DS(C) nº 519/8 del 18/11/2014









Orden del Día:




1. Comparecencia del Excmo. Sr. Presidente del Consejo Consultivo de Castilla y León para la presentación de la Memoria del Consejo Consultivo de Castilla y León correspondiente al año 2013, remitida de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 1/2002, de 9 de abril, del Consejo Consultivo de Castilla y León.


Sumario:






 ** Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos.

 ** El Presidente, Sr. Rodríguez Lucas, abre la sesión.

 ** Intervención del Procurador Sr. Ramos Antón (Grupo Socialista) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención del Procurador Sr. García-Prieto Gómez (Grupo Popular) para comunicar que no hay sustituciones en su Grupo.

 ** Primer punto del Orden del Día.

 ** El Vicepresidente, Sr. Martínez Majo, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** Intervención del Sr. Amilivia González, Presidente del Consejo Consultivo de Castilla y León, para informar a la Comisión.

 ** El Presidente, Sr. Rodríguez Lucas, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los Portavoces de los Grupos Parlamentarios.

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. González Suárez (Grupo Mixto).

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Ramos Antón (Grupo Socialista).

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. García-Prieto Gómez (Grupo Popular).

 ** Intervención del Sr. Amilivia González, Presidente del Consejo Consultivo de Castilla y León, para responder a las cuestiones planteadas.

 ** El Presidente, Sr. Rodríguez Lucas, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las once horas cincuenta minutos.




Texto:

[Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Buenos días, Señorías. Bienvenidos a la Comisión de la Presidencia. ¿Los Grupos Parlamentarios tienen que comunicar a esta Presidencia alguna sustitución? ¿Por parte del Grupo Parlamentario Socialista?


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

Señor Presidente, buenos días. Rosario Gómez del Pulgar sustituye a María Fernanda Blanco Linares y don Juan Luis Cepa Álvarez sustituye a María Sirina Martín Cabria. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Muchas gracias, Señoría. ¿Por parte del Grupo Parlamentario Popular?


EL SEÑOR GARCÍA-PRIETO GÓMEZ:

Buenos días. Gracias, Presidente. Por parte del Grupo Parlamentario Popular no hay sustituciones.


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Muchas gracias, Señoría. Primeramente, damos la bienvenida al Presidente del Consejo Consultivo y a los demás miembros del Consejo. Sean ustedes bienvenidos hoy a sede parlamentaria. Y, sin más, comenzamos la Comisión de la Presidencia. Primer punto del Orden del Día. Por parte del señor Vicepresidente se dará lectura del... del primer punto del Orden del Día.

Comparecencia Presidente Consejo Consultivo


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR MARTÍNEZ MAJO):

Gracias, Presidente. Primer punto del Orden del Día: "Comparecencia del Excelentísimo señor Presidente del Consejo Consultivo de Castilla y León para la presentación de la Memoria del Consejo Consultivo de Castilla y León correspondiente al año dos mil trece, remitida de conformidad con lo expuesto en el artículo 9 de la Ley 1/2002, de nueve de abril, del Consejo Consultivo de Castilla y León".


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Gracias, señor Vicepresidente. Tiene la palabra el señor Presidente del Consejo Consultivo de Castilla y León.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO CONSULTIVO DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR AMILIVIA GONZÁLEZ):

Muchas gracias, señor Presidente. Señorías. Quiero, en primer lugar, manifestar el honor personal para mí, como Presidente del Consejo Consultivo, y también mi satisfacción personal por comparecer ante la Comisión de Presidencia de las Cortes de Castilla y León, legítima representante de nuestros ciudadanos, para presentar el trabajo de nuestra institución, para presentar el trabajo del Consejo Consultivo de Castilla y León.

Quiero decir que hoy inauguramos un... un trámite parlamentario, el trámite parlamentario de... de presentar la memoria ante las Cortes de Castilla y León, y, al hacerlo, quiero, públicamente, manifestar la voluntad –no solamente de este Presidente, sino de todos los Consejeros del Consejo Consultivo- a comparecer tantas veces como sea oportuno, tantas veces como sea necesario, tantas veces como considere esta Comisión o cualquier otra de las Cortes de Castilla y León.

El Consejo Consultivo de Castilla y León, como institución propia de nuestra Comunidad Autónoma, ejerce, como saben, funciones como superior órgano consultivo de la Junta y de la Administración de la Comunidad -así lo establece el Artículo 33 de nuestro Estatuto de Autonomía- y rinde cuentas a través de esta memoria de la actividad realizada durante el año –el último año, en este caso- dos mil trece.

El Pleno de la institución ha venido aprobando desde el año dos mil cuatro, en sesión solemne y pública, dentro del primer trimestre de cada ejercicio y conforme a su entonces vigente Reglamento Orgánico, la memoria... la memoria del año natural anterior, su memoria anual, en la que se recogían tanto las actividades del Consejo como las observaciones y recomendaciones correspondientes para colaborar al mejor funcionamiento de las Administraciones Públicas de la Comunidad de Castilla y León. Dicha memoria, una vez aprobada y publicada, se elevaba al Presidente de la Junta de Castilla y León. A partir de este año, como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley 4/2013, se establece que, tras su aprobación, en sesión solemne y pública –en este caso, en la reunión celebrada el veinticinco de marzo pasado-, la presentación de dicha memoria ante la Comisión correspondiente de las Cortes de Castilla y León, así como el traslado al conjunto de las Administraciones consultantes de las observaciones y recomendaciones en ella recogidas, como así se ha hecho.

Procedo, por lo tanto -en un trámite parlamentario que inauguramos hoy, como he dicho antes, y que me parece un acierto desde el punto de vista público-, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 63 del vigente Reglamento de Organización y Funcionamiento, a exponer brevemente el contenido de la memoria, para lo que en un primer momento destacaré sus principales... o acontecimientos y notas del año dos mil trece.

En primer lugar, en el año dos mil trece se cumplieron los 10 primeros años de nuestra institución; una década en la que el Consejo Consultivo se ha consolidado, a nuestro juicio, como una institución útil y necesaria. Años en los que ha contribuido a una mejor calidad legislativa, al buen funcionamiento de la Administración y a la salvaguarda de los derechos de los ciudadanos, y cuya mejor expresión son los ya más de 12.500 dictámenes emitidos en estos 10 años. En estos 10 años –como he dicho-, el Consejo Consultivo se ha ganado el respeto y la confianza de las Administraciones consultantes por su objetividad e independencia, por su prudencia y discreción, sin merma de la transparencia, y, ante todo –y lo quiero dejar muy claro-, por su capacidad de consenso: ha habido un solo voto particular en los 12.500 votos... –perdón- dictámenes emitidos en estos 10 años. El Consejo Consultivo, como método de trabajo, busca la unanimidad en sus decisiones y tiene claro que siempre la opinión compartida, aunque uno tenga que renunciar a parte de sus argumentos, es la mejor.

En segundo lugar, el pasado año dos mil trece fue el primer año completo en el que el Consejo Consultivo de Castilla y León ejerció funciones como tribunal administrativo de recursos contractuales de Castilla y León como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley 1/2012, de veintiocho de febrero, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras; único Consejo que ha asumido esta competencia. En este pasado ejercicio, aprobó un total de 75 resoluciones contractuales.

En tercer lugar, fue el primer año completo del Consejo Consultivo en su nueva sede en la ciudad de Zamora; un nuevo edificio -al que están invitados tanto personal como... como la propia Comisión a conocerlo- que goza de importantes reconocimientos nacionales e internacionales, y que, en cumplimiento a los objetivos planteados, está plenamente abierto a la sociedad. Sirva de ejemplo las más de 5.000 personas que lo visitaron el último año en los eventos en él celebrados, destacando entre todos las XV Jornadas de la Función Consultiva, expresión de la... de la vigencia de la función consultiva en nuestro país.

Como principal acontecimiento del año pasado para nuestra institución, destacaría la entrada en vigor de la Ley 4/2013, de diecinueve de junio, por la que se modificó la organización y funcionamiento de las instituciones propias de la Comunidad de Castilla y León, y que ha supuesto, entre otras modificaciones, la adscripción presupuestaria del Consejo Consultivo, junto al resto de las instituciones propias, a las Cortes de Castilla y León. Debo recordar, en tal sentido –como ya manifestó este Consejo en el dictamen emitido sobre el anteproyecto de la ley referida-, que esta adscripción, así como el resto de las modificaciones que se incluyeron y que se incluyen, no pueden conllevar en ningún caso una merma de la autonomía orgánica y funcional, entendida esta como la no subordinación a órdenes o instrucciones de otro órgano; no puede conllevar en ningún caso una merma de la autonomía orgánica y funcional con la que cuenta el Consejo Consultivo, necesaria para garantizar la imparcialidad y objetividad en el ejercicio de sus funciones.

Se trata con ello de... de respetar la doctrina del Tribunal Constitucional recogida en la Sentencia 204/92, que reconoce la competencia de las Comunidades Autónomas para crear, en virtud de su propia potestad de organización, órganos consultivos propios que sustituyan al Consejo de Estado, siempre que estos órganos consultivos estén dotados de las características de organización y funcionamiento que aseguren su independencia, objetividad y rigurosa cualificación técnica. Como se recordaba también en la Memoria del año doce, la función consultiva no permite ser diseñada, en el Estado de las Autonomías, conforme a otros parámetros distintos de los indicados por el Tribunal Constitucional en la sentencia mencionada. En tal sentido, ha sido aprobado, por Resolución de cinco de febrero de dos mil catorce de la Mesa de las Cortes de Castilla y León, un nuevo Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Consultivo, en aras a garantizar los objetivos mencionados de objetividad e independencia.

Por último, parece obligado –para cerrar este capítulo de... de notas fundamentales del año pasado- hacer referencia al Informe de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas -conocido popularmente como Informe CORA-, que despejó cualquier duda que hubiera podido plantearse en relación con la función desempeñada por el Consejo Consultivo de Castilla y León. De su lectura, puede extraerse la conclusión de que instituciones como la nuestra no suponen una duplicidad respecto de otras instituciones estatales existentes, puesto que el Consejo Consultivo no solo sustituye al Consejo de Estado en el ámbito de nuestra Comunidad, sino que ejerce competencias que en su momento no eran desempeñadas por aquel, lo que se traduce en un plus de garantía para los ciudadanos castellanos y leoneses; es decir, emite más dictámenes, más... de más supuestos, con mayor cercanía y en plazos más reducidos. No somos una institución duplicada, somos una institución que sustituye al Consejo de Estado; lo hacemos con más competencias, emitimos dictámenes en más supuestos y significamos un plus de garantía para los ciudadanos de Castilla y León.

Sirvan como ejemplo de lo dicho los 357 dictámenes emitidos a los proyectos normativos, proyectos de ley y reglamentos ejecutivos -función que no hacía el Consejo de Estado-, o, entre otros, los cerca ya de 11.000 dictámenes mediante los cuales hemos depurado la responsabilidad patrimonial de la Administración, garantizando los derechos de los ciudadanos, coadyuvando a que la Administración sirva al interés general y a una buena asignación de los recursos públicos; es decir, también contribuyendo, desde este punto de vista, a ahorrar dinero público.

A continuación, trataré ya de resumir lo que de forma mucho más extensa y detallada se relata a lo largo de la memoria. En primer lugar, me referiré a los aspectos institucional y administrativos, para luego... para luego referirme brevemente a la actividad del Consejo.

Aspecto institucional y administrativo. La norma principal que disciplina la institución es la Ley 1/2002, de nueve de abril, modificada recientemente –como he dicho antes- por la Ley 4/2013, de diecinueve de junio. Esta ley, aprobada en dos mil trece, modifica la organización y el funcionamiento del Consejo, al tiempo que le dota de nuevas competencias y funciones. En este sentido, el Consejo Consultivo cuenta ahora también con la función nueva de elaborar propuestas legislativas cuando así se lo encomiende la Junta de Castilla y León.

Por lo que a los dictámenes se refiere, se recupera la competencia relativa a la modificación de los planes urbanísticos cuando tengan por objeto una diferente zonificación o uso urbanístico de las zonas verdes o espacios públicos protegidos. Se eleva la cuantía de las reclamaciones de responsabilidad patrimonial -a los efectos de la preceptividad del dictamen- a 6.000 euros en el ámbito de la Administración Autonómica y a 3.000 euros en el de otras Administraciones Públicas.

Por otra parte, las Corporaciones Locales podrán formular directamente la consulta, preceptiva o facultativa, al Consejo Consultivo, lo que refuerza la autonomía local. Y, además, se reconoce expresamente a los rectores de las universidades públicas la posibilidad de... de formular consultas facultativas, entre otras.

Por lo que se refiere al plazo para la emisión de los dictámenes, se acorta el de un mes a veinte días hábiles, sin perjuicio de su posible reducción o ampliación; a diferencia –para que tengan algún dato Sus Señorías- del plazo previsto en la normativa reguladora del Consejo de Estado, que establece un plazo mínimo de dos meses, o el plazo habitual en el resto de los Consejos Consultivos, que es de un mes para emisión de sus dictámenes.

A las modificaciones expuestas se añaden otras que afectan al régimen jurídico del Presidente, de los Consejeros del Consejo Consultivo, así como a los funcionarios, que detallaré más adelante.

Aun cuando no se trata de la función consultiva y tiene una naturaleza jurídica distinta, no puedo dejar de mencionar que, durante dos mil trece, hemos seguido ejerciendo funciones como Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León, órgano competente para el conocimiento y resolución de los recursos especiales en materia de contratación y de las cuestiones de nulidad contractual, de acuerdo con la legislación de contratos del sector público. Con el establecimiento del tribunal, que tiene su origen en la normativa de la Unión Europea, se trata de garantizar, de una parte, el trato no discriminatorio y la igualdad de los licitadores; y, de otra, que las decisiones adoptadas por los poderes adjudicadores puedan ser recurridas y resueltas lo más rápidamente posible.

En esta línea, el Estado creó el tribunal... el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, habiendo dado, así mismo, el paso de crear sus propios órganos de estas características las Comunidades Autónomas de Madrid, Aragón, el País Vasco, Andalucía y Navarra.

En el caso del Tribunal de Recursos Contractuales de Castilla y León, TARCYL, sus funciones son ejercidas a coste cero, y lo integran los tres miembros electivos del Consejo Consultivo. La característica más destacable del recurso en materia de contratación es que se trata de un recurso administrativo de carácter potestativo y precontractual; además, los tribunales de recursos contractuales, como es el caso, tienen una naturaleza precontenciosa, pudiendo ser considerados como órganos cuasijurisdiccionales.

El tribunal garantiza una mayor agilidad en la resolución de los recursos, aporta una mayor seguridad jurídica y evita la judicialización de muchos procedimientos. El mejor ejemplo es que... les doy cuenta de la tasa de éxito, tasa de éxito entendida como el porcentaje de recursos aceptados por las Administraciones y no impugnados ante la jurisdicción contencioso-administrativa: de las 75 resoluciones aprobadas el año dos mil trece, solo 2 han sido impugnadas ante la jurisdicción contencioso-administrativa -es decir, la tasa de éxito podemos considerar que es casi total-; 75 resoluciones el año dos mil trece: 38 recursos procedieron de la Administración Local, 32 de la Autonómica y 5 de las universidades; y, en lo que va de año –un dato que ya les anuncio-, son 78 las resoluciones dictadas, hasta esta fecha, en el dos mil catorce.

Composición del Consejo. Durante dos mil trece el Consejo Consultivo ha venido manteniendo la misma composición que en el año anterior, es decir -precisamente la que está aquí presente-: Consejero nato, don José Constantino Nalda; Consejeros electivos, don Fernando Rey y don Ángel Velasco; y un servidor, también Consejero electivo, que está haciendo uso de la palabra. Posteriormente, el cinco de agosto de este año en curso, don... don José Constantino Nalda cesó en calidad de Consejero nato. Quiero aprovechar la ocasión que me brinda el tenerle presente ante todos ustedes para hacer un reconocimiento público de su trabajo, de su dedicación y aportaciones decisivas, tanto al Consejo Consultivo como a los Consejeros, entre los que me incluyo, desde el punto de vista personal.

Por ello, en la actualidad, el Consejo Consultivo lo integran –como decía- el Presidente y dos Consejeros, y somos asesorados por la Letrada Jefe, ante la supresión... María García Fonseca, ante la supresión de la figura del Secretario General, José Ignacio Sobrini Lacruz, que renunció en diciembre del año pasado a su condición de Secretario General. En consecuencia, la composición que... a la que he hecho mención nos convierte en la institución consultiva más reducida del país.

