PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 22 de mayo de 2020, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/002808 a PE/003228.
Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de mayo de 2020.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: José Francisco Martín Martínez
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
José Francisco Martín Martínez, Rosa Rubio Martín, Laura Pelegrina Cortijo, José Ignacio Martín Benito, Juan Luis Cepa Álvarez, Luis Briones Martínez, Pedro González Reglero y Jesús Guerrero Arroyo, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito
ANTECEDENTES
El 18 de abril del 2020 se publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León, el Decreto- Ley 2/2020, de 16 de abril, de medidas urgentes y extraordinarias para la protección de las personas y las empresas de Castilla y Leon frente al impacto económico y social del COVID-19.
El artículo 12, establece lo siguiente “Ayudas para promover durante 6 meses la extensión de la reducción de las cuotas de la Seguridad Social para consolidación del trabajo autónomo para los que hayan acabado la reducción de las cuotas o la extensión de las mismas en fechas próximas al inicio o finalización de la declaración del estado de alarma declarada como consecuencia del COVID19.
1. Las ayudas previstas en este artículo irán destinadas a extender la reducción de las cuotas de la Seguridad Social durante 6 meses, aplicable a los trabajadores del Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos que hayan completado el disfrute de la reducción de las cuotas o lo completen en fechas próximas al inicio o finalización de la declaración del estado de alarma declarado como consecuencia del COVID-19 en los periodos que se determine la convocatoria correspondiente
Por ello se formula la siguiente pregunta:
¿Por qué no se ha incluido en este artículo al agricultor y ganadero que cotice en el régimen especial agrario de la seguridad social?
Valladolid a 04 de mayo de 2020
PE/002867-01
CVE="BOCCL-10-007826"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 22 de mayo de 2020, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/002808 a PE/003228.
Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de mayo de 2020.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: José Francisco Martín Martínez
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
José Francisco Martín Martínez, Rosa Rubio Martín, Laura Pelegrina Cortijo, José Ignacio Martín Benito, Juan Luis Cepa Álvarez, Luis Briones Martínez, Pedro González Reglero y Jesús Guerrero Arroyo, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito
ANTECEDENTES
El 18 de abril del 2020 se publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León, el Decreto- Ley 2/2020, de 16 de abril, de medidas urgentes y extraordinarias para la protección de las personas y las empresas de Castilla y Leon frente al impacto económico y social del COVID-19.
El artículo 12, establece lo siguiente “Ayudas para promover durante 6 meses la extensión de la reducción de las cuotas de la Seguridad Social para consolidación del trabajo autónomo para los que hayan acabado la reducción de las cuotas o la extensión de las mismas en fechas próximas al inicio o finalización de la declaración del estado de alarma declarada como consecuencia del COVID19.
1. Las ayudas previstas en este artículo irán destinadas a extender la reducción de las cuotas de la Seguridad Social durante 6 meses, aplicable a los trabajadores del Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos que hayan completado el disfrute de la reducción de las cuotas o lo completen en fechas próximas al inicio o finalización de la declaración del estado de alarma declarado como consecuencia del COVID-19 en los periodos que se determine la convocatoria correspondiente
Por ello se formula la siguiente pregunta:
¿Por qué no se ha incluido en este artículo al agricultor y ganadero que cotice en el régimen especial agrario de la seguridad social?
Valladolid a 04 de mayo de 2020
PE/002867-01
CVE="BOCCL-10-007826"