PNL/000436-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000436-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a realizar actuaciones en relación con el derecho a la educación y la libertad de enseñanza constitucionalmente reconocidos, para su tramitación ante el Pleno.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 30 de enero de 2020, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000435 a PNL/000437.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de enero de 2020.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno:

ANTECEDENTES

En el artículo 27.1 del Título I de la Constitución Española de 1978, que recoge los derechos y deberes fundamentales, se afirma que "todos tienen el derecho a la educación", reconociéndose "la libertad de enseñanza". Además, el apartado 2 del artículo 27 se encarga de establecer que el objeto de la educación será "el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales". Esta definición enmarca dicho derecho y establece el "pleno desarrollo de la personalidad humana fundamentada en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales", tal y como recoge en su artículo 26 la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

El libre desarrollo de la personalidad, como garante de la autonomía personal y, en relación con el derecho a la educación, contribuye a que el individuo posea una libertad de elección real y personal frente a los diferentes y diversos retos que plantea la vida. La libertad permite discernir y ese pleno desarrollo de la personalidad humana no está completo si no está estrechamente ligado al desarrollo de un espíritu crítico por parte del alumno y alumna y del ciudadano, necesario para el correcto y adecuado desarrollo del citado artículo 27.

Sin embargo, la construcción de un espíritu crítico se puede impedir por una deficiente e incompleta formación, por desconocimiento y deformación de la realidad, y por la manipulación del pensamiento a través de la repetición de falsedades. Esto es lo que puede denominarse adoctrinamiento, es decir, inculcar determinadas ideas o creencias distorsionando la forma en la que se percibe la realidad y dirigiendo su pensamiento hacia una ideología o forma de pensar determinada.

Lamentablemente, la escuela se ha convertido en foco para la derecha, intentando implantar un modelo conservador y parcial, que limita el currículo educativo a los contenidos que consideran aptos pero que excluyen realidades sociales e incluso históricas y busca introducir un mayor centralismo y control de la educación y de los procesos educativos.

La educación es un proceso activo en el que participan docentes de diferentes sensibilidades e ideologías. Tiene la riqueza de ofrecer pluralidad de experiencias, materias y asignaturas susceptibles de distintos enfoques y, por tanto, de generar pensamiento en los alumnos. La filosofía, la historia, la religión, la literatura, el arte, ciencias, la asignatura de valores, etc. son materias del currículo educativo que generan pensamiento y ayudan a crear espíritu crítico.

En las escuelas, es inevitable que entren las preocupaciones sociales, pero hay principios pedagógicos que aconsejan preservar a los niños y niñas del alineamiento hostil, de la agresividad, del adoctrinamiento, de la simplificación. En este sentido, y siempre dentro de un contexto de moderación, los docentes han de gestionar dicha penetración de la actualidad en las aulas desde valores democráticos y de convivencia.

No podemos olvidar que la educación es la mejor vía de progreso social y frente a la deriva centralista, adoctrinadora y controladora, es de vital importancia mostrar y afianzar el apoyo y la confianza en la profesionalidad del docente y de la inspección educativa, confiar en nuestro sistema educativo y garantizar una formación integral para todos los niños y niñas.

Por lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Velar por el cumplimiento de los artículos 27.1 que defiende el derecho a la educación y la libertad de enseñanza y 27.2 de la Constitución Española que tiene como fundamento el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.

2. Reforzar el cumplimiento de los planes de igualdad, protocolos LGTBI y formación en igualdad en los centros educativos para la prevención de la violencia de género y superar el sexismo.

3. Garantizar la pluralidad de pensamiento, la enseñanza de principios de convivencia, respeto y tolerancia que una sociedad democrática debe compartir a todos los alumnos y alumnas en la educación obligatoria tal y como recomienda el Consejo de Europa.

4. Promover una campaña de apoyo a la profesionalidad e independencia del docente y de apoyo a la libertad de cátedra para que fomente una educación basada en la libertad de pensamiento y el desarrollo de la capacidad crítica del alumnado.

5. Reforzar, en el ámbito de sus competencias, la autonomía de los órganos directivos de los centros educativos como piezas claves para la mejora de nuestro sistema educativo y como medio para garantizar el cumplimiento del artículo 27 sobre el Derecho a la educación y su desarrollo, recogido en la Constitución Española.