Personal. A fecha de treinta y uno de diciembre de dos mil trece, formaban el Consejo Consultivo 26 puestos de trabajo, entre personal funcionario, personal laboral y personal de carácter eventual. Respecto al personal funcionario al servicio al Consejo Consultivo, ha pasado –de acuerdo con la ley mencionada- a la situación administrativa de servicio en otras Administraciones Públicas, si bien le resultará de aplicación el régimen general de los funcionarios de carrera de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Es, por lo tanto, una estructura administrativa, en la actualidad, muy reducida en número de personas, pero de evidente cualificación profesional; composición que todavía se verá más reducida en el presupuesto... la plantilla del año dos mil catorce, de la que haré mención -como es natural- ya el año que viene.

Para concluir este apartado de la memoria de aspectos institucionales y administrativos, haré ya una brevísima mención al presupuesto del Consejo Consultivo. El presupuesto del ejercicio dos mil trece ascendió, por lo que se refiere al estado de gastos, a un total de 2.682.185 euros. La ejecución final de este presupuesto alcanzó, al final del ejercicio, el 87,17 %, registrándose en los últimos seis años, desde el año dos mil siete, una reducción presupuestaria superior al 30 %.

Hasta la entrada en vigor de la Ley 4/2013, el presupuesto del Consejo Consultivo se incorporaba y aprobaba como una sección de los Presupuestos Generales de la Comunidad, y no existían, por lo tanto, la figura de los remanentes, que eran absorbidos en el ámbito del propio Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, transferidos. A partir de ahora, por nuestra adscripción presupuestaria a las Cortes de Castilla y León, de existir, se destinarán a políticas de carácter social.

Actividad consultiva del Consejo en dos mil trece. En este punto de la memoria me refiero a dos partes principales: los datos relativos a la actividad del Consejo y las mociones y recomendaciones realizadas por la institución.

En cuanto a los datos relativos a la actividad del Consejo Consultivo, como decía antes, el Consejo Consultivo ha sido, estos diez años, el que ha tenido una mayor actividad del país –aún la seguimos teniendo, habiéndose aumentado la cuantía en los dictámenes en responsabilidad patrimonial-, más reducido en su composición y el que más ha visto incrementadas sus competencias. Mayor actividad, menor composición y más competencias son las notas características de nuestra institución.

De los 883 dictámenes aprobados en el año dos mil trece, 14 correspondieron al Pleno, 521 a la Sección Primera y 348 a la Segunda. No se emitió ningún voto particular. Durante el dos mil trece, el Pleno del Consejo celebró 20 reuniones; la Sección Primera, 48; la Segunda, 47 reuniones. Y aunque –vuelvo a insistir- su naturaleza jurídica sea distinta, el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales celebró un total de 43 reuniones.

De los 883 dictámenes aprobados, 13 se emitieron sobre anteproyectos de ley, de un total histórico de 113 dictámenes emitidos sobre anteproyectos de ley; 31 sobre reglamentos ejecutivos, de un total histórico de 244 dictámenes sobre reglamentos ejecutivos –recuerdo que estos en ningún caso los hacía, en su momento, el Consejo de Estado-.

La mayoría de los dictámenes se derivaron, un año más, de las consultas sobre la responsabilidad patrimonial de la Administración; en concreto, 742. En cuanto al resto de los dictámenes emitidos en dos mil trece, 45 lo fueron sobre revisiones de oficio, 38 sobre resolución e interpretación de contratos, 11 sobre recursos extraordinarios de revisión, 1 sobre legislación delegada, 1 convenio y una sola consulta facultativa.

Desde el punto de vista de la autoridad consultante, el 40 % de las consultas fueron remitidas por la Administración Local, el 60 % por la Autonómica y el resto por las Universidades de León y Burgos, respectivamente.

Finalmente, en cuanto al sentido de... de los dictámenes, 521 fueron desestimatorios, 125 estimatorios y 91 estimatorios parciales. En un total de 685 ocasiones, un 77,6 % del total de las consultas, existió plena coincidencia entre la propuesta de resolución y el dictamen emitido; quiero decir, en un 77,6 % de los casos hay coincidencia entre la propuesta de resolución que hace la Administración y el dictamen, ¿eh?, que emitimos como Consejo Consultivo. Dato que se eleva a más del 97 % de los casos cuando ya tenemos en cuenta las comunicaciones, las 684 comunicaciones oficiales recibidas por las Administraciones, sobre la resolución finalmente adoptada. En estos supuestos, la propuesta de resolución finalmente adoptada coincide con el sentido de nuestros dictámenes en más de un 97 % de los casos, lo que pone de manifiesto la auctoritas de la institución, es decir, el grado de aceptación de nuestras recomendaciones.

Capítulo de mociones y recomendaciones. En este caso se han hecho 5 mociones y recomendaciones, de las que se da cumplida cuenta en la memoria: una, sobre la tramitación de los anteproyectos de ley; dos, sobre el contenido de las normas y la técnica normativa; tres, sobre la duración de los procedimientos sometidos a plazos de caducidad; cuatro, sobre la realidad efectiva de las nuevas competencias atribuidas al Consejo Consultivo; y cinco, mociones... otras mociones y recomendaciones referidas a la responsabilidad patrimonial de la... de la Administración. Voy a referir ya muy brevemente.

Sobre la tramitación de los anteproyectos de ley. El procedimiento para la elaboración de los anteproyectos de ley impone unos trámites mínimos que, en todo caso, deben observarse por la Administración Autonómica. Se trata –como saben- de un procedimiento complejo donde deberá compaginarse adecuadamente la observancia y el respeto a las garantías previstas legalmente, con la celeridad y eficacia necesaria. Con tal fin, el Consejo Consultivo planteó tres recomendaciones: en primer lugar, un cumplimiento eficiente y ágil de los trámites previstos en el Artículo 77 de la Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad de Castilla y León; en segundo lugar, una modificación puntual de nuestra ley reguladora, a los efectos de que el Anteproyecto de Ley de Presupuestos no sea objeto de dictamen de carácter preceptivo –recomendación que se ha incorporado ya en la reciente Ley aprobada de Medidas para la Reforma de la Administración de la Comunidad de Castilla y León-; y, en tercer lugar, una tramitación electrónica del procedimiento de elaboración de los anteproyectos de ley.

Segundo. Contenido de las normas y técnica normativa. En cuanto al contenido de las normas, considera el Consejo que deben evitarse disposiciones con escasa fuerza normativa cuyo contenido consista, en gran medida, en meras declaraciones programáticas que tienden más a una formulación de intenciones que a la ejecución de acciones, que carecen de la adecuada concreción de derechos, garantías y medidas precisas para su efectividad.

La tercera moción o recomendación que les planteaba era sobre la duración de los procedimientos sometidos a plazos de caducidad, que se refiere, fundamentalmente, a... a los cómputos de plazo en relación a las revisiones de oficio y las resoluciones de contrato, con las recomendaciones contempladas en la memoria.

Finalmente, otras mociones y recomendaciones en relación a las reclamaciones de responsabilidad patrimonial. Como saben ustedes, la reclamación patrimonial de la Administración está contemplada en el Artículo 106 de la Constitución... 106.2 de la Constitución, desarrollada por la Ley de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas, Ley 30/92, de veintiséis de noviembre, y su propio reglamento (el Reglamento de Responsabilidad Patrimonial, aprobado por Real Decreto 429/93, de veintiséis de marzo).

En tal sentido, hemos establecido las siguientes recomendaciones:

En primer lugar, la importancia de la observación del procedimiento en las reclamaciones de responsabilidad patrimonial, ya que el cumplimiento del mismo no supone un obstáculo, sino una garantía para los derechos de los ciudadanos y una buena Administración. Es decir, la Administración no tiene la capacidad de disponer a su antojo del procedimiento administrativo, que no es ni más ni menos que una garantía de derechos y de una buena Administración.

En segundo lugar, sobre los procedimientos de responsabilidad patrimonial tramitados por las entidades locales, un año más incidimos en el carácter preceptivo del dictamen del Consejo Consultivo en estos procedimientos de responsabilidad patrimonial. Actualmente, la cuantía mínima objeto de dictamen es de 3.000 euros para las Administraciones Locales, y el Consejo Consultivo viene observando un comportamiento desigual en las diferentes Administraciones Locales. Debemos recordar por ello que en un procedimiento de responsabilidad patrimonial el dictamen del Consejo Consultivo es un trámite esencial, imprescindible, insubsanable y último, y que su ausencia vicia de nulidad el procedimiento tramitado.

Otra recomendación que hacemos es sobre la resolución de los asuntos en un plazo razonable. Como saben Sus Señorías, en el ámbito de nuestra Comunidad Autónoma, el Artículo 12 del Estatuto de Autonomía establece como derecho de los castellanos y leoneses el derecho a una buena Administración y consagra el derecho a un tratamiento imparcial y objetivo de los asuntos que les conciernan y a la resolución de los mismos en un plazo razonable. Hemos querido poner de manifiesto este año una práctica reiterada, que es la demora injustificada en la tramitación de las reclamaciones. De los dictámenes aprobados en dos mil trece, de los 742 mencionados, en un 54 % de los casos se ha hecho notar la advertencia del excesivo tiempo transcurrido desde que se inicia el procedimiento hasta que se formula la propuesta de la resolución. En algunos caso... casos, hablamos incluso de años, en los que el reclamante, por silencio administrativo -que no es una forma de responder la Administración, sino que es un mecanismo de carácter procesal-, se siente obligado a ir a la jurisdicción contenciosa para hacer valer sus derechos.

Observaciones sobre los estándares del servicio público; en particular, en relación con las reclamaciones sobre el mal estado de las vías públicas. Simplemente señalar que la obligación de la Administración Local de garantizar una adecuada pavimentación y conservación de las vías públicas no puede entenderse en términos absolutos -yo creo que hay que ponderar una serie de circunstancias y de cuestiones-, y que el Consejo Consultivo, desde este punto de vista, contribuye a fijar el estándar mínimo de calidad exigible en la prestación de los servicios públicos, lo que, sin duda, yo creo que tiene importancia especial en un contexto de crisis.

La edad y condiciones físicas. Bueno, aquí, el Consejo Consultivo ha ponderado, desde el punto de vista de fijar la responsabilidad de la Administración y de cuantificar la indemnización, la edad como una de las cuestiones que, en este caso, puede aumentar o minorar la responsabilidad. Postura que el Consejo Consultivo comparte con la mantenida por la doctrina y una jurisprudencia reiterada, especialmente –por citar una sentencia- la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, de veintiséis de enero de dos mil siete.

Y, finalmente, recordar, en cuanto a las referencias a la responsabilidad patrimonial, la importancia de la materia sanitaria, ¿eh? Contemplaba también el derecho a una... a una protección integral de la salud en el Artículo 13 del Estatuto de Autonomía. Mencionar –que decía antes- que 247 dictámenes sobre responsabilidad patrimonial de la Administración fueron emitidos sobre materia sanitaria, frente a los 200 emitidos en el año dos mil doce. Y destacar aspectos tales como la observancia en los distintos dictámenes de la lex artis, exigencias del consentimiento informado, asuntos relativos a la teoría de la pérdida de oportunidades, la acreditación de la prueba, la opción entre la sanidad pública y la sanidad privada, o el reintegro de gastos médicos, o las infecciones como consecuencia o con ocasión de los actos médicos.

Cerrado este capítulo de responsabilidad patrimonial de la Administración, la última recomendación que hace el Consejo Consultivo es sobre una realidad efectiva de las nuevas competencias atribuidas al Consejo Consultivo. Decía antes que la Ley 4/2013 ha... ha supuesto atribución al Consejo de nuevas competencias; también nuestra ley reguladora nos permite... o permite que pueda elaborar, a solicitud de la Junta de Castilla y León, estudios, informes o propuestas sobre asuntos relacionados con el cumplimiento y desarrollo del Estatuto de Autonomía -no dictámenes, por lo tanto; hablo de informes-. Y el Consejo Consultivo recomienda que se haga un uso efectivo de las nuevas competencias reconocidas, y muestra su plena disposición para pronunciarse, en su caso.

De esta manera –que al final me he dado un poco de prisa, porque me he dado cuenta que a lo mejor traía demasiada... demasiada materia-, concluyo la presentación de la Memoria del año dos mil trece, y quedo a su entera disposición. Recuerdo que fue aprobada en sesión pública y solemne el pasado veinticinco de marzo, y coincido ya de antemano con ustedes, Señorías, en que sería deseable que, en años sucesivos, este acto, este trámite parlamentario, se acercara lo más posible a la... a la aprobación de la... real de la memoria, que, en todo caso, tiene que ser en el primer trimestre, aunque soy consciente que el año que viene es un año de carácter electoral, luego difícilmente se va a dar cumplimiento a mi deseo. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Gracias, señor Presidente. Para fijar posiciones, formular preguntas o hacer observaciones, se procede a la apertura de un turno de los Portavoces de los distintos Grupos Parlamentarios. En representación del Grupo Mixto, tiene la palabra don José María González Suárez.


EL SEÑOR GONZÁLEZ SUÁREZ:

Sí. Muchas gracias, señor Presidente. Lógicamente, iniciar dando la bienvenida, la primera bienvenida a esta Cámara, al Consejo Consultivo en su totalidad. Y agradecer, pues la presentación que ha hecho el señor Presidente de la Memoria correspondiente al año dos mil trece, de la que ha hecho un extenso resumen, y que nos parece absolutamente oportuna, en la opinión de... de este Procurador, en la opinión de Izquierda Unida y en la opinión de UPL -del Grupo Mixto en su totalidad-, y por varias razones de peso, que voy a ir desgranando el porqué de la oportunidad de esta memoria y el porqué de la validez del trabajo del Consejo Consultivo.

En primer lugar, porque demuestra, una vez más, lo fundado de labor necesaria que ejerce el Consejo, en especial... -perdón, he aludido al Consejo de Cuentas... al Consejo Consultivo, perdón; va uno con las prisas de entrar tarde, unos minutos tarde, y ya...- de la labor necesaria que ejerce su Consejo, en especial en un año en el que comenzó la febril actividad legislativa de la Junta con un vuelco en la legislación vigente, en lo que tiene visos de un metafórico golpe de Gobierno para consolidar una legislación de corte conservador y neoliberal, que supone una grave ruptura con el proceso de una transición marcada por un cierto consenso político, plasmado en la redacción del corpus legal de nuestra Comunidad Autónoma. Volveré sobre esto con posterioridad.

En segundo lugar, porque los dictámenes del Consejo Consultivo constituyen un preceptivo control sobre los importantes deslices en los que incurre no solamente el Ejecutivo, sino principalmente el Ejecutivo en su fase de presentación legislativa.

Por último, el Consejo Consultivo resulta ser una garantía última de los intereses de los ciudadanos al velar por el recto entender de los procedimientos administrativos, tanto de la Junta como de los Ayuntamientos.

Dicho esto, algo que debiera ser de por sí obvio, pero que entendemos que hay que reafirmar, conviene repetir, para demostrar que no bajamos la guardia en defensa del Consejo, del Consejo que Su Señoría preside, y que en otro momento presidirá cualquier otra persona de esta Comunidad, y le compondrán cualesquiera de esta Comunidad -estamos hablando no de las personas, sino del Consejo y de sus funciones-. Porque la entrada en vigor de la nefanda -y yo digo chapucera- Ley 4/2013, que modificó la organización y funcionamiento de las instituciones propias de Castilla y León, al tiempo que otorgaba al Consejo Consultivo nuevas competencias, lo situaba bajo el control de las Cortes, con una Secretaría General para todas las instituciones propias de la Comunidad, algo que nosotros no entendimos, no apoyamos, presentamos alternativa; y seguimos sin entender. Lo apoyamos porque es legal, en estos momentos, pero no cejaremos en nuestro empeño de retroceder hacia la autonomía de estas instituciones.

El temor, tanto en las alegaciones del Procurador del Común como en las del propio Consejo Consultivo, a esta nueva organización se basaba en la posible pérdida de autonomía orgánica y funcional del Consejo. La propia memoria –usted ha aludido a ella- insiste en la doctrina establecida al respecto por el Tribunal Constitucional en la Sentencia 204/1992, que pone de manifiesto la competencia de las Comunidades Autónomas para crear órganos consultivos propios con garantía, con independencia, objetividad y cualificación técnica.

Tiene razón el Consejo al remarcar que el llamado Informe CORA, otro golpe de Estado administrativo... -al que muy permanentemente alude mi compañero del Grupo Mixto, el señor Valderas, que hoy me acompaña a... y acompaña... más que acompañarme a mí, acompaña al Consejo Consultivo, porque no es habitual que esté aquí; quiero que... que así conste, ¿no?- el Informe CORA es otro golpe de Estado administrativo, y no observa ninguna duplicidad en funciones y competencias asignadas al Consejo Consultivo de la Comunidad respecto al Consejo Consultivo estatal. Y me alegra habérselo escuchado a usted en sus reflexiones ante esta Cámara.

