PNL/000505-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000505-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Pedro Luis González Reglero, Dña. Elisa Patricia Gómez Urbán, D. Luis Ángel Fernández Bayón, Dña. Laura Pelegrina Cortijo, D. José Francisco Martín Martínez, Dña. María Isabel Gonzalo Ramírez y Dña. Rosa María Rubio Martín, instando a la Junta de Castilla y León a dirigirse al Gobierno de España a fin de promover la derogación del artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores con el objetivo de proteger mejor a los trabajadores y eliminar el despido por acumulación de días de baja, para su tramitación ante la Comisión de Empleo e Industria.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 14 de febrero de 2020, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000492 a PNL/000516.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 14 de febrero de 2020.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Pedro González Reglero, Patricia Gómez Urbán, Luis Fernández Bayón, Laura Pelegrina Cortijo, José Francisco Martín Martínez, Isabel Gonzalo Ramírez y Rosa Rubio Martín, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Empleo e Industria:

ANTECEDENTES

La reciente sentencia del Tribunal Constitucional referida a que una persona puede ser despedida en aplicación del artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores: por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el veinte por ciento de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el cinco por ciento de las jornadas hábiles, o el veinticinco por ciento en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.

La Reforma Laboral del PP de 2012 antepuso los intereses económicos a la protección de la salud e, incompresiblemente, el TC ha ratificado esta prevalencia. Según el Alto Tribunal su sentencia responde al objetivo de proteger la productividad de la empresa y la eficiencia en el trabajo.

La Reforma Laboral de 2012 ha incrementado el presentismo, es decir, acudir a trabajar enfermo. El 43,6 % de los asalariados trabajaron enfermos en algún momento de 2015 según la Encuesta sobre las Condiciones de Vida y Trabajo. Este porcentaje se sitúa casi 6 puntos porcentuales por encima del observado en 2010 (37,8 %), antes de la reforma laboral, lo que parece indicar que se trata de un presentismo forzoso, es decir, se va a trabajar en contra de la voluntad del trabajador y a costa de su salud.

Refuerza esta idea que el acudir enfermo a trabajar esté ahora en nuestro país (43,6 %) por encima del promedio en la UE (42,3 %), lo que no ocurría antes de la Reforma Laboral, cuando este hecho se situaba 1,4 puntos por debajo.

Muchos trabajadores se ven obligados a trabajar enfermos en España por miedo a perder su empleo. La reforma del 2012 supuso otra vuelta de tuerca en pro del presentismo forzoso, favoreciendo el despido, incluso, cuando hay una baja por enfermedad justificada por un médico de la Seguridad Social. Posibilidad que el TC ha confirmado. Las empresas ya no sólo trasladan su riesgo a las personas trabajadoras a costa de su bienestar económico sino también de su salud.

Por lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a dirigirse al futuro Gobierno de España a fin de promover la derogación del artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores que fue modificado con la Reforma Laboral de 2012, con el objetivo de proteger mejor a los trabajadores y trabajadoras y eliminar el despido por acumulación de días de baja".

Valladolid, 10 de febrero de 2020.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Pedro Luis González Reglero,

Elisa Patricia Gómez Urbán,

Luis Ángel Fernández Bayón,

Laura Pelegrina Cortijo,

José Francisco Martín Martínez,

María Isabel Gonzalo Ramírez y

Rosa María Rubio Martín

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000505-01

CVE="BOCCL-10-004187"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pags. 9410-9411
BOCCL nº 79/10 del 20/2/2020
CVE: BOCCL-10-004187

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000505-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Pedro Luis González Reglero, Dña. Elisa Patricia Gómez Urbán, D. Luis Ángel Fernández Bayón, Dña. Laura Pelegrina Cortijo, D. José Francisco Martín Martínez, Dña. María Isabel Gonzalo Ramírez y Dña. Rosa María Rubio Martín, instando a la Junta de Castilla y León a dirigirse al Gobierno de España a fin de promover la derogación del artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores con el objetivo de proteger mejor a los trabajadores y eliminar el despido por acumulación de días de baja, para su tramitación ante la Comisión de Empleo e Industria.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 14 de febrero de 2020, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000492 a PNL/000516.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 14 de febrero de 2020.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Pedro González Reglero, Patricia Gómez Urbán, Luis Fernández Bayón, Laura Pelegrina Cortijo, José Francisco Martín Martínez, Isabel Gonzalo Ramírez y Rosa Rubio Martín, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Empleo e Industria:

ANTECEDENTES

La reciente sentencia del Tribunal Constitucional referida a que una persona puede ser despedida en aplicación del artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores: por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el veinte por ciento de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el cinco por ciento de las jornadas hábiles, o el veinticinco por ciento en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.

La Reforma Laboral del PP de 2012 antepuso los intereses económicos a la protección de la salud e, incompresiblemente, el TC ha ratificado esta prevalencia. Según el Alto Tribunal su sentencia responde al objetivo de proteger la productividad de la empresa y la eficiencia en el trabajo.

La Reforma Laboral de 2012 ha incrementado el presentismo, es decir, acudir a trabajar enfermo. El 43,6 % de los asalariados trabajaron enfermos en algún momento de 2015 según la Encuesta sobre las Condiciones de Vida y Trabajo. Este porcentaje se sitúa casi 6 puntos porcentuales por encima del observado en 2010 (37,8 %), antes de la reforma laboral, lo que parece indicar que se trata de un presentismo forzoso, es decir, se va a trabajar en contra de la voluntad del trabajador y a costa de su salud.

Refuerza esta idea que el acudir enfermo a trabajar esté ahora en nuestro país (43,6 %) por encima del promedio en la UE (42,3 %), lo que no ocurría antes de la Reforma Laboral, cuando este hecho se situaba 1,4 puntos por debajo.

Muchos trabajadores se ven obligados a trabajar enfermos en España por miedo a perder su empleo. La reforma del 2012 supuso otra vuelta de tuerca en pro del presentismo forzoso, favoreciendo el despido, incluso, cuando hay una baja por enfermedad justificada por un médico de la Seguridad Social. Posibilidad que el TC ha confirmado. Las empresas ya no sólo trasladan su riesgo a las personas trabajadoras a costa de su bienestar económico sino también de su salud.

Por lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a dirigirse al futuro Gobierno de España a fin de promover la derogación del artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores que fue modificado con la Reforma Laboral de 2012, con el objetivo de proteger mejor a los trabajadores y trabajadoras y eliminar el despido por acumulación de días de baja".

Valladolid, 10 de febrero de 2020.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Pedro Luis González Reglero,

Elisa Patricia Gómez Urbán,

Luis Ángel Fernández Bayón,

Laura Pelegrina Cortijo,

José Francisco Martín Martínez,

María Isabel Gonzalo Ramírez y

Rosa María Rubio Martín

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000505-01

CVE="BOCCL-10-004187"



Sede de las Cortes de Castilla y León