PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/001857 a PE/001859, PE/001865, PE/002612, PE/002614, PE/002616, PE/002624, PE/002626, PE/002636 a PE/002640, PE/002642, PE/002644, PE/002657, PE/002660, PE/002662 a PE/002777, PE/002779, PE/002781 a PE/002784, PE/002797, PE/002798, PE/002800 a PE/002813, PE/002827 a PE/002836, PE/002848, PE/002851 a PE/002853, PE/002855 a PE/002857, PE/002860, PE/002861, PE/002863 a PE/002875, PE/002877, PE/002879, PE/002880, PE/002882, PE/002884, PE/002886 a PE/002888, PE/002982, PE/002983, PE/002986 a PE/002992, PE/002999 a PE/003001, PE/003006 a PE/003011, PE/003014 a PE/003020, PE/003022, PE/003038, PE/003043, PE/003227, PE/003230, PE/003231, PE/003397, PE/003403, PE/003404, PE/003408 a PE/003410, PE/003412, PE/003415, PE/003424, PE/003425, PE/003435 a PE/003440 y PE/003442, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de junio de 2020.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
Contestación a la Pregunta Escrita PE/1002879, formulada por D.ª Laura Domínguez Arroyo, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León, relativa a las tarjetas sanitarias en el exterior durante el COVID-19.
La Tarjeta Salud Castellanos y Leoneses en el Exterior se implantó en 2010, para garantizar la asistencia sanitaria de urgencias a los castellanos y leoneses residentes en el exterior cuando se desplacen temporalmente al territorio de esta Comunidad Autónoma, siempre que cumplan los requisitos que se recogen en la Resolución de 25 de enero de 2010. Tiene validez únicamente para los centros y servicios de la Gerencia Regional de Salud que se encuentran dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
En consecuencia, aquellos ciudadanos que tengan esta tarjeta en vigor y se encuentren desplazados en Castilla y León, se les atiende por parte del Sistema Público de Salud de Castilla y León ante cualquier urgencia que pudieran necesitar, por lo tanto también en caso de ser afectados por COVID-19.
En cuanto a la asistencia sanitaria de la ciudadanía residente en el exterior, tanto si es de origen castellano y leonés como de cualquiera otra Comunidad Autónoma, es decir, la asistencia sanitaria internacional, es competencia del Instituto Nacional de Seguridad Social, organismo que emite la Tarjeta Sanitaria Europea o el documento/formulario que corresponda según el país al que se van a desplazar y los motivos del desplazamiento.
La competencia de las Comunidades Autónomas es expedir la tarjeta sanitaria individual a quienes previamente el INSS les ha reconocido el derecho, y hacer efectivo ese derecho facilitando el acceso de los ciudadanos a las prestaciones de asistencia sanitaria en sus centros y servicios.
Valladolid, 22 de junio de 2020.
LA CONSEJERA,
Fdo.: Verónica Casado Vicente.
PE/002879-2
CVE="BOCCL-10-010561"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/001857 a PE/001859, PE/001865, PE/002612, PE/002614, PE/002616, PE/002624, PE/002626, PE/002636 a PE/002640, PE/002642, PE/002644, PE/002657, PE/002660, PE/002662 a PE/002777, PE/002779, PE/002781 a PE/002784, PE/002797, PE/002798, PE/002800 a PE/002813, PE/002827 a PE/002836, PE/002848, PE/002851 a PE/002853, PE/002855 a PE/002857, PE/002860, PE/002861, PE/002863 a PE/002875, PE/002877, PE/002879, PE/002880, PE/002882, PE/002884, PE/002886 a PE/002888, PE/002982, PE/002983, PE/002986 a PE/002992, PE/002999 a PE/003001, PE/003006 a PE/003011, PE/003014 a PE/003020, PE/003022, PE/003038, PE/003043, PE/003227, PE/003230, PE/003231, PE/003397, PE/003403, PE/003404, PE/003408 a PE/003410, PE/003412, PE/003415, PE/003424, PE/003425, PE/003435 a PE/003440 y PE/003442, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de junio de 2020.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
TEXTO
Contestación a la Pregunta Escrita PE/1002879, formulada por D.ª Laura Domínguez Arroyo, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León, relativa a las tarjetas sanitarias en el exterior durante el COVID-19.
La Tarjeta Salud Castellanos y Leoneses en el Exterior se implantó en 2010, para garantizar la asistencia sanitaria de urgencias a los castellanos y leoneses residentes en el exterior cuando se desplacen temporalmente al territorio de esta Comunidad Autónoma, siempre que cumplan los requisitos que se recogen en la Resolución de 25 de enero de 2010. Tiene validez únicamente para los centros y servicios de la Gerencia Regional de Salud que se encuentran dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
En consecuencia, aquellos ciudadanos que tengan esta tarjeta en vigor y se encuentren desplazados en Castilla y León, se les atiende por parte del Sistema Público de Salud de Castilla y León ante cualquier urgencia que pudieran necesitar, por lo tanto también en caso de ser afectados por COVID-19.
En cuanto a la asistencia sanitaria de la ciudadanía residente en el exterior, tanto si es de origen castellano y leonés como de cualquiera otra Comunidad Autónoma, es decir, la asistencia sanitaria internacional, es competencia del Instituto Nacional de Seguridad Social, organismo que emite la Tarjeta Sanitaria Europea o el documento/formulario que corresponda según el país al que se van a desplazar y los motivos del desplazamiento.
La competencia de las Comunidades Autónomas es expedir la tarjeta sanitaria individual a quienes previamente el INSS les ha reconocido el derecho, y hacer efectivo ese derecho facilitando el acceso de los ciudadanos a las prestaciones de asistencia sanitaria en sus centros y servicios.
Valladolid, 22 de junio de 2020.
LA CONSEJERA,
Fdo.: Verónica Casado Vicente.
PE/002879-2
CVE="BOCCL-10-010561"