Aun así, el Consejo va salvando la situación como mejor puede, aunque hay que temer que el propósito recortes de... del Partido Popular siga vigente en estado electoral latente; y la Secretaría General parece haber actuado hasta hoy como órgano formal, sin interferir gravemente en la autonomía de estas instituciones –desde nuestro entender- hasta este momento, y esperamos que así sea. Lo digo claramente aquí, para que conste en el Diario de Sesiones.

Y mantuvo en ese ejercicio dos mil trece otra importante función el Consejo Consultivo, que es la de actuar como Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León. Se trata ni más ni menos que de garantizar el trato no discriminatorio y la igualdad de los licitadores en un procedimiento de contratación administrativa. En ese ejercicio, el Tribunal dictó, según su memoria, 75 resoluciones. Pero la otra cara de la moneda, no el número de... de resoluciones, tiene que ver sobre el peculiar método de contratación de la Junta y de sus empresas y entes públicos, que lo... representa casi de por sí lo que hemos visto en la... la urgente convocatoria de un Pleno ante la trama Púnica... -de un Pleno, perdón- de una Comisión ante la trama Púnica en nuestra Comunidad, y donde hemos visto que la Junta y los entes públicos también tenían contrataciones con empresas investigadas por la Audiencia Nacional.

El Estatuto de Autonomía es una garantía de estabilidad y continuidad de las instituciones propias, entre ellas la del Consejo Consultivo; pero tampoco. Lo es, pero no. Lo es desde el sentido que figuran las instituciones, pero la facilidad con que la mayoría absoluta modificó el funcionamiento de las instituciones y la composición puede hacer temer todavía mucho, y a peor en los tiempos que vienen, en estos meses que quedan de poder de mayoría absoluta del Partido Popular.

Nueva competencia del Consejo es la de emitir dictámenes sobre aquellas modificaciones urbanísticas que afecten a las zonas verdes o espacios libres, y parece oportuno señalar aquí, pues lo importante de esa función, en una Comunidad donde, desde la propia Junta de Castilla y León, que debiera velar por la legalidad y velar por los intereses del patrimonio ambiental y urbanístico de Castilla y León, ha habido actuaciones que han tenido que ser paralizadas por los tribunales; actuaciones legalizadas, aprobadas, firmadas, presupuestadas y con recursos públicos, que puso en marcha doña María Jesús Ruiz cuando era Consejera de la Junta de Castilla y León.

Una de las consecuencias de la Ley 4/2013 es la de separar el Consejo Consultivo de su anterior capacidad de emitir dictámenes sobre los Proyectos de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad, que tiene unas evidentes consecuencias para nosotros (para Izquierda Unidad, para UPL; para el Grupo Mixto) de ocultación, opacidad, arbitrismo, en aras de una supuesta aligeración de los plazos. Y, sin que supusiese crítica alguna, y mucho menos después de haberle escuchado a usted directamente, sí me ha sorprendido -que igual está escrito- que no se hiciese alusión a este asunto en la memoria, ¿no?, a esta... y a todo lo demás. Igual la lectura rápida nos ha impedido encontrarlo.

Y, finalmente, quiero acabar diciendo de la importancia de la presentación de la memoria aquí, en el Parlamento. Porque la memoria del Consejo Consultivo tiene que ser para la Oposición... -para los que hoy somos Oposición y para los que sean Oposición dentro de un año- tiene que ser fundamento, igual que el informe del Procurador del Común, para ver de la necesidad de avanzar en la concreción de la Oposición a partir de los informes y en base a reclamaciones realizadas por la ciudadanía y sociedad de esta Comunidad.

Y finalizo felicitándoles por... tanto por la estadística que presentan como por el trabajo serio que se deriva de esta memoria, y del que... y que conocíamos con anterioridad, trabajo serio, responsable, y animándoles a seguir en esta tarea. Gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Gracias, Señoría. También en un turno de fijación de posiciones, en representación del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra don Francisco Ramos Antón.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

Muchas gracias, señor Presidente. Señorías, yo creo que, en primer lugar, tenemos que manifestar nuestra satisfacción por... personal, y también en representación del Grupo Parlamentario Socialista, por participar en este... en este... primera presentación de la Memoria del Consejo Consultivo de Castilla y León en las Cortes de Castilla y León. Damos la bienvenida, por lo tanto, y agradecemos la comparecencia del señor Presidente, a los Consejeros y al resto de los miembros del Consejo que hoy nos acompañan.

Entendemos que la... las instituciones de... las instituciones democráticas se refuerzan en su ejercicio, y yo creo que algunos de los elementos que ha señalado el Presidente, como el hecho de que durante el año dos mil trece no se haya producido ni un voto particular y, por lo tanto, que todos los dictámenes se hayan emitido por consenso, justifica y ratifica esa voluntad de independencia, de objetividad y de competencia técnica a que también se ha hecho referencia. Entendemos que en ese ejercicio se legitima, en ese ejercicio crece el Consejo Consultivo como institución propia de la Comunidad, y creemos que también lo hace en esta presentación pública, ante los representantes de los ciudadanos de Castilla y León, de su memoria.

Nos centraremos, en nuestra intervención, en aquellos aspectos de la memoria que le parecen más significativos a este Grupo Parlamentario Socialista. Y, comenzando por el capítulo de las recomendaciones, en lo que afecta a la elaboración de leyes, pues es enorme la coincidencia de este Grupo con las consideraciones que plantea en su memoria el Consejo respecto a la necesidad de que se produzca una coordinación entre las diferentes unidades implicadas en la elaboración de una ley y, sobre todo, en que se evite la publicación de leyes puramente proclamativas; dicen ustedes en su memoria: de meras declaraciones programáticas, que tienden más a la declaración de intenciones que a la ejecución positiva de acciones, y que carecen de la adecuada concreción de derechos, de garantías y de medidas precisas para su actividad. Insisten ustedes en que es preciso no dejarlo todo al desarrollo reglamentario o... o a actos puramente de aplicación por parte de la Administración. Y plantean un techo mínimo en esta materia, que sería la reserva legal impuesta por el propio Estatuto de Autonomía.

En muchas ocasiones, este Grupo Parlamentario ha planteado en la Corte de Castilla y León, en algunos casos utilizando esa cita tan socorrida de Montesquieu, de que las leyes inútiles, pues devalúan también las leyes que... que son necesarias, y devalúan la propia actividad del Legislativo. Y, lamentablemente, con mucha frecuencia nos encontramos en estas Cortes ante este tipo de situación de leyes puramente, puramente, publicitarias, y que, por lo tanto, contribuyen a... en fin, a trasladar una imagen poco eficiente de las instituciones de la Comunidad.

Insisten también ustedes en la necesidad de una mayor coherencia en el conjunto del ordenamiento jurídico, contemplando los efectos de las normas que... de las normas jurídicas en otras normas preexistentes, un aspecto que, por otro lado, en muchas ocasiones, los propios letrados de la Cámara yo creo que contribuyen, de forma muy eficiente, a garantizar que esta... que esta recomendación suya se... se cumpla, precisamente porque no se cumple en el procedimiento de elaboración propio de la Administración Autonómica.

Insisten también en la necesidad de concreción del lenguaje jurídico y de precisión en el uso de los conceptos jurídicos. Ustedes ya saben, señores Consejeros, que en muchos casos el propio procedimiento legislativo, y sobre todo cuando en el Legislativo se insiste en la necesidad del consenso, es verdad que a veces, en esta materia, tengo que decir que seguramente es esta propia Cámara la que, en algunos casos o en la mayor parte de los casos, por... por mor de la voluntad de acuerdo y de la voluntad de... de negociación, pues es posible que haga que algunos de los textos jurídicos contengan expresiones poco precisas, expresiones en alguna manera ambivalentes, derivadas, pues de... de la transacción de voluntades y de esa necesidad de acuerdo. Lo mínimo –plantean ustedes-: evitar confusiones, desajustes o contradicciones en los textos de los proyectos de ley y también en los textos de la ley.

Por lo tanto, nos sumamos a la crítica a la Administración Autonómica -porque eso es... porque ese es nuestro papel- que encontramos en la memoria del Consejo, que hemos leído con algún... con algún detenimiento. Y también hacemos nuestra... en fin, tomamos notas de las recomendaciones que se planteen, aunque no estén dirigidas a nosotros, pero tomamos nota para nuestro trabajo legislativo en esta Cámara.

En lo que tiene que ver con las nuevas competencias -y también por... por no abordar con detalle, que ya se ha abordado aquí por el Presidente, en fin, los contenidos de la memoria-, en lo que tiene que ver con la realización de informes, propuestas o dictámenes, a iniciativa propia o a solicitud de la Junta de Castilla y León, relacionados con el cumplimiento y el desarrollo del Estatuto de Autonomía, sí que quisiera hacer una reflexión, en representación de este Grupo, sobre el interés que para nosotros, para la Cámara y para la sociedad de Castilla y León, tiene todo aquello que en las actuales circunstancias tiene que ver con el Artículo 13 del Estatuto de Autonomía, sobre derechos sociales, y singularmente lo relacionado con los derechos de las personas en situación de dependencia (Artículo 13.7), de las personas que... que se encuentran en situación de exclusión social, y de la efectiva aplicación de la Renta Garantizada de Ciudadanía (Artículo 13.9), centrándose en aquellas personas en efectiva situación de exclusión, que no pueden acceder a ella por razones de procedimiento o de la exigencia de documentación inaccesible, sobre todo cuando esta documentación tiene que requerirse desde una situación de falta de recursos -de recursos económicos y, frecuentemente también, de habilidades... de habilidades sociales, que configuran, precisamente, la etiología de la exclusión social-.

Nuestra preocupación está, y debe estar, en los datos de pobreza y... y exclusión que nos llegan cada día. Pero, si nos avergüenzan a todos los datos de pobreza y exclusión que nos aportan los organismos oficiales (como el Instituto Nacional de Estadística), ONG (como Cáritas), la verdad es que lo que nos sobrecogen son los datos sobre pobreza infantil, que, no nos engañemos, son los datos sobre la pobreza de los padres jóvenes, de las familias jóvenes. Pues bien, señor Presidente, señores Consejeros del Consejo Consultivo, el Artículo 13.6 del Estatuto de Autonomía establece que los menores tienen derecho a recibir de las Administraciones Públicas, con prioridad presupuestaria, la atención integral necesaria para el desarrollo de su personalidad y su bienestar en el contexto familiar y social. Mi Grupo no ve por ninguna parte esta prioridad presupuestaria en lo que se refiere a las cuentas de la Comunidad; no nos vamos a referir a otras Administraciones de Castilla y León. Entendemos que toda contribución a dar respuesta, una respuesta nada fácil, a los difíciles problemas de la pobreza, la exclusión y el aislamiento, que atenazan a la cuarta parte de nuestra sociedad y avergüenzan o deben avergonzar al resto, contribuye a la legitimidad de las instituciones y de quienes las servimos. Si trabajamos en esto con prioridad, estaremos haciendo sencillamente lo que tenemos que hacer. Quede como tal la simple sugerencia que a nosotros mismos aplicamos en nuestra actividad en estas Cortes.

En otro orden de cosas, señalar al Consejo Consultivo que en estos momentos está en proceso de trámite parlamentario –como sin duda conocen- la Ley de transparencia de la Comunidad de Castilla y León, y, en ese sentido, indicarles que estamos trabajando con sus documentos, con el informe del Consejo Consultivo, en materia de transparencia... que en materia de transparencia elaboró en su día.

Y, finalmente, una reflexión en lo que tiene que ver con las materias de responsabilidad patrimonial. Hemos visto en su informe... en su memoria un informe detallado sobre la responsabilidad patrimonial de las Administraciones y sobre los estándares exigibles del servicio, que nos ha parecido muy interesante y muy significativo. Haré una reflexión para terminar. Curiosamente, todos estos dictámenes hacen... en lo que tiene que ver con las Administraciones Locales, tienen que ver con las competencias locales sobre las condiciones materiales del espacio público, y ustedes llegan a señalar incluso, en fin, cuáles son aquellos niveles, en centímetros, en los que se considera que una acera está en buen o mal estado; insisto, sobre las condiciones materiales del espacio público local y la accesibilidad en relación con las diferentes capacidades de los ciudadanos. Yo quiero darles mi enhorabuena por esa parte del informe.

Y también querría señalar que puede que empiecen a plantearse responsabilidades patrimoniales a la... a las Administraciones Públicas, a la Administración Local y también a la Administración Autonómica, por el ejercicio de competencias sobre las condiciones sociales del espacio público, por lo tanto, por otras... por otras causas de incumplimiento o por otras razones de no hacer de las Administraciones en materia de ejercicio de sus competencias en materia social. Yo creo que las situaciones de necesidad social permiten predecirlo, y la apertura de esta puerta la verdad es que daría, sin duda, lugar a una verdadera avalancha. Yo creo que no debe descartarse y puede valorarse la necesidad, sobre todo, de que las Administraciones Locales estén prevenidas a este respecto.

Por lo tanto, hemos visto un muy detallado, ponderado y equilibrado informe sobre las reclamaciones de responsabilidad patrimonial, hemos visto la... a lo que se ha referido el Presidente como la auctoritas del... del propio Consejo, que yo creo que deviene también de... del propio consenso de sus dictámenes, pero de la... también de la aceptación de los mismos.

Y, finalmente, tengo que hacerles una pregunta, que es anecdótica, pero que a mí me llama la atención: señor Presidente del Consejo Consultivo, señores Consejeros, ¿por qué en la presentación de sus estadísticas la provincia de Palencia se sale del orden alfabético en el que están planteadas el resto de las provincias? Hombre, aunque solo sea para mostrarles que hemos hecho una lectura detallada de la misma. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Gracias, Señoría. Continuando con un turno de fijación de posiciones, en representación del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don Javier García-Prieto.


EL SEÑOR GARCÍA-PRIETO GÓMEZ:

Gracias, Presidente. En primer lugar, ¿cómo no?, agradecer la comparecencia del Presidente del Consejo Consultivo, de todos los miembros del Consejo y de la señora Letrada Jefe. Y también, ¿cómo no?, de todos los trabajadores de esa institución que han colaborado en la formulación del informe.

En segundo lugar, señor Presidente, agradecer también la exhaustividad de la memoria que hoy aquí nos presenta, que usted ha sabido resumir muy... muy certeramente. Y, por último, también expresarle, en nombre del Grupo Parlamentario Popular, el ánimo y el estímulo para seguir trabajando como órgano superior de la función consultiva en esta Comunidad Autónoma y también como órgano administrativo competente, en su condición de Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León.

Y sabemos, señor Presidente, que el Consejo Consultivo de Castilla y León es uno de los consejos más eficientes de todo el conjunto de España, que incluso con la reducción de recursos ha sabido aumentar su eficiencia y su efectividad, y, por lo tanto, también, Presidente, reconocerle ese esfuerzo.

Verá, yo creo que hay alguna cuestión central en el informe, en la memoria que usted presenta, que merece... que merece alguna reflexión. La primera es compartir su preocupación –como lo manifiesta en la memoria, ¿eh?- por la mejora permanente de la dotación de medios, tanto humanos como materiales, y fundamente –como ustedes señalan en esa memoria- la mejora de las dotaciones de medios electrónicos en lo que concierne especialmente... –y como usted de... señale- en lo concerniente a la tramitación de los procedimientos de elaboración. Yo creo que estar a la altura de las exigencias tecnológicas de la actualidad le confiere al Consejo también un mayor plus de eficiencia.

Y a mí, señor Presidente, se me ocurre alguna cuestión que me gustaría que en el segundo turno, en la segunda intervención, nos pudiera aclarar. Hay... es verdad que aquí se ha dicho una cuestión permanente, que es el funcionamiento del servicio público viario. Ha dicho el señor Ramos que se han fijado unos estándares mínimos, unos criterios. En primer lugar, me gustaría preguntarle cómo se fijan esos criterios, en lo que concierne a las condiciones materiales de la vía pública; y también comparto con el señor Ramos que sería también necesario, a lo mejor, también evaluar con esos estándares, o con otros, ¿eh?, cuáles son la calidad y el funcionamiento de los servicios no solo viarios, sino también sociosanitarios, por ejemplo, o de servicios públicos en general. Me parece que sería una buena aportación.

