PE/000315-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/000315-2


Sumario:

Contestación conjunta de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita formuladas por los Procuradores D. Rubén Illera Redón, D. Jesús Guerrero Arroyo, Dña. María Consolación Pablos Labajo, Dña. María Rodríguez Díaz, D. Ángel Hernández Martínez y D. José Luis Vázquez Fernández, relacionadas en el Anexo, publicadas en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 29, de 11 de octubre de 2019.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/000031 a PE/000086, PE/000132 a PE/000137, PE/000140, PE/000143, PE/000144, PE/000176, PE/000197 a PE/000202, PE/000209, PE/000211 a PE/000216, PE/000239, PE/000268, PE/000269, PE/000272, PE/000289, PE/000293 a PE/000297, PE/000301, PE/000302, PE/000307 a PE/000310, PE/000315 a PE/000324, PE/000326 a PE/000329, PE/000331, PE/000333, PE/000335, PE/000360, PE/000365 y PE/000378, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 8 de noviembre de 2019.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

ANEXO

CONTESTACIÓN CONJUNTA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

A LAS PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA

PE/ RELATIVA A

000315 Existencia de algún protocolo de actuación de la Junta de Castilla y León para luchar contra la procesionaria del pino y a la valoración de la Junta de Castilla y León de la eficiencia y eficacia en los métodos utilizados en la lucha contra la propagación y expansión de la misma.

000316 Medidas físicas, biológicas y químicas que se están adoptando para la lucha contra la procesionaria del pino en Castilla y León. Segregar datos por provincias y zonas concretas.

000317 Número de actuaciones de la técnica de endoterapia realizadas por la Junta de Castilla y León en los años 2015 a 2019.

000318 Número de actuaciones llevadas a cabo en la lucha contra la procesionaria del pino en los años 2016 a 2019. Segregar datos por provincias y zonas concretas.

000319 Zonas de la provincia de Palencia en las que la Junta de Castilla y León tiene pensado realizar actuaciones contra la procesionaria del pino. Segregar datos por cantidad de actuaciones y zonas de actuación.

000320 Si tiene constancia la Junta de Castilla y León de la presencia de procesionaria del pino en parques y zonas diversas del municipio de Palencia en los años 2017 a 2019.

000321 Número de actuaciones realizadas por la Junta de Castilla y León acerca del control de la procesionaria del pino mediante la aplicación de feromonas. Segregar el dato por provincias y zonas concretas.

000322 Si tiene cuantificado la Junta de Castilla y León los daños ocasionados por la procesionaria en la Comunidad de Castilla y León. Segregar el dato por provincias y efectos concretos.

Contestación a las Preguntas Escritas número 1000315 a 1000322 formuladas por D. Rubén Illera Redón, D. Jesús Guerrero Arroyo, D.ª Consolación Pablos Labajo, D.ª María Rodríguez Díaz, D. Ángel Hernández Martínez y D. José Luis Vázquez Fernández, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativas a la procesionaria del pino en los pinares de Castilla y León.

Dado que en el ámbito circunmediterráneo la procesionaria del pino es un factor de estación en los ecosistemas de coníferas y que los daños al arbolado son mínimos, la Junta de Castilla y León realiza el seguimiento y tratamiento para controlar la presencia de esta oruga en las masas forestales de la Comunidad, para lo que los Servicios Territoriales de Medio Ambiente realizan prospecciones del estado de los montes que gestionan, lo que permite conocer su estado actual, su evolución actual y futura y los posibles daños y afecciones, lo que sirve de herramienta para la adoptar las decisiones oportunas en orden a aplicar las medidas adecuadas.

Respecto a los métodos de control y lucha, lo aconsejable es una intervención que reduzca el nivel de la población del insecto en aquellos montes donde la procesionaria constituya una amenaza para la supervivencia de la masa o un obstáculo para su formación, donde impida el uso y disfrute del monte, donde disminuya la producción o dificulte la extracción de productos de forma notable, y donde impida la realización de los trabajos selvícolas programados para su correcta gestión. Es fundamental conocer la dinámica de sus poblaciones, de manera que se planifiquen en cada momento las actuaciones más racionales para evitar daños en las masas y que el impacto sobre el Medio Ambiente sea el menor posible.

