PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 26 de junio de 2020, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000644 a PNL/000652.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de junio de 2020.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: José Francisco Martín Martínez
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Luis Mariano Santos Reyero, Procurador del GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO de las Cortes de Castilla y León (UPL), VICEPORTAVOZ del mismo, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión.
ANTECEDENTES
Las medidas acordadas por el Gobierno de la Nación el 17 de marzo, medidas urgentes y extraordinarias para hacer frente al impacto de la pandemia y que regula la prestación extraordinaria por cese de actividad para los afectados por la declaración del estado de alarma, y que ostenta y beneficia fundamentalmente a los autónomos, cuyas actividades quedaron suspendidas o su facturación reducida, no contempla a los mutualistas de aquellas profesiones que también se han visto en gran medida perjudicadas por el estado de alarma que se encuentran encuadradas en mutualidades de previsión social.
Hay que tener en cuenta el desamparo de estos sectores de la actividad económica, y tener en cuenta la incidencia que ello tiene, no solamente en la provincia de León, sino en toda la Comunidad Autónoma.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León que apruebe aquellas medidas que, en similitud a los requisitos de las medidas acordadas por el Gobierno de la Nación para paliar la situación de los autónomos, las extienda a su vez hacia aquellos que se encuentran encuadrados en mutualidades, y que, por tanto, no tienen el amparo de aquellas acordadas por el Gobierno, y sin perjuicio de que pudiera llegar a acordarse por el mismo”.
Valladolid, 23 de junio de 2020.
VICEPORTAVOZ DEL GRUPO MIXTO
UNIÓN DEL PUEBLO LEONÉS
EL PROCURADOR,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
PNL/000652-01
CVE="BOCCL-10-009795"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 26 de junio de 2020, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000644 a PNL/000652.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de junio de 2020.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: José Francisco Martín Martínez
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Luis Mariano Santos Reyero, Procurador del GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO de las Cortes de Castilla y León (UPL), VICEPORTAVOZ del mismo, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión.
ANTECEDENTES
Las medidas acordadas por el Gobierno de la Nación el 17 de marzo, medidas urgentes y extraordinarias para hacer frente al impacto de la pandemia y que regula la prestación extraordinaria por cese de actividad para los afectados por la declaración del estado de alarma, y que ostenta y beneficia fundamentalmente a los autónomos, cuyas actividades quedaron suspendidas o su facturación reducida, no contempla a los mutualistas de aquellas profesiones que también se han visto en gran medida perjudicadas por el estado de alarma que se encuentran encuadradas en mutualidades de previsión social.
Hay que tener en cuenta el desamparo de estos sectores de la actividad económica, y tener en cuenta la incidencia que ello tiene, no solamente en la provincia de León, sino en toda la Comunidad Autónoma.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León que apruebe aquellas medidas que, en similitud a los requisitos de las medidas acordadas por el Gobierno de la Nación para paliar la situación de los autónomos, las extienda a su vez hacia aquellos que se encuentran encuadrados en mutualidades, y que, por tanto, no tienen el amparo de aquellas acordadas por el Gobierno, y sin perjuicio de que pudiera llegar a acordarse por el mismo”.
Valladolid, 23 de junio de 2020.
VICEPORTAVOZ DEL GRUPO MIXTO
UNIÓN DEL PUEBLO LEONÉS
EL PROCURADOR,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
PNL/000652-01
CVE="BOCCL-10-009795"