La segunda cuestión es que en el último... en el último de los epígrafes... bueno, perdón, de la memoria -en el penúltimo, porque el último corresponde a las imágenes, en el penúltimo- se incorpora un extracto de doctrina legal del Consejo y se dice que es un extracto. Yo no sé si esto es una cuestión que tiene carácter selectivo o carácter exhaustivo. Es decir, por qué se recogen justamente esos dictámenes y se les señala como relevantes, si es que son todos o es una parte que ustedes consideran que son los más acertados.

Y, en ese sentido, a mí también me gustaría saber –y por desconocimiento se lo pregunto- que toda la información que... que elabora el Consejo Consultivo tiene un reflejo en las redes informáticas, y si ese reflejo es un reflejo abierto o restringido. Se lo digo porque yo sé –porque así me lo ha hecho llegar- que muchos funcionarios –sobre todo secretarios e interventores de la Administración Local- están muy interesados, ¿eh?, en las resoluciones, en los dictámenes que elabora el Consejo, y sería bueno, ¿eh?, clarificarles si esa información –ya digo- está abierta o no está abierta. E incluso le sugiero, señor Presidente, que también desde el propio Consejo Consultivo se pudieran establecer algunos lugares de encuentro, como seminarios o algún aula de debate, para que estos funcionarios pudieran tener conocimiento cabal de las resoluciones del... del Consejo Consultivo.

Hay también, desde mi punto de vista, que resaltar alguna cuestión que está vinculada con el fondo de... con el fondo de la cuestión. Aquí también se ha dicho el abordamiento de determinadas normas y el... el buen hacer, ¿eh?, que tiene el Consejo, pero también, de verdad, yo creo que el Consejo Consultivo de Castilla y León está asumiendo cada vez funciones más importantes; funciones más importantes y además de muy amplio espectro, muy diversas, en la sustancia y en la formalidad. Por lo tanto, yo creo que sí que sería bueno también desde aquí pedir, ¿eh?, a la Administración Autonómica y a estas Cortes de proveer, en la medida de lo posible, una mayor asistencia y una mayor capacidad de funcionalidad del Consejo Consultivo de Castilla y León.

Ya, por último, y también como aquí se ha aludido a una provincia concreta, que es el caso de Palencia, yo también voy a aludir a una provincia, que es la suya y la mía, ¿eh?, la provincia de León. Porque, en verdad... y, no sé, de paisano a paisano, le digo y le pregunto: ¿por qué litigamos tanto los leoneses? Y no solo en el ámbito de este Consejo Consultivo, ¿eh?, sino también en el conjunto de la esfera judicial. Porque, hombre, yo creo que puede haber una proporcionalidad, una proporcionalidad entre el número de dictámenes y el número de habitantes o la extensión territorial; pero lo que no es cierto es que exista una correlación directa, estricta, ¿eh? -por lo menos en el caso de la provincia de León-, entre el número de habitantes y el número de dictámenes. Valladolid, por ejemplo, con mayor población, tiene un menor número, ¿eh?, de reclamaciones. Y a mí –ya le digo-, aunque sea a título anecdótico, me gustaría saber, señor Presidente, si usted nos puede aportar cuáles serían algunas de las características peculiares de ese carácter tan litigioso que tenemos los... los leoneses.

Por ir concluyendo ya, señor Presidente, mire, en tiempos tan difíciles y complejos como los actuales, ¿eh?, donde los ciudadanos están perdiendo –yo creo que con sobrados motivos- la confianza en el conjunto de los poderes públicos y también en sus representantes, creo que fortalecer los controles legales, las garantías jurídicas y agilizar los procedimientos –como está haciendo el Consejo Consultivo- constituye un factor muy importante para recuperar el crédito perdido.

Y ya finalizar. Y en el ámbito personal... personal, señor Presidente, tengo que destacar –porque le conozco, y le conozco bien- la entrega, el esfuerzo y ese talento y ese genio particular que usted sabe imprimir allá donde ha estado, y siempre en favor del interés público y del bien común. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Gracias, Señoría. Para contestar a las cuestiones planteadas, tiene la palabra el señor Presidente del Consejo Consultivo.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO CONSULTIVO DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR AMILIVIA GONZÁLEZ):

Muy bien. Muchas gracias. En primer lugar, quiero agradecerles a todos sus... sus intervenciones, el tono afectuoso de las mismas, y no tanto y no estrictamente en lo personal, sino con carácter institucional.

En relación a... al Portavoz de Izquierda Unida, José María González, quiero agradecerle públicamente el que siempre ha tenido un compromiso público con la defensa de las instituciones propias de la Comunidad Autónoma y, especialmente, en lo que se refiere con este Consejo Consultivo. Desde un primer momento hemos percibido la cercanía de José María González a... al Consejo Consultivo, y yo creo que lo ha hecho así porque entiende que las competencias que desarrolla el Consejo Consultivo, el control previo a la legalidad que... que lleva a cabo, pues es consustancial al Estado de Derecho. Por lo tanto, se lo agradezco expresamente.

En relación con alguna reflexión que ha hecho, pues decirle que nosotros, fundamentalmente, lo que hacemos es emitir dictámenes a los anteproyectos de ley, es decir, en la fase preparlamentaria, antes de que el proyecto de ley aparezca en estas Cortes y sea objeto de debate, de enmienda, por parte de los Grupos Parlamentarios. En esa fase preparlamentaria hacemos yo creo que una labor legislativa muy importante, con prudencia, con discreción, y el mejor dato que lo corrobora es el altísimo grado de reconocimiento por parte de las Administraciones. Para que lo podamos hacer necesitamos serenidad y sosiego, y ese es el motivo, y no otro, por el que el Consejo Consultivo no ha visto mal que deje de emitir dictamen al proyecto... al Anteproyecto de Ley de Presupuestos; no así a la Ley de Medidas. Es decir, ya son muchos los Consejos Consultivos que no querían emitir dictamen preceptivo ante el Anteproyecto de Ley de Presupuestos porque, por la premura y las características de dicho anteproyecto de ley, el Consejo Consultivo, en la práctica, carecía del tiempo suficiente para emitir un dictamen, al menos con las garantías que el Consejo cree que debe aprobarse. No es, por lo tanto, en este caso algo ajeno a la propia voluntad del Consejo Consultivo el que hayamos dejado de emitir dictámenes en relación con el Anteproyecto de Ley de Presupuestos.

Es muy importante –coincido con usted- que hayamos recuperado el dictamen preceptivo en lo que se refiere a la modificación de planes de ordenación urbana cuando afectan a zonas verdes o a espacios públicos protegidos; ha sido una reivindicación histórica del Consejo Consultivo, y yo creo que es una... un control de la... de la legalidad que en nada perjudica en estos contextos que además estamos viviendo ahora especialmente preocupantes para todos. Control de legalidad que hemos recuperado y que ha sido –reitero- una reivindicación histórica del Consejo Consultivo.

Y, finalmente, coincido con usted en la importante labor del Tribunal de Recursos Contractuales de la Administración, que está permitiendo depurar –¿por qué no decirlo?- de alguna manera la contratación pública. Fíjense que uno de los... las características de la contratación pública... de los recursos en materia de contratación pública es que el licitador a veces no impugnaba el contrato, la adjudicación, ante la Administración que promovía ese contrato; es decir, había -¿por qué no decirlo?- cierto temor a hacerlo. Hoy no solamente no existe ese miedo, porque es un tribunal independiente el que tramita el recurso especial en materia de contratación, sino que la tasa de éxito es elevadísima; lo que es, sin duda, una garantía para los particulares, para la contratación en general y para las Administraciones.

Y coincido con usted, finalmente, en la... en la oportunidad para este Consejo, desde el punto de vista institucional, muy importante, de poder aquí trasladar nuestro trabajo y darlo a conocer, que es un empeño permanente de este Consejo Consultivo desde que yo estoy en él, y antes, desde su propia creación.

Don Francisco Ramos, también otro querido amigo mío, porque aquí estamos... todos somos hoy conocidos de otras lides históricas, ¿eh? -José María González y don Francisco Ramos y un servidor, de la Federación Regional de Municipios y Provincias-. Pues, don Francisco Ramos me hace una serie de... de reflexiones sobre la elaboración de las leyes, sobre el contenido de las mismas. Obviamente, nosotros nos fijamos en los anteproyectos de ley; la elaboración ya de las... de las leyes –como bien señala él- es una decisión soberana de los Grupos Parlamentarios que forman parte de esta Cámara. Y hacemos observaciones a anteproyectos de ley, casi siempre aceptadas o con un altísimo grado de aceptación. Nada tiene de... de, por lo tanto... de extraño que el Consejo Consultivo discrepe -como es su obligación, por otra parte- con el Gobierno de la Comunidad cuando presenta anteproyectos de ley. Es decir, a veces se convierte en noticia lo que no debe ser; debe ser totalmente normal la discrepancia entre el Consejo Consultivo y la Junta en relación con algún anteproyecto de ley. Piensen que esa es nuestra labor, y nuestra labor es decir lo que creemos que debe, en cada momento, llevarse a cabo para que las leyes tengan el contenido adecuado y no buscar, bueno, otro tipo de... de finalidades. En este sentido –como saben-, cuando un anteproyecto de ley sigue las recomendaciones del Consejo Consultivo, puede utilizar la fórmula "de acuerdo con el Consejo Consultivo"; cuando no la siga, debe utilizar la fórmula "oído el Consejo Consultivo".

En relación con el estándar de servicio mínimo de calidad exigible a las Administraciones, ¿cómo lo fijamos? Pues hay una jurisprudencia, hay una doctrina contrastada, hay que ponderar una serie de cuestiones, hay que ponderar cuestiones de sentido común, ¿eh?, de acuerdo con la propia contrastación de unas y otras reclamaciones, las circunstancias de la vía, las propias características materiales de las obras públicas, etcétera, etcétera, de los viandantes. Es decir, lo importante es que aquí se trata de fijar un estándar mínimo de calidad exigible en un contexto de crisis. En los años cuarenta o cincuenta, un bache de 2 metros consideraba el Tribunal Supremo que no... que no infringía... -digo 2 metros; digo 40 centímetros, 60 centímetros- que no infringía la calidad mínima exigida a la Administración. Es cierto. Claro, ahora estamos llegando a considerar que un desperfecto de 2 centímetros ya genera responsabilidad patrimonial de la Administración. Pero ¿qué hace el Consejo Consultivo? Ponderarlo, ponderarlo, pues de acuerdo con las circunstancias, si es un lugar de tránsito para los peatones, si no es un lugar de tránsito para... si la entidad es lo suficientemente grande, si es visible, si es evitable, ¿eh? Es decir, hay una serie de... de circunstancias que hay que ponderar en todos los expedientes de responsabilidad patrimonial de la Administración. Y yo creo que eso, pues contribuye, evidentemente, pues a... en este contexto, a fijar también el papel de las propias Administraciones y a salvaguardar los derechos de los ciudadanos.

Muchísimas gracias a don Javier García-Prieto por sus palabras –con Javier García-Prieto me une una gran amistad histórica, y hemos, los dos, compartido aventuras en la vida pública, de la que los dos creo que tenemos un recuerdo entrañable-, y voy a intentar darle respuesta a... a sus preguntas, o a alguna de ellas, si soy capaz.

Páginas informáticas. Tenemos una página web donde se cuelgan todos los dictámenes del Consejo Consultivo, se cuelgan... se cuelgan con garantías, en ocasiones con anonimato, ¿eh?, para garantizar la protección de datos, pero todos los datos, todos los dictámenes del Consejo Consultivo se cuelgan en nuestra página web, como esta memoria, que está colgada desde hace varios meses.

¿Estamos llevando a cabo seminarios con... con funcionarios? Pues, evidentemente, no tantos como deberíamos, pero sí hemos hecho alguno. Los hemos llevado a cabo con la Diputación Provincial de Valladolid, para Alcaldes, Concejales y técnicos de los Ayuntamientos; con la Diputación Provincial de Palencia; con la Diputación Provincial de Zamora, para Alcaldes, Concejales y funcionarios; actualmente, con la Diputación de Zamora, han impulsado el Consejero Rey y Velasco un curso sobre... sobre la futura Ley de Transparencia para funcionarios de la... de la Administración Local de la provincia de Zamora. Es decir, intentamos hacer y participar en todos los seminarios a los que somos invitados, y –como he dicho-, en algún caso, organizar incluso nuestras propias jornadas.

¿La doctrina legal contemplada en el Consejo Consultivo? Pues, lógicamente, es una pequeña selección de la doctrina legal. Pensemos que hay diez memorias aprobadas, y cada una va... va incorporando alguno de los dictámenes que consideramos que aportan una doctrina legal, pues novedosa o, para ese año, relevante, y es el criterio de los propios Consejeros, expresado en los Plenos, los que sugieren incorporar uno u otros dictámenes a... a ese pequeño compendio que forma parte de la memoria. Lo más importante de la memoria, sin duda, son las mociones y recomendaciones contempladas a la Administración, que yo he resumido muchísimo, ¿no?, y yo creo que son un compendio de una magnífica doctrina jurídica; sinceramente, una magnífica doctrina jurídica para muchos supuestos, y que es una garantía –como decía antes- de una buena Administración.

Y, finalmente, en este caso, yo creo que voy a hablar bien de... –una vez más, ¿no?- de León –y aprovecho también para saludar a don Alejandro Valderas, ¿eh?, con el que también he compartido muchos momentos de mi vida pública, que nos acompaña en el Grupo Mixto-. Bueno, litigamos tanto... Hay que pensar que son las Administraciones consultantes la que pide los dictámenes, y hay que invertir el discurso, es decir, ¿por qué alguna Administración consultante no pide los dictámenes preceptivos? Es decir, no todos los Ayuntamientos, por ejemplo, piden los dictámenes preceptivos -voy a decir el pecado pero no el pecador-. Por lo tanto, que haya muchos dictámenes en una provincia significa que las Administraciones solicitan los dictámenes, y yo creo que, a veces... no siempre... no siempre lo solicitan, pero en un gran porcentaje. Esa es la primera respuesta.

La segunda. Hombre, en relación a León, como ocurre con Zamora, como ocurre también un poquito con Palencia y Soria, ha habido una tipología de dictámenes que ahora han salido ya casi de nuestro trabajo, por la... por la cuantía de... de 3.000 o 6.000 euros, en responsabilidad patrimonial sanitaria, que eran la irrupción de animales en la calzada, que son propios de la provincia de León, propios de la provincia de Zamora, propios de la provincia de Soria –en este caso, afectaban y afectan a la Diputación Provincial de Soria-, y esos dictámenes, bueno, pues han sido un número muy elevado que, año tras año, ha engrosado las filas de dictámenes en esa provincia.

Bueno, también influye, lógicamente, el porcentaje del número de habitantes, pero –insisto- son la... las Administraciones las que solicitan los dictámenes, y... y, en este caso, yo creo que es un buen dato. No es que se litigue tanto, sino que se cumple en este caso, por parte de las Administraciones, solicitando los dictámenes preceptivos.

Y, por mi parte, nada más. Volver a agradecerles a todos su... su tono y su intervención. Y coincidir en que creo que es muy bueno para el Consejo Consultivo, muy bueno también para... para estas Cortes y, en definitiva, para los ciudadanos que nuestro trabajo se conozca; nosotros hacemos un gran esfuerzo –créanme que lo hacemos, de verdad- para intentar dar a conocer nuestro trabajo, pero es muy complicado a veces por la cualificación técnica que tiene, por la naturaleza técnica que tiene, y, sin duda, que sean los representantes de los castellanos y leoneses, el pueblo de Castilla y León, los que escuchen hoy de... personalmente la... la presentación de esta memoria, va a contribuir, no tengo ninguna duda, a que nuestro trabajo se... se divulgue y llegue más... más cerca de sus auténticos destinatarios, que son los ciudadanos de Castilla y León. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Gracias, señor Presidente. Comunico a la Comisión que se ha renunciado al turno de réplica por acuerdo de los Portavoces de los diferentes Grupos Parlamentarios.

Señor Presidente, agradecemos las informaciones facilitadas a esta Comisión de la Presidencia; por supuesto, su disposición a comparecer siempre que sea necesario en sede parlamentaria. Este Presidente agradece y acepta también esa invitación -lo agradezco y lo acepto en nombre de la Comisión- a visitar la sede, que nos ayude también a esa cercanía que buscamos entre las Cortes de Castilla y León y la sede del Consejo, y el Consejo.

Y, dándole las gracias a usted y a los miembros del Consejo, se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las once horas cincuenta minutos].


