DS(C) nº 566/8 del 27/3/2015









Orden del Día:




1. Comparecencia del Excmo. Sr. Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para informar sobre el Informe de Fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Cuéllar (Segovia), ejercicio 2011.

2. Comparecencia del Excmo. Sr. Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para informar sobre el Informe de análisis de la gestión económico-financiera y presupuestaria de las Entidades Locales de Castilla y León, ejercicio 2013. Entidades Locales Menores.


Sumario:






 ** Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos.

 ** El Presidente, Sr. González Reglero, abre la sesión.

 ** Intervención del Procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular).

 ** Intervención del Procurador Sr. Cantalejo Olmos (Grupo Socialista) para comunicar sustituciones.

 ** Primer punto del Orden del Día.

 ** La Secretaria, Sra. Álvarez-Quiñones Sanz, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para informar a la Comisión sobre el Informe de Fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Cuéllar (Segovia), ejercicio 2011.

 ** El Presidente, Sr. González Reglero, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los Portavoces de los Grupos Parlamentarios.

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Cantalejo Olmos (Grupo Socialista).

 ** Intervención del Procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular) para comunicar sustituciones y consumir su turno de Portavoces.

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para responder a las cuestiones planteadas.

 ** En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Cantalejo Olmos (Grupo Socialista).

 ** En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular).

 ** En turno de dúplica, interviene el Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.

 ** Segundo punto del Orden del Día.

 ** La Secretaria, Sra. Álvarez-Quiñones Sanz, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para informar a la Comisión sobre el Informe de análisis de la gestión económico-financiera y presupuestaria de las Entidades Locales de Castilla y León, ejercicio 2013. Entidades Locales Menores.

 ** El Presidente, Sr. González Reglero, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los Portavoces de los Grupos Parlamentarios.

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Ramos Antón (Grupo Socialista).

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular).

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para responder a las cuestiones planteadas.

 ** En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Ramos Antón (Grupo Socialista).

 ** En turno de dúplica, interviene el Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.

 ** El Presidente, Sr. González Reglero, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las doce horas veinte minutos.




Texto:

[Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Buenos días. Se abre la sesión. ¿Los Grupos Parlamentarios desean comunicar a esta Mesa alguna sustitución? ¿Por parte del Grupo Popular?


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Gracias, señor... a lo largo de... señor Presidente. A lo largo de... comunicaré las sustituciones.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. ¿Por parte del Grupo Socialista?


EL SEÑOR CANTALEJO OLMOS:

Buenos días, señor Presidente. Octavio Cantalejo sustituye a José Francisco Martín Martínez y Francisco Ramos Antón a José Ignacio Martín Benito.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señor Cantalejo. Doy la bienvenida a esta Comisión a don Jesús Jaime Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, que comparece ante esta Comisión para presentar diversos informes de fiscalización remitidos a las Cortes de Castilla y León por el Consejo de Cuentas. La tramitación de los mismos se desarrollará de conformidad con lo previsto en la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de siete de abril de dos mil nueve.

Primer punto del Orden del Día. Por la señora Secretaria se dará lectura del primer punto del Orden del Día.

Informe


LA SECRETARIA (SEÑORA ÁLVAREZ-QUIÑONES SANZ):

Primer punto del Orden del Día: Comparecencia del Excelentísimo señor Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para informar sobre el Informe de Fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Cuéllar (Segovia), correspondiente al ejercicio dos mil once.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Para la presentación de este informe, tiene la palabra el Excelentísimo señor don Jesús Jaime Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Muchas gracias. Buenos días. El presente informe forma parte del Plan Anual de Fiscalizaciones para el ejercicio dos mil trece. Su objeto es efectuar un análisis de diversas áreas de la actividad económica-financiera del Ayuntamiento de Cuéllar, mediante la realización de una auditoría de cumplimiento, con los siguientes objetivos: analizar la composición y organización del Ayuntamiento; verificar el cumplimiento de la normativa aplicable sobre los expedientes del presupuesto y de la liquidación; verificar la fiabilidad de los registros contables, en base al cumplimiento de la normas básicas contables y presupuestarias; comprobar el cumplimiento de la normativa concerniente a la cuenta general, así como la coherencia interna de los distintos estados que la integran. Fue aprobado por el Pleno con fecha veintitrés de febrero de dos mil quince. La publicación en la página web, tanto del texto íntegro del informe como de la nota resumen del mismo, tuvo lugar el veinticuatro de febrero de dos mil quince.

Alcance. El periodo al que se refieren las actuaciones fiscalizadoras es el ejercicio dos mil once, sin perjuicio de las comprobaciones que se han efectuado de otros ejercicios, por razones de coherencia. Se ha restringido la fiscalización a determinadas áreas, en particular las siguientes:

Por lo que respecta a la organización, se ha analizado la composición de los órganos de gobierno y la estructura de gestión administrativa del Ayuntamiento; se ha examinado la relación de puestos de trabajo, la plantilla de personal, y su correspondencia con las nóminas. Se ha comprobado el cumplimiento de la normativa en relación al presupuesto y a su liquidación. Se ha examinado la llevanza de contabilidad, en orden a verificar su correcto registro contable, conforme a la Instrucción del modelo normal de contabilidad. En lo que respecta a la cuenta general, se ha comprobado el cumplimiento de los plazos relacionados con su tramitación, aprobación y liquidación. Se han analizado los estados contables de tesorería, remanente de tesorería y el endeudamiento.

Limitaciones al alcance. Las limitaciones más importantes vienen dadas por la falta de la siguiente documentación: uno, no se han facilitado los cálculos efectuados por el Ayuntamiento para la determinación de la cifra de 296.135 euros consignada como saldo de dudoso cobro del remanente de tesorería, así como provisión para insolvencias; dos, no se han facilitado ni existe constancia de los informes trimestrales de intervención y tesorería exigidos por la Ley 15/2010, por la que se establecen las medidas de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales; tres, en el área de tesorería, la entidad Banesto no ha contestado a la circularización efectuada a los efectos de contrastar y conciliar la información; por su parte, la entidad Bankia ha respondido que no cuenta con información al respecto.

Alegaciones. Se remitió al Ayuntamiento el informe provisional para que formulara las alegaciones que estimase oportunas, al amparo de lo previsto en el Artículo 26.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo de Cuentas. Se concedió un nuevo plazo para la presentación de las alegaciones complementarias. Todas ellas han sido objeto de análisis pormenorizado para su aceptación o denegación.

Sobre la organización y el personal. El Ayuntamiento carece de relación de puestos de trabajo u otro instrumento organizativo similar aprobado por el Pleno, en contra de lo establecido en el Artículo 90.2 de la Ley de Bases de Régimen Local. La plantilla aprobada y publicada en el ejercicio dos mil once, que comprende 66 funcionarios y 4 puestos de personal laboral, no coincide con la plantilla efectiva, ya que, por una parte, existen 17 puestos vacantes, y, por otra, el Ayuntamiento ha mantenido en este ejercicio 154 relaciones de carácter laboral temporal no incluidas en la plantilla aprobada. Todo el personal no incluido en plantilla proviene de contrataciones de carácter temporal o de duración determinada, que, con frecuencia, es de acusada antigüedad, en contra del carácter temporal del contrato originario. También se observa que en algunas categorías profesionales a los que se adscribe el personal fuera de plantilla pueden identificarse con el desempeño de tareas burocráticas, que deberían ser realizadas por personal funcionario, lo que pone de manifiesto la ausencia de una ordenación del personal o recursos humanos del Ayuntamiento con criterios de racionalidad, economía y eficiencia, de conformidad con lo que establece el Artículo 91 de la Ley de Bases de Régimen Local. El Ayuntamiento tampoco ha aprobado la oferta de empleo público, de acuerdo con lo previsto en los Artículos 91.2 y 21.1.g) de la Ley de Bases de Régimen Local.

El puesto de Secretaría del Ayuntamiento de Cuéllar está clasificado como de clase primera, y su clasificación se remonta al año mil novecientos ochenta y ocho, cuando, por población, le correspondería segunda. Esta situación excepcional origina, tal como pusimos de manifiesto en nuestro "Análisis sobre el control interno de las Entidades Locales", una gran dificultad para cubrir los puestos con carácter definitivo, como lo prueba el hecho de que el puesto de Intervención ha quedado desierto en cinco concursos. Desde el año dos mil nueve lo ocupa, con carácter accidental, un funcionario propio del Ayuntamiento de Cuéllar.

Sobre el presupuesto de liquidación. En cuanto a la elaboración y aprobación del presupuesto del año dos mil once, se han incumplido los plazos establecidos en los Artículos 168 y 169 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales. En consecuencia, operó la prórroga prevista en el citado Artículo 169. El presupuesto aprobado ascendió a 7.266.815 euros, con una disminución del 3 % sobre el del ejercicio anterior. Habida cuenta que el presupuesto del ejercicio dos mil diez se liquidó con un remanente de tesorería para gastos generales negativo, de 437.931 euros, el Ayuntamiento incumplió con lo previsto en el Artículo 193 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, al no adoptar ninguna de las medidas previstas para su saneamiento. En los datos de liquidación de ingresos, destaca el Capítulo 1, correspondiente a impuestos directos, con el 38,45 % del total de los derechos reconocidos netos; mientras que en los gastos, los de personal y los gastos en bienes corrientes y servicios representan el 35,5 % y el 35,1 % del total de las obligaciones reconocidas netas respectivamente. La liquidación del año dos mil once arrojó una necesidad de financiación en términos SEC de 431.831 euros, por lo que el Ayuntamiento debió aprobar un plan económico-financiero de reequilibrio, cuestión que no hizo. En el ejercicio dos mil once no se ha aprobado ningún expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos, y la cuenta 413, de acreedores pendientes de aplicar a presupuesto, no se ha utilizado.

Sobre la llevanza de contabilidad. No se realiza adecuadamente el seguimiento y control de los proyectos de gasto, así como de los gastos con financiación afectada. No se realiza adecuadamente el seguimiento y control del endeudamiento ni del inmovilizado. No se efectúan las operaciones de periodificación de ingresos y gastos. No se aplica, con carácter general, el principio de devengo, y se acumulan de forma sistemática las diferentes fases de ejecución de gastos e ingresos. El estado de remanente de tesorería no recoge los saldos de dudoso cobro, que deben corresponderse con el saldo de la cuenta 409, de provisión para insolvencias.

Muestra de operaciones de gasto del ejercicio corriente. Todas las operaciones cuentan con justificante, a excepción de dos operaciones: una, relativa a una indemnización por razón del servicio, que no se encuentra debidamente justificada; y la otra, correspondiente al pago de una retribución a personal laboral de carácter temporal por encima de lo previsto en convenio. Con carácter general, se realiza la fiscalización de los gastos, con la excepción de tres operaciones, si bien no se produce la certificación de existencia de crédito prevista por la normativa presupuestaria de contratación. Hay tres operaciones que han sido reparadas por falta de procedimiento de contratación adecuado, por superar la cuantía de los contratos menores. En otra operación el reparo se refiere al incumplimiento del pliego de cláusulas y prescripciones técnicas del contrato, de forma que las prestaciones efectuadas por el contratista podrían ser inferiores al precio pactado y abonado por el Ayuntamiento. Una obra por importe de 3.000.000 de euros no ha quedado adecuada... adecuadamente contabilizada, de forma que se acredite la constancia de su adjudicación por el Pleno. Para la realización de pagos se ha utilizado el sistema de banca electrónica, no existiendo constancia documental del ejercicio de la competencia que sobre ellos corresponde al Alcalde, Interventor y Tesorero, según lo que establece el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales. Hay cinco operaciones en las que se ha producido la salida material de fondos con anterioridad a la fecha de ordenación y contabilización de pagos, en contra del principio de registro y del procedimiento de ejecución de los gastos.

Sobre la cuenta general. La formación, aprobación y rendición de la cuenta general del ejercicio dos mil once se ha producido fuera de los plazos previstos por el Artículo 212 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.

Sobre el análisis de estados contables. En cuanto a la tesorería, no existe plan de disposición de fondos, de acuerdo con el Artículo 187 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, y no existe constancia documental de la firma del Tesorero en la disposición y ejecución de los pagos. Hay necesidades transitorias de tesorería que requieren de la formalización de pólizas de crédito a corto plazo. El ejercicio dos mil once se liquidó con un remanente de tesorería para gastos generales de carácter negativo por importe de 397.263 euros, tendencia continuada, si bien decreciente; incluso el déficit hubiera sido superior si se hubiese aplicado de acuerdo... el acuerdo de dos mil siete sobre saldos de dudoso cobro, pues hubiera llegado a 859.860 euros negativos. El Ayuntamiento en dos mil once no adoptó ninguna medida de las previstas por el Artículo 193 para el saneamiento o depuración del déficit. El Ayuntamiento no ha elaborado los informes trimestrales previstos por la Ley 15/2010, de lucha contra la morosidad, referentes al cumplimiento de los plazos de pago a proveedores. El endeudamiento comercial a treinta y uno de diciembre de dos mil once ha ascendido a 1.270.939 euros. El endeudamiento financiero a la misma fecha era de 5.663.427 euros, inferior al ejercicio anterior, del cual un 76,8 % era a largo plazo y el resto a corto plazo. La operación de tesorería concertada en dos mil once, cuyo saldo a treinta y uno de diciembre ascendía a 890.942 euros, debió quedar cancelada al finalizar el ejercicio, de acuerdo con el Artículo 14.3 del Real Decreto-ley 8/2010, de veinte de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público. Hay una diferencia de 84.876 euros entre el endeudamiento contabilizado y el que se acredita por la Central de Información de Riesgos del Banco de España, como consecuencia de una operación de crédito contraída, sin que se haya producido la disposición efectiva de fondos, en contra de la forma de contabilización prevista en la Regla 29 de la Instrucción normal de contabilidad local.

El coeficiente de endeudamiento y el endeudamiento por habitante son superiores a los correspondientes a la media de los municipios situados en el estrato de población del Ayuntamiento; igual sucede con la carga financiera, tanto global como por habitante. El porcentaje de capital vivo sobre los ingresos corrientes liquidados, a fecha treinta y uno de diciembre de dos mil once, era del 82,1 %, por encima del 75 % previsto por el Real Decreto-ley 8/2010, por lo que el Ayuntamiento se vería limitado a la hora de formalizar operaciones de crédito a largo plazo para financiar inversiones. En el año dos mil doce se acogió al Real Decreto-ley 4/2012, solicitando un crédito de 599.756 euros, lo que ha supuesto la sustitución del endeudamiento comercial por el endeudamiento financiero a largo plazo.

Recomendaciones. Sobre organización y personal. Se debe aprobar una relación de puestos de trabajo o instrumento organizativo similar por el que se estructure y ordene el personal del Ayuntamiento, así como debe producirse una racionalización del mismo con criterios de economía y eficiencia. Dos, el Ayuntamiento debe solicitar al órgano competente de la Junta de Castilla y León la clasificación de puesto de Secretaría y, así mismo, el de Intervención, atendiendo a la población del municipio; con ello, el puesto quedaría clasificado de clase segunda, pasando de la situación especial en que se encontraba a la situación general prevista normativamente, de forma que se incrementasen las posibilidades de su ocupación por un funcionario con habilitación de carácter estatal, perteneciente a la subescala y categoría a la que el mismo se reserva; así se evitaría la necesidad de recurrir a nombramientos de carácter accidental, teniendo en cuenta las deficiencias detectadas relacionadas con la contabilidad y la función de fiscalización, en orden a garantizar el Ayuntamiento el desempeño de estas funciones públicas necesarias.

Sobre presupuesto y liquidación. Deben cumplirse los plazos de elaboración y aprobación del presupuesto, así como de formación, aprobación y rendición de la cuenta general.

Sobre la llevanza de contabilidad. A través del sistema de información contable, debe realizarse un adecuado seguimiento y control de los proyectos de gasto y del endeudamiento, así como realizarse las operaciones de fin de ejercicio. Cinco: debe aplicarse el principio de devengo y garantizarse la aprobación de los gastos por el órgano competente, evitando la acumulación sistemática de las diferentes fases de ejecución del presupuesto de gastos, salvo en los casos en que la naturaleza del gasto lo permita. Deben reconocerse y aplicarse presupuestariamente la totalidad de los gastos correspondiente a transacciones o prestaciones de bienes y servicios realizadas por el Ayuntamiento; debe aplicarse el principio de anualidad y temporalidad de los créditos. Debe ejercerse y desarrollarse plenamente para la totalidad de los gastos el control de legalidad o función interventora en todas sus modalidades.

Sobre análisis de estados contables. Se deben adoptar medidas de saneamiento de remanente de tesorería para gastos generales de carácter negativo, así como aprobarse los planes económico-financieros correspondientes en caso de incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria. Debe extremarse el ejercicio de las funciones de tesorería en relación con la forma de intervenir y formalizar los pagos, la tramitación y cancelación de las operaciones de tesorería y los de pago a proveedores y obligaciones de información inherentes; en consonancia con ello, se debe aprobar un plan de disposición de fondos. Debe controlarse el nivel de endeudamiento o porcentaje de capital vivo sobre los ingresos corrientes liquidados, ya que, de ser muy elevado, puede afectar gravemente a la capacidad para hacer frente a las obligaciones que derivan del crédito y, en general, a la situación financiera.

Opinión. Como resultado de la fiscalización efectuada, con el alcance y las limitaciones señaladas en el apartado 2, se emite la siguiente opinión:

Con respecto a la organización, el Ayuntamiento carece de instrumento por el que se regule y ordene de forma racional su personal o recursos humanos con criterios de economía y eficiencia. Se han detectado deficiencias relacionadas con el ejercicio de la función de contabilidad y la de fiscalización, ambas correspondientes a la intervención, así como con las de tesorería. En relación con ello, la actual forma de ocupación del puesto de intervención, mediante nombramiento accidental a un funcionario propio de la Corporación, no es la idónea para el ejercicio de las funciones inherentes a este puesto, situación inadecuada... siendo inadecuada la actual clasificación del mismo en clase primera, ya que se dificulta la posibilidad de su cobertura por funcionario con habilitación de carácter estatal o nacional, al que queda reservado. (Conclusiones 1, 5 y 6).

Con respecto al presupuesto y a su liquidación, se han incumplido las obligaciones relacionadas con la necesidad de proceder al saneamiento del remanente de tesorería de carácter negativo, así como las derivadas del incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, consistentes en la aprobación de un plan económico-financiero. Por otra parte, en relación con la tramitación de la cuenta general, se han incumplido los plazos correspondientes a su formación, aprobación y rendición. (Conclusiones 10 y 12).

En la llevanza de contabilidad no se realizan o no se hacen adecuadamente, a través del sistema de información contable, los seguimientos y controles previstos por la Instrucción de contabilidad, especialmente relacionados con los proyectos de gasto y endeudamiento; no se aplican adecuadamente, y en todo caso, los principios de registro y devengo, así como de anualidad o temporalidad de los créditos, y se acumulan de forma sistemática las fases de ejecución del presupuesto de gastos; no existe justificante suficiente del gasto correspondiente a dos operaciones de la muestra seleccionada. Referente a otra operación de la muestra, podría haber existido un desequilibrio entre el gasto realizado y pagado por el Ayuntamiento y la contraprestación realizada por el contratista o adjudicatario del servicio. (Conclusiones 15, 17, 20 y 24).

El Ayuntamiento carece de plan de disposición de fondos por el que se regule la ordenación de sus pagos; se producen, de forma sistemática, necesidades transitorias de tesorería que requieren la formalización de pólizas de crédito a corto plazo. Las necesidades o dificultades que se señalan se evidencian en la situación del remanente de tesorería para gastos generales, que resulta de carácter negativo, y, específicamente, en la situación del endeudamiento de carácter comercial, dado por las deudas con proveedores de bienes y servicios. No obstante, la situación de ese remanente de tesorería ha mejorado con respecto a ejercicios anteriores y el Ayuntamiento concertó en el ejercicio dos mil doce un crédito a largo plazo para el pago y liquidación de sus acreedores. Por su parte, como contrapartida, el endeudamiento financiero es elevado, situándose, a treinta y uno de diciembre de dos mil once, en relación con los ingresos corrientes liquidados, por encima del porcentaje previsto normativamente a efectos de poder concertar operaciones de crédito a largo plazo para financiar inversiones. (Conclusiones 35, 36, 37, 42, 46 y 47). Nada más. Y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Se abre un turno de intervenciones de los diferentes Grupos Parlamentarios. Por parte del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Cantalejo.


EL SEÑOR CANTALEJO OLMOS:

Muchas gracias, señor Presidente. Buenos días. Quiero dar la bienvenida, en primer lugar, al Presidente del Consejo de Cuentas, así como al resto de miembros de pleno... del Pleno, y a su equipo, que nos acompañan. Y quiero dar la bienvenida también a su trabajo, este trabajo de fiscalización de lo público, para que tengan más dificultades quienes quieran confundirlo con lo privado. Parece claro que todos los esfuerzos para controlar la gestión pública son necesarios, y el hecho de que los Ayuntamientos sean conscientes de que han de rendir cuentas, y hacerlo convenientemente, es una dificultad añadida para quienes no tienen reparos en confundir lo público con lo privado.

Me ha correspondido en esta última Comisión de Hacienda de las Cortes de Castilla y León esta intervención, en la que confluyen bastantes elementos subjetivos. Es mi última intervención en las Cortes –yo no estaré en la próxima legislatura- y, además, el asunto es sobre mi municipio, del que además fui Alcalde durante 10 años, y le tengo, como es natural, pues un cariño especial. No es fácil, lógicamente, abstraerme a estas circunstancias, pero intentaré exponer la posición de nuestro Grupo, y hacerlo valorando el informe del Consejo de Cuentas con elementos objetivos.

Pero vayamos al asunto que nos ocupa ahora: la fiscalización de algunas áreas del Ayuntamiento de Cuéllar, verificar el cumplimiento de la normativa aplicable sobre el presupuesto, la composición y organización de la entidad local, verificar la fiabilidad de los registros contables y comprobar el cumplimiento de la normativa de la cuenta general.

Igual que insistía en la necesidad de control de los Ayuntamientos, quiero expresar algunos elementos que también influyen en la gestión pública y, en particular, en la de los Ayuntamientos. Estamos en una sociedad demasiado burocratizada, y nuestro país, en particular, tiene una legislación muy garantista, lo que provoca bastantes dificultades para coordinar las entradas y salidas de fondos públicos. No descubro nada si les hablo de la dificultad para desarrollar una inversión municipal que tenga financiación externa: su planificación natural de aparecer en el presupuesto, ser aprobada y sacada a licitación se puede ver alterada en cuanto la Administración que vaya a cofinanciar la inversión se retrase en su compromiso, o que la inversión necesite, para que se cumpla la función para la que se desarrolla, más inversión.

Bueno, no voy a detenerme más en algo que creo que conocemos todos, pero soy consciente –repito- de las dificultades de acompasar la gestión pública con un escrupuloso control de los gastos inherentes, de ahí también la importancia de los técnicos municipales (Secretario, Tesorero e Interventor). En este contexto es en el que quiero situar el análisis del informe y la fiscalización del Ayuntamiento de Cuéllar.

Para empezar, creo que podemos ver en el... en las cuatro áreas mencionadas en el informe un común denominador: si en la organización del personal no hay criterios de racionalidad, economía y eficen... y eficiencia –perdón-, y se contrata con discrecionalidad; si en la normativa que regula los presupuestos aparecen plazos y procedimientos que el Ayuntamiento no sigue; si llevan la contabilidad con una hoja Excel, que no responde a las exigencias legales; y la cuenta general se rinde fuera de los plazos previstos, nos encontramos con un Ayuntamiento que tiene un Alcalde al que las normas le preocupan poco o nada.

Conocido el informe por parte del Ayuntamiento (informe que contiene 47 conclusiones, que, en realidad, son 47 llamadas de atención a otros tantos asuntos), el Ayuntamiento formula 23 alegaciones con tan escaso interés y fundamentación que son rechazadas todas y se mantienen, por tanto, las conclusiones del informe, que pone de manifiesto graves carencias e incumplimientos en la gestión municipal.

Hay algunas alegaciones en particular que provocan una sensación por lo menos de perplejidad. Por ejemplo, cuando se concluye que hay una retribución a personal laboral para la que no consta la justificación de la cuantía abonada, que es por encima del importe mínimo previsto en convenio, el Ayuntamiento alega que se trata de los honorarios de un matador de toros y que, aunque el convenio establece un importe de referencia, las partes -o sea, el torero y el Ayuntamiento- pues acordaron incrementar esa cantidad hasta 22.000 euros. Cantidad, que, bueno, que sobrepasa lo máximo permitido, que son 18.000 euros, para un contrato menor. O la otra que pone de manifiesto un reparo efectuado por el Interventor por el incumplimiento del pliego de cláusulas de un contrato por haber resultado las prestaciones inferiores al precio pactado y pagado por el Ayuntamiento. La alegación dice que, a pesar de que en el mencionado pliego se establece un personal mínimo a contratar por la empresa concesionaria, este Ayuntamiento considera que se compensa la deficiencia de unos con la demasía de otros. O sea, discrecionalidad absoluta e ignorancia de las normas y los contratos firmados, sin más.

Tampoco se observa por parte del Ayuntamiento ningún interés en atender las recomendaciones del informe. Nuestra primera consideración, sin perjuicio de las dificultades que hay y que ha tenido el Ayuntamiento de Cuéllar, es que no es razonable una actitud tan poco receptiva a participar activamente en una sociedad que se rige con unas normas. No solo parece desconocerlas, sino que tampoco hay disposición a aceptarlas.

Y quiero dar un detalle más: los reparos del Interventor. Cuando el Interventor está en desacuerdo con el fondo o la forma de expedientes de gasto deberá formular sus reparos por escrito, según dice el Artículo 215 de la Ley de Haciendas Locales. Y si el reparo afecta a una disposición de gastos, reconocimiento de obligaciones u ordenación de pagos, se suspenderá la tramitación del expediente hasta que el reparo haya sido solventado. Y esta discrepancia debe resolverla el Presidente de la entidad local -o sea, el Alcalde- o el Pleno si el asunto es de competencia de Pleno. En el caso que nos ocupa, en el caso del Ayuntamiento de Cuéllar, el Interventor del Ayuntamiento ha manifestado varios reparos, y así lo ha comunicado en el Pleno correspondiente. Sin embargo, el Alcalde no solo se niega a levantar los reparos, sino que niega la necesidad de que haya que levantar los reparos.

Y creo que lo que el informe pone de manifiesto es más grave en cuanto al concepto, en cuanto a la idea de que estamos ante un Ayuntamiento que no parece estar dispuesto a someterse a las normas que rigen la gestión pública. Yo creo que nos encontramos ante un Alcalde que está gestionando el Ayuntamiento como si fuera una empresa particular, en la que puede tomar decisiones discrecionales en función de lo que él considera adecuado. Y, bueno, pues ni que decir tiene lo serio que es todo esto y las consecuencias antidemocráticas que esconde una actitud de esta naturaleza.

Y esto es todo en la primera intervención. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Por parte del Grupo Popular tiene la palabra el señor Cruz García.


