PNL/000095-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000095-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores Dña. María Rodríguez Díaz, D. Javier Campos de la Fuente, Dña. María del Carmen García Romero, D. Eugenio Miguel Hernández Alcojor y Dña. Virginia Jiménez Campano, para instar a la Junta de Castilla y León a declarar microrreservas de la Flora de Castilla y León las especies más amenazadas, incluidas en las categorías "En peligro de extinción" y "Vulnerables", tomar medidas para evitar la regresión de las incluidas en la categoría "De atención preferente" y regular los aprovechamientos de las incluidas en la categoría "Con aprovechamiento regulado", para su tramitación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 28 de agosto de 2019, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000032 a PNL/000121.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de agosto de 2019.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

María Rodríguez Díaz, Javier Campos de la Fuente, M.ª del Carmen García Romero, Miguel Hernández Alcojor y Virginia Jiménez Campano, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente:

ANTECEDENTES

El pasado 20 de junio de 2018 la Comisión de Fomento y Medio Ambiente de las Cortes de Castilla y León debatió una Proposición No de Ley presentada por procuradores del grupo socialista en relación con la protección de la flora. La PNL no prosperó al haberse producido un empate a nueve votos, ya que el PSOE, Podemos, Ciudadanos y el grupo Mixto votaron a favor y el PP lo hizo en contra. Con la disolución de las Cortes no hubo posibilidad de que esta iniciativa fuera debatida en sesión plenaria. Es por ello por lo que se vuelve a presentar para su debate en este periodo de sesiones que ahora comienza de la X Legislatura.

El artículo 45 de la Constitución Española establece que "Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo". Asimismo indica que "Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva". Finalmente establece que "Para quienes violen lo dispuesto en el apartado anterior, en los términos que la ley fije se establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado".

La preservación de la biodiversidad y de los recursos genéticos vegetales debe de ser una de las prioridades de la política de conservación de la naturaleza. El marco jurídico europeo lo apuntaló a través de la Directiva 92/43/CEE, del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.

La Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres determinó el marco jurídico básico para la protección y utilización ordenada de los recursos naturales, hasta que fue remplazada por la actual Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad

En nuestra Comunidad Autónoma es la Ley 4/2015, de 24 de marzo, del Patrimonio Natural de Castilla y León, el marco jurídico que sustenta las competencias autonómicas en la materia.

El Decreto 63/2007, de 14 de junio, creó el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León y la figura de protección denominada Microrreserva de Flora. Ambos, Catálogo y microrreservas, deben de convertirse en instrumentos legales complementarios de enorme importancia para la conservación de la flora amenazada de esta comunidad autónoma.

El objetivo de las microrreservas de flora es declarar como espacios protegidos áreas de reducida extensión -menos de 200 hectáreas- que presenten el máximo interés por albergar poblaciones sobresalientes de las especies más amenazadas incluidas en el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León.

Para desarrollar el Decreto 63/2007, la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León estableció en el año 2008 un convenio específico con las Universidades de León y de Salamanca con el fin de realizar los necesarios trabajos científicos y técnicos que permitan identificar áreas susceptibles de ser declaradas microrreservas de flora. Por lo tanto, se conoce con rigor de lo que estamos hablando.

En los anexos del Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León se incluyen tanto el listado de especies más amenazadas (incluidas en las categorías «En peligro de extinción» y «Vulnerables») como otras que sin llegar a estar en esa situación si requieren que la Administración vele activamente para evitar su regresión (incluidas en la categoría «De atención preferente») o precisan una regulación de sus aprovechamientos (incluidas en la categoría «Con aprovechamiento regulado») para garantizar la persistencia de sus poblaciones.

Si el objetivo de la regulación de las microrreservas era otorgar el mayor amparo jurídico y protección efectiva a ciertas poblaciones de las especies catalogadas, especialmente las más amenazadas mediante la protección de los enclaves del territorio con poblaciones del máximo interés para la conservación de la flora más amenazada o escasa, es necesario que la Junta de Castilla y León actúe de una vez por todas.

Por lo anterior se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Declarar las microrreservas de Flora en Castilla y León de las especies más amenazadas, incluidas en las categorías «En peligro de extinción» y «Vulnerables», en el menor plazo posible.

2. Tomar las medidas oportunas para evitar la regresión de las especies de flora incluidas en la categoría «De atención preferente», en el menor plazo posible.

3. Regular los aprovechamientos de las especies de flora incluidas en la categoría «Con aprovechamiento regulado» para garantizar la persistencia de sus poblaciones, en el menor plazo posible.

