PE/000314-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/000314-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Rubén Illera Redón, D. Jesús Guerrero Arroyo, Dña. María Consolación Pablos Labajo, Dña. María Rodríguez Díaz, D. Ángel Hernández Martínez y D. José Luis Vázquez Fernández, relativa a presencia de la avispa asiática (Vespa velutina) en Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 29, de 11 de octubre de 2019.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/000114, PE/000187, PE/000188, PE/000205, PE/000207, PE/000217 a PE/000220, PE/000246, PE/000275, PE/000288, PE/000311, PE/000312, PE/000314, PE/000325, PE/000330, PE/000332, PE/000337, PE/000339, PE/000341, PE/000344, PE/000348, PE/000349, PE/000363, PE/000364, PE/000376, PE/000380, PE/000381, PE/000386 y PE/000387, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 19 de noviembre de 2019.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-10-001964.

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita P.E./1000314, formulada por los Procuradores D. Rubén Illera Redón, D. Jesús Guerrero Arroyo, Dña. María Consolación Pablos Labajo, Dña. María Rodríguez Díaz, D. Angel Hernández Martínez y D. José Luis Vázquez Fernández, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a “presencia de la avispa asiática (Vespa velutina) en Castilla y León”.

Recabada información de las Consejerías de Fomento y Medio Ambiente y de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural respecto a la cuestión planteada en el asunto de referencia, tengo el honor de comunicar a V.E. la información aportada por dichas Consejerías en los ANEXOS que a continuación se relacionan:

ANEXO I: Consejería de Fomento y Medio Ambiente

ANEXO II: Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

Valladolid, 11 de noviembre de 2019.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando.

ANEXO I CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

P.E./1000314

La actuación de la Junta de Castilla y León dirigida al control de la Vespa Velutina se ajusta al Protocolo de actuaciones para la detección, seguimiento y control de la especie exótica invasora Vespa velutina en Castilla y León suscrito el 22 de marzo de 2016 entre las Consejerías de Agricultura y Ganadería y de Fomento y Medio Ambiente, en el que se recogen las actuaciones a desarrollar por la administración de Castilla y León correspondiendo a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente las actuaciones de control (captura y eliminación de ejemplares y nidos) en terrenos no urbanos a través de medios propios y/o a través de entidades contratadas, agrupaciones de protección civil o cualquier entidad u organización con fines similares, así mismo se establecen las vías de participación ciudadana y de las asociaciones de apicultores, además de la necesidad de informar, formar e investigar sobre esta especie para su control.

En la actualidad se están recopilando los datos de los trampeos realizados al amparo de la Resolución de 10 de mayo de 2019, de la Dirección General del Medio Natural, por la que se autorizan las actuaciones de trampeo de la especie exótica invasora Vespa velutina en Castilla y León, en cuyo Anexo 2 se incluye la Zonificación de la Comunidad de Castilla y León en relación con la presencia de Vespa Velutina y los términos municipales afectados (BOCyL núm. 99, de 27 de mayo).

Los métodos autorizados son lo que se ajustan a la citada Resolución, habiéndose contratado además un servicio especializado de neutralización y/o retirada y eliminación de nidos secundarios y primarios de Vespa velutina ssp. nigrithorax, para el control y erradicación de la especie en terrenos rústicos sin asentamientos apícolas en casos de especial trascendencia, como puede ser el riesgo para la salud humana o para la biodiversidad, la alarma social generada debido a su proximidad a zonas con elevado uso público, población infantil, áreas recreativas, áreas naturales protegidas u otras que se determinen como de riesgo, o bien por ser nidos que aparecen en cuadriculas de nueva colonización conforme a la zonificación establecida. Hasta el momento no se ha utilizado el método troyano como forma de lucha contra la avispa asiática.

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente ha impartido 14 ediciones del “Curso de formación para el control de la Vespa Velutina en Castilla y León”, incluyendo formación teórica y práctica, de las cuales, tres ediciones se han impartido en Burgos y en León, dos en Palencia y uno en cada una de las provincias de Ávila, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora.

