PNL/000273-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000273-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. José Ignacio Martín Benito, Dña. Ana Sánchez Hernández, Dña. María Inmaculada García Rioja, Dña. María Rodríguez Díaz, D. José Luis Vázquez Fernández y D. Ángel Hernández Martínez, para instar a la Junta a aprobar el Plan de manejo del tejo que deberá estar publicado antes de finalizar el primer trimestre del 2020, para su tramitación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 18 de octubre de 2019, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000242 a PNL/000309.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 18 de octubre de 2019.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

José Ignacio Martín Benito, Ana Sánchez Hernández, Inmaculada García Rioja, María Rodríguez Díaz, José Luis Vázquez Fernández y Ángel Hernández Martínez, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente:

ANTECEDENTES

El artículo 4.º del Estatuto de Autonomía de Castilla y León señala como uno de los valores esenciales de la comunidad el patrimonio natural. Y es que, en efecto, Castilla y León es la comunidad autónoma con más superficie forestal de España, con un porcentaje territorial similar a la media europea.

Entre las masas forestales están los tejedales. El tejo es un árbol que puede alcanzar los 20 metros de altura y que habita en hoces, barrancos y laderas umbrosas de las montañas de nuestra comunidad.

La comunidad autónoma de Castilla y León cuenta con importantes masas forestales de bosques de tejos. Uno de ellos es La Tejeda de Tosande (Palencia), en la Sierra de la Peña, situada en el Parque Natural de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina con cerca de 800 tejos inventariados, entre los 800 y 1.600 metros de altitud.

Otra masa forestal es el bosque de "El Tejedelo" en Requejo (Sanabria), constituida por tejos milenarios de una extensión de 139 hectáreas, situado a 1.350 metros de altitud, en un rincón de la Sierra de la Gamoneda, en la provincia de Zamora. El monte está declarado Lugar de Interés Comunitario (LIC) y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) e incluido en la Red Natural 2000 por su alto valor ecológico. Su gestión corresponde a la Junta de Castilla y León. Algunos ejemplares de tejo se calcula que tienen más de mil años. "El Tejedelo" de Robledo de Sanabria es una de las manchas de tejos más destacadas y mejor conservadas de España.

En la provincia de Burgos se encuentra otra masa de 64 tejos de La Horadada en la sierra de la Tesla a 300 metros sobre el Ebro, en los términos de Panizares y Tartalés de Cilla.

También en la provincia de León hay bosques de tejos dispersos entre las comarcas de Laciana y los Ancares. Destacan los tejos de Rioscuro de Laciana. También hay tejos en Tejeira, perteneciente al municipio de Villafranca del Bierzo.

Así mismo en las localidades de Villar de Acero, Teixeira y Porcarizas hay tejos integrados en el caserío.

Los bosques de tejos están incluidos en el denominado "Catálogo de especímenes vegetales de singular relevancia de Castilla y León", regulado por Decreto 63/2003, de 22 de mayo, en el que se establece su régimen de protección (BOCyL 28-05-03). Estos tejedales de nuestra comunidad, por su antigüedad y singularidad, han sido considerados como un hábitat prioritario de conservación dentro de la Unión Europea.

El profesor de la Escuela Superior de Ingenierías Agrarias de Palencia y miembro del Instituto de Gestión Forestal Sostenible de la Universidad de Valladolid (UVA), Juan Andrés Oria, ha señalado que «este tipo de zonas naturales, dada su singularidad, precisan de muchos cuidados para su conservación».

"Las mejores tejedas de la península Ibérica se encuentran dentro de la comunidad autónoma de Castilla y León, en la vertiente meridional de la cordillera Cantábrica, en las provincias de Zamora, León, Palencia y Burgos. Sin embargo, dichas tejedas son unos bosques amenazados que ocupan extensiones muy reducidas, presentándose como unas verdaderas reliquias botánicas para la región”1.

