PNL/000618-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000618-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores Dña. Laura Domínguez Arroyo y D. Juan Pablo Fernández Santos, instando a la Junta a realizar cambios normativos en relación a los centros residenciales de Castilla y León, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 22 de mayo de 2020, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000615 a PNL/000621.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de mayo de 2020.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

ANTECEDENTES

En el año 2001 se aprobó en Castilla y León el Decreto 14/2001, de 18 de enero, regulador de las condiciones y requisitos para la autorización y el funcionamiento de los centros de carácter social para personas mayores. Posteriormente se intentó la actualización de dicho Decreto en dos ocasiones, en los años 2016 y 2017 en concreto, sin que llegara a término por distintas insuficiencias que motivaron que el TSJCyL y después el Tribunal Supremo los anularan.

Así, a día de hoy el Decreto por el que se rige la gestión residencial es el del año 2001 que claramente necesita ser revisado y actualizado. No sólo por los años transcurridos y la obviedad de su actualización sino también por una cuestión fundamental que se ha puesto sobre la mesa en las últimas semanas a causa de la crisis del COVID-19: el hecho de que el modelo residencial de Castilla y León presenta deficiencias que deben ser solventadas.

Es evidente que lo sucedido en las residencias de nuestra Comunidad no ha sido una cuestión coyuntural provocada por esta crisis, sino que había problemas arrastrados que en numerosas ocasiones durante la legislatura pasada desde Podemos ya habíamos denunciado. Estas carencias se han puesto dolorosamente de manifiesto ante la imposibilidad de dar una respuesta adecuada con la llegada de la crisis del COVID-19.

Es por ello que una de las primeras medidas a llevar a cabo en nuestra Comunidad es el cambio del modelo residencial. En Podemos abogamos por un cambio profundo y real y no por una mera modificación normativa que siga sin paliar las insuficiencias que llevamos años detectando.

La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades ya ha puesto de manifiesto que existirá ese cambio normativo, pero en Podemos entendemos que dicho cambio debe abordar unas cuestiones mínimas que deben asentarse en la solución a los problemas que existían desde hace años.

Estos problemas se pueden resumir en:

- Una apuesta clara por la privatización y la concertación del servicio. Un 68 % de la oferta de plazas es privada, mientras que tan sólo un 32 % es pública o concertada. La Gerencia de Servicios Sociales, que es la que tiene las competencias finales en materia residencial, tan sólo cuenta con 20 centros propios de los aproximadamente 700 que existen en Castilla y León (2.539 plazas de las más de 47.000 existentes). La masiva privatización del servicio se traduce en: falta de capacidad de control y supervisión por parte de la administración competente, en este caso la Gerencia de Servicios Sociales; aumento del precio de las plazas residenciales, lo que supone una rémora económica para las familias que no pueden acceder en igualdad de oportunidades a una plaza cuando la necesitan y establecimiento de este servicio no como un derecho subjetivo y universal sino como una empresa que legítimamente busca beneficios pero que a menudo conlleva ir en detrimento de la calidad asistencial.

- Las ratios de personal de atención directa por número de usuarios han demostrado no adecuarse a una correcta atención. Según el Decreto del año 2001 las ratios de personal de atención directa generales son las siguientes: 1/17 para personas válidas, 1/10 para personas asistidas de Grado I y 1/5 para personas asistidas de Grado II. Estas ratios están obsoletas (ni siquiera contemplan el Grado III) pero las modificaciones que se pretendían en los años 2016 y 2017 no mejoraban las ratios y se calculaban con el cómputo de multiplicar el número de usuarios por 0,252 en el caso de dependientes de Grado III y 0,202 en el resto de casos. Dichas ratios tienen establecido su mínimo previsto en virtud de la Resolución de 2 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Política Social, Familias y Atención a la Dependencia y a la Discapacidad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, pero debemos recordar que las Comunidades Autónomas tienen las competencias para la modificación al alza de las mismas y no el Gobierno central que fijó unas ratios en función de la media de todas las Comunidades Autónomas con una previsión de alcanzar en todas ellas el mínimo medio exigible en el año 2015.

