PE/003018-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/003018-2


Sumario:

Contestación conjunta de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita formuladas por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez y D. Ángel Hernández Martínez, relacionadas en el Anexo, publicadas en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 114, de 4 de junio de 2020.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/001857 a PE/001859, PE/001865, PE/002612, PE/002614, PE/002616, PE/002624, PE/002626, PE/002636 a PE/002640, PE/002642, PE/002644, PE/002657, PE/002660, PE/002662 a PE/002777, PE/002779, PE/002781 a PE/002784, PE/002797, PE/002798, PE/002800 a PE/002813, PE/002827 a PE/002836, PE/002848, PE/002851 a PE/002853, PE/002855 a PE/002857, PE/002860, PE/002861, PE/002863 a PE/002875, PE/002877, PE/002879, PE/002880, PE/002882, PE/002884, PE/002886 a PE/002888, PE/002982, PE/002983, PE/002986 a PE/002992, PE/002999 a PE/003001, PE/003006 a PE/003011, PE/003014 a PE/003020, PE/003022, PE/003038, PE/003043, PE/003227, PE/003230, PE/003231, PE/003397, PE/003403, PE/003404, PE/003408 a PE/003410, PE/003412, PE/003415, PE/003424, PE/003425, PE/003435 a PE/003440 y PE/003442, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de junio de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

ANEXO

CONTESTACIÓN CONJUNTA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

A LAS PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA

PE/ RELATIVA A

003014 Motivos por los que no ha sido considerada como fundación pública la Fundación Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León.

003015 Motivos por los que fue elegida para la captación de donaciones de material sanitario la Fundación Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León.

003016 Si las actuaciones encomendadas a la Fundación Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León se corresponden con su objeto.

003017 Si considera la Junta que el anuncio de la campaña de donaciones para la adquisición de material sanitario crítico debe ser realizado por una fundación privada.

003018 Si considera la Junta que la expresión utilizada en la campaña de donaciones para la adquisición de material sanitario crítico se corresponde con la consideración de la Fundación Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León como fundación privada.

Contestación a las Preguntas Escritas P.E./1003014 a P.E./1003018, formuladas por D. José Francisco Martín Martínez y D. Ángel Hernández Martínez, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativas a la Fundación Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León.

La Fundación Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León (IESCSCyL), constituida mediante Decreto 224/1998, de 29 de octubre, al amparo de la entonces vigente Ley 30/1994 de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos en Actividades de interés general que posibilitaba en su art. 6 la constitución de fundaciones por personas jurídicas públicas, con una dotación inicial integrada por los bienes y derechos aportados por la Comunidad de Castilla y León y el Ayuntamiento de Soria, y con un patronato formado íntegramente por representantes de ambas instituciones así como de la Diputación Provincial de Soria, como consecuencia de lo cual se trata de por personas designadas por razón de los cargos públicos que ocupan y su situación de patrono no es a título personal. De acuerdo con todo ello, se trata de una fundación de carácter público.

En el momento de su constitución, en 1998, no estaba vigente la Ley 13/2002, de 15 Julio, de Fundaciones de Castilla y León, posteriormente modificada, que establece el régimen jurídico vigente para las fundaciones del sector público de la Comunidad, en cuyo art. 6 apartado 3 considera fundaciones públicas de la Comunidad aquellas en cuya dotación participen en más del cincuenta por ciento, directa o indirectamente, la Administración General de la Comunidad o las demás entidades del sector público autonómico, requisito que actualmente no reuniría en cuanto esa participación superior al cincuenta por ciento correspondería al Ayuntamiento de Soria, de acuerdo con la valoración realizada respecto del inmueble cuyo uso ha cedido esa institución para ubicar la sede de la Fundación.

Sin perjuicio de ello, esta Fundación se encuentra adscrita a la Administración Pública de la Comunidad de Castilla y León, conforme a los criterios de aplicación previstos en el artículo 129 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ya que desde su entrada en vigor, el 2 de octubre de 2016, la Fundación cumple, en cada ejercicio presupuestario con dichos criterios. En ese sentido, dispone de 11 patronos de un total de 13, nombrados por la Administración Autonómica; tienen facultades para nombrar o destituir a la mayoría de los miembros de sus órganos ejecutivos y la Administración de Castilla y León financia en más de un cincuenta por ciento la actividad desarrollada por la Fundación.