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Sí, gracias, señor Presidente. Sean mis primeras palabras para comunicar las sustituciones. Doña Victoria Moreno Saugar sustituye a don Daniel Sobrados Pascual y doña Isabel Hernández Morán sustituye a don Alfonso José García Vicente.

Y también para dar la bienvenida a la última comparecencia de esta legislatura al Consejo de Cuentas de Castilla y León, a su Presidente y a los miembros del Pleno, y así como al personal técnico que le acompaña, poniendo de manifiesto algo que creo que ha sido una realidad durante esta legislatura, que es el buen hacer del Consejo de Cuentas de Castilla y León en el intento de agilizar la tramitación de los informes de fiscalización ante esta Comisión de Hacienda; y la buena voluntad demostrada por los integrantes de la Comisión de Hacienda, que se pone de manifiesto en el día de hoy cuando escasamente es... el último informe se aprobó el cuatro de marzo y la legislatura se cierra en una comparecencia de nuevo del Consejo de Cuentas de Castilla y León ante esta Comisión de Hacienda, lo que pone de manifiesto la voluntad de transparencia también de estas Cortes de Castilla y León para culminar con todos los trabajos que había aprobado hasta la fecha el Consejo de Cuentas durante esta legislatura.

Dicho esto, yo discrepo sustancialmente de las manifestaciones del Portavoz que me ha precedido en el uso de la palabra. Y, efectivamente, este informe de fiscalización, como la mayoría de los informes de fiscalización que hemos visto y analizado a lo largo de esta legislatura, pues pone de manifiesto debilidades en la gestión del Ayuntamiento de Cuéllar.

No hay que olvidar que los informes de fiscalización que se han visto en esta legislatura, independientemente de cuál sea la composición de la Corporación, venían motivados porque había un... un hecho objetivo en todas ellas: es que normalmente eran Ayuntamientos de un cierto tamaño que no tenían como norma general rendir la cuenta general ante el Consejo de Cuentas. Y hemos visto Ayuntamientos tan importantes a lo largo de la legislatura como Arroyo de la Encomienda, como Toro, como Arenas de San Pedro. En este caso vemos el de Cuéllar. Y, efectivamente, en todos ellos había una tónica general, efectivamente, que no se rendía la cuenta general, una debilidad muy... muy clara y que ha puesto de manifiesto esa voluntad por parte del Consejo de Cuentas de fiscalizar la gestión económico-financiera del Ayuntamiento; y alguna otra, como también el incumplimiento sistemático del ciclo presupuestario.

Pero, hombre, cuando se cita aquí de que va a... se va a hacer una intervención objetiva, creo que la intervención que... del Portavoz que me ha precedido en el uso de la palabra tiene una enorme carga subjetiva. Una enorme carga subjetiva que se ha puesto de manifiesto en su intervención cuando él decía que es "mi ciudad", la ciudad de Cuéllar -ya más carga subjetiva que esa... lo dice todo-; y, obviamente, cuando pone de manifiesto también cómo en su intervención carga toda la responsabilidad sobre la persona del actual Alcalde.

Y diciendo que, efectivamente, hay debilidades en la gestión del Ayuntamiento de Cuéllar en este ejercicio dos mil once, también había que plantearse si esas manifestaciones que se han puesto de manifiesto, en el que se decía, por ejemplo, de... -y se citaba- de comportamiento antidemocrático de un Alcalde que ha tenido el respaldo de las elecciones... en las últimas elecciones del dos mil once mayoritario de la... de los ciudadanos de Cuéllar, y que también lo obtuvo, también, en las elecciones del dos mil siete con un apoyo masivo, hombre, citarlo de antidemocrático creo que no es una... una expresión, desde luego, acertada.

También plantear que dice que se incumple sistemáticamente y que por parte de esa Corporación se salta la legalidad. Creo que tenía que valorar ese uso del... de la palabra, porque me consta que tampoco cuando usted fue Alcalde se rendía la cuenta general en el año dos mil... en... en esos años, y usted lo sabe perfectamente. Y cómo también era... la gestión económico-financiera tenía también importantes debilidades. Y creo que en todos los Alcaldes, independientemente de la Corporación y del... del color de la Corporación, hay una voluntad inherente del cumplimiento de la legalidad, que se presupone, independientemente de quien esté.

Y, efectivamente, diciendo que, efectivamente, hay debilidades, que he puesto de manifiesto, en el ciclo presupuestario, en el hecho también, sobre todo, más llamativo de la ausencia de una relación de puestos de trabajo, que sí, efectivamente, es algo habitual en muchos Ayuntamientos, que se subsana, en cierta medida, con la plantilla que recoge el presupuesto, pero obviamente planteando que el Consejo de Cuentas ha denotado bastantes debilidades, he de decir una cuestión en la que se ha planteado decir la... la ausencia de voluntad por parte del Ayuntamiento. El Ayuntamiento de Cuéllar ha presentado alegaciones. Y, hombre, lo que se pone de manifiesto es que las alegaciones las ha presentado, y en la mayoría de los casos –y, si no, me puede corregir el Consejo de Cuentas-, de la mayoría de las alegaciones que se presentan a este informe y a la mayoría de los informes son excepciones. No es... la regla general es que el Consejo de Cuentas no las tenga en consideración, las elabore el Ayuntamiento de Cuéllar o las elabore cualquier otra corporación municipal, o incluso alguna institución autonómica.

Pero también hemos de poner de manifiesto algo que creo que no es cierto. Es que aquí se ha dicho que no hay voluntad de mejora y de atender la encuesta... las recomendaciones que ha efectuado el Consejo de Cuentas. Y yo ahí tengo que discrepar abiertamente, porque creo que hay una evolución desde el año dos mil once hasta el momento actual en positivo. Y la hay en algunos aspectos.

En primer lugar, en cuanto al cumplimiento del ciclo presupuestario. Simplemente, de analizar la gestión del Ayuntamiento de Cuéllar. Hoy ya está aprobado el presupuesto del Ayuntamiento de Cuéllar del dos mil quince, y en el dos mil catorce sí se aprobó ya en tiempo y forma; ha habido dos ejercicios donde se ha aprobado en tiempo y forma. Por lo tanto, sí se ha puesto de manifiesto una voluntad de tener en consideración las recomendaciones que ha efectuado el Consejo de Cuentas. Cuando llega el presupuesto de la Corporación para el año dos mil quince está aprobado en tiempo y forma, y también se aprobó el ejercicio presupuestario anterior, de dos mil catorce. También hay una voluntad de mejora cuando ya se está rindiendo la cuenta general. Es verdad que no se había rendido y es... sería no reconocerlo, pero ya hay una voluntad de rendir la cuenta al Consejo de Cuentas en tiempo y forma. Por lo tanto, creo que hay una voluntad de mejora.

Y también hay algunas fortalezas que se ponen de manifiesto en este informe para el dos mil once, y también de la evolución. Yo creo que es positivo que un Ayuntamiento, por ejemplo, como el tamaño de Cuéllar, no tenga empresas públicas, organismos autónomos, algo que prácticamente no se da ya en Ayuntamientos de estas características. Puede ser un hecho bastante positivo. Puede ser un elemento positivo, también, una fortaleza, el hecho de que la ejecución presupuestaria, tanto en ingresos como en gastos, se sitúe en los entornos de la media. O el hecho, por ejemplo, también, que se pone de manifiesto en este informe del dos mil once de que no haya reconocimiento extrajudicial de créditos, algo que la ley recoge perfectamente y pone de manifiesto el informe respecto al dos mil once.

Y en cuanto a la evolución, pues poner de manifiesto los hechos que... que he puesto de... respecto al ciclo presupuestario, que ya se viene cumpliendo, respecto a la voluntad de rendición de la cuenta general, y, sobre todo, respecto a lo que es la evolución del remanente de tesorería. Efectivamente, había un alto nivel de endeudamiento, había un remanente de tesorería negativo en ese ejercicio dos mil once. Pero que la evolución va en positivo, y, concretamente en el ejercicio dos mil catorce, ya el remanente de tesorería del Ayuntamiento de Cuéllar, según me consta, ya supera ampliamente de forma positiva más de 1,5 millones de euros. Por tanto, ha habido una voluntad y una evolución en positivo, como también lo pone de manifiesto la bajada importante en cuanto al nivel de endeudamiento, que ya se sitúa en torno o por debajo del 50 %, frente a la situación que pone de manifiesto el Consejo de Cuentas en este informe de dos mil once, que superaba con creces el 75 % de los ingresos corrientes.

Por tanto, creo que hay una evolución en positivo. Creo que este informe, como todos los que hemos visto en el Consejo de Cuentas de Castilla y León a lo largo de esta legislatura, viene cargado de algunas debilidades en cuanto sobre todo la relación de puestos de trabajo y en cuanto al ciclo presupuestario. Pero no hay que olvidar que la selección de estos informes por parte del Consejo de Cuentas, dentro de su autonomía y dentro de la incorporación al Plan Anual de Fiscalizaciones, en este caso concreto, del ejercicio dos mil trece, venía motivado porque había una tendencia –en este y en todos los Ayuntamientos- de no cumplir con la obligación de rendición de la cuenta; que, en este caso –como en otros que hemos visto-, se ponen de manifiesto debilidades similares, pero, desde luego, se pone de manifiesto una evolución en positivo y una mejora sustancial en cuanto a la gestión económico-financiera. Y también plantear que incluso en este informe del dos mil once, teniendo debilidades, también tiene algunas fortalezas, como he puesto de manifiesto en mi intervención. Nada más, y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señor Cruz. Para dar respuesta a las diferentes cuestiones planteadas, tiene la palabra el Presidente del Consejo de Cuentas.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Muchas gracias. En primer lugar, sí me gustaría poner de manifiesto que este informe, en su elaboración, se vio condicionado por otro informe que se ha realizado por mandato legal de estas Cortes de Castilla y León, que fue el Informe de Fiscalización sobre el Ayuntamiento de Valderas. Es decir, el mismo equipo que ha elaborado este Informe de Fiscalización sobre Cuéllar, ante el mandato de las Cortes, evidentemente, dimos prioridad absoluta al Informe de Fiscalización sobre el Ayuntamiento de Valderas, y eso ha supuesto, pues un... una ralentización en los trabajos de fiscalización del Real Sitio de San Ildefonso, que vimos en el pasado mes de septiembre... se remitió en el pasado mes de septiembre a esta Cámara, así como el Informe de Cuéllar. Eso es una de las razones que me gustaría dejar público conocimiento esta mañana, sin lo cual, pues, evidentemente, hubiéramos podido remitir este informe de fiscalización siete u ocho meses antes. Esa es una cuestión que yo creo que es bueno que tengan ustedes presente.

Después, otra de las cuestiones que ustedes ya saben que habitualmente explico en mi segunda intervención es sobre la existencia o no de indicios de responsabilidad contable. En este caso concreto, me gustaría ponerles de manifiesto que, a raíz de este informe de fiscalización, se detectó un indicio de responsabilidad contable, de acuerdo con lo que se decidió en el Pleno celebrado el pasado veintitrés de febrero. Exactamente, se refiere, Señorías, al indicio de responsabilidad contable que viene contenido en la conclusión número 23 y al párrafo de la página 45 del informe de fiscalización; en definitiva, la operación 200110005899. En el seno del Consejo de Cuentas se entendía que podía existir esa responsabilidad contable, y en esos términos se ha remitido.

Informarles que, con fecha doce de marzo, se ha recibido, por parte del Presidente de la Sección de Enjuiciamiento, Felipe García Ortiz, que estaba turnado ya esta... esta... indicios de responsabilidad contable y se iniciaba su tramitación.

También se han abierto diligencias preprocesales por el Ministerio Fiscal en el sentido de esta... este mismo indicio de responsabilidad contable a la que me acabo de referir, la conclusión número 23, pero también ven o quieren indagar sobre la conclusión número 20. Esa es la situación desde el punto de vista de lo que es los indicios de responsabilidad contable.

Al margen de eso, al margen de eso, se ha producido una denuncia, que el señor Cantalejos conoce perfectamente, y que en estos instantes significarle que se remitió al... al Tribunal de Cuentas la posibilidad de esos indicios de responsabilidades penales o contables en relación también a una situación similar a la que nosotros pusimos de manifiesto en el caso concreto del informe de fiscalización. Y significarles que, en estos momentos, también hemos recibido, por parte de la Fiscalía del... –perdón- del Tribunal de Cuentas, la comunicación correspondiente, poniendo de manifiesto que se pasaba al Departamento Primero de la Sección de Enjuiciamiento, comunicación que hemos recibido también con fecha doce de marzo. Esa es la situación en la que se encuentra el... tanto el informe de fiscalización como la responsabilidad contable que, en su caso, hemos nosotros detectado esa... ese posible indicio de responsabilidad contable que se ha detectado por el Consejo de Cuentas a la hora de aprobar este... y de examinar este informe de fiscalización, conforme al Acuerdo del veintitrés de febrero del corriente año, y esa denuncia que fue formulada el... el pasado año y que en estos momentos se encuentra en tramitación por el Tribunal de Cuentas.

En relación a lo que ustedes han expresado, pues, evidentemente, lo que pone de manifiesto es que se han leído de una manera detenida y exhaustiva el informe de fiscalización. Nosotros creemos que hemos hecho un... un buen trabajo. Que, evidentemente, este informe hubiera sido a lo mejor deseable haberlo visto con anterioridad, con... esos seis o siete meses antes; por eso me ha gustado y me ha parecido oportuno efectuar esa aclaración, ahora, en este... en este turno.

Y, evidentemente, también significarles otra reflexión que ustedes ya han comprobado en el último informe, en la última comparecencia que tuve. Es decir, a raíz del informe de seguimiento de recomendaciones nos permitirá comprobar si las entidades fiscalizadas cumplen con esas recomendaciones. En el caso concreto del municipio de Cuéllar no lo podremos saber formalmente en esta Comisión hasta el próximo año, habida cuenta que, como ustedes saben, el informe de seguimiento de recomendaciones se refieren al año precedente. Es decir, veremos los 21 informes que creo que hemos aprobado a lo largo del año dos mil catorce, si se han seguido las recomendaciones expresadas en los mismos; en el caso de Cuéllar, al haberse aprobado en febrero de este año, pues los analizaremos en el informe de seguimiento de recomendaciones que formularemos el próximo año, dos mil dieciséis.

Yo creo que aquí hay una cuestión de fondo en la que han incidido los dos, que yo creo que es importante, y que, desde el punto de vista del Consejo de Cuentas, es absolutamente prioritaria, y es el resolver el problema de la Secretaría. Yo creo que es una cuestión de importancia capital en el caso concreto del Ayuntamiento de Cuéllar, sin entrar en... en las otras consideraciones, que, por supuesto, mantengo íntegramente en la mañana de hoy. Pero hay una cuestión que yo creo que podría ser el principio de la reconducción de los muchos problemas que pueda tener, desde el punto de vista de la gestión ordinaria y cotidiana, el Ayuntamiento de Cuéllar, que es resolver el problema de la Secretaría, como acabo de decir. Y eso es cuando tengo la... la ocasión de exponer a raíz de las intervenciones que han formulado ustedes dos. Nada más, y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. En un turno de réplica, por parte del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Cantalejo.


EL SEÑOR CANTALEJO OLMOS:

Muy bien. Muchas gracias, señor Presidente. Bueno, creo que lo... el problema al que se refiere el señor Presidente del Consejo de Cuentas –y no quiero corregirle- creo que es la cuestión de Intervención, de... no de Secretaría, sino es el... el puesto de interventor. Bien.

Bueno, algunas puntualizaciones... Bueno, yo, cuando me he referido a lo de "antidemocrático", no tiene nada de antidemocrático un Alcalde elegido en un Ayuntamiento, para empezar; si es por mayoría absoluta, exactamente igual. Yo he estado hablando de comportamiento antidemocrático en... digamos que en los aspectos que aparecen recogidos en este informe. El Portavoz del Grupo Popular ve que hay una voluntad de mejora, hay una importante voluntad de mejora: se aprueba el presupuesto en tiempo y forma, también la cuenta general, etcétera, etcétera; y es cierto, y es cierto. Pero digamos que es más la cuestión formal que la cuestión de fondo; en la cuestión de fondo yo no he visto la voluntad de mejora por ningún lado.

Y, por otro lado, tampoco he visto... -vamos, tampoco he visto, es que no existe- por parte del Ayuntamiento de Cuéllar no he visto ninguna... no hay ninguna manifestación de que las recomendaciones que le hace el Consejo de Cuentas las asuma, las valore positivamente, esté de acuerdo con aceptarlas. Sencillamente, las ignora o no dice nada, o... o no dice nada.

Bueno, yo creo que en la primera intervención he puesto de manifiesto dos conclusiones, las dos conclusiones que se derivan, en mi opinión, del análisis del informe del Consejo de Cuentas, que yo creo que son las más importantes: por un lado, la mezcla o confusión de la gestión pública como si fuera una entidad privada; y, como consecuencia de esta concepción de la gestión de... es el desprecio o la negación a la obligación de respetar las normas y exigencias legales. Y hablo de los reparos, hablo de los contratos, hablo... "pues, bueno, lo que pone de menos esta empresa aquí, lo pone por otro lado, así que, bueno, vamos a dejarlo". Bueno, eso se puede hacer en una empresa privada, supongo; en una empresa pública no.

Y, bueno, ya en esta segunda intervención el Presidente del Consejo de Cuentas, bueno, nos ha dado cuenta de la posible existencia de indicios de responsabilidad contable y/o penal. Hay una responsabilidad contable o penal, o penal, y así ha sido trasladado al Tribunal de Cuentas del Reino de España. Y se ha puesto de manifiesto también, y se le ha pasado también a la Fiscalía. Aparte de la fiscalización, todo esto deriva de la fiscalización efectuada y también en la denuncia formulada por nuestro Grupo. Y la denuncia que hemos formulado no ha sido sin antes pedir explicaciones, aclaraciones y rectificaciones al Alcalde de Cuéllar; en concreto, de todos los... de todos los asuntos que figuran en la... en la denuncia, nosotros hemos hecho muchísimo hincapié en lo que nos parecía más importante, lo que nos parecía más grave.

Y, bueno, pues se lo explico con muchísimo gusto. Y bueno, no... no hemos tenido ninguna respuesta favorable a que pudiesen aceptar esta situación tan atípica. Me refiero al contrato del agua y saneamiento del municipio de Cuéllar. Desde el año... en el año dos mil trece termina el contrato –que era un contrato muy largo, de doce o trece o catorce años, no recuerdo-, termina en el año dos mil trece –hay un año de prórroga, hay un año de prórroga-, se agota el año de prórroga, y desde octubre... desde octubre, el municipio de Cuéllar tiene... digamos que el suministro agua y saneamiento, y lectura de contadores, etcétera, etcétera, lo está haciendo una empresa que no tiene ninguna relación contractual con el Ayuntamiento. Y, hombre, es un servicio fundamental, es un servicio que es de una cuantía, pues elevada. Y, bueno, que lo esté haciendo una empresa, así sin más, sin tener ninguna relación con el Ayuntamiento, pues bueno, no tiene ningún sentido. En cuanto detectamos esto, y lo detectamos por el informe de... del Consejo de Cuentas y lo detectamos también por los reparos manifestados por el Interventor, se lo planteamos al... al Alcalde de la Corporación, y, bueno, pues nos dio a entender que solo había esa posibilidad. Y, bueno, pues nosotros lo denunciamos porque nos parece que es nuestra responsabilidad y que es nuestro deber. En fin.

Estos hechos, en los que puede existir los indicios mencionados, bueno, pues yo creo que no hacen sino mostrar la actitud que llevo poniendo de manifiesto desde el principio, sin perjuicio de lo que dice el señor Cruz, y que tiene razón en una parte. Las normas yo creo que el Alcalde dice: no son para mí, yo hago lo mejor para el Ayuntamiento aunque sea ilegal -y lo ha manifestado así-, porque, de lo contrario, se produce una situación de quiebra económica. Así, literal. O sea, yo o el caos, ese es el planteamiento.

Y, bueno, yo creo que ese planteamiento no cabe en... en un Alcalde de un municipio. Y eso es lo que yo considero que es un comportamiento antidemocrático; eso es lo que yo considero, no lo otro.

De todas maneras, todo esto –como les decía- pues viene de la comunicación de unos reparos al Pleno municipal en lo que el Interventor alerta... primero, estos reparos no han sido levantados, y el Alcalde, a la petición de aclaraciones del por qué, ha respondido de... del por qué, ha respondido de nuevo que eso de los reparos no es nada. Insisto, cuando le hemos insistido con el levantamiento de los reparos, que dice el Interventor y que se lo manifiesta al Pleno de la Corporación, el Alcalde dice que no hay que levantar los reparos, que el Interventor tiene que plantear... leer los reparos en el Pleno y se ha terminado.

Bueno, yo entiendo que lo que nos está diciendo es que las normas son para los demás en todo caso, no para él. Yo insisto en la gravedad de estos hechos, y sobre todo en la actitud, porque, lejos de haber tomado nota -lo que decía el señor Cruz de voluntad de mejora-, en este... en este capítulo en particular, en... en este apartado en particular, pues yo creo que no está haciendo lo que debe hacer una... una Administración Pública.

Es más, les puedo... un ejemplo más. Hace muy pocas semanas, el Ayuntamiento de Cuéllar ha puesto a una empresa sin contrato, sin licitación, sin nada, a llevar la lectura y contabilidad de los contadores de los usuarios de la... de la calefacción centralizada de biomasa de Cuéllar. Y explicó... -en una comisión extraordinaria que tuvimos que... que pedir- explicó que les haría un contrato legal y todo más adelante. Pero, sin contrato ni nada, ha puesto a una empresa a hacer algo que... que, bueno, pues está... que no está amparado por ningún contrato.

En fin, lo razonable -en nuestra opinión- sería un toque de atención, y, desde luego, es necesario que las responsabilidades que haya se depuren. Pero este no es lugar, y a nosotros nos corresponde únicamente hacer una valoración política, y en este caso es evidente: las Administraciones Públicas deben ser un ejemplo constante en transparencia, rigor, equidad y cumplimiento de la ley, y no solo deben serlo, sino que además deben mostrar claramente que lo hacen. Y, desde luego, en el caso del Ayuntamiento de Cuéllar nos encontramos en las antípodas de este comportamiento. Y eso es lo que tengo que manifestar. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. En un turno de réplica, por parte del Grupo Popular, tiene la palabra el señor Cruz.


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Gracias, señor Presidente. Y con brevedad. Yo no tenía la sensación... ahora no sé si estaba en la Comisión de Hacienda, en el Ayuntamiento de Cuéllar, en el Pleno del Ayuntamiento de Cuéllar, pero, desde luego, creo que esta segunda intervención no es objeto de una intervención –le diría yo, con absoluta franqueza- de la Comisión de Hacienda de las Cortes de Castilla y León. Tiene uno la sensación de que la oposición llevada a efecto, y legítima, en el ámbito de la gestión diaria del Ayuntamiento de Cuéllar no debe tener una... un reflejo importante en el municipio cuando se trae aquí una intervención de estas características. Porque vaya por delante que yo desconocía el hecho que se ha puesto de manifiesto de esa responsabilidad contable, a qué asunto concreto se... se refiere, pero vaya por delante que usted ha dicho que ese asunto es del año dos mil trece; según su intervención, ha dicho que la prórroga del contrato vence en el año dos mil trece, difícilmente puede estar en consideración ese hecho puntual respecto a un informe del año dos mil once, porque la prórroga del contrato del agua, que yo desconozco, estaría en tiempo y forma hasta el año dos mil trece, y, por tanto, había un vinculación total entre la... la adjudicación... la adjudicataria del contrato y el Ayuntamiento de Cuéllar.

Dicho esto, yo sí he reconocido, efectivamente, que hay debilidades en la gestión, en dos aspectos fundamentales que se han puesto de manifiesto, y que el Consejo es siempre objetivo -lo hace con independencia del color político de la Corporación-, y, efectivamente, hay debilidades en cuanto a lo que es el ciclo presupuestario, en cuanto a lo que es la rendición de la cuenta, y lo que mantengo –y usted mismo reconoce- es que la evolución desde ese momento al actual ha sido una evolución en positivo.

En cuanto al ciclo presupuestario –porque eso es fácilmente comprobable-, es simplemente ver cuándo se ha aprobado el... el presupuesto del último ejercicio, y ya está aprobado en tiempo y en... en tiempo y forma -es decir, aprobado antes del treinta y uno de diciembre del... del año dos mil catorce-.

Respecto de lo que es la obligación de rendición de la cuenta, porque se observa perfectamente que ya se ha rendido la cuenta, el Consejo de Cuentas tiene abierto perfectamente esa información al conjunto de la ciudadanía, y, simplemente, esa comprobación la podemos efectuar en unos escasos segundos, y se comprueba que el Ayuntamiento de Cuéllar, por tanto, ya está rindiendo la cuenta general, y ha habido una evolución positiva en cuanto al endeudamiento, en cuanto al remanente de tesorería –que ya es positivo- y en cuanto a la gestión.

También se ponen de manifiesto fortalezas, a mi criterio –en ese caso, subjetivo-, respecto de lo que han sido otros informes de fiscalización de otras Corporaciones Municipales. El hecho, por ejemplo, de que la ejecución de ingresos y gastos estén situada en la media, el hecho de que no haya reconocimientos extrajudiciales de créditos o alguna otra fortaleza –que he citado en mi primera intervención- creo que son aspectos positivos.

Y, dicho esto, creo que su segunda intervención –y lo digo con el mayor de los respetos- era más propia del debate en el seno de la Corporación Municipal que en el seno de las Cortes de Castilla y León.

Y, por último, para finalizar, plantearle algo. Es decir, el criterio subjetivo de si se hacen o no seguimiento de recomendaciones es subjetivo, del Grupo Socialista o del Grupo Popular. El que vale es el que efectuará el Consejo de Cuentas en el... en las recomendaciones que efectúe en el seguimiento en el próximo ejercicio, porque para ello habilitamos al Consejo de Cuentas a que comparezca aquí una vez al año, para efectuar ese seguimiento y recomendaciones, en una ley aprobada, además, por el acuerdo de los dos Grupos que hoy intervienen en esta Comisión de Hacienda, que fue la Ley de instituciones básicas de la Comunidad, donde se reforzó la posición del Consejo de Cuentas en aras a mejorar la transparencia del conjunto de la Administración Pública de nuestra Comunidad. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señor Cruz. Tiene de nuevo la palabra el Presidente del Consejo de Cuentas.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Sí. Gracias. Muy brevemente. Solamente pues para hacer alguna serie de... de precisiones en relación con las intervenciones de ambos Portavoces.

Evidentemente, el problema del Ayuntamiento de Cuéllar es la Intervención. Es decir, yo le puedo decir que cuando tomamos posesión el actual Pleno del Consejo de Cuentas, en el año dos mil doce, fuimos citando a todos y a... y a cada uno de aquellos Ayuntamientos –si no recuerdo mal- en aquel entonces de más de 5.000 habitantes que no habían rendido cuentas en los últimos años. Entonces, citamos, en su día, al Ayuntamiento de Cuéllar, y fue acompañado por el Interventor accidental, que es como... que sigue siendo el mismo de aquel entonces.