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente, además de una importante labor silvícola en las masas arboladas de los montes de utilidad pública y conveniados de la Comunidad para llevarlas a su estado óptimo, lo que les permitirá luchar en las mejores condiciones contra las plagas, durante los años 2015 a 2018 ha realizado los siguientes tratamientos puntuales en aquellas zonas de la Comunidad en las que conforme a criterios técnicos, económicos y sanitarios resulta necesario:

tratamientos terrestres en terrenos forestales en zonas de fácil acceso cercanos a núcleos urbanos y áreas recreativas, para masas con condiciones de altura de arbolado adecuada.

tratamientos directos, bolsón a bolsón, con piretroides o corta y quema de los mismos.

experiencias con endoterapia en pinares cercanos a poblaciones en Burgos y Palencia. Este método ha resultado una valiosa alternativa al tratamiento con productos fitosanitarios en el entorno de áreas habitadas, proporcionando en zonas de arbolado próximas a suelo urbano o periurbano un método de control de la procesionaria muy eficaz, dado que el producto empleado, que es inocuo para el pino, permanece varios años dentro del arbolado, evitando tratamientos repetitivos, y además, al no entrar en contacto con el medio ambiente ni con las personas, puede realizarse en cualquier condición climática sin afectar a la población circundante, siendo positiva la valoración de las experiencias realizadas, por lo que se considera una buena alternativa a valorar en función del tipo de masa, de la extensión y de la afección.

desarrollo y divulgación de anillos circulares para evitar que desciendan las orugas y pupen en el suelo.

adquisición de nuevas cajas nido para su entrega a asociaciones, ayuntamientos, colegios e institutos, sin perjuicio de que algunos Servicios Territoriales aún continúen utilizando los stocks de nidales existentes en sus almacenes.

divulgación en prensa y página web sobre posibles alternativas de tratamientos a aplicar en terrenos privados y públicos de lucha contra la procesionaria.

Durante varios años, en toda la Comunidad, se han utilizado trampas de feromonas para conocer las poblaciones, no siendo un método eficaz de control poblacional ni tampoco recomendable, sólo está indicado y autorizado para realizar estudios sobre la mariposa de la procesionaria, conocer la curva de vuelo del lepidóptero y estimar sus poblaciones. Se usa como disruptor del apareamiento en zonas con niveles medios o altos de afectación por procesionaria, por lo que sólo se aplica en condiciones de bajo nivel de infestación, habiéndose utilizado sólo como método de control de forma muy puntual en alguna provincia.

La aplicación de cualquiera de estos tratamientos de la procesionaria del pino requiere un estudio y planificación previa por personal técnico de los Servicios Territoriales de Medio Ambiente, puesto que es preciso valorar las distintas alternativas conforme a criterios técnicos y atendiendo a los distintos condicionantes existentes, tanto legales y económicos, como medioambientales y de salud pública, además de tener en cuenta los intereses de los propietarios, para posteriormente elaborar una estrategia de lucha a largo plazo en la que se opte por la alternativa o por las alternativas más idóneas en cada momento para luchar contra este organismo.

Por su parte, cualquier técnico o agente medioambiental, ante la constancia de un problema fitosanitario, remite un Parte de Alerta a la Sección de Sanidad Forestal o al Centro de Sanidad Forestal de Calabazanos, para proceder al muestreo y análisis, y establecer en consecuencia los métodos de control y medidas de gestión más adecuadas.

