esto se aprueba –la remisión al Tribunal de Cuentas- con fecha uno de... de diciembre, y el catorce de diciembre tiene allí entrada, en el Tribunal de Cuentas.

Y voy a dar lectura, a raíz del inicio de la fiscalización, los escritos que se formuló por este Presidente al Tribunal de Cuentas y la contestación del Presidente del Tribunal de Cuentas. Los escritos son del siguiente tenor:

"Las Cortes de Castilla y León han aprobado, el pasado veinticuatro de julio, la incorporación al Plan Anual de Fiscalizaciones del año dos mil trece, la fiscalización de la actividad económica-financiera del Ayuntamiento de Valderas, con el contenido y alcance que el propio Consejo determine.

He de informarle que ya hemos iniciado los trabajos de fiscalización, cuya tarea no va a ser sencilla, dada la inexistencia de contabilidad desde el año dos mil ocho, datando del año dos mil siete el último presupuesto aprobado, publicado y liquidado.

He de ponerle de manifiesto que se ha incorporado esta fiscalización por acuerdo de todos los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Castilla y León ante la situación crítica y de ingobernabilidad en que se encuentra el Ayuntamiento de Valderas.

He de añadir que en noviembre de dos mil doce dimitió la Alcaldesa elegida a raíz de las elecciones de dos mil once, así como algunos de los Concejales, y que en la actualidad preside la Corporación una Alcaldesa en funciones nombrada en Pleno celebrado el veinticuatro de abril de dos mil trece. En consecuencia, no es aventurado afirmar que puedan detectarse algún tipo de responsabilidades.

El Consejo de Cuentas, con fecha catorce de diciembre de dos mil once, remitió al Tribunal de Cuentas la denuncia de la antigua Alcaldesa sobre responsabilidad contable.

Dadas las circunstancias que acabo de exponer, nos interesaría conocer –y con vistas a evitar posibles duplicidades- el estado de dicha denuncia, puesto que la situación administrativa del Ayuntamiento de Valderas puede afirmarse que ha empeorado desde que se dio curso a la misma.

Sé de las dificultades que entraña esta petición, pero entiendo que, dadas las circunstancias que concurren en este asunto, nos sería de gran utilidad conocer el estado de la tramitación de dicha denuncia".

Y, ante este escrito, fechado el tres de septiembre, nos contesta el Presidente del Tribunal de Cuentas de la siguiente manera:

"En contestación a su escrito de fecha tres de septiembre, relativo al Ayuntamiento de Valderas, una vez recabada la pertinente información de la Sección de Enjuiciamiento, comunico que dicha denuncia fue turnada al Departamento Segundo de la Sección de Enjuiciamiento el veintitrés de diciembre de dos mil once, como diligencia preliminar número 223/2011, estando actualmente la actuación previa número 18/2012 -a la que dio origen- en fase de instrucción, pendiente de la remisión de documentación por parte del Ayuntamiento de Valderas". Firmado por el Presidente del Tribunal de Cuentas con fecha doce de septiembre de dos mil trece.

Después, también, en relación a... a las distintas cuestiones que se acaban de... de comentar, y... y sobre la posibilidad de... de someter a la tutela del Ministerio de Hacienda, significar que en estos momentos, según nuestras informaciones, hay 113 municipios incluidos en el Real Decreto-ley 8/2013, de veintiocho de junio, de medidas urgentes contra la morosidad de las Administraciones Públicas y de apoyo a entidades locales con problemas financieros. Pero no sabemos exactamente de... de qué municipios se tratan, porque hay una resolución, de veintiséis de julio de dos mil trece, de la Secretaría General de Coordinación Autonómica Local, que entiende que no se han de hacer público dichos datos, porque podrían ser lesivos para los derechos.

No obstante, según una comunicación que recientemente ha aparecido en algún medio de comunicación, significarle que parece ser que en Castilla y León hay siete municipios que se han acogido a las medidas del Título II del Real Decreto-ley 8/2013, con la siguiente distribución: uno en Ávila, otro en León, uno en Palencia, dos en Salamanca, uno en Soria y otro en Zamora.