ANEXO II CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL

P.E./1000314

En respuesta a las cuestiones planteadas en la pregunta escrita arriba referenciada y en el ámbito de las competencias propias de esta Consejería, le informo lo siguiente:

El día 22 de marzo de 2016, se firmó el “Protocolo de actuaciones para la detección, seguimiento y control de la especie exótica invasora Vespa velutina en Castilla y León”, entre la Consejería de Agricultura y Ganadería y la Consejería de Fomento y Medio Ambiente. En el marco de este protocolo, ésta Consejería, ha elaborado el “Plan de actuación para el establecimiento de la red de monitorización y vigilancia de Vespa velutina”, en el que se determinan las áreas de mayor riesgo de entrada de la referida especie invasora en Castilla y León, con el fin de ubicar una red de trampas centinela.

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, en el marco del Programa Nacional Apícola vigente, convoca una orden de ayudas a la apicultura dirigidas a la mejora de la producción y comercialización de la miel que se produce en las explotaciones apícolas de la región. Esta convocatoria contempla diferentes líneas de ayuda que están orientadas al perfil del sector apícola regional y entre las acciones subvencionables, se incluye la lucha contra los agresores y enfermedades de las colmenas, preferentemente contra la varroasis, así como el apoyo a la constitución de agrupaciones de defensa sanitaria y a la adquisición de trampas y atrayentes para captura de Vespa velutina y otras especies exóticas invasoras.

En cuanto al posible impacto económico en nuestra Comunidad de la intrusión de esta especie invasora, tanto en el sector de la apicultura como en el sector vinícola, pongo en su conocimiento que hasta la fecha no se tiene detectado, ni notificado una cuantificación objetiva del referido impacto en ninguno de los dos sectores anteriormente mencionados.

En relación con las trampas que existen en Castilla y León para esta especie invasora, la red oficial de centinelaje se inició en el año 2016, con 108 trampas operativas y en la actualidad cuenta con 158 trampas. Además, esta red tiene un carácter dinámico y ya han sido colocadas en 297 ubicaciones distintas, de modo que permite conocer la distribución real y el avance de esta especie. El número y la ubicación de las trampas se van actualizando constantemente adaptándose a las circunstancias de cada momento.

En cuanto al número de capturas por provincias y zonas concretas en donde se han capturado ejemplares de esta especie en trampas instaladas por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural en los años 2016, 2017, 2018 y 2019, figuran en el ANEXO que se acompaña.

En relación al uso del sistema de lucha conocido como método troyano a lo largo de los años anteriormente indicados, le informo que no se ha realizado ninguna actuación conforme a este método para la lucha contra la avispa asiática.

Este método plantea el empleo de sustancias no permitidas que podrían conllevar repercusiones medioambientales. Adicionalmente, este tipo de experiencias deben tener una metodología científica que clarifique el posible efecto sobre otras especies animales incluso sobre las propias abejas.

Siendo conscientes del problema, consideramos necesario un esfuerzo investigador de ámbito supra-autonómico coordinado a nivel nacional en colaboración con el sector para una mejor efectividad.

Hay que destacar que otras Comunidades Autónomas tienen este problema en aumento constante y no han conseguido poner en marcha el sistema de “troyanos” que se plantea en la presente pregunta escrita. Por ello, este sistema debería centrarse tan sólo en una experiencia puntual para abordar el conocimiento necesario con garantías de una resolución para esta problemática.

Hasta la fecha la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural ha tenido contactos con varios equipos investigadores que pudieran avalar la autorización de la utilización de troyanos, dado que es necesario, antes de liberar una sustancia prohibida con los efectos adversos mencionados, contar con el aval científico reconocido.

Entre estos contactos queremos destacar los siguientes:

Departamento de Sanidad Animal de Neiker-Tecnalia (Instituto Vasco de Desarrollo e Investigación Agraria).

Universidad de Santiago de Compostela.

Universidad de Vigo como participantes del programa AGA-Stop Velutina y de la “Velutina task force”.

Departamento de entomología y patología forestal de la Escuela Técnica Superior de Ingenierías Agrarias de la Universidad de Valladolid.

Hasta la fecha, ninguno de los equipos de investigación arriba citados, han considerado factible la autorización de dicho método por su controversia medioambiental, y sus resultados dudosos.

