Tramitación parlamentaria de iniciativas legislativas


TRAMITACIÓN DEL P.L. PRESUPUESTOS (Art. 127 y ss. Reglamento)

1. La Junta de Castilla y León remite el P.L.
2. Admisión a trámite por la Mesa de las Cortes que ordena:
- Publicación en el BOCCYL.
- Apertura del plazo de presentación enmiendas.
- Remisión a la Comisión que corresponda.
3. Los Grupos podrán solicitar la comparecencia de los miembros de la Junta, así como de otras autoridades, para que informen sobre el P.L. en lo que se refiere a su área. Estas solicitudes habrán de presentarse durante los dos días posteriores a la publicación del PL en el BOCCYL.
4. Calificación de las enmiendas por la Mesa de la Comisión.
5. Si hay enmiendas de totalidad: Debate de totalidad en el Pleno en el que quedarán fijadas las cuantías globales de los estados de los presupuestos.
6. Si las enmiendas parciales suponen aumento de los créditos además de requerir la conformidad de la Junta también han de proponer una bajada de igual cuantía en la misma sección. Las que supongan minoración de ingresos requerirán la conformidad de la Junta.
7. Finalizado el debate de totalidad o, en todo caso, el plazo de presentación de enmiendas, la Mesa de la Comisión nombra una Ponencia.
8. Elaboración del informe de Ponencia.
9. A partir del informe, la Comisión debate y elabora el dictamen del P.L.
10. Debate y votación del dictamen en Pleno.
11. Publicación de la Ley en el BOCyL, BOE y BOCCyL.


¿CÓMO SE TRAMITA UN PROYECTO DE LEY? (Arts. 109 y sgtes. Reglamento)

1. La Junta de Castilla y León remite el P.L.
2. Admisión a trámite por la Mesa de las Cortes que ordena:
- Publicación en el BOCCYL.
- Apertura del plazo de presentación enmiendas.
- Remisión a la Comisión que corresponda.
3. Calificación de las enmiendas por la Mesa de la Comisión.
4. Si hay enmiendas de totalidad: Debate de totalidad en el Pleno.
5. Si supone aumento de los créditos o dismimución de ingresos presupuestarios, requiere conformidad de la Junta para su tramitación.
6. Finalizado el debate de totalidad o, en todo caso, el plazo de presentación de enmiendas, la Mesa de la Comisión nombra una Ponencia.
7. Elaboración del informe de Ponencia.
8. A partir del informe, la Comisión debate y elabora el dictamen del P.L.
9. Debate y votación del dictamen en Pleno.
10. Publicación de la Ley aprobada en el BOCyL, BOE y BOCCyL.

Proposiciones de Ley en tramitación

Dosier de documentación PPL 1/11

Proposiciones de Ley tramitadas


¿CÓMO SE TRAMITA UNA PROPOSICIÓN DE LEY? (Arts. 121 y sgtes. Reglamento)

1. Son presentadas por un Grupo con la firma de su Portavoz o por un Procurador con la firma de otros 11 Procuradores.
2. La Mesa de las Cortes ordena la:
- Publicación en el BOCCYL.
- Remisión a la Junta de Castilla y León para que manifieste su criterio respecto a la toma en consideración.
3. Transcurridos 15 días desde su remisión, ya puede debatirse en Pleno.
4. Debate de toma en consideración.
5. Tomada en consideración, se abrirá el plazo de presentación de enmiendas. Las de totalidad no podrán ser de devolución.
6. La proposición seguirá los trámites previstos para los proyectos de ley.

Decretos Leyes convalidados

DLEY 6/11
Decreto-ley 3/2023, de 11 de mayo, por el que se regula el Sistema Interno de Información de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
DLEY 5/11
Decreto-ley 2/2023, de 13 de abril, de Medidas Urgentes sobre Prevención y Extinción de Incendios Forestales.
DLEY 4/11
Decreto-ley 1/2023, de 30 de marzo, por el que se establece la jornada de trabajo de los Empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
DLEY 3/11
Decreto-ley 4/2022, de 27 de octubre, de modificación del Decreto-Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, del Decreto-Ley 2/2022, de 23 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes para la agilización de la gestión de los fondos europeos y el impulso de la actividad económica y por el que se actualizan las retribuciones para 2022 en el ámbito del sector público de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
DLEY 2/11
Decreto-ley 3/2022, de 20 de octubre, por el que se adoptan modificaciones a la regulación de la prestación económica frente a situaciones de deuda hipotecaria del artículo 22 de la Ley 4/2018, de 2 de julio, de ordenación y funcionamiento de la red de protección e inclusión a personas y familias en situación de mayor vulnerabilidad social o económica en Castilla y León.
DLEY 1/11
Decreto-ley 2/2022, de 23 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes para la agilización de la gestión de los fondos europeos y el impulso de la actividad económica.