Respecto al conjunto de las recomendaciones que hemos hecho, yo creo que son recomendaciones que están absolutamente aquilatadas, pensadas y valoradas. Y, no obstante, significar que quizás la cuarta, lo que es el nombramiento de Secretario-Interventor, es el... el eje sobre el que después se tienen que pivotar el conjunto de las recomendaciones. Porque no olvidemos que, cuando estamos hablando de plan de ajuste, en el mismo Real Decreto-ley 8/2013, siempre se hace referencia a que se presentará con informe del Interventor u órgano de control interno para su aprobación por el Pleno de la Corporación Local. Es decir, cualquier medida que vaya tendente a un plan de ajuste, que es absolutamente –a nuestro modo de ver- necesario para la futura gestión del Ayuntamiento de Valderas, pivota siempre sobre la existencia de un Secretario-Interventor en dicho Ayuntamiento.

Y con eso creo que... que doy información complementaria a la que he dado en mi primera intervención. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señor Presidente. En un turno de réplica, por parte del Grupo Mixto, tiene la palabra el señor Valderas.


EL SEÑOR VALDERAS ALONSO:

Muchas gracias. Con mucha brevedad. Sí quería decirle que a mí me gustaría que de esto saliera no solamente unas medidas para Valderas –que, evidentemente, estamos tras ellas, y yo creo que están muy bien encaminadas-, sino además una norma o un plan de revisar la norma.

Yo no sé si... si usted sabe la cantidad de municipios pequeños que hay en la Comunidad, que es enorme. No sé si participa mucho de las labores del Partido. Le voy a contar lo que pasa en el mío. Somos un partido pequeño, tenemos solamente 200 Concejales y las quejas que nos plantean sobre Alcaldes -que no plantean los documentos, que no les dejan ver las actas, que les recogen los papeles, que guardan facturas en los cajones- son tales que el Comité Ejecutivo ha tenido que tomar una norma, y es que no metan a nadie en el juzgado sin decírnoslo antes, porque luego nos cuesta dinero. Es tremendo. O sea, esto... no digo que sean millones de euros en todos los Ayuntamientos, pero esto que está leyendo usted, esto es frecuentísimo, esto es frecuentísimo en los pequeños Ayuntamientos: que los Alcaldes... en fin. En los juzgados no lo resolvemos, con lo cual sería muy razonable, pues algún tipo de norma que nos permitiera ayudarlo.

Con respecto a las catorce recomendaciones, me parecen perfectamente todas, y creo que el trámite parlamentario nos permite retocarlas un poco. Creo que deberíamos intentar que alguna de ellas fuera en el sentido de hacer una... una medida genérica tomando como base la experiencia que acabamos de ver.

Y, finalmente, como anécdota, le diré que el Ayuntamiento de Valderas es la tercera vez en cien años que tiene agujeros en los papeles. La primera vez quemaron el archivo municipal, la segunda vez fue en los años treinta, quemaron el del juzgado y el del registro, y ahora simplemente no escribieron los papeles. Yo creo que deberíamos hacer algo para evitarlo. Es decir, es el municipio de León peor documentado de la historia, y quizá deberíamos aprovechar que ahora tenemos la informática, y que este sistema que han empleado de reclamar a las empresas los documentos y de recuperar documentación, pues bueno, sirva para algo. Es decir, a ver si a partir de ahora alguien les guarda los papeles y no les vuelve a pasar. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Por parte del Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Fernández Cardo.


EL SEÑOR FERNÁNDEZ CARDO:

Gracias, Presidente. Señor Presidente del Consejo de Cuentas, la información que ha aportado adicionalmente en su intervención se la agradezco especialmente. Le iba a preguntar por... por lo que había sobre el Tribunal de Cuentas del Reino de España. Y además es muy adecuada.

