PE/000223-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/000223-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores Dña. Nuria Rubio García, Dña. Yolanda Sacristán Rodríguez, D. Javier Campos de la Fuente, D. Diego Moreno Castrillo, Dña. María Rodríguez Díaz y D. José Ignacio Ronda Gutiérrez, relativa a diversas cuestiones sobre el tratamiento de la epilepsia refractaria en Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 22, de 27 de septiembre de 2019.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/000001 a PE/000003, PE/000007 a PE/000009, PE/000011 a PE/000015, PE/000017 a PE/000030, PE/000090 a PE/000096, PE/000099 a PE/000113, PE/000115 a PE/000118, PE/000124 a PE/000131, PE/000138, PE/000141, PE/000145 a PE/000150, PE/000152 a PE/000155, PE/000171 a PE/000175, PE/000180 a PE/000186, PE/000189 a PE/000196, PE/000203, PE/000204, PE/000206, PE/000208, PE/000223, PE/000225, PE/000226, PE/000238, PE/000240, PE/000249, PE/000256, PE/000274 y PE/000282, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de octubre de 2019.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-10-001166.

Contestación a la Pregunta Escrita P.E./1000223, formulada por D.ª Nuria Rubio García, D.ª Yolanda Sacristán Rodríguez, D. Javier Campos de la Fuente, D. Diego Moreno Castrillo, D.ª María Rodríguez Díaz, D. José Ignacio Ronda Gutiérrez, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa al número de especialistas que tratan epilepsia refractaria.

El abordaje terapéutico inicial de la epilepsia es médico farmacológico. El concepto amplio de Epilepsia Refractaria incluye como pacientes refractarios al tratamiento aquéllos en los que, tras al menos dos tratamientos médicos con uno o varios fármacos antiepilépticos en combinación, no se consigue disminuir la frecuencia o la gravedad de las crisis, o los efectos secundarios farmacológicos resultan incapacitantes.

Este concepto amplío de Epilepsia Refractaria incluye pacientes sin una discapacidad o minusvalía significativa, que en ocasiones prefieren tener crisis leves antes que los efectos secundarios intensos de una politerapia que seguramente las harían desaparecer, y son atendidos en los Servicios de Neurología de los hospitales de la comunidad, disponiendo de Servicios de Neurología todos los hospitales de nivel II y nivel III de la Comunidad. Los neurólogos de nuestra Comunidad están formados y capacitados para la atención de la Epilepsia y, en concreto de la Epilepsia Refractaria.

El diagnóstico y tratamiento de la epilepsia se lleva a cabo por los neurólogos, estando así definido en su Programa de Formación publicado en la ORDEN SCO/528/2007, de 20 de febrero, por la que se aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Neurología, de modo que durante su formación adquieran “habilidad y conocimiento práctico en el diagnóstico y tratamiento de las epilepsias”.

En la siguiente tabla se resumen las plantillas orgánica (P.O.) y efectiva (P.E.) de especialistas en neurología de nuestra comunidad, disponiendo de tales especialistas todos los hospitales de nivel II y III:

En los hospitales de la Gerencia Regional de Salud hay centros asistenciales que por su mayor demanda y actividad disponen de neurólogos con una mayor dedicación y experiencia en Epilepsia, siendo el caso del CAU de Burgos con 3 de sus neurólogos, siendo los responsables de la asistencia en la Unidad de Referencia Regional para Diagnóstico de Epilepsia Refractaria con realización de Video-Electroencefalograma, y el HCU de Valladolid y el CAU de Salamanca con 1 de sus neurólogos respectivamente.

No obstante, dentro de la Epilepsia Refractaria, hay un porcentaje de pacientes con muy difícil control de sus crisis y una afectación no solo en su ámbito físico y psicológico, sino también en su esfera social, en los que la enfermedad provoca una importante disminución de su calidad de vida e incluso una discapacidad grave.

Estos pacientes son los que precisan la realización de pruebas diagnósticas más especificas puesto que el diagnóstico de certeza de epilepsia, la caracterización de las crisis o el planteamiento de cambio de tratamiento médico o abordaje quirúrgico es más complejo.

Dentro de la Comunidad pueden derivarse a la Unidad de referencia regional para Diagnóstico de Epilepsia Refractaria del Complejo Asistencial Universitario de Burgos, que cuenta con la prestación de Video-Electroencefalograma prolongado con ingreso para diagnóstico diferencial y/o confirmación del diagnóstico de epilepsia y tipificación de las crisis.

Los casos de Epilepsia Refractaria más complejos en su manejo clínico y terapéutico se pueden derivar desde los Servicios de Neurología a las Unidades de Epilepsia Refractaria de Referencia Nacional (CSUR). Estas son Unidades de Referencia diagnósticas y terapéuticas, médicas y quirúrgicas, cumplen exhaustivos criterios de calidad y actividad exigidos por el Ministerio de Sanidad.

Estas Unidades de Referencia altamente especializadas son Unidades multidisciplinares constituidas por los especialistas implicados en el diagnóstico y tratamiento integral de la epilepsia en todas sus facetas (neurólogos, neurofisiólogos y neurocirujanos), y cuentan con la colaboración de especialistas de otras áreas implicadas en la evaluación del paciente como son la neurorradiología, medicina nuclear, psiquiatría, psicología clínica, cuidados intensivos, anestesia, trabajo social, en caso de atención de pacientes pediátricos pediatría, cirugía pediátrica y cuidados intensivos pediátricos, además de personal de enfermería con formación y experiencia en este campo.

Valladolid, 8 de octubre de 2019.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Verónica Casado Vicente.