- Las ratios de personal técnico ya son escasas actualmente con la normativa vigente, pero las pretensiones de modificación en los años 2016 y 2017 reducían la ratio además de considerar dentro de un mismo saco a todo el personal técnico en vez de apostar por equipos multidisciplinares, sobre todo en aquellas residencias con mayor número de usuarios y usuarias donde más fácilmente se podían implantar. Intentar disminuir los equipos técnicos significa entre otras cosas que la atención sanitaria quedaría bajo mínimos en los centros, cuando en este momento se ha demostrado que es necesario reforzar el carácter sanitario de los mismos.

- La problemática de las ratios reducidas es aún más sangrante al añadirle la cuestión de la falta de bolsas de empleo que hacen imposible las sustituciones, bajas o vacaciones lo que provoca que en numerosas ocasiones no esté el número de personal suficiente en el centro residencial. Las bolsas de empleo resultan inoperativas por la falta de procesos selectivos y porque al renunciar a un contrato (muchos de ellos con muy malas condiciones laborales) las personas se eliminan de ella.

- Es necesario revisar la normativa referente al personal de limpieza, lavandería, cocina y mantenimiento, servicios a menudo privatizados que son fundamentales para la cotidianidad en una residencia y que también presentan problemas de personal. No se establecen a día de hoy qué características deben cumplir estos servicios en un centro residencial.

- La Gerencia de Servicios Sociales, como entidad gestora de apenas 20 residencias de 700, no tiene capacidad para asegurar unas condiciones laborales dignas y una contratación adecuada de las plantillas. Ni siquiera en las propias, ya que el personal propio de la Gerencia en dichas residencias lleva años demandando mejoras y reivindicando una posición de igualdad en sus empleos.

- Infraestructuras obsoletas y necesidad de mejoras en los edificios. Aunque la normativa es muy específica en cuanto a la estructura de los edificios residenciales muchas de las residencias públicas de nuestra Comunidad, y también algunas privadas, necesitan un mejor mantenimiento, obras y actualización de sus edificios.

- La crisis del COVID-19 ha puesto de manifiesto que ante una situación de emergencia no había criterios claros sobre la provisión de material para el personal, cuestión agudizada en las gestionadas por las empresas privadas, que no podían supervisarse en condiciones. De igual modo es necesario revisar los protocolos que existen ante enfermedades infecciosas que si bien existían y se han puesto en marcha en muchas residencias en otras o bien no ha habido capacidad para ponerlas en marcha, o bien no ha sido suficiente o bien, quizá, se desconocían.

- Nuevo abordaje del modelo "En mi casa". Dicho modelo ha sido el que de forma paulatina se ha querido implantar en las residencias de nuestra Comunidad. Las unidades de convivencia cumplen la función de mantener un ámbito de hogar en la propia residencia, con unas profesionales de referencia para cada 16 residentes y la filosofía de estar centrado en la persona desde una perspectiva social y sanitaria. Sin embargo, este modelo que es en la teoría muy positivo necesita de mayor inversión y refuerzo de personal para llevarlo a cabo, situación que no se ha dado hasta ahora. Hay que plantear el modelo "En mi casa" de forma más integral y reforzada.

Con estas problemáticas encima de la mesa reiteramos la necesidad de un cambio del modelo residencial, en que prime lo público frente a lo privado y en el que lo privado sea a su vez correctamente controlado y supervisado por la Administración pública. Un modelo residencial que refuerce el personal, los recursos, las infraestructuras y reduzca el precio de las plazas. Un modelo que refuerce los protocolos sanitarios, tanto de provisión de material, como de recursos, como de actuación sin dejar de lado el componente social de los centros y los cuidados en un entorno de hogar.

Por todo lo expuesto, presentamos la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Realizar un cambio normativo para las condiciones y requisitos de los centros residenciales de Castilla y León y de forma integral establecer un nuevo modelo de atención residencial en nuestra Comunidad Autónoma priorizando su carácter de servicio esencial desde una perspectiva social, sanitaria y de cuidados.

