PNL/000185-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000185-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores Dña. Laura Domínguez Arroyo y D. Juan Pablo Fernández Santos, relativa a modificación de las medidas para la atracción, retención y retorno del talento contenidas en el Acuerdo 11/2019, de 28 de febrero, de la Junta de Castilla y León; en particular: los criterios relativos a la edad del Programa I y ampliar las posibilidades de empleo por cuenta ajena más allá de las contempladas en el Programa II del Acuerdo, para su tramitación ante la Comisión de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 26 de septiembre de 2019, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000185 a PNL/000215.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de septiembre de 2019.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de Podemos-Equo, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior.

ANTECEDENTES

Castilla y León vuelve a liderar este año (igual que en los precedentes) el ranking de pérdida de población, con 10.950 personas menos respecto al año anterior. La situación de despoblación que vivimos nos urge a tornar medidas en muchos aspectos de forma coordinada y uno de ellos es el de los planes de retorno de aquellas personas de Castilla y León que emigraron al extranjero sobre todo durante los años de la crisis.

Dar facilidades para que las personas que emigraron puedan volver debiera ser una prioridad y no sólo por la falta de población sino por el hecho de que todas las personas deben tener la oportunidad de desarrollar su proyecto vital en su tierra si así lo desean.

Actualmente existen desde la Junta de Castilla y León una serie de ayudas y subvenciones para el retorno de las personas emigradas procedentes de la Comunidad Autónoma. Básicamente divididas en dos modalidades y que han sido ampliadas en algunos aspectos con el ACUERDO 11/2019, de 28 de febrero, de la Junta de Castilla y León por el que se aprueban medidas para la atracción, retención y retorno del talento, entre las que se encontraba la ayuda denominada "Pasaporte de vuelta".

Las dos modalidades de las que consta esta ayuda son: a) para aquellas personas que quieran retornar antes de la fecha establecida; b) para aquellas personas que necesiten de integración social una vez han retornado. Entendiendo que estas ayudas facilitan el regreso de las personas emigradas lo cierto es que hay una serie de dificultades para conseguirlas y que algunas cuestiones deberían ser modificadas para mejorar de manera general el regreso de todas aquellas personas que lo deseen.

Desde Podemos entendemos que, entre otras cuestiones, existe una desigualdad por razón de edad, ya que para los mayores de 35 años en la modalidad a) se les pide como requisito "no haber percibido en el año anterior al de la convocatoria ingresos brutos superiores a 2 veces el IPREM anual (14 pagas)". Este requisito, teniendo en cuenta las cuantías de SMI de los países de nuestro entorno, hace que muchas personas hayan percibido una cuantía más alta, lo cual no se ajusta a la realidad salarial europea y, en todo caso, sólo se les impone a los mayores de 35. Además, el requisito de permanencia en el país del que regresan es también distinto para los mayores de 35.

Por otro lado, la modalidad b) supone sólo ayudas para el emprendimiento, sin que se posibilite el trabajo por cuenta ajena, con una cuantía además absolutamente insuficiente para el desarrollo de una empresa ya que va entre los 2.500 y los 3.000 euros.

Por todo lo expuesto, presentamos la siguiente

PROPOSICIÓN NO DE LEY

1. Modificar los criterios relativos a la edad del Programa I de ayudas al retorno con el fin de que las personas mayores de 35 años tengan las mismas posibilidades de acceso que los menores de 35 y en concreto,

- fijar un mismo mínimo de estancia para todas las edades.

- eliminar el requisito relativo al salario que no se ajusta a la realidad salarial ni personal de las personas retornadas.

2. Modificar el formato del Programa II de ayudas al retorno para que se amplíen las posibilidades de empleo por cuenta ajena más allá de las contempladas en el Acuerdo 11/2009, de 28 de febrero, de la Junta de Castilla y León por el que se aprueban medidas para la atracción, retención y retorno del talento, así como modificar las cuantías a percibir que son insuficientes en lo que respecta al autoempleo.

En Valladolid, a 18 de setiembre de 2019.