Evidentemente, la Secretaría de primera lleva aparejada la Intervención de primera. Y ahí están obviamente desglosados ambos puestos de trabajo, pero lo que es importante es que esta Secretaría... que Cuéllar sea de segunda, y no tendrá dificultades para cubrir esta plaza en futuras convocatorias. Eso es... –si no me he expresado bien- es lo que quería manifestar. Pero lo que sí es cierto es que, como ponemos de manifiesto en el informe, cinco concursos ha quedado vacante el puesto de interventor, cinco concursos. Y eso es algo que tiene que llamar a la reflexión a todos, y que, evidentemente, el mantenimiento de primera de Cuéllar está produciendo esta dificultad para cubrir esa plaza. Y creo que en eso coincidiremos todos.

En cuanto a las intervenciones en relación a la responsabilidad contable y a la responsabilidad penal, voy a intentar ser lo más claro posible. Este informe de fiscalización está contemplado en el Plan Anual de Fiscalización 2013, que lo adoptamos en función del incumplimiento reiterado en el... lo que es la presentación de la rendición de cuentas, etcétera, etcétera, y ese es uno de los motivos por los que incorporamos Cuéllar, y lo referimos al año dos mil once. En función del año dos mil once, como he dicho en mi anterior intervención, en la página 45 decimos expresamente lo siguiente: "Todos los pagos realizados a lo largo del ejercicio dos mil once por este concepto cuentan con el mismo reparo de la intervención, mostrándose en desacuerdo con el gasto que se aprueba con posterioridad, sin referencia expresa a la resolución de la discrepancia planteada. En virtud de ello y estrictamente del contenido y descripción del informe de intervención, las prestaciones efectuadas por el contratista podrían haber resultado inferiores al precio pactado y abonado por el Ayuntamiento, por lo que un importe no cuantificado del mismo carecería de justificación". Eso es lo que nosotros lo llevamos a la conclusión número 23 y eso es lo que deducimos que pueden existir indicios de responsabilidad contable. Esa es una situación.

Y otra situación diferente es la que se produce como consecuencia de la denuncia formulada que en el año dos mil trece... desde el año dos mil trece ha vencido el contrato de mantenimiento y se siguen efectuando pagos. Entonces, a raíz de su denuncia, los reparos siguen existiendo, se analiza por el Consejo de Cuentas y llegamos a la conclusión de que pueden existir indicios de responsabilidades contables o penales, y en estos momentos está en poder del Tribunal de Cuentas, y ya he informado que el pasado doce de marzo se nos ha comunicado de que está remitido a la Sección de Enjuiciamiento.

Creo que... que de esta manera queda perfectamente claro lo que es la diferenciación de los indicios que hemos observado en el informe de fiscalización de lo que es la denuncia formulada con posterioridad, y que fue ratificada, si no recuerdo mal, el veintitrés de diciembre del pasado... del pasado año. Y eso es cuanto tenía que decir en relación a las intervenciones de ambos intervinientes. Nada más. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Finalizado el debate, de conformidad con lo establecido en la norma cuarta de la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de siete de abril de dos mil nueve, se abre un plazo de cinco días para que los Grupos Parlamentarios puedan presentar ante la Mesa de la Comisión propuestas de resolución relativas al informe de fiscalización que acaba de ser examinado. Dicho plazo finalizará el próximo sábado día cuatro de abril a las catorce horas.

Segundo punto del Orden del Día. Por la señora Secretaria se dará lectura del segundo punto del Orden del Día.

Informe


LA SECRETARIA (SEÑORA ÁLVAREZ-QUIÑONES SANZ):

Segundo punto del Orden del Día: Comparecencia del Excelentísimo señor Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para informar sobre el Informe de análisis de la gestión económico-financiera y presupuestaria de las Entidades Locales de Castilla y León, correspondiente al ejercicio dos mil trece. Entidades Locales Menores.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Para la presentación de este informe, tiene la palabra el Excelentísimo señor don Jesús Jaime Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Muchas gracias. El presente informe forma parte del Plan Anual de Fiscalizaciones para el ejercicio 2014. Fue aprobado por el Pleno celebrado en Burgos el cuatro de marzo del corriente año. La publicación en la página web, tanto del texto íntegro del informe como de la nota resumen del mismo, tuvo lugar el pasado cinco de marzo.

Es de señalar que el Plan Anual de Fiscalizaciones del año dos mil catorce incluye en su apartado 2, de "Fiscalizaciones especiales", el informe de análisis de la gestión económica-financiera y presupuestaria de las entidades locales de Castilla y León, ejercicio dos mil trece, el cual se circunscribe a las entidades locales menores, conforme a la acotación recogida en la parte introductoria del plan, cuando dice "al haberse optado por una fiscalización que afecte a un conjunto de entidades locales menores".

Indiscutiblemente, esta fiscalización también está afectada por el deseo de la Comisión de Hacienda de que en el año dos mil catorce se intensificase la colaboración con las entidades locales, al efecto de concienciarlas en la obligación legal de presentar las cuentas y de facilitarles la rendición de las mismas, en especial a las entidades locales menores, para evitar la aplicación de la Disposición Transitoria Cuarta, apartado 2, de la Ley 27/2013. Dicho cometido ha sido asumido por el Consejo de Cuentas con la puesta en marcha de diversas actuaciones, entre las que se encuentra la realización de este informe.

Objetivos. Es una fiscalización de carácter especial, para la cual, de acuerdo con las directrices técnicas, se establecieron los siguientes objetivos: analizar la magnitudes e indicadores económico-financieros y presupuestarios más relevantes; examinar la situación de las entidades locales menores en relación al cumplimiento de las obligaciones y plazos vinculados al ciclo presupuestario y contable; analizar los procedimientos de gestión relacionados con la contabilidad y la rendición de cuentas y las causas de falta de rendición.

Alcance y metodología. El periodo de referencia para las actuaciones es el ejercicio dos mil trece. El ámbito subjetivo es el conjunto de las entidades locales menores de Castilla y León, que en dicho año se elevaban a 2.224, salvo para el análisis de determinados aspectos, que se ha centrado en 117 entidades locales menores. Si bien la muestra afecta a todas las provincias, se refiere principalmente a León con 54, Burgos con 31 y Palencia con 20. Los trabajos de fiscalización concluyeron en noviembre de dos mil catorce.

Limitaciones al alcance. Como ya hemos expresado, al ser examinado el ejercicio dos mil trece, las limitaciones vienen condicionadas por el bajo nivel de rendición de cuentas de ese año, que llegó a las 1.245 entidades locales menores, es decir, el 56 % del total de la Comunidad.

Otra es la entidad local menor de Grandival, Condado de Treviño, que formaba parte de la muestra: pese a los reiterados requerimientos realizados, no contestó a los formularios, por lo que el muestreo se ha fijado en 116 entidades locales menores.

Se han detectado deficiencias en el registro contable de las operaciones derivadas de la inadecuada imputación presupuestaria de las mismas, lo cual ha constituido un impedimento para la identificación de las actividades y servicios desarrollados por las entidades locales menores.

Estructura de las entidades locales menores de Castilla y León. En el año dos mil trece, se encontraban constituidas 2.224, enclavadas en 441 municipios, siendo las provincias de León, con el 55,4 % (El Bierzo, con el 12,9), Burgos, con el 29,2, y Palencia, con el 10,2, las que cuentan con una mayor representación.

De los 5.911 núcleos de población existentes en Castilla y León, 2.372 están encuadrados en alguna entidad local menor, es decir, el 41... el 40,1 %. La población residente es de 281.283 habitantes, el 11,2 % del total regional, de los cuales el 83,4 % corresponden a León, el 9 % a Burgos y el 4,2 a Palencia. Si hablamos en porcentajes provinciales, el 50 % de la provincia de León reside en entidades locales menores y el 7 % en las provincias de Burgos y Palencia.

Si analizamos la población, resultan mayoritarias las entidades locales menores comprendidas en el tramo de población de 20 a 49 habitantes, con el 36 %, seguidas de las de población inferior a 20 habitantes, de modo que la mitad de las entidades menores cuentan con menos de 50 habitantes.

Sin embargo, hay 29 entidades locales menores que tienen una población superior a los 1.000 habitantes, de las cuales 28 están en León y una en Palencia.

Ha variado el número de entidades locales menores, si bien la tendencia que domina es la de supresión, motivada por la falta de candidaturas a los órganos rectores, ausencia de recursos económicos, progresivo envejecimiento de la población y despoblación del medio rural.

La gestión económica de las entidades locales menores y su situación económico-financiera. El sistema de información contable mayoritariamente aplicado por las entidades locales menores se ajusta al modelo básico de contabilidad local, con el 90 %, mientras que el modelo normal lo utiliza el 7,6 y el simplificado el 1,7.

Si examinamos los recursos, es de señalar que el 36,6 % de las 1.239 entidades locales menores gestionan entre 10.000 y 30.000 euros, seguidas de las que gestionan entre 3.000 y 10.000 euros, que suponen el 26,1 % del total. En conclusión, las entidades locales menores con ingresos no superiores a 30.000 euros representan el 72,1 %, 893, y en términos de población que representan el porcentaje es de 67,3.

La ratio de ingresos y gastos por habitante va de 1.280 a 17 euros en el caso de ingresos, y de los 1.214 a los 20 euros en el caso de gastos.

El importe agregado del presupuesto definitivo de ingresos, de las 1.239 entidades locales menores analizadas, ascendió a 49,4 millones de euros y el presupuesto de gastos a 45,8 millones. De los 3,6 millones de superávit agregado que arroja la diferencia entre ambos estados, más de 3.000.000 son de una única entidad local menor, y responde a lo prevenido en el Artículo 193.3 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.

De las 1.239 entidades locales menores analizadas, 1.190 aprobaron el presupuesto dos mil doce equilibrado y 49 el presupuesto definitivo con superávit.

La media de ejecución presupuestaria, según los datos de liquidación del presupuesto de ingresos, fue del 71,7 %, mientras que el grado de realización de cobros se elevó al 95,1, dato que puede deberse a la utilización del criterio contable de caja en vez del de devengo. En cuanto a la ejecución del presupuesto de gastos, fue del 75,5 %.

Las principales fuentes de ingresos de las entidades locales menores son los ingresos patrimoniales, que representan el 53 % de los derechos liquidados, seguidos de las tasas, con el 16,2 %, y de las transferencias de capital, con el 14 %.

En cuanto a los gastos de las entidades locales menores, hay dos grandes bloques: por un lado, los gastos en bienes corrientes y servicios, con el 49,7 % del total; y, por otro, las inversiones reales, con el 43,3 %.

Por el contrario, los gastos de personal, y esto me gustaría resaltarlo muy mucho en la mañana de hoy, suponen menos del 4 % de los presupuestos definitivos.

El importe agregado del resultado presupuestario arroja un saldo global positivo de 854.454 euros. Si acudimos a los resultados individuales, hay 718 entidades locales menores que presentan resultados positivos y 521 negativos.

El saldo agregado del remanente de tesorería para gastos generales en dos mil doce presenta signos positivos por importe de 51.021.032 euros; resultante de los fondos liquidados por importe de 53.334.703 euros; de los derechos pendientes de cobro, con 2.912.713 euros; y de las obligaciones pendientes de pago, con 5.169.110 euros. Individualmente, hay 14 entidades locales menores que presentan remanente de tesorería para gastos generales con signo negativo, destacando Navatejera, con un saldo negativo superior a 3.000.000 de euros.

En cuanto a los ingresos, se observa el protagonismo de los ingresos patrimoniales en todos los estratos, aunque tenga mayor peso en las entidades de menor población, que representan el 60 % de los ingresos totales, mientras que en el resto viene a suponer el 40 %.

Si analizamos los ingresos patrimoniales, mayoritariamente proceden de concesiones administrativas y aprovechamientos especiales, así como de rentas de bienes inmuebles, fundamentalmente rústicos. En cuanto a las transferencias recibidas, predominan las de capital en las de menor población y las transferencias corrientes en las entidades con mayor población.

En cuanto a los ingresos relacionados con la prestación de servicios públicos básicos, se observa que las de menor población son las que registran ingresos de este tipo, bien como tasa o como transferencia del Ayuntamiento. Más de la... de la mitad de las entidades locales menores de menos de 20 habitantes han reconocido derechos por este concepto, frente al 17,6 % de las entidades de mayor población.

Si nos fijamos en los gastos corrientes en bienes y servicios, el 64,9 % de los mismos corresponden a material, suministros y otros, y el 31,5 % a reparaciones, mantenimiento y conservación. El gasto por habitante tiene un valor medio de 100 euros, que va disminuyendo a medida que es mayor la población. Hay una horquilla que oscila entre menos de 10 euros para las entidades locales menores con población igual o superior a 1.000 habitantes a 447 euros para los tramos inferiores de población.

El gasto en inversiones presenta la siguiente distribución: 61 % se dedica a infraestructuras y bienes destinados a uso general; 29,8 % a inversión asociada al funcionamiento operativo de los servicios; y el resto a otras inversiones. Porcentualmente, el gasto en inversiones disminuye a medida que aumenta el tamaño de la entidad. Así, va del 59,2 % del gasto total en las de menor tamaño al 7 % en las de mayor tamaño.

Actividades y servicios ejercidos por las entidades locales menores. De las 523 entidades locales menores de las 2.239 que tienen ingresos tributarios derivados de tasas por prestación de servicios públicos básicos, si bien su cuantía económica no es elevada, el servicio de abastecimiento de agua es el que más destaca, seguido de alcantarillado, basura y cementerio.

De la muestra de las 116 entidades locales menores se constata que, de las actividades o servicios que prestan de forma ordinaria, son las fiestas patronales las que desarrollan de manera mayoritaria (con el 76,7 %), seguida de la conservación de caminos (con el 58 %), abastecimiento domiciliario (el 52 %), cementerio (el 44 %); el 30 % presta los servicios de alcantarillado y alumbrado público, y alrededor de la cuarta parte los servicios de limpieza viaria, pavimentación de vías públicas e instalaciones deportivas. Puede afirmarse que un gran número de entidades locales menores asume competencias delegadas que la normativa estatal señala como servicios mínimos municipales obligatorios.

En cuanto a los recursos percibidos por las entidades locales menores, de acuerdo con la muestra, la principal fuente de ingresos la constituyen los recursos provenientes de su patrimonio, como el arrendamiento por cotos de caza, aprovechamiento agrícola y de pastos. Si hablamos de ingresos tributarios, los más significativos los constituyen los recibidos en concepto de tasas por prestación del servicio de abastecimiento de agua.

En conclusión, puede afirmarse que las entidades locales menores financian sus servicios a través de ingresos patrimoniales, sin que el ejercicio de actividades o la prestación de servicios de índole municipal conlleve necesariamente la imposición y exacción de las correspondientes recursos tributarios que los financien.

El ciclo presupuestario y contable de las entidades locales menores. La evolución de la rendición de cuentas de las entidades locales menores ha sido muy favorable en los últimos años. Así, se ha pasado de un 17 % en dos mil nueve al 29 % en dos mil diez, 36 % en dos mil once y el 55 % en dos mil doce.

No obstante, hay que traer a colación los resultados que se han producido este último año, como consecuencia de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 27/2013. Al cierre del pasado ejercicio, ha rendido la cuenta de dos mil trece un total de 2.100 entidades locales menores, lo que supone un 94,4 %. Sin embargo, en cuanto al cumplimiento del ciclo presupuestario, se observa que solo el 4 % aprobó el presupuesto de dos mil doce con anterioridad al uno de enero.

Organización, funcionamiento y situación de las entidades locales menores en relación al cumplimiento de sus obligaciones contables. De las 116 del muestreo, el 94 % reconocen que son conscientes de la obligación de rendir la cuenta general ante el Consejo de Cuentas de Castilla y León. En cuanto a la posibilidad de disolución de las entidades locales menores, de acuerdo con la LRSAL, por la falta de presentación de cuentas antes del treinta y uno de diciembre de dos mil catorce, hay 12 responsables que lo ignoraban.

La situación contable de los ejercicios cuyas cuentas se encuentran pendientes de formar obedece a que las operaciones están pendientes de contabilizar en su totalidad. Así sucede respecto a los ejercicios dos mil once y dos mil doce. Ello pone de manifiesto que las entidades locales menores han dado prioridad a la contabilización del último ejercicio, en perjuicio de los precedentes, a la vista de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley de veintisiete de diciembre del dos mil trece.

En cuanto a los motivos que han dado lugar a los incumplimientos en algunas de las fases del ciclo contable, sucede lo siguiente:

Falta de formación de las cuentas. Además de la falta de contabilización de las operaciones en el SICCAL, destaca la inexistencia del presupuesto, la llevanza de una contabilidad administrativa de caja y la limitación de medios técnicos.

Falta de aprobación de las cuentas ya formadas. Las causas residen en la falta de personal cualificado para documentar y tramitar el procedimiento de aprobación.

Falta de rendición de las cuentas aprobadas. Las causas son variables, tales como: la cuenta no se ajusta al formato exigido, falta de personal cualificado o indefinición legal respecto al desempeño de las funciones de Secretaría de las entidades locales menores.

Por lo que se refiere al sistema del desempeño de las funciones de secretaría, la mayoría de las consultadas ha optado por una persona con capacidad suficiente (el 46 %), seguida del secretario del Ayuntamiento al que pertenece la entidad local menor (con el 34 %). Cuando se encomiendan las funciones de secretaría a otra persona con capacitación suficiente o a otra persona no funcionario, lo más frecuente es que recaiga en un vecino de la localidad (en el caso... sucede en el 74 % de los casos). Esto se da de manera preferente en Burgos y León, mientras que en Palencia se da el segundo caso.

Las entidades locales menores donde la persona que desempeña la Secretaría no asume las funciones de contabilidad optan mayoritariamente por recabar el apoyo de la Diputación o, en su caso, de la Comarca -así sucede en León-, mientras que la asistencia de empresas es más frecuente en Burgos y Palencia.

Por lo que respecta a los recursos materiales de que disponen las entidades locales menores para atender a sus obligaciones, las entidades locales menores de la muestra ponen de manifiesto las siguientes carencias: el 44 % no dispone de un espacio físico adecuado; el 23 % afirma disponer de un equipo informático idóneo para instalar el programa de contabilidad correspondiente; incluso disponiendo de equipos informáticos, en ocasiones no se encuentran ubicados en dependencias públicas, sino en domicilios particulares, ya sea del Presidente de la Junta Vecinal o en el del responsable de la Secretaría; más de la mitad carece de conexión a internet con banda ancha, necesaria para poder realizar la rendición telemática de la cuenta general.

Para resolver sus problemas de rendición de cuentas, las entidades locales menores acuden a la Diputación o Comarca en el 26 % de los casos, especialmente en León, mientras que la externalización está presente el 21 % de los casos, solución que se da fundamentalmente en Burgos y Palencia.

Recomendaciones. Teniendo en cuenta las conclusiones recogidas en el epígrafe anterior, se formulan las siguientes recomendaciones:

La Comunidad Autónoma de Castilla y León, conforme a las previsiones que ya se contienen en la Disposición Final Octava de la Ley 7/2013, de veintisiete de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, debería adoptar medidas legislativas orientadas a regular el mantenimiento, organización y modernización de las entidades locales menores en el marco de la legislación básica del Estado, teniendo en cuenta su tamaño y presupuesto. De forma particular, dentro de las nuevas medidas normativas, deberían establecerse unos estándares económicos y administrativos que, con carácter mínimo, deban cumplir las entidades locales menores para su mantenimiento.

Asimismo, convendría preverse como causa de disolución el incumplimiento reiterado de sus obligaciones presupuestarias y contables -incluyéndose de forma expresa como tal la falta de aprobación del presupuesto o de rendición de cuentas- durante varios años consecutivos.

Por parte de la Junta de Castilla y León debería procederse a la supresión de aquellas entidades locales menores que incurren en las causas de disolución contempladas en la actualidad por la Ley 1/98, de cuatro de junio, de Régimen Local de Castilla y León. Igualmente, deberían disolverse aquellas entidades locales menores que, pese a figurar en los registros de entidades locales estatal y autonómico, no ejercen ningún tipo de competencia, así como aquellas que no alcanzasen los estándares económicos y administrativos mínimos establecidos en la revisión normativa que se propone.

Las entidades locales menores deben dotarse de los medios administrativos adecuados que les permitan cumplir con las obligaciones inherentes a su condición de Administraciones Públicas.

El Registro de Entidades Locales, dependiente de la Junta de Castilla y León, debería completar e incorporar la incorporación requerida por su normativa reguladora, particularmente la relacionada con la extensión territorial, entidades singulares incluidas dentro de sus límites territoriales, así como las competencias que ejercen las entidades locales menores, tanto las delegadas expresamente por el municipio como las asumidas en su caso de forma tácita al amparo de lo previsto en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 1/98, de cuatro de junio, de Régimen Local de Castilla y León.

La Administración Autonómica, en línea con lo apuntado en la recomendación número 2, así como en lo previsto en el Artículo 12 del Decreto 215/2000, de diecinueve de octubre, debe igualmente proceder de oficio a la cancelación de aquellas entidades locales menores que se declaren extinguidas.

Las entidades locales menores deben ajustar su gestión económico-financiera a las prescripciones establecidas en la vigente normativa presupuestaria, y, a tal efecto, deberán elaborar, aprobar, ejecutar y liquidar sus presupuestos conforme a la estructura y contenidos previstos en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de cinco de marzo; en el Real Decreto 500/1990, de veinte de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/88 en materia de presupuestos; y en la Orden 3565/2008, de tres de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales.

Tanto la contabilidad como el contenido y rendición de la cuenta general de las entidades locales menores deberán igualmente ajustarse a las previsiones legales y reglamentarias recogidas fundamentalmente en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en las instrucciones de contabilidad citadas y en el Acuerdo del Consejo de Cuentas de Castilla y León 72/2010, por el que se regula el formato de la cuenta general de las entidades locales en soporte informático y el procedimiento para su remisión por medios telemáticos.

Asimismo, las entidades locales menores deberán aprobar y liquidar sus presupuestos, así como formar, aprobar y rendir sus cuentas dentro de los plazos previstos en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y normativa concordante.

Las Cortes de Castilla y León deberían instar, de la Administración del Estado, la revisión del actual régimen jurídico relacionado con el desempeño en las entidades locales menores de las funciones públicas necesarias de secretaría, control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria, contabilidad y tesorería, con el objeto de garantizar el ejercicio de dichas funciones en este tipo de entidades, actuación que podría instrumentarse fundamentalmente mediante el desarrollo reglamentario al que se refiere el Artículo 92.bis de la Ley 7/85, de dos de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Por su parte, la Comunidad Autónoma, en el marco de la legislación básica del Estado, deberá regular, en caso preciso, las especialidades que sobre dicha materia pudieran afectar al ámbito territorial de Castilla y León.

Entre otras soluciones, y para aquellos casos en los que la entidad local menor no disponga de puestos de trabajo reservado propio, en las nuevas medidas de carácter reglamentario propuestas en el punto anterior, convendría establecer unos índices obligatorios de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, tanto en los Ayuntamientos afectados como en los servicios de asistencia a las Diputaciones y de la Comarca, ajustando su número y clasificación (subescala y categoría) al número y característica de las entidades locales menores existentes en cada municipio, provincia o comarca. En la financiación de dichas medidas, deberían participar de forma destacada las entidades locales menores afectadas. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Se abre un turno de intervenciones de los diferentes Grupos Parlamentarios. Por parte del Grupo Socialista tiene la palabra el señor Ramos Antón.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

Muchas gracias, señor Presidente. Señor Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, yo quiero, en primer lugar, darle la enhorabuena por... por este informe, darle la... la enhorabuena al Consejo y al conjunto de los técnicos del Consejo también que han elaborado este informe, porque no deja de ser un informe sobre un hecho local excepcional que afecta de manera singular a Castilla y León. Si nosotros no hacemos este tipo de informes, realmente no lo va a hacer nadie, o no lo va a hacer nadie sobre este tipo de entidades locales. Las entidades locales de Castilla y León representan más del 66 % de las entidades locales del conjunto de España, y además con una singularidad.

Tenemos que plantearnos de qué estamos hablando. Está muy claro en el informe del Consejo, el 20 % de esta... perdón, el 24 % de estas entidades locales menores tienen menos de 20 habitantes; es decir, que allí no vive nadie, allí no vive nadie. En las entidades locales de menos de 20... 20 habitantes generalmente no vive nadie. El 57,6... en el 57,6 % de estas entidades locales son de menos de 50 habitantes. Probablemente en la mayoría de ellas tampoco viva nadie -alguna persona, algún ganadero, excepcionalmente-. Y en el 77,3 % de estas entidades locales menores tienen menos de 100 habitantes. Aquí puede vivir, pues el 25 %. En invierno, pues 8 o 10 personas, 12. Tenemos que saber de qué estamos hablando. Yo, pues tengo un conocimiento más directo de las entidades locales menores del norte de la provincia de Palencia, pero también conozco las de Burgos y León.

Por lo tanto, estamos hablando de un hecho local y de un hecho territorial especialmente... especialmente singular. Estamos hablando de un medio de extraordinaria fragilidad, de extraordinaria fragilidad social, de extraordinaria fragilidad económica y de extraordinaria fragilidad institucional. Fíjense, la... estamos hablando de una población que representa al 11 % del conjunto de la población de Castilla y León. ¿Saben a qué me ha recordado este 11 %? Esta es la población que las proyecciones de población a corto plazo del INE, a 10 años, prevén que, si las cosas siguen como hasta ahora, pierda Castilla y León en los próximos diez años. Es decir, que en los próximos diez años probablemente perdamos en torno al 10 % de nuestra población. Y la mayor parte de esta población que perdemos va a ser la población de estas entidades locales menores, porque el... el fenómeno de la regresión demográfica afecta de forma diferencial, de forma selectiva, a los núcleos territoriales más escasos y a los colectivos poblacionales, por otro lado, más dinámicos.

Por lo tanto, estamos hablando de una especie en peligro de extinción, sin ninguna duda, en mayor... en la mayor parte de estos casos. Yo creo, en lo que a mí me afecta, en la valoración que personalmente y que... y que comparte mi Grupo, hace de este informe, yo creo que presenta bien este informe esta realidad, presenta bien este informe la complejidad de esta realidad, habiendo puesto en... en relación los datos del nomenclátor de... del Instituto Nacional de Estadística con los datos de las entidades locales de población. Hay, por lo tanto, una realidad, que es una realidad compleja, que afecta a tres provincias de nuestra Comunidad, de unos territorios en un importantísimo riesgo de despoblación.

En lo que afecta... Por lo demás, yo creo que el Consejo está a lo que tiene que estar, ¿no?, en el contenido y en el núcleo del informe, a lo que es la capacidad de gestión y la calidad de la gestión presupuestaria de estas entidades locales. Que... que hay que ver también lo que son: el 72 % de estas entidades tienen presupuestos inferiores a 30.000 euros. Digamos que equivalen, en términos de salarios medios, a lo que sería una economía familiar de un solo asalariado, para situar las cosas en un orden de proporcionalidad. Pero es que el 85,9 tienen ingresos... perdón, y gastos... tienen un movimiento económico inferior a 50.000 euros. Por lo tanto, para que... para que sepamos dónde estamos.