2. Integrar en dicho cambio normativo y de modelo de atención al menos las siguientes cuestiones:

a) Priorizar el carácter público del servicio frente a la privatización del mismo con el fin de lograr una accesibilidad más igualitaria que no impida que las familias y usuarios queden fuera por su situación económica. Para ello en la presente legislatura se ampliará al menos en 1.000 plazas públicas la oferta y se irá ampliando en los próximos años.

b) Apertura en un plazo máximo de seis meses de todas las plazas públicas que se encuentran cerradas por diversos motivos actualmente.

c) Revertir las externalizaciones del servicio vigentes en las residencias dependientes de la Gerencia de Servicios Sociales y colaborar con las Administraciones municipales y provinciales para la reversión de las suyas.

d) Garantizar las condiciones de control y supervisión de las residencias privadas y plazas concertadas por parte de la Administración pública, especificando sistemas de control, aumentando las inspecciones de la Gerencia, reforzando sus recursos y personal y estableciendo protocolos que aseguren el cumplimiento de las ratios, la gestión de los recursos y material, el mantenimiento de las infraestructuras y la adecuada calidad del servicio.

e) Revisión y ampliación de las ratios de personal de atención directa que se debe concretar y negociar con las organizaciones sindicales del sector.

f) Revisión y ampliación de las ratios de personal técnico que se debe concretar y negociar con las organizaciones sindicales del sector. En cuanto a dicho personal, hay que apostar por equipos multidisciplinares que aúnen lo sanitario y lo social (personal médico, de enfermería, terapeutas ocupacionales, fisioterapeutas, psicólogos, nutricionistas, trabajadores sociales, educadores sociales, e integradores sociales) pero evitando que queden relegados determinados profesionales en función de ratios que agrupen como un todo al personal técnico.

g) Concretar el personal y recursos de los servicios de limpieza, lavandería, cocina, mantenimiento y administración.

h) Garantizar que las nuevas ratios que se establezcan se cumplen en todas las sustituciones previstas, con una ampliación y mejor gestión de las bolsas de empleo. En este sentido, será preciso revisar las bolsas de empleo, abrir de forma urgente el proceso selectivo para actualizarla y diseñar un plan de formación para garantizar que existe un número adecuado de personas en las mismas.

i) Mejorar las condiciones laborales de todo el personal de las residencias dependientes de la Gerencia de Servicios Sociales en su categoría profesional en colaboración con la Consejería de Presidencia.

j) Garantizar, como parte fundamental del control de las residencias privadas, unas condiciones laborales dignas y homogéneas de todo su personal.

k) Introducir criterios objetivables de mejoras ante la obsolescencia de los edificios destinados al servicio residencial.

l) Realizar inversiones de obras y mantenimiento en los centros dependientes de la Gerencia de Servicios Sociales para la actualización de los mismos.

m) Sin perjuicio del carácter social de estos centros, introducir mejoras en la prestación sanitaria de los mismos. En este sentido, reforzar el personal sanitario y los recursos disponibles y en colaboración con la Consejería de Sanidad mejorar y reforzar los protocolos de actuación del personal sanitario externo en las residencias de menor tamaño donde no exista personal sanitario continuo.

n) Revisar los protocolos existentes para el tratamiento y contención de enfermedades infecciosas y establecer la obligatoriedad de que todas las residencias cuenten con criterios de actuación propios en función de dichos protocolos ajustado a las características del centro.

o) Incluir en la nueva normativa instrucciones sobre la provisión de material de contención y ante emergencias. Se establecerá la obligatoriedad para los centros residenciales de contener un Plan específico de provisión de recursos materiales para situaciones de emergencia sanitaria.

p) Reformular los criterios del modelo "En mi casa". Los centros residenciales que establezcan dicho modelo deberán realizar un exhaustivo análisis sobre la capacidad del centro, necesidades de inversión, de personal y de recursos que será aprobado por la Gerencia de Servicios Sociales y supervisado posteriormente en todo el proceso de puesta en marcha y funcionamiento".

En Valladolid, a 14 de mayo de 2020.