Además, la Consejería de Fomento y Medio Ambiente realiza campañas divulgativas sobre los métodos de control y ofrece asesoramiento técnico gratuito. Con el objetivo de extender el conocimiento sobre los posibles tratamientos a utilizar ha elaborado varios documentos divulgativos sobre la gestión y los métodos de control existentes: un tríptico divulgativo destinado al público en general, una ficha técnica de la plaga y un documento técnico de consulta para los técnicos gestores de las masas forestales, que están disponibles y pueden ser consultados en la página web de la Junta de Castilla y León en el enlace http://www.medioambiente.jcyl.es/web/jcyl/MedioAmbiente/es/Plantilla100/1284559696477/_/_/_

En este contexto, a la vista de los resultados positivos, tanto desde un punto de vista técnico, como económico, de las actuaciones realizadas, la Junta de Castilla y León continuará actuando como ya lo viene haciendo, realizando el seguimiento y tratamiento para controlar la presencia de esta oruga en las masas forestales de la Comunidad.

Respecto a la presencia de procesionaria del pino en parques y zonas diversas del municipio de Palencia, teniendo en cuenta que la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal obliga a los propietarios, públicos y particulares, a mantener el buen estado fitosanitario de sus masas forestales y a aplicar las medidas fitosanitarias que se establezcan, teniendo la obligación, de acuerdo con el artículo 84 de la Ley 3/2009 de Montes de Castilla y León, de comunicar a la Consejería competente en la materia la existencia de plagas o enfermedades forestales y de su tratamiento por los gestores de los montes afectados, los parques son en general terrenos “no forestales” donde corresponde actuar al Ayuntamiento, mientras que entre las “zonas diversas” podrían incluirse los montes de utilidad pública próximos al municipio que son gestionados por la Consejería.

En la actualidad, el estado fitosanitario de los bosques de Castilla y León se controla mediante una red de daños a los bosques, en la que se incluyen tanto masas de pinar afectadas por procesionaria como por otros organismos además de otras especies arboladas, comprende unos 118 puntos en los que se recogen las principales variables de daños bióticos y abióticos que sufren nuestros bosques, así mismo existen redes específicas para otros agentes, como la del nematodo de la madera del pino, en las que se recoge información sobre el grado de afección por procesionaria de cada uno de los puntos de prospección y muestreo.

Valladolid, 6 de noviembre de 2019.

EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,

Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.


PE/000315-2

CVE="BOCCL-10-001838"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 4589
BOCCL nº 44/10 del 18/11/2019
CVE: BOCCL-10-001838

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/000315-2
Contestación conjunta de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita formuladas por los Procuradores D. Rubén Illera Redón, D. Jesús Guerrero Arroyo, Dña. María Consolación Pablos Labajo, Dña. María Rodríguez Díaz, D. Ángel Hernández Martínez y D. José Luis Vázquez Fernández, relacionadas en el Anexo, publicadas en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 29, de 11 de octubre de 2019.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/000031 a PE/000086, PE/000132 a PE/000137, PE/000140, PE/000143, PE/000144, PE/000176, PE/000197 a PE/000202, PE/000209, PE/000211 a PE/000216, PE/000239, PE/000268, PE/000269, PE/000272, PE/000289, PE/000293 a PE/000297, PE/000301, PE/000302, PE/000307 a PE/000310, PE/000315 a PE/000324, PE/000326 a PE/000329, PE/000331, PE/000333, PE/000335, PE/000360, PE/000365 y PE/000378, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 8 de noviembre de 2019.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


ANEXO

CONTESTACIÓN CONJUNTA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

A LAS PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA

PE/ RELATIVA A

000315 Existencia de algún protocolo de actuación de la Junta de Castilla y León para luchar contra la procesionaria del pino y a la valoración de la Junta de Castilla y León de la eficiencia y eficacia en los métodos utilizados en la lucha contra la propagación y expansión de la misma.

000316 Medidas físicas, biológicas y químicas que se están adoptando para la lucha contra la procesionaria del pino en Castilla y León. Segregar datos por provincias y zonas concretas.

000317 Número de actuaciones de la técnica de endoterapia realizadas por la Junta de Castilla y León en los años 2015 a 2019.

000318 Número de actuaciones llevadas a cabo en la lucha contra la procesionaria del pino en los años 2016 a 2019. Segregar datos por provincias y zonas concretas.

000319 Zonas de la provincia de Palencia en las que la Junta de Castilla y León tiene pensado realizar actuaciones contra la procesionaria del pino. Segregar datos por cantidad de actuaciones y zonas de actuación.