Aun así, me ha sorprendido la capacidad de gestión que... que parecen mostrar las entidades locales, me ha sorprendido esa capacidad de gestión -para sí la querrían muchas Consejerías, y sobre todo muchos organismos autónomos de la... de esta Comunidad, por los datos que hemos visto aquí-; cuando vemos que en gestión de gastos estamos en un... en un... en una ejecución del setenta y cinco coma ciento por... 75,5 % de media, y con un índice de realización del pago... de pagos del 93,1, ya querrían los Ayuntamientos de Castilla y León que la Junta tuviera con ellos mismos, con los... y no digo un porcentaje de ejecución de presupuesto y de gastos como... como tienen las entidades locales menores, y no digamos nada sus proveedores. En cuanto al procedimiento de ingresos, pues lo mismo que decir.

Y en cuanto a su eficiencia, sorprendido. Es verdad que el Consejo de Cuentas propone reducir el elevadísimo y sorprendente nivel de eficiencia de esta... de estos... de estos... de estas entidades locales menores, porque dice: oiga, que tienen solo el 4 % de presupuesto destinado a personal, que hay que destinar más a este asunto. Pero claro, si destinamos más desracionalizamos, en los términos de LRSAL, ¿no? de la Ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local. Oiga, es que... Vamos, mándenle ustedes, señores del Consejo de Cuentas, esto al señor Montoro, que se entere. Oiga, que las entidades locales que él pone en cuestión son las entidades más eficientes que hay en España, que lo compare con lo que quiera. Vamos a ver, dónde hay el índice de eficiencia... Vamos, que la productividad de este personal es sorprendente, ¿no? No creo que nadie, ni nosotros, ni el Consejo de Cuentas, en fin, de los que estamos aquí, ¿quién es capaz de hacer más con menos? Estas son las entidades locales... las entidades públicas más eficientes que puedan existir en este país.

Y, luego, también me... me ha sorprendido la capacidad de gestión de servicios que muestran, ¿no? Es decir, bueno, organizan las fiestas. Claro, porque es lo lógico, organizan las fiestas porque en las fiestas es cuando está el censo de las entidades locales menores presente. Fuera de las fiestas seguramente el censo no estará... no está presente. Hay una elevada carga simbólica en la pervivencia de estas entidades locales menores. Que organicen las fiestas, pues es coherente, no debe de sorprendernos nada. Está muy bien. Yo quiero que las hagan. Pero es que luego gestionan un conjunto de servicios de prestación obligatoria por parte de los municipios mediante un proceso de delegación, que será fundamentalmente tácita -también se dice en el informe- más que expresa, y hay, en fin, una elevada capacidad de gestión. De modo que a lo mejor no lo hacen todo lo bien que deben hacerlo en términos de calidad de ejecución presupuestaria, pero da la impresión de que son útiles para sus ciudadanos. Eso es lo que desde nuestro punto de vista debe ser importante. A mí me ha sorprendido porque veo que son unas... unas instituciones muy útiles para sus ciudadanos, y que es verdad que a lo mejor gestionan esto un poco, pues como lo que es, entidades locales menores de 30.000... que gestionan al año 30.000 euros; pues como usted y como yo, o como cualquier entidad local menor. Seguramente, pues muchos de los gestores, pues tienen una... una economía muy superior en sus... en sus propias familias que en estas entidades, y se gestiona, pues, bueno, pues como se puede, ¿no?, como se puede –lo... cuestión que no estoy justificando, porque estamos hablando de entidades locales menores, pero estoy reconociendo esa perspectiva, ese hecho de la realidad-.

Por otro lado, parece que la supervivencia y la... la continuidad de estas entidades locales menores está ligada a la gestión de un... de un patrimonio que les es... que les es propio, que parece que es fundamental, ¿no? Sobre todo, un patrimonio de naturaleza rústica, que entendemos que será fundamentalmente montes, de algún tipo de montes, caza, etcétera, etcétera. Y, en fin, esta es una cuestión que me ha... que me ha sorprendido bastante.

Para no... para no ir más allá, en lo que tiene que ver con la... algún comentario sobre las recomendaciones, en lo que son las... la primera recomendación que se hace a la Junta de... a la... a la Comunidad Autonómica de Castilla y León de regular el mantenimiento, la organización y la modernización de las entidades locales menores, en el marco de la legislación básica, yo sí que quería destacar que, en mi opinión, yo creo que, a lo largo de esta legislatura, se han sentado –yo creo que sólidamente- estas bases en la Ley de Organización, Servicios y Gobierno del Territorio, en la que se ha quedado claro yo creo que cuatro cosas.

La primera cosa es que la Comunidad de Castilla y León, que... mediante una ley de estas Cortes, ha dicho que apuesta por las entidades locales menores y... y por su pervivencia, que no las pone en cuestión.

En segundo lugar, ha... ha garantizado, a través de esa ley, la persistencia de ese patrimonio público y del carácter público de ese patrimonio, cuya gestión debe estar orientada, además, a la prestación de servicios públicos. Y, además, ha establecido, en esa ley, un criterio que me parece relevante, que es el criterio de la solidaridad intramunicipal necesaria. No puede ser que, siendo el municipio la... el responsable de la prestación de servicios, sea, en algunos casos, la entidad local menor la que tiene más capacidad económica que el propio municipio. En fin, eso hay que ponerlo en cuestión y hay que ejercer desde la perspectiva de los servicios públicos –de los obligatorios primero y luego de los voluntarios- la gestión de ese... de ese patrimonio.

Hombre, esto es verdad que lo debiera de haber hecho esta Comunidad más pronto. También creo que las... las recomendaciones que se hacen, que están dirigidas al Gobierno de España, pues es verdad que va a ser difícil que se atiendan, porque este es un hecho del que nadie quiere oír hablar, porque es molesto desde el punto de vista de la percepción que se tiene de lo local fuera de esta Comunidad Autónoma. Fuera de esta Comunidad Autónoma, cuando tú hablas con municipalistas, es que no saben de qué va esto, es que no entienden nada, es que les molesta el propio hecho de... Molesta desde un punto de vista intelectual, quiero decir, porque no deja de ser un hecho excepcional, que ahí está, y que no se... no se sabe lo que representa.

Luego, usted, en fin, hacen –como es su... su papel, y así debe ser- recomendaciones sobre la dotación de medios administrativos adecuados. Yo creo que adecuados y proporcionados, ¿no?, y proporcionados.

Lo que tiene que ver con el Registro de Entidades Locales de la Junta, pues también, a lo mejor está olvidado. Yo creo que es un buen recordatorio, bien, pues que el registro esté adecuadamente planteado... En fin.

Y luego, lo que tiene que ver con el cumplimiento de las prescripciones establecidas en la vigente normativa presupuestaria. Hay que tener en cuenta... hay que hacer también una lectura por pasiva de esta... de esta cuestión. Están ustedes en su papel; yo creo que nuestro papel es el contrario, es hacer una lectura en pasiva. Es decir, la normativa presupuestaria tiene que reconocer esta realidad. Las entidades locales menores, evidentemente, tienen que cumplir la normativa presupuestaria mientras esté vigente; pero, ¡hombre!, los que hacemos las leyes tenemos que tener en cuenta este hecho. Porque aquí... yo creo que aquí viene a la cabeza... a mí me viene a la cabeza aquella descripción que de las leyes hacía Montesquieu, mucho... mucho más allá de sus aspectos formales. Montesquieu, en El espíritu de las leyes, en el... en el frontispicio dice que las leyes son las relaciones necesarias que se derivan de la naturaleza de las cosas. Un concepto de ley moderno, muy empirista, que dice que... que, en fin, que las leyes que se pueden cumplir se cumplen y las que no se pueden cumplir, pues no se cumplen. Y eso lo tenemos que tener en cuenta los... los legisladores, ¿no? Por lo tanto, ellos tienen que cumplir la ley y nosotros tenemos que saber para quién legislamos.

Y, finalmente, con esta consideración, yo creo que... reconociéndole su papel, creo que yo estoy tratando de... de que nosotros nos pongamos en el nuestro, y creo que el debate sobre las entidades locales menores tiene que... tiene que equilibrarse entre estos dos términos que he planteado:

El término de la utilidad. ¿Estas entidades locales menores son útiles para sus vecinos? ¿Son... son útiles para un modelo territorial de esta Comunidad que...? ¿Son útiles para dar valor al territorio? ¿Son útiles para mantener activos los valores de ese territorio, que son claves en la economía del futuro -el agua, fundamentalmente, como recurso de mayor valor en esa... en esa perspectiva-? ¿Son útiles estas entidades locales menores? Yo creo que hay que hacer esa valoración de la utilidad.

Y luego, naturalmente, está el debate de... de la legalidad. Y en ese debate está lo que hemos dicho: la necesidad de... de que se cumpla la legalidad –y yo creo que, aquí, las entidades locales... las Diputaciones y la Comarca del Bierzo tienen que... que trabajar más y mejor de lo que trabajan-; y luego está esa otra perspectiva de que, desde... desde el punto de vista del legislador, es necesario reconocer esta realidad. Y esto es un hecho demasiado propio de Castilla y León como para que sea reconocido en el ámbito de la legislación básica.

Y, finalmente, ya para concluir, creo que también tenemos que reconocer lo que estas entidades locales menores representan en términos de capital institucional en esta Comunidad, de pervivencia de formas tradicionales de autogobierno, de gobierno de proximidad. Yo creo que el gobierno de proximidad es un derecho que podría ser un derecho constitucional, que no lo es en este momento, y... y que a mí me gustaría que en algún... que en algún momento lo fuera. Y yo creo que esto tenemos que hacerlo valer. Creo que hay que valorar lo que representan en términos de formas singulares de vinculación de lo... de los ciudadanos con lo público, y, en definitiva, como formas institucionales de adaptación eficiente al territorio.

Hemos declarado muy recientemente la Semana Santa de Zamora como patrimonio... como bien de interés cultural de carácter inmaterial; magnífico, muy bien, yo creo que es una decisión acertada. A lo mejor tenemos que plantearnos... a lo mejor tenemos que plantearnos hacer reconocimientos de esta naturaleza a algunas de estas formas de gobierno desde las... desde las Juntas Vecinales.

Y ya, para concluir, diría que, si las entidades locales menores han sido unas grandes desconocidas, creo que la reforma local, en fin, yo creo que... que no ha servido para nada, ¿no?, más que para darnos trabajo y para enredar, para enredar, ¿verdad? Si pretendía otra cosa respecto a las entidades locales menores, lo que yo creo que ha hecho es que nosotros recordemos su existencia, que, de alguna manera, se pongan de moda. Y por esos... por esas... caprichos del destino, una reforma local orientada... digamos que estaba enfilando, tratando de entregar en bandeja de plata la cabeza de las entidades locales menores a las instituciones europeas, engañándolas y tratando de decir "oiga, que voy a quitarme de encima 3.000 municipios en España", siendo lo que no son, pues yo creo que, en este, como en otras materias, ha tenido la mala suerte de conseguir lo contrario. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Por parte del Grupo Popular, tiene la palabra el señor Cruz.


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Gracias, señor Presidente. Fíjese que puede ser una excepción, pero casi podría yo suscribir íntegramente la intervención del Portavoz del Grupo Socialista, que me ha precedido, salvo por la última consideración y por la referencia a una supuesta ineficiencia de la Junta de Castilla y León, que yo, desde luego, no comparto.

Pero, fuera de esos dos ámbitos, podría prácticamente suscribir íntegramente la intervención del señor Ramos, porque, efectivamente, lo primero que hay que poner de manifiesto es que este es un informe acertado, muy acertado –y hay que felicitar al Consejo de Cuentas por ello-, porque, como él ha puesto de manifiesto, ninguna Comunidad debe elaborar un informe si no es esta respecto a las entidades locales menores. Y que ha puesto de manifiesto yo creo que dos cuestiones importantísimas: la primera, la utilidad de las entidades locales menores en el ámbito de nuestra Comunidad; y la eficiencia. Es verdad que la eficiencia no es comparable en el ámbito del tamaño y de la gestión, pero, desde luego, se pone de manifiesto una eficiencia importante respecto de lo que es la gestión patrimonial -se ha puesto de manifiesto-, hay una gestión patrimonial de recursos vinculados a inmuebles rústicos, aprovechamientos forestales de montes de utilidad pública, que repercute en servicios.

Y, desde luego, quiero poner de manifiesto algo muy importante, que es que la Junta de Castilla y León y esta Comisión de Hacienda y estos Grupos Parlamentarios han defendido la existencia de las entidades locales menores de forma fehaciente. Y lo han hecho, como ha dicho el señor Ramos, en la Ley de Ordenación y Servicios del Territorio y en la defensa ante la espada de Damocles que colgaba sobre las entidades locales menores, que se hizo en la Comisión de Hacienda, cuando se instó al Consejo de Cuentas a que colaborase en la labor de concienciación de la rendición de cuentas, recordando lo que regulaba la Ley de racionalización de la Administración Local, que planteaba en su Disposición Transitoria Cuarta la posibilidad de disolución de las entidades locales menores que no rindiesen la cuenta general a treinta y uno de diciembre del dos mil catorce. Y ahí se la... hubo una propuesta del Grupo Parlamentario Popular, respaldada por todos los Grupos de esta Cámara, para que el Consejo colaborase, junto con la Junta de Castilla y León –que apostó con recursos económicos para facilitar la rendición de la cuenta general- y frente... también la colaboración de las Diputaciones, para que en las tres provincias donde tienen un mayor peso (en las provincias de Burgos, de Palencia y de León) las entidades locales menores pudiesen rendir la cuenta general.

Y se ha puesto de manifiesto además la positiva evolución, también en este sentido, de la rendición de la cuenta, cuando se pone de manifiesto en el informe que en el año dos mil diez prácticamente era el 19 % las que rendían la cuenta general, de las 2.224 actuales -en algún momento de esta legislatura hubo 2.232-, la realidad es que ha habido una evolución muy positiva, para llegar al objetivo final de que el treinta y uno de diciembre del dos mil catorce más del 94 % de las entidades locales menores de Castilla y León rindieron la cuenta general, a pesar de la escasez de recursos que gestionan, como ha puesto de manifiesto este informe.

Por lo tanto, ha habido una defensa unánime de los Grupos de esta Cámara en defensa de las entidades locales menores por ese papel de utilidad y de eficiencia que pone de manifiesto este informe elaborado por el Consejo... por el Consejo de Cuentas. Por eso decía yo que podía, prácticamente, suscribir íntegramente las palabras del Portavoz que me ha precedido en el uso de la palabra, el Portavoz del Grupo Socialista, dentro de lo que es una excepción en esta Comisión de Hacienda, porque normalmente la confrontación es la tónica general en el debate en el seno de la Comisión. Pero la verdad es que aquí estamos de acuerdo. Se ha puesto de manifiesto en la elaboración y en la aprobación conjuntamente en la Ley de Ordenación de Servicios y de Gobierno del Territorio, y se pone de manifiesto en la defensa y en la felicitación al Consejo de Cuentas por este informe, que creo que pone de manifiesto esos dos aspectos fundamentales: la eficiencia en la gestión, la prestación de servicios fundamentales en el territorio, y lo positivo de los efectos. Decía el Portavoz del Grupo Socialista que tenían, pues, un efecto positivo en el ámbito territorial; pero también, no olvidemos, tienen un efecto muy positivo en otro ámbito, para mí clave, que es el ámbito medioambiental. Si queremos preservar el medio ambiente tenemos que defender la realidad territorial de Castilla y León, porque eso es un elemento clave.

Y, desde luego, coincido en la última apreciación: hay algunos municipalistas que piensan que un Ayuntamiento pequeño es Parla, y una entidad local menor puede ser Alcalá de Henares. Pero la realidad de Castilla y León es muy distinta a la del conjunto de las Comunidades Autónomas, y por eso creo que hemos coincidido en la defensa a ultranza de nuestro municipalismo, en esa ley, y también, dentro de ese municipalismo, de las 2.224 entidades locales menores.

Yo ya anuncio que renuncio a mi segundo turno de intervención. Y quiero finalizar planteando que ha sido un honor trabajar en el seno de la Comisión de Hacienda como Portavoz del Grupo Popular, y que hemos aprendido mucho de sus intervenciones, del Consejo de Cuentas, de los informes de fiscalización elaborados, y que creo –como planteaba en mi primera intervención- que hemos hecho un esfuerzo para mejorar la agilidad en la tramitación de los expedientes, y eso, sin ninguna duda, facilita una mayor transparencia al conjunto de la ciudadanía, por la labor que desarrolla el Consejo de Cuentas. Y también plantear que ha sido un debate debatir con todos y cada uno de los integrantes de la Comisión de Hacienda, de los que están hoy presentes, de los que no están, y también un recuerdo especial al Grupo Mixto. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Para dar respuesta, tiene la palabra el Presidente del Consejo de Cuentas.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Bien. Muchas gracias. Creo que no voy a dar respuesta, Presidente, yo creo que todo lo contrario: las intervenciones de ambos Portavoces han sido tremendamente lúcidas y tremendamente acertadas en lo que es análisis de la realidad territorial de nuestra Comunidad Autónoma.

Cuando abordamos la realización de este informe, lo hicimos en la convicción de que era un informe necesario, sobre todo por el momento en que... en que se puso en marcha, ante la inquietud existente en el conjunto de las entidades locales menores de España de esa espada de Damocles que constituía la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 27/2013. Hubo una auténtica inquietud, y lo sabe muy bien el Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, cuando hemos hablado en el pasado año sobre esta preocupación que existía en el conjunto de las entidades locales menores. Y he de decir que aquí el conjunto de las instituciones han dado la talla. Y yo me gustaría poner de manifiesto, pues, en primer lugar, a las asociaciones que aglutinan a muchas entidades locales menores de nuestra Comunidad Autónoma, cómo, de una manera efectiva, pusieron en marcha esa concienciación en todos y cada uno de estas Juntas Vecinales para que cumpliesen con la obligación de rendir cuentas antes del treinta y uno de diciembre. Las Diputaciones Provinciales y el Consejo Comarcal del Bierzo, lo hemos constatado nosotros mismos, cómo han creado, pues auténticas oficinas dirigidas a las entidades locales menores para conseguir que pudiesen formalizar en tiempo y forma las rendiciones de cuentas antes del famoso treinta y uno de diciembre. Cómo la misma Junta de Castilla y León, el trece de junio del pasado año, formalizó ese convenio con las Diputaciones Provinciales y el Consejo Comarcal del Bierzo para establecer una línea de 180.000 euros, y que se pudiese sufragar esos... esos costes.

Y nosotros, en nuestra modestia, hemos intentando también concienciar a todas las entidades locales menores para que rindiesen cuenta. Decirles, como dato informativo, pues que hemos enviado del orden de 4.000 correos electrónicos; mil y pico comunicaciones por escrito; también hemos modificado nuestra página web para que las entidades locales menores tuviesen su entrada y supiesen de una manera efectiva lo que tenían que hacer; también nos hemos desplazado a Ponferrada, a León, a Burgos y a Palencia para informar de una manera llana, asequible, de los requisitos y de cómo se debían de rendir esas cuentas. Y el resultado es el que he dicho, es decir, de los 2.224 entidades locales menores, a treinta y uno de diciembre, habían rendido cuentas, pues ni más ni menos que 2.100. Pero es que ese goteo continúa, es decir, es algo que les puedo informar que a mañana, de lo que ha sido el lunes, en esta misma semana, ya el número de entidades locales menores que han rendido es de 2.157. Y si hablamos en términos poblacionales, estamos hablando más del 99 %. Y esto ha sido, pues, igual que muchas veces nos laceramos con que no funcionan bien las instituciones, yo creo que ahora han funcionado razonablemente bien.

Y, en primer lugar, es algo que yo creo que es importante que tengamos todos presente: las entidades locales menores hacen territorio, y eso es algo que con frecuencia se olvida, y eso permite, además, algo que yo creo que es la preocupación constante de todos los Grupos de la Cámara, que es luchar contra la despoblación. Bueno, pues una buena manera de luchar contra la despoblación es el mantenimiento de esta forma singular de vivir la realidad local, que son las Juntas Vecinales. Y en ese sentido, pues también es conveniente, pues salir al paso de ese tipo de opiniones, que muchas veces calan en los ciudadanos, a lo mejor no suficientemente informados, cuando se creen que las entidades locales menores, pues son entes mal administrados y que han generado problemas económicos importantes.

Y, mire, yo, en la pasada... el pasado día, cuando hicimos el Pleno en Burgos –que lo hicimos en Burgos porque es una de las ciudades, con 639 entidades locales menores, donde tiene una gran vivencia este tipo de regir estos pequeños núcleos de población-, pues hice público los datos económicos, a treinta y uno de diciembre, del conjunto de las entidades locales menores, que yo creo que son por sí definitorios: estamos hablando que de obligaciones reconocidas son casi 50 millones de euros, pero derechos reconocidos llegan casi los 58 millones de euros, el conjunto de esas 2.100 entidades locales menores que habían rendido. Y que hemos podido explotar esa información, pues gracias a ese instrumento que existe en nuestra página web y que nos habilita, pues para sacar información económica muy interesante.

Por lo tanto, como reflexión que me gustaría poner de manifiesto, las entidades locales menores es una manera singular de vivir la realidad local, y eso es algo que yo creo que tenemos todos la obligación de defender; es una manera de hacer territorio sólida, es decir, es trabar población con territorio, y en ese sentido creo que es algo tremendamente importante; y, además, que presta importantísimos servicios de carácter municipal a los que viven en estos pequeños núcleos de población. Y no se puede en estos momentos entender esta realidad con una supresión de las entidades locales menores, que, en cualquier caso, supondría la asunción de estos servicios municipales por el Ayuntamiento, y estoy convencido que a un coste superior. Es decir, aquí estamos hablando de un dato, que es el 4 %, que son los costes de personal, que, desde luego, desde cualquier óptica, estaremos todos de acuerdo que es muy distinto de lo que sucede en el resto de la prestación de servicios.

Y, desde luego, aquí, es algo que... además, a mí me gustaría concluir también con esto, con la reflexión de que, cuando se han movilizado de esta manera las entidades locales menores, es porque quieren seguir viviendo. Y, entonces, sería muy injusto por nuestra parte si no fuésemos sensibles al deseo de las entidades locales menores como una nueva forma de gestión o de una manera de gestión auténticamente democrática de todos estos pequeños núcleos de población que existen en nuestra Comunidad Autónoma.

En definitiva, yo decirles que en el Consejo de Cuentas estamos muy contentos con este informe de fiscalización que se ha hecho, que supone dar luz sobre una realidad administrativa muy desconocida por la inmensa mayoría de los ciudadanos de... no ya de nuestra Comunidad Autónoma, sino, por supuesto, de España, y que pueda contribuir, en la medida de lo posible, a mantener esta manera singular de gestionar los servicios municipales y, sobre todo –como digo-, también de hacer territorio. Creo que, con ello, concluyo mi intervención, y no sé si querrán intervenir alguno de los Portavoces. Nada más. Y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. En turno de réplica, por parte del Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Ramos.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

Muchas gracias, señor Presidente. Nada de réplica, por supuesto. Únicamente, utilizar este turno en... en términos de protocolo. No sé si el señor Presidente del Consejo de Cuentas es consciente, pero esta va a ser mi última intervención en estas Cortes, y en un debate con usted, como empecé, porque en el... el primer debate que yo tuve en las Cortes de Castilla y León, en el Castillo de Fuensaldaña, con ocasión de la... de la presentación del Programa de... de Gobierno del Consejero –que no sé si entonces se llamaba De la Presidencia; en todo caso, señor Alfonso Fernández Mañueco-, pues fue... el primer debate que yo tuve en estas Cortes lo tuve con usted. Y, bueno, pues la verdad es que me hace ilusión que el último debate no... no haya sido, en fin, con usted como adversario... como adversario Parlamentario, pero, en fin, que haya sido un debate en el que también usted haya participado. Quería subrayar este detalle, al mismo tiempo, pues que agradecía todo lo que he aprendido de los Letrados y de todos aquellas personas con las que he tenido el placer y la... y el honor de debatir en estos años.

La verdad es que, cuando pasa un poco el tiempo, uno se da cuenta que probablemente de quien más aprende es de los propios adversarios y que, pasando, pasando el tiempo, nos parecemos más de lo que a cada uno de nosotros nos gustaría reconocer. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Pues tiene de nuevo la palabra el Presidente del Consejo de Cuentas.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Muchas gracias, Presidente. Y, desde luego, participo plenamente de las palabras del Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, y sabe que siempre hemos tenido una absoluta sintonía a lo largo de los años en los que hemos sido Parlamentarios. Y yo sí le dio que... que siempre he aprendido mucho de usted, así como de otro Parlamentario desaparecido, que fue don Pascual, que todos recordaremos.

Yo quiero terminar, y si me lo permite el... el Presidente y fuera del Orden del Día, aprovechando esta oportunidad para expresar mi más sincero agradecimiento en nombre del Consejo de Cuentas, del conjunto de trabajadores y mío propio, por el trabajo y consideración que hemos recibido por parte de esta Comisión de Hacienda desde que comparecí por primera vez el cuatro de octubre de dos mil doce. Lo he hecho en 21 ocasiones y he expuesto ante ustedes 44 informes; siempre nos hemos sentido comprendidos, respetados y amparados por esta Comisión de Hacienda. Y me gustaría enfatizar la importante y magnífica labor que han realizado todos ustedes, que ha estado siempre presidida por la responsabilidad y la profesionalidad. Puedo asegurarles que los empleados del Consejo de Cuentas van a continuar trabajando con objetividad y rigor, y, desde esta manera, prestar un mejor servicio de utilidad a todos los ciudadanos de Castilla y León.

Quiero finalizar mi intervención reiterando mi agradecimiento personal y pidiendo disculpas por todos los errores, que han sido muchos, y excesos que haya podido cometer. Nada más. Y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Finalizado el debate, de conformidad con lo establecido en la norma cuarta de la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de diecisiete de abril de dos mil nueve, se abre un plazo de cinco días para que los Grupos Parlamentarios puedan presentar ante la Mesa de la Comisión propuestas de resolución relativas al informe de fiscalización que acaba de ser examinado. Dicho plazo finalizará el próximo sábado, día cuatro de abril, a las catorce horas.

Me gustaría, en nombre de la Mesa -yo creo que no... no está hoy el Vicepresidente, pero seguro que lo compartirá también-, pues dar las gracias a todos los componentes de esta Comisión, esperando o deseando haber estado a las alturas. Gracias. Suerte en lo personal y salud para todos.

Se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las doce horas veinte minutos].