LA PROCURADORA,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/000618-01

CVE="BOCCL-10-007166"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pags. 13819-13823
BOCCL nº 112/10 del 28/5/2020
CVE: BOCCL-10-007166

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000618-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores Dña. Laura Domínguez Arroyo y D. Juan Pablo Fernández Santos, instando a la Junta a realizar cambios normativos en relación a los centros residenciales de Castilla y León, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 22 de mayo de 2020, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000615 a PNL/000621.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de mayo de 2020.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Laura Domínguez Arroyo y Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de PODEMOS-EQUO, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

ANTECEDENTES

En el año 2001 se aprobó en Castilla y León el Decreto 14/2001, de 18 de enero, regulador de las condiciones y requisitos para la autorización y el funcionamiento de los centros de carácter social para personas mayores. Posteriormente se intentó la actualización de dicho Decreto en dos ocasiones, en los años 2016 y 2017 en concreto, sin que llegara a término por distintas insuficiencias que motivaron que el TSJCyL y después el Tribunal Supremo los anularan.

Así, a día de hoy el Decreto por el que se rige la gestión residencial es el del año 2001 que claramente necesita ser revisado y actualizado. No sólo por los años transcurridos y la obviedad de su actualización sino también por una cuestión fundamental que se ha puesto sobre la mesa en las últimas semanas a causa de la crisis del COVID-19: el hecho de que el modelo residencial de Castilla y León presenta deficiencias que deben ser solventadas.

Es evidente que lo sucedido en las residencias de nuestra Comunidad no ha sido una cuestión coyuntural provocada por esta crisis, sino que había problemas arrastrados que en numerosas ocasiones durante la legislatura pasada desde Podemos ya habíamos denunciado. Estas carencias se han puesto dolorosamente de manifiesto ante la imposibilidad de dar una respuesta adecuada con la llegada de la crisis del COVID-19.

Es por ello que una de las primeras medidas a llevar a cabo en nuestra Comunidad es el cambio del modelo residencial. En Podemos abogamos por un cambio profundo y real y no por una mera modificación normativa que siga sin paliar las insuficiencias que llevamos años detectando.

La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades ya ha puesto de manifiesto que existirá ese cambio normativo, pero en Podemos entendemos que dicho cambio debe abordar unas cuestiones mínimas que deben asentarse en la solución a los problemas que existían desde hace años.

Estos problemas se pueden resumir en:

- Una apuesta clara por la privatización y la concertación del servicio. Un 68 % de la oferta de plazas es privada, mientras que tan sólo un 32 % es pública o concertada. La Gerencia de Servicios Sociales, que es la que tiene las competencias finales en materia residencial, tan sólo cuenta con 20 centros propios de los aproximadamente 700 que existen en Castilla y León (2.539 plazas de las más de 47.000 existentes). La masiva privatización del servicio se traduce en: falta de capacidad de control y supervisión por parte de la administración competente, en este caso la Gerencia de Servicios Sociales; aumento del precio de las plazas residenciales, lo que supone una rémora económica para las familias que no pueden acceder en igualdad de oportunidades a una plaza cuando la necesitan y establecimiento de este servicio no como un derecho subjetivo y universal sino como una empresa que legítimamente busca beneficios pero que a menudo conlleva ir en detrimento de la calidad asistencial.

- Las ratios de personal de atención directa por número de usuarios han demostrado no adecuarse a una correcta atención. Según el Decreto del año 2001 las ratios de personal de atención directa generales son las siguientes: 1/17 para personas válidas, 1/10 para personas asistidas de Grado I y 1/5 para personas asistidas de Grado II. Estas ratios están obsoletas (ni siquiera contemplan el Grado III) pero las modificaciones que se pretendían en los años 2016 y 2017 no mejoraban las ratios y se calculaban con el cómputo de multiplicar el número de usuarios por 0,252 en el caso de dependientes de Grado III y 0,202 en el resto de casos. Dichas ratios tienen establecido su mínimo previsto en virtud de la Resolución de 2 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Política Social, Familias y Atención a la Dependencia y a la Discapacidad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, pero debemos recordar que las Comunidades Autónomas tienen las competencias para la modificación al alza de las mismas y no el Gobierno central que fijó unas ratios en función de la media de todas las Comunidades Autónomas con una previsión de alcanzar en todas ellas el mínimo medio exigible en el año 2015.

