PNL/000298-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000298-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Luis Briones Martínez, Dña. Yolanda Sacristán Rodríguez, D. Fernando Pablos Romo, Dña. Alicia Palomo Sebastián, D. Luis Ángel Fernández Bayón, Dña. María Isabel Gonzalo Ramírez y D. Jesús Puente Alcaraz, para instar a la Junta a restringir las comisiones de servicio a situaciones excepcionales procediéndose con la mayor celeridad a la cobertura de las plazas por el procedimiento ordinario, para su tramitación ante la Comisión de la Presidencia.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 18 de octubre de 2019, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000242 a PNL/000309.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 18 de octubre de 2019.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Luis Briones Martínez, Yolanda Sacristán Rodríguez, Fernando Pablos Romo, Alicia Palomo Sebastián, Luis Fernández Bayón, Isabel Gonzalo Ramírez y Jesús Puente Alcaraz, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de la Presidencia:

ANTECEDENTES

El Estatuto de Autonomía de Castilla y León establece que corresponde a la Comunidad Autónoma el establecimiento del régimen jurídico de sus empleados públicos en el marco de lo dispuesto en el artículo 149.1.18 de la Constitución. El capítulo III del título IV de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, establece las normas que regulan la selección y la provisión de puestos de trabajo en la Administración de nuestra Comunidad Autónoma. En el marco descrito, se aprobó el Decreto 35/2018, que tiene por objeto la modificación de determinadas normas reguladoras de la función pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, tal y como establece su artículo primero.

Uno de los mecanismos que tienen los funcionarios públicos para progresar en la carrera profesional es la ocupación de puestos de trabajo participando de forma voluntaria en los procesos de provisión de puestos de trabajo, mediante concurso, en el cual deben ser valorados los méritos y capacidades de los concursantes de manera totalmente abierta y en igualdad de condiciones.

Lo más habitual es que quien desempeña un puesto de trabajo en Comisión de Servicio llegue a creerse con derecho a «quedarse con dicho puesto» y a prolongar la situación hasta que lo consiga. Muchas veces, así sucede.

Pero la Comisión de Servicios debe ser una situación excepcional, con un límite en el tiempo y, por supuesto, la plaza ocupada en esta situación debe ser ofertada en el siguiente concurso para su provisión definitiva, de hecho, así está estipulado reglamentariamente.

La Administración debe utilizar las Comisiones de Servicios como una salida de emergencia para atender una serie de necesidades inaplazables que se van sucediendo, pero teniendo en cuenta unos criterios y un límite en el tiempo.

Lamentablemente en nuestra CC. AA., las Comisiones de Servicios han sido un cómodo comodín durante décadas en el empleo público, la "Comisión de Servicios" el atajo que, so pretexto de la discrecionalidad, ha permitido reclutar a quien goza de su favor para cubrir puestos de trabajo o misiones especiales en muchísimos casos, y el problema surge cuando, año tras año, no salen a concurso estas plazas, muchas Comisiones de Servicios se prolongan indefinidamente, hecho cada vez más frecuente, lo que es un claro abuso de poder y un claro perjuicio para los empleados públicos.

El 13 de septiembre de 2018, la Consejería de Presidencia de la Junta de Castilla y León aprobó el Decreto 35/2018, por el que se modifican determinadas normas en materia de función pública, en relación con la provisión de puestos de trabajo en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, decreto que modifica el Reglamento General de Ingreso del Personal y Provisión de Puestos de Trabajo de los Funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, Decreto 67/1999, de 15 de abril, modificando el apartado 1 del artículo 29, añadiendo el art. 54 bis, y modificando el art. 58, entre otros.

El citado decreto hubiera sido una magnífica oportunidad para haber introducir algunas reflexiones y modificaciones en la concesión de las Comisiones de Servicio, lo que no se ha hecho.

Por lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León, a restringir las Comisiones de Servicio a aquellas situaciones que, excepcionalmente, se hallen debidamente justificadas y tengan titular con reserva de puesto de trabajo o deriven de situaciones administrativas que por su urgencia y transitoriamente requieran de esta forma inmediata de provisión procediéndose con la mayor celeridad a su cobertura por procedimiento ordinario".