Planes de manejo

El Decreto 63/2007, de 14 de junio, por el que se creó el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León y la figura de protección denominada Microrreserva de Flora, considera al tejo como "especie de atención preferente", contempla la redacción de un Plan de Manejo de la especie. Estos planes de manejo también están contemplados en el artículo 102 de la Ley 4/2015, de 24 de marzo, de Patrimonio Natural de Castilla y León de 2015, que sustituyó a Ley 8/1991, de Espacios Naturales de Castilla y León.

Artículo 102. Planes de manejo. 1. Para las especies incluidas en el Catálogo de Especies Amenazadas de Castilla y León la consejería competente en materia de conservación del patrimonio natural elaborará planes de manejo.

2. Los planes de manejo para especies en peligro de extinción, que se denominarán planes de recuperación, tendrán como finalidad asegurar su supervivencia, eliminar en cuanto sea posible las causas de la situación de amenaza y lograr su salida de dicha situación.

3. En el caso de las especies vulnerables, sus planes de manejo se denominarán planes de conservación, y tendrán como finalidad evitar que pasen a la categoría de «en peligro de extinción», corregir los factores adversos que actúan sobre ellas, y lograr un estado favorable de conservación.

4. Se podrán agrupar en un único plan de manejo los relativos a especies cuya problemática de conservación admita un tratamiento común.

5. Los planes de manejo de especies amenazadas tendrán como mínimo el siguiente contenido:

a) Ámbito de aplicación y zonificación del territorio precisa para la realización de las actuaciones y, en su caso, designación de áreas críticas o establecimiento de criterios para su posterior delimitación por la consejería competente en materia de conservación del patrimonio natural.

b) Los sistemas previstos para el control y seguimiento de las poblaciones, así como de la eficacia en la aplicación del plan.

c) Los programas de actuación necesarios.

d) Asimismo, cuando se considere necesario:

1.º Las limitaciones generales y específicas para los usos, aprovechamientos y actividades que deban ser de aplicación.

2.º Programa de conservación «ex situ».

6. Para las especies que vivan exclusivamente o en alta proporción en espacios naturales protegidos, Red Natura 2000 o áreas protegidas por instrumentos internacionales, los planes se podrán articular a través de las correspondientes figuras de planificación y gestión de dichos espacios.

La comunidad de Castilla y León ha adaptado su legislación a la legislación nacional y europea, pero lamentablemente varios aspectos, entre ellos los planes de manejo, no se han desarrollado.

Por contra, algunas comunidades españolas si los tienen. Es el caso de la vecina comunidad asturiana. El Principado de Asturias dispone desde el 18 de enero de 2002 de un Plan específico para esta especie denominado Plan de Manejo del Texo, DECRETO 145/2001, de 13 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Manejo del Tejo (Taxus baccata). Ese plan -revisable cada cinco años-, fija los objetivos a alcanzar y señala las directrices y actuaciones a emprender para la conservación de esta especie de su patrimonio natural.

Entre otros objetivos, el Plan de Manejo de Asturias señala los siguientes:

"5.4.1. Se abordará inmediatamente el estudio y seguimiento periódico de las condiciones de conservación de las tejedas y tejos calificados como monumentos naturales y como rodales selectos o rodales de conservación genética y la propuesta de medidas preventivas y correctoras de posibles daños.

5.4.2. Se fomentarán ayudas a programas de investigación que expliquen el papel ecológico del tejo en la alimentación y refugio de la fauna silvestre, en la evolución natural o debida al manejo de las formaciones forestales en las que destaca por su abundancia, o que mejoren el conocimiento de su arraigo cultural en Asturias.

5.4.3. Se promoverán estudios sobre aspectos fitosanitarios, sus causas e incidencia en los ejemplares de tejos de Asturias.

5.4.4. Se elaborarán y divulgarán normas técnicas sobre la manera de cuidar los tejos de interés y de prevenir los daños que puedan sufrir por efecto de actuaciones y obras diversas.

