PE/001859-3











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/001859-3


Sumario:

Contestación conjunta de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita formuladas por la Procuradora Dña. Laura Domínguez Arroyo, relacionadas en el Anexo, publicadas en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 101, de 4 de mayo de 2020.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/001857 a PE/001859, PE/001865, PE/002612, PE/002614, PE/002616, PE/002624, PE/002626, PE/002636 a PE/002640, PE/002642, PE/002644, PE/002657, PE/002660, PE/002662 a PE/002777, PE/002779, PE/002781 a PE/002784, PE/002797, PE/002798, PE/002800 a PE/002813, PE/002827 a PE/002836, PE/002848, PE/002851 a PE/002853, PE/002855 a PE/002857, PE/002860, PE/002861, PE/002863 a PE/002875, PE/002877, PE/002879, PE/002880, PE/002882, PE/002884, PE/002886 a PE/002888, PE/002982, PE/002983, PE/002986 a PE/002992, PE/002999 a PE/003001, PE/003006 a PE/003011, PE/003014 a PE/003020, PE/003022, PE/003038, PE/003043, PE/003227, PE/003230, PE/003231, PE/003397, PE/003403, PE/003404, PE/003408 a PE/003410, PE/003412, PE/003415, PE/003424, PE/003425, PE/003435 a PE/003440 y PE/003442, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de junio de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-10-009804.

ANEXO

CONTESTACIÓN CONJUNTA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

A LAS PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA

PE/ RELATIVA A

001857 Personas voluntarias en la Red de Atención a Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.

001859 Plantillas que desarrollan su labor en la Red de Atención a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.

Contestación a las Preguntas Escritas P.E. 1857 y 1859, formuladas por D.ª Laura Domínguez Arroyo, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León sobre la Red de Atención a víctimas de violencia de género.

En el artículo 20 del Decreto 2/2019, de 7 de febrero, de autorización y funcionamiento de los centros de la Red de Atención a las víctimas de violencia de género se regula la figura del voluntariado señalando que “los centros de acogida, siempre bajo la supervisión del equipo profesional, podrán disponer de personas voluntarias. Las personas voluntarias no podrán desempeñar funciones y responsabilidades asignadas a las personas profesionales contratadas, siendo su colaboración siempre complementaria y de apoyo en otras tareas del centro.”

Se trata de personas que cada entidad decide si incorpora o no a su personal y a las que se les encomendarán tareas complementarias y de apoyo, nunca tareas propias de los profesionales que prestan los servicios de atención a las víctimas. Por tanto, es cada entidad, en virtud de las previsiones contenidas en sus estatutos o documentos reguladores de sus objetivos y funciones, quién decide contar con personas voluntarias, limitándose el papel de la Administración pública a apoyar la presencia de estos voluntarios en los servicios integrantes de la Red de Atención a víctimas de Castilla y León.

las prestaciones y actuaciones destinadas a la atención de las necesidades de soluciones habitacionales, de información, orientación y asesoramiento se prestan a través de un completo sistema de recursos y prestaciones que cuentan con personal especializado y en los que se permite la presencia de personas voluntarias para colaborar en la lucha contra la violencia de género aunque su presencia es mínima,

Los datos disponibles sobre voluntariado en este momento son los siguientes:

En el servicio de orientación y acompañamiento jurídico y social a las mujeres víctimas de violencia de género los datos son los siguientes:

Los datos son del personal que actualmente presta sus servicios en los CEM y casas de acogida pero se trata de unos servicios estables en el tiempo por lo que los recursos humanos también lo son.

Los datos oficiales están disponibles desde el año 2019, tras publicarse el Decreto 2/2019, de 7 de febrero, de autorización y funcionamiento de los centros de la Red de Atención a las víctimas de violencia de género de Castilla y León

En cuanto al resto de servicios a los que se alude en la pregunta son todos ellos servicios especializados para víctimas de violencia de género, forman parte del Catálogo de Servicios Sociales aprobado por Decreto 58/2014, de 11 de diciembre y son prestados por el Sistema de Servicios Sociales de responsabilidad pública en base al Modelo de atención integral a víctimas de violencia de género Objetivo Violencia Cero, siendo prestados por personal de las administraciones públicas competentes, principalmente entidades locales y las secciones de mujer de las Gerencias Territoriales, así como por las entidades especializadas en la atención a víctimas de violencia de género. De nuevo, el objetivo de la Consejería de Familia es garantizar la calidad del servicio que se presta, garantizando la proximidad y la adecuación a las necesidades de cada víctimas y su entorno, objetivo a cuya consecución están destinados todos los servicios y recursos que integran la Red de atención.