- Las ratios de personal técnico ya son escasas actualmente con la normativa vigente, pero las pretensiones de modificación en los años 2016 y 2017 reducían la ratio además de considerar dentro de un mismo saco a todo el personal técnico en vez de apostar por equipos multidisciplinares, sobre todo en aquellas residencias con mayor número de usuarios y usuarias donde más fácilmente se podían implantar. Intentar disminuir los equipos técnicos significa entre otras cosas que la atención sanitaria quedaría bajo mínimos en los centros, cuando en este momento se ha demostrado que es necesario reforzar el carácter sanitario de los mismos.

- La problemática de las ratios reducidas es aún más sangrante al añadirle la cuestión de la falta de bolsas de empleo que hacen imposible las sustituciones, bajas o vacaciones lo que provoca que en numerosas ocasiones no esté el número de personal suficiente en el centro residencial. Las bolsas de empleo resultan inoperativas por la falta de procesos selectivos y porque al renunciar a un contrato (muchos de ellos con muy malas condiciones laborales) las personas se eliminan de ella.

- Es necesario revisar la normativa referente al personal de limpieza, lavandería, cocina y mantenimiento, servicios a menudo privatizados que son fundamentales para la cotidianidad en una residencia y que también presentan problemas de personal. No se establecen a día de hoy qué características deben cumplir estos servicios en un centro residencial.

- La Gerencia de Servicios Sociales, como entidad gestora de apenas 20 residencias de 700, no tiene capacidad para asegurar unas condiciones laborales dignas y una contratación adecuada de las plantillas. Ni siquiera en las propias, ya que el personal propio de la Gerencia en dichas residencias lleva años demandando mejoras y reivindicando una posición de igualdad en sus empleos.

- Infraestructuras obsoletas y necesidad de mejoras en los edificios. Aunque la normativa es muy específica en cuanto a la estructura de los edificios residenciales muchas de las residencias públicas de nuestra Comunidad, y también algunas privadas, necesitan un mejor mantenimiento, obras y actualización de sus edificios.

- La crisis del COVID-19 ha puesto de manifiesto que ante una situación de emergencia no había criterios claros sobre la provisión de material para el personal, cuestión agudizada en las gestionadas por las empresas privadas, que no podían supervisarse en condiciones. De igual modo es necesario revisar los protocolos que existen ante enfermedades infecciosas que si bien existían y se han puesto en marcha en muchas residencias en otras o bien no ha habido capacidad para ponerlas en marcha, o bien no ha sido suficiente o bien, quizá, se desconocían.

- Nuevo abordaje del modelo "En mi casa". Dicho modelo ha sido el que de forma paulatina se ha querido implantar en las residencias de nuestra Comunidad. Las unidades de convivencia cumplen la función de mantener un ámbito de hogar en la propia residencia, con unas profesionales de referencia para cada 16 residentes y la filosofía de estar centrado en la persona desde una perspectiva social y sanitaria. Sin embargo, este modelo que es en la teoría muy positivo necesita de mayor inversión y refuerzo de personal para llevarlo a cabo, situación que no se ha dado hasta ahora. Hay que plantear el modelo "En mi casa" de forma más integral y reforzada.

Con estas problemáticas encima de la mesa reiteramos la necesidad de un cambio del modelo residencial, en que prime lo público frente a lo privado y en el que lo privado sea a su vez correctamente controlado y supervisado por la Administración pública. Un modelo residencial que refuerce el personal, los recursos, las infraestructuras y reduzca el precio de las plazas. Un modelo que refuerce los protocolos sanitarios, tanto de provisión de material, como de recursos, como de actuación sin dejar de lado el componente social de los centros y los cuidados en un entorno de hogar.

Por todo lo expuesto, presentamos la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Realizar un cambio normativo para las condiciones y requisitos de los centros residenciales de Castilla y León y de forma integral establecer un nuevo modelo de atención residencial en nuestra Comunidad Autónoma priorizando su carácter de servicio esencial desde una perspectiva social, sanitaria y de cuidados.