5.5. Promover actividades de educación ambiental y de divulgación del presente plan.

5.5.1. Se realizarán campañas de educación ambiental y divulgativas del presente plan de manejo dirigidas a la población en general y particularmente a organismos y colectivos implicados directa o indirectamente en la conservación de la especie".

También el gobierno de las Islas Baleares dispone del Plan de manejo del Tejo de la isla de Mallorca.

De ahí la necesidad de desarrollar, conforme a la Ley de Patrimonio Natural de Castilla y León, este tipo de planes.

Por lo expuesto se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

1. Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a redactar y aprobar el Plan de manejo del tejo en Castilla y León, de conformidad con el Decreto 63/2007, por el que se creó el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León, y con el artículo 102 de la Ley 4/2015, de 24 de marzo, de Patrimonio Natural de Castilla y León de 2015.

2. El Plan de manejo del tejo deberá estar publicado antes de finalizar el primer semestre de 2020.

Valladolid, 3 de octubre de 2019.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ignacio Martín Benito,

Ana Sánchez Hernández,

María Inmaculada García Rioja,

María Rodríguez Díaz,

José Luis Vázquez Fernández y

Ángel Hernández Martínez

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

1 FERNÁNDEZ MANSO, Oscar, FERNÁNDEZ MANSO, Alfonso, SANTAMARÍA, E. y QUINTANO PASTOR, Carmen: "Análisis territorial de las tejadas de Castilla y León-España", Spanish joumal of rural development, ISSN 2171-1216 Vol. 2, N.º Extra 2 (mayo), 2011 (Ejemplar dedicado a: Ponencias de las "III Jornadas internacionales sobre el tejo (taxus baccata l.). El tejo, cultura y biodiversidad"), págs. 69-80.


PNL/000273-01

CVE="BOCCL-10-001233"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pags. 3310-3313
BOCCL nº 34/10 del 24/10/2019
CVE: BOCCL-10-001233

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000273-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. José Ignacio Martín Benito, Dña. Ana Sánchez Hernández, Dña. María Inmaculada García Rioja, Dña. María Rodríguez Díaz, D. José Luis Vázquez Fernández y D. Ángel Hernández Martínez, para instar a la Junta a aprobar el Plan de manejo del tejo que deberá estar publicado antes de finalizar el primer trimestre del 2020, para su tramitación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 18 de octubre de 2019, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000242 a PNL/000309.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 18 de octubre de 2019.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

José Ignacio Martín Benito, Ana Sánchez Hernández, Inmaculada García Rioja, María Rodríguez Díaz, José Luis Vázquez Fernández y Ángel Hernández Martínez, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente:

ANTECEDENTES

El artículo 4.º del Estatuto de Autonomía de Castilla y León señala como uno de los valores esenciales de la comunidad el patrimonio natural. Y es que, en efecto, Castilla y León es la comunidad autónoma con más superficie forestal de España, con un porcentaje territorial similar a la media europea.

Entre las masas forestales están los tejedales. El tejo es un árbol que puede alcanzar los 20 metros de altura y que habita en hoces, barrancos y laderas umbrosas de las montañas de nuestra comunidad.

La comunidad autónoma de Castilla y León cuenta con importantes masas forestales de bosques de tejos. Uno de ellos es La Tejeda de Tosande (Palencia), en la Sierra de la Peña, situada en el Parque Natural de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina con cerca de 800 tejos inventariados, entre los 800 y 1.600 metros de altitud.

Otra masa forestal es el bosque de "El Tejedelo" en Requejo (Sanabria), constituida por tejos milenarios de una extensión de 139 hectáreas, situado a 1.350 metros de altitud, en un rincón de la Sierra de la Gamoneda, en la provincia de Zamora. El monte está declarado Lugar de Interés Comunitario (LIC) y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) e incluido en la Red Natural 2000 por su alto valor ecológico. Su gestión corresponde a la Junta de Castilla y León. Algunos ejemplares de tejo se calcula que tienen más de mil años. "El Tejedelo" de Robledo de Sanabria es una de las manchas de tejos más destacadas y mejor conservadas de España.

