PNL/000385-02











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000385-02


Sumario:

Aprobación por el Pleno de la Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular, instando a la Junta de Castilla y León a que asuma y traslade al Gobierno de España los principios básicos de la política educativa que han de regir, de forma irrenunciable, la gestión de ambas administraciones, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 51, de 2 de diciembre de 2019.



Resolución:

APROBACIÓN POR EL PLENO

El Pleno de las Cortes de Castilla y León, en sesión celebrada el día 4 de diciembre de 2019, con motivo del debate de la Proposición No de Ley, PNL/000385, presentada por el Grupo Parlamentario Popular, instando a la Junta de Castilla y León a que asuma y traslade al Gobierno de España los principios básicos de la política educativa que han de regir, de forma irrenunciable, la gestión de ambas administraciones, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 51, de 2 de diciembre de 2019, aprobó la siguiente

RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León para que asuma y traslade al Gobierno de España los siguientes principios básicos de la política educativa, que habrán de regir, de forma irrenunciable, la gestión de ambas administraciones:

1. Respetar y defender la Constitución Española y la jurisprudencia emanada del Tribunal Constitucional en relación con su Art. 27, que sitúan en el mismo plano de igualdad el derecho a la educación y la libertad de enseñanza, mediante un desarrollo armónico de ambos derechos.

2. Garantizar que los padres, como primeros responsables de la educación de sus hijos, elijan el tipo de educación y el centro educativo donde escolarizar a sus hijos.

3. Defender la red de centros concertados complementaria a la red pública, tal y como ha manifestado el Tribunal Constitucional, y por tanto la libertad de elección de las familias, asegurando la igualdad de oportunidades de estas en el ejercicio de este derecho lo que implica que ambas redes, pública y concertada, deberán tener los recursos necesarios que aseguren este derecho de los padres a elegir la educación de sus hijos, recogido en el artículo 27 de la Constitución Española.

4. Promover y respaldar la autonomía organizativa y pedagógica de los centros, respetando su carácter individual.

5. Garantizar la existencia y gratuidad de los centros de educación especial tanto en la red pública como concertada desde la obligada apuesta por la educación inclusiva que debe orientarse a la búsqueda e incorporación de fórmulas organizativas y de escolarización que garanticen tanto la inclusividad como la atención específica y especializada a las necesidades de cada alumno.

6. Respetar y cumplir el Art. 27.º.3 de la Constitución que obliga a los poderes públicos a garantizar el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

7. Abandonar cualquier intento dirigido a suprimir la demanda social del Art. 109.2 de la LOMCE como factor determinante por parte de las administraciones a la hora de ofertar las plazas educativas.

8. Reconocer y respaldar la labor de los docentes tanto de la red pública como de la concertada, como garantes, todos, de un sistema educativo público, equitativo y de calidad".

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 4 de diciembre de 2019.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez




PNL/000385-02

CVE="BOCCL-10-002168"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pags. 5306-5307
BOCCL nº 57/10 del 13/12/2019
CVE: BOCCL-10-002168

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000385-02
Aprobación por el Pleno de la Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular, instando a la Junta de Castilla y León a que asuma y traslade al Gobierno de España los principios básicos de la política educativa que han de regir, de forma irrenunciable, la gestión de ambas administraciones, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 51, de 2 de diciembre de 2019.

RESOLUCIÓN

APROBACIÓN POR EL PLENO

El Pleno de las Cortes de Castilla y León, en sesión celebrada el día 4 de diciembre de 2019, con motivo del debate de la Proposición No de Ley, PNL/000385, presentada por el Grupo Parlamentario Popular, instando a la Junta de Castilla y León a que asuma y traslade al Gobierno de España los principios básicos de la política educativa que han de regir, de forma irrenunciable, la gestión de ambas administraciones, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 51, de 2 de diciembre de 2019, aprobó la siguiente

RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León para que asuma y traslade al Gobierno de España los siguientes principios básicos de la política educativa, que habrán de regir, de forma irrenunciable, la gestión de ambas administraciones:

1. Respetar y defender la Constitución Española y la jurisprudencia emanada del Tribunal Constitucional en relación con su Art. 27, que sitúan en el mismo plano de igualdad el derecho a la educación y la libertad de enseñanza, mediante un desarrollo armónico de ambos derechos.

2. Garantizar que los padres, como primeros responsables de la educación de sus hijos, elijan el tipo de educación y el centro educativo donde escolarizar a sus hijos.

3. Defender la red de centros concertados complementaria a la red pública, tal y como ha manifestado el Tribunal Constitucional, y por tanto la libertad de elección de las familias, asegurando la igualdad de oportunidades de estas en el ejercicio de este derecho lo que implica que ambas redes, pública y concertada, deberán tener los recursos necesarios que aseguren este derecho de los padres a elegir la educación de sus hijos, recogido en el artículo 27 de la Constitución Española.

4. Promover y respaldar la autonomía organizativa y pedagógica de los centros, respetando su carácter individual.

5. Garantizar la existencia y gratuidad de los centros de educación especial tanto en la red pública como concertada desde la obligada apuesta por la educación inclusiva que debe orientarse a la búsqueda e incorporación de fórmulas organizativas y de escolarización que garanticen tanto la inclusividad como la atención específica y especializada a las necesidades de cada alumno.

6. Respetar y cumplir el Art. 27.º.3 de la Constitución que obliga a los poderes públicos a garantizar el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

7. Abandonar cualquier intento dirigido a suprimir la demanda social del Art. 109.2 de la LOMCE como factor determinante por parte de las administraciones a la hora de ofertar las plazas educativas.

8. Reconocer y respaldar la labor de los docentes tanto de la red pública como de la concertada, como garantes, todos, de un sistema educativo público, equitativo y de calidad".

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 4 de diciembre de 2019.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



PNL/000385-02

CVE="BOCCL-10-002168"



Sede de las Cortes de Castilla y León