PE/001561-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/001561-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Inmaculada Gómez Jiménez, relativa a ampliación de la explotación porcina de Espinosa de los Caballeros, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 73, de 7 de febrero de 2020.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/000944 a PE/001456, PE/001458, PE/001513, PE/001517, PE/001519, PE/001520, PE/001522, PE/001523 a PE/001531, PE/001533, PE/001535, PE/001537, PE/001538, PE/001540 a PE/001547, PE/001552, PE/001553, PE/001555, PE/001557, PE/001560 a PE/001563, PE/001568, PE/001569, PE/001588 a PE/001591, PE/001593 a PE/001599, PE/001602 a PE/001604, PE/001608 a PE/001611, PE/001613, PE/001615, PE/001616, PE/001618, PE/001619, PE/001629, PE/001650, PE/001656, PE/001657 y PE/001687, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 27 de abril de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita P.E./1001561, formulada por la Procuradora Dña. Inmaculada Gómez Jiménez, perteneciente al Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a “ampliación de la explotación porcina de Espinosa de los Caballeros”.

Recabada información de las Consejerías de Fomento y Medio Ambiente y Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y respecto a la cuestión planteada en el asunto de referencia, tengo el honor de comunicar a V.E. la información aportada por dichas Consejerías en los ANEXOS que a continuación se relacionan:

ANEXO I: Consejería de Fomento y Medio Ambiente

ANEXO II: Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

Valladolid, 9 de marzo de 2020.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando.

ANEXO I CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

P.E./1001561

El Servicio Territorial de Medio Ambiente de Ávila está tramitando la Autorización Ambiental y la Evaluación de Impacto Ambiental Ordinaria, a las que está sometido el proyecto conforme al texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, y la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, tramitación que incluye el estudio, informe y valoración de los riesgos ambientales y sanitarios, que pueda generar la actividad, en base a las características de la propia instalación, su ubicación, los informes sectoriales que se emitan, las alegaciones que se presenten y demás documentación existente, o que se pueda generar en dicha tramitación.

ANEXO II CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL

P.E./1001561

En respuesta a la cuestión planteada en la pregunta escrita arriba referenciada, le informo lo siguiente:

España es el único país de Europa que ha ordenado la producción porcina, actualmente regulada a través del Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo, que limita el tamaño máximo de las granjas porcinas, estableciendo un tope máximo de 720 UGM (Unidades de Ganado Mayor) que pueden ser incrementadas en un 20 % por las Comunidades Autónomas en función de los estudios individualizados que se hagan en dichas explotaciones porcinas y nunca superando las 864 UGM. Por lo tanto, ninguna explotación que se quiera instalar y/o modificar su censo puede superar esa cantidad de animales.

Asimismo se establecen unas distancias mínimas entre las explotaciones porcinas que se pretendan instalar a otras explotaciones porcinas, centros urbanos, mataderos, etc, con el objeto de que todas las granjas porcinas se encuentren retiradas tanto unas de otras como de los núcleos urbanos minimizando así las posibles molestias que puedan ocasionar.

Por tanto, la normativa básica de aplicación es un marco jurídico sólido para dar las mayores garantías sanitarias y de bioseguridad a las explotaciones ganaderas, tanto las de nueva creación, como las ampliaciones de ras ya existentes como en el caso planteado en esta pregunta.

Las explotaciones ganaderas constituyen la fase de la Producción Primaria de alimentos en la que se inicia la trazabilidad de los alimentos de origen animal y el punto clave a controlar para prevenir los riesgos relacionados con la Seguridad Alimentaria.

Por otro lado, en el contexto de la legislación sobre Seguridad Alimentaria de la UE, de los Programas Nacionales y del Plan Nacional de Control de la Cadena Alimentaria (PNCOCA) se encuadran los Programas de Control Oficial en Castilla y León, dirigidos a todo tipo de establecimientos y de explotaciones ganaderas y que vienen a garantizar la puesta en el mercado de animales sanos y de alimentos seguros. En PNCOCA se describen los sistemas de control oficial a lo largo de toda la cadena alimentaria en España, que va desde la producción primaria hasta los puntos de venta al consumidor final. El Plan es completo e integral, y se determinan las actuaciones de control oficial de las distintas Administraciones Públicas españolas en el ámbito de sus competencias.

En la actualidad, en nuestra región se llevan a cabo 50 programas de control de sanidad, bienestar animal y seguridad alimentaria, que implican el desarrollo en campo de más de 15.000 inspecciones anuales con 2,5 millones de chequeos a los animales que garantizan la puesta en el mercado de alimentos sanos, seguros y de calidad.

Además, uno de los criterios que se utilizan en el análisis de riesgo para determinar las explotaciones sometidas a controles oficiales, es el parámetro de dimensión y el volumen de movimientos de animales de esas explotaciones por lo que cuanto mayor sea el volumen de producción y mayor trasiego de animales exista, mayor es la posibilidad de que las explotaciones sean inspeccionadas.

En todo caso el desarrollo de las explotaciones porcinas en Castilla y León se lleva a cabo en el marco de la normativa nacional de ordenación de las explotaciones porcinas cuyo objetivo es tener un sector sostenible, económicamente viable, evitando cualquier tipo de riesgo.


