PL/000002-03











1. Procedimientos Legislativos

110. Proyectos de Ley
PL/000002-03


Sumario:

Enmiendas al articulado presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista al Proyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de Economía y Hacienda de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 14 de febrero de 2020, ha admitido a trámite las Enmiendas al articulado presentadas por los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, PL/000002.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 14 de febrero de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-10-004153.

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre.

ENMIENDA N.º 1

Al artículo: 1.

Modificación propuesta:

Se propone la adición de un nuevo artículo que sería el uno, renumerándose consecutivamente los actuales con el siguiente contenido:

Artículo 1.- Adición de un nuevo artículo 11 bis dentro de la sección 1 del Capítulo III en el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre.

Se añade un nuevo artículo 11 bis. dentro de la sección 1 del Capítulo III con el siguiente contenido:

Artículo 11 bis. Tarifa del impuesto

La cuota íntegra del impuesto se obtendrá aplicando a la base liquidable la siguiente tarifa:

Motivación:

Progresividad en la tributación.

Valladolid, 4 de febrero de 2020.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre.

ENMIENDA N.º 2

Al artículo: 1.

Modificación propuesta:

Se propone la adición de un nuevo artículo 1 bis con el siguiente contenido:

Artículo 1 bis. Adición de un nuevo artículo 11 ter dentro de la sección 1 del Capítulo III en el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre.

Se añade un nuevo artículo 11 ter. dentro de la sección 1 del Capítulo III con el siguiente contenido:

Artículo 11 ter. Patrimonio preexistente.

La cuota tributaria por este impuesto se obtendrá aplicando a la cuota íntegra el coeficiente multiplicador en función de la cuantía de los tramos del patrimonio preexistente conforme a la siguiente escala:

Motivación:

Debe incrementarse el gravamen cuando el patrimonio preexistente es alto.

Valladolid, 4 de febrero de 2020.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre.

ENMIENDA N.º 3

Al artículo: 1.

Modificación propuesta:

Se propone la adición de un nuevo artículo 1 ter con el siguiente contenido:

Artículo 1 ter. Modificación del apartado 1 del artículo 13 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre.

Se modifica el apartado 1 del artículo 13 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, en los siguientes términos:

Se da la siguiente redacción al apartado c) del punto 1)

"c) Una reducción variable calculada como la diferencia entre 250.000 euros y la suma de las siguientes cantidades:

- Las reducciones que les pudieran corresponder por aplicación de la normativa estatal.

- La reducción que les corresponda por aplicación de las letras a) y b) de este apartado.

- Las reducciones que les pudieran corresponder por aplicación de los artículos 12, 14, 15, 16 y 17 de este texto refundido."

Motivación:

Ajustar la reducción prevista actualmente.

Valladolid, 4 de febrero de 2020.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre.

ENMIENDA N.º 4

Al artículo: 1.

Modificación propuesta:

Se propone la supresión del artículo 1 del proyecto.

Motivación:

No debe establecerse la bonificación en estos términos.

Valladolid, 4 de febrero de 2020.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre.

ENMIENDA N.º 5

Al artículo: 2.

Modificación propuesta:

Se propone la siguiente redacción para el nuevo artículo 20 bis propuesto en el artículo 2.

Cuando en la base imponible de la adquisición esté incluido el valor de una explotación agraria situada en el territorio de Castilla y León, o de derechos de usufructo sobre la misma, se aplicará una reducción propia de la Comunidad del 99 por 100 del mencionado valor, siempre que concurran las siguientes circunstancias:

a) Que el donante tuviera la condición de agricultor profesional.

b) Que la adquisición corresponda al cónyuge, descendientes o adoptados, ascendientes o adoptantes y colaterales, por consanguinidad, hasta el tercer grado de la persona fallecida.

c) Que el adquirente mantenga en su patrimonio y en actividad la explotación durante los cinco años siguientes, salvo que falleciese el adquirente dentro de este plazo.

d) Que la donación se formalice en escritura pública

Motivación:

La reducción debe limitarse a la transmisión de explotaciones agrarias.