De acuerdo con el modelo de atención integral a las víctimas de violencia de género “Objetivo violencia cero”, las prestaciones y actuaciones destinadas a la atención de las necesidades de información, orientación y asesoramiento se prestan desde el Sistema de Servicios Sociales de responsabilidad pública, a través de un completo y coordinado sistema de recursos y prestaciones, a cuya financiación se destinan fondos europeos, dinero autónomo y fondos provenientes del Pacto de Estado respecto del que hay que recordad que Castilla y León es de las pocas CCAA que ha justificado, con cargo a 2019, el 100 % del crédito recibido, lo que sin duda pone de manifiesto el compromiso de la comunidad con la mejora de la Red de atención a las mujeres víctimas de violencia de género.

Los datos de la plantilla que presta estos servicios es la siguiente:

Los profesionales de las corporaciones locales que desarrollan sus funciones en los 189 CEAS existentes en la comunidad son más de 600, entre trabajadores sociales y psicólogos.

Resulta importante recordar que el Modelo de atención integral a víctimas de violencia de género “Objetivo violencia cero” se basa en la atención integral, especializada, inmediata y personalizada a las víctimas de violencia de género. Se apuesta, además, por la cercanía a la víctima, por lo que es preciso que los profesionales que las atienden se encuentren en todo el territorio de la comunidad autónoma. Esto supone un reto en Castilla y León, dada su gran dispersión poblacional y geográfica. Por ello es esencial que la Junta de Castilla y León articule un mecanismo de coordinación con las corporaciones locales para la prestación de esa atención.

Los profesionales que trabajan en el turno de agresiones sexuales en las anualidades indicadas (no existen datos de los año 2015 y 2016 porque el servicio comenzó a prestarse en 2017) son los siguientes:

Los profesionales (psicólogos) que trabajan en el servicio de urgencias en sede policial y judicial en las anualidades indicadas (el servicio comenzó a prestarse en julio de 2018) son los siguientes:

Al servicio de atención telefónica 012 mujer hay adscritos 3 profesionales, 2 psicólogos y un licenciado en derecho.

Valladolid, 18 de junio de 2020.

LA CONSEJERA,

Fdo.: María Isabel Blanco Llamas.


PE/001859-3

CVE="BOCCL-10-009805"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 17711
BOCCL nº 133/10 del 10/7/2020
CVE: BOCCL-10-009805

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/001859-3
Contestación conjunta de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita formuladas por la Procuradora Dña. Laura Domínguez Arroyo, relacionadas en el Anexo, publicadas en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 101, de 4 de mayo de 2020.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/001857 a PE/001859, PE/001865, PE/002612, PE/002614, PE/002616, PE/002624, PE/002626, PE/002636 a PE/002640, PE/002642, PE/002644, PE/002657, PE/002660, PE/002662 a PE/002777, PE/002779, PE/002781 a PE/002784, PE/002797, PE/002798, PE/002800 a PE/002813, PE/002827 a PE/002836, PE/002848, PE/002851 a PE/002853, PE/002855 a PE/002857, PE/002860, PE/002861, PE/002863 a PE/002875, PE/002877, PE/002879, PE/002880, PE/002882, PE/002884, PE/002886 a PE/002888, PE/002982, PE/002983, PE/002986 a PE/002992, PE/002999 a PE/003001, PE/003006 a PE/003011, PE/003014 a PE/003020, PE/003022, PE/003038, PE/003043, PE/003227, PE/003230, PE/003231, PE/003397, PE/003403, PE/003404, PE/003408 a PE/003410, PE/003412, PE/003415, PE/003424, PE/003425, PE/003435 a PE/003440 y PE/003442, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de junio de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-10-009804.

ANEXO

CONTESTACIÓN CONJUNTA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

A LAS PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA

PE/ RELATIVA A

001857 Personas voluntarias en la Red de Atención a Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.

001859 Plantillas que desarrollan su labor en la Red de Atención a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.

Contestación a las Preguntas Escritas P.E. 1857 y 1859, formuladas por D.ª Laura Domínguez Arroyo, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León sobre la Red de Atención a víctimas de violencia de género.

En el artículo 20 del Decreto 2/2019, de 7 de febrero, de autorización y funcionamiento de los centros de la Red de Atención a las víctimas de violencia de género se regula la figura del voluntariado señalando que “los centros de acogida, siempre bajo la supervisión del equipo profesional, podrán disponer de personas voluntarias. Las personas voluntarias no podrán desempeñar funciones y responsabilidades asignadas a las personas profesionales contratadas, siendo su colaboración siempre complementaria y de apoyo en otras tareas del centro.”