2. Integrar en dicho cambio normativo y de modelo de atención al menos las siguientes cuestiones:

a) Priorizar el carácter público del servicio frente a la privatización del mismo con el fin de lograr una accesibilidad más igualitaria que no impida que las familias y usuarios queden fuera por su situación económica. Para ello en la presente legislatura se ampliará al menos en 1.000 plazas públicas la oferta y se irá ampliando en los próximos años.

b) Apertura en un plazo máximo de seis meses de todas las plazas públicas que se encuentran cerradas por diversos motivos actualmente.

c) Revertir las externalizaciones del servicio vigentes en las residencias dependientes de la Gerencia de Servicios Sociales y colaborar con las Administraciones municipales y provinciales para la reversión de las suyas.

d) Garantizar las condiciones de control y supervisión de las residencias privadas y plazas concertadas por parte de la Administración pública, especificando sistemas de control, aumentando las inspecciones de la Gerencia, reforzando sus recursos y personal y estableciendo protocolos que aseguren el cumplimiento de las ratios, la gestión de los recursos y material, el mantenimiento de las infraestructuras y la adecuada calidad del servicio.

e) Revisión y ampliación de las ratios de personal de atención directa que se debe concretar y negociar con las organizaciones sindicales del sector.

f) Revisión y ampliación de las ratios de personal técnico que se debe concretar y negociar con las organizaciones sindicales del sector. En cuanto a dicho personal, hay que apostar por equipos multidisciplinares que aúnen lo sanitario y lo social (personal médico, de enfermería, terapeutas ocupacionales, fisioterapeutas, psicólogos, nutricionistas, trabajadores sociales, educadores sociales, e integradores sociales) pero evitando que queden relegados determinados profesionales en función de ratios que agrupen como un todo al personal técnico.

g) Concretar el personal y recursos de los servicios de limpieza, lavandería, cocina, mantenimiento y administración.

h) Garantizar que las nuevas ratios que se establezcan se cumplen en todas las sustituciones previstas, con una ampliación y mejor gestión de las bolsas de empleo. En este sentido, será preciso revisar las bolsas de empleo, abrir de forma urgente el proceso selectivo para actualizarla y diseñar un plan de formación para garantizar que existe un número adecuado de personas en las mismas.

i) Mejorar las condiciones laborales de todo el personal de las residencias dependientes de la Gerencia de Servicios Sociales en su categoría profesional en colaboración con la Consejería de Presidencia.

j) Garantizar, como parte fundamental del control de las residencias privadas, unas condiciones laborales dignas y homogéneas de todo su personal.

k) Introducir criterios objetivables de mejoras ante la obsolescencia de los edificios destinados al servicio residencial.

l) Realizar inversiones de obras y mantenimiento en los centros dependientes de la Gerencia de Servicios Sociales para la actualización de los mismos.

m) Sin perjuicio del carácter social de estos centros, introducir mejoras en la prestación sanitaria de los mismos. En este sentido, reforzar el personal sanitario y los recursos disponibles y en colaboración con la Consejería de Sanidad mejorar y reforzar los protocolos de actuación del personal sanitario externo en las residencias de menor tamaño donde no exista personal sanitario continuo.

n) Revisar los protocolos existentes para el tratamiento y contención de enfermedades infecciosas y establecer la obligatoriedad de que todas las residencias cuenten con criterios de actuación propios en función de dichos protocolos ajustado a las características del centro.

o) Incluir en la nueva normativa instrucciones sobre la provisión de material de contención y ante emergencias. Se establecerá la obligatoriedad para los centros residenciales de contener un Plan específico de provisión de recursos materiales para situaciones de emergencia sanitaria.

p) Reformular los criterios del modelo "En mi casa". Los centros residenciales que establezcan dicho modelo deberán realizar un exhaustivo análisis sobre la capacidad del centro, necesidades de inversión, de personal y de recursos que será aprobado por la Gerencia de Servicios Sociales y supervisado posteriormente en todo el proceso de puesta en marcha y funcionamiento".

En Valladolid, a 14 de mayo de 2020.

LA PROCURADORA,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/000618-01

CVE="BOCCL-10-007166"



Sede de las Cortes de Castilla y León