DS(C) nº 519/8 del 18/11/2014

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Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Comisión de la Presidencia
DS(C) nº 519/8 del 18/11/2014
CVE: DSCOM-08-000519

DS(C) nº 519/8 del 18/11/2014. Comisión de la Presidencia
Sesión Celebrada el día 18 de noviembre de 2014, en Valladolid
Bajo la Presidencia de: Rubén Rodríguez Lucas
Pags. 17822-17844

ORDEN DEL DÍA:

1. Comparecencia del Excmo. Sr. Presidente del Consejo Consultivo de Castilla y León para la presentación de la Memoria del Consejo Consultivo de Castilla y León correspondiente al año 2013, remitida de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 1/2002, de 9 de abril, del Consejo Consultivo de Castilla y León.

SUMARIO:

 ** Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos.

 ** El Presidente, Sr. Rodríguez Lucas, abre la sesión.

 ** Intervención del Procurador Sr. Ramos Antón (Grupo Socialista) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención del Procurador Sr. García-Prieto Gómez (Grupo Popular) para comunicar que no hay sustituciones en su Grupo.

 ** Primer punto del Orden del Día.

 ** El Vicepresidente, Sr. Martínez Majo, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** Intervención del Sr. Amilivia González, Presidente del Consejo Consultivo de Castilla y León, para informar a la Comisión.

 ** El Presidente, Sr. Rodríguez Lucas, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los Portavoces de los Grupos Parlamentarios.

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. González Suárez (Grupo Mixto).

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Ramos Antón (Grupo Socialista).

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. García-Prieto Gómez (Grupo Popular).

 ** Intervención del Sr. Amilivia González, Presidente del Consejo Consultivo de Castilla y León, para responder a las cuestiones planteadas.

 ** El Presidente, Sr. Rodríguez Lucas, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las once horas cincuenta minutos.

TEXTO:

[Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Buenos días, Señorías. Bienvenidos a la Comisión de la Presidencia. ¿Los Grupos Parlamentarios tienen que comunicar a esta Presidencia alguna sustitución? ¿Por parte del Grupo Parlamentario Socialista?


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

Señor Presidente, buenos días. Rosario Gómez del Pulgar sustituye a María Fernanda Blanco Linares y don Juan Luis Cepa Álvarez sustituye a María Sirina Martín Cabria. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Muchas gracias, Señoría. ¿Por parte del Grupo Parlamentario Popular?


EL SEÑOR GARCÍA-PRIETO GÓMEZ:

Buenos días. Gracias, Presidente. Por parte del Grupo Parlamentario Popular no hay sustituciones.


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Muchas gracias, Señoría. Primeramente, damos la bienvenida al Presidente del Consejo Consultivo y a los demás miembros del Consejo. Sean ustedes bienvenidos hoy a sede parlamentaria. Y, sin más, comenzamos la Comisión de la Presidencia. Primer punto del Orden del Día. Por parte del señor Vicepresidente se dará lectura del... del primer punto del Orden del Día.

Comparecencia Presidente Consejo Consultivo


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR MARTÍNEZ MAJO):

Gracias, Presidente. Primer punto del Orden del Día: "Comparecencia del Excelentísimo señor Presidente del Consejo Consultivo de Castilla y León para la presentación de la Memoria del Consejo Consultivo de Castilla y León correspondiente al año dos mil trece, remitida de conformidad con lo expuesto en el artículo 9 de la Ley 1/2002, de nueve de abril, del Consejo Consultivo de Castilla y León".


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Gracias, señor Vicepresidente. Tiene la palabra el señor Presidente del Consejo Consultivo de Castilla y León.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO CONSULTIVO DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR AMILIVIA GONZÁLEZ):

Muchas gracias, señor Presidente. Señorías. Quiero, en primer lugar, manifestar el honor personal para mí, como Presidente del Consejo Consultivo, y también mi satisfacción personal por comparecer ante la Comisión de Presidencia de las Cortes de Castilla y León, legítima representante de nuestros ciudadanos, para presentar el trabajo de nuestra institución, para presentar el trabajo del Consejo Consultivo de Castilla y León.

Quiero decir que hoy inauguramos un... un trámite parlamentario, el trámite parlamentario de... de presentar la memoria ante las Cortes de Castilla y León, y, al hacerlo, quiero, públicamente, manifestar la voluntad –no solamente de este Presidente, sino de todos los Consejeros del Consejo Consultivo- a comparecer tantas veces como sea oportuno, tantas veces como sea necesario, tantas veces como considere esta Comisión o cualquier otra de las Cortes de Castilla y León.

El Consejo Consultivo de Castilla y León, como institución propia de nuestra Comunidad Autónoma, ejerce, como saben, funciones como superior órgano consultivo de la Junta y de la Administración de la Comunidad -así lo establece el Artículo 33 de nuestro Estatuto de Autonomía- y rinde cuentas a través de esta memoria de la actividad realizada durante el año –el último año, en este caso- dos mil trece.

El Pleno de la institución ha venido aprobando desde el año dos mil cuatro, en sesión solemne y pública, dentro del primer trimestre de cada ejercicio y conforme a su entonces vigente Reglamento Orgánico, la memoria... la memoria del año natural anterior, su memoria anual, en la que se recogían tanto las actividades del Consejo como las observaciones y recomendaciones correspondientes para colaborar al mejor funcionamiento de las Administraciones Públicas de la Comunidad de Castilla y León. Dicha memoria, una vez aprobada y publicada, se elevaba al Presidente de la Junta de Castilla y León. A partir de este año, como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley 4/2013, se establece que, tras su aprobación, en sesión solemne y pública –en este caso, en la reunión celebrada el veinticinco de marzo pasado-, la presentación de dicha memoria ante la Comisión correspondiente de las Cortes de Castilla y León, así como el traslado al conjunto de las Administraciones consultantes de las observaciones y recomendaciones en ella recogidas, como así se ha hecho.

Procedo, por lo tanto -en un trámite parlamentario que inauguramos hoy, como he dicho antes, y que me parece un acierto desde el punto de vista público-, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 63 del vigente Reglamento de Organización y Funcionamiento, a exponer brevemente el contenido de la memoria, para lo que en un primer momento destacaré sus principales... o acontecimientos y notas del año dos mil trece.

En primer lugar, en el año dos mil trece se cumplieron los 10 primeros años de nuestra institución; una década en la que el Consejo Consultivo se ha consolidado, a nuestro juicio, como una institución útil y necesaria. Años en los que ha contribuido a una mejor calidad legislativa, al buen funcionamiento de la Administración y a la salvaguarda de los derechos de los ciudadanos, y cuya mejor expresión son los ya más de 12.500 dictámenes emitidos en estos 10 años. En estos 10 años –como he dicho-, el Consejo Consultivo se ha ganado el respeto y la confianza de las Administraciones consultantes por su objetividad e independencia, por su prudencia y discreción, sin merma de la transparencia, y, ante todo –y lo quiero dejar muy claro-, por su capacidad de consenso: ha habido un solo voto particular en los 12.500 votos... –perdón- dictámenes emitidos en estos 10 años. El Consejo Consultivo, como método de trabajo, busca la unanimidad en sus decisiones y tiene claro que siempre la opinión compartida, aunque uno tenga que renunciar a parte de sus argumentos, es la mejor.

En segundo lugar, el pasado año dos mil trece fue el primer año completo en el que el Consejo Consultivo de Castilla y León ejerció funciones como tribunal administrativo de recursos contractuales de Castilla y León como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley 1/2012, de veintiocho de febrero, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras; único Consejo que ha asumido esta competencia. En este pasado ejercicio, aprobó un total de 75 resoluciones contractuales.

En tercer lugar, fue el primer año completo del Consejo Consultivo en su nueva sede en la ciudad de Zamora; un nuevo edificio -al que están invitados tanto personal como... como la propia Comisión a conocerlo- que goza de importantes reconocimientos nacionales e internacionales, y que, en cumplimiento a los objetivos planteados, está plenamente abierto a la sociedad. Sirva de ejemplo las más de 5.000 personas que lo visitaron el último año en los eventos en él celebrados, destacando entre todos las XV Jornadas de la Función Consultiva, expresión de la... de la vigencia de la función consultiva en nuestro país.

Como principal acontecimiento del año pasado para nuestra institución, destacaría la entrada en vigor de la Ley 4/2013, de diecinueve de junio, por la que se modificó la organización y funcionamiento de las instituciones propias de la Comunidad de Castilla y León, y que ha supuesto, entre otras modificaciones, la adscripción presupuestaria del Consejo Consultivo, junto al resto de las instituciones propias, a las Cortes de Castilla y León. Debo recordar, en tal sentido –como ya manifestó este Consejo en el dictamen emitido sobre el anteproyecto de la ley referida-, que esta adscripción, así como el resto de las modificaciones que se incluyeron y que se incluyen, no pueden conllevar en ningún caso una merma de la autonomía orgánica y funcional, entendida esta como la no subordinación a órdenes o instrucciones de otro órgano; no puede conllevar en ningún caso una merma de la autonomía orgánica y funcional con la que cuenta el Consejo Consultivo, necesaria para garantizar la imparcialidad y objetividad en el ejercicio de sus funciones.

Se trata con ello de... de respetar la doctrina del Tribunal Constitucional recogida en la Sentencia 204/92, que reconoce la competencia de las Comunidades Autónomas para crear, en virtud de su propia potestad de organización, órganos consultivos propios que sustituyan al Consejo de Estado, siempre que estos órganos consultivos estén dotados de las características de organización y funcionamiento que aseguren su independencia, objetividad y rigurosa cualificación técnica. Como se recordaba también en la Memoria del año doce, la función consultiva no permite ser diseñada, en el Estado de las Autonomías, conforme a otros parámetros distintos de los indicados por el Tribunal Constitucional en la sentencia mencionada. En tal sentido, ha sido aprobado, por Resolución de cinco de febrero de dos mil catorce de la Mesa de las Cortes de Castilla y León, un nuevo Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Consultivo, en aras a garantizar los objetivos mencionados de objetividad e independencia.

Por último, parece obligado –para cerrar este capítulo de... de notas fundamentales del año pasado- hacer referencia al Informe de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas -conocido popularmente como Informe CORA-, que despejó cualquier duda que hubiera podido plantearse en relación con la función desempeñada por el Consejo Consultivo de Castilla y León. De su lectura, puede extraerse la conclusión de que instituciones como la nuestra no suponen una duplicidad respecto de otras instituciones estatales existentes, puesto que el Consejo Consultivo no solo sustituye al Consejo de Estado en el ámbito de nuestra Comunidad, sino que ejerce competencias que en su momento no eran desempeñadas por aquel, lo que se traduce en un plus de garantía para los ciudadanos castellanos y leoneses; es decir, emite más dictámenes, más... de más supuestos, con mayor cercanía y en plazos más reducidos. No somos una institución duplicada, somos una institución que sustituye al Consejo de Estado; lo hacemos con más competencias, emitimos dictámenes en más supuestos y significamos un plus de garantía para los ciudadanos de Castilla y León.

Sirvan como ejemplo de lo dicho los 357 dictámenes emitidos a los proyectos normativos, proyectos de ley y reglamentos ejecutivos -función que no hacía el Consejo de Estado-, o, entre otros, los cerca ya de 11.000 dictámenes mediante los cuales hemos depurado la responsabilidad patrimonial de la Administración, garantizando los derechos de los ciudadanos, coadyuvando a que la Administración sirva al interés general y a una buena asignación de los recursos públicos; es decir, también contribuyendo, desde este punto de vista, a ahorrar dinero público.

A continuación, trataré ya de resumir lo que de forma mucho más extensa y detallada se relata a lo largo de la memoria. En primer lugar, me referiré a los aspectos institucional y administrativos, para luego... para luego referirme brevemente a la actividad del Consejo.

Aspecto institucional y administrativo. La norma principal que disciplina la institución es la Ley 1/2002, de nueve de abril, modificada recientemente –como he dicho antes- por la Ley 4/2013, de diecinueve de junio. Esta ley, aprobada en dos mil trece, modifica la organización y el funcionamiento del Consejo, al tiempo que le dota de nuevas competencias y funciones. En este sentido, el Consejo Consultivo cuenta ahora también con la función nueva de elaborar propuestas legislativas cuando así se lo encomiende la Junta de Castilla y León.

Por lo que a los dictámenes se refiere, se recupera la competencia relativa a la modificación de los planes urbanísticos cuando tengan por objeto una diferente zonificación o uso urbanístico de las zonas verdes o espacios públicos protegidos. Se eleva la cuantía de las reclamaciones de responsabilidad patrimonial -a los efectos de la preceptividad del dictamen- a 6.000 euros en el ámbito de la Administración Autonómica y a 3.000 euros en el de otras Administraciones Públicas.

Por otra parte, las Corporaciones Locales podrán formular directamente la consulta, preceptiva o facultativa, al Consejo Consultivo, lo que refuerza la autonomía local. Y, además, se reconoce expresamente a los rectores de las universidades públicas la posibilidad de... de formular consultas facultativas, entre otras.

Por lo que se refiere al plazo para la emisión de los dictámenes, se acorta el de un mes a veinte días hábiles, sin perjuicio de su posible reducción o ampliación; a diferencia –para que tengan algún dato Sus Señorías- del plazo previsto en la normativa reguladora del Consejo de Estado, que establece un plazo mínimo de dos meses, o el plazo habitual en el resto de los Consejos Consultivos, que es de un mes para emisión de sus dictámenes.

A las modificaciones expuestas se añaden otras que afectan al régimen jurídico del Presidente, de los Consejeros del Consejo Consultivo, así como a los funcionarios, que detallaré más adelante.

Aun cuando no se trata de la función consultiva y tiene una naturaleza jurídica distinta, no puedo dejar de mencionar que, durante dos mil trece, hemos seguido ejerciendo funciones como Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León, órgano competente para el conocimiento y resolución de los recursos especiales en materia de contratación y de las cuestiones de nulidad contractual, de acuerdo con la legislación de contratos del sector público. Con el establecimiento del tribunal, que tiene su origen en la normativa de la Unión Europea, se trata de garantizar, de una parte, el trato no discriminatorio y la igualdad de los licitadores; y, de otra, que las decisiones adoptadas por los poderes adjudicadores puedan ser recurridas y resueltas lo más rápidamente posible.

En esta línea, el Estado creó el tribunal... el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, habiendo dado, así mismo, el paso de crear sus propios órganos de estas características las Comunidades Autónomas de Madrid, Aragón, el País Vasco, Andalucía y Navarra.

En el caso del Tribunal de Recursos Contractuales de Castilla y León, TARCYL, sus funciones son ejercidas a coste cero, y lo integran los tres miembros electivos del Consejo Consultivo. La característica más destacable del recurso en materia de contratación es que se trata de un recurso administrativo de carácter potestativo y precontractual; además, los tribunales de recursos contractuales, como es el caso, tienen una naturaleza precontenciosa, pudiendo ser considerados como órganos cuasijurisdiccionales.

El tribunal garantiza una mayor agilidad en la resolución de los recursos, aporta una mayor seguridad jurídica y evita la judicialización de muchos procedimientos. El mejor ejemplo es que... les doy cuenta de la tasa de éxito, tasa de éxito entendida como el porcentaje de recursos aceptados por las Administraciones y no impugnados ante la jurisdicción contencioso-administrativa: de las 75 resoluciones aprobadas el año dos mil trece, solo 2 han sido impugnadas ante la jurisdicción contencioso-administrativa -es decir, la tasa de éxito podemos considerar que es casi total-; 75 resoluciones el año dos mil trece: 38 recursos procedieron de la Administración Local, 32 de la Autonómica y 5 de las universidades; y, en lo que va de año –un dato que ya les anuncio-, son 78 las resoluciones dictadas, hasta esta fecha, en el dos mil catorce.

Composición del Consejo. Durante dos mil trece el Consejo Consultivo ha venido manteniendo la misma composición que en el año anterior, es decir -precisamente la que está aquí presente-: Consejero nato, don José Constantino Nalda; Consejeros electivos, don Fernando Rey y don Ángel Velasco; y un servidor, también Consejero electivo, que está haciendo uso de la palabra. Posteriormente, el cinco de agosto de este año en curso, don... don José Constantino Nalda cesó en calidad de Consejero nato. Quiero aprovechar la ocasión que me brinda el tenerle presente ante todos ustedes para hacer un reconocimiento público de su trabajo, de su dedicación y aportaciones decisivas, tanto al Consejo Consultivo como a los Consejeros, entre los que me incluyo, desde el punto de vista personal.

Por ello, en la actualidad, el Consejo Consultivo lo integran –como decía- el Presidente y dos Consejeros, y somos asesorados por la Letrada Jefe, ante la supresión... María García Fonseca, ante la supresión de la figura del Secretario General, José Ignacio Sobrini Lacruz, que renunció en diciembre del año pasado a su condición de Secretario General. En consecuencia, la composición que... a la que he hecho mención nos convierte en la institución consultiva más reducida del país.