000320 Si tiene constancia la Junta de Castilla y León de la presencia de procesionaria del pino en parques y zonas diversas del municipio de Palencia en los años 2017 a 2019.

000321 Número de actuaciones realizadas por la Junta de Castilla y León acerca del control de la procesionaria del pino mediante la aplicación de feromonas. Segregar el dato por provincias y zonas concretas.

000322 Si tiene cuantificado la Junta de Castilla y León los daños ocasionados por la procesionaria en la Comunidad de Castilla y León. Segregar el dato por provincias y efectos concretos.

Contestación a las Preguntas Escritas número 1000315 a 1000322 formuladas por D. Rubén Illera Redón, D. Jesús Guerrero Arroyo, D.ª Consolación Pablos Labajo, D.ª María Rodríguez Díaz, D. Ángel Hernández Martínez y D. José Luis Vázquez Fernández, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativas a la procesionaria del pino en los pinares de Castilla y León.

Dado que en el ámbito circunmediterráneo la procesionaria del pino es un factor de estación en los ecosistemas de coníferas y que los daños al arbolado son mínimos, la Junta de Castilla y León realiza el seguimiento y tratamiento para controlar la presencia de esta oruga en las masas forestales de la Comunidad, para lo que los Servicios Territoriales de Medio Ambiente realizan prospecciones del estado de los montes que gestionan, lo que permite conocer su estado actual, su evolución actual y futura y los posibles daños y afecciones, lo que sirve de herramienta para la adoptar las decisiones oportunas en orden a aplicar las medidas adecuadas.

Respecto a los métodos de control y lucha, lo aconsejable es una intervención que reduzca el nivel de la población del insecto en aquellos montes donde la procesionaria constituya una amenaza para la supervivencia de la masa o un obstáculo para su formación, donde impida el uso y disfrute del monte, donde disminuya la producción o dificulte la extracción de productos de forma notable, y donde impida la realización de los trabajos selvícolas programados para su correcta gestión. Es fundamental conocer la dinámica de sus poblaciones, de manera que se planifiquen en cada momento las actuaciones más racionales para evitar daños en las masas y que el impacto sobre el Medio Ambiente sea el menor posible.

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente, además de una importante labor silvícola en las masas arboladas de los montes de utilidad pública y conveniados de la Comunidad para llevarlas a su estado óptimo, lo que les permitirá luchar en las mejores condiciones contra las plagas, durante los años 2015 a 2018 ha realizado los siguientes tratamientos puntuales en aquellas zonas de la Comunidad en las que conforme a criterios técnicos, económicos y sanitarios resulta necesario:

tratamientos terrestres en terrenos forestales en zonas de fácil acceso cercanos a núcleos urbanos y áreas recreativas, para masas con condiciones de altura de arbolado adecuada.

tratamientos directos, bolsón a bolsón, con piretroides o corta y quema de los mismos.

experiencias con endoterapia en pinares cercanos a poblaciones en Burgos y Palencia. Este método ha resultado una valiosa alternativa al tratamiento con productos fitosanitarios en el entorno de áreas habitadas, proporcionando en zonas de arbolado próximas a suelo urbano o periurbano un método de control de la procesionaria muy eficaz, dado que el producto empleado, que es inocuo para el pino, permanece varios años dentro del arbolado, evitando tratamientos repetitivos, y además, al no entrar en contacto con el medio ambiente ni con las personas, puede realizarse en cualquier condición climática sin afectar a la población circundante, siendo positiva la valoración de las experiencias realizadas, por lo que se considera una buena alternativa a valorar en función del tipo de masa, de la extensión y de la afección.

desarrollo y divulgación de anillos circulares para evitar que desciendan las orugas y pupen en el suelo.

adquisición de nuevas cajas nido para su entrega a asociaciones, ayuntamientos, colegios e institutos, sin perjuicio de que algunos Servicios Territoriales aún continúen utilizando los stocks de nidales existentes en sus almacenes.

divulgación en prensa y página web sobre posibles alternativas de tratamientos a aplicar en terrenos privados y públicos de lucha contra la procesionaria.

