PE/000360-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/000360-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Laura Domínguez Arroyo, relativa a variación de personal en los centros residenciales y centros de día desde 2014 con las especificaciones que se solicitan, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 36, de 28 de octubre de 2019.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/000031 a PE/000086, PE/000132 a PE/000137, PE/000140, PE/000143, PE/000144, PE/000176, PE/000197 a PE/000202, PE/000209, PE/000211 a PE/000216, PE/000239, PE/000268, PE/000269, PE/000272, PE/000289, PE/000293 a PE/000297, PE/000301, PE/000302, PE/000307 a PE/000310, PE/000315 a PE/000324, PE/000326 a PE/000329, PE/000331, PE/000333, PE/000335, PE/000360, PE/000365 y PE/000378, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 8 de noviembre de 2019.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita P.E. 360, formulada por D.ª Laura Domínguez Arroyo, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León sobre personal en centros residenciales y centros de día

El seguimiento en el número de trabajadores de una empresa o entidad no es una función que sea competencia de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, más allá de la verificación del cumplimiento normativo, a través del ejercicio de la función inspectora, de las condiciones y requisitos de los servicios y centros del sistema de servicios sociales, ya sean públicos o privados, de acuerdo con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 16/2010, de 20 de diciembre de Servicios Sociales de Castilla

y León.

En cumplimiento de dicha función, se verifica entre otros muchos extremos, la suficiencia e idoneidad del personal que ejerce sus funciones en los dispositivos autorizados e inscritos en el Registro de Entidades, Servicios y Centros.

Valladolid, 4 de noviembre de 2019.

LA CONSEJERA,

Fdo.: María Isabel Blanco Llamas.


PE/000360-2

CVE="BOCCL-10-001855"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 4609
BOCCL nº 44/10 del 18/11/2019
CVE: BOCCL-10-001855

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/000360-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Laura Domínguez Arroyo, relativa a variación de personal en los centros residenciales y centros de día desde 2014 con las especificaciones que se solicitan, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 36, de 28 de octubre de 2019.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/000031 a PE/000086, PE/000132 a PE/000137, PE/000140, PE/000143, PE/000144, PE/000176, PE/000197 a PE/000202, PE/000209, PE/000211 a PE/000216, PE/000239, PE/000268, PE/000269, PE/000272, PE/000289, PE/000293 a PE/000297, PE/000301, PE/000302, PE/000307 a PE/000310, PE/000315 a PE/000324, PE/000326 a PE/000329, PE/000331, PE/000333, PE/000335, PE/000360, PE/000365 y PE/000378, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 8 de noviembre de 2019.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita P.E. 360, formulada por D.ª Laura Domínguez Arroyo, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León sobre personal en centros residenciales y centros de día

El seguimiento en el número de trabajadores de una empresa o entidad no es una función que sea competencia de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, más allá de la verificación del cumplimiento normativo, a través del ejercicio de la función inspectora, de las condiciones y requisitos de los servicios y centros del sistema de servicios sociales, ya sean públicos o privados, de acuerdo con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 16/2010, de 20 de diciembre de Servicios Sociales de Castilla

y León.

En cumplimiento de dicha función, se verifica entre otros muchos extremos, la suficiencia e idoneidad del personal que ejerce sus funciones en los dispositivos autorizados e inscritos en el Registro de Entidades, Servicios y Centros.

Valladolid, 4 de noviembre de 2019.

LA CONSEJERA,

Fdo.: María Isabel Blanco Llamas.


PE/000360-2

CVE="BOCCL-10-001855"



Sede de las Cortes de Castilla y León