Personal. A fecha de treinta y uno de diciembre de dos mil trece, formaban el Consejo Consultivo 26 puestos de trabajo, entre personal funcionario, personal laboral y personal de carácter eventual. Respecto al personal funcionario al servicio al Consejo Consultivo, ha pasado –de acuerdo con la ley mencionada- a la situación administrativa de servicio en otras Administraciones Públicas, si bien le resultará de aplicación el régimen general de los funcionarios de carrera de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Es, por lo tanto, una estructura administrativa, en la actualidad, muy reducida en número de personas, pero de evidente cualificación profesional; composición que todavía se verá más reducida en el presupuesto... la plantilla del año dos mil catorce, de la que haré mención -como es natural- ya el año que viene.

Para concluir este apartado de la memoria de aspectos institucionales y administrativos, haré ya una brevísima mención al presupuesto del Consejo Consultivo. El presupuesto del ejercicio dos mil trece ascendió, por lo que se refiere al estado de gastos, a un total de 2.682.185 euros. La ejecución final de este presupuesto alcanzó, al final del ejercicio, el 87,17 %, registrándose en los últimos seis años, desde el año dos mil siete, una reducción presupuestaria superior al 30 %.

Hasta la entrada en vigor de la Ley 4/2013, el presupuesto del Consejo Consultivo se incorporaba y aprobaba como una sección de los Presupuestos Generales de la Comunidad, y no existían, por lo tanto, la figura de los remanentes, que eran absorbidos en el ámbito del propio Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, transferidos. A partir de ahora, por nuestra adscripción presupuestaria a las Cortes de Castilla y León, de existir, se destinarán a políticas de carácter social.

Actividad consultiva del Consejo en dos mil trece. En este punto de la memoria me refiero a dos partes principales: los datos relativos a la actividad del Consejo y las mociones y recomendaciones realizadas por la institución.

En cuanto a los datos relativos a la actividad del Consejo Consultivo, como decía antes, el Consejo Consultivo ha sido, estos diez años, el que ha tenido una mayor actividad del país –aún la seguimos teniendo, habiéndose aumentado la cuantía en los dictámenes en responsabilidad patrimonial-, más reducido en su composición y el que más ha visto incrementadas sus competencias. Mayor actividad, menor composición y más competencias son las notas características de nuestra institución.

De los 883 dictámenes aprobados en el año dos mil trece, 14 correspondieron al Pleno, 521 a la Sección Primera y 348 a la Segunda. No se emitió ningún voto particular. Durante el dos mil trece, el Pleno del Consejo celebró 20 reuniones; la Sección Primera, 48; la Segunda, 47 reuniones. Y aunque –vuelvo a insistir- su naturaleza jurídica sea distinta, el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales celebró un total de 43 reuniones.

De los 883 dictámenes aprobados, 13 se emitieron sobre anteproyectos de ley, de un total histórico de 113 dictámenes emitidos sobre anteproyectos de ley; 31 sobre reglamentos ejecutivos, de un total histórico de 244 dictámenes sobre reglamentos ejecutivos –recuerdo que estos en ningún caso los hacía, en su momento, el Consejo de Estado-.

La mayoría de los dictámenes se derivaron, un año más, de las consultas sobre la responsabilidad patrimonial de la Administración; en concreto, 742. En cuanto al resto de los dictámenes emitidos en dos mil trece, 45 lo fueron sobre revisiones de oficio, 38 sobre resolución e interpretación de contratos, 11 sobre recursos extraordinarios de revisión, 1 sobre legislación delegada, 1 convenio y una sola consulta facultativa.

Desde el punto de vista de la autoridad consultante, el 40 % de las consultas fueron remitidas por la Administración Local, el 60 % por la Autonómica y el resto por las Universidades de León y Burgos, respectivamente.

Finalmente, en cuanto al sentido de... de los dictámenes, 521 fueron desestimatorios, 125 estimatorios y 91 estimatorios parciales. En un total de 685 ocasiones, un 77,6 % del total de las consultas, existió plena coincidencia entre la propuesta de resolución y el dictamen emitido; quiero decir, en un 77,6 % de los casos hay coincidencia entre la propuesta de resolución que hace la Administración y el dictamen, ¿eh?, que emitimos como Consejo Consultivo. Dato que se eleva a más del 97 % de los casos cuando ya tenemos en cuenta las comunicaciones, las 684 comunicaciones oficiales recibidas por las Administraciones, sobre la resolución finalmente adoptada. En estos supuestos, la propuesta de resolución finalmente adoptada coincide con el sentido de nuestros dictámenes en más de un 97 % de los casos, lo que pone de manifiesto la auctoritas de la institución, es decir, el grado de aceptación de nuestras recomendaciones.

Capítulo de mociones y recomendaciones. En este caso se han hecho 5 mociones y recomendaciones, de las que se da cumplida cuenta en la memoria: una, sobre la tramitación de los anteproyectos de ley; dos, sobre el contenido de las normas y la técnica normativa; tres, sobre la duración de los procedimientos sometidos a plazos de caducidad; cuatro, sobre la realidad efectiva de las nuevas competencias atribuidas al Consejo Consultivo; y cinco, mociones... otras mociones y recomendaciones referidas a la responsabilidad patrimonial de la... de la Administración. Voy a referir ya muy brevemente.

Sobre la tramitación de los anteproyectos de ley. El procedimiento para la elaboración de los anteproyectos de ley impone unos trámites mínimos que, en todo caso, deben observarse por la Administración Autonómica. Se trata –como saben- de un procedimiento complejo donde deberá compaginarse adecuadamente la observancia y el respeto a las garantías previstas legalmente, con la celeridad y eficacia necesaria. Con tal fin, el Consejo Consultivo planteó tres recomendaciones: en primer lugar, un cumplimiento eficiente y ágil de los trámites previstos en el Artículo 77 de la Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad de Castilla y León; en segundo lugar, una modificación puntual de nuestra ley reguladora, a los efectos de que el Anteproyecto de Ley de Presupuestos no sea objeto de dictamen de carácter preceptivo –recomendación que se ha incorporado ya en la reciente Ley aprobada de Medidas para la Reforma de la Administración de la Comunidad de Castilla y León-; y, en tercer lugar, una tramitación electrónica del procedimiento de elaboración de los anteproyectos de ley.

Segundo. Contenido de las normas y técnica normativa. En cuanto al contenido de las normas, considera el Consejo que deben evitarse disposiciones con escasa fuerza normativa cuyo contenido consista, en gran medida, en meras declaraciones programáticas que tienden más a una formulación de intenciones que a la ejecución de acciones, que carecen de la adecuada concreción de derechos, garantías y medidas precisas para su efectividad.

La tercera moción o recomendación que les planteaba era sobre la duración de los procedimientos sometidos a plazos de caducidad, que se refiere, fundamentalmente, a... a los cómputos de plazo en relación a las revisiones de oficio y las resoluciones de contrato, con las recomendaciones contempladas en la memoria.

Finalmente, otras mociones y recomendaciones en relación a las reclamaciones de responsabilidad patrimonial. Como saben ustedes, la reclamación patrimonial de la Administración está contemplada en el Artículo 106 de la Constitución... 106.2 de la Constitución, desarrollada por la Ley de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas, Ley 30/92, de veintiséis de noviembre, y su propio reglamento (el Reglamento de Responsabilidad Patrimonial, aprobado por Real Decreto 429/93, de veintiséis de marzo).

En tal sentido, hemos establecido las siguientes recomendaciones:

En primer lugar, la importancia de la observación del procedimiento en las reclamaciones de responsabilidad patrimonial, ya que el cumplimiento del mismo no supone un obstáculo, sino una garantía para los derechos de los ciudadanos y una buena Administración. Es decir, la Administración no tiene la capacidad de disponer a su antojo del procedimiento administrativo, que no es ni más ni menos que una garantía de derechos y de una buena Administración.

En segundo lugar, sobre los procedimientos de responsabilidad patrimonial tramitados por las entidades locales, un año más incidimos en el carácter preceptivo del dictamen del Consejo Consultivo en estos procedimientos de responsabilidad patrimonial. Actualmente, la cuantía mínima objeto de dictamen es de 3.000 euros para las Administraciones Locales, y el Consejo Consultivo viene observando un comportamiento desigual en las diferentes Administraciones Locales. Debemos recordar por ello que en un procedimiento de responsabilidad patrimonial el dictamen del Consejo Consultivo es un trámite esencial, imprescindible, insubsanable y último, y que su ausencia vicia de nulidad el procedimiento tramitado.

Otra recomendación que hacemos es sobre la resolución de los asuntos en un plazo razonable. Como saben Sus Señorías, en el ámbito de nuestra Comunidad Autónoma, el Artículo 12 del Estatuto de Autonomía establece como derecho de los castellanos y leoneses el derecho a una buena Administración y consagra el derecho a un tratamiento imparcial y objetivo de los asuntos que les conciernan y a la resolución de los mismos en un plazo razonable. Hemos querido poner de manifiesto este año una práctica reiterada, que es la demora injustificada en la tramitación de las reclamaciones. De los dictámenes aprobados en dos mil trece, de los 742 mencionados, en un 54 % de los casos se ha hecho notar la advertencia del excesivo tiempo transcurrido desde que se inicia el procedimiento hasta que se formula la propuesta de la resolución. En algunos caso... casos, hablamos incluso de años, en los que el reclamante, por silencio administrativo -que no es una forma de responder la Administración, sino que es un mecanismo de carácter procesal-, se siente obligado a ir a la jurisdicción contenciosa para hacer valer sus derechos.

Observaciones sobre los estándares del servicio público; en particular, en relación con las reclamaciones sobre el mal estado de las vías públicas. Simplemente señalar que la obligación de la Administración Local de garantizar una adecuada pavimentación y conservación de las vías públicas no puede entenderse en términos absolutos -yo creo que hay que ponderar una serie de circunstancias y de cuestiones-, y que el Consejo Consultivo, desde este punto de vista, contribuye a fijar el estándar mínimo de calidad exigible en la prestación de los servicios públicos, lo que, sin duda, yo creo que tiene importancia especial en un contexto de crisis.

La edad y condiciones físicas. Bueno, aquí, el Consejo Consultivo ha ponderado, desde el punto de vista de fijar la responsabilidad de la Administración y de cuantificar la indemnización, la edad como una de las cuestiones que, en este caso, puede aumentar o minorar la responsabilidad. Postura que el Consejo Consultivo comparte con la mantenida por la doctrina y una jurisprudencia reiterada, especialmente –por citar una sentencia- la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, de veintiséis de enero de dos mil siete.

Y, finalmente, recordar, en cuanto a las referencias a la responsabilidad patrimonial, la importancia de la materia sanitaria, ¿eh? Contemplaba también el derecho a una... a una protección integral de la salud en el Artículo 13 del Estatuto de Autonomía. Mencionar –que decía antes- que 247 dictámenes sobre responsabilidad patrimonial de la Administración fueron emitidos sobre materia sanitaria, frente a los 200 emitidos en el año dos mil doce. Y destacar aspectos tales como la observancia en los distintos dictámenes de la lex artis, exigencias del consentimiento informado, asuntos relativos a la teoría de la pérdida de oportunidades, la acreditación de la prueba, la opción entre la sanidad pública y la sanidad privada, o el reintegro de gastos médicos, o las infecciones como consecuencia o con ocasión de los actos médicos.

Cerrado este capítulo de responsabilidad patrimonial de la Administración, la última recomendación que hace el Consejo Consultivo es sobre una realidad efectiva de las nuevas competencias atribuidas al Consejo Consultivo. Decía antes que la Ley 4/2013 ha... ha supuesto atribución al Consejo de nuevas competencias; también nuestra ley reguladora nos permite... o permite que pueda elaborar, a solicitud de la Junta de Castilla y León, estudios, informes o propuestas sobre asuntos relacionados con el cumplimiento y desarrollo del Estatuto de Autonomía -no dictámenes, por lo tanto; hablo de informes-. Y el Consejo Consultivo recomienda que se haga un uso efectivo de las nuevas competencias reconocidas, y muestra su plena disposición para pronunciarse, en su caso.

De esta manera –que al final me he dado un poco de prisa, porque me he dado cuenta que a lo mejor traía demasiada... demasiada materia-, concluyo la presentación de la Memoria del año dos mil trece, y quedo a su entera disposición. Recuerdo que fue aprobada en sesión pública y solemne el pasado veinticinco de marzo, y coincido ya de antemano con ustedes, Señorías, en que sería deseable que, en años sucesivos, este acto, este trámite parlamentario, se acercara lo más posible a la... a la aprobación de la... real de la memoria, que, en todo caso, tiene que ser en el primer trimestre, aunque soy consciente que el año que viene es un año de carácter electoral, luego difícilmente se va a dar cumplimiento a mi deseo. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Gracias, señor Presidente. Para fijar posiciones, formular preguntas o hacer observaciones, se procede a la apertura de un turno de los Portavoces de los distintos Grupos Parlamentarios. En representación del Grupo Mixto, tiene la palabra don José María González Suárez.


EL SEÑOR GONZÁLEZ SUÁREZ:

Sí. Muchas gracias, señor Presidente. Lógicamente, iniciar dando la bienvenida, la primera bienvenida a esta Cámara, al Consejo Consultivo en su totalidad. Y agradecer, pues la presentación que ha hecho el señor Presidente de la Memoria correspondiente al año dos mil trece, de la que ha hecho un extenso resumen, y que nos parece absolutamente oportuna, en la opinión de... de este Procurador, en la opinión de Izquierda Unida y en la opinión de UPL -del Grupo Mixto en su totalidad-, y por varias razones de peso, que voy a ir desgranando el porqué de la oportunidad de esta memoria y el porqué de la validez del trabajo del Consejo Consultivo.

En primer lugar, porque demuestra, una vez más, lo fundado de labor necesaria que ejerce el Consejo, en especial... -perdón, he aludido al Consejo de Cuentas... al Consejo Consultivo, perdón; va uno con las prisas de entrar tarde, unos minutos tarde, y ya...- de la labor necesaria que ejerce su Consejo, en especial en un año en el que comenzó la febril actividad legislativa de la Junta con un vuelco en la legislación vigente, en lo que tiene visos de un metafórico golpe de Gobierno para consolidar una legislación de corte conservador y neoliberal, que supone una grave ruptura con el proceso de una transición marcada por un cierto consenso político, plasmado en la redacción del corpus legal de nuestra Comunidad Autónoma. Volveré sobre esto con posterioridad.

En segundo lugar, porque los dictámenes del Consejo Consultivo constituyen un preceptivo control sobre los importantes deslices en los que incurre no solamente el Ejecutivo, sino principalmente el Ejecutivo en su fase de presentación legislativa.

Por último, el Consejo Consultivo resulta ser una garantía última de los intereses de los ciudadanos al velar por el recto entender de los procedimientos administrativos, tanto de la Junta como de los Ayuntamientos.

Dicho esto, algo que debiera ser de por sí obvio, pero que entendemos que hay que reafirmar, conviene repetir, para demostrar que no bajamos la guardia en defensa del Consejo, del Consejo que Su Señoría preside, y que en otro momento presidirá cualquier otra persona de esta Comunidad, y le compondrán cualesquiera de esta Comunidad -estamos hablando no de las personas, sino del Consejo y de sus funciones-. Porque la entrada en vigor de la nefanda -y yo digo chapucera- Ley 4/2013, que modificó la organización y funcionamiento de las instituciones propias de Castilla y León, al tiempo que otorgaba al Consejo Consultivo nuevas competencias, lo situaba bajo el control de las Cortes, con una Secretaría General para todas las instituciones propias de la Comunidad, algo que nosotros no entendimos, no apoyamos, presentamos alternativa; y seguimos sin entender. Lo apoyamos porque es legal, en estos momentos, pero no cejaremos en nuestro empeño de retroceder hacia la autonomía de estas instituciones.

El temor, tanto en las alegaciones del Procurador del Común como en las del propio Consejo Consultivo, a esta nueva organización se basaba en la posible pérdida de autonomía orgánica y funcional del Consejo. La propia memoria –usted ha aludido a ella- insiste en la doctrina establecida al respecto por el Tribunal Constitucional en la Sentencia 204/1992, que pone de manifiesto la competencia de las Comunidades Autónomas para crear órganos consultivos propios con garantía, con independencia, objetividad y cualificación técnica.

