PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/001857 a PE/001859, PE/001865, PE/002612, PE/002614, PE/002616, PE/002624, PE/002626, PE/002636 a PE/002640, PE/002642, PE/002644, PE/002657, PE/002660, PE/002662 a PE/002777, PE/002779, PE/002781 a PE/002784, PE/002797, PE/002798, PE/002800 a PE/002813, PE/002827 a PE/002836, PE/002848, PE/002851 a PE/002853, PE/002855 a PE/002857, PE/002860, PE/002861, PE/002863 a PE/002875, PE/002877, PE/002879, PE/002880, PE/002882, PE/002884, PE/002886 a PE/002888, PE/002982, PE/002983, PE/002986 a PE/002992, PE/002999 a PE/003001, PE/003006 a PE/003011, PE/003014 a PE/003020, PE/003022, PE/003038, PE/003043, PE/003227, PE/003230, PE/003231, PE/003397, PE/003403, PE/003404, PE/003408 a PE/003410, PE/003412, PE/003415, PE/003424, PE/003425, PE/003435 a PE/003440 y PE/003442, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de junio de 2020.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita referencia P.E./002867, formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez, D.ª Rosa Rubio Martín, D.ª Laura Pelegrina Cortijo, D. José Ignacio Martín Benito, D. Juan Luis Cepa Alvárez, D. Luis Briones Martínez, D. Pedro González Reglero y D. Jesús Guerrero Arroyo, pertencientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a la inclusión de agricultores y ganaderos en el artículo 12 del Decreto-ley 212020, relativo a la reducción de cuotas de la Seguridad Social.
En relación a la cuestión planteada en la pregunta de referencia, se informa:
Las ayudas previstas en el articulo 12 del Decreto-Ley 2/2020, de 16 de abril, son aplicables a los trabajadores del Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. En este Régimen General están expresamente incluidos, en virtud del artículo 305,2.a) del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, los trabajadores del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios.
Por otro lado, en la base 2.ª,1 de la Orden EEI/355/2020, de 27 de abril, por la que se modifica la Orden EMP/1371/2018, de 17 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la extensión de la reducción de las cuotas de la seguridad social para la consolidación del trabajo autónomo se regula claramente que podrán ser beneficiarios los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios. En este mismo sentido, se recoge en el apartado tercero de la Orden de 7 de mayo de 2020, de la Consejería de Empleo e Industria, por la que se convocan subvenciones para el año 2020, dirigidas a promover la reducción de cuotas de la seguridad social para consolidación del trabajo autónomo.
Por lo tanto, los agricultores y ganaderos pueden ser beneficiarios de la subvención para la extensión de las reducción de las cuotas de la Seguridad Social del artículo 12 del Decreto 2/2020, de 16 de abril, cuando que cumplan los requisitos legalmente establecidos en la normativa reguladora de dicha subvención.
Valladolid, 24 de junio de 2020.
LA CONSEJERA,
Fdo.: Ana Carlota Amigo Piquero.
PE/002867-2
CVE="BOCCL-10-010551"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/001857 a PE/001859, PE/001865, PE/002612, PE/002614, PE/002616, PE/002624, PE/002626, PE/002636 a PE/002640, PE/002642, PE/002644, PE/002657, PE/002660, PE/002662 a PE/002777, PE/002779, PE/002781 a PE/002784, PE/002797, PE/002798, PE/002800 a PE/002813, PE/002827 a PE/002836, PE/002848, PE/002851 a PE/002853, PE/002855 a PE/002857, PE/002860, PE/002861, PE/002863 a PE/002875, PE/002877, PE/002879, PE/002880, PE/002882, PE/002884, PE/002886 a PE/002888, PE/002982, PE/002983, PE/002986 a PE/002992, PE/002999 a PE/003001, PE/003006 a PE/003011, PE/003014 a PE/003020, PE/003022, PE/003038, PE/003043, PE/003227, PE/003230, PE/003231, PE/003397, PE/003403, PE/003404, PE/003408 a PE/003410, PE/003412, PE/003415, PE/003424, PE/003425, PE/003435 a PE/003440 y PE/003442, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de junio de 2020.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
TEXTO
Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita referencia P.E./002867, formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez, D.ª Rosa Rubio Martín, D.ª Laura Pelegrina Cortijo, D. José Ignacio Martín Benito, D. Juan Luis Cepa Alvárez, D. Luis Briones Martínez, D. Pedro González Reglero y D. Jesús Guerrero Arroyo, pertencientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a la inclusión de agricultores y ganaderos en el artículo 12 del Decreto-ley 212020, relativo a la reducción de cuotas de la Seguridad Social.
En relación a la cuestión planteada en la pregunta de referencia, se informa:
Las ayudas previstas en el articulo 12 del Decreto-Ley 2/2020, de 16 de abril, son aplicables a los trabajadores del Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. En este Régimen General están expresamente incluidos, en virtud del artículo 305,2.a) del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, los trabajadores del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios.
Por otro lado, en la base 2.ª,1 de la Orden EEI/355/2020, de 27 de abril, por la que se modifica la Orden EMP/1371/2018, de 17 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la extensión de la reducción de las cuotas de la seguridad social para la consolidación del trabajo autónomo se regula claramente que podrán ser beneficiarios los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios. En este mismo sentido, se recoge en el apartado tercero de la Orden de 7 de mayo de 2020, de la Consejería de Empleo e Industria, por la que se convocan subvenciones para el año 2020, dirigidas a promover la reducción de cuotas de la seguridad social para consolidación del trabajo autónomo.
Por lo tanto, los agricultores y ganaderos pueden ser beneficiarios de la subvención para la extensión de las reducción de las cuotas de la Seguridad Social del artículo 12 del Decreto 2/2020, de 16 de abril, cuando que cumplan los requisitos legalmente establecidos en la normativa reguladora de dicha subvención.
Valladolid, 24 de junio de 2020.
LA CONSEJERA,
Fdo.: Ana Carlota Amigo Piquero.
PE/002867-2
CVE="BOCCL-10-010551"