PNL/000199-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000199-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a, en relación al Informe Anual sobre las Cuentas del Sector Público Local de Castilla y León del ejercicio 2016, elaborado por el Consejo de Cuentas, dar traslado al Sector Público Local de Castilla y León de una serie de recomendaciones, para su tramitación ante la Comisión de Economía y Hacienda.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 26 de septiembre de 2019, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000185 a PNL/000215.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de septiembre de 2019.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Economía y Hacienda:

ANTECEDENTES

Finalizada la novena legislatura, una serie de propuestas de resolución derivadas de informes de fiscalización que fueron objeto de presentación en la comisión competente decayeron sin ser objeto de debate y votación.

Por ello parece oportuno retomar dichos asuntos a fin de que, valorando las recomendaciones realizadas por el Consejo de Cuentas, la Cámara, a través de la Comisión de Economía y Hacienda, apruebe las correspondientes resoluciones.

Por lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

En relación al Informe Anual sobre las Cuentas del Sector Público Local de Castilla y León, ejercicio 2016, elaborado por el Consejo de Cuentas, las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a dar traslado a las citadas Instituciones de las siguientes recomendaciones:

1) Las Entidades Locales deben incrementar sus esfuerzos para ajustar sus actuaciones a los plazos contemplados en la vigente normativa respecto al ciclo presupuestario y contable; de forma particular, debe ponerse especial énfasis en la aprobación de los Presupuestos dentro de los plazos legales, ya que es esta fase procedimental correspondiente a la gestión económica de las Entidades Locales la que mayor grado de incumplimiento presenta.

2) La Cuenta General debe ajustarse, en los aspectos formales y estructurales, a lo dispuesto en la normativa aplicable, y la misma debe contener la totalidad de los estados, cuentas y documentación complementaria establecidos en las Instrucciones de Contabilidad para la Administración Local. En este sentido, deberán adoptarse las medidas oportunas, para mejorar el contenido de la Cuenta General, evitando con ello incurrir en un nivel tan acusado de incidencias de carácter sustancial, tales como la existencia de incoherencias en la información contenida en la Cuenta o la falta de información de la Memoria.

A tal fin, resulta especialmente recomendable, por parte de las Entidades Locales, la utilización del validador externo de la Plataforma de Rendición de Cuentas con carácter previo a la tramitación de la Cuenta, con objeto de garantizar la exactitud, coherencia e integridad del documento que se somete a la aprobación del Pleno.

3) Los consorcios locales que no lo hubieran hecho deberán proceder a la modificación de sus estatutos, con objeto de determinar la Administración pública a la que estarán adscritos, así como su régimen orgánico, funcional y financiero, tal como exige el artículo 120 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Hay que tener en cuenta, que dicha adscripción resulta determinante para la rendición de la Cuenta General de las Entidades Locales a partir del ejercicio 2015, ya que según prevé el artículo 122.1 de la referida Ley 40/2015, los consorcios estarán sujetos al régimen de presupuestación, contabilidad y control de la Administración Pública a la que estén adscritos, y como consecuencia de ello deberán formar parte de los presupuestos e incluirse en la Cuenta General de Entidad Local de adscripción.

4) Las Entidades Locales deben rendir su Cuenta General, "debidamente aprobada" por el órgano colegiado facultado para ello (Pleno en los Ayuntamientos/Diputaciones y Junta o Asamblea Vecinal en las ELM). Dicha aprobación, conforme establecen las Instrucciones contables, es un acto esencial para la fiscalización de la Cuenta por los órganos de control externo, que no requiere la conformidad con las actuaciones reflejadas en ella, ni genera responsabilidad por razón de las mismas. Por tanto, la falta de aprobación de dicha Cuenta, en tanto que puede constituir un obstáculo para su posterior rendición, únicamente puede obedecer a motivos relacionados con aspectos formales o de contenido de la propia Cuenta General, sin que quepa aducir como causa de la misma genéricas razones de discrepancia con la gestión política o económica desarrollada por los órganos rectores de la Entidad Local.

5) Las Entidades Locales deben remitir anualmente al Consejo de Cuentas, información sobre su actividad contractual, en los términos establecidos en la normativa aplicable. Dados los elevados grados de incumplimiento detectados en el ejercicio fiscalizado, la observancia de dicha obligación debería ser objeto de especial atención tanto por parte de las Entidades obligadas a ello como de las Instituciones de ámbito territorial superior (Diputaciones y Consejo Comarcal).

