PE/000937-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/000937-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Rubén Illera Redón, D. Jesús Guerrero Arroyo y Dña. María Consolación Pablos Labajo, relativa a acciones realizadas por la Junta para fomentar la práctica deportiva en colaboración con las Entidades y Asociaciones juveniles para promocionar el uso de las instalaciones deportivas de Centros Educativos en horarios no lectivos, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 60, de 20 de diciembre de 2019.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/000500, PE/000501, PE/000505, PE/000511 a PE/000513, PE/000515 a PE/000519, PE/000521, PE/000534 a PE/000536, PE/000539, PE/000543, PE/000545, PE/000643 a PE/000778, PE/000920, PE/000926, PE/000928 a PE/000932, PE/000934, PE/000937, PE/000940 a PE/000943, PE/001480, y PE/001491 a PE/001501, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 4 de febrero de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

Contestación a la Pregunta con Respuesta Escrita P.E./1000937, formulada por los Procuradores D. Rubén Illera Redón, D. Jesús Guerrero Arroyo y Dña. María Consolación Pablos Labajo, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a “acciones realizadas por la Junta para fomentar la práctica deportiva en colaboración con las Entidades y Asociaciones juveniles para promocionar el uso de las instalaciones deportivas de Centros Educativos en horarios no lectivos”.

Recabada información de las Consejerías de Educación y de Cultura y Turismo respecto a las cuestiones planteadas en el asunto de referencia, tengo el honor de comunicar a V.E. la información aportada por dichas Consejerías en los ANEXOS que a continuación se relacionan:

ANEXO I: Consejería de Educación

ANEXO II: Consejería de Cultura y Turismo

Valladolid, 21 de enero de 2020.

El CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando.

ANEXO I CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

P.E./1000937

La Consejería de Educación no ha suscrito ningún Convenio con entidades y asociaciones juveniles para promocionar la utilización de las instalaciones deportivas, de centros educativos, en horarios no lectivos.

ANEXO II CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO

P.E./1000937

La Junta de Castilla y León a través del proyecto de ley de la actividad físico-deportiva de Castilla y León que presentó para su tramitación y aprobación por las Cortes de Castilla y León en el mes de junio de 2018, vino a contemplar y regular la necesaria colaboración entre distintas administraciones públicas (autonómica y local) para que los centros escolares del territorio de la Comunidad dispongan de los recursos necesarios para poder garantizar la plena utilización de las instalaciones deportivas radicadas en los mismos, tanto dentro como fuera del horario lectivo, siempre desde el respeto a la priorización del normal desarrollo de las actividades escolares y los criterios establecidos en la programación general del centro. Y esta propuesta que figuraba en el proyecto de ley en su día aprobado por el gobierno regional así fue asumido y respaldado por las Cortes de Castilla y León mediante la aprobación de la Ley 3/2019, de 25 de febrero, de la actividad físico-deportiva de Castilla y León, en su actual artículo 64.

En este mismo sentido, y dando un paso adelante en el apartado 3 del mismo precepto de la ley se establece que, en los casos en los que la instalación deportiva sea de titularidad de la administración autonómica, podrá acordarse con otras administraciones públicas y entidades deportivas interesadas, la cesión de uso de la instalación fuera del horario escolar.

Es por ello que existe ya un mandato recogido en la ley para que entidades deportivas y administraciones públicas titulares de los centros escolares radicados en la Comunidad puedan, mediante los oportunos acuerdos en los que se determinen las aportaciones a los gastos que se generen, poner a disposición de las primeras las instalaciones deportivas de los citados centros para su utilización fuera del horario lectivo.


PE/000937-2

CVE="BOCCL-10-004106"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 9254
BOCCL nº 76/10 del 13/2/2020
CVE: BOCCL-10-004106

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/000937-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Rubén Illera Redón, D. Jesús Guerrero Arroyo y Dña. María Consolación Pablos Labajo, relativa a acciones realizadas por la Junta para fomentar la práctica deportiva en colaboración con las Entidades y Asociaciones juveniles para promocionar el uso de las instalaciones deportivas de Centros Educativos en horarios no lectivos, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 60, de 20 de diciembre de 2019.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/000500, PE/000501, PE/000505, PE/000511 a PE/000513, PE/000515 a PE/000519, PE/000521, PE/000534 a PE/000536, PE/000539, PE/000543, PE/000545, PE/000643 a PE/000778, PE/000920, PE/000926, PE/000928 a PE/000932, PE/000934, PE/000937, PE/000940 a PE/000943, PE/001480, y PE/001491 a PE/001501, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 4 de febrero de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


Contestación a la Pregunta con Respuesta Escrita P.E./1000937, formulada por los Procuradores D. Rubén Illera Redón, D. Jesús Guerrero Arroyo y Dña. María Consolación Pablos Labajo, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a “acciones realizadas por la Junta para fomentar la práctica deportiva en colaboración con las Entidades y Asociaciones juveniles para promocionar el uso de las instalaciones deportivas de Centros Educativos en horarios no lectivos”.

Recabada información de las Consejerías de Educación y de Cultura y Turismo respecto a las cuestiones planteadas en el asunto de referencia, tengo el honor de comunicar a V.E. la información aportada por dichas Consejerías en los ANEXOS que a continuación se relacionan:

ANEXO I: Consejería de Educación

ANEXO II: Consejería de Cultura y Turismo

Valladolid, 21 de enero de 2020.

El CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando.

ANEXO I CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

P.E./1000937

La Consejería de Educación no ha suscrito ningún Convenio con entidades y asociaciones juveniles para promocionar la utilización de las instalaciones deportivas, de centros educativos, en horarios no lectivos.

ANEXO II CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO

P.E./1000937

La Junta de Castilla y León a través del proyecto de ley de la actividad físico-deportiva de Castilla y León que presentó para su tramitación y aprobación por las Cortes de Castilla y León en el mes de junio de 2018, vino a contemplar y regular la necesaria colaboración entre distintas administraciones públicas (autonómica y local) para que los centros escolares del territorio de la Comunidad dispongan de los recursos necesarios para poder garantizar la plena utilización de las instalaciones deportivas radicadas en los mismos, tanto dentro como fuera del horario lectivo, siempre desde el respeto a la priorización del normal desarrollo de las actividades escolares y los criterios establecidos en la programación general del centro. Y esta propuesta que figuraba en el proyecto de ley en su día aprobado por el gobierno regional así fue asumido y respaldado por las Cortes de Castilla y León mediante la aprobación de la Ley 3/2019, de 25 de febrero, de la actividad físico-deportiva de Castilla y León, en su actual artículo 64.

En este mismo sentido, y dando un paso adelante en el apartado 3 del mismo precepto de la ley se establece que, en los casos en los que la instalación deportiva sea de titularidad de la administración autonómica, podrá acordarse con otras administraciones públicas y entidades deportivas interesadas, la cesión de uso de la instalación fuera del horario escolar.

Es por ello que existe ya un mandato recogido en la ley para que entidades deportivas y administraciones públicas titulares de los centros escolares radicados en la Comunidad puedan, mediante los oportunos acuerdos en los que se determinen las aportaciones a los gastos que se generen, poner a disposición de las primeras las instalaciones deportivas de los citados centros para su utilización fuera del horario lectivo.


PE/000937-2

CVE="BOCCL-10-004106"



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