Valladolid, 20 de enero de 2020.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000436-01

CVE="BOCCL-10-003592"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pags. 8687-8689
BOCCL nº 71/10 del 4/2/2020
CVE: BOCCL-10-003592

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000436-01
Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a realizar actuaciones en relación con el derecho a la educación y la libertad de enseñanza constitucionalmente reconocidos, para su tramitación ante el Pleno.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 30 de enero de 2020, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000435 a PNL/000437.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de enero de 2020.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno:

ANTECEDENTES

En el artículo 27.1 del Título I de la Constitución Española de 1978, que recoge los derechos y deberes fundamentales, se afirma que "todos tienen el derecho a la educación", reconociéndose "la libertad de enseñanza". Además, el apartado 2 del artículo 27 se encarga de establecer que el objeto de la educación será "el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales". Esta definición enmarca dicho derecho y establece el "pleno desarrollo de la personalidad humana fundamentada en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales", tal y como recoge en su artículo 26 la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

El libre desarrollo de la personalidad, como garante de la autonomía personal y, en relación con el derecho a la educación, contribuye a que el individuo posea una libertad de elección real y personal frente a los diferentes y diversos retos que plantea la vida. La libertad permite discernir y ese pleno desarrollo de la personalidad humana no está completo si no está estrechamente ligado al desarrollo de un espíritu crítico por parte del alumno y alumna y del ciudadano, necesario para el correcto y adecuado desarrollo del citado artículo 27.

Sin embargo, la construcción de un espíritu crítico se puede impedir por una deficiente e incompleta formación, por desconocimiento y deformación de la realidad, y por la manipulación del pensamiento a través de la repetición de falsedades. Esto es lo que puede denominarse adoctrinamiento, es decir, inculcar determinadas ideas o creencias distorsionando la forma en la que se percibe la realidad y dirigiendo su pensamiento hacia una ideología o forma de pensar determinada.

Lamentablemente, la escuela se ha convertido en foco para la derecha, intentando implantar un modelo conservador y parcial, que limita el currículo educativo a los contenidos que consideran aptos pero que excluyen realidades sociales e incluso históricas y busca introducir un mayor centralismo y control de la educación y de los procesos educativos.

La educación es un proceso activo en el que participan docentes de diferentes sensibilidades e ideologías. Tiene la riqueza de ofrecer pluralidad de experiencias, materias y asignaturas susceptibles de distintos enfoques y, por tanto, de generar pensamiento en los alumnos. La filosofía, la historia, la religión, la literatura, el arte, ciencias, la asignatura de valores, etc. son materias del currículo educativo que generan pensamiento y ayudan a crear espíritu crítico.

En las escuelas, es inevitable que entren las preocupaciones sociales, pero hay principios pedagógicos que aconsejan preservar a los niños y niñas del alineamiento hostil, de la agresividad, del adoctrinamiento, de la simplificación. En este sentido, y siempre dentro de un contexto de moderación, los docentes han de gestionar dicha penetración de la actualidad en las aulas desde valores democráticos y de convivencia.

No podemos olvidar que la educación es la mejor vía de progreso social y frente a la deriva centralista, adoctrinadora y controladora, es de vital importancia mostrar y afianzar el apoyo y la confianza en la profesionalidad del docente y de la inspección educativa, confiar en nuestro sistema educativo y garantizar una formación integral para todos los niños y niñas.

Por lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Velar por el cumplimiento de los artículos 27.1 que defiende el derecho a la educación y la libertad de enseñanza y 27.2 de la Constitución Española que tiene como fundamento el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.

2. Reforzar el cumplimiento de los planes de igualdad, protocolos LGTBI y formación en igualdad en los centros educativos para la prevención de la violencia de género y superar el sexismo.

3. Garantizar la pluralidad de pensamiento, la enseñanza de principios de convivencia, respeto y tolerancia que una sociedad democrática debe compartir a todos los alumnos y alumnas en la educación obligatoria tal y como recomienda el Consejo de Europa.

4. Promover una campaña de apoyo a la profesionalidad e independencia del docente y de apoyo a la libertad de cátedra para que fomente una educación basada en la libertad de pensamiento y el desarrollo de la capacidad crítica del alumnado.

5. Reforzar, en el ámbito de sus competencias, la autonomía de los órganos directivos de los centros educativos como piezas claves para la mejora de nuestro sistema educativo y como medio para garantizar el cumplimiento del artículo 27 sobre el Derecho a la educación y su desarrollo, recogido en la Constitución Española.

Valladolid, 20 de enero de 2020.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000436-01

CVE="BOCCL-10-003592"



Sede de las Cortes de Castilla y León