DS(C) nº 566/8 del 27/3/2015

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Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Comisión de Hacienda
DS(C) nº 566/8 del 27/3/2015
CVE: DSCOM-08-000566

DS(C) nº 566/8 del 27/3/2015. Comisión de Hacienda
Sesión Celebrada el día 27 de marzo de 2015, en Valladolid
Bajo la Presidencia de: Pedro Luis González Reglero
Pags. 19268-19304

ORDEN DEL DÍA:

1. Comparecencia del Excmo. Sr. Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para informar sobre el Informe de Fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Cuéllar (Segovia), ejercicio 2011.

2. Comparecencia del Excmo. Sr. Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para informar sobre el Informe de análisis de la gestión económico-financiera y presupuestaria de las Entidades Locales de Castilla y León, ejercicio 2013. Entidades Locales Menores.

SUMARIO:

 ** Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos.

 ** El Presidente, Sr. González Reglero, abre la sesión.

 ** Intervención del Procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular).

 ** Intervención del Procurador Sr. Cantalejo Olmos (Grupo Socialista) para comunicar sustituciones.

 ** Primer punto del Orden del Día.

 ** La Secretaria, Sra. Álvarez-Quiñones Sanz, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para informar a la Comisión sobre el Informe de Fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Cuéllar (Segovia), ejercicio 2011.

 ** El Presidente, Sr. González Reglero, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los Portavoces de los Grupos Parlamentarios.

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Cantalejo Olmos (Grupo Socialista).

 ** Intervención del Procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular) para comunicar sustituciones y consumir su turno de Portavoces.

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para responder a las cuestiones planteadas.

 ** En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Cantalejo Olmos (Grupo Socialista).

 ** En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular).

 ** En turno de dúplica, interviene el Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.

 ** Segundo punto del Orden del Día.

 ** La Secretaria, Sra. Álvarez-Quiñones Sanz, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para informar a la Comisión sobre el Informe de análisis de la gestión económico-financiera y presupuestaria de las Entidades Locales de Castilla y León, ejercicio 2013. Entidades Locales Menores.

 ** El Presidente, Sr. González Reglero, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los Portavoces de los Grupos Parlamentarios.

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Ramos Antón (Grupo Socialista).

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular).

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para responder a las cuestiones planteadas.

 ** En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Ramos Antón (Grupo Socialista).

 ** En turno de dúplica, interviene el Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.

 ** El Presidente, Sr. González Reglero, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las doce horas veinte minutos.

TEXTO:

[Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Buenos días. Se abre la sesión. ¿Los Grupos Parlamentarios desean comunicar a esta Mesa alguna sustitución? ¿Por parte del Grupo Popular?


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Gracias, señor... a lo largo de... señor Presidente. A lo largo de... comunicaré las sustituciones.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. ¿Por parte del Grupo Socialista?


EL SEÑOR CANTALEJO OLMOS:

Buenos días, señor Presidente. Octavio Cantalejo sustituye a José Francisco Martín Martínez y Francisco Ramos Antón a José Ignacio Martín Benito.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señor Cantalejo. Doy la bienvenida a esta Comisión a don Jesús Jaime Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, que comparece ante esta Comisión para presentar diversos informes de fiscalización remitidos a las Cortes de Castilla y León por el Consejo de Cuentas. La tramitación de los mismos se desarrollará de conformidad con lo previsto en la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de siete de abril de dos mil nueve.

Primer punto del Orden del Día. Por la señora Secretaria se dará lectura del primer punto del Orden del Día.

Informe


LA SECRETARIA (SEÑORA ÁLVAREZ-QUIÑONES SANZ):

Primer punto del Orden del Día: Comparecencia del Excelentísimo señor Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para informar sobre el Informe de Fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Cuéllar (Segovia), correspondiente al ejercicio dos mil once.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Para la presentación de este informe, tiene la palabra el Excelentísimo señor don Jesús Jaime Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Muchas gracias. Buenos días. El presente informe forma parte del Plan Anual de Fiscalizaciones para el ejercicio dos mil trece. Su objeto es efectuar un análisis de diversas áreas de la actividad económica-financiera del Ayuntamiento de Cuéllar, mediante la realización de una auditoría de cumplimiento, con los siguientes objetivos: analizar la composición y organización del Ayuntamiento; verificar el cumplimiento de la normativa aplicable sobre los expedientes del presupuesto y de la liquidación; verificar la fiabilidad de los registros contables, en base al cumplimiento de la normas básicas contables y presupuestarias; comprobar el cumplimiento de la normativa concerniente a la cuenta general, así como la coherencia interna de los distintos estados que la integran. Fue aprobado por el Pleno con fecha veintitrés de febrero de dos mil quince. La publicación en la página web, tanto del texto íntegro del informe como de la nota resumen del mismo, tuvo lugar el veinticuatro de febrero de dos mil quince.

Alcance. El periodo al que se refieren las actuaciones fiscalizadoras es el ejercicio dos mil once, sin perjuicio de las comprobaciones que se han efectuado de otros ejercicios, por razones de coherencia. Se ha restringido la fiscalización a determinadas áreas, en particular las siguientes:

Por lo que respecta a la organización, se ha analizado la composición de los órganos de gobierno y la estructura de gestión administrativa del Ayuntamiento; se ha examinado la relación de puestos de trabajo, la plantilla de personal, y su correspondencia con las nóminas. Se ha comprobado el cumplimiento de la normativa en relación al presupuesto y a su liquidación. Se ha examinado la llevanza de contabilidad, en orden a verificar su correcto registro contable, conforme a la Instrucción del modelo normal de contabilidad. En lo que respecta a la cuenta general, se ha comprobado el cumplimiento de los plazos relacionados con su tramitación, aprobación y liquidación. Se han analizado los estados contables de tesorería, remanente de tesorería y el endeudamiento.

Limitaciones al alcance. Las limitaciones más importantes vienen dadas por la falta de la siguiente documentación: uno, no se han facilitado los cálculos efectuados por el Ayuntamiento para la determinación de la cifra de 296.135 euros consignada como saldo de dudoso cobro del remanente de tesorería, así como provisión para insolvencias; dos, no se han facilitado ni existe constancia de los informes trimestrales de intervención y tesorería exigidos por la Ley 15/2010, por la que se establecen las medidas de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales; tres, en el área de tesorería, la entidad Banesto no ha contestado a la circularización efectuada a los efectos de contrastar y conciliar la información; por su parte, la entidad Bankia ha respondido que no cuenta con información al respecto.

Alegaciones. Se remitió al Ayuntamiento el informe provisional para que formulara las alegaciones que estimase oportunas, al amparo de lo previsto en el Artículo 26.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo de Cuentas. Se concedió un nuevo plazo para la presentación de las alegaciones complementarias. Todas ellas han sido objeto de análisis pormenorizado para su aceptación o denegación.

Sobre la organización y el personal. El Ayuntamiento carece de relación de puestos de trabajo u otro instrumento organizativo similar aprobado por el Pleno, en contra de lo establecido en el Artículo 90.2 de la Ley de Bases de Régimen Local. La plantilla aprobada y publicada en el ejercicio dos mil once, que comprende 66 funcionarios y 4 puestos de personal laboral, no coincide con la plantilla efectiva, ya que, por una parte, existen 17 puestos vacantes, y, por otra, el Ayuntamiento ha mantenido en este ejercicio 154 relaciones de carácter laboral temporal no incluidas en la plantilla aprobada. Todo el personal no incluido en plantilla proviene de contrataciones de carácter temporal o de duración determinada, que, con frecuencia, es de acusada antigüedad, en contra del carácter temporal del contrato originario. También se observa que en algunas categorías profesionales a los que se adscribe el personal fuera de plantilla pueden identificarse con el desempeño de tareas burocráticas, que deberían ser realizadas por personal funcionario, lo que pone de manifiesto la ausencia de una ordenación del personal o recursos humanos del Ayuntamiento con criterios de racionalidad, economía y eficiencia, de conformidad con lo que establece el Artículo 91 de la Ley de Bases de Régimen Local. El Ayuntamiento tampoco ha aprobado la oferta de empleo público, de acuerdo con lo previsto en los Artículos 91.2 y 21.1.g) de la Ley de Bases de Régimen Local.

El puesto de Secretaría del Ayuntamiento de Cuéllar está clasificado como de clase primera, y su clasificación se remonta al año mil novecientos ochenta y ocho, cuando, por población, le correspondería segunda. Esta situación excepcional origina, tal como pusimos de manifiesto en nuestro "Análisis sobre el control interno de las Entidades Locales", una gran dificultad para cubrir los puestos con carácter definitivo, como lo prueba el hecho de que el puesto de Intervención ha quedado desierto en cinco concursos. Desde el año dos mil nueve lo ocupa, con carácter accidental, un funcionario propio del Ayuntamiento de Cuéllar.

Sobre el presupuesto de liquidación. En cuanto a la elaboración y aprobación del presupuesto del año dos mil once, se han incumplido los plazos establecidos en los Artículos 168 y 169 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales. En consecuencia, operó la prórroga prevista en el citado Artículo 169. El presupuesto aprobado ascendió a 7.266.815 euros, con una disminución del 3 % sobre el del ejercicio anterior. Habida cuenta que el presupuesto del ejercicio dos mil diez se liquidó con un remanente de tesorería para gastos generales negativo, de 437.931 euros, el Ayuntamiento incumplió con lo previsto en el Artículo 193 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, al no adoptar ninguna de las medidas previstas para su saneamiento. En los datos de liquidación de ingresos, destaca el Capítulo 1, correspondiente a impuestos directos, con el 38,45 % del total de los derechos reconocidos netos; mientras que en los gastos, los de personal y los gastos en bienes corrientes y servicios representan el 35,5 % y el 35,1 % del total de las obligaciones reconocidas netas respectivamente. La liquidación del año dos mil once arrojó una necesidad de financiación en términos SEC de 431.831 euros, por lo que el Ayuntamiento debió aprobar un plan económico-financiero de reequilibrio, cuestión que no hizo. En el ejercicio dos mil once no se ha aprobado ningún expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos, y la cuenta 413, de acreedores pendientes de aplicar a presupuesto, no se ha utilizado.

Sobre la llevanza de contabilidad. No se realiza adecuadamente el seguimiento y control de los proyectos de gasto, así como de los gastos con financiación afectada. No se realiza adecuadamente el seguimiento y control del endeudamiento ni del inmovilizado. No se efectúan las operaciones de periodificación de ingresos y gastos. No se aplica, con carácter general, el principio de devengo, y se acumulan de forma sistemática las diferentes fases de ejecución de gastos e ingresos. El estado de remanente de tesorería no recoge los saldos de dudoso cobro, que deben corresponderse con el saldo de la cuenta 409, de provisión para insolvencias.

Muestra de operaciones de gasto del ejercicio corriente. Todas las operaciones cuentan con justificante, a excepción de dos operaciones: una, relativa a una indemnización por razón del servicio, que no se encuentra debidamente justificada; y la otra, correspondiente al pago de una retribución a personal laboral de carácter temporal por encima de lo previsto en convenio. Con carácter general, se realiza la fiscalización de los gastos, con la excepción de tres operaciones, si bien no se produce la certificación de existencia de crédito prevista por la normativa presupuestaria de contratación. Hay tres operaciones que han sido reparadas por falta de procedimiento de contratación adecuado, por superar la cuantía de los contratos menores. En otra operación el reparo se refiere al incumplimiento del pliego de cláusulas y prescripciones técnicas del contrato, de forma que las prestaciones efectuadas por el contratista podrían ser inferiores al precio pactado y abonado por el Ayuntamiento. Una obra por importe de 3.000.000 de euros no ha quedado adecuada... adecuadamente contabilizada, de forma que se acredite la constancia de su adjudicación por el Pleno. Para la realización de pagos se ha utilizado el sistema de banca electrónica, no existiendo constancia documental del ejercicio de la competencia que sobre ellos corresponde al Alcalde, Interventor y Tesorero, según lo que establece el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales. Hay cinco operaciones en las que se ha producido la salida material de fondos con anterioridad a la fecha de ordenación y contabilización de pagos, en contra del principio de registro y del procedimiento de ejecución de los gastos.

Sobre la cuenta general. La formación, aprobación y rendición de la cuenta general del ejercicio dos mil once se ha producido fuera de los plazos previstos por el Artículo 212 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.

Sobre el análisis de estados contables. En cuanto a la tesorería, no existe plan de disposición de fondos, de acuerdo con el Artículo 187 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, y no existe constancia documental de la firma del Tesorero en la disposición y ejecución de los pagos. Hay necesidades transitorias de tesorería que requieren de la formalización de pólizas de crédito a corto plazo. El ejercicio dos mil once se liquidó con un remanente de tesorería para gastos generales de carácter negativo por importe de 397.263 euros, tendencia continuada, si bien decreciente; incluso el déficit hubiera sido superior si se hubiese aplicado de acuerdo... el acuerdo de dos mil siete sobre saldos de dudoso cobro, pues hubiera llegado a 859.860 euros negativos. El Ayuntamiento en dos mil once no adoptó ninguna medida de las previstas por el Artículo 193 para el saneamiento o depuración del déficit. El Ayuntamiento no ha elaborado los informes trimestrales previstos por la Ley 15/2010, de lucha contra la morosidad, referentes al cumplimiento de los plazos de pago a proveedores. El endeudamiento comercial a treinta y uno de diciembre de dos mil once ha ascendido a 1.270.939 euros. El endeudamiento financiero a la misma fecha era de 5.663.427 euros, inferior al ejercicio anterior, del cual un 76,8 % era a largo plazo y el resto a corto plazo. La operación de tesorería concertada en dos mil once, cuyo saldo a treinta y uno de diciembre ascendía a 890.942 euros, debió quedar cancelada al finalizar el ejercicio, de acuerdo con el Artículo 14.3 del Real Decreto-ley 8/2010, de veinte de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público. Hay una diferencia de 84.876 euros entre el endeudamiento contabilizado y el que se acredita por la Central de Información de Riesgos del Banco de España, como consecuencia de una operación de crédito contraída, sin que se haya producido la disposición efectiva de fondos, en contra de la forma de contabilización prevista en la Regla 29 de la Instrucción normal de contabilidad local.

El coeficiente de endeudamiento y el endeudamiento por habitante son superiores a los correspondientes a la media de los municipios situados en el estrato de población del Ayuntamiento; igual sucede con la carga financiera, tanto global como por habitante. El porcentaje de capital vivo sobre los ingresos corrientes liquidados, a fecha treinta y uno de diciembre de dos mil once, era del 82,1 %, por encima del 75 % previsto por el Real Decreto-ley 8/2010, por lo que el Ayuntamiento se vería limitado a la hora de formalizar operaciones de crédito a largo plazo para financiar inversiones. En el año dos mil doce se acogió al Real Decreto-ley 4/2012, solicitando un crédito de 599.756 euros, lo que ha supuesto la sustitución del endeudamiento comercial por el endeudamiento financiero a largo plazo.

Recomendaciones. Sobre organización y personal. Se debe aprobar una relación de puestos de trabajo o instrumento organizativo similar por el que se estructure y ordene el personal del Ayuntamiento, así como debe producirse una racionalización del mismo con criterios de economía y eficiencia. Dos, el Ayuntamiento debe solicitar al órgano competente de la Junta de Castilla y León la clasificación de puesto de Secretaría y, así mismo, el de Intervención, atendiendo a la población del municipio; con ello, el puesto quedaría clasificado de clase segunda, pasando de la situación especial en que se encontraba a la situación general prevista normativamente, de forma que se incrementasen las posibilidades de su ocupación por un funcionario con habilitación de carácter estatal, perteneciente a la subescala y categoría a la que el mismo se reserva; así se evitaría la necesidad de recurrir a nombramientos de carácter accidental, teniendo en cuenta las deficiencias detectadas relacionadas con la contabilidad y la función de fiscalización, en orden a garantizar el Ayuntamiento el desempeño de estas funciones públicas necesarias.

Sobre presupuesto y liquidación. Deben cumplirse los plazos de elaboración y aprobación del presupuesto, así como de formación, aprobación y rendición de la cuenta general.

Sobre la llevanza de contabilidad. A través del sistema de información contable, debe realizarse un adecuado seguimiento y control de los proyectos de gasto y del endeudamiento, así como realizarse las operaciones de fin de ejercicio. Cinco: debe aplicarse el principio de devengo y garantizarse la aprobación de los gastos por el órgano competente, evitando la acumulación sistemática de las diferentes fases de ejecución del presupuesto de gastos, salvo en los casos en que la naturaleza del gasto lo permita. Deben reconocerse y aplicarse presupuestariamente la totalidad de los gastos correspondiente a transacciones o prestaciones de bienes y servicios realizadas por el Ayuntamiento; debe aplicarse el principio de anualidad y temporalidad de los créditos. Debe ejercerse y desarrollarse plenamente para la totalidad de los gastos el control de legalidad o función interventora en todas sus modalidades.

Sobre análisis de estados contables. Se deben adoptar medidas de saneamiento de remanente de tesorería para gastos generales de carácter negativo, así como aprobarse los planes económico-financieros correspondientes en caso de incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria. Debe extremarse el ejercicio de las funciones de tesorería en relación con la forma de intervenir y formalizar los pagos, la tramitación y cancelación de las operaciones de tesorería y los de pago a proveedores y obligaciones de información inherentes; en consonancia con ello, se debe aprobar un plan de disposición de fondos. Debe controlarse el nivel de endeudamiento o porcentaje de capital vivo sobre los ingresos corrientes liquidados, ya que, de ser muy elevado, puede afectar gravemente a la capacidad para hacer frente a las obligaciones que derivan del crédito y, en general, a la situación financiera.

Opinión. Como resultado de la fiscalización efectuada, con el alcance y las limitaciones señaladas en el apartado 2, se emite la siguiente opinión:

Con respecto a la organización, el Ayuntamiento carece de instrumento por el que se regule y ordene de forma racional su personal o recursos humanos con criterios de economía y eficiencia. Se han detectado deficiencias relacionadas con el ejercicio de la función de contabilidad y la de fiscalización, ambas correspondientes a la intervención, así como con las de tesorería. En relación con ello, la actual forma de ocupación del puesto de intervención, mediante nombramiento accidental a un funcionario propio de la Corporación, no es la idónea para el ejercicio de las funciones inherentes a este puesto, situación inadecuada... siendo inadecuada la actual clasificación del mismo en clase primera, ya que se dificulta la posibilidad de su cobertura por funcionario con habilitación de carácter estatal o nacional, al que queda reservado. (Conclusiones 1, 5 y 6).

Con respecto al presupuesto y a su liquidación, se han incumplido las obligaciones relacionadas con la necesidad de proceder al saneamiento del remanente de tesorería de carácter negativo, así como las derivadas del incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, consistentes en la aprobación de un plan económico-financiero. Por otra parte, en relación con la tramitación de la cuenta general, se han incumplido los plazos correspondientes a su formación, aprobación y rendición. (Conclusiones 10 y 12).

En la llevanza de contabilidad no se realizan o no se hacen adecuadamente, a través del sistema de información contable, los seguimientos y controles previstos por la Instrucción de contabilidad, especialmente relacionados con los proyectos de gasto y endeudamiento; no se aplican adecuadamente, y en todo caso, los principios de registro y devengo, así como de anualidad o temporalidad de los créditos, y se acumulan de forma sistemática las fases de ejecución del presupuesto de gastos; no existe justificante suficiente del gasto correspondiente a dos operaciones de la muestra seleccionada. Referente a otra operación de la muestra, podría haber existido un desequilibrio entre el gasto realizado y pagado por el Ayuntamiento y la contraprestación realizada por el contratista o adjudicatario del servicio. (Conclusiones 15, 17, 20 y 24).

El Ayuntamiento carece de plan de disposición de fondos por el que se regule la ordenación de sus pagos; se producen, de forma sistemática, necesidades transitorias de tesorería que requieren la formalización de pólizas de crédito a corto plazo. Las necesidades o dificultades que se señalan se evidencian en la situación del remanente de tesorería para gastos generales, que resulta de carácter negativo, y, específicamente, en la situación del endeudamiento de carácter comercial, dado por las deudas con proveedores de bienes y servicios. No obstante, la situación de ese remanente de tesorería ha mejorado con respecto a ejercicios anteriores y el Ayuntamiento concertó en el ejercicio dos mil doce un crédito a largo plazo para el pago y liquidación de sus acreedores. Por su parte, como contrapartida, el endeudamiento financiero es elevado, situándose, a treinta y uno de diciembre de dos mil once, en relación con los ingresos corrientes liquidados, por encima del porcentaje previsto normativamente a efectos de poder concertar operaciones de crédito a largo plazo para financiar inversiones. (Conclusiones 35, 36, 37, 42, 46 y 47). Nada más. Y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Se abre un turno de intervenciones de los diferentes Grupos Parlamentarios. Por parte del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Cantalejo.


EL SEÑOR CANTALEJO OLMOS:

Muchas gracias, señor Presidente. Buenos días. Quiero dar la bienvenida, en primer lugar, al Presidente del Consejo de Cuentas, así como al resto de miembros de pleno... del Pleno, y a su equipo, que nos acompañan. Y quiero dar la bienvenida también a su trabajo, este trabajo de fiscalización de lo público, para que tengan más dificultades quienes quieran confundirlo con lo privado. Parece claro que todos los esfuerzos para controlar la gestión pública son necesarios, y el hecho de que los Ayuntamientos sean conscientes de que han de rendir cuentas, y hacerlo convenientemente, es una dificultad añadida para quienes no tienen reparos en confundir lo público con lo privado.

Me ha correspondido en esta última Comisión de Hacienda de las Cortes de Castilla y León esta intervención, en la que confluyen bastantes elementos subjetivos. Es mi última intervención en las Cortes –yo no estaré en la próxima legislatura- y, además, el asunto es sobre mi municipio, del que además fui Alcalde durante 10 años, y le tengo, como es natural, pues un cariño especial. No es fácil, lógicamente, abstraerme a estas circunstancias, pero intentaré exponer la posición de nuestro Grupo, y hacerlo valorando el informe del Consejo de Cuentas con elementos objetivos.

Pero vayamos al asunto que nos ocupa ahora: la fiscalización de algunas áreas del Ayuntamiento de Cuéllar, verificar el cumplimiento de la normativa aplicable sobre el presupuesto, la composición y organización de la entidad local, verificar la fiabilidad de los registros contables y comprobar el cumplimiento de la normativa de la cuenta general.

Igual que insistía en la necesidad de control de los Ayuntamientos, quiero expresar algunos elementos que también influyen en la gestión pública y, en particular, en la de los Ayuntamientos. Estamos en una sociedad demasiado burocratizada, y nuestro país, en particular, tiene una legislación muy garantista, lo que provoca bastantes dificultades para coordinar las entradas y salidas de fondos públicos. No descubro nada si les hablo de la dificultad para desarrollar una inversión municipal que tenga financiación externa: su planificación natural de aparecer en el presupuesto, ser aprobada y sacada a licitación se puede ver alterada en cuanto la Administración que vaya a cofinanciar la inversión se retrase en su compromiso, o que la inversión necesite, para que se cumpla la función para la que se desarrolla, más inversión.

Bueno, no voy a detenerme más en algo que creo que conocemos todos, pero soy consciente –repito- de las dificultades de acompasar la gestión pública con un escrupuloso control de los gastos inherentes, de ahí también la importancia de los técnicos municipales (Secretario, Tesorero e Interventor). En este contexto es en el que quiero situar el análisis del informe y la fiscalización del Ayuntamiento de Cuéllar.

Para empezar, creo que podemos ver en el... en las cuatro áreas mencionadas en el informe un común denominador: si en la organización del personal no hay criterios de racionalidad, economía y eficen... y eficiencia –perdón-, y se contrata con discrecionalidad; si en la normativa que regula los presupuestos aparecen plazos y procedimientos que el Ayuntamiento no sigue; si llevan la contabilidad con una hoja Excel, que no responde a las exigencias legales; y la cuenta general se rinde fuera de los plazos previstos, nos encontramos con un Ayuntamiento que tiene un Alcalde al que las normas le preocupan poco o nada.

Conocido el informe por parte del Ayuntamiento (informe que contiene 47 conclusiones, que, en realidad, son 47 llamadas de atención a otros tantos asuntos), el Ayuntamiento formula 23 alegaciones con tan escaso interés y fundamentación que son rechazadas todas y se mantienen, por tanto, las conclusiones del informe, que pone de manifiesto graves carencias e incumplimientos en la gestión municipal.

Hay algunas alegaciones en particular que provocan una sensación por lo menos de perplejidad. Por ejemplo, cuando se concluye que hay una retribución a personal laboral para la que no consta la justificación de la cuantía abonada, que es por encima del importe mínimo previsto en convenio, el Ayuntamiento alega que se trata de los honorarios de un matador de toros y que, aunque el convenio establece un importe de referencia, las partes -o sea, el torero y el Ayuntamiento- pues acordaron incrementar esa cantidad hasta 22.000 euros. Cantidad, que, bueno, que sobrepasa lo máximo permitido, que son 18.000 euros, para un contrato menor. O la otra que pone de manifiesto un reparo efectuado por el Interventor por el incumplimiento del pliego de cláusulas de un contrato por haber resultado las prestaciones inferiores al precio pactado y pagado por el Ayuntamiento. La alegación dice que, a pesar de que en el mencionado pliego se establece un personal mínimo a contratar por la empresa concesionaria, este Ayuntamiento considera que se compensa la deficiencia de unos con la demasía de otros. O sea, discrecionalidad absoluta e ignorancia de las normas y los contratos firmados, sin más.

Tampoco se observa por parte del Ayuntamiento ningún interés en atender las recomendaciones del informe. Nuestra primera consideración, sin perjuicio de las dificultades que hay y que ha tenido el Ayuntamiento de Cuéllar, es que no es razonable una actitud tan poco receptiva a participar activamente en una sociedad que se rige con unas normas. No solo parece desconocerlas, sino que tampoco hay disposición a aceptarlas.

Y quiero dar un detalle más: los reparos del Interventor. Cuando el Interventor está en desacuerdo con el fondo o la forma de expedientes de gasto deberá formular sus reparos por escrito, según dice el Artículo 215 de la Ley de Haciendas Locales. Y si el reparo afecta a una disposición de gastos, reconocimiento de obligaciones u ordenación de pagos, se suspenderá la tramitación del expediente hasta que el reparo haya sido solventado. Y esta discrepancia debe resolverla el Presidente de la entidad local -o sea, el Alcalde- o el Pleno si el asunto es de competencia de Pleno. En el caso que nos ocupa, en el caso del Ayuntamiento de Cuéllar, el Interventor del Ayuntamiento ha manifestado varios reparos, y así lo ha comunicado en el Pleno correspondiente. Sin embargo, el Alcalde no solo se niega a levantar los reparos, sino que niega la necesidad de que haya que levantar los reparos.

Y creo que lo que el informe pone de manifiesto es más grave en cuanto al concepto, en cuanto a la idea de que estamos ante un Ayuntamiento que no parece estar dispuesto a someterse a las normas que rigen la gestión pública. Yo creo que nos encontramos ante un Alcalde que está gestionando el Ayuntamiento como si fuera una empresa particular, en la que puede tomar decisiones discrecionales en función de lo que él considera adecuado. Y, bueno, pues ni que decir tiene lo serio que es todo esto y las consecuencias antidemocráticas que esconde una actitud de esta naturaleza.