ANEXO


PE/000314-2

CVE="BOCCL-10-001964"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 4824
BOCCL nº 50/10 del 28/11/2019
CVE: BOCCL-10-001964

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/000314-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Rubén Illera Redón, D. Jesús Guerrero Arroyo, Dña. María Consolación Pablos Labajo, Dña. María Rodríguez Díaz, D. Ángel Hernández Martínez y D. José Luis Vázquez Fernández, relativa a presencia de la avispa asiática (Vespa velutina) en Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 29, de 11 de octubre de 2019.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/000114, PE/000187, PE/000188, PE/000205, PE/000207, PE/000217 a PE/000220, PE/000246, PE/000275, PE/000288, PE/000311, PE/000312, PE/000314, PE/000325, PE/000330, PE/000332, PE/000337, PE/000339, PE/000341, PE/000344, PE/000348, PE/000349, PE/000363, PE/000364, PE/000376, PE/000380, PE/000381, PE/000386 y PE/000387, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 19 de noviembre de 2019.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-10-001964.

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita P.E./1000314, formulada por los Procuradores D. Rubén Illera Redón, D. Jesús Guerrero Arroyo, Dña. María Consolación Pablos Labajo, Dña. María Rodríguez Díaz, D. Angel Hernández Martínez y D. José Luis Vázquez Fernández, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a “presencia de la avispa asiática (Vespa velutina) en Castilla y León”.

Recabada información de las Consejerías de Fomento y Medio Ambiente y de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural respecto a la cuestión planteada en el asunto de referencia, tengo el honor de comunicar a V.E. la información aportada por dichas Consejerías en los ANEXOS que a continuación se relacionan:

ANEXO I: Consejería de Fomento y Medio Ambiente

ANEXO II: Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

Valladolid, 11 de noviembre de 2019.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando.

ANEXO I CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

P.E./1000314

La actuación de la Junta de Castilla y León dirigida al control de la Vespa Velutina se ajusta al Protocolo de actuaciones para la detección, seguimiento y control de la especie exótica invasora Vespa velutina en Castilla y León suscrito el 22 de marzo de 2016 entre las Consejerías de Agricultura y Ganadería y de Fomento y Medio Ambiente, en el que se recogen las actuaciones a desarrollar por la administración de Castilla y León correspondiendo a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente las actuaciones de control (captura y eliminación de ejemplares y nidos) en terrenos no urbanos a través de medios propios y/o a través de entidades contratadas, agrupaciones de protección civil o cualquier entidad u organización con fines similares, así mismo se establecen las vías de participación ciudadana y de las asociaciones de apicultores, además de la necesidad de informar, formar e investigar sobre esta especie para su control.

En la actualidad se están recopilando los datos de los trampeos realizados al amparo de la Resolución de 10 de mayo de 2019, de la Dirección General del Medio Natural, por la que se autorizan las actuaciones de trampeo de la especie exótica invasora Vespa velutina en Castilla y León, en cuyo Anexo 2 se incluye la Zonificación de la Comunidad de Castilla y León en relación con la presencia de Vespa Velutina y los términos municipales afectados (BOCyL núm. 99, de 27 de mayo).

Los métodos autorizados son lo que se ajustan a la citada Resolución, habiéndose contratado además un servicio especializado de neutralización y/o retirada y eliminación de nidos secundarios y primarios de Vespa velutina ssp. nigrithorax, para el control y erradicación de la especie en terrenos rústicos sin asentamientos apícolas en casos de especial trascendencia, como puede ser el riesgo para la salud humana o para la biodiversidad, la alarma social generada debido a su proximidad a zonas con elevado uso público, población infantil, áreas recreativas, áreas naturales protegidas u otras que se determinen como de riesgo, o bien por ser nidos que aparecen en cuadriculas de nueva colonización conforme a la zonificación establecida. Hasta el momento no se ha utilizado el método troyano como forma de lucha contra la avispa asiática.

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente ha impartido 14 ediciones del “Curso de formación para el control de la Vespa Velutina en Castilla y León”, incluyendo formación teórica y práctica, de las cuales, tres ediciones se han impartido en Burgos y en León, dos en Palencia y uno en cada una de las provincias de Ávila, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora.

