PNL/000614-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000614-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez, Dña. Rosa María Rubio Martín, Dña. Laura Pelegrina Cortijo, D. José Ignacio Martín Benito, D. Juan Luis Cepa Álvarez, D. Luis Briones Martínez, D. Pedro Luis González Reglero y D. Jesús Guerrero Arroyo, instando a la Junta de Castilla y León a que se incluyan dentro de las bases que regulen la subvención objeto de ayuda contenida en el artículo 3 del Decreto-ley 2/2020, de 16 de abril, los criterios en ella contemplados, para su tramitación ante la Comisión de Empleo e Industria.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 8 de mayo de 2020, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000595 a PNL/000614.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 8 de mayo de 2020.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

José Francisco Martín Martínez, Rosa Rubio Martín, Laura Pelegrina Cortijo, José Ignacio Martín Benito, Juan Luis Cepa Álvarez, Luis Briones Martínez, Pedro González Reglero y Jesús Guerrero Arroyo, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Economía y Hacienda:

El 18 de abril del 2020 se publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León el Decreto-ley 2/2020, de 16 de abril, de medidas urgentes y extraordinarias para la protección de las personas y las empresas de Castilla y León frente al impacto económico y social del COVID-19.

El artículo 3 establece lo siguiente:

"Ayudas destinadas a personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación de empleo de suspensión de contratos de trabajo o reducción de la jornada.

1. La Administración de la Comunidad de Castilla y León ampliará las ayudas destinadas a complementar la prestación de carácter estatal que reciban las personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación de empleo, de suspensión de contratos de trabajo o reducción de la jornada, incluidos los fijos discontinuos, resueltos al amparo del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVlD-19, con el objeto de paliar el impacto económico en las personas trabajadoras durante el período que dure el expediente de suspensión o reducción de jornada que el estado de alarma ha provocado y compensar la pérdida de poder adquisitivo de las personas trabajadoras.

2. Las solicitudes se presentarán en el plazo que se determine en la convocatoria pública y en función de las correspondientes bases reguladoras.

3. La resolución de las solicitudes será por el orden de presentación mientras exista crédito adecuado y suficiente para atender la correspondiente solicitud. Se considerará fecha de presentación aquella en la que esté completa la documentación.

4. Tales ayudas se atenderán con cargo a los créditos disponibles que figuren en el presupuesto de la Consejería de Empleo e Industria".

El apartado 3 del citado artículo, como se ha transcrito, establece que la resolución de las solicitudes será por el orden de presentación, este grupo parlamentario entiende que dicho precepto puede dar lugar a una inadecuada distribución del crédito con el que se dote la partida económica, para hacer frente al objeto del decreto, ya que no se tienen en cuenta otro tipo de variables y condiciones de los trabajadores, más que la rapidez en la confección y presentación de la propia solicitud de ayuda.

Por todo ello se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que se incluya dentro de las bases que regulen la subvención objeto de ayuda contenida en el artículo 3 del Decreto-ley 2/2020, de 16 de abril, entre otros, los siguientes criterios:

1.- Municipio de residencia del trabajador solicitante de la ayuda, primando los que residan en municipios con menos de 2.000 habitantes.

2.- Cargas familiares del trabajador solicitante de la ayuda, estableciendo un coeficiente multiplicador por cada hijo del solicitante.

3.- Ingresos brutos del trabajador solicitante, el año inmediatamente anterior, tomando como baremo el IPREM".

Valladolid, 4 de mayo de 2020.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez,

Rosa María Rubio Martín,

Laura Pelegrina Cortijo,

José Ignacio Martín Benito,

Juan Luis Cepa Álvarez,

Luis Briones Martínez,

Pedro Luis González Reglero y

Jesús Guerrero Arroyo

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000614-01

CVE="BOCCL-10-006843"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pags. 12856-12857
BOCCL nº 107/10 del 14/5/2020
CVE: BOCCL-10-006843

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000614-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez, Dña. Rosa María Rubio Martín, Dña. Laura Pelegrina Cortijo, D. José Ignacio Martín Benito, D. Juan Luis Cepa Álvarez, D. Luis Briones Martínez, D. Pedro Luis González Reglero y D. Jesús Guerrero Arroyo, instando a la Junta de Castilla y León a que se incluyan dentro de las bases que regulen la subvención objeto de ayuda contenida en el artículo 3 del Decreto-ley 2/2020, de 16 de abril, los criterios en ella contemplados, para su tramitación ante la Comisión de Empleo e Industria.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 8 de mayo de 2020, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000595 a PNL/000614.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 8 de mayo de 2020.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

José Francisco Martín Martínez, Rosa Rubio Martín, Laura Pelegrina Cortijo, José Ignacio Martín Benito, Juan Luis Cepa Álvarez, Luis Briones Martínez, Pedro González Reglero y Jesús Guerrero Arroyo, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Economía y Hacienda:

El 18 de abril del 2020 se publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León el Decreto-ley 2/2020, de 16 de abril, de medidas urgentes y extraordinarias para la protección de las personas y las empresas de Castilla y León frente al impacto económico y social del COVID-19.

El artículo 3 establece lo siguiente:

"Ayudas destinadas a personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación de empleo de suspensión de contratos de trabajo o reducción de la jornada.

1. La Administración de la Comunidad de Castilla y León ampliará las ayudas destinadas a complementar la prestación de carácter estatal que reciban las personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación de empleo, de suspensión de contratos de trabajo o reducción de la jornada, incluidos los fijos discontinuos, resueltos al amparo del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVlD-19, con el objeto de paliar el impacto económico en las personas trabajadoras durante el período que dure el expediente de suspensión o reducción de jornada que el estado de alarma ha provocado y compensar la pérdida de poder adquisitivo de las personas trabajadoras.

2. Las solicitudes se presentarán en el plazo que se determine en la convocatoria pública y en función de las correspondientes bases reguladoras.

3. La resolución de las solicitudes será por el orden de presentación mientras exista crédito adecuado y suficiente para atender la correspondiente solicitud. Se considerará fecha de presentación aquella en la que esté completa la documentación.

4. Tales ayudas se atenderán con cargo a los créditos disponibles que figuren en el presupuesto de la Consejería de Empleo e Industria".

El apartado 3 del citado artículo, como se ha transcrito, establece que la resolución de las solicitudes será por el orden de presentación, este grupo parlamentario entiende que dicho precepto puede dar lugar a una inadecuada distribución del crédito con el que se dote la partida económica, para hacer frente al objeto del decreto, ya que no se tienen en cuenta otro tipo de variables y condiciones de los trabajadores, más que la rapidez en la confección y presentación de la propia solicitud de ayuda.

Por todo ello se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que se incluya dentro de las bases que regulen la subvención objeto de ayuda contenida en el artículo 3 del Decreto-ley 2/2020, de 16 de abril, entre otros, los siguientes criterios:

1.- Municipio de residencia del trabajador solicitante de la ayuda, primando los que residan en municipios con menos de 2.000 habitantes.

2.- Cargas familiares del trabajador solicitante de la ayuda, estableciendo un coeficiente multiplicador por cada hijo del solicitante.

3.- Ingresos brutos del trabajador solicitante, el año inmediatamente anterior, tomando como baremo el IPREM".

Valladolid, 4 de mayo de 2020.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez,

Rosa María Rubio Martín,

Laura Pelegrina Cortijo,

José Ignacio Martín Benito,

Juan Luis Cepa Álvarez,

Luis Briones Martínez,

Pedro Luis González Reglero y

Jesús Guerrero Arroyo

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000614-01

CVE="BOCCL-10-006843"



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