Como usted sabe, el Tribunal de Cuentas le ha pedido documentación al Ayuntamiento, que el Ayuntamiento no puede remitir porque no tiene un habilitado que pueda firmar esa documentación. Por tanto, el Ayuntamiento se encuentra... se encuentra paralizado, y las únicas acciones públicas que puede estar realizando, y el mantenimiento de personal, es... -y eso también se lo agradezco, señor Presidente- es por el compromiso personal de la... de quienes en estos momentos están llevando... intentando llevar la gestión de este Ayuntamiento. En concreto, por doña Silvia Blanco Morán. Le agradezco que la haya mencionado. Yo no iba a hacerlo, porque es de mi partido político y no quería que en este caso se entendiera como algo partidista, sino yo creo que es importante reconocer a quien de verdad se está esforzando por poner orden donde ha habido tanto desorden.

Miren, hay una cosa respecto de la... de la provisión de las plazas -información reciente-. En el concurso de interinos que la Junta de Castilla y León le dijo, como vía para poder cubrir la plaza, que hiciera y que no pidiera... que no pidiera el acceso a la bolsa, como se decía en el informe de... del Consejo de Cuentas, en ese concurso, el primero, el que resultó primero, ni siquiera pidió la toma de posesión. El jueves han solicitado el nombramiento del segundo, y lo ha contestado la Junta por fax, después de reiteradas peticiones del... de... de la Alcaldesa en funciones, y lo más probable es que tampoco tome posesión, sin... Claro, por tanto, seguirán sin tener Secretario-Interventor.

Y les digo otra cosa. Cuando he señalado... cuando he señalado que había más de trescientas... trescientos Ayuntamientos o Corporaciones Locales que no tenían habilitado, eso no tiene que ser interpretado como que hay un problema de gestión de los Ayuntamientos. Como en Valderas, es el compromiso de los pocos trabajadores que tenga y es el compromiso de sus corporaciones lo que está sacando adelante con eficacia la gestión de las Corporaciones Locales, pero yo creo que esas cifras lo que sí son es un baldón para la gestión que ha realizado la Junta de Castilla y León de esa competencia.

Y lamento profundamente que, mientras, los mismos parlamentarios del Grupo Popular, que no han apartado la mirada del problema de Valderas y han tomado la decisión de impulsar esta actuación del Consejo, en estos momentos vengan a felicitarse de que el Ministerio y el señor Montoro se lleve una competencia de la Comunidad Autónoma porque no la han ejercido bien la Comunidad Autónoma, ¿eh? Yo creo que es importante que... que tomemos nota de dónde ha fallado la Comunidad Autónoma, ¿eh? Y no puede ser que cuando la piedra de toque... lo que necesita en estos momentos el Ayuntamiento de Valderas sea un Secretario-Interventor, no sea la Dirección General quien le facilita el poder realizar ese nombramiento. Es básico, y, si todos estamos de acuerdo, lo importante sería que la Junta reciba el mensaje de: hagan ya todo lo posible, inmediatamente, para que esa plaza se cubra.

En todo caso, quería decir: si el Ayuntamiento tiene comprometido el 31 % de la participación en ingresos del Estado, toda la participación en ingresos del Estado para los próximos años el Ayuntamiento no la va a recibir. Si el 45 %, como dice el Consejo de Cuentas, es gastos de personal y financiero, estamos en un 76 % indisponible, ¿cómo va a prestar sus servicios el Ayuntamiento de Valderas a los ciudadanos con solo el 24 % restante mientras siguen recayendo sentencias y mientras siguen instituciones como la Diputación Provincial reclamando subvenciones o revisando ahora subvenciones del año dos mil diez? ¿Cómo... cómo van a hacer frente a los servicios públicos? Es necesario un compromiso por parte de la Administración Estatal, de la Administración Autonómica y de la Administración Provincial para darle más tiempo para la devolución de las cantidades que tengan que reintegrarse. Hay que cumplirlo, eso está claro, pero también hay que dejar que la población de Valderas no se vea a punto de colapsar sus servicios públicos, y eso es lo más importante que debería garantizar las Administraciones Estatal, Autonómica y Provincial.

