PE/002623-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002623-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Javier Campos de la Fuente, Dña. Nuria Rubio García, D. Diego Moreno Castrillo, Dña. María Rodríguez Díaz, Dña. Yolanda Sacristán Rodríguez y D. José Ignacio Ronda Gutiérrez, relativa a moción emitida por el Consejo Comarcal del Bierzo sobre la reubicación del Edicto de Augusto en el Museo Alto Bierzo de Bembibre, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 101, de 4 de mayo de 2020.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/001620, PE/001621, PE/001624 a PE/001626, PE/001710, PE/001824, PE/001829, PE/001838, PE/001840, PE/001844 a PE/001849, PE/001851, PE/001852, PE/001854 a PE/001856, PE/001860 a PE/001863, PE/001866, a PE/001884, PE/001886 a PE/001890, PE/001892, PE/002009 a PE/002014, PE/002016 a PE/002019, PE/002021, PE/002022, PE/002024 a PE/002026, PE/002596 a PE/002600, PE/002602 a PE/002610, PE/002613, PE/002615, PE/002617 a PE/002620, PE/002622, PE/002623, PE/002625, PE/002627 a PE/002632, PE/002635, PE/002641, PE/002646, PE/002649 a PE/002656, PE/002659, PE/002661, PE/002780 y PE/002794 a PE/002796, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de junio de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita P.E./1002623, formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores D. Javier Campos de la Fuente, Dña. Nuria Rubio García, D. Diego Moreno Castrillo, Dña. María Rodríguez Díaz, Dña. Yolanda Sacristán Rodríguez y D. José Ignacio Ronda Gutiérrez, del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a moción emitida por el Consejo Comarcal del Bierzo sobre la reubicación del Edicto de Augusto en el Museo Alto Bierzo de Bembibre.

En contestación a las cuestiones que se plantean en la pregunta de referencia acerca de la Moción aprobada por el Pleno del Consejo Comarcal del Bierzo el 27 de junio de 2016, relativa a la reubicación del Edicto de Augusto en el Museo del Alto Bierzo de Bembibre, se informa lo siguiente:

El informe técnico elaborado en el año 2016 desde la Dirección General de Políticas Culturales señala que el Edicto de Augusto es una pieza arqueológica cuya conservación exige un seguimiento continuo y especializado, bajo unas condiciones de humedad y temperatura constantes que, en el ámbito de esa provincia, solo pueden ser proporcionadas por las instalaciones y el personal del Museo de León. La pieza se exhibe en una vitrina climatizada preparada específicamente para ella y además la institución dispone de un laboratorio de restauración y personal facultativo especializado en conservación y restauración.

Asimismo cabe indicar que desde el Museo de León se promovió la realización de una réplica del Edicto de Augusto que fue depositada en el Museo Alto Bierzo de Bembibre, asegurando así la presencia de este testimonio en la zona de su hallazgo.

Por otra parte, a lo largo de los años en el Museo Alto Bierzo se han constituido otros depósitos de bienes culturales para favorecer su funcionamiento patrimonial y la mejor divulgación de sus valores culturales. Estos depósitos se han basado siempre en informes técnicos favorables bajo la base de que los bienes objetos del depósito no se empleen en la exposición permanente del propio Museo de León, puesto que en este caso están integrados en un discurso expositivo que quedaría mutilado por atender a tales peticiones.

En el caso del Edicto de Augusto, el referido informe técnico señala que el Museo de León, como cabecera de la Red Museística dentro del ámbito territorial de su provincia y en el ámbito de la arqueología, es el más adecuado para ofrecer una representación destacada de este patrimonio cultural leonés al albergar una de las colecciones de arqueología y epigrafía romana más importantes de España, constituyendo el lugar idóneo para contextualizar el Edicto tanto por su relevancia como documento epigráfico como por su notabilidad como documento histórico.

El informe señala, además, que el traslado de bienes culturales que no estén amparados en los criterios técnicos supone arriesgarse al movimiento de multitud de piezas de los museos que resultaría contrario a la responsabilidad que tiene la Administración de la Comunidad de Castilla y León en lo que se refiere a la preservación de la herencia cultural y a su gestión y difusión públicas.

El traslado del Edicto de Augusto al Museo Alto Bierzo supondría una dispersión poco congruente del Patrimonio Cultural de Castilla y León y disminuiría la valorización proporcionada a esta pieza como elemento clave en torno a la que se articula una sección importante del discurso museográfico del Museo de León.

Esta información fue puesta de manifiesto en la carta de la Directora General de Políticas Culturales, de fecha 13 de enero de 2017, remitida al Consejo Comarcal del Bierzo en contestación a su escrito dando traslado de la citada resolución.

Valladolid, 1 de junio de 2020.

Fdo.: Javier Ortega Álvarez.

Consejero.