Por su parte, el Consejo de Cuentas de Castilla y León en el Informe de fiscalización de la actividad de las fundaciones de Castilla y León, sitúa a la Fundación entre las entidades pertenecientes al sector público fundacional de Castilla y León.

Teniendo todo ello en cuenta, durante la pandemia ocasionada por COVID-19, se ha contado con el apoyo de la Fundación en cuanto, como fundación de carácter público, dispone de una estructura organizativa adecuada para la gestión de donaciones para desarrollar sus fines fundacionales, con protocolos de actuación perfectamente definidos y transparentes, de acuerdo con lo establecido en los Estatutos de la Fundación, que en su artículo 5 señalan que, como complemento a las finalidades establecidas para esta Fundación, “podrá colaborar con las entidades e Instituciones del Sistema de Salud de Castilla y León en labores asistenciales. Asimismo, se entenderá como objeto de la Fundación la realización de todas aquellas actividades que, en un concepto amplio de salud, coadyuven a la consecución de la finalidad fundacional”.

Por su parte, el artículo 6 en los apartados j y k, establece, entre las actividades que podrá realizar:

j) Colaborar con las entidades e instituciones del Sistema de Salud de Castilla y León en la realización de actividades de asistencia sanitaria. Los convenios que al efecto se pudieran celebrar tomarán en consideración la relación de esas actividades asistenciales con las de investigación, formación y difusión realizadas por la Fundación.

k) Cualquier otra actividad relacionada con sus fines fundacionales, que se acuerde por el Patronato.

Valladolid, 24 de junio de 2020.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Verónica Casado Vicente.


PE/003018-2

CVE="BOCCL-10-010597"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 18060
BOCCL nº 133/10 del 10/7/2020
CVE: BOCCL-10-010597

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/003018-2
Contestación conjunta de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita formuladas por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez y D. Ángel Hernández Martínez, relacionadas en el Anexo, publicadas en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 114, de 4 de junio de 2020.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/001857 a PE/001859, PE/001865, PE/002612, PE/002614, PE/002616, PE/002624, PE/002626, PE/002636 a PE/002640, PE/002642, PE/002644, PE/002657, PE/002660, PE/002662 a PE/002777, PE/002779, PE/002781 a PE/002784, PE/002797, PE/002798, PE/002800 a PE/002813, PE/002827 a PE/002836, PE/002848, PE/002851 a PE/002853, PE/002855 a PE/002857, PE/002860, PE/002861, PE/002863 a PE/002875, PE/002877, PE/002879, PE/002880, PE/002882, PE/002884, PE/002886 a PE/002888, PE/002982, PE/002983, PE/002986 a PE/002992, PE/002999 a PE/003001, PE/003006 a PE/003011, PE/003014 a PE/003020, PE/003022, PE/003038, PE/003043, PE/003227, PE/003230, PE/003231, PE/003397, PE/003403, PE/003404, PE/003408 a PE/003410, PE/003412, PE/003415, PE/003424, PE/003425, PE/003435 a PE/003440 y PE/003442, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de junio de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


ANEXO

CONTESTACIÓN CONJUNTA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

A LAS PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA

PE/ RELATIVA A

003014 Motivos por los que no ha sido considerada como fundación pública la Fundación Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León.

003015 Motivos por los que fue elegida para la captación de donaciones de material sanitario la Fundación Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León.

003016 Si las actuaciones encomendadas a la Fundación Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León se corresponden con su objeto.

003017 Si considera la Junta que el anuncio de la campaña de donaciones para la adquisición de material sanitario crítico debe ser realizado por una fundación privada.

003018 Si considera la Junta que la expresión utilizada en la campaña de donaciones para la adquisición de material sanitario crítico se corresponde con la consideración de la Fundación Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León como fundación privada.

