PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/000388, PE/000389, PE/000393, PE/000395, PE/000416 a PE/000491, PE/000495, PE/000497 a PE/000499, PE/000502 a PE/000510, PE/000514, PE/000520, PE/000522 a PE/000533, PE/000537, PE/000538, PE/000540 a PE/000542, PE/000544, PE/000546 a PE/000549, PE/000554, PE/000561, PE/000564, PE/000567, PE/000571, PE/000578, PE/000583, PE/000588, PE/000589 a PE/000595, PE/000597, PE/000598, PE/000600 a PE/000606, PE/000615, PE/000618 a PE/000636, PE/000638 a PE/000642, PE/000916, a PE/000919, PE/000921 a PE/000923, PE/000925 y PE/000927 publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 14 de enero de 2020.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1000416, formulada a la Junta de Castilla y León por D.ª Laura Pelegrina Cortijo, D.ª Patricia Gómez Urbán, D. Pedro González Reglero, D.ª Isabel Gonzalo Ramírez, D. Luis Fernández Bayón y D. José Francisco Martín Martínez, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa al IES Vega del Prado.
En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1000416, se manifiesta lo siguiente:
Conforme a lo dispuesto en el apartado cuarto de la Resolución, de 5 de febrero de 2019, se solicitaron, al centro IES “Vega de Prado,” los datos sobre la previsión de alumnos que cursarían primer ciclo de Bachillerato, en la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales (HCS), comunicando, en abril, que en principio, serían 15 alumnos, 10 que avanzan desde 4.º de la ESO y 5 repetidores, sin que ninguno tenga necesidades educativas especiales (NEE).
En mayo, siguiendo lo establecido en el artículo 4 de la Orden EDU/363/2015 respecto a la ratio máxima, se publican para esta modalidad y curso 20 vacantes, 18 ordinarias y 2 para alumnos con NEE.
Como resultado del proceso de admisión ordinario se adjudican 17 plazas, por lo que el número total de alumnos para este curso es de 32 (15 + 17), no adjudicándose ninguna para alumnos con NEE.
Finalmente, al inicio de las actividades lectivas, se tiene constancia de que son 33 los alumnos que comienzan el curso en dicha modalidad.
Tras las variaciones existentes en las matriculas, debido a que hay alumnos que han cambiado su opción de Ciencias a Humanidades y Ciencias Sociales en septiembre, el número total de alumnos es de 36, no existiendo ninguno que presente necesidades educativas especiales. Este cambio de modalidad debería haberse realizado a través del procedimiento de admisión, circunstancia que se ha comunicado al director del centro.
La situación descrita se contempla dentro de los supuestos previstos en el artículo 4 de la Orden EDU/363/2015, que si bien establece una ratio de 35 alumnos en cada grupo de Bachillerato, contempla la salvedad de que “en el supuesto de incremento de ratios derivado de la permanencia de algunos alumnos durante un año más en determinado curso o de cualquiera de los demás supuestos que se establezcan...”. En este sentido, el artículo 2.1 de la Orden EDU/491/2012, de 27 de junio, dispone que la ratio máxima para cada una de las enseñanzas puede incrementarse en un 10 % para atender a las necesidades inmediatas de escolarización de alumnos de incorporación tardía, permanencia de alumnos en el mismo ciclo o curso, o necesidades extraordinarias en una determinada zona. Por lo tanto, en el caso que nos ocupa el número total de 36 alumnos se encuentra dentro de los márgenes permitidos por la norma.
El centro cuenta con los recursos humanos y materiales suficientes para prestar una atención adecuada a dichos alumnos, el profesorado de las diferentes especialidades tiene una jornada semanal lectiva acorde con lo establecido en la normativa aplicable y sólo excepcionalmente alcanzan los 21 períodos de docencia directa.
La opción de mantener este número de alumnos en esta modalidad y curso se efectúa buscando el beneficio de los alumnos, considerándose que el proceso de aprendizaje está garantizado, dado que con la ratio y los recursos con los que cuenta el centro hacen posible la práctica educativa en condiciones de calidad.
Valladolid, 13 de diciembre de 2019.
LA CONSEJERA,
Fdo.: Rocío Lucas Navas.