En la provincia de Burgos se encuentra otra masa de 64 tejos de La Horadada en la sierra de la Tesla a 300 metros sobre el Ebro, en los términos de Panizares y Tartalés de Cilla.

También en la provincia de León hay bosques de tejos dispersos entre las comarcas de Laciana y los Ancares. Destacan los tejos de Rioscuro de Laciana. También hay tejos en Tejeira, perteneciente al municipio de Villafranca del Bierzo.

Así mismo en las localidades de Villar de Acero, Teixeira y Porcarizas hay tejos integrados en el caserío.

Los bosques de tejos están incluidos en el denominado "Catálogo de especímenes vegetales de singular relevancia de Castilla y León", regulado por Decreto 63/2003, de 22 de mayo, en el que se establece su régimen de protección (BOCyL 28-05-03). Estos tejedales de nuestra comunidad, por su antigüedad y singularidad, han sido considerados como un hábitat prioritario de conservación dentro de la Unión Europea.

El profesor de la Escuela Superior de Ingenierías Agrarias de Palencia y miembro del Instituto de Gestión Forestal Sostenible de la Universidad de Valladolid (UVA), Juan Andrés Oria, ha señalado que «este tipo de zonas naturales, dada su singularidad, precisan de muchos cuidados para su conservación».

"Las mejores tejedas de la península Ibérica se encuentran dentro de la comunidad autónoma de Castilla y León, en la vertiente meridional de la cordillera Cantábrica, en las provincias de Zamora, León, Palencia y Burgos. Sin embargo, dichas tejedas son unos bosques amenazados que ocupan extensiones muy reducidas, presentándose como unas verdaderas reliquias botánicas para la región”1.

Planes de manejo

El Decreto 63/2007, de 14 de junio, por el que se creó el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León y la figura de protección denominada Microrreserva de Flora, considera al tejo como "especie de atención preferente", contempla la redacción de un Plan de Manejo de la especie. Estos planes de manejo también están contemplados en el artículo 102 de la Ley 4/2015, de 24 de marzo, de Patrimonio Natural de Castilla y León de 2015, que sustituyó a Ley 8/1991, de Espacios Naturales de Castilla y León.

Artículo 102. Planes de manejo. 1. Para las especies incluidas en el Catálogo de Especies Amenazadas de Castilla y León la consejería competente en materia de conservación del patrimonio natural elaborará planes de manejo.

2. Los planes de manejo para especies en peligro de extinción, que se denominarán planes de recuperación, tendrán como finalidad asegurar su supervivencia, eliminar en cuanto sea posible las causas de la situación de amenaza y lograr su salida de dicha situación.

3. En el caso de las especies vulnerables, sus planes de manejo se denominarán planes de conservación, y tendrán como finalidad evitar que pasen a la categoría de «en peligro de extinción», corregir los factores adversos que actúan sobre ellas, y lograr un estado favorable de conservación.

4. Se podrán agrupar en un único plan de manejo los relativos a especies cuya problemática de conservación admita un tratamiento común.

5. Los planes de manejo de especies amenazadas tendrán como mínimo el siguiente contenido:

a) Ámbito de aplicación y zonificación del territorio precisa para la realización de las actuaciones y, en su caso, designación de áreas críticas o establecimiento de criterios para su posterior delimitación por la consejería competente en materia de conservación del patrimonio natural.

b) Los sistemas previstos para el control y seguimiento de las poblaciones, así como de la eficacia en la aplicación del plan.

c) Los programas de actuación necesarios.

d) Asimismo, cuando se considere necesario:

1.º Las limitaciones generales y específicas para los usos, aprovechamientos y actividades que deban ser de aplicación.