PE/001561-2

CVE="BOCCL-10-006775"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 12703
BOCCL nº 105/10 del 11/5/2020
CVE: BOCCL-10-006775

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/001561-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Inmaculada Gómez Jiménez, relativa a ampliación de la explotación porcina de Espinosa de los Caballeros, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 73, de 7 de febrero de 2020.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/000944 a PE/001456, PE/001458, PE/001513, PE/001517, PE/001519, PE/001520, PE/001522, PE/001523 a PE/001531, PE/001533, PE/001535, PE/001537, PE/001538, PE/001540 a PE/001547, PE/001552, PE/001553, PE/001555, PE/001557, PE/001560 a PE/001563, PE/001568, PE/001569, PE/001588 a PE/001591, PE/001593 a PE/001599, PE/001602 a PE/001604, PE/001608 a PE/001611, PE/001613, PE/001615, PE/001616, PE/001618, PE/001619, PE/001629, PE/001650, PE/001656, PE/001657 y PE/001687, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 27 de abril de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita P.E./1001561, formulada por la Procuradora Dña. Inmaculada Gómez Jiménez, perteneciente al Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a “ampliación de la explotación porcina de Espinosa de los Caballeros”.

Recabada información de las Consejerías de Fomento y Medio Ambiente y Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y respecto a la cuestión planteada en el asunto de referencia, tengo el honor de comunicar a V.E. la información aportada por dichas Consejerías en los ANEXOS que a continuación se relacionan:

ANEXO I: Consejería de Fomento y Medio Ambiente

ANEXO II: Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

Valladolid, 9 de marzo de 2020.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando.

ANEXO I CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

P.E./1001561

El Servicio Territorial de Medio Ambiente de Ávila está tramitando la Autorización Ambiental y la Evaluación de Impacto Ambiental Ordinaria, a las que está sometido el proyecto conforme al texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, y la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, tramitación que incluye el estudio, informe y valoración de los riesgos ambientales y sanitarios, que pueda generar la actividad, en base a las características de la propia instalación, su ubicación, los informes sectoriales que se emitan, las alegaciones que se presenten y demás documentación existente, o que se pueda generar en dicha tramitación.

ANEXO II CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL

P.E./1001561

En respuesta a la cuestión planteada en la pregunta escrita arriba referenciada, le informo lo siguiente:

España es el único país de Europa que ha ordenado la producción porcina, actualmente regulada a través del Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo, que limita el tamaño máximo de las granjas porcinas, estableciendo un tope máximo de 720 UGM (Unidades de Ganado Mayor) que pueden ser incrementadas en un 20 % por las Comunidades Autónomas en función de los estudios individualizados que se hagan en dichas explotaciones porcinas y nunca superando las 864 UGM. Por lo tanto, ninguna explotación que se quiera instalar y/o modificar su censo puede superar esa cantidad de animales.

Asimismo se establecen unas distancias mínimas entre las explotaciones porcinas que se pretendan instalar a otras explotaciones porcinas, centros urbanos, mataderos, etc, con el objeto de que todas las granjas porcinas se encuentren retiradas tanto unas de otras como de los núcleos urbanos minimizando así las posibles molestias que puedan ocasionar.

Por tanto, la normativa básica de aplicación es un marco jurídico sólido para dar las mayores garantías sanitarias y de bioseguridad a las explotaciones ganaderas, tanto las de nueva creación, como las ampliaciones de ras ya existentes como en el caso planteado en esta pregunta.

Las explotaciones ganaderas constituyen la fase de la Producción Primaria de alimentos en la que se inicia la trazabilidad de los alimentos de origen animal y el punto clave a controlar para prevenir los riesgos relacionados con la Seguridad Alimentaria.

Por otro lado, en el contexto de la legislación sobre Seguridad Alimentaria de la UE, de los Programas Nacionales y del Plan Nacional de Control de la Cadena Alimentaria (PNCOCA) se encuadran los Programas de Control Oficial en Castilla y León, dirigidos a todo tipo de establecimientos y de explotaciones ganaderas y que vienen a garantizar la puesta en el mercado de animales sanos y de alimentos seguros. En PNCOCA se describen los sistemas de control oficial a lo largo de toda la cadena alimentaria en España, que va desde la producción primaria hasta los puntos de venta al consumidor final. El Plan es completo e integral, y se determinan las actuaciones de control oficial de las distintas Administraciones Públicas españolas en el ámbito de sus competencias.

En la actualidad, en nuestra región se llevan a cabo 50 programas de control de sanidad, bienestar animal y seguridad alimentaria, que implican el desarrollo en campo de más de 15.000 inspecciones anuales con 2,5 millones de chequeos a los animales que garantizan la puesta en el mercado de alimentos sanos, seguros y de calidad.

Además, uno de los criterios que se utilizan en el análisis de riesgo para determinar las explotaciones sometidas a controles oficiales, es el parámetro de dimensión y el volumen de movimientos de animales de esas explotaciones por lo que cuanto mayor sea el volumen de producción y mayor trasiego de animales exista, mayor es la posibilidad de que las explotaciones sean inspeccionadas.

En todo caso el desarrollo de las explotaciones porcinas en Castilla y León se lleva a cabo en el marco de la normativa nacional de ordenación de las explotaciones porcinas cuyo objetivo es tener un sector sostenible, económicamente viable, evitando cualquier tipo de riesgo.


PE/001561-2

CVE="BOCCL-10-006775"



Sede de las Cortes de Castilla y León