Por último, lo que quiero añadir es que, respecto de la Diputación Provincial de León, que, curiosamente, envía la revisión de las primeras subvenciones tres días después de constituirse la nueva Corporación en dos mil once -esperó a que se constituyera la nueva Corporación en dos mil once para reclamarle esas cantidades por subvenciones no justificadas por la anterior Corporación-, en estos momentos sigue lanzando ese tipo de revisiones. Pero lo que hay que tener en cuenta es que la Diputación, en contra de lo que ha dicho en su escrito de alegaciones, viene a decir que no ha tenido falta de... que ha tenido falta de intervención en periodos cortos, y el Consejo de Cuentas le dice que de ninguna manera, que no son cortos. Les felicito por hablar de la realidad de los hechos y poner en solfa esas afirmaciones de la Diputación, del mismo modo que la Diputación -también señala en su consejo... el Consejo de Cuentas-, que tiene la obligación de la garantía del desempeño de las funciones de secretaría, control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria, contabilidad, tesorería y recaudación, y no solo en los Plenos, y esa también es una competencia de la Diputación Provincial de León. Por tanto, a la segunda alegación de la Diputación, que se basa en una lectura parcial de su Reglamento, contesta el Consejo de Cuentas que la Diputación, respecto a la asistencia económica y asesoramiento informático, no se ciñe solo a eso su labor a través del Servicio de Asistencia a Municipios. Porque su mismo citado Reglamento, de la Diputación, también contempla, en su Capítulo V, la asistencia para garantizar las funciones de secretaría-intervención, señalando que los funcionarios con habilitación estatal del SAM tienen encomendada también esa función.

Por tanto, lo único que quiero denunciar -para acabar- en este momento es que la Diputación Provincial, que en dos mil siete tenía cuatro... tenía cinco puestos reservados a funcionarios de habilitación de carácter estatal, ahora, en el Servicio de Asistencia a Municipios, en dos mil trece, esas plazas las ha reducido a una, y no puede ser que haya más Ayuntamientos que se puedan encontrar con la situación de Valderas. Lo que también me preocupa, y por eso les pido el esfuerzo especial y el compromiso para instar a la Junta a que haga posible que se cubra esa plaza inmediatamente, de Secretario-Interventor. Ahí les pido el compromiso, en coherencia con sus decisiones ejecutivas respecto del Consejo.

Del mismo modo, también les digo que hay que poner en denuncia y en solfa lo que está actuando en estos momentos la Diputación Provincial, que además, con las nuevas leyes que ha... que ha aprobado el Gobierno estatal y que ustedes nos han recordado, va a tener más competencias para tener que asistir a los Ayuntamientos. Por tanto, parece que no es muy coherente con lo que de hecho se está haciendo.

Sin más, felicitarles por la agilidad, por la definición de esa hoja de ruta que han establecido para el Ayuntamiento de Valderas, y conjurar a todos los miembros de esta... de estas Cortes y del Consejo a seguir apoyando al Ayuntamiento para que los actuales gestores puedan sacarle de la situación en la que se encuentra, y ello pueda solucionar el problema de prestación de servicios a la ciudadanía, que es en realidad de lo que estamos hablando. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Por parte del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Cruz.


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Sí, gracias, Presidente. Y con brevedad. Simplemente por algunas manifestaciones que se han vertido aquí, y quiero dirigirme concretamente por parte del Portavoz de la UPL. Mire, flaco favor le está haciendo usted con esas manifestaciones al municipalismo, porque yo creo que no es la tónica general, es la excepción, la excepción clara; es decir, no se plantea aquí una tónica general de que los Ayuntamientos incumplen la legalidad, que no facilitan la información... La realidad no es esa, y la realidad es muy distinta. Y en Castilla y León la regla general es que se cumple con la actividad, se está mejorando en la rendición de cuentas, lo estamos viendo año a año en la presentación de los informes de fiscalización. Y lo que no se puede plantear aquí es una excepción, como la que se ha planteado en Valderas, convertirlo en tónica... en tónica general.