Y esto es todo en la primera intervención. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Por parte del Grupo Popular tiene la palabra el señor Cruz García.


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Sí, gracias, señor Presidente. Sean mis primeras palabras para comunicar las sustituciones. Doña Victoria Moreno Saugar sustituye a don Daniel Sobrados Pascual y doña Isabel Hernández Morán sustituye a don Alfonso José García Vicente.

Y también para dar la bienvenida a la última comparecencia de esta legislatura al Consejo de Cuentas de Castilla y León, a su Presidente y a los miembros del Pleno, y así como al personal técnico que le acompaña, poniendo de manifiesto algo que creo que ha sido una realidad durante esta legislatura, que es el buen hacer del Consejo de Cuentas de Castilla y León en el intento de agilizar la tramitación de los informes de fiscalización ante esta Comisión de Hacienda; y la buena voluntad demostrada por los integrantes de la Comisión de Hacienda, que se pone de manifiesto en el día de hoy cuando escasamente es... el último informe se aprobó el cuatro de marzo y la legislatura se cierra en una comparecencia de nuevo del Consejo de Cuentas de Castilla y León ante esta Comisión de Hacienda, lo que pone de manifiesto la voluntad de transparencia también de estas Cortes de Castilla y León para culminar con todos los trabajos que había aprobado hasta la fecha el Consejo de Cuentas durante esta legislatura.

Dicho esto, yo discrepo sustancialmente de las manifestaciones del Portavoz que me ha precedido en el uso de la palabra. Y, efectivamente, este informe de fiscalización, como la mayoría de los informes de fiscalización que hemos visto y analizado a lo largo de esta legislatura, pues pone de manifiesto debilidades en la gestión del Ayuntamiento de Cuéllar.

No hay que olvidar que los informes de fiscalización que se han visto en esta legislatura, independientemente de cuál sea la composición de la Corporación, venían motivados porque había un... un hecho objetivo en todas ellas: es que normalmente eran Ayuntamientos de un cierto tamaño que no tenían como norma general rendir la cuenta general ante el Consejo de Cuentas. Y hemos visto Ayuntamientos tan importantes a lo largo de la legislatura como Arroyo de la Encomienda, como Toro, como Arenas de San Pedro. En este caso vemos el de Cuéllar. Y, efectivamente, en todos ellos había una tónica general, efectivamente, que no se rendía la cuenta general, una debilidad muy... muy clara y que ha puesto de manifiesto esa voluntad por parte del Consejo de Cuentas de fiscalizar la gestión económico-financiera del Ayuntamiento; y alguna otra, como también el incumplimiento sistemático del ciclo presupuestario.

Pero, hombre, cuando se cita aquí de que va a... se va a hacer una intervención objetiva, creo que la intervención que... del Portavoz que me ha precedido en el uso de la palabra tiene una enorme carga subjetiva. Una enorme carga subjetiva que se ha puesto de manifiesto en su intervención cuando él decía que es "mi ciudad", la ciudad de Cuéllar -ya más carga subjetiva que esa... lo dice todo-; y, obviamente, cuando pone de manifiesto también cómo en su intervención carga toda la responsabilidad sobre la persona del actual Alcalde.

Y diciendo que, efectivamente, hay debilidades en la gestión del Ayuntamiento de Cuéllar en este ejercicio dos mil once, también había que plantearse si esas manifestaciones que se han puesto de manifiesto, en el que se decía, por ejemplo, de... -y se citaba- de comportamiento antidemocrático de un Alcalde que ha tenido el respaldo de las elecciones... en las últimas elecciones del dos mil once mayoritario de la... de los ciudadanos de Cuéllar, y que también lo obtuvo, también, en las elecciones del dos mil siete con un apoyo masivo, hombre, citarlo de antidemocrático creo que no es una... una expresión, desde luego, acertada.

También plantear que dice que se incumple sistemáticamente y que por parte de esa Corporación se salta la legalidad. Creo que tenía que valorar ese uso del... de la palabra, porque me consta que tampoco cuando usted fue Alcalde se rendía la cuenta general en el año dos mil... en... en esos años, y usted lo sabe perfectamente. Y cómo también era... la gestión económico-financiera tenía también importantes debilidades. Y creo que en todos los Alcaldes, independientemente de la Corporación y del... del color de la Corporación, hay una voluntad inherente del cumplimiento de la legalidad, que se presupone, independientemente de quien esté.

Y, efectivamente, diciendo que, efectivamente, hay debilidades, que he puesto de manifiesto, en el ciclo presupuestario, en el hecho también, sobre todo, más llamativo de la ausencia de una relación de puestos de trabajo, que sí, efectivamente, es algo habitual en muchos Ayuntamientos, que se subsana, en cierta medida, con la plantilla que recoge el presupuesto, pero obviamente planteando que el Consejo de Cuentas ha denotado bastantes debilidades, he de decir una cuestión en la que se ha planteado decir la... la ausencia de voluntad por parte del Ayuntamiento. El Ayuntamiento de Cuéllar ha presentado alegaciones. Y, hombre, lo que se pone de manifiesto es que las alegaciones las ha presentado, y en la mayoría de los casos –y, si no, me puede corregir el Consejo de Cuentas-, de la mayoría de las alegaciones que se presentan a este informe y a la mayoría de los informes son excepciones. No es... la regla general es que el Consejo de Cuentas no las tenga en consideración, las elabore el Ayuntamiento de Cuéllar o las elabore cualquier otra corporación municipal, o incluso alguna institución autonómica.

Pero también hemos de poner de manifiesto algo que creo que no es cierto. Es que aquí se ha dicho que no hay voluntad de mejora y de atender la encuesta... las recomendaciones que ha efectuado el Consejo de Cuentas. Y yo ahí tengo que discrepar abiertamente, porque creo que hay una evolución desde el año dos mil once hasta el momento actual en positivo. Y la hay en algunos aspectos.

En primer lugar, en cuanto al cumplimiento del ciclo presupuestario. Simplemente, de analizar la gestión del Ayuntamiento de Cuéllar. Hoy ya está aprobado el presupuesto del Ayuntamiento de Cuéllar del dos mil quince, y en el dos mil catorce sí se aprobó ya en tiempo y forma; ha habido dos ejercicios donde se ha aprobado en tiempo y forma. Por lo tanto, sí se ha puesto de manifiesto una voluntad de tener en consideración las recomendaciones que ha efectuado el Consejo de Cuentas. Cuando llega el presupuesto de la Corporación para el año dos mil quince está aprobado en tiempo y forma, y también se aprobó el ejercicio presupuestario anterior, de dos mil catorce. También hay una voluntad de mejora cuando ya se está rindiendo la cuenta general. Es verdad que no se había rendido y es... sería no reconocerlo, pero ya hay una voluntad de rendir la cuenta al Consejo de Cuentas en tiempo y forma. Por lo tanto, creo que hay una voluntad de mejora.

Y también hay algunas fortalezas que se ponen de manifiesto en este informe para el dos mil once, y también de la evolución. Yo creo que es positivo que un Ayuntamiento, por ejemplo, como el tamaño de Cuéllar, no tenga empresas públicas, organismos autónomos, algo que prácticamente no se da ya en Ayuntamientos de estas características. Puede ser un hecho bastante positivo. Puede ser un elemento positivo, también, una fortaleza, el hecho de que la ejecución presupuestaria, tanto en ingresos como en gastos, se sitúe en los entornos de la media. O el hecho, por ejemplo, también, que se pone de manifiesto en este informe del dos mil once de que no haya reconocimiento extrajudicial de créditos, algo que la ley recoge perfectamente y pone de manifiesto el informe respecto al dos mil once.

Y en cuanto a la evolución, pues poner de manifiesto los hechos que... que he puesto de... respecto al ciclo presupuestario, que ya se viene cumpliendo, respecto a la voluntad de rendición de la cuenta general, y, sobre todo, respecto a lo que es la evolución del remanente de tesorería. Efectivamente, había un alto nivel de endeudamiento, había un remanente de tesorería negativo en ese ejercicio dos mil once. Pero que la evolución va en positivo, y, concretamente en el ejercicio dos mil catorce, ya el remanente de tesorería del Ayuntamiento de Cuéllar, según me consta, ya supera ampliamente de forma positiva más de 1,5 millones de euros. Por tanto, ha habido una voluntad y una evolución en positivo, como también lo pone de manifiesto la bajada importante en cuanto al nivel de endeudamiento, que ya se sitúa en torno o por debajo del 50 %, frente a la situación que pone de manifiesto el Consejo de Cuentas en este informe de dos mil once, que superaba con creces el 75 % de los ingresos corrientes.

Por tanto, creo que hay una evolución en positivo. Creo que este informe, como todos los que hemos visto en el Consejo de Cuentas de Castilla y León a lo largo de esta legislatura, viene cargado de algunas debilidades en cuanto sobre todo la relación de puestos de trabajo y en cuanto al ciclo presupuestario. Pero no hay que olvidar que la selección de estos informes por parte del Consejo de Cuentas, dentro de su autonomía y dentro de la incorporación al Plan Anual de Fiscalizaciones, en este caso concreto, del ejercicio dos mil trece, venía motivado porque había una tendencia –en este y en todos los Ayuntamientos- de no cumplir con la obligación de rendición de la cuenta; que, en este caso –como en otros que hemos visto-, se ponen de manifiesto debilidades similares, pero, desde luego, se pone de manifiesto una evolución en positivo y una mejora sustancial en cuanto a la gestión económico-financiera. Y también plantear que incluso en este informe del dos mil once, teniendo debilidades, también tiene algunas fortalezas, como he puesto de manifiesto en mi intervención. Nada más, y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señor Cruz. Para dar respuesta a las diferentes cuestiones planteadas, tiene la palabra el Presidente del Consejo de Cuentas.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Muchas gracias. En primer lugar, sí me gustaría poner de manifiesto que este informe, en su elaboración, se vio condicionado por otro informe que se ha realizado por mandato legal de estas Cortes de Castilla y León, que fue el Informe de Fiscalización sobre el Ayuntamiento de Valderas. Es decir, el mismo equipo que ha elaborado este Informe de Fiscalización sobre Cuéllar, ante el mandato de las Cortes, evidentemente, dimos prioridad absoluta al Informe de Fiscalización sobre el Ayuntamiento de Valderas, y eso ha supuesto, pues un... una ralentización en los trabajos de fiscalización del Real Sitio de San Ildefonso, que vimos en el pasado mes de septiembre... se remitió en el pasado mes de septiembre a esta Cámara, así como el Informe de Cuéllar. Eso es una de las razones que me gustaría dejar público conocimiento esta mañana, sin lo cual, pues, evidentemente, hubiéramos podido remitir este informe de fiscalización siete u ocho meses antes. Esa es una cuestión que yo creo que es bueno que tengan ustedes presente.

Después, otra de las cuestiones que ustedes ya saben que habitualmente explico en mi segunda intervención es sobre la existencia o no de indicios de responsabilidad contable. En este caso concreto, me gustaría ponerles de manifiesto que, a raíz de este informe de fiscalización, se detectó un indicio de responsabilidad contable, de acuerdo con lo que se decidió en el Pleno celebrado el pasado veintitrés de febrero. Exactamente, se refiere, Señorías, al indicio de responsabilidad contable que viene contenido en la conclusión número 23 y al párrafo de la página 45 del informe de fiscalización; en definitiva, la operación 200110005899. En el seno del Consejo de Cuentas se entendía que podía existir esa responsabilidad contable, y en esos términos se ha remitido.

Informarles que, con fecha doce de marzo, se ha recibido, por parte del Presidente de la Sección de Enjuiciamiento, Felipe García Ortiz, que estaba turnado ya esta... esta... indicios de responsabilidad contable y se iniciaba su tramitación.

También se han abierto diligencias preprocesales por el Ministerio Fiscal en el sentido de esta... este mismo indicio de responsabilidad contable a la que me acabo de referir, la conclusión número 23, pero también ven o quieren indagar sobre la conclusión número 20. Esa es la situación desde el punto de vista de lo que es los indicios de responsabilidad contable.

Al margen de eso, al margen de eso, se ha producido una denuncia, que el señor Cantalejos conoce perfectamente, y que en estos instantes significarle que se remitió al... al Tribunal de Cuentas la posibilidad de esos indicios de responsabilidades penales o contables en relación también a una situación similar a la que nosotros pusimos de manifiesto en el caso concreto del informe de fiscalización. Y significarles que, en estos momentos, también hemos recibido, por parte de la Fiscalía del... –perdón- del Tribunal de Cuentas, la comunicación correspondiente, poniendo de manifiesto que se pasaba al Departamento Primero de la Sección de Enjuiciamiento, comunicación que hemos recibido también con fecha doce de marzo. Esa es la situación en la que se encuentra el... tanto el informe de fiscalización como la responsabilidad contable que, en su caso, hemos nosotros detectado esa... ese posible indicio de responsabilidad contable que se ha detectado por el Consejo de Cuentas a la hora de aprobar este... y de examinar este informe de fiscalización, conforme al Acuerdo del veintitrés de febrero del corriente año, y esa denuncia que fue formulada el... el pasado año y que en estos momentos se encuentra en tramitación por el Tribunal de Cuentas.

En relación a lo que ustedes han expresado, pues, evidentemente, lo que pone de manifiesto es que se han leído de una manera detenida y exhaustiva el informe de fiscalización. Nosotros creemos que hemos hecho un... un buen trabajo. Que, evidentemente, este informe hubiera sido a lo mejor deseable haberlo visto con anterioridad, con... esos seis o siete meses antes; por eso me ha gustado y me ha parecido oportuno efectuar esa aclaración, ahora, en este... en este turno.

Y, evidentemente, también significarles otra reflexión que ustedes ya han comprobado en el último informe, en la última comparecencia que tuve. Es decir, a raíz del informe de seguimiento de recomendaciones nos permitirá comprobar si las entidades fiscalizadas cumplen con esas recomendaciones. En el caso concreto del municipio de Cuéllar no lo podremos saber formalmente en esta Comisión hasta el próximo año, habida cuenta que, como ustedes saben, el informe de seguimiento de recomendaciones se refieren al año precedente. Es decir, veremos los 21 informes que creo que hemos aprobado a lo largo del año dos mil catorce, si se han seguido las recomendaciones expresadas en los mismos; en el caso de Cuéllar, al haberse aprobado en febrero de este año, pues los analizaremos en el informe de seguimiento de recomendaciones que formularemos el próximo año, dos mil dieciséis.

Yo creo que aquí hay una cuestión de fondo en la que han incidido los dos, que yo creo que es importante, y que, desde el punto de vista del Consejo de Cuentas, es absolutamente prioritaria, y es el resolver el problema de la Secretaría. Yo creo que es una cuestión de importancia capital en el caso concreto del Ayuntamiento de Cuéllar, sin entrar en... en las otras consideraciones, que, por supuesto, mantengo íntegramente en la mañana de hoy. Pero hay una cuestión que yo creo que podría ser el principio de la reconducción de los muchos problemas que pueda tener, desde el punto de vista de la gestión ordinaria y cotidiana, el Ayuntamiento de Cuéllar, que es resolver el problema de la Secretaría, como acabo de decir. Y eso es cuando tengo la... la ocasión de exponer a raíz de las intervenciones que han formulado ustedes dos. Nada más, y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. En un turno de réplica, por parte del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Cantalejo.


EL SEÑOR CANTALEJO OLMOS:

Muy bien. Muchas gracias, señor Presidente. Bueno, creo que lo... el problema al que se refiere el señor Presidente del Consejo de Cuentas –y no quiero corregirle- creo que es la cuestión de Intervención, de... no de Secretaría, sino es el... el puesto de interventor. Bien.

Bueno, algunas puntualizaciones... Bueno, yo, cuando me he referido a lo de "antidemocrático", no tiene nada de antidemocrático un Alcalde elegido en un Ayuntamiento, para empezar; si es por mayoría absoluta, exactamente igual. Yo he estado hablando de comportamiento antidemocrático en... digamos que en los aspectos que aparecen recogidos en este informe. El Portavoz del Grupo Popular ve que hay una voluntad de mejora, hay una importante voluntad de mejora: se aprueba el presupuesto en tiempo y forma, también la cuenta general, etcétera, etcétera; y es cierto, y es cierto. Pero digamos que es más la cuestión formal que la cuestión de fondo; en la cuestión de fondo yo no he visto la voluntad de mejora por ningún lado.

Y, por otro lado, tampoco he visto... -vamos, tampoco he visto, es que no existe- por parte del Ayuntamiento de Cuéllar no he visto ninguna... no hay ninguna manifestación de que las recomendaciones que le hace el Consejo de Cuentas las asuma, las valore positivamente, esté de acuerdo con aceptarlas. Sencillamente, las ignora o no dice nada, o... o no dice nada.

Bueno, yo creo que en la primera intervención he puesto de manifiesto dos conclusiones, las dos conclusiones que se derivan, en mi opinión, del análisis del informe del Consejo de Cuentas, que yo creo que son las más importantes: por un lado, la mezcla o confusión de la gestión pública como si fuera una entidad privada; y, como consecuencia de esta concepción de la gestión de... es el desprecio o la negación a la obligación de respetar las normas y exigencias legales. Y hablo de los reparos, hablo de los contratos, hablo... "pues, bueno, lo que pone de menos esta empresa aquí, lo pone por otro lado, así que, bueno, vamos a dejarlo". Bueno, eso se puede hacer en una empresa privada, supongo; en una empresa pública no.

Y, bueno, ya en esta segunda intervención el Presidente del Consejo de Cuentas, bueno, nos ha dado cuenta de la posible existencia de indicios de responsabilidad contable y/o penal. Hay una responsabilidad contable o penal, o penal, y así ha sido trasladado al Tribunal de Cuentas del Reino de España. Y se ha puesto de manifiesto también, y se le ha pasado también a la Fiscalía. Aparte de la fiscalización, todo esto deriva de la fiscalización efectuada y también en la denuncia formulada por nuestro Grupo. Y la denuncia que hemos formulado no ha sido sin antes pedir explicaciones, aclaraciones y rectificaciones al Alcalde de Cuéllar; en concreto, de todos los... de todos los asuntos que figuran en la... en la denuncia, nosotros hemos hecho muchísimo hincapié en lo que nos parecía más importante, lo que nos parecía más grave.

Y, bueno, pues se lo explico con muchísimo gusto. Y bueno, no... no hemos tenido ninguna respuesta favorable a que pudiesen aceptar esta situación tan atípica. Me refiero al contrato del agua y saneamiento del municipio de Cuéllar. Desde el año... en el año dos mil trece termina el contrato –que era un contrato muy largo, de doce o trece o catorce años, no recuerdo-, termina en el año dos mil trece –hay un año de prórroga, hay un año de prórroga-, se agota el año de prórroga, y desde octubre... desde octubre, el municipio de Cuéllar tiene... digamos que el suministro agua y saneamiento, y lectura de contadores, etcétera, etcétera, lo está haciendo una empresa que no tiene ninguna relación contractual con el Ayuntamiento. Y, hombre, es un servicio fundamental, es un servicio que es de una cuantía, pues elevada. Y, bueno, que lo esté haciendo una empresa, así sin más, sin tener ninguna relación con el Ayuntamiento, pues bueno, no tiene ningún sentido. En cuanto detectamos esto, y lo detectamos por el informe de... del Consejo de Cuentas y lo detectamos también por los reparos manifestados por el Interventor, se lo planteamos al... al Alcalde de la Corporación, y, bueno, pues nos dio a entender que solo había esa posibilidad. Y, bueno, pues nosotros lo denunciamos porque nos parece que es nuestra responsabilidad y que es nuestro deber. En fin.

Estos hechos, en los que puede existir los indicios mencionados, bueno, pues yo creo que no hacen sino mostrar la actitud que llevo poniendo de manifiesto desde el principio, sin perjuicio de lo que dice el señor Cruz, y que tiene razón en una parte. Las normas yo creo que el Alcalde dice: no son para mí, yo hago lo mejor para el Ayuntamiento aunque sea ilegal -y lo ha manifestado así-, porque, de lo contrario, se produce una situación de quiebra económica. Así, literal. O sea, yo o el caos, ese es el planteamiento.

Y, bueno, yo creo que ese planteamiento no cabe en... en un Alcalde de un municipio. Y eso es lo que yo considero que es un comportamiento antidemocrático; eso es lo que yo considero, no lo otro.

De todas maneras, todo esto –como les decía- pues viene de la comunicación de unos reparos al Pleno municipal en lo que el Interventor alerta... primero, estos reparos no han sido levantados, y el Alcalde, a la petición de aclaraciones del por qué, ha respondido de... del por qué, ha respondido de nuevo que eso de los reparos no es nada. Insisto, cuando le hemos insistido con el levantamiento de los reparos, que dice el Interventor y que se lo manifiesta al Pleno de la Corporación, el Alcalde dice que no hay que levantar los reparos, que el Interventor tiene que plantear... leer los reparos en el Pleno y se ha terminado.

Bueno, yo entiendo que lo que nos está diciendo es que las normas son para los demás en todo caso, no para él. Yo insisto en la gravedad de estos hechos, y sobre todo en la actitud, porque, lejos de haber tomado nota -lo que decía el señor Cruz de voluntad de mejora-, en este... en este capítulo en particular, en... en este apartado en particular, pues yo creo que no está haciendo lo que debe hacer una... una Administración Pública.

Es más, les puedo... un ejemplo más. Hace muy pocas semanas, el Ayuntamiento de Cuéllar ha puesto a una empresa sin contrato, sin licitación, sin nada, a llevar la lectura y contabilidad de los contadores de los usuarios de la... de la calefacción centralizada de biomasa de Cuéllar. Y explicó... -en una comisión extraordinaria que tuvimos que... que pedir- explicó que les haría un contrato legal y todo más adelante. Pero, sin contrato ni nada, ha puesto a una empresa a hacer algo que... que, bueno, pues está... que no está amparado por ningún contrato.

En fin, lo razonable -en nuestra opinión- sería un toque de atención, y, desde luego, es necesario que las responsabilidades que haya se depuren. Pero este no es lugar, y a nosotros nos corresponde únicamente hacer una valoración política, y en este caso es evidente: las Administraciones Públicas deben ser un ejemplo constante en transparencia, rigor, equidad y cumplimiento de la ley, y no solo deben serlo, sino que además deben mostrar claramente que lo hacen. Y, desde luego, en el caso del Ayuntamiento de Cuéllar nos encontramos en las antípodas de este comportamiento. Y eso es lo que tengo que manifestar. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. En un turno de réplica, por parte del Grupo Popular, tiene la palabra el señor Cruz.


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Gracias, señor Presidente. Y con brevedad. Yo no tenía la sensación... ahora no sé si estaba en la Comisión de Hacienda, en el Ayuntamiento de Cuéllar, en el Pleno del Ayuntamiento de Cuéllar, pero, desde luego, creo que esta segunda intervención no es objeto de una intervención –le diría yo, con absoluta franqueza- de la Comisión de Hacienda de las Cortes de Castilla y León. Tiene uno la sensación de que la oposición llevada a efecto, y legítima, en el ámbito de la gestión diaria del Ayuntamiento de Cuéllar no debe tener una... un reflejo importante en el municipio cuando se trae aquí una intervención de estas características. Porque vaya por delante que yo desconocía el hecho que se ha puesto de manifiesto de esa responsabilidad contable, a qué asunto concreto se... se refiere, pero vaya por delante que usted ha dicho que ese asunto es del año dos mil trece; según su intervención, ha dicho que la prórroga del contrato vence en el año dos mil trece, difícilmente puede estar en consideración ese hecho puntual respecto a un informe del año dos mil once, porque la prórroga del contrato del agua, que yo desconozco, estaría en tiempo y forma hasta el año dos mil trece, y, por tanto, había un vinculación total entre la... la adjudicación... la adjudicataria del contrato y el Ayuntamiento de Cuéllar.

Dicho esto, yo sí he reconocido, efectivamente, que hay debilidades en la gestión, en dos aspectos fundamentales que se han puesto de manifiesto, y que el Consejo es siempre objetivo -lo hace con independencia del color político de la Corporación-, y, efectivamente, hay debilidades en cuanto a lo que es el ciclo presupuestario, en cuanto a lo que es la rendición de la cuenta, y lo que mantengo –y usted mismo reconoce- es que la evolución desde ese momento al actual ha sido una evolución en positivo.

En cuanto al ciclo presupuestario –porque eso es fácilmente comprobable-, es simplemente ver cuándo se ha aprobado el... el presupuesto del último ejercicio, y ya está aprobado en tiempo y en... en tiempo y forma -es decir, aprobado antes del treinta y uno de diciembre del... del año dos mil catorce-.

Respecto de lo que es la obligación de rendición de la cuenta, porque se observa perfectamente que ya se ha rendido la cuenta, el Consejo de Cuentas tiene abierto perfectamente esa información al conjunto de la ciudadanía, y, simplemente, esa comprobación la podemos efectuar en unos escasos segundos, y se comprueba que el Ayuntamiento de Cuéllar, por tanto, ya está rindiendo la cuenta general, y ha habido una evolución positiva en cuanto al endeudamiento, en cuanto al remanente de tesorería –que ya es positivo- y en cuanto a la gestión.

También se ponen de manifiesto fortalezas, a mi criterio –en ese caso, subjetivo-, respecto de lo que han sido otros informes de fiscalización de otras Corporaciones Municipales. El hecho, por ejemplo, de que la ejecución de ingresos y gastos estén situada en la media, el hecho de que no haya reconocimientos extrajudiciales de créditos o alguna otra fortaleza –que he citado en mi primera intervención- creo que son aspectos positivos.

Y, dicho esto, creo que su segunda intervención –y lo digo con el mayor de los respetos- era más propia del debate en el seno de la Corporación Municipal que en el seno de las Cortes de Castilla y León.

Y, por último, para finalizar, plantearle algo. Es decir, el criterio subjetivo de si se hacen o no seguimiento de recomendaciones es subjetivo, del Grupo Socialista o del Grupo Popular. El que vale es el que efectuará el Consejo de Cuentas en el... en las recomendaciones que efectúe en el seguimiento en el próximo ejercicio, porque para ello habilitamos al Consejo de Cuentas a que comparezca aquí una vez al año, para efectuar ese seguimiento y recomendaciones, en una ley aprobada, además, por el acuerdo de los dos Grupos que hoy intervienen en esta Comisión de Hacienda, que fue la Ley de instituciones básicas de la Comunidad, donde se reforzó la posición del Consejo de Cuentas en aras a mejorar la transparencia del conjunto de la Administración Pública de nuestra Comunidad. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señor Cruz. Tiene de nuevo la palabra el Presidente del Consejo de Cuentas.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Sí. Gracias. Muy brevemente. Solamente pues para hacer alguna serie de... de precisiones en relación con las intervenciones de ambos Portavoces.