Contestación a las Preguntas Escritas P.E./1003014 a P.E./1003018, formuladas por D. José Francisco Martín Martínez y D. Ángel Hernández Martínez, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativas a la Fundación Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León.

La Fundación Instituto de Estudios de Ciencias de la Salud de Castilla y León (IESCSCyL), constituida mediante Decreto 224/1998, de 29 de octubre, al amparo de la entonces vigente Ley 30/1994 de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos en Actividades de interés general que posibilitaba en su art. 6 la constitución de fundaciones por personas jurídicas públicas, con una dotación inicial integrada por los bienes y derechos aportados por la Comunidad de Castilla y León y el Ayuntamiento de Soria, y con un patronato formado íntegramente por representantes de ambas instituciones así como de la Diputación Provincial de Soria, como consecuencia de lo cual se trata de por personas designadas por razón de los cargos públicos que ocupan y su situación de patrono no es a título personal. De acuerdo con todo ello, se trata de una fundación de carácter público.

En el momento de su constitución, en 1998, no estaba vigente la Ley 13/2002, de 15 Julio, de Fundaciones de Castilla y León, posteriormente modificada, que establece el régimen jurídico vigente para las fundaciones del sector público de la Comunidad, en cuyo art. 6 apartado 3 considera fundaciones públicas de la Comunidad aquellas en cuya dotación participen en más del cincuenta por ciento, directa o indirectamente, la Administración General de la Comunidad o las demás entidades del sector público autonómico, requisito que actualmente no reuniría en cuanto esa participación superior al cincuenta por ciento correspondería al Ayuntamiento de Soria, de acuerdo con la valoración realizada respecto del inmueble cuyo uso ha cedido esa institución para ubicar la sede de la Fundación.

Sin perjuicio de ello, esta Fundación se encuentra adscrita a la Administración Pública de la Comunidad de Castilla y León, conforme a los criterios de aplicación previstos en el artículo 129 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ya que desde su entrada en vigor, el 2 de octubre de 2016, la Fundación cumple, en cada ejercicio presupuestario con dichos criterios. En ese sentido, dispone de 11 patronos de un total de 13, nombrados por la Administración Autonómica; tienen facultades para nombrar o destituir a la mayoría de los miembros de sus órganos ejecutivos y la Administración de Castilla y León financia en más de un cincuenta por ciento la actividad desarrollada por la Fundación.

Por su parte, el Consejo de Cuentas de Castilla y León en el Informe de fiscalización de la actividad de las fundaciones de Castilla y León, sitúa a la Fundación entre las entidades pertenecientes al sector público fundacional de Castilla y León.

Teniendo todo ello en cuenta, durante la pandemia ocasionada por COVID-19, se ha contado con el apoyo de la Fundación en cuanto, como fundación de carácter público, dispone de una estructura organizativa adecuada para la gestión de donaciones para desarrollar sus fines fundacionales, con protocolos de actuación perfectamente definidos y transparentes, de acuerdo con lo establecido en los Estatutos de la Fundación, que en su artículo 5 señalan que, como complemento a las finalidades establecidas para esta Fundación, “podrá colaborar con las entidades e Instituciones del Sistema de Salud de Castilla y León en labores asistenciales. Asimismo, se entenderá como objeto de la Fundación la realización de todas aquellas actividades que, en un concepto amplio de salud, coadyuven a la consecución de la finalidad fundacional”.

Por su parte, el artículo 6 en los apartados j y k, establece, entre las actividades que podrá realizar:

j) Colaborar con las entidades e instituciones del Sistema de Salud de Castilla y León en la realización de actividades de asistencia sanitaria. Los convenios que al efecto se pudieran celebrar tomarán en consideración la relación de esas actividades asistenciales con las de investigación, formación y difusión realizadas por la Fundación.

k) Cualquier otra actividad relacionada con sus fines fundacionales, que se acuerde por el Patronato.

Valladolid, 24 de junio de 2020.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Verónica Casado Vicente.


PE/003018-2

CVE="BOCCL-10-010597"



Sede de las Cortes de Castilla y León