En segundo lugar, el Grupo Parlamentario Popular no se ha felicitado de la modificación de la normativa de la Ley de Racionalización de la Administración Local. Lo que sí hemos manifestado es que las competencias son distintas, y que las competencias ya no son de la Junta de Castilla y León; esa ley limita la competencia sustancialmente, la deja básicamente para los planteamientos de informes e incoación de expedientes sancionadores, y no tiene competencia para la convocatoria de plazas.

Y hay que reconocer, aunque algunos no lo quieran hacer, que la Junta de Castilla y León ha sido la Comunidad... la segunda Comunidad que más plazas ha convocado en plazas de Secretario-Interventor de toda España. Pero hay que recordar el contexto en el que lo ha hecho: es que hay una limitación que impide sacar una cobertura mayor, porque ustedes perfectamente conocen la situación de ajuste económico que ha sido necesario acometer. Y, por lo tanto, la Ley de Presupuestos del Estado, como normativa básica, impedía a la Junta de Castilla y León llevar a cabo una mayor convocatoria.

Aparte, con una... una problemática añadida, que también puso de manifiesto el informe del Consejo de Cuentas: después de hacer un esfuerzo en la convocatoria de las plazas, las plazas se cubrían y se iban a trabajar a otras Comunidades Autónomas. Esa es la realidad, lo ponía de manifiesto el informe. Eso ya se ha solventado, porque ya, con las futuras convocatorias, los nombramientos tendrán que tener al menos una duración de dos años, y no sucederá lo que está sucediendo hoy en Valderas, que es que nadie quiere ocupar... –y esa es la realidad- nadie quiere ocupar la plaza de Secretario-Interventor. Y por mucho que la Junta de Castilla y León convoque y mande nombramientos provisionales, los funcionarios no quieren ocupar esa plaza, porque la problemática está vista, está claro, y a nadie le... quiere ocupar la... la plaza de funcionario Interventor del Ayuntamiento de Valderas, como de alguna otra Corporación, con una complejidad como la que se ha puesto de manifiesto en la mañana de hoy.

Por tanto, no digamos que la Junta de Castilla y León no cumple. La Junta de Castilla y León está aplicando la legalidad, lo que sucede es que nadie quiere... nadie quiere asumir esa plaza, por la complejidad, obviamente, que tiene.

Y yo quiero terminar como lo he hecho antes: felicitando al Consejo de Cuentas. Yo decía, y usted ha puesto de manifiesto en su segunda intervención, el hecho de esa responsabilidad contable. Pero yo creo que es fundamental que se gane en transparencia y en celeridad, no por parte del Consejo de Cuentas, que lo ha demostrado aquí, con este informe. No puede ser que denuncias de responsabilidad contable del año dos mil once, en el año dos mil catorce tengamos todavía búsqueda de información y de requerimientos, porque, desde luego, estamos haciendo un flaco favor a la transparencia.

Y quiero terminar, como he dicho, esta es una excepción, estamos hablando de un Ayuntamiento de una situación excepcional en el conjunto de la Comunidad de Castilla y León, donde hay más de 2.248 municipios. Y, desde luego, no puedo... no podía permitir que se tildase de general algo que es excepcional. Nada más, y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señor Cruz. En un turno de dúplica, por parte... tiene la palabra el Presidente del Consejo de Cuentas.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Sí. Gracias, Presidente. Muy brevemente, pero solamente para hacer alguna reflexión. Es decir, si hablamos del Ayuntamiento de Valderas es... dentro de lo que es la configuración de nuestro mapa local, es un Ayuntamiento importante. No olvidemos que, de los 2.248 Ayuntamientos, 1.976 –si no me falla la memoria- tienen menos de 1.000 habitantes. Estamos hablando de un Ayuntamiento que, si no recuerdo mal, pues tiene 1.950 habitantes; es decir, estamos hablando de los Ayuntamientos importantes dentro de nuestra Comunidad Autónoma.