Evidentemente, el problema del Ayuntamiento de Cuéllar es la Intervención. Es decir, yo le puedo decir que cuando tomamos posesión el actual Pleno del Consejo de Cuentas, en el año dos mil doce, fuimos citando a todos y a... y a cada uno de aquellos Ayuntamientos –si no recuerdo mal- en aquel entonces de más de 5.000 habitantes que no habían rendido cuentas en los últimos años. Entonces, citamos, en su día, al Ayuntamiento de Cuéllar, y fue acompañado por el Interventor accidental, que es como... que sigue siendo el mismo de aquel entonces.

Evidentemente, la Secretaría de primera lleva aparejada la Intervención de primera. Y ahí están obviamente desglosados ambos puestos de trabajo, pero lo que es importante es que esta Secretaría... que Cuéllar sea de segunda, y no tendrá dificultades para cubrir esta plaza en futuras convocatorias. Eso es... –si no me he expresado bien- es lo que quería manifestar. Pero lo que sí es cierto es que, como ponemos de manifiesto en el informe, cinco concursos ha quedado vacante el puesto de interventor, cinco concursos. Y eso es algo que tiene que llamar a la reflexión a todos, y que, evidentemente, el mantenimiento de primera de Cuéllar está produciendo esta dificultad para cubrir esa plaza. Y creo que en eso coincidiremos todos.

En cuanto a las intervenciones en relación a la responsabilidad contable y a la responsabilidad penal, voy a intentar ser lo más claro posible. Este informe de fiscalización está contemplado en el Plan Anual de Fiscalización 2013, que lo adoptamos en función del incumplimiento reiterado en el... lo que es la presentación de la rendición de cuentas, etcétera, etcétera, y ese es uno de los motivos por los que incorporamos Cuéllar, y lo referimos al año dos mil once. En función del año dos mil once, como he dicho en mi anterior intervención, en la página 45 decimos expresamente lo siguiente: "Todos los pagos realizados a lo largo del ejercicio dos mil once por este concepto cuentan con el mismo reparo de la intervención, mostrándose en desacuerdo con el gasto que se aprueba con posterioridad, sin referencia expresa a la resolución de la discrepancia planteada. En virtud de ello y estrictamente del contenido y descripción del informe de intervención, las prestaciones efectuadas por el contratista podrían haber resultado inferiores al precio pactado y abonado por el Ayuntamiento, por lo que un importe no cuantificado del mismo carecería de justificación". Eso es lo que nosotros lo llevamos a la conclusión número 23 y eso es lo que deducimos que pueden existir indicios de responsabilidad contable. Esa es una situación.

Y otra situación diferente es la que se produce como consecuencia de la denuncia formulada que en el año dos mil trece... desde el año dos mil trece ha vencido el contrato de mantenimiento y se siguen efectuando pagos. Entonces, a raíz de su denuncia, los reparos siguen existiendo, se analiza por el Consejo de Cuentas y llegamos a la conclusión de que pueden existir indicios de responsabilidades contables o penales, y en estos momentos está en poder del Tribunal de Cuentas, y ya he informado que el pasado doce de marzo se nos ha comunicado de que está remitido a la Sección de Enjuiciamiento.

Creo que... que de esta manera queda perfectamente claro lo que es la diferenciación de los indicios que hemos observado en el informe de fiscalización de lo que es la denuncia formulada con posterioridad, y que fue ratificada, si no recuerdo mal, el veintitrés de diciembre del pasado... del pasado año. Y eso es cuanto tenía que decir en relación a las intervenciones de ambos intervinientes. Nada más. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Finalizado el debate, de conformidad con lo establecido en la norma cuarta de la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de siete de abril de dos mil nueve, se abre un plazo de cinco días para que los Grupos Parlamentarios puedan presentar ante la Mesa de la Comisión propuestas de resolución relativas al informe de fiscalización que acaba de ser examinado. Dicho plazo finalizará el próximo sábado día cuatro de abril a las catorce horas.

Segundo punto del Orden del Día. Por la señora Secretaria se dará lectura del segundo punto del Orden del Día.

Informe


LA SECRETARIA (SEÑORA ÁLVAREZ-QUIÑONES SANZ):

Segundo punto del Orden del Día: Comparecencia del Excelentísimo señor Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para informar sobre el Informe de análisis de la gestión económico-financiera y presupuestaria de las Entidades Locales de Castilla y León, correspondiente al ejercicio dos mil trece. Entidades Locales Menores.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Para la presentación de este informe, tiene la palabra el Excelentísimo señor don Jesús Jaime Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Muchas gracias. El presente informe forma parte del Plan Anual de Fiscalizaciones para el ejercicio 2014. Fue aprobado por el Pleno celebrado en Burgos el cuatro de marzo del corriente año. La publicación en la página web, tanto del texto íntegro del informe como de la nota resumen del mismo, tuvo lugar el pasado cinco de marzo.

Es de señalar que el Plan Anual de Fiscalizaciones del año dos mil catorce incluye en su apartado 2, de "Fiscalizaciones especiales", el informe de análisis de la gestión económica-financiera y presupuestaria de las entidades locales de Castilla y León, ejercicio dos mil trece, el cual se circunscribe a las entidades locales menores, conforme a la acotación recogida en la parte introductoria del plan, cuando dice "al haberse optado por una fiscalización que afecte a un conjunto de entidades locales menores".

Indiscutiblemente, esta fiscalización también está afectada por el deseo de la Comisión de Hacienda de que en el año dos mil catorce se intensificase la colaboración con las entidades locales, al efecto de concienciarlas en la obligación legal de presentar las cuentas y de facilitarles la rendición de las mismas, en especial a las entidades locales menores, para evitar la aplicación de la Disposición Transitoria Cuarta, apartado 2, de la Ley 27/2013. Dicho cometido ha sido asumido por el Consejo de Cuentas con la puesta en marcha de diversas actuaciones, entre las que se encuentra la realización de este informe.

Objetivos. Es una fiscalización de carácter especial, para la cual, de acuerdo con las directrices técnicas, se establecieron los siguientes objetivos: analizar la magnitudes e indicadores económico-financieros y presupuestarios más relevantes; examinar la situación de las entidades locales menores en relación al cumplimiento de las obligaciones y plazos vinculados al ciclo presupuestario y contable; analizar los procedimientos de gestión relacionados con la contabilidad y la rendición de cuentas y las causas de falta de rendición.

Alcance y metodología. El periodo de referencia para las actuaciones es el ejercicio dos mil trece. El ámbito subjetivo es el conjunto de las entidades locales menores de Castilla y León, que en dicho año se elevaban a 2.224, salvo para el análisis de determinados aspectos, que se ha centrado en 117 entidades locales menores. Si bien la muestra afecta a todas las provincias, se refiere principalmente a León con 54, Burgos con 31 y Palencia con 20. Los trabajos de fiscalización concluyeron en noviembre de dos mil catorce.

Limitaciones al alcance. Como ya hemos expresado, al ser examinado el ejercicio dos mil trece, las limitaciones vienen condicionadas por el bajo nivel de rendición de cuentas de ese año, que llegó a las 1.245 entidades locales menores, es decir, el 56 % del total de la Comunidad.

Otra es la entidad local menor de Grandival, Condado de Treviño, que formaba parte de la muestra: pese a los reiterados requerimientos realizados, no contestó a los formularios, por lo que el muestreo se ha fijado en 116 entidades locales menores.

Se han detectado deficiencias en el registro contable de las operaciones derivadas de la inadecuada imputación presupuestaria de las mismas, lo cual ha constituido un impedimento para la identificación de las actividades y servicios desarrollados por las entidades locales menores.

Estructura de las entidades locales menores de Castilla y León. En el año dos mil trece, se encontraban constituidas 2.224, enclavadas en 441 municipios, siendo las provincias de León, con el 55,4 % (El Bierzo, con el 12,9), Burgos, con el 29,2, y Palencia, con el 10,2, las que cuentan con una mayor representación.

De los 5.911 núcleos de población existentes en Castilla y León, 2.372 están encuadrados en alguna entidad local menor, es decir, el 41... el 40,1 %. La población residente es de 281.283 habitantes, el 11,2 % del total regional, de los cuales el 83,4 % corresponden a León, el 9 % a Burgos y el 4,2 a Palencia. Si hablamos en porcentajes provinciales, el 50 % de la provincia de León reside en entidades locales menores y el 7 % en las provincias de Burgos y Palencia.

Si analizamos la población, resultan mayoritarias las entidades locales menores comprendidas en el tramo de población de 20 a 49 habitantes, con el 36 %, seguidas de las de población inferior a 20 habitantes, de modo que la mitad de las entidades menores cuentan con menos de 50 habitantes.

Sin embargo, hay 29 entidades locales menores que tienen una población superior a los 1.000 habitantes, de las cuales 28 están en León y una en Palencia.

Ha variado el número de entidades locales menores, si bien la tendencia que domina es la de supresión, motivada por la falta de candidaturas a los órganos rectores, ausencia de recursos económicos, progresivo envejecimiento de la población y despoblación del medio rural.

La gestión económica de las entidades locales menores y su situación económico-financiera. El sistema de información contable mayoritariamente aplicado por las entidades locales menores se ajusta al modelo básico de contabilidad local, con el 90 %, mientras que el modelo normal lo utiliza el 7,6 y el simplificado el 1,7.

Si examinamos los recursos, es de señalar que el 36,6 % de las 1.239 entidades locales menores gestionan entre 10.000 y 30.000 euros, seguidas de las que gestionan entre 3.000 y 10.000 euros, que suponen el 26,1 % del total. En conclusión, las entidades locales menores con ingresos no superiores a 30.000 euros representan el 72,1 %, 893, y en términos de población que representan el porcentaje es de 67,3.

La ratio de ingresos y gastos por habitante va de 1.280 a 17 euros en el caso de ingresos, y de los 1.214 a los 20 euros en el caso de gastos.

El importe agregado del presupuesto definitivo de ingresos, de las 1.239 entidades locales menores analizadas, ascendió a 49,4 millones de euros y el presupuesto de gastos a 45,8 millones. De los 3,6 millones de superávit agregado que arroja la diferencia entre ambos estados, más de 3.000.000 son de una única entidad local menor, y responde a lo prevenido en el Artículo 193.3 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.

De las 1.239 entidades locales menores analizadas, 1.190 aprobaron el presupuesto dos mil doce equilibrado y 49 el presupuesto definitivo con superávit.

La media de ejecución presupuestaria, según los datos de liquidación del presupuesto de ingresos, fue del 71,7 %, mientras que el grado de realización de cobros se elevó al 95,1, dato que puede deberse a la utilización del criterio contable de caja en vez del de devengo. En cuanto a la ejecución del presupuesto de gastos, fue del 75,5 %.

Las principales fuentes de ingresos de las entidades locales menores son los ingresos patrimoniales, que representan el 53 % de los derechos liquidados, seguidos de las tasas, con el 16,2 %, y de las transferencias de capital, con el 14 %.

En cuanto a los gastos de las entidades locales menores, hay dos grandes bloques: por un lado, los gastos en bienes corrientes y servicios, con el 49,7 % del total; y, por otro, las inversiones reales, con el 43,3 %.

Por el contrario, los gastos de personal, y esto me gustaría resaltarlo muy mucho en la mañana de hoy, suponen menos del 4 % de los presupuestos definitivos.

El importe agregado del resultado presupuestario arroja un saldo global positivo de 854.454 euros. Si acudimos a los resultados individuales, hay 718 entidades locales menores que presentan resultados positivos y 521 negativos.

El saldo agregado del remanente de tesorería para gastos generales en dos mil doce presenta signos positivos por importe de 51.021.032 euros; resultante de los fondos liquidados por importe de 53.334.703 euros; de los derechos pendientes de cobro, con 2.912.713 euros; y de las obligaciones pendientes de pago, con 5.169.110 euros. Individualmente, hay 14 entidades locales menores que presentan remanente de tesorería para gastos generales con signo negativo, destacando Navatejera, con un saldo negativo superior a 3.000.000 de euros.

En cuanto a los ingresos, se observa el protagonismo de los ingresos patrimoniales en todos los estratos, aunque tenga mayor peso en las entidades de menor población, que representan el 60 % de los ingresos totales, mientras que en el resto viene a suponer el 40 %.

Si analizamos los ingresos patrimoniales, mayoritariamente proceden de concesiones administrativas y aprovechamientos especiales, así como de rentas de bienes inmuebles, fundamentalmente rústicos. En cuanto a las transferencias recibidas, predominan las de capital en las de menor población y las transferencias corrientes en las entidades con mayor población.

En cuanto a los ingresos relacionados con la prestación de servicios públicos básicos, se observa que las de menor población son las que registran ingresos de este tipo, bien como tasa o como transferencia del Ayuntamiento. Más de la... de la mitad de las entidades locales menores de menos de 20 habitantes han reconocido derechos por este concepto, frente al 17,6 % de las entidades de mayor población.

Si nos fijamos en los gastos corrientes en bienes y servicios, el 64,9 % de los mismos corresponden a material, suministros y otros, y el 31,5 % a reparaciones, mantenimiento y conservación. El gasto por habitante tiene un valor medio de 100 euros, que va disminuyendo a medida que es mayor la población. Hay una horquilla que oscila entre menos de 10 euros para las entidades locales menores con población igual o superior a 1.000 habitantes a 447 euros para los tramos inferiores de población.

El gasto en inversiones presenta la siguiente distribución: 61 % se dedica a infraestructuras y bienes destinados a uso general; 29,8 % a inversión asociada al funcionamiento operativo de los servicios; y el resto a otras inversiones. Porcentualmente, el gasto en inversiones disminuye a medida que aumenta el tamaño de la entidad. Así, va del 59,2 % del gasto total en las de menor tamaño al 7 % en las de mayor tamaño.

Actividades y servicios ejercidos por las entidades locales menores. De las 523 entidades locales menores de las 2.239 que tienen ingresos tributarios derivados de tasas por prestación de servicios públicos básicos, si bien su cuantía económica no es elevada, el servicio de abastecimiento de agua es el que más destaca, seguido de alcantarillado, basura y cementerio.

De la muestra de las 116 entidades locales menores se constata que, de las actividades o servicios que prestan de forma ordinaria, son las fiestas patronales las que desarrollan de manera mayoritaria (con el 76,7 %), seguida de la conservación de caminos (con el 58 %), abastecimiento domiciliario (el 52 %), cementerio (el 44 %); el 30 % presta los servicios de alcantarillado y alumbrado público, y alrededor de la cuarta parte los servicios de limpieza viaria, pavimentación de vías públicas e instalaciones deportivas. Puede afirmarse que un gran número de entidades locales menores asume competencias delegadas que la normativa estatal señala como servicios mínimos municipales obligatorios.

En cuanto a los recursos percibidos por las entidades locales menores, de acuerdo con la muestra, la principal fuente de ingresos la constituyen los recursos provenientes de su patrimonio, como el arrendamiento por cotos de caza, aprovechamiento agrícola y de pastos. Si hablamos de ingresos tributarios, los más significativos los constituyen los recibidos en concepto de tasas por prestación del servicio de abastecimiento de agua.

En conclusión, puede afirmarse que las entidades locales menores financian sus servicios a través de ingresos patrimoniales, sin que el ejercicio de actividades o la prestación de servicios de índole municipal conlleve necesariamente la imposición y exacción de las correspondientes recursos tributarios que los financien.

El ciclo presupuestario y contable de las entidades locales menores. La evolución de la rendición de cuentas de las entidades locales menores ha sido muy favorable en los últimos años. Así, se ha pasado de un 17 % en dos mil nueve al 29 % en dos mil diez, 36 % en dos mil once y el 55 % en dos mil doce.

No obstante, hay que traer a colación los resultados que se han producido este último año, como consecuencia de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 27/2013. Al cierre del pasado ejercicio, ha rendido la cuenta de dos mil trece un total de 2.100 entidades locales menores, lo que supone un 94,4 %. Sin embargo, en cuanto al cumplimiento del ciclo presupuestario, se observa que solo el 4 % aprobó el presupuesto de dos mil doce con anterioridad al uno de enero.

Organización, funcionamiento y situación de las entidades locales menores en relación al cumplimiento de sus obligaciones contables. De las 116 del muestreo, el 94 % reconocen que son conscientes de la obligación de rendir la cuenta general ante el Consejo de Cuentas de Castilla y León. En cuanto a la posibilidad de disolución de las entidades locales menores, de acuerdo con la LRSAL, por la falta de presentación de cuentas antes del treinta y uno de diciembre de dos mil catorce, hay 12 responsables que lo ignoraban.

La situación contable de los ejercicios cuyas cuentas se encuentran pendientes de formar obedece a que las operaciones están pendientes de contabilizar en su totalidad. Así sucede respecto a los ejercicios dos mil once y dos mil doce. Ello pone de manifiesto que las entidades locales menores han dado prioridad a la contabilización del último ejercicio, en perjuicio de los precedentes, a la vista de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley de veintisiete de diciembre del dos mil trece.

En cuanto a los motivos que han dado lugar a los incumplimientos en algunas de las fases del ciclo contable, sucede lo siguiente:

Falta de formación de las cuentas. Además de la falta de contabilización de las operaciones en el SICCAL, destaca la inexistencia del presupuesto, la llevanza de una contabilidad administrativa de caja y la limitación de medios técnicos.

Falta de aprobación de las cuentas ya formadas. Las causas residen en la falta de personal cualificado para documentar y tramitar el procedimiento de aprobación.

Falta de rendición de las cuentas aprobadas. Las causas son variables, tales como: la cuenta no se ajusta al formato exigido, falta de personal cualificado o indefinición legal respecto al desempeño de las funciones de Secretaría de las entidades locales menores.

Por lo que se refiere al sistema del desempeño de las funciones de secretaría, la mayoría de las consultadas ha optado por una persona con capacidad suficiente (el 46 %), seguida del secretario del Ayuntamiento al que pertenece la entidad local menor (con el 34 %). Cuando se encomiendan las funciones de secretaría a otra persona con capacitación suficiente o a otra persona no funcionario, lo más frecuente es que recaiga en un vecino de la localidad (en el caso... sucede en el 74 % de los casos). Esto se da de manera preferente en Burgos y León, mientras que en Palencia se da el segundo caso.

Las entidades locales menores donde la persona que desempeña la Secretaría no asume las funciones de contabilidad optan mayoritariamente por recabar el apoyo de la Diputación o, en su caso, de la Comarca -así sucede en León-, mientras que la asistencia de empresas es más frecuente en Burgos y Palencia.

Por lo que respecta a los recursos materiales de que disponen las entidades locales menores para atender a sus obligaciones, las entidades locales menores de la muestra ponen de manifiesto las siguientes carencias: el 44 % no dispone de un espacio físico adecuado; el 23 % afirma disponer de un equipo informático idóneo para instalar el programa de contabilidad correspondiente; incluso disponiendo de equipos informáticos, en ocasiones no se encuentran ubicados en dependencias públicas, sino en domicilios particulares, ya sea del Presidente de la Junta Vecinal o en el del responsable de la Secretaría; más de la mitad carece de conexión a internet con banda ancha, necesaria para poder realizar la rendición telemática de la cuenta general.

Para resolver sus problemas de rendición de cuentas, las entidades locales menores acuden a la Diputación o Comarca en el 26 % de los casos, especialmente en León, mientras que la externalización está presente el 21 % de los casos, solución que se da fundamentalmente en Burgos y Palencia.

Recomendaciones. Teniendo en cuenta las conclusiones recogidas en el epígrafe anterior, se formulan las siguientes recomendaciones:

La Comunidad Autónoma de Castilla y León, conforme a las previsiones que ya se contienen en la Disposición Final Octava de la Ley 7/2013, de veintisiete de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, debería adoptar medidas legislativas orientadas a regular el mantenimiento, organización y modernización de las entidades locales menores en el marco de la legislación básica del Estado, teniendo en cuenta su tamaño y presupuesto. De forma particular, dentro de las nuevas medidas normativas, deberían establecerse unos estándares económicos y administrativos que, con carácter mínimo, deban cumplir las entidades locales menores para su mantenimiento.

Asimismo, convendría preverse como causa de disolución el incumplimiento reiterado de sus obligaciones presupuestarias y contables -incluyéndose de forma expresa como tal la falta de aprobación del presupuesto o de rendición de cuentas- durante varios años consecutivos.

Por parte de la Junta de Castilla y León debería procederse a la supresión de aquellas entidades locales menores que incurren en las causas de disolución contempladas en la actualidad por la Ley 1/98, de cuatro de junio, de Régimen Local de Castilla y León. Igualmente, deberían disolverse aquellas entidades locales menores que, pese a figurar en los registros de entidades locales estatal y autonómico, no ejercen ningún tipo de competencia, así como aquellas que no alcanzasen los estándares económicos y administrativos mínimos establecidos en la revisión normativa que se propone.

Las entidades locales menores deben dotarse de los medios administrativos adecuados que les permitan cumplir con las obligaciones inherentes a su condición de Administraciones Públicas.

El Registro de Entidades Locales, dependiente de la Junta de Castilla y León, debería completar e incorporar la incorporación requerida por su normativa reguladora, particularmente la relacionada con la extensión territorial, entidades singulares incluidas dentro de sus límites territoriales, así como las competencias que ejercen las entidades locales menores, tanto las delegadas expresamente por el municipio como las asumidas en su caso de forma tácita al amparo de lo previsto en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 1/98, de cuatro de junio, de Régimen Local de Castilla y León.

La Administración Autonómica, en línea con lo apuntado en la recomendación número 2, así como en lo previsto en el Artículo 12 del Decreto 215/2000, de diecinueve de octubre, debe igualmente proceder de oficio a la cancelación de aquellas entidades locales menores que se declaren extinguidas.

Las entidades locales menores deben ajustar su gestión económico-financiera a las prescripciones establecidas en la vigente normativa presupuestaria, y, a tal efecto, deberán elaborar, aprobar, ejecutar y liquidar sus presupuestos conforme a la estructura y contenidos previstos en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de cinco de marzo; en el Real Decreto 500/1990, de veinte de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/88 en materia de presupuestos; y en la Orden 3565/2008, de tres de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales.

Tanto la contabilidad como el contenido y rendición de la cuenta general de las entidades locales menores deberán igualmente ajustarse a las previsiones legales y reglamentarias recogidas fundamentalmente en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en las instrucciones de contabilidad citadas y en el Acuerdo del Consejo de Cuentas de Castilla y León 72/2010, por el que se regula el formato de la cuenta general de las entidades locales en soporte informático y el procedimiento para su remisión por medios telemáticos.

Asimismo, las entidades locales menores deberán aprobar y liquidar sus presupuestos, así como formar, aprobar y rendir sus cuentas dentro de los plazos previstos en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y normativa concordante.

Las Cortes de Castilla y León deberían instar, de la Administración del Estado, la revisión del actual régimen jurídico relacionado con el desempeño en las entidades locales menores de las funciones públicas necesarias de secretaría, control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria, contabilidad y tesorería, con el objeto de garantizar el ejercicio de dichas funciones en este tipo de entidades, actuación que podría instrumentarse fundamentalmente mediante el desarrollo reglamentario al que se refiere el Artículo 92.bis de la Ley 7/85, de dos de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Por su parte, la Comunidad Autónoma, en el marco de la legislación básica del Estado, deberá regular, en caso preciso, las especialidades que sobre dicha materia pudieran afectar al ámbito territorial de Castilla y León.

Entre otras soluciones, y para aquellos casos en los que la entidad local menor no disponga de puestos de trabajo reservado propio, en las nuevas medidas de carácter reglamentario propuestas en el punto anterior, convendría establecer unos índices obligatorios de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, tanto en los Ayuntamientos afectados como en los servicios de asistencia a las Diputaciones y de la Comarca, ajustando su número y clasificación (subescala y categoría) al número y característica de las entidades locales menores existentes en cada municipio, provincia o comarca. En la financiación de dichas medidas, deberían participar de forma destacada las entidades locales menores afectadas. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Se abre un turno de intervenciones de los diferentes Grupos Parlamentarios. Por parte del Grupo Socialista tiene la palabra el señor Ramos Antón.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

Muchas gracias, señor Presidente. Señor Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, yo quiero, en primer lugar, darle la enhorabuena por... por este informe, darle la... la enhorabuena al Consejo y al conjunto de los técnicos del Consejo también que han elaborado este informe, porque no deja de ser un informe sobre un hecho local excepcional que afecta de manera singular a Castilla y León. Si nosotros no hacemos este tipo de informes, realmente no lo va a hacer nadie, o no lo va a hacer nadie sobre este tipo de entidades locales. Las entidades locales de Castilla y León representan más del 66 % de las entidades locales del conjunto de España, y además con una singularidad.

Tenemos que plantearnos de qué estamos hablando. Está muy claro en el informe del Consejo, el 20 % de esta... perdón, el 24 % de estas entidades locales menores tienen menos de 20 habitantes; es decir, que allí no vive nadie, allí no vive nadie. En las entidades locales de menos de 20... 20 habitantes generalmente no vive nadie. El 57,6... en el 57,6 % de estas entidades locales son de menos de 50 habitantes. Probablemente en la mayoría de ellas tampoco viva nadie -alguna persona, algún ganadero, excepcionalmente-. Y en el 77,3 % de estas entidades locales menores tienen menos de 100 habitantes. Aquí puede vivir, pues el 25 %. En invierno, pues 8 o 10 personas, 12. Tenemos que saber de qué estamos hablando. Yo, pues tengo un conocimiento más directo de las entidades locales menores del norte de la provincia de Palencia, pero también conozco las de Burgos y León.

Por lo tanto, estamos hablando de un hecho local y de un hecho territorial especialmente... especialmente singular. Estamos hablando de un medio de extraordinaria fragilidad, de extraordinaria fragilidad social, de extraordinaria fragilidad económica y de extraordinaria fragilidad institucional. Fíjense, la... estamos hablando de una población que representa al 11 % del conjunto de la población de Castilla y León. ¿Saben a qué me ha recordado este 11 %? Esta es la población que las proyecciones de población a corto plazo del INE, a 10 años, prevén que, si las cosas siguen como hasta ahora, pierda Castilla y León en los próximos diez años. Es decir, que en los próximos diez años probablemente perdamos en torno al 10 % de nuestra población. Y la mayor parte de esta población que perdemos va a ser la población de estas entidades locales menores, porque el... el fenómeno de la regresión demográfica afecta de forma diferencial, de forma selectiva, a los núcleos territoriales más escasos y a los colectivos poblacionales, por otro lado, más dinámicos.

Por lo tanto, estamos hablando de una especie en peligro de extinción, sin ninguna duda, en mayor... en la mayor parte de estos casos. Yo creo, en lo que a mí me afecta, en la valoración que personalmente y que... y que comparte mi Grupo, hace de este informe, yo creo que presenta bien este informe esta realidad, presenta bien este informe la complejidad de esta realidad, habiendo puesto en... en relación los datos del nomenclátor de... del Instituto Nacional de Estadística con los datos de las entidades locales de población. Hay, por lo tanto, una realidad, que es una realidad compleja, que afecta a tres provincias de nuestra Comunidad, de unos territorios en un importantísimo riesgo de despoblación.