PE/000223-2

CVE="BOCCL-10-001166"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 3145
BOCCL nº 32/10 del 18/10/2019
CVE: BOCCL-10-001166

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/000223-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores Dña. Nuria Rubio García, Dña. Yolanda Sacristán Rodríguez, D. Javier Campos de la Fuente, D. Diego Moreno Castrillo, Dña. María Rodríguez Díaz y D. José Ignacio Ronda Gutiérrez, relativa a diversas cuestiones sobre el tratamiento de la epilepsia refractaria en Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 22, de 27 de septiembre de 2019.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/000001 a PE/000003, PE/000007 a PE/000009, PE/000011 a PE/000015, PE/000017 a PE/000030, PE/000090 a PE/000096, PE/000099 a PE/000113, PE/000115 a PE/000118, PE/000124 a PE/000131, PE/000138, PE/000141, PE/000145 a PE/000150, PE/000152 a PE/000155, PE/000171 a PE/000175, PE/000180 a PE/000186, PE/000189 a PE/000196, PE/000203, PE/000204, PE/000206, PE/000208, PE/000223, PE/000225, PE/000226, PE/000238, PE/000240, PE/000249, PE/000256, PE/000274 y PE/000282, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de octubre de 2019.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-10-001166.

Contestación a la Pregunta Escrita P.E./1000223, formulada por D.ª Nuria Rubio García, D.ª Yolanda Sacristán Rodríguez, D. Javier Campos de la Fuente, D. Diego Moreno Castrillo, D.ª María Rodríguez Díaz, D. José Ignacio Ronda Gutiérrez, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa al número de especialistas que tratan epilepsia refractaria.

El abordaje terapéutico inicial de la epilepsia es médico farmacológico. El concepto amplio de Epilepsia Refractaria incluye como pacientes refractarios al tratamiento aquéllos en los que, tras al menos dos tratamientos médicos con uno o varios fármacos antiepilépticos en combinación, no se consigue disminuir la frecuencia o la gravedad de las crisis, o los efectos secundarios farmacológicos resultan incapacitantes.

Este concepto amplío de Epilepsia Refractaria incluye pacientes sin una discapacidad o minusvalía significativa, que en ocasiones prefieren tener crisis leves antes que los efectos secundarios intensos de una politerapia que seguramente las harían desaparecer, y son atendidos en los Servicios de Neurología de los hospitales de la comunidad, disponiendo de Servicios de Neurología todos los hospitales de nivel II y nivel III de la Comunidad. Los neurólogos de nuestra Comunidad están formados y capacitados para la atención de la Epilepsia y, en concreto de la Epilepsia Refractaria.

El diagnóstico y tratamiento de la epilepsia se lleva a cabo por los neurólogos, estando así definido en su Programa de Formación publicado en la ORDEN SCO/528/2007, de 20 de febrero, por la que se aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Neurología, de modo que durante su formación adquieran “habilidad y conocimiento práctico en el diagnóstico y tratamiento de las epilepsias”.

En la siguiente tabla se resumen las plantillas orgánica (P.O.) y efectiva (P.E.) de especialistas en neurología de nuestra comunidad, disponiendo de tales especialistas todos los hospitales de nivel II y III:

En los hospitales de la Gerencia Regional de Salud hay centros asistenciales que por su mayor demanda y actividad disponen de neurólogos con una mayor dedicación y experiencia en Epilepsia, siendo el caso del CAU de Burgos con 3 de sus neurólogos, siendo los responsables de la asistencia en la Unidad de Referencia Regional para Diagnóstico de Epilepsia Refractaria con realización de Video-Electroencefalograma, y el HCU de Valladolid y el CAU de Salamanca con 1 de sus neurólogos respectivamente.

No obstante, dentro de la Epilepsia Refractaria, hay un porcentaje de pacientes con muy difícil control de sus crisis y una afectación no solo en su ámbito físico y psicológico, sino también en su esfera social, en los que la enfermedad provoca una importante disminución de su calidad de vida e incluso una discapacidad grave.

Estos pacientes son los que precisan la realización de pruebas diagnósticas más especificas puesto que el diagnóstico de certeza de epilepsia, la caracterización de las crisis o el planteamiento de cambio de tratamiento médico o abordaje quirúrgico es más complejo.

Dentro de la Comunidad pueden derivarse a la Unidad de referencia regional para Diagnóstico de Epilepsia Refractaria del Complejo Asistencial Universitario de Burgos, que cuenta con la prestación de Video-Electroencefalograma prolongado con ingreso para diagnóstico diferencial y/o confirmación del diagnóstico de epilepsia y tipificación de las crisis.

Los casos de Epilepsia Refractaria más complejos en su manejo clínico y terapéutico se pueden derivar desde los Servicios de Neurología a las Unidades de Epilepsia Refractaria de Referencia Nacional (CSUR). Estas son Unidades de Referencia diagnósticas y terapéuticas, médicas y quirúrgicas, cumplen exhaustivos criterios de calidad y actividad exigidos por el Ministerio de Sanidad.

Estas Unidades de Referencia altamente especializadas son Unidades multidisciplinares constituidas por los especialistas implicados en el diagnóstico y tratamiento integral de la epilepsia en todas sus facetas (neurólogos, neurofisiólogos y neurocirujanos), y cuentan con la colaboración de especialistas de otras áreas implicadas en la evaluación del paciente como son la neurorradiología, medicina nuclear, psiquiatría, psicología clínica, cuidados intensivos, anestesia, trabajo social, en caso de atención de pacientes pediátricos pediatría, cirugía pediátrica y cuidados intensivos pediátricos, además de personal de enfermería con formación y experiencia en este campo.

Valladolid, 8 de octubre de 2019.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Verónica Casado Vicente.


PE/000223-2

CVE="BOCCL-10-001166"



Sede de las Cortes de Castilla y León