CONVALIDACIÓN DE UN DECRETO LEY (Disposición Final quinta Reglamento y Art. 151 y sgtes. Reglamento del Congreso)

1. Remitido un Decreto ley por la Junta, el debate y votación sobre su convalidación se realizará en los 30 días siguientes a su publicación en el BOCYL.
2. Un miembro de la Junta expondrá en el Pleno las razones que han obligado a su promulgación. Habrá un turno a favor, un turno en contra y otro de fijación de posiciones. Se entenderá aprobado por mayoría simple.
3. Convalidado, el Presidente de las Cortes preguntará si algún Grupo desea que se tramite como un proyecto de ley.
4. En caso afirmativo, la solicitud se someterá a decisión de la Cámara, que la respaldará si obtiene mayoría simple.
5. En este caso, el proyecto de ley se tramitará por el procedimiento de urgencia (los plazos se reducen a la mitad), sin enmiendas a la totalidad de devolución.

Iniciativas legislativas populares en tramitación


Iniciativas legislativas populares tramitadas


¿CÓMO SE TRAMITA UNA I.L.P.? (Ley 4/2001, de 4 de junio, reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos de CyL)

1. Son presentadas en el Registro de las Cortes por las comisiones promotoras, según los procedimientos que correspondan, si son populares o de ayuntamientos, establecidos en la Ley 4/2001.
2. Si cumple los requisitos exigidos en la Ley, la Mesa ordena su publicación en el BOCCYL.
3. La ILP deberá ser incluida en el orden del día de un Pleno en el plazo de seis meses.
4. Su tramitación se efectuará conforme a lo dispuesto para las proposiciones de ley.
5. La comisión promotora designará una persona para que comparezca ante la comisión competente de las Cortes de manera previa al debate de toma en consideración en Pleno.

Procedimientos legislativos especiales en tramitación


Procedimientos legislativos especiales tramitados


¿QUÉ SON Y CUÁL ES SU TRÁMITACIÓN? (Art. 131 Reglamento)

1. Se trata de:
- Proposiciones de ley que se quieran presentar ante la Mesa del Congreso.
- O de solicitar al Gobierno del Estado que adopte un proyecto de ley.
2. La iniciativa y su tramitación se ajustará a lo establecido para las proposiciones de ley.
3. Su aprobación final en el Pleno de las Cortes deberá ser por mayoría absoluta.
4. La Mesa de Cortes, de acuerdo con la Junta de Portavoces, determinará cuántos procuradores (hasta un máximo de tres) podrán defender la proposición de ley en el Congreso.
5. Serán elegidos los que más votos obtengan de entre los que se hayan pronunciado a favor de la proposición de ley.

Propuestas de reforma del Reglamento de las Cortes en tramitación

Propuestas de reforma del Reglamento de las Cortes tramitadas


¿CÓMO SE REFORMA EL REGLAMENTO DE LAS CORTES? (Disposición final segunda Reglamento)

1. La iniciativa de reforma y su tramitación se ajustará a lo establecido para las proposiciones de ley.
2. Pero en este caso, su aprobación final en el Pleno de las Cortes deberá ser por mayoría absoluta de sus miembros.

Propuestas de Reforma del Estatuto de Autonomía en tramitación

Propuestas de Reforma del Estatuto de Autonomía tramitadas


¿CÓMO SE REFORMA EL ESTATUTO DE AUTONOMÍA? (Arts. 91 Estatuto Autonomía y 126 Reglamento)

1. La iniciativa para la reforma del Estatuto corresponderá a una tercera parte de los Procuradores o a la Junta de Castilla y León
2. Su tramitación en las Cortes se ajustará a lo establecido para las proposiciones de ley.
3. La propuesta de reforma requerirá, en todo caso, la aprobación de las Cortes de Castilla y León por mayoría de dos tercios y la posterior aprobación de las Cortes Generales mediante Ley Orgánica.
4. Si la propuesta de reforma no es aprobada, no podrá ser sometida nuevamente a debate y votación hasta que haya transcurrido más de un año.
5. La Mesa de Cortes, de acuerdo con la Junta de Portavoces, determinará cuántos procuradores (hasta un máximo de tres) podrán defender la propuesta de reforma en el Congreso.
6. Serán elegidos los que más votos obtengan de entre los que se hayan pronunciado a favor de la propuesta de reforma.

Sede de las Cortes de Castilla y León