PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/000944 a PE/001456, PE/001458, PE/001513, PE/001517, PE/001519, PE/001520, PE/001522, PE/001523 a PE/001531, PE/001533, PE/001535, PE/001537, PE/001538, PE/001540 a PE/001547, PE/001552, PE/001553, PE/001555, PE/001557, PE/001560 a PE/001563, PE/001568, PE/001569, PE/001588 a PE/001591, PE/001593 a PE/001599, PE/001602 a PE/001604, PE/001608 a PE/001611, PE/001613, PE/001615, PE/001616, PE/001618, PE/001619, PE/001629, PE/001650, PE/001656, PE/001657 y PE/001687, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 27 de abril de 2020.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
Contestación a la Pregunta Escrita P.E. 1619, formulada por D. Rubén Illera Redón, D. Jesús Guerrero Arroyo y D.ª Consolación Pablos Labajo, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León sobre estructura y Organización del Observatorio de la Juventud
La disposición derogatoria de la Ley 11/2013, de 23 diciembre, de Medidas Tributarias y de Reestructuración del Sector Público Autonómico, derogó la Ley 3/2006, de 25 de mayo, de creación del Instituto de la Juventud de Castilla y León, cuyo artículo 10 se refería al Observatorio de la Juventud de Castilla y León.
Con la citada derogación se dio cumplimiento al mandato contenido en el Informe de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas, de 21 de junio de 2013, que contemplaba la supresión de varios observatorios, entre ellos el Observatorio de la Juventud de Castilla y León, como una medida de racionalización y simplificación del Sector Público y de eliminación de la duplicidad administrativa.
Valladolid, 4 de marzo de 2020.
LA CONSEJERA,
Fdo.: María Isabel Blanco Llamas.
PE/001619-2
CVE="BOCCL-10-006802"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/000944 a PE/001456, PE/001458, PE/001513, PE/001517, PE/001519, PE/001520, PE/001522, PE/001523 a PE/001531, PE/001533, PE/001535, PE/001537, PE/001538, PE/001540 a PE/001547, PE/001552, PE/001553, PE/001555, PE/001557, PE/001560 a PE/001563, PE/001568, PE/001569, PE/001588 a PE/001591, PE/001593 a PE/001599, PE/001602 a PE/001604, PE/001608 a PE/001611, PE/001613, PE/001615, PE/001616, PE/001618, PE/001619, PE/001629, PE/001650, PE/001656, PE/001657 y PE/001687, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 27 de abril de 2020.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
TEXTO
Contestación a la Pregunta Escrita P.E. 1619, formulada por D. Rubén Illera Redón, D. Jesús Guerrero Arroyo y D.ª Consolación Pablos Labajo, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León sobre estructura y Organización del Observatorio de la Juventud
La disposición derogatoria de la Ley 11/2013, de 23 diciembre, de Medidas Tributarias y de Reestructuración del Sector Público Autonómico, derogó la Ley 3/2006, de 25 de mayo, de creación del Instituto de la Juventud de Castilla y León, cuyo artículo 10 se refería al Observatorio de la Juventud de Castilla y León.
Con la citada derogación se dio cumplimiento al mandato contenido en el Informe de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas, de 21 de junio de 2013, que contemplaba la supresión de varios observatorios, entre ellos el Observatorio de la Juventud de Castilla y León, como una medida de racionalización y simplificación del Sector Público y de eliminación de la duplicidad administrativa.
Valladolid, 4 de marzo de 2020.
LA CONSEJERA,
Fdo.: María Isabel Blanco Llamas.
PE/001619-2
CVE="BOCCL-10-006802"