ANEXO II CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL

P.E./1000314

En respuesta a las cuestiones planteadas en la pregunta escrita arriba referenciada y en el ámbito de las competencias propias de esta Consejería, le informo lo siguiente:

El día 22 de marzo de 2016, se firmó el “Protocolo de actuaciones para la detección, seguimiento y control de la especie exótica invasora Vespa velutina en Castilla y León”, entre la Consejería de Agricultura y Ganadería y la Consejería de Fomento y Medio Ambiente. En el marco de este protocolo, ésta Consejería, ha elaborado el “Plan de actuación para el establecimiento de la red de monitorización y vigilancia de Vespa velutina”, en el que se determinan las áreas de mayor riesgo de entrada de la referida especie invasora en Castilla y León, con el fin de ubicar una red de trampas centinela.

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, en el marco del Programa Nacional Apícola vigente, convoca una orden de ayudas a la apicultura dirigidas a la mejora de la producción y comercialización de la miel que se produce en las explotaciones apícolas de la región. Esta convocatoria contempla diferentes líneas de ayuda que están orientadas al perfil del sector apícola regional y entre las acciones subvencionables, se incluye la lucha contra los agresores y enfermedades de las colmenas, preferentemente contra la varroasis, así como el apoyo a la constitución de agrupaciones de defensa sanitaria y a la adquisición de trampas y atrayentes para captura de Vespa velutina y otras especies exóticas invasoras.

En cuanto al posible impacto económico en nuestra Comunidad de la intrusión de esta especie invasora, tanto en el sector de la apicultura como en el sector vinícola, pongo en su conocimiento que hasta la fecha no se tiene detectado, ni notificado una cuantificación objetiva del referido impacto en ninguno de los dos sectores anteriormente mencionados.

En relación con las trampas que existen en Castilla y León para esta especie invasora, la red oficial de centinelaje se inició en el año 2016, con 108 trampas operativas y en la actualidad cuenta con 158 trampas. Además, esta red tiene un carácter dinámico y ya han sido colocadas en 297 ubicaciones distintas, de modo que permite conocer la distribución real y el avance de esta especie. El número y la ubicación de las trampas se van actualizando constantemente adaptándose a las circunstancias de cada momento.

En cuanto al número de capturas por provincias y zonas concretas en donde se han capturado ejemplares de esta especie en trampas instaladas por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural en los años 2016, 2017, 2018 y 2019, figuran en el ANEXO que se acompaña.

En relación al uso del sistema de lucha conocido como método troyano a lo largo de los años anteriormente indicados, le informo que no se ha realizado ninguna actuación conforme a este método para la lucha contra la avispa asiática.

Este método plantea el empleo de sustancias no permitidas que podrían conllevar repercusiones medioambientales. Adicionalmente, este tipo de experiencias deben tener una metodología científica que clarifique el posible efecto sobre otras especies animales incluso sobre las propias abejas.

Siendo conscientes del problema, consideramos necesario un esfuerzo investigador de ámbito supra-autonómico coordinado a nivel nacional en colaboración con el sector para una mejor efectividad.

Hay que destacar que otras Comunidades Autónomas tienen este problema en aumento constante y no han conseguido poner en marcha el sistema de “troyanos” que se plantea en la presente pregunta escrita. Por ello, este sistema debería centrarse tan sólo en una experiencia puntual para abordar el conocimiento necesario con garantías de una resolución para esta problemática.

Hasta la fecha la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural ha tenido contactos con varios equipos investigadores que pudieran avalar la autorización de la utilización de troyanos, dado que es necesario, antes de liberar una sustancia prohibida con los efectos adversos mencionados, contar con el aval científico reconocido.

Entre estos contactos queremos destacar los siguientes:

Departamento de Sanidad Animal de Neiker-Tecnalia (Instituto Vasco de Desarrollo e Investigación Agraria).

Universidad de Santiago de Compostela.

Universidad de Vigo como participantes del programa AGA-Stop Velutina y de la “Velutina task force”.

Departamento de entomología y patología forestal de la Escuela Técnica Superior de Ingenierías Agrarias de la Universidad de Valladolid.

Hasta la fecha, ninguno de los equipos de investigación arriba citados, han considerado factible la autorización de dicho método por su controversia medioambiental, y sus resultados dudosos.

ANEXO


PE/000314-2

CVE="BOCCL-10-001964"



Sede de las Cortes de Castilla y León