Tiene razón el Consejo al remarcar que el llamado Informe CORA, otro golpe de Estado administrativo... -al que muy permanentemente alude mi compañero del Grupo Mixto, el señor Valderas, que hoy me acompaña a... y acompaña... más que acompañarme a mí, acompaña al Consejo Consultivo, porque no es habitual que esté aquí; quiero que... que así conste, ¿no?- el Informe CORA es otro golpe de Estado administrativo, y no observa ninguna duplicidad en funciones y competencias asignadas al Consejo Consultivo de la Comunidad respecto al Consejo Consultivo estatal. Y me alegra habérselo escuchado a usted en sus reflexiones ante esta Cámara.

Aun así, el Consejo va salvando la situación como mejor puede, aunque hay que temer que el propósito recortes de... del Partido Popular siga vigente en estado electoral latente; y la Secretaría General parece haber actuado hasta hoy como órgano formal, sin interferir gravemente en la autonomía de estas instituciones –desde nuestro entender- hasta este momento, y esperamos que así sea. Lo digo claramente aquí, para que conste en el Diario de Sesiones.

Y mantuvo en ese ejercicio dos mil trece otra importante función el Consejo Consultivo, que es la de actuar como Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León. Se trata ni más ni menos que de garantizar el trato no discriminatorio y la igualdad de los licitadores en un procedimiento de contratación administrativa. En ese ejercicio, el Tribunal dictó, según su memoria, 75 resoluciones. Pero la otra cara de la moneda, no el número de... de resoluciones, tiene que ver sobre el peculiar método de contratación de la Junta y de sus empresas y entes públicos, que lo... representa casi de por sí lo que hemos visto en la... la urgente convocatoria de un Pleno ante la trama Púnica... -de un Pleno, perdón- de una Comisión ante la trama Púnica en nuestra Comunidad, y donde hemos visto que la Junta y los entes públicos también tenían contrataciones con empresas investigadas por la Audiencia Nacional.

El Estatuto de Autonomía es una garantía de estabilidad y continuidad de las instituciones propias, entre ellas la del Consejo Consultivo; pero tampoco. Lo es, pero no. Lo es desde el sentido que figuran las instituciones, pero la facilidad con que la mayoría absoluta modificó el funcionamiento de las instituciones y la composición puede hacer temer todavía mucho, y a peor en los tiempos que vienen, en estos meses que quedan de poder de mayoría absoluta del Partido Popular.

Nueva competencia del Consejo es la de emitir dictámenes sobre aquellas modificaciones urbanísticas que afecten a las zonas verdes o espacios libres, y parece oportuno señalar aquí, pues lo importante de esa función, en una Comunidad donde, desde la propia Junta de Castilla y León, que debiera velar por la legalidad y velar por los intereses del patrimonio ambiental y urbanístico de Castilla y León, ha habido actuaciones que han tenido que ser paralizadas por los tribunales; actuaciones legalizadas, aprobadas, firmadas, presupuestadas y con recursos públicos, que puso en marcha doña María Jesús Ruiz cuando era Consejera de la Junta de Castilla y León.

Una de las consecuencias de la Ley 4/2013 es la de separar el Consejo Consultivo de su anterior capacidad de emitir dictámenes sobre los Proyectos de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad, que tiene unas evidentes consecuencias para nosotros (para Izquierda Unidad, para UPL; para el Grupo Mixto) de ocultación, opacidad, arbitrismo, en aras de una supuesta aligeración de los plazos. Y, sin que supusiese crítica alguna, y mucho menos después de haberle escuchado a usted directamente, sí me ha sorprendido -que igual está escrito- que no se hiciese alusión a este asunto en la memoria, ¿no?, a esta... y a todo lo demás. Igual la lectura rápida nos ha impedido encontrarlo.

Y, finalmente, quiero acabar diciendo de la importancia de la presentación de la memoria aquí, en el Parlamento. Porque la memoria del Consejo Consultivo tiene que ser para la Oposición... -para los que hoy somos Oposición y para los que sean Oposición dentro de un año- tiene que ser fundamento, igual que el informe del Procurador del Común, para ver de la necesidad de avanzar en la concreción de la Oposición a partir de los informes y en base a reclamaciones realizadas por la ciudadanía y sociedad de esta Comunidad.

Y finalizo felicitándoles por... tanto por la estadística que presentan como por el trabajo serio que se deriva de esta memoria, y del que... y que conocíamos con anterioridad, trabajo serio, responsable, y animándoles a seguir en esta tarea. Gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Gracias, Señoría. También en un turno de fijación de posiciones, en representación del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra don Francisco Ramos Antón.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

Muchas gracias, señor Presidente. Señorías, yo creo que, en primer lugar, tenemos que manifestar nuestra satisfacción por... personal, y también en representación del Grupo Parlamentario Socialista, por participar en este... en este... primera presentación de la Memoria del Consejo Consultivo de Castilla y León en las Cortes de Castilla y León. Damos la bienvenida, por lo tanto, y agradecemos la comparecencia del señor Presidente, a los Consejeros y al resto de los miembros del Consejo que hoy nos acompañan.

Entendemos que la... las instituciones de... las instituciones democráticas se refuerzan en su ejercicio, y yo creo que algunos de los elementos que ha señalado el Presidente, como el hecho de que durante el año dos mil trece no se haya producido ni un voto particular y, por lo tanto, que todos los dictámenes se hayan emitido por consenso, justifica y ratifica esa voluntad de independencia, de objetividad y de competencia técnica a que también se ha hecho referencia. Entendemos que en ese ejercicio se legitima, en ese ejercicio crece el Consejo Consultivo como institución propia de la Comunidad, y creemos que también lo hace en esta presentación pública, ante los representantes de los ciudadanos de Castilla y León, de su memoria.

Nos centraremos, en nuestra intervención, en aquellos aspectos de la memoria que le parecen más significativos a este Grupo Parlamentario Socialista. Y, comenzando por el capítulo de las recomendaciones, en lo que afecta a la elaboración de leyes, pues es enorme la coincidencia de este Grupo con las consideraciones que plantea en su memoria el Consejo respecto a la necesidad de que se produzca una coordinación entre las diferentes unidades implicadas en la elaboración de una ley y, sobre todo, en que se evite la publicación de leyes puramente proclamativas; dicen ustedes en su memoria: de meras declaraciones programáticas, que tienden más a la declaración de intenciones que a la ejecución positiva de acciones, y que carecen de la adecuada concreción de derechos, de garantías y de medidas precisas para su actividad. Insisten ustedes en que es preciso no dejarlo todo al desarrollo reglamentario o... o a actos puramente de aplicación por parte de la Administración. Y plantean un techo mínimo en esta materia, que sería la reserva legal impuesta por el propio Estatuto de Autonomía.

En muchas ocasiones, este Grupo Parlamentario ha planteado en la Corte de Castilla y León, en algunos casos utilizando esa cita tan socorrida de Montesquieu, de que las leyes inútiles, pues devalúan también las leyes que... que son necesarias, y devalúan la propia actividad del Legislativo. Y, lamentablemente, con mucha frecuencia nos encontramos en estas Cortes ante este tipo de situación de leyes puramente, puramente, publicitarias, y que, por lo tanto, contribuyen a... en fin, a trasladar una imagen poco eficiente de las instituciones de la Comunidad.

Insisten también ustedes en la necesidad de una mayor coherencia en el conjunto del ordenamiento jurídico, contemplando los efectos de las normas que... de las normas jurídicas en otras normas preexistentes, un aspecto que, por otro lado, en muchas ocasiones, los propios letrados de la Cámara yo creo que contribuyen, de forma muy eficiente, a garantizar que esta... que esta recomendación suya se... se cumpla, precisamente porque no se cumple en el procedimiento de elaboración propio de la Administración Autonómica.

Insisten también en la necesidad de concreción del lenguaje jurídico y de precisión en el uso de los conceptos jurídicos. Ustedes ya saben, señores Consejeros, que en muchos casos el propio procedimiento legislativo, y sobre todo cuando en el Legislativo se insiste en la necesidad del consenso, es verdad que a veces, en esta materia, tengo que decir que seguramente es esta propia Cámara la que, en algunos casos o en la mayor parte de los casos, por... por mor de la voluntad de acuerdo y de la voluntad de... de negociación, pues es posible que haga que algunos de los textos jurídicos contengan expresiones poco precisas, expresiones en alguna manera ambivalentes, derivadas, pues de... de la transacción de voluntades y de esa necesidad de acuerdo. Lo mínimo –plantean ustedes-: evitar confusiones, desajustes o contradicciones en los textos de los proyectos de ley y también en los textos de la ley.

Por lo tanto, nos sumamos a la crítica a la Administración Autonómica -porque eso es... porque ese es nuestro papel- que encontramos en la memoria del Consejo, que hemos leído con algún... con algún detenimiento. Y también hacemos nuestra... en fin, tomamos notas de las recomendaciones que se planteen, aunque no estén dirigidas a nosotros, pero tomamos nota para nuestro trabajo legislativo en esta Cámara.

En lo que tiene que ver con las nuevas competencias -y también por... por no abordar con detalle, que ya se ha abordado aquí por el Presidente, en fin, los contenidos de la memoria-, en lo que tiene que ver con la realización de informes, propuestas o dictámenes, a iniciativa propia o a solicitud de la Junta de Castilla y León, relacionados con el cumplimiento y el desarrollo del Estatuto de Autonomía, sí que quisiera hacer una reflexión, en representación de este Grupo, sobre el interés que para nosotros, para la Cámara y para la sociedad de Castilla y León, tiene todo aquello que en las actuales circunstancias tiene que ver con el Artículo 13 del Estatuto de Autonomía, sobre derechos sociales, y singularmente lo relacionado con los derechos de las personas en situación de dependencia (Artículo 13.7), de las personas que... que se encuentran en situación de exclusión social, y de la efectiva aplicación de la Renta Garantizada de Ciudadanía (Artículo 13.9), centrándose en aquellas personas en efectiva situación de exclusión, que no pueden acceder a ella por razones de procedimiento o de la exigencia de documentación inaccesible, sobre todo cuando esta documentación tiene que requerirse desde una situación de falta de recursos -de recursos económicos y, frecuentemente también, de habilidades... de habilidades sociales, que configuran, precisamente, la etiología de la exclusión social-.

Nuestra preocupación está, y debe estar, en los datos de pobreza y... y exclusión que nos llegan cada día. Pero, si nos avergüenzan a todos los datos de pobreza y exclusión que nos aportan los organismos oficiales (como el Instituto Nacional de Estadística), ONG (como Cáritas), la verdad es que lo que nos sobrecogen son los datos sobre pobreza infantil, que, no nos engañemos, son los datos sobre la pobreza de los padres jóvenes, de las familias jóvenes. Pues bien, señor Presidente, señores Consejeros del Consejo Consultivo, el Artículo 13.6 del Estatuto de Autonomía establece que los menores tienen derecho a recibir de las Administraciones Públicas, con prioridad presupuestaria, la atención integral necesaria para el desarrollo de su personalidad y su bienestar en el contexto familiar y social. Mi Grupo no ve por ninguna parte esta prioridad presupuestaria en lo que se refiere a las cuentas de la Comunidad; no nos vamos a referir a otras Administraciones de Castilla y León. Entendemos que toda contribución a dar respuesta, una respuesta nada fácil, a los difíciles problemas de la pobreza, la exclusión y el aislamiento, que atenazan a la cuarta parte de nuestra sociedad y avergüenzan o deben avergonzar al resto, contribuye a la legitimidad de las instituciones y de quienes las servimos. Si trabajamos en esto con prioridad, estaremos haciendo sencillamente lo que tenemos que hacer. Quede como tal la simple sugerencia que a nosotros mismos aplicamos en nuestra actividad en estas Cortes.

En otro orden de cosas, señalar al Consejo Consultivo que en estos momentos está en proceso de trámite parlamentario –como sin duda conocen- la Ley de transparencia de la Comunidad de Castilla y León, y, en ese sentido, indicarles que estamos trabajando con sus documentos, con el informe del Consejo Consultivo, en materia de transparencia... que en materia de transparencia elaboró en su día.

Y, finalmente, una reflexión en lo que tiene que ver con las materias de responsabilidad patrimonial. Hemos visto en su informe... en su memoria un informe detallado sobre la responsabilidad patrimonial de las Administraciones y sobre los estándares exigibles del servicio, que nos ha parecido muy interesante y muy significativo. Haré una reflexión para terminar. Curiosamente, todos estos dictámenes hacen... en lo que tiene que ver con las Administraciones Locales, tienen que ver con las competencias locales sobre las condiciones materiales del espacio público, y ustedes llegan a señalar incluso, en fin, cuáles son aquellos niveles, en centímetros, en los que se considera que una acera está en buen o mal estado; insisto, sobre las condiciones materiales del espacio público local y la accesibilidad en relación con las diferentes capacidades de los ciudadanos. Yo quiero darles mi enhorabuena por esa parte del informe.

Y también querría señalar que puede que empiecen a plantearse responsabilidades patrimoniales a la... a las Administraciones Públicas, a la Administración Local y también a la Administración Autonómica, por el ejercicio de competencias sobre las condiciones sociales del espacio público, por lo tanto, por otras... por otras causas de incumplimiento o por otras razones de no hacer de las Administraciones en materia de ejercicio de sus competencias en materia social. Yo creo que las situaciones de necesidad social permiten predecirlo, y la apertura de esta puerta la verdad es que daría, sin duda, lugar a una verdadera avalancha. Yo creo que no debe descartarse y puede valorarse la necesidad, sobre todo, de que las Administraciones Locales estén prevenidas a este respecto.

Por lo tanto, hemos visto un muy detallado, ponderado y equilibrado informe sobre las reclamaciones de responsabilidad patrimonial, hemos visto la... a lo que se ha referido el Presidente como la auctoritas del... del propio Consejo, que yo creo que deviene también de... del propio consenso de sus dictámenes, pero de la... también de la aceptación de los mismos.

Y, finalmente, tengo que hacerles una pregunta, que es anecdótica, pero que a mí me llama la atención: señor Presidente del Consejo Consultivo, señores Consejeros, ¿por qué en la presentación de sus estadísticas la provincia de Palencia se sale del orden alfabético en el que están planteadas el resto de las provincias? Hombre, aunque solo sea para mostrarles que hemos hecho una lectura detallada de la misma. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Gracias, Señoría. Continuando con un turno de fijación de posiciones, en representación del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don Javier García-Prieto.


EL SEÑOR GARCÍA-PRIETO GÓMEZ:

Gracias, Presidente. En primer lugar, ¿cómo no?, agradecer la comparecencia del Presidente del Consejo Consultivo, de todos los miembros del Consejo y de la señora Letrada Jefe. Y también, ¿cómo no?, de todos los trabajadores de esa institución que han colaborado en la formulación del informe.

En segundo lugar, señor Presidente, agradecer también la exhaustividad de la memoria que hoy aquí nos presenta, que usted ha sabido resumir muy... muy certeramente. Y, por último, también expresarle, en nombre del Grupo Parlamentario Popular, el ánimo y el estímulo para seguir trabajando como órgano superior de la función consultiva en esta Comunidad Autónoma y también como órgano administrativo competente, en su condición de Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León.

Y sabemos, señor Presidente, que el Consejo Consultivo de Castilla y León es uno de los consejos más eficientes de todo el conjunto de España, que incluso con la reducción de recursos ha sabido aumentar su eficiencia y su efectividad, y, por lo tanto, también, Presidente, reconocerle ese esfuerzo.

Verá, yo creo que hay alguna cuestión central en el informe, en la memoria que usted presenta, que merece... que merece alguna reflexión. La primera es compartir su preocupación –como lo manifiesta en la memoria, ¿eh?- por la mejora permanente de la dotación de medios, tanto humanos como materiales, y fundamente –como ustedes señalan en esa memoria- la mejora de las dotaciones de medios electrónicos en lo que concierne especialmente... –y como usted de... señale- en lo concerniente a la tramitación de los procedimientos de elaboración. Yo creo que estar a la altura de las exigencias tecnológicas de la actualidad le confiere al Consejo también un mayor plus de eficiencia.

Y a mí, señor Presidente, se me ocurre alguna cuestión que me gustaría que en el segundo turno, en la segunda intervención, nos pudiera aclarar. Hay... es verdad que aquí se ha dicho una cuestión permanente, que es el funcionamiento del servicio público viario. Ha dicho el señor Ramos que se han fijado unos estándares mínimos, unos criterios. En primer lugar, me gustaría preguntarle cómo se fijan esos criterios, en lo que concierne a las condiciones materiales de la vía pública; y también comparto con el señor Ramos que sería también necesario, a lo mejor, también evaluar con esos estándares, o con otros, ¿eh?, cuáles son la calidad y el funcionamiento de los servicios no solo viarios, sino también sociosanitarios, por ejemplo, o de servicios públicos en general. Me parece que sería una buena aportación.