Valladolid, 11 de octubre de 2019.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Luis Briones Martínez,

Yolanda Sacristán Rodríguez,

Fernando Pablos Romo,

Alicia Palomo Sebastián,

Luis Ángel Fernández Bayón,

María Isabel Gonzalo Ramírez y

Jesús Puente Alcaraz

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000298-01

CVE="BOCCL-10-001258"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pags. 3371-3373
BOCCL nº 34/10 del 24/10/2019
CVE: BOCCL-10-001258

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000298-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Luis Briones Martínez, Dña. Yolanda Sacristán Rodríguez, D. Fernando Pablos Romo, Dña. Alicia Palomo Sebastián, D. Luis Ángel Fernández Bayón, Dña. María Isabel Gonzalo Ramírez y D. Jesús Puente Alcaraz, para instar a la Junta a restringir las comisiones de servicio a situaciones excepcionales procediéndose con la mayor celeridad a la cobertura de las plazas por el procedimiento ordinario, para su tramitación ante la Comisión de la Presidencia.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 18 de octubre de 2019, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000242 a PNL/000309.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 18 de octubre de 2019.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Luis Briones Martínez, Yolanda Sacristán Rodríguez, Fernando Pablos Romo, Alicia Palomo Sebastián, Luis Fernández Bayón, Isabel Gonzalo Ramírez y Jesús Puente Alcaraz, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de la Presidencia:

ANTECEDENTES

El Estatuto de Autonomía de Castilla y León establece que corresponde a la Comunidad Autónoma el establecimiento del régimen jurídico de sus empleados públicos en el marco de lo dispuesto en el artículo 149.1.18 de la Constitución. El capítulo III del título IV de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, establece las normas que regulan la selección y la provisión de puestos de trabajo en la Administración de nuestra Comunidad Autónoma. En el marco descrito, se aprobó el Decreto 35/2018, que tiene por objeto la modificación de determinadas normas reguladoras de la función pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, tal y como establece su artículo primero.

Uno de los mecanismos que tienen los funcionarios públicos para progresar en la carrera profesional es la ocupación de puestos de trabajo participando de forma voluntaria en los procesos de provisión de puestos de trabajo, mediante concurso, en el cual deben ser valorados los méritos y capacidades de los concursantes de manera totalmente abierta y en igualdad de condiciones.

Lo más habitual es que quien desempeña un puesto de trabajo en Comisión de Servicio llegue a creerse con derecho a «quedarse con dicho puesto» y a prolongar la situación hasta que lo consiga. Muchas veces, así sucede.

Pero la Comisión de Servicios debe ser una situación excepcional, con un límite en el tiempo y, por supuesto, la plaza ocupada en esta situación debe ser ofertada en el siguiente concurso para su provisión definitiva, de hecho, así está estipulado reglamentariamente.

La Administración debe utilizar las Comisiones de Servicios como una salida de emergencia para atender una serie de necesidades inaplazables que se van sucediendo, pero teniendo en cuenta unos criterios y un límite en el tiempo.

Lamentablemente en nuestra CC. AA., las Comisiones de Servicios han sido un cómodo comodín durante décadas en el empleo público, la "Comisión de Servicios" el atajo que, so pretexto de la discrecionalidad, ha permitido reclutar a quien goza de su favor para cubrir puestos de trabajo o misiones especiales en muchísimos casos, y el problema surge cuando, año tras año, no salen a concurso estas plazas, muchas Comisiones de Servicios se prolongan indefinidamente, hecho cada vez más frecuente, lo que es un claro abuso de poder y un claro perjuicio para los empleados públicos.

El 13 de septiembre de 2018, la Consejería de Presidencia de la Junta de Castilla y León aprobó el Decreto 35/2018, por el que se modifican determinadas normas en materia de función pública, en relación con la provisión de puestos de trabajo en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, decreto que modifica el Reglamento General de Ingreso del Personal y Provisión de Puestos de Trabajo de los Funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, Decreto 67/1999, de 15 de abril, modificando el apartado 1 del artículo 29, añadiendo el art. 54 bis, y modificando el art. 58, entre otros.

El citado decreto hubiera sido una magnífica oportunidad para haber introducir algunas reflexiones y modificaciones en la concesión de las Comisiones de Servicio, lo que no se ha hecho.

Por lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León, a restringir las Comisiones de Servicio a aquellas situaciones que, excepcionalmente, se hallen debidamente justificadas y tengan titular con reserva de puesto de trabajo o deriven de situaciones administrativas que por su urgencia y transitoriamente requieran de esta forma inmediata de provisión procediéndose con la mayor celeridad a su cobertura por procedimiento ordinario".

Valladolid, 11 de octubre de 2019.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Luis Briones Martínez,

Yolanda Sacristán Rodríguez,

Fernando Pablos Romo,

Alicia Palomo Sebastián,

Luis Ángel Fernández Bayón,

María Isabel Gonzalo Ramírez y

Jesús Puente Alcaraz

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000298-01

CVE="BOCCL-10-001258"



Sede de las Cortes de Castilla y León