PE/000416-2
CVE="BOCCL-10-003389"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/000388, PE/000389, PE/000393, PE/000395, PE/000416 a PE/000491, PE/000495, PE/000497 a PE/000499, PE/000502 a PE/000510, PE/000514, PE/000520, PE/000522 a PE/000533, PE/000537, PE/000538, PE/000540 a PE/000542, PE/000544, PE/000546 a PE/000549, PE/000554, PE/000561, PE/000564, PE/000567, PE/000571, PE/000578, PE/000583, PE/000588, PE/000589 a PE/000595, PE/000597, PE/000598, PE/000600 a PE/000606, PE/000615, PE/000618 a PE/000636, PE/000638 a PE/000642, PE/000916, a PE/000919, PE/000921 a PE/000923, PE/000925 y PE/000927 publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 14 de enero de 2020.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
TEXTO
Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1000416, formulada a la Junta de Castilla y León por D.ª Laura Pelegrina Cortijo, D.ª Patricia Gómez Urbán, D. Pedro González Reglero, D.ª Isabel Gonzalo Ramírez, D. Luis Fernández Bayón y D. José Francisco Martín Martínez, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa al IES Vega del Prado.
En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1000416, se manifiesta lo siguiente:
Conforme a lo dispuesto en el apartado cuarto de la Resolución, de 5 de febrero de 2019, se solicitaron, al centro IES “Vega de Prado,” los datos sobre la previsión de alumnos que cursarían primer ciclo de Bachillerato, en la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales (HCS), comunicando, en abril, que en principio, serían 15 alumnos, 10 que avanzan desde 4.º de la ESO y 5 repetidores, sin que ninguno tenga necesidades educativas especiales (NEE).
En mayo, siguiendo lo establecido en el artículo 4 de la Orden EDU/363/2015 respecto a la ratio máxima, se publican para esta modalidad y curso 20 vacantes, 18 ordinarias y 2 para alumnos con NEE.
Como resultado del proceso de admisión ordinario se adjudican 17 plazas, por lo que el número total de alumnos para este curso es de 32 (15 + 17), no adjudicándose ninguna para alumnos con NEE.
Finalmente, al inicio de las actividades lectivas, se tiene constancia de que son 33 los alumnos que comienzan el curso en dicha modalidad.
Tras las variaciones existentes en las matriculas, debido a que hay alumnos que han cambiado su opción de Ciencias a Humanidades y Ciencias Sociales en septiembre, el número total de alumnos es de 36, no existiendo ninguno que presente necesidades educativas especiales. Este cambio de modalidad debería haberse realizado a través del procedimiento de admisión, circunstancia que se ha comunicado al director del centro.
La situación descrita se contempla dentro de los supuestos previstos en el artículo 4 de la Orden EDU/363/2015, que si bien establece una ratio de 35 alumnos en cada grupo de Bachillerato, contempla la salvedad de que “en el supuesto de incremento de ratios derivado de la permanencia de algunos alumnos durante un año más en determinado curso o de cualquiera de los demás supuestos que se establezcan...”. En este sentido, el artículo 2.1 de la Orden EDU/491/2012, de 27 de junio, dispone que la ratio máxima para cada una de las enseñanzas puede incrementarse en un 10 % para atender a las necesidades inmediatas de escolarización de alumnos de incorporación tardía, permanencia de alumnos en el mismo ciclo o curso, o necesidades extraordinarias en una determinada zona. Por lo tanto, en el caso que nos ocupa el número total de 36 alumnos se encuentra dentro de los márgenes permitidos por la norma.
El centro cuenta con los recursos humanos y materiales suficientes para prestar una atención adecuada a dichos alumnos, el profesorado de las diferentes especialidades tiene una jornada semanal lectiva acorde con lo establecido en la normativa aplicable y sólo excepcionalmente alcanzan los 21 períodos de docencia directa.
La opción de mantener este número de alumnos en esta modalidad y curso se efectúa buscando el beneficio de los alumnos, considerándose que el proceso de aprendizaje está garantizado, dado que con la ratio y los recursos con los que cuenta el centro hacen posible la práctica educativa en condiciones de calidad.
Valladolid, 13 de diciembre de 2019.
LA CONSEJERA,
Fdo.: Rocío Lucas Navas.
PE/000416-2
CVE="BOCCL-10-003389"