La segunda cuestión es que en el último... en el último de los epígrafes... bueno, perdón, de la memoria -en el penúltimo, porque el último corresponde a las imágenes, en el penúltimo- se incorpora un extracto de doctrina legal del Consejo y se dice que es un extracto. Yo no sé si esto es una cuestión que tiene carácter selectivo o carácter exhaustivo. Es decir, por qué se recogen justamente esos dictámenes y se les señala como relevantes, si es que son todos o es una parte que ustedes consideran que son los más acertados.

Y, en ese sentido, a mí también me gustaría saber –y por desconocimiento se lo pregunto- que toda la información que... que elabora el Consejo Consultivo tiene un reflejo en las redes informáticas, y si ese reflejo es un reflejo abierto o restringido. Se lo digo porque yo sé –porque así me lo ha hecho llegar- que muchos funcionarios –sobre todo secretarios e interventores de la Administración Local- están muy interesados, ¿eh?, en las resoluciones, en los dictámenes que elabora el Consejo, y sería bueno, ¿eh?, clarificarles si esa información –ya digo- está abierta o no está abierta. E incluso le sugiero, señor Presidente, que también desde el propio Consejo Consultivo se pudieran establecer algunos lugares de encuentro, como seminarios o algún aula de debate, para que estos funcionarios pudieran tener conocimiento cabal de las resoluciones del... del Consejo Consultivo.

Hay también, desde mi punto de vista, que resaltar alguna cuestión que está vinculada con el fondo de... con el fondo de la cuestión. Aquí también se ha dicho el abordamiento de determinadas normas y el... el buen hacer, ¿eh?, que tiene el Consejo, pero también, de verdad, yo creo que el Consejo Consultivo de Castilla y León está asumiendo cada vez funciones más importantes; funciones más importantes y además de muy amplio espectro, muy diversas, en la sustancia y en la formalidad. Por lo tanto, yo creo que sí que sería bueno también desde aquí pedir, ¿eh?, a la Administración Autonómica y a estas Cortes de proveer, en la medida de lo posible, una mayor asistencia y una mayor capacidad de funcionalidad del Consejo Consultivo de Castilla y León.

Ya, por último, y también como aquí se ha aludido a una provincia concreta, que es el caso de Palencia, yo también voy a aludir a una provincia, que es la suya y la mía, ¿eh?, la provincia de León. Porque, en verdad... y, no sé, de paisano a paisano, le digo y le pregunto: ¿por qué litigamos tanto los leoneses? Y no solo en el ámbito de este Consejo Consultivo, ¿eh?, sino también en el conjunto de la esfera judicial. Porque, hombre, yo creo que puede haber una proporcionalidad, una proporcionalidad entre el número de dictámenes y el número de habitantes o la extensión territorial; pero lo que no es cierto es que exista una correlación directa, estricta, ¿eh? -por lo menos en el caso de la provincia de León-, entre el número de habitantes y el número de dictámenes. Valladolid, por ejemplo, con mayor población, tiene un menor número, ¿eh?, de reclamaciones. Y a mí –ya le digo-, aunque sea a título anecdótico, me gustaría saber, señor Presidente, si usted nos puede aportar cuáles serían algunas de las características peculiares de ese carácter tan litigioso que tenemos los... los leoneses.

Por ir concluyendo ya, señor Presidente, mire, en tiempos tan difíciles y complejos como los actuales, ¿eh?, donde los ciudadanos están perdiendo –yo creo que con sobrados motivos- la confianza en el conjunto de los poderes públicos y también en sus representantes, creo que fortalecer los controles legales, las garantías jurídicas y agilizar los procedimientos –como está haciendo el Consejo Consultivo- constituye un factor muy importante para recuperar el crédito perdido.

Y ya finalizar. Y en el ámbito personal... personal, señor Presidente, tengo que destacar –porque le conozco, y le conozco bien- la entrega, el esfuerzo y ese talento y ese genio particular que usted sabe imprimir allá donde ha estado, y siempre en favor del interés público y del bien común. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Gracias, Señoría. Para contestar a las cuestiones planteadas, tiene la palabra el señor Presidente del Consejo Consultivo.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO CONSULTIVO DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR AMILIVIA GONZÁLEZ):

Muy bien. Muchas gracias. En primer lugar, quiero agradecerles a todos sus... sus intervenciones, el tono afectuoso de las mismas, y no tanto y no estrictamente en lo personal, sino con carácter institucional.

En relación a... al Portavoz de Izquierda Unida, José María González, quiero agradecerle públicamente el que siempre ha tenido un compromiso público con la defensa de las instituciones propias de la Comunidad Autónoma y, especialmente, en lo que se refiere con este Consejo Consultivo. Desde un primer momento hemos percibido la cercanía de José María González a... al Consejo Consultivo, y yo creo que lo ha hecho así porque entiende que las competencias que desarrolla el Consejo Consultivo, el control previo a la legalidad que... que lleva a cabo, pues es consustancial al Estado de Derecho. Por lo tanto, se lo agradezco expresamente.

En relación con alguna reflexión que ha hecho, pues decirle que nosotros, fundamentalmente, lo que hacemos es emitir dictámenes a los anteproyectos de ley, es decir, en la fase preparlamentaria, antes de que el proyecto de ley aparezca en estas Cortes y sea objeto de debate, de enmienda, por parte de los Grupos Parlamentarios. En esa fase preparlamentaria hacemos yo creo que una labor legislativa muy importante, con prudencia, con discreción, y el mejor dato que lo corrobora es el altísimo grado de reconocimiento por parte de las Administraciones. Para que lo podamos hacer necesitamos serenidad y sosiego, y ese es el motivo, y no otro, por el que el Consejo Consultivo no ha visto mal que deje de emitir dictamen al proyecto... al Anteproyecto de Ley de Presupuestos; no así a la Ley de Medidas. Es decir, ya son muchos los Consejos Consultivos que no querían emitir dictamen preceptivo ante el Anteproyecto de Ley de Presupuestos porque, por la premura y las características de dicho anteproyecto de ley, el Consejo Consultivo, en la práctica, carecía del tiempo suficiente para emitir un dictamen, al menos con las garantías que el Consejo cree que debe aprobarse. No es, por lo tanto, en este caso algo ajeno a la propia voluntad del Consejo Consultivo el que hayamos dejado de emitir dictámenes en relación con el Anteproyecto de Ley de Presupuestos.

Es muy importante –coincido con usted- que hayamos recuperado el dictamen preceptivo en lo que se refiere a la modificación de planes de ordenación urbana cuando afectan a zonas verdes o a espacios públicos protegidos; ha sido una reivindicación histórica del Consejo Consultivo, y yo creo que es una... un control de la... de la legalidad que en nada perjudica en estos contextos que además estamos viviendo ahora especialmente preocupantes para todos. Control de legalidad que hemos recuperado y que ha sido –reitero- una reivindicación histórica del Consejo Consultivo.

Y, finalmente, coincido con usted en la importante labor del Tribunal de Recursos Contractuales de la Administración, que está permitiendo depurar –¿por qué no decirlo?- de alguna manera la contratación pública. Fíjense que uno de los... las características de la contratación pública... de los recursos en materia de contratación pública es que el licitador a veces no impugnaba el contrato, la adjudicación, ante la Administración que promovía ese contrato; es decir, había -¿por qué no decirlo?- cierto temor a hacerlo. Hoy no solamente no existe ese miedo, porque es un tribunal independiente el que tramita el recurso especial en materia de contratación, sino que la tasa de éxito es elevadísima; lo que es, sin duda, una garantía para los particulares, para la contratación en general y para las Administraciones.

Y coincido con usted, finalmente, en la... en la oportunidad para este Consejo, desde el punto de vista institucional, muy importante, de poder aquí trasladar nuestro trabajo y darlo a conocer, que es un empeño permanente de este Consejo Consultivo desde que yo estoy en él, y antes, desde su propia creación.

Don Francisco Ramos, también otro querido amigo mío, porque aquí estamos... todos somos hoy conocidos de otras lides históricas, ¿eh? -José María González y don Francisco Ramos y un servidor, de la Federación Regional de Municipios y Provincias-. Pues, don Francisco Ramos me hace una serie de... de reflexiones sobre la elaboración de las leyes, sobre el contenido de las mismas. Obviamente, nosotros nos fijamos en los anteproyectos de ley; la elaboración ya de las... de las leyes –como bien señala él- es una decisión soberana de los Grupos Parlamentarios que forman parte de esta Cámara. Y hacemos observaciones a anteproyectos de ley, casi siempre aceptadas o con un altísimo grado de aceptación. Nada tiene de... de, por lo tanto... de extraño que el Consejo Consultivo discrepe -como es su obligación, por otra parte- con el Gobierno de la Comunidad cuando presenta anteproyectos de ley. Es decir, a veces se convierte en noticia lo que no debe ser; debe ser totalmente normal la discrepancia entre el Consejo Consultivo y la Junta en relación con algún anteproyecto de ley. Piensen que esa es nuestra labor, y nuestra labor es decir lo que creemos que debe, en cada momento, llevarse a cabo para que las leyes tengan el contenido adecuado y no buscar, bueno, otro tipo de... de finalidades. En este sentido –como saben-, cuando un anteproyecto de ley sigue las recomendaciones del Consejo Consultivo, puede utilizar la fórmula "de acuerdo con el Consejo Consultivo"; cuando no la siga, debe utilizar la fórmula "oído el Consejo Consultivo".

En relación con el estándar de servicio mínimo de calidad exigible a las Administraciones, ¿cómo lo fijamos? Pues hay una jurisprudencia, hay una doctrina contrastada, hay que ponderar una serie de cuestiones, hay que ponderar cuestiones de sentido común, ¿eh?, de acuerdo con la propia contrastación de unas y otras reclamaciones, las circunstancias de la vía, las propias características materiales de las obras públicas, etcétera, etcétera, de los viandantes. Es decir, lo importante es que aquí se trata de fijar un estándar mínimo de calidad exigible en un contexto de crisis. En los años cuarenta o cincuenta, un bache de 2 metros consideraba el Tribunal Supremo que no... que no infringía... -digo 2 metros; digo 40 centímetros, 60 centímetros- que no infringía la calidad mínima exigida a la Administración. Es cierto. Claro, ahora estamos llegando a considerar que un desperfecto de 2 centímetros ya genera responsabilidad patrimonial de la Administración. Pero ¿qué hace el Consejo Consultivo? Ponderarlo, ponderarlo, pues de acuerdo con las circunstancias, si es un lugar de tránsito para los peatones, si no es un lugar de tránsito para... si la entidad es lo suficientemente grande, si es visible, si es evitable, ¿eh? Es decir, hay una serie de... de circunstancias que hay que ponderar en todos los expedientes de responsabilidad patrimonial de la Administración. Y yo creo que eso, pues contribuye, evidentemente, pues a... en este contexto, a fijar también el papel de las propias Administraciones y a salvaguardar los derechos de los ciudadanos.

Muchísimas gracias a don Javier García-Prieto por sus palabras –con Javier García-Prieto me une una gran amistad histórica, y hemos, los dos, compartido aventuras en la vida pública, de la que los dos creo que tenemos un recuerdo entrañable-, y voy a intentar darle respuesta a... a sus preguntas, o a alguna de ellas, si soy capaz.

Páginas informáticas. Tenemos una página web donde se cuelgan todos los dictámenes del Consejo Consultivo, se cuelgan... se cuelgan con garantías, en ocasiones con anonimato, ¿eh?, para garantizar la protección de datos, pero todos los datos, todos los dictámenes del Consejo Consultivo se cuelgan en nuestra página web, como esta memoria, que está colgada desde hace varios meses.

¿Estamos llevando a cabo seminarios con... con funcionarios? Pues, evidentemente, no tantos como deberíamos, pero sí hemos hecho alguno. Los hemos llevado a cabo con la Diputación Provincial de Valladolid, para Alcaldes, Concejales y técnicos de los Ayuntamientos; con la Diputación Provincial de Palencia; con la Diputación Provincial de Zamora, para Alcaldes, Concejales y funcionarios; actualmente, con la Diputación de Zamora, han impulsado el Consejero Rey y Velasco un curso sobre... sobre la futura Ley de Transparencia para funcionarios de la... de la Administración Local de la provincia de Zamora. Es decir, intentamos hacer y participar en todos los seminarios a los que somos invitados, y –como he dicho-, en algún caso, organizar incluso nuestras propias jornadas.

¿La doctrina legal contemplada en el Consejo Consultivo? Pues, lógicamente, es una pequeña selección de la doctrina legal. Pensemos que hay diez memorias aprobadas, y cada una va... va incorporando alguno de los dictámenes que consideramos que aportan una doctrina legal, pues novedosa o, para ese año, relevante, y es el criterio de los propios Consejeros, expresado en los Plenos, los que sugieren incorporar uno u otros dictámenes a... a ese pequeño compendio que forma parte de la memoria. Lo más importante de la memoria, sin duda, son las mociones y recomendaciones contempladas a la Administración, que yo he resumido muchísimo, ¿no?, y yo creo que son un compendio de una magnífica doctrina jurídica; sinceramente, una magnífica doctrina jurídica para muchos supuestos, y que es una garantía –como decía antes- de una buena Administración.

Y, finalmente, en este caso, yo creo que voy a hablar bien de... –una vez más, ¿no?- de León –y aprovecho también para saludar a don Alejandro Valderas, ¿eh?, con el que también he compartido muchos momentos de mi vida pública, que nos acompaña en el Grupo Mixto-. Bueno, litigamos tanto... Hay que pensar que son las Administraciones consultantes la que pide los dictámenes, y hay que invertir el discurso, es decir, ¿por qué alguna Administración consultante no pide los dictámenes preceptivos? Es decir, no todos los Ayuntamientos, por ejemplo, piden los dictámenes preceptivos -voy a decir el pecado pero no el pecador-. Por lo tanto, que haya muchos dictámenes en una provincia significa que las Administraciones solicitan los dictámenes, y yo creo que, a veces... no siempre... no siempre lo solicitan, pero en un gran porcentaje. Esa es la primera respuesta.

La segunda. Hombre, en relación a León, como ocurre con Zamora, como ocurre también un poquito con Palencia y Soria, ha habido una tipología de dictámenes que ahora han salido ya casi de nuestro trabajo, por la... por la cuantía de... de 3.000 o 6.000 euros, en responsabilidad patrimonial sanitaria, que eran la irrupción de animales en la calzada, que son propios de la provincia de León, propios de la provincia de Zamora, propios de la provincia de Soria –en este caso, afectaban y afectan a la Diputación Provincial de Soria-, y esos dictámenes, bueno, pues han sido un número muy elevado que, año tras año, ha engrosado las filas de dictámenes en esa provincia.

Bueno, también influye, lógicamente, el porcentaje del número de habitantes, pero –insisto- son la... las Administraciones las que solicitan los dictámenes, y... y, en este caso, yo creo que es un buen dato. No es que se litigue tanto, sino que se cumple en este caso, por parte de las Administraciones, solicitando los dictámenes preceptivos.

Y, por mi parte, nada más. Volver a agradecerles a todos su... su tono y su intervención. Y coincidir en que creo que es muy bueno para el Consejo Consultivo, muy bueno también para... para estas Cortes y, en definitiva, para los ciudadanos que nuestro trabajo se conozca; nosotros hacemos un gran esfuerzo –créanme que lo hacemos, de verdad- para intentar dar a conocer nuestro trabajo, pero es muy complicado a veces por la cualificación técnica que tiene, por la naturaleza técnica que tiene, y, sin duda, que sean los representantes de los castellanos y leoneses, el pueblo de Castilla y León, los que escuchen hoy de... personalmente la... la presentación de esta memoria, va a contribuir, no tengo ninguna duda, a que nuestro trabajo se... se divulgue y llegue más... más cerca de sus auténticos destinatarios, que son los ciudadanos de Castilla y León. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Gracias, señor Presidente. Comunico a la Comisión que se ha renunciado al turno de réplica por acuerdo de los Portavoces de los diferentes Grupos Parlamentarios.

Señor Presidente, agradecemos las informaciones facilitadas a esta Comisión de la Presidencia; por supuesto, su disposición a comparecer siempre que sea necesario en sede parlamentaria. Este Presidente agradece y acepta también esa invitación -lo agradezco y lo acepto en nombre de la Comisión- a visitar la sede, que nos ayude también a esa cercanía que buscamos entre las Cortes de Castilla y León y la sede del Consejo, y el Consejo.

Y, dándole las gracias a usted y a los miembros del Consejo, se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las once horas cincuenta minutos].


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Sede de las Cortes de Castilla y León