Durante varios años, en toda la Comunidad, se han utilizado trampas de feromonas para conocer las poblaciones, no siendo un método eficaz de control poblacional ni tampoco recomendable, sólo está indicado y autorizado para realizar estudios sobre la mariposa de la procesionaria, conocer la curva de vuelo del lepidóptero y estimar sus poblaciones. Se usa como disruptor del apareamiento en zonas con niveles medios o altos de afectación por procesionaria, por lo que sólo se aplica en condiciones de bajo nivel de infestación, habiéndose utilizado sólo como método de control de forma muy puntual en alguna provincia.

La aplicación de cualquiera de estos tratamientos de la procesionaria del pino requiere un estudio y planificación previa por personal técnico de los Servicios Territoriales de Medio Ambiente, puesto que es preciso valorar las distintas alternativas conforme a criterios técnicos y atendiendo a los distintos condicionantes existentes, tanto legales y económicos, como medioambientales y de salud pública, además de tener en cuenta los intereses de los propietarios, para posteriormente elaborar una estrategia de lucha a largo plazo en la que se opte por la alternativa o por las alternativas más idóneas en cada momento para luchar contra este organismo.

Por su parte, cualquier técnico o agente medioambiental, ante la constancia de un problema fitosanitario, remite un Parte de Alerta a la Sección de Sanidad Forestal o al Centro de Sanidad Forestal de Calabazanos, para proceder al muestreo y análisis, y establecer en consecuencia los métodos de control y medidas de gestión más adecuadas.

Además, la Consejería de Fomento y Medio Ambiente realiza campañas divulgativas sobre los métodos de control y ofrece asesoramiento técnico gratuito. Con el objetivo de extender el conocimiento sobre los posibles tratamientos a utilizar ha elaborado varios documentos divulgativos sobre la gestión y los métodos de control existentes: un tríptico divulgativo destinado al público en general, una ficha técnica de la plaga y un documento técnico de consulta para los técnicos gestores de las masas forestales, que están disponibles y pueden ser consultados en la página web de la Junta de Castilla y León en el enlace http://www.medioambiente.jcyl.es/web/jcyl/MedioAmbiente/es/Plantilla100/1284559696477/_/_/_

En este contexto, a la vista de los resultados positivos, tanto desde un punto de vista técnico, como económico, de las actuaciones realizadas, la Junta de Castilla y León continuará actuando como ya lo viene haciendo, realizando el seguimiento y tratamiento para controlar la presencia de esta oruga en las masas forestales de la Comunidad.

Respecto a la presencia de procesionaria del pino en parques y zonas diversas del municipio de Palencia, teniendo en cuenta que la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal obliga a los propietarios, públicos y particulares, a mantener el buen estado fitosanitario de sus masas forestales y a aplicar las medidas fitosanitarias que se establezcan, teniendo la obligación, de acuerdo con el artículo 84 de la Ley 3/2009 de Montes de Castilla y León, de comunicar a la Consejería competente en la materia la existencia de plagas o enfermedades forestales y de su tratamiento por los gestores de los montes afectados, los parques son en general terrenos “no forestales” donde corresponde actuar al Ayuntamiento, mientras que entre las “zonas diversas” podrían incluirse los montes de utilidad pública próximos al municipio que son gestionados por la Consejería.

En la actualidad, el estado fitosanitario de los bosques de Castilla y León se controla mediante una red de daños a los bosques, en la que se incluyen tanto masas de pinar afectadas por procesionaria como por otros organismos además de otras especies arboladas, comprende unos 118 puntos en los que se recogen las principales variables de daños bióticos y abióticos que sufren nuestros bosques, así mismo existen redes específicas para otros agentes, como la del nematodo de la madera del pino, en las que se recoge información sobre el grado de afección por procesionaria de cada uno de los puntos de prospección y muestreo.

Valladolid, 6 de noviembre de 2019.

EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,

Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.


PE/000315-2

CVE="BOCCL-10-001838"



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