Valladolid, 4 de febrero de 2020.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PL/000002-03

CVE="BOCCL-10-004153"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pags. 9332-9336
BOCCL nº 79/10 del 20/2/2020
CVE: BOCCL-10-004153

1. Procedimientos Legislativos
110. Proyectos de Ley
PL/000002-03
Enmiendas al articulado presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista al Proyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de Economía y Hacienda de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 14 de febrero de 2020, ha admitido a trámite las Enmiendas al articulado presentadas por los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, PL/000002.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 14 de febrero de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-10-004153.

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre.

ENMIENDA N.º 1

Al artículo: 1.

Modificación propuesta:

Se propone la adición de un nuevo artículo que sería el uno, renumerándose consecutivamente los actuales con el siguiente contenido:

Artículo 1.- Adición de un nuevo artículo 11 bis dentro de la sección 1 del Capítulo III en el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre.

Se añade un nuevo artículo 11 bis. dentro de la sección 1 del Capítulo III con el siguiente contenido:

Artículo 11 bis. Tarifa del impuesto

La cuota íntegra del impuesto se obtendrá aplicando a la base liquidable la siguiente tarifa:

Motivación:

Progresividad en la tributación.

Valladolid, 4 de febrero de 2020.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre.

ENMIENDA N.º 2

Al artículo: 1.

Modificación propuesta:

Se propone la adición de un nuevo artículo 1 bis con el siguiente contenido:

Artículo 1 bis. Adición de un nuevo artículo 11 ter dentro de la sección 1 del Capítulo III en el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre.

Se añade un nuevo artículo 11 ter. dentro de la sección 1 del Capítulo III con el siguiente contenido:

Artículo 11 ter. Patrimonio preexistente.

La cuota tributaria por este impuesto se obtendrá aplicando a la cuota íntegra el coeficiente multiplicador en función de la cuantía de los tramos del patrimonio preexistente conforme a la siguiente escala:

Motivación:

Debe incrementarse el gravamen cuando el patrimonio preexistente es alto.

Valladolid, 4 de febrero de 2020.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre.

ENMIENDA N.º 3

Al artículo: 1.

Modificación propuesta:

Se propone la adición de un nuevo artículo 1 ter con el siguiente contenido:

Artículo 1 ter. Modificación del apartado 1 del artículo 13 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre.

Se modifica el apartado 1 del artículo 13 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, en los siguientes términos:

Se da la siguiente redacción al apartado c) del punto 1)

"c) Una reducción variable calculada como la diferencia entre 250.000 euros y la suma de las siguientes cantidades:

- Las reducciones que les pudieran corresponder por aplicación de la normativa estatal.

- La reducción que les corresponda por aplicación de las letras a) y b) de este apartado.

- Las reducciones que les pudieran corresponder por aplicación de los artículos 12, 14, 15, 16 y 17 de este texto refundido."

Motivación:

Ajustar la reducción prevista actualmente.

Valladolid, 4 de febrero de 2020.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre.

ENMIENDA N.º 4

Al artículo: 1.

Modificación propuesta:

Se propone la supresión del artículo 1 del proyecto.

Motivación:

No debe establecerse la bonificación en estos términos.

Valladolid, 4 de febrero de 2020.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre.

ENMIENDA N.º 5

Al artículo: 2.

Modificación propuesta:

Se propone la siguiente redacción para el nuevo artículo 20 bis propuesto en el artículo 2.

Cuando en la base imponible de la adquisición esté incluido el valor de una explotación agraria situada en el territorio de Castilla y León, o de derechos de usufructo sobre la misma, se aplicará una reducción propia de la Comunidad del 99 por 100 del mencionado valor, siempre que concurran las siguientes circunstancias:

a) Que el donante tuviera la condición de agricultor profesional.

b) Que la adquisición corresponda al cónyuge, descendientes o adoptados, ascendientes o adoptantes y colaterales, por consanguinidad, hasta el tercer grado de la persona fallecida.

c) Que el adquirente mantenga en su patrimonio y en actividad la explotación durante los cinco años siguientes, salvo que falleciese el adquirente dentro de este plazo.

d) Que la donación se formalice en escritura pública

Motivación:

La reducción debe limitarse a la transmisión de explotaciones agrarias.

Valladolid, 4 de febrero de 2020.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PL/000002-03

CVE="BOCCL-10-004153"



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