Valladolid, 9 de agosto de 2019.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: María Rodríguez Díaz,

Javier Campos de la Fuente,

María del Carmen García Romero,

Eugenio Miguel Hernández Alcojor y

Virgina Jiménez Campano

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000095-01

CVE="BOCCL-10-000341"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pags. 1503-1505
BOCCL nº 15/10 del 10/9/2019
CVE: BOCCL-10-000341

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000095-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores Dña. María Rodríguez Díaz, D. Javier Campos de la Fuente, Dña. María del Carmen García Romero, D. Eugenio Miguel Hernández Alcojor y Dña. Virginia Jiménez Campano, para instar a la Junta de Castilla y León a declarar microrreservas de la Flora de Castilla y León las especies más amenazadas, incluidas en las categorías "En peligro de extinción" y "Vulnerables", tomar medidas para evitar la regresión de las incluidas en la categoría "De atención preferente" y regular los aprovechamientos de las incluidas en la categoría "Con aprovechamiento regulado", para su tramitación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 28 de agosto de 2019, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000032 a PNL/000121.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de agosto de 2019.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

María Rodríguez Díaz, Javier Campos de la Fuente, M.ª del Carmen García Romero, Miguel Hernández Alcojor y Virginia Jiménez Campano, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente:

ANTECEDENTES

El pasado 20 de junio de 2018 la Comisión de Fomento y Medio Ambiente de las Cortes de Castilla y León debatió una Proposición No de Ley presentada por procuradores del grupo socialista en relación con la protección de la flora. La PNL no prosperó al haberse producido un empate a nueve votos, ya que el PSOE, Podemos, Ciudadanos y el grupo Mixto votaron a favor y el PP lo hizo en contra. Con la disolución de las Cortes no hubo posibilidad de que esta iniciativa fuera debatida en sesión plenaria. Es por ello por lo que se vuelve a presentar para su debate en este periodo de sesiones que ahora comienza de la X Legislatura.

El artículo 45 de la Constitución Española establece que "Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo". Asimismo indica que "Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva". Finalmente establece que "Para quienes violen lo dispuesto en el apartado anterior, en los términos que la ley fije se establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado".

La preservación de la biodiversidad y de los recursos genéticos vegetales debe de ser una de las prioridades de la política de conservación de la naturaleza. El marco jurídico europeo lo apuntaló a través de la Directiva 92/43/CEE, del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.

La Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres determinó el marco jurídico básico para la protección y utilización ordenada de los recursos naturales, hasta que fue remplazada por la actual Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad

En nuestra Comunidad Autónoma es la Ley 4/2015, de 24 de marzo, del Patrimonio Natural de Castilla y León, el marco jurídico que sustenta las competencias autonómicas en la materia.

El Decreto 63/2007, de 14 de junio, creó el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León y la figura de protección denominada Microrreserva de Flora. Ambos, Catálogo y microrreservas, deben de convertirse en instrumentos legales complementarios de enorme importancia para la conservación de la flora amenazada de esta comunidad autónoma.

El objetivo de las microrreservas de flora es declarar como espacios protegidos áreas de reducida extensión -menos de 200 hectáreas- que presenten el máximo interés por albergar poblaciones sobresalientes de las especies más amenazadas incluidas en el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León.

Para desarrollar el Decreto 63/2007, la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León estableció en el año 2008 un convenio específico con las Universidades de León y de Salamanca con el fin de realizar los necesarios trabajos científicos y técnicos que permitan identificar áreas susceptibles de ser declaradas microrreservas de flora. Por lo tanto, se conoce con rigor de lo que estamos hablando.

En los anexos del Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León se incluyen tanto el listado de especies más amenazadas (incluidas en las categorías «En peligro de extinción» y «Vulnerables») como otras que sin llegar a estar en esa situación si requieren que la Administración vele activamente para evitar su regresión (incluidas en la categoría «De atención preferente») o precisan una regulación de sus aprovechamientos (incluidas en la categoría «Con aprovechamiento regulado») para garantizar la persistencia de sus poblaciones.

Si el objetivo de la regulación de las microrreservas era otorgar el mayor amparo jurídico y protección efectiva a ciertas poblaciones de las especies catalogadas, especialmente las más amenazadas mediante la protección de los enclaves del territorio con poblaciones del máximo interés para la conservación de la flora más amenazada o escasa, es necesario que la Junta de Castilla y León actúe de una vez por todas.

Por lo anterior se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Declarar las microrreservas de Flora en Castilla y León de las especies más amenazadas, incluidas en las categorías «En peligro de extinción» y «Vulnerables», en el menor plazo posible.

2. Tomar las medidas oportunas para evitar la regresión de las especies de flora incluidas en la categoría «De atención preferente», en el menor plazo posible.

3. Regular los aprovechamientos de las especies de flora incluidas en la categoría «Con aprovechamiento regulado» para garantizar la persistencia de sus poblaciones, en el menor plazo posible.

Valladolid, 9 de agosto de 2019.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: María Rodríguez Díaz,

Javier Campos de la Fuente,

María del Carmen García Romero,

Eugenio Miguel Hernández Alcojor y

Virgina Jiménez Campano

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000095-01

CVE="BOCCL-10-000341"



Sede de las Cortes de Castilla y León