LA PROCURADORA,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/000185-01

CVE="BOCCL-10-000772"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pags. 2548-2549
BOCCL nº 24/10 del 2/10/2019
CVE: BOCCL-10-000772

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000185-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores Dña. Laura Domínguez Arroyo y D. Juan Pablo Fernández Santos, relativa a modificación de las medidas para la atracción, retención y retorno del talento contenidas en el Acuerdo 11/2019, de 28 de febrero, de la Junta de Castilla y León; en particular: los criterios relativos a la edad del Programa I y ampliar las posibilidades de empleo por cuenta ajena más allá de las contempladas en el Programa II del Acuerdo, para su tramitación ante la Comisión de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 26 de septiembre de 2019, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000185 a PNL/000215.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de septiembre de 2019.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de Podemos-Equo, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior.

ANTECEDENTES

Castilla y León vuelve a liderar este año (igual que en los precedentes) el ranking de pérdida de población, con 10.950 personas menos respecto al año anterior. La situación de despoblación que vivimos nos urge a tornar medidas en muchos aspectos de forma coordinada y uno de ellos es el de los planes de retorno de aquellas personas de Castilla y León que emigraron al extranjero sobre todo durante los años de la crisis.

Dar facilidades para que las personas que emigraron puedan volver debiera ser una prioridad y no sólo por la falta de población sino por el hecho de que todas las personas deben tener la oportunidad de desarrollar su proyecto vital en su tierra si así lo desean.

Actualmente existen desde la Junta de Castilla y León una serie de ayudas y subvenciones para el retorno de las personas emigradas procedentes de la Comunidad Autónoma. Básicamente divididas en dos modalidades y que han sido ampliadas en algunos aspectos con el ACUERDO 11/2019, de 28 de febrero, de la Junta de Castilla y León por el que se aprueban medidas para la atracción, retención y retorno del talento, entre las que se encontraba la ayuda denominada "Pasaporte de vuelta".

Las dos modalidades de las que consta esta ayuda son: a) para aquellas personas que quieran retornar antes de la fecha establecida; b) para aquellas personas que necesiten de integración social una vez han retornado. Entendiendo que estas ayudas facilitan el regreso de las personas emigradas lo cierto es que hay una serie de dificultades para conseguirlas y que algunas cuestiones deberían ser modificadas para mejorar de manera general el regreso de todas aquellas personas que lo deseen.

Desde Podemos entendemos que, entre otras cuestiones, existe una desigualdad por razón de edad, ya que para los mayores de 35 años en la modalidad a) se les pide como requisito "no haber percibido en el año anterior al de la convocatoria ingresos brutos superiores a 2 veces el IPREM anual (14 pagas)". Este requisito, teniendo en cuenta las cuantías de SMI de los países de nuestro entorno, hace que muchas personas hayan percibido una cuantía más alta, lo cual no se ajusta a la realidad salarial europea y, en todo caso, sólo se les impone a los mayores de 35. Además, el requisito de permanencia en el país del que regresan es también distinto para los mayores de 35.

Por otro lado, la modalidad b) supone sólo ayudas para el emprendimiento, sin que se posibilite el trabajo por cuenta ajena, con una cuantía además absolutamente insuficiente para el desarrollo de una empresa ya que va entre los 2.500 y los 3.000 euros.

Por todo lo expuesto, presentamos la siguiente

PROPOSICIÓN NO DE LEY

1. Modificar los criterios relativos a la edad del Programa I de ayudas al retorno con el fin de que las personas mayores de 35 años tengan las mismas posibilidades de acceso que los menores de 35 y en concreto,

- fijar un mismo mínimo de estancia para todas las edades.

- eliminar el requisito relativo al salario que no se ajusta a la realidad salarial ni personal de las personas retornadas.

2. Modificar el formato del Programa II de ayudas al retorno para que se amplíen las posibilidades de empleo por cuenta ajena más allá de las contempladas en el Acuerdo 11/2009, de 28 de febrero, de la Junta de Castilla y León por el que se aprueban medidas para la atracción, retención y retorno del talento, así como modificar las cuantías a percibir que son insuficientes en lo que respecta al autoempleo.

En Valladolid, a 18 de setiembre de 2019.

LA PROCURADORA,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/000185-01

CVE="BOCCL-10-000772"



Sede de las Cortes de Castilla y León