En lo que afecta... Por lo demás, yo creo que el Consejo está a lo que tiene que estar, ¿no?, en el contenido y en el núcleo del informe, a lo que es la capacidad de gestión y la calidad de la gestión presupuestaria de estas entidades locales. Que... que hay que ver también lo que son: el 72 % de estas entidades tienen presupuestos inferiores a 30.000 euros. Digamos que equivalen, en términos de salarios medios, a lo que sería una economía familiar de un solo asalariado, para situar las cosas en un orden de proporcionalidad. Pero es que el 85,9 tienen ingresos... perdón, y gastos... tienen un movimiento económico inferior a 50.000 euros. Por lo tanto, para que... para que sepamos dónde estamos.

Aun así, me ha sorprendido la capacidad de gestión que... que parecen mostrar las entidades locales, me ha sorprendido esa capacidad de gestión -para sí la querrían muchas Consejerías, y sobre todo muchos organismos autónomos de la... de esta Comunidad, por los datos que hemos visto aquí-; cuando vemos que en gestión de gastos estamos en un... en un... en una ejecución del setenta y cinco coma ciento por... 75,5 % de media, y con un índice de realización del pago... de pagos del 93,1, ya querrían los Ayuntamientos de Castilla y León que la Junta tuviera con ellos mismos, con los... y no digo un porcentaje de ejecución de presupuesto y de gastos como... como tienen las entidades locales menores, y no digamos nada sus proveedores. En cuanto al procedimiento de ingresos, pues lo mismo que decir.

Y en cuanto a su eficiencia, sorprendido. Es verdad que el Consejo de Cuentas propone reducir el elevadísimo y sorprendente nivel de eficiencia de esta... de estos... de estos... de estas entidades locales menores, porque dice: oiga, que tienen solo el 4 % de presupuesto destinado a personal, que hay que destinar más a este asunto. Pero claro, si destinamos más desracionalizamos, en los términos de LRSAL, ¿no? de la Ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local. Oiga, es que... Vamos, mándenle ustedes, señores del Consejo de Cuentas, esto al señor Montoro, que se entere. Oiga, que las entidades locales que él pone en cuestión son las entidades más eficientes que hay en España, que lo compare con lo que quiera. Vamos a ver, dónde hay el índice de eficiencia... Vamos, que la productividad de este personal es sorprendente, ¿no? No creo que nadie, ni nosotros, ni el Consejo de Cuentas, en fin, de los que estamos aquí, ¿quién es capaz de hacer más con menos? Estas son las entidades locales... las entidades públicas más eficientes que puedan existir en este país.

Y, luego, también me... me ha sorprendido la capacidad de gestión de servicios que muestran, ¿no? Es decir, bueno, organizan las fiestas. Claro, porque es lo lógico, organizan las fiestas porque en las fiestas es cuando está el censo de las entidades locales menores presente. Fuera de las fiestas seguramente el censo no estará... no está presente. Hay una elevada carga simbólica en la pervivencia de estas entidades locales menores. Que organicen las fiestas, pues es coherente, no debe de sorprendernos nada. Está muy bien. Yo quiero que las hagan. Pero es que luego gestionan un conjunto de servicios de prestación obligatoria por parte de los municipios mediante un proceso de delegación, que será fundamentalmente tácita -también se dice en el informe- más que expresa, y hay, en fin, una elevada capacidad de gestión. De modo que a lo mejor no lo hacen todo lo bien que deben hacerlo en términos de calidad de ejecución presupuestaria, pero da la impresión de que son útiles para sus ciudadanos. Eso es lo que desde nuestro punto de vista debe ser importante. A mí me ha sorprendido porque veo que son unas... unas instituciones muy útiles para sus ciudadanos, y que es verdad que a lo mejor gestionan esto un poco, pues como lo que es, entidades locales menores de 30.000... que gestionan al año 30.000 euros; pues como usted y como yo, o como cualquier entidad local menor. Seguramente, pues muchos de los gestores, pues tienen una... una economía muy superior en sus... en sus propias familias que en estas entidades, y se gestiona, pues, bueno, pues como se puede, ¿no?, como se puede –lo... cuestión que no estoy justificando, porque estamos hablando de entidades locales menores, pero estoy reconociendo esa perspectiva, ese hecho de la realidad-.

Por otro lado, parece que la supervivencia y la... la continuidad de estas entidades locales menores está ligada a la gestión de un... de un patrimonio que les es... que les es propio, que parece que es fundamental, ¿no? Sobre todo, un patrimonio de naturaleza rústica, que entendemos que será fundamentalmente montes, de algún tipo de montes, caza, etcétera, etcétera. Y, en fin, esta es una cuestión que me ha... que me ha sorprendido bastante.

Para no... para no ir más allá, en lo que tiene que ver con la... algún comentario sobre las recomendaciones, en lo que son las... la primera recomendación que se hace a la Junta de... a la... a la Comunidad Autonómica de Castilla y León de regular el mantenimiento, la organización y la modernización de las entidades locales menores, en el marco de la legislación básica, yo sí que quería destacar que, en mi opinión, yo creo que, a lo largo de esta legislatura, se han sentado –yo creo que sólidamente- estas bases en la Ley de Organización, Servicios y Gobierno del Territorio, en la que se ha quedado claro yo creo que cuatro cosas.

La primera cosa es que la Comunidad de Castilla y León, que... mediante una ley de estas Cortes, ha dicho que apuesta por las entidades locales menores y... y por su pervivencia, que no las pone en cuestión.

En segundo lugar, ha... ha garantizado, a través de esa ley, la persistencia de ese patrimonio público y del carácter público de ese patrimonio, cuya gestión debe estar orientada, además, a la prestación de servicios públicos. Y, además, ha establecido, en esa ley, un criterio que me parece relevante, que es el criterio de la solidaridad intramunicipal necesaria. No puede ser que, siendo el municipio la... el responsable de la prestación de servicios, sea, en algunos casos, la entidad local menor la que tiene más capacidad económica que el propio municipio. En fin, eso hay que ponerlo en cuestión y hay que ejercer desde la perspectiva de los servicios públicos –de los obligatorios primero y luego de los voluntarios- la gestión de ese... de ese patrimonio.

Hombre, esto es verdad que lo debiera de haber hecho esta Comunidad más pronto. También creo que las... las recomendaciones que se hacen, que están dirigidas al Gobierno de España, pues es verdad que va a ser difícil que se atiendan, porque este es un hecho del que nadie quiere oír hablar, porque es molesto desde el punto de vista de la percepción que se tiene de lo local fuera de esta Comunidad Autónoma. Fuera de esta Comunidad Autónoma, cuando tú hablas con municipalistas, es que no saben de qué va esto, es que no entienden nada, es que les molesta el propio hecho de... Molesta desde un punto de vista intelectual, quiero decir, porque no deja de ser un hecho excepcional, que ahí está, y que no se... no se sabe lo que representa.

Luego, usted, en fin, hacen –como es su... su papel, y así debe ser- recomendaciones sobre la dotación de medios administrativos adecuados. Yo creo que adecuados y proporcionados, ¿no?, y proporcionados.

Lo que tiene que ver con el Registro de Entidades Locales de la Junta, pues también, a lo mejor está olvidado. Yo creo que es un buen recordatorio, bien, pues que el registro esté adecuadamente planteado... En fin.

Y luego, lo que tiene que ver con el cumplimiento de las prescripciones establecidas en la vigente normativa presupuestaria. Hay que tener en cuenta... hay que hacer también una lectura por pasiva de esta... de esta cuestión. Están ustedes en su papel; yo creo que nuestro papel es el contrario, es hacer una lectura en pasiva. Es decir, la normativa presupuestaria tiene que reconocer esta realidad. Las entidades locales menores, evidentemente, tienen que cumplir la normativa presupuestaria mientras esté vigente; pero, ¡hombre!, los que hacemos las leyes tenemos que tener en cuenta este hecho. Porque aquí... yo creo que aquí viene a la cabeza... a mí me viene a la cabeza aquella descripción que de las leyes hacía Montesquieu, mucho... mucho más allá de sus aspectos formales. Montesquieu, en El espíritu de las leyes, en el... en el frontispicio dice que las leyes son las relaciones necesarias que se derivan de la naturaleza de las cosas. Un concepto de ley moderno, muy empirista, que dice que... que, en fin, que las leyes que se pueden cumplir se cumplen y las que no se pueden cumplir, pues no se cumplen. Y eso lo tenemos que tener en cuenta los... los legisladores, ¿no? Por lo tanto, ellos tienen que cumplir la ley y nosotros tenemos que saber para quién legislamos.

Y, finalmente, con esta consideración, yo creo que... reconociéndole su papel, creo que yo estoy tratando de... de que nosotros nos pongamos en el nuestro, y creo que el debate sobre las entidades locales menores tiene que... tiene que equilibrarse entre estos dos términos que he planteado:

El término de la utilidad. ¿Estas entidades locales menores son útiles para sus vecinos? ¿Son... son útiles para un modelo territorial de esta Comunidad que...? ¿Son útiles para dar valor al territorio? ¿Son útiles para mantener activos los valores de ese territorio, que son claves en la economía del futuro -el agua, fundamentalmente, como recurso de mayor valor en esa... en esa perspectiva-? ¿Son útiles estas entidades locales menores? Yo creo que hay que hacer esa valoración de la utilidad.

Y luego, naturalmente, está el debate de... de la legalidad. Y en ese debate está lo que hemos dicho: la necesidad de... de que se cumpla la legalidad –y yo creo que, aquí, las entidades locales... las Diputaciones y la Comarca del Bierzo tienen que... que trabajar más y mejor de lo que trabajan-; y luego está esa otra perspectiva de que, desde... desde el punto de vista del legislador, es necesario reconocer esta realidad. Y esto es un hecho demasiado propio de Castilla y León como para que sea reconocido en el ámbito de la legislación básica.

Y, finalmente, ya para concluir, creo que también tenemos que reconocer lo que estas entidades locales menores representan en términos de capital institucional en esta Comunidad, de pervivencia de formas tradicionales de autogobierno, de gobierno de proximidad. Yo creo que el gobierno de proximidad es un derecho que podría ser un derecho constitucional, que no lo es en este momento, y... y que a mí me gustaría que en algún... que en algún momento lo fuera. Y yo creo que esto tenemos que hacerlo valer. Creo que hay que valorar lo que representan en términos de formas singulares de vinculación de lo... de los ciudadanos con lo público, y, en definitiva, como formas institucionales de adaptación eficiente al territorio.

Hemos declarado muy recientemente la Semana Santa de Zamora como patrimonio... como bien de interés cultural de carácter inmaterial; magnífico, muy bien, yo creo que es una decisión acertada. A lo mejor tenemos que plantearnos... a lo mejor tenemos que plantearnos hacer reconocimientos de esta naturaleza a algunas de estas formas de gobierno desde las... desde las Juntas Vecinales.

Y ya, para concluir, diría que, si las entidades locales menores han sido unas grandes desconocidas, creo que la reforma local, en fin, yo creo que... que no ha servido para nada, ¿no?, más que para darnos trabajo y para enredar, para enredar, ¿verdad? Si pretendía otra cosa respecto a las entidades locales menores, lo que yo creo que ha hecho es que nosotros recordemos su existencia, que, de alguna manera, se pongan de moda. Y por esos... por esas... caprichos del destino, una reforma local orientada... digamos que estaba enfilando, tratando de entregar en bandeja de plata la cabeza de las entidades locales menores a las instituciones europeas, engañándolas y tratando de decir "oiga, que voy a quitarme de encima 3.000 municipios en España", siendo lo que no son, pues yo creo que, en este, como en otras materias, ha tenido la mala suerte de conseguir lo contrario. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Por parte del Grupo Popular, tiene la palabra el señor Cruz.


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Gracias, señor Presidente. Fíjese que puede ser una excepción, pero casi podría yo suscribir íntegramente la intervención del Portavoz del Grupo Socialista, que me ha precedido, salvo por la última consideración y por la referencia a una supuesta ineficiencia de la Junta de Castilla y León, que yo, desde luego, no comparto.

Pero, fuera de esos dos ámbitos, podría prácticamente suscribir íntegramente la intervención del señor Ramos, porque, efectivamente, lo primero que hay que poner de manifiesto es que este es un informe acertado, muy acertado –y hay que felicitar al Consejo de Cuentas por ello-, porque, como él ha puesto de manifiesto, ninguna Comunidad debe elaborar un informe si no es esta respecto a las entidades locales menores. Y que ha puesto de manifiesto yo creo que dos cuestiones importantísimas: la primera, la utilidad de las entidades locales menores en el ámbito de nuestra Comunidad; y la eficiencia. Es verdad que la eficiencia no es comparable en el ámbito del tamaño y de la gestión, pero, desde luego, se pone de manifiesto una eficiencia importante respecto de lo que es la gestión patrimonial -se ha puesto de manifiesto-, hay una gestión patrimonial de recursos vinculados a inmuebles rústicos, aprovechamientos forestales de montes de utilidad pública, que repercute en servicios.

Y, desde luego, quiero poner de manifiesto algo muy importante, que es que la Junta de Castilla y León y esta Comisión de Hacienda y estos Grupos Parlamentarios han defendido la existencia de las entidades locales menores de forma fehaciente. Y lo han hecho, como ha dicho el señor Ramos, en la Ley de Ordenación y Servicios del Territorio y en la defensa ante la espada de Damocles que colgaba sobre las entidades locales menores, que se hizo en la Comisión de Hacienda, cuando se instó al Consejo de Cuentas a que colaborase en la labor de concienciación de la rendición de cuentas, recordando lo que regulaba la Ley de racionalización de la Administración Local, que planteaba en su Disposición Transitoria Cuarta la posibilidad de disolución de las entidades locales menores que no rindiesen la cuenta general a treinta y uno de diciembre del dos mil catorce. Y ahí se la... hubo una propuesta del Grupo Parlamentario Popular, respaldada por todos los Grupos de esta Cámara, para que el Consejo colaborase, junto con la Junta de Castilla y León –que apostó con recursos económicos para facilitar la rendición de la cuenta general- y frente... también la colaboración de las Diputaciones, para que en las tres provincias donde tienen un mayor peso (en las provincias de Burgos, de Palencia y de León) las entidades locales menores pudiesen rendir la cuenta general.

Y se ha puesto de manifiesto además la positiva evolución, también en este sentido, de la rendición de la cuenta, cuando se pone de manifiesto en el informe que en el año dos mil diez prácticamente era el 19 % las que rendían la cuenta general, de las 2.224 actuales -en algún momento de esta legislatura hubo 2.232-, la realidad es que ha habido una evolución muy positiva, para llegar al objetivo final de que el treinta y uno de diciembre del dos mil catorce más del 94 % de las entidades locales menores de Castilla y León rindieron la cuenta general, a pesar de la escasez de recursos que gestionan, como ha puesto de manifiesto este informe.

Por lo tanto, ha habido una defensa unánime de los Grupos de esta Cámara en defensa de las entidades locales menores por ese papel de utilidad y de eficiencia que pone de manifiesto este informe elaborado por el Consejo... por el Consejo de Cuentas. Por eso decía yo que podía, prácticamente, suscribir íntegramente las palabras del Portavoz que me ha precedido en el uso de la palabra, el Portavoz del Grupo Socialista, dentro de lo que es una excepción en esta Comisión de Hacienda, porque normalmente la confrontación es la tónica general en el debate en el seno de la Comisión. Pero la verdad es que aquí estamos de acuerdo. Se ha puesto de manifiesto en la elaboración y en la aprobación conjuntamente en la Ley de Ordenación de Servicios y de Gobierno del Territorio, y se pone de manifiesto en la defensa y en la felicitación al Consejo de Cuentas por este informe, que creo que pone de manifiesto esos dos aspectos fundamentales: la eficiencia en la gestión, la prestación de servicios fundamentales en el territorio, y lo positivo de los efectos. Decía el Portavoz del Grupo Socialista que tenían, pues, un efecto positivo en el ámbito territorial; pero también, no olvidemos, tienen un efecto muy positivo en otro ámbito, para mí clave, que es el ámbito medioambiental. Si queremos preservar el medio ambiente tenemos que defender la realidad territorial de Castilla y León, porque eso es un elemento clave.

Y, desde luego, coincido en la última apreciación: hay algunos municipalistas que piensan que un Ayuntamiento pequeño es Parla, y una entidad local menor puede ser Alcalá de Henares. Pero la realidad de Castilla y León es muy distinta a la del conjunto de las Comunidades Autónomas, y por eso creo que hemos coincidido en la defensa a ultranza de nuestro municipalismo, en esa ley, y también, dentro de ese municipalismo, de las 2.224 entidades locales menores.

Yo ya anuncio que renuncio a mi segundo turno de intervención. Y quiero finalizar planteando que ha sido un honor trabajar en el seno de la Comisión de Hacienda como Portavoz del Grupo Popular, y que hemos aprendido mucho de sus intervenciones, del Consejo de Cuentas, de los informes de fiscalización elaborados, y que creo –como planteaba en mi primera intervención- que hemos hecho un esfuerzo para mejorar la agilidad en la tramitación de los expedientes, y eso, sin ninguna duda, facilita una mayor transparencia al conjunto de la ciudadanía, por la labor que desarrolla el Consejo de Cuentas. Y también plantear que ha sido un debate debatir con todos y cada uno de los integrantes de la Comisión de Hacienda, de los que están hoy presentes, de los que no están, y también un recuerdo especial al Grupo Mixto. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Para dar respuesta, tiene la palabra el Presidente del Consejo de Cuentas.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Bien. Muchas gracias. Creo que no voy a dar respuesta, Presidente, yo creo que todo lo contrario: las intervenciones de ambos Portavoces han sido tremendamente lúcidas y tremendamente acertadas en lo que es análisis de la realidad territorial de nuestra Comunidad Autónoma.

Cuando abordamos la realización de este informe, lo hicimos en la convicción de que era un informe necesario, sobre todo por el momento en que... en que se puso en marcha, ante la inquietud existente en el conjunto de las entidades locales menores de España de esa espada de Damocles que constituía la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 27/2013. Hubo una auténtica inquietud, y lo sabe muy bien el Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, cuando hemos hablado en el pasado año sobre esta preocupación que existía en el conjunto de las entidades locales menores. Y he de decir que aquí el conjunto de las instituciones han dado la talla. Y yo me gustaría poner de manifiesto, pues, en primer lugar, a las asociaciones que aglutinan a muchas entidades locales menores de nuestra Comunidad Autónoma, cómo, de una manera efectiva, pusieron en marcha esa concienciación en todos y cada uno de estas Juntas Vecinales para que cumpliesen con la obligación de rendir cuentas antes del treinta y uno de diciembre. Las Diputaciones Provinciales y el Consejo Comarcal del Bierzo, lo hemos constatado nosotros mismos, cómo han creado, pues auténticas oficinas dirigidas a las entidades locales menores para conseguir que pudiesen formalizar en tiempo y forma las rendiciones de cuentas antes del famoso treinta y uno de diciembre. Cómo la misma Junta de Castilla y León, el trece de junio del pasado año, formalizó ese convenio con las Diputaciones Provinciales y el Consejo Comarcal del Bierzo para establecer una línea de 180.000 euros, y que se pudiese sufragar esos... esos costes.

Y nosotros, en nuestra modestia, hemos intentando también concienciar a todas las entidades locales menores para que rindiesen cuenta. Decirles, como dato informativo, pues que hemos enviado del orden de 4.000 correos electrónicos; mil y pico comunicaciones por escrito; también hemos modificado nuestra página web para que las entidades locales menores tuviesen su entrada y supiesen de una manera efectiva lo que tenían que hacer; también nos hemos desplazado a Ponferrada, a León, a Burgos y a Palencia para informar de una manera llana, asequible, de los requisitos y de cómo se debían de rendir esas cuentas. Y el resultado es el que he dicho, es decir, de los 2.224 entidades locales menores, a treinta y uno de diciembre, habían rendido cuentas, pues ni más ni menos que 2.100. Pero es que ese goteo continúa, es decir, es algo que les puedo informar que a mañana, de lo que ha sido el lunes, en esta misma semana, ya el número de entidades locales menores que han rendido es de 2.157. Y si hablamos en términos poblacionales, estamos hablando más del 99 %. Y esto ha sido, pues, igual que muchas veces nos laceramos con que no funcionan bien las instituciones, yo creo que ahora han funcionado razonablemente bien.

Y, en primer lugar, es algo que yo creo que es importante que tengamos todos presente: las entidades locales menores hacen territorio, y eso es algo que con frecuencia se olvida, y eso permite, además, algo que yo creo que es la preocupación constante de todos los Grupos de la Cámara, que es luchar contra la despoblación. Bueno, pues una buena manera de luchar contra la despoblación es el mantenimiento de esta forma singular de vivir la realidad local, que son las Juntas Vecinales. Y en ese sentido, pues también es conveniente, pues salir al paso de ese tipo de opiniones, que muchas veces calan en los ciudadanos, a lo mejor no suficientemente informados, cuando se creen que las entidades locales menores, pues son entes mal administrados y que han generado problemas económicos importantes.

Y, mire, yo, en la pasada... el pasado día, cuando hicimos el Pleno en Burgos –que lo hicimos en Burgos porque es una de las ciudades, con 639 entidades locales menores, donde tiene una gran vivencia este tipo de regir estos pequeños núcleos de población-, pues hice público los datos económicos, a treinta y uno de diciembre, del conjunto de las entidades locales menores, que yo creo que son por sí definitorios: estamos hablando que de obligaciones reconocidas son casi 50 millones de euros, pero derechos reconocidos llegan casi los 58 millones de euros, el conjunto de esas 2.100 entidades locales menores que habían rendido. Y que hemos podido explotar esa información, pues gracias a ese instrumento que existe en nuestra página web y que nos habilita, pues para sacar información económica muy interesante.

Por lo tanto, como reflexión que me gustaría poner de manifiesto, las entidades locales menores es una manera singular de vivir la realidad local, y eso es algo que yo creo que tenemos todos la obligación de defender; es una manera de hacer territorio sólida, es decir, es trabar población con territorio, y en ese sentido creo que es algo tremendamente importante; y, además, que presta importantísimos servicios de carácter municipal a los que viven en estos pequeños núcleos de población. Y no se puede en estos momentos entender esta realidad con una supresión de las entidades locales menores, que, en cualquier caso, supondría la asunción de estos servicios municipales por el Ayuntamiento, y estoy convencido que a un coste superior. Es decir, aquí estamos hablando de un dato, que es el 4 %, que son los costes de personal, que, desde luego, desde cualquier óptica, estaremos todos de acuerdo que es muy distinto de lo que sucede en el resto de la prestación de servicios.

Y, desde luego, aquí, es algo que... además, a mí me gustaría concluir también con esto, con la reflexión de que, cuando se han movilizado de esta manera las entidades locales menores, es porque quieren seguir viviendo. Y, entonces, sería muy injusto por nuestra parte si no fuésemos sensibles al deseo de las entidades locales menores como una nueva forma de gestión o de una manera de gestión auténticamente democrática de todos estos pequeños núcleos de población que existen en nuestra Comunidad Autónoma.

En definitiva, yo decirles que en el Consejo de Cuentas estamos muy contentos con este informe de fiscalización que se ha hecho, que supone dar luz sobre una realidad administrativa muy desconocida por la inmensa mayoría de los ciudadanos de... no ya de nuestra Comunidad Autónoma, sino, por supuesto, de España, y que pueda contribuir, en la medida de lo posible, a mantener esta manera singular de gestionar los servicios municipales y, sobre todo –como digo-, también de hacer territorio. Creo que, con ello, concluyo mi intervención, y no sé si querrán intervenir alguno de los Portavoces. Nada más. Y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. En turno de réplica, por parte del Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Ramos.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

Muchas gracias, señor Presidente. Nada de réplica, por supuesto. Únicamente, utilizar este turno en... en términos de protocolo. No sé si el señor Presidente del Consejo de Cuentas es consciente, pero esta va a ser mi última intervención en estas Cortes, y en un debate con usted, como empecé, porque en el... el primer debate que yo tuve en las Cortes de Castilla y León, en el Castillo de Fuensaldaña, con ocasión de la... de la presentación del Programa de... de Gobierno del Consejero –que no sé si entonces se llamaba De la Presidencia; en todo caso, señor Alfonso Fernández Mañueco-, pues fue... el primer debate que yo tuve en estas Cortes lo tuve con usted. Y, bueno, pues la verdad es que me hace ilusión que el último debate no... no haya sido, en fin, con usted como adversario... como adversario Parlamentario, pero, en fin, que haya sido un debate en el que también usted haya participado. Quería subrayar este detalle, al mismo tiempo, pues que agradecía todo lo que he aprendido de los Letrados y de todos aquellas personas con las que he tenido el placer y la... y el honor de debatir en estos años.

La verdad es que, cuando pasa un poco el tiempo, uno se da cuenta que probablemente de quien más aprende es de los propios adversarios y que, pasando, pasando el tiempo, nos parecemos más de lo que a cada uno de nosotros nos gustaría reconocer. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Pues tiene de nuevo la palabra el Presidente del Consejo de Cuentas.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Muchas gracias, Presidente. Y, desde luego, participo plenamente de las palabras del Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, y sabe que siempre hemos tenido una absoluta sintonía a lo largo de los años en los que hemos sido Parlamentarios. Y yo sí le dio que... que siempre he aprendido mucho de usted, así como de otro Parlamentario desaparecido, que fue don Pascual, que todos recordaremos.

Yo quiero terminar, y si me lo permite el... el Presidente y fuera del Orden del Día, aprovechando esta oportunidad para expresar mi más sincero agradecimiento en nombre del Consejo de Cuentas, del conjunto de trabajadores y mío propio, por el trabajo y consideración que hemos recibido por parte de esta Comisión de Hacienda desde que comparecí por primera vez el cuatro de octubre de dos mil doce. Lo he hecho en 21 ocasiones y he expuesto ante ustedes 44 informes; siempre nos hemos sentido comprendidos, respetados y amparados por esta Comisión de Hacienda. Y me gustaría enfatizar la importante y magnífica labor que han realizado todos ustedes, que ha estado siempre presidida por la responsabilidad y la profesionalidad. Puedo asegurarles que los empleados del Consejo de Cuentas van a continuar trabajando con objetividad y rigor, y, desde esta manera, prestar un mejor servicio de utilidad a todos los ciudadanos de Castilla y León.

Quiero finalizar mi intervención reiterando mi agradecimiento personal y pidiendo disculpas por todos los errores, que han sido muchos, y excesos que haya podido cometer. Nada más. Y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Finalizado el debate, de conformidad con lo establecido en la norma cuarta de la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de diecisiete de abril de dos mil nueve, se abre un plazo de cinco días para que los Grupos Parlamentarios puedan presentar ante la Mesa de la Comisión propuestas de resolución relativas al informe de fiscalización que acaba de ser examinado. Dicho plazo finalizará el próximo sábado, día cuatro de abril, a las catorce horas.

Me gustaría, en nombre de la Mesa -yo creo que no... no está hoy el Vicepresidente, pero seguro que lo compartirá también-, pues dar las gracias a todos los componentes de esta Comisión, esperando o deseando haber estado a las alturas. Gracias. Suerte en lo personal y salud para todos.

Se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las doce horas veinte minutos].


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