Se trata de personas que cada entidad decide si incorpora o no a su personal y a las que se les encomendarán tareas complementarias y de apoyo, nunca tareas propias de los profesionales que prestan los servicios de atención a las víctimas. Por tanto, es cada entidad, en virtud de las previsiones contenidas en sus estatutos o documentos reguladores de sus objetivos y funciones, quién decide contar con personas voluntarias, limitándose el papel de la Administración pública a apoyar la presencia de estos voluntarios en los servicios integrantes de la Red de Atención a víctimas de Castilla y León.

las prestaciones y actuaciones destinadas a la atención de las necesidades de soluciones habitacionales, de información, orientación y asesoramiento se prestan a través de un completo sistema de recursos y prestaciones que cuentan con personal especializado y en los que se permite la presencia de personas voluntarias para colaborar en la lucha contra la violencia de género aunque su presencia es mínima,

Los datos disponibles sobre voluntariado en este momento son los siguientes:

En el servicio de orientación y acompañamiento jurídico y social a las mujeres víctimas de violencia de género los datos son los siguientes:

Los datos son del personal que actualmente presta sus servicios en los CEM y casas de acogida pero se trata de unos servicios estables en el tiempo por lo que los recursos humanos también lo son.

Los datos oficiales están disponibles desde el año 2019, tras publicarse el Decreto 2/2019, de 7 de febrero, de autorización y funcionamiento de los centros de la Red de Atención a las víctimas de violencia de género de Castilla y León

En cuanto al resto de servicios a los que se alude en la pregunta son todos ellos servicios especializados para víctimas de violencia de género, forman parte del Catálogo de Servicios Sociales aprobado por Decreto 58/2014, de 11 de diciembre y son prestados por el Sistema de Servicios Sociales de responsabilidad pública en base al Modelo de atención integral a víctimas de violencia de género Objetivo Violencia Cero, siendo prestados por personal de las administraciones públicas competentes, principalmente entidades locales y las secciones de mujer de las Gerencias Territoriales, así como por las entidades especializadas en la atención a víctimas de violencia de género. De nuevo, el objetivo de la Consejería de Familia es garantizar la calidad del servicio que se presta, garantizando la proximidad y la adecuación a las necesidades de cada víctimas y su entorno, objetivo a cuya consecución están destinados todos los servicios y recursos que integran la Red de atención.

De acuerdo con el modelo de atención integral a las víctimas de violencia de género “Objetivo violencia cero”, las prestaciones y actuaciones destinadas a la atención de las necesidades de información, orientación y asesoramiento se prestan desde el Sistema de Servicios Sociales de responsabilidad pública, a través de un completo y coordinado sistema de recursos y prestaciones, a cuya financiación se destinan fondos europeos, dinero autónomo y fondos provenientes del Pacto de Estado respecto del que hay que recordad que Castilla y León es de las pocas CCAA que ha justificado, con cargo a 2019, el 100 % del crédito recibido, lo que sin duda pone de manifiesto el compromiso de la comunidad con la mejora de la Red de atención a las mujeres víctimas de violencia de género.

Los datos de la plantilla que presta estos servicios es la siguiente:

Los profesionales de las corporaciones locales que desarrollan sus funciones en los 189 CEAS existentes en la comunidad son más de 600, entre trabajadores sociales y psicólogos.

Resulta importante recordar que el Modelo de atención integral a víctimas de violencia de género “Objetivo violencia cero” se basa en la atención integral, especializada, inmediata y personalizada a las víctimas de violencia de género. Se apuesta, además, por la cercanía a la víctima, por lo que es preciso que los profesionales que las atienden se encuentren en todo el territorio de la comunidad autónoma. Esto supone un reto en Castilla y León, dada su gran dispersión poblacional y geográfica. Por ello es esencial que la Junta de Castilla y León articule un mecanismo de coordinación con las corporaciones locales para la prestación de esa atención.

Los profesionales que trabajan en el turno de agresiones sexuales en las anualidades indicadas (no existen datos de los año 2015 y 2016 porque el servicio comenzó a prestarse en 2017) son los siguientes:

Los profesionales (psicólogos) que trabajan en el servicio de urgencias en sede policial y judicial en las anualidades indicadas (el servicio comenzó a prestarse en julio de 2018) son los siguientes:

Al servicio de atención telefónica 012 mujer hay adscritos 3 profesionales, 2 psicólogos y un licenciado en derecho.

Valladolid, 18 de junio de 2020.

LA CONSEJERA,

Fdo.: María Isabel Blanco Llamas.


PE/001859-3

CVE="BOCCL-10-009805"



Sede de las Cortes de Castilla y León