OOAC/000014-01











8. Organización de las Cortes

890. Otros acuerdos de administración de las Cortes
OOAC/000014-01


Sumario:

Acuerdo de la Mesa de las Cortes de Castilla y León por el que se ratifica lo acordado en la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de 16 de marzo de 2020 por la que se suspenden términos y se interrumpen plazos para la tramitación de los procedimientos materialmente administrativos durante la vigencia del estado de alarma declarado mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y por el que se procede a su modificación.



Resolución:

Acuerdo de la Mesa de las Cortes de Castilla y León por el que se ratifica lo acordado en la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de 16 de marzo de 2020 por la que se suspenden términos y se interrumpen plazos para la tramitación de los procedimientos materialmente administrativos durante la vigencia del estado de alarma declarado mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y por el que se procede a su modificación.

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 24 de marzo de 2020, ha acordado, por unanimidad, ratificar lo acordado en la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de 16 de marzo de 2020 por la que se suspenden términos y se interrumpen plazos para la tramitación de los procedimientos materialmente administrativos durante la vigencia del estado de alarma declarado mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. Asimismo, a la vista de lo dispuesto en el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, ha adoptado el Acuerdo de añadir el siguiente inciso en el apartado primero de la mencionada Resolución de la Presidencia:

Sin perjuicio de lo anterior, podrá acordarse motivadamente el inicio o la continuación de aquellos procedimientos administrativos que vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma, o que sean indispensables para el funcionamiento básico de las Cortes de Castilla y León y de sus servicios.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de la Cámara.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 24 de marzo de 2020.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez




OOAC/000014-01

CVE="BOCCL-10-005286"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 10446
BOCCL nº 94/10 del 24/3/2020
CVE: BOCCL-10-005286

8. Organización de las Cortes
890. Otros acuerdos de administración de las Cortes
OOAC/000014-01
Acuerdo de la Mesa de las Cortes de Castilla y León por el que se ratifica lo acordado en la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de 16 de marzo de 2020 por la que se suspenden términos y se interrumpen plazos para la tramitación de los procedimientos materialmente administrativos durante la vigencia del estado de alarma declarado mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y por el que se procede a su modificación.

RESOLUCIÓN

Acuerdo de la Mesa de las Cortes de Castilla y León por el que se ratifica lo acordado en la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de 16 de marzo de 2020 por la que se suspenden términos y se interrumpen plazos para la tramitación de los procedimientos materialmente administrativos durante la vigencia del estado de alarma declarado mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y por el que se procede a su modificación.

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 24 de marzo de 2020, ha acordado, por unanimidad, ratificar lo acordado en la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de 16 de marzo de 2020 por la que se suspenden términos y se interrumpen plazos para la tramitación de los procedimientos materialmente administrativos durante la vigencia del estado de alarma declarado mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. Asimismo, a la vista de lo dispuesto en el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, ha adoptado el Acuerdo de añadir el siguiente inciso en el apartado primero de la mencionada Resolución de la Presidencia:

Sin perjuicio de lo anterior, podrá acordarse motivadamente el inicio o la continuación de aquellos procedimientos administrativos que vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma, o que sean indispensables para el funcionamiento básico de las Cortes de Castilla y León y de sus servicios.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de la Cámara.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 24 de marzo de 2020.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



OOAC/000014-01

CVE="BOCCL-10-005286"



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