Valladolid, 16 de septiembre de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000199-01

CVE="BOCCL-10-000786"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pags. 2589-2591
BOCCL nº 24/10 del 2/10/2019
CVE: BOCCL-10-000786

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000199-01
Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a, en relación al Informe Anual sobre las Cuentas del Sector Público Local de Castilla y León del ejercicio 2016, elaborado por el Consejo de Cuentas, dar traslado al Sector Público Local de Castilla y León de una serie de recomendaciones, para su tramitación ante la Comisión de Economía y Hacienda.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 26 de septiembre de 2019, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000185 a PNL/000215.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de septiembre de 2019.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Economía y Hacienda:

ANTECEDENTES

Finalizada la novena legislatura, una serie de propuestas de resolución derivadas de informes de fiscalización que fueron objeto de presentación en la comisión competente decayeron sin ser objeto de debate y votación.

Por ello parece oportuno retomar dichos asuntos a fin de que, valorando las recomendaciones realizadas por el Consejo de Cuentas, la Cámara, a través de la Comisión de Economía y Hacienda, apruebe las correspondientes resoluciones.

Por lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

En relación al Informe Anual sobre las Cuentas del Sector Público Local de Castilla y León, ejercicio 2016, elaborado por el Consejo de Cuentas, las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a dar traslado a las citadas Instituciones de las siguientes recomendaciones:

1) Las Entidades Locales deben incrementar sus esfuerzos para ajustar sus actuaciones a los plazos contemplados en la vigente normativa respecto al ciclo presupuestario y contable; de forma particular, debe ponerse especial énfasis en la aprobación de los Presupuestos dentro de los plazos legales, ya que es esta fase procedimental correspondiente a la gestión económica de las Entidades Locales la que mayor grado de incumplimiento presenta.

2) La Cuenta General debe ajustarse, en los aspectos formales y estructurales, a lo dispuesto en la normativa aplicable, y la misma debe contener la totalidad de los estados, cuentas y documentación complementaria establecidos en las Instrucciones de Contabilidad para la Administración Local. En este sentido, deberán adoptarse las medidas oportunas, para mejorar el contenido de la Cuenta General, evitando con ello incurrir en un nivel tan acusado de incidencias de carácter sustancial, tales como la existencia de incoherencias en la información contenida en la Cuenta o la falta de información de la Memoria.

A tal fin, resulta especialmente recomendable, por parte de las Entidades Locales, la utilización del validador externo de la Plataforma de Rendición de Cuentas con carácter previo a la tramitación de la Cuenta, con objeto de garantizar la exactitud, coherencia e integridad del documento que se somete a la aprobación del Pleno.

3) Los consorcios locales que no lo hubieran hecho deberán proceder a la modificación de sus estatutos, con objeto de determinar la Administración pública a la que estarán adscritos, así como su régimen orgánico, funcional y financiero, tal como exige el artículo 120 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Hay que tener en cuenta, que dicha adscripción resulta determinante para la rendición de la Cuenta General de las Entidades Locales a partir del ejercicio 2015, ya que según prevé el artículo 122.1 de la referida Ley 40/2015, los consorcios estarán sujetos al régimen de presupuestación, contabilidad y control de la Administración Pública a la que estén adscritos, y como consecuencia de ello deberán formar parte de los presupuestos e incluirse en la Cuenta General de Entidad Local de adscripción.

4) Las Entidades Locales deben rendir su Cuenta General, "debidamente aprobada" por el órgano colegiado facultado para ello (Pleno en los Ayuntamientos/Diputaciones y Junta o Asamblea Vecinal en las ELM). Dicha aprobación, conforme establecen las Instrucciones contables, es un acto esencial para la fiscalización de la Cuenta por los órganos de control externo, que no requiere la conformidad con las actuaciones reflejadas en ella, ni genera responsabilidad por razón de las mismas. Por tanto, la falta de aprobación de dicha Cuenta, en tanto que puede constituir un obstáculo para su posterior rendición, únicamente puede obedecer a motivos relacionados con aspectos formales o de contenido de la propia Cuenta General, sin que quepa aducir como causa de la misma genéricas razones de discrepancia con la gestión política o económica desarrollada por los órganos rectores de la Entidad Local.

5) Las Entidades Locales deben remitir anualmente al Consejo de Cuentas, información sobre su actividad contractual, en los términos establecidos en la normativa aplicable. Dados los elevados grados de incumplimiento detectados en el ejercicio fiscalizado, la observancia de dicha obligación debería ser objeto de especial atención tanto por parte de las Entidades obligadas a ello como de las Instituciones de ámbito territorial superior (Diputaciones y Consejo Comarcal).

Valladolid, 16 de septiembre de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000199-01

CVE="BOCCL-10-000786"



Sede de las Cortes de Castilla y León