2.º Programa de conservación «ex situ».

6. Para las especies que vivan exclusivamente o en alta proporción en espacios naturales protegidos, Red Natura 2000 o áreas protegidas por instrumentos internacionales, los planes se podrán articular a través de las correspondientes figuras de planificación y gestión de dichos espacios.

La comunidad de Castilla y León ha adaptado su legislación a la legislación nacional y europea, pero lamentablemente varios aspectos, entre ellos los planes de manejo, no se han desarrollado.

Por contra, algunas comunidades españolas si los tienen. Es el caso de la vecina comunidad asturiana. El Principado de Asturias dispone desde el 18 de enero de 2002 de un Plan específico para esta especie denominado Plan de Manejo del Texo, DECRETO 145/2001, de 13 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Manejo del Tejo (Taxus baccata). Ese plan -revisable cada cinco años-, fija los objetivos a alcanzar y señala las directrices y actuaciones a emprender para la conservación de esta especie de su patrimonio natural.

Entre otros objetivos, el Plan de Manejo de Asturias señala los siguientes:

"5.4.1. Se abordará inmediatamente el estudio y seguimiento periódico de las condiciones de conservación de las tejedas y tejos calificados como monumentos naturales y como rodales selectos o rodales de conservación genética y la propuesta de medidas preventivas y correctoras de posibles daños.

5.4.2. Se fomentarán ayudas a programas de investigación que expliquen el papel ecológico del tejo en la alimentación y refugio de la fauna silvestre, en la evolución natural o debida al manejo de las formaciones forestales en las que destaca por su abundancia, o que mejoren el conocimiento de su arraigo cultural en Asturias.

5.4.3. Se promoverán estudios sobre aspectos fitosanitarios, sus causas e incidencia en los ejemplares de tejos de Asturias.

5.4.4. Se elaborarán y divulgarán normas técnicas sobre la manera de cuidar los tejos de interés y de prevenir los daños que puedan sufrir por efecto de actuaciones y obras diversas.

5.5. Promover actividades de educación ambiental y de divulgación del presente plan.

5.5.1. Se realizarán campañas de educación ambiental y divulgativas del presente plan de manejo dirigidas a la población en general y particularmente a organismos y colectivos implicados directa o indirectamente en la conservación de la especie".

También el gobierno de las Islas Baleares dispone del Plan de manejo del Tejo de la isla de Mallorca.

De ahí la necesidad de desarrollar, conforme a la Ley de Patrimonio Natural de Castilla y León, este tipo de planes.

Por lo expuesto se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

1. Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a redactar y aprobar el Plan de manejo del tejo en Castilla y León, de conformidad con el Decreto 63/2007, por el que se creó el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León, y con el artículo 102 de la Ley 4/2015, de 24 de marzo, de Patrimonio Natural de Castilla y León de 2015.

2. El Plan de manejo del tejo deberá estar publicado antes de finalizar el primer semestre de 2020.

Valladolid, 3 de octubre de 2019.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ignacio Martín Benito,

Ana Sánchez Hernández,

María Inmaculada García Rioja,

María Rodríguez Díaz,

José Luis Vázquez Fernández y

Ángel Hernández Martínez

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

1 FERNÁNDEZ MANSO, Oscar, FERNÁNDEZ MANSO, Alfonso, SANTAMARÍA, E. y QUINTANO PASTOR, Carmen: "Análisis territorial de las tejadas de Castilla y León-España", Spanish joumal of rural development, ISSN 2171-1216 Vol. 2, N.º Extra 2 (mayo), 2011 (Ejemplar dedicado a: Ponencias de las "III Jornadas internacionales sobre el tejo (taxus baccata l.). El tejo, cultura y biodiversidad"), págs. 69-80.


PNL/000273-01

CVE="BOCCL-10-001233"



Sede de las Cortes de Castilla y León