Evidentemente, la situación, como hemos puesto a lo largo del informe de... de manifiesto, es una situación de auténtica ingobernabilidad. Es decir, en estos instantes, cualquier medida que vaya dirigida a un plan de ajuste pasa por la medida cuarta, a la que he hecho referencia antes, que es el nombramiento de Secretario-Interventor. Es decir, mientras no disponga de Secretario-Interventor, la situación del Ayuntamiento de Valderas va a seguir siendo complicada y difícil.

Y, evidentemente, viendo la situación económica-financiera en la que se encuentra el Ayuntamiento de Valderas, pues a lo mejor no es fácil cubrir esa plaza, también hay que ser consciente de ello.

Pero, seamos también rigurosos, la situación del Ayuntamiento de Valderas es una situación, como hemos puesto de manifiesto a lo largo del informe, quizás realmente extraordinaria, es decir... y yo creo que eso también motivó que el conjunto de los Grupos Parlamentarios se pusieran de acuerdo para poner en marcha esta fiscalización. Y que nosotros hemos, incluso, pues modificado el Plan de Fiscalización, y lo que es las prioridades dentro de lo que fue el Plan Anual de Fiscalizaciones del año dos mil trece, dando prioridad al equipo que ha tenido que llevar a cabo toda esta auditoría, que, como ya he dicho en mi anterior intervención, no ha sido fácil, porque ha requerido, pues un esfuerzo adicional desde el punto de vista de lo que es el análisis de la documentación. Y que cuando nosotros fijamos a treinta de junio ese endeudamiento, lo estamos hablando en los términos y condiciones que está en el informe; es decir, no podemos asegurar de que no vayan a existir nuevas facturas o que puedan existir nuevas reclamaciones. Es decir, nosotros lo que nos parecía muy importante es que este informe de fiscalización estuviese cerrado a una fecha, con una garantía de credibilidad, y eso es lo que hemos procurado hacer. Pero, al mismo tiempo, como dejamos también perfectamente claro en el informe, no hemos podido llegar a averiguar, porque no es función de este informe de fiscalización, de que esos servicios adeudados realmente se hayan prestado; eso es algo que rebasa lo que es el análisis de un informe de fiscalización, es decir, si esa factura existente en el Ayuntamiento se corresponde a un servicio realmente prestado. Por eso, nosotros, en algunas de las recomendaciones, hacemos referencia a que haya un análisis exhaustivo de alguna de las facturas, en el caso de que se presenten nuevas facturas. ¿De acuerdo?

Yo creo que se ha hecho aquí un trabajo, creo, importante, desde el punto de vista de... de encuadrar lo que es la situación económica-financiera del Ayuntamiento de Valderas.

Y ahora, desde luego, yo lo único que quiero expresar es el agradecimiento por parte del Consejo de Cuentas, como he dicho al principio de mi intervención, pues a la Mesa de esta Comisión de Hacienda y a los Portavoces de los Grupos Parlamentarios, que nos han permitido, pues, también, comparecer con una gran inmediatez desde la presentación y remisión del informe a esta Comisión de Hacienda. Nada más, y muchísimas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Finalizado el debate, de conformidad con lo establecido en la norma cuarta de la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de siete de abril de dos mil nueve, se abre un plazo de cinco días para que los Grupos Parlamentarios puedan presentar ante la Mesa de la Comisión propuestas de resolución relativas al Informe de Fiscalización que acaba de ser examinado. Dicho plazo finalizará el próximo sábado, día uno de marzo, a las catorce horas.

Concluido el Orden del Día de esta Comisión, y agradeciendo la presencia del señor Presidente del Consejo de Cuentas, se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las once horas cincuenta y cinco minutos].


CVE="DSCOM-08-000398"



Sede de las Cortes de Castilla y León