OPER/000079-01











8. Organización de las Cortes

820. Personal
OPER/000079-01


Sumario:

Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León por la que se determina el régimen jurídico aplicable al personal al servicio de las Cortes de Castilla y León en lo que se refiere al carácter esencial de sus servicios y a la organización concreta de los mismos.



Resolución:

Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León por la que se determina el régimen jurídico aplicable al personal al servicio de las Cortes de Castilla y León en lo que se refiere al carácter esencial de sus servicios y a la organización concreta de los mismos.

Vista la Resolución de esta Presidencia de 16 de marzo de 2020 por la que se regula la prestación de servicios del personal de las Cortes de Castilla y León durante la vigencia del estado de alarma declarado mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. Visto el Acuerdo de la Mesa de la Cámara, de 24 de marzo de 2020, por el que se ratifica lo acordado en la citada resolución. Visto el Acuerdo de la Mesa de las Cortes de Castilla y León, de 13 de marzo de 2020, por el que se establece la suspensión con carácter excepcional del segundo periodo ordinario de sesiones del año 2020 (febrero-junio) por la situación de crisis sanitaria, en el que se establece que durante el periodo de suspensión de la actividad parlamentaria velará por los poderes de la Cámara la Diputación Permanente, que podrá celebrar sesiones previa convocatoria conforme a lo dispuesto en el Reglamento de las Cortes. Considerando lo previsto en la disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19. En el uso de la delegación conferida mediante el Acuerdo de la Mesa de las Cortes de Castilla y León, de 24 de marzo de 2020, por el que se delegan en la Presidencia de la Cámara el ejercicio de las competencias que sean necesarias para la resolución de los asuntos urgentes durante la situación excepcional derivada de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19, y previa consulta a los miembros de la Mesa de la Cámara, se dicta la presente resolución por la que se determina el régimen jurídico aplicable al personal al servicio de las Cortes de Castilla y León en lo que se refiere al carácter esencial de sus servicios y a la organización concreta de los mismos.

Primero. El personal de plantilla, eventual e interino de las Cortes de Castilla y León continuará prestando sus servicios de manera principal por medios no presenciales entre el 30 de marzo y el 8 de abril de 2020, ambos inclusive.

Segundo. Durante este periodo, solo se prestarán servicios de manera presencial en las Cortes de Castilla y León para garantizar su funcionamiento durante la crisis sanitaria y permitir, en su caso, la celebración de sesiones de la Diputación Permanente de la Cámara para velar por sus poderes. Con este objeto, se establecen como prestaciones de servicios esenciales de manera presencial las de un funcionario del Cuerpo Subalterno, ujieres, y las de un funcionario de la Sección de Gestión Parlamentaria, a los efectos de gestionar los envíos postales y el registro de documentos en soporte físico. Todo ello con independencia de las prestaciones presenciales excepcionales adicionales que pudieran establecerse por la Secretaría General para resolver situaciones de urgencia o para el supuesto de que se celebrase una sesión de la Diputación Permanente de la Cámara en el mencionado periodo.

Tercero. Esta resolución producirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de la Cámara.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de marzo de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez




OPER/000079-01

CVE="BOCCL-10-005287"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pags. 10448-10449
BOCCL nº 95/10 del 30/3/2020
CVE: BOCCL-10-005287

8. Organización de las Cortes
820. Personal
OPER/000079-01
Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León por la que se determina el régimen jurídico aplicable al personal al servicio de las Cortes de Castilla y León en lo que se refiere al carácter esencial de sus servicios y a la organización concreta de los mismos.

RESOLUCIÓN

Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León por la que se determina el régimen jurídico aplicable al personal al servicio de las Cortes de Castilla y León en lo que se refiere al carácter esencial de sus servicios y a la organización concreta de los mismos.

Vista la Resolución de esta Presidencia de 16 de marzo de 2020 por la que se regula la prestación de servicios del personal de las Cortes de Castilla y León durante la vigencia del estado de alarma declarado mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. Visto el Acuerdo de la Mesa de la Cámara, de 24 de marzo de 2020, por el que se ratifica lo acordado en la citada resolución. Visto el Acuerdo de la Mesa de las Cortes de Castilla y León, de 13 de marzo de 2020, por el que se establece la suspensión con carácter excepcional del segundo periodo ordinario de sesiones del año 2020 (febrero-junio) por la situación de crisis sanitaria, en el que se establece que durante el periodo de suspensión de la actividad parlamentaria velará por los poderes de la Cámara la Diputación Permanente, que podrá celebrar sesiones previa convocatoria conforme a lo dispuesto en el Reglamento de las Cortes. Considerando lo previsto en la disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19. En el uso de la delegación conferida mediante el Acuerdo de la Mesa de las Cortes de Castilla y León, de 24 de marzo de 2020, por el que se delegan en la Presidencia de la Cámara el ejercicio de las competencias que sean necesarias para la resolución de los asuntos urgentes durante la situación excepcional derivada de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19, y previa consulta a los miembros de la Mesa de la Cámara, se dicta la presente resolución por la que se determina el régimen jurídico aplicable al personal al servicio de las Cortes de Castilla y León en lo que se refiere al carácter esencial de sus servicios y a la organización concreta de los mismos.

Primero. El personal de plantilla, eventual e interino de las Cortes de Castilla y León continuará prestando sus servicios de manera principal por medios no presenciales entre el 30 de marzo y el 8 de abril de 2020, ambos inclusive.

Segundo. Durante este periodo, solo se prestarán servicios de manera presencial en las Cortes de Castilla y León para garantizar su funcionamiento durante la crisis sanitaria y permitir, en su caso, la celebración de sesiones de la Diputación Permanente de la Cámara para velar por sus poderes. Con este objeto, se establecen como prestaciones de servicios esenciales de manera presencial las de un funcionario del Cuerpo Subalterno, ujieres, y las de un funcionario de la Sección de Gestión Parlamentaria, a los efectos de gestionar los envíos postales y el registro de documentos en soporte físico. Todo ello con independencia de las prestaciones presenciales excepcionales adicionales que pudieran establecerse por la Secretaría General para resolver situaciones de urgencia o para el supuesto de que se celebrase una sesión de la Diputación Permanente de la Cámara en el mencionado periodo.

Tercero. Esta resolución producirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de la Cámara.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de marzo de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



OPER/000079-01

CVE="BOCCL-10-005287"



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