PE/002623-2

CVE="BOCCL-10-009149"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 16730
BOCCL nº 123/10 del 19/6/2020
CVE: BOCCL-10-009149

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002623-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Javier Campos de la Fuente, Dña. Nuria Rubio García, D. Diego Moreno Castrillo, Dña. María Rodríguez Díaz, Dña. Yolanda Sacristán Rodríguez y D. José Ignacio Ronda Gutiérrez, relativa a moción emitida por el Consejo Comarcal del Bierzo sobre la reubicación del Edicto de Augusto en el Museo Alto Bierzo de Bembibre, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 101, de 4 de mayo de 2020.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/001620, PE/001621, PE/001624 a PE/001626, PE/001710, PE/001824, PE/001829, PE/001838, PE/001840, PE/001844 a PE/001849, PE/001851, PE/001852, PE/001854 a PE/001856, PE/001860 a PE/001863, PE/001866, a PE/001884, PE/001886 a PE/001890, PE/001892, PE/002009 a PE/002014, PE/002016 a PE/002019, PE/002021, PE/002022, PE/002024 a PE/002026, PE/002596 a PE/002600, PE/002602 a PE/002610, PE/002613, PE/002615, PE/002617 a PE/002620, PE/002622, PE/002623, PE/002625, PE/002627 a PE/002632, PE/002635, PE/002641, PE/002646, PE/002649 a PE/002656, PE/002659, PE/002661, PE/002780 y PE/002794 a PE/002796, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de junio de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita P.E./1002623, formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores D. Javier Campos de la Fuente, Dña. Nuria Rubio García, D. Diego Moreno Castrillo, Dña. María Rodríguez Díaz, Dña. Yolanda Sacristán Rodríguez y D. José Ignacio Ronda Gutiérrez, del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a moción emitida por el Consejo Comarcal del Bierzo sobre la reubicación del Edicto de Augusto en el Museo Alto Bierzo de Bembibre.

En contestación a las cuestiones que se plantean en la pregunta de referencia acerca de la Moción aprobada por el Pleno del Consejo Comarcal del Bierzo el 27 de junio de 2016, relativa a la reubicación del Edicto de Augusto en el Museo del Alto Bierzo de Bembibre, se informa lo siguiente:

El informe técnico elaborado en el año 2016 desde la Dirección General de Políticas Culturales señala que el Edicto de Augusto es una pieza arqueológica cuya conservación exige un seguimiento continuo y especializado, bajo unas condiciones de humedad y temperatura constantes que, en el ámbito de esa provincia, solo pueden ser proporcionadas por las instalaciones y el personal del Museo de León. La pieza se exhibe en una vitrina climatizada preparada específicamente para ella y además la institución dispone de un laboratorio de restauración y personal facultativo especializado en conservación y restauración.

Asimismo cabe indicar que desde el Museo de León se promovió la realización de una réplica del Edicto de Augusto que fue depositada en el Museo Alto Bierzo de Bembibre, asegurando así la presencia de este testimonio en la zona de su hallazgo.

Por otra parte, a lo largo de los años en el Museo Alto Bierzo se han constituido otros depósitos de bienes culturales para favorecer su funcionamiento patrimonial y la mejor divulgación de sus valores culturales. Estos depósitos se han basado siempre en informes técnicos favorables bajo la base de que los bienes objetos del depósito no se empleen en la exposición permanente del propio Museo de León, puesto que en este caso están integrados en un discurso expositivo que quedaría mutilado por atender a tales peticiones.

En el caso del Edicto de Augusto, el referido informe técnico señala que el Museo de León, como cabecera de la Red Museística dentro del ámbito territorial de su provincia y en el ámbito de la arqueología, es el más adecuado para ofrecer una representación destacada de este patrimonio cultural leonés al albergar una de las colecciones de arqueología y epigrafía romana más importantes de España, constituyendo el lugar idóneo para contextualizar el Edicto tanto por su relevancia como documento epigráfico como por su notabilidad como documento histórico.

El informe señala, además, que el traslado de bienes culturales que no estén amparados en los criterios técnicos supone arriesgarse al movimiento de multitud de piezas de los museos que resultaría contrario a la responsabilidad que tiene la Administración de la Comunidad de Castilla y León en lo que se refiere a la preservación de la herencia cultural y a su gestión y difusión públicas.

El traslado del Edicto de Augusto al Museo Alto Bierzo supondría una dispersión poco congruente del Patrimonio Cultural de Castilla y León y disminuiría la valorización proporcionada a esta pieza como elemento clave en torno a la que se articula una sección importante del discurso museográfico del Museo de León.

Esta información fue puesta de manifiesto en la carta de la Directora General de Políticas Culturales, de fecha 13 de enero de 2017, remitida al Consejo Comarcal del Bierzo en contestación a su escrito dando traslado de la citada resolución.

Valladolid, 1 de junio de 2020.

Fdo.: Javier Ortega Álvarez.

Consejero.


PE/002623-2

CVE="BOCCL-10-009149"



Sede de las Cortes de Castilla y León