PE/002799-3











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002799-3


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Jesús María García-Conde del Castillo, relativa a qué medidas se están adoptando para paliar el impacto de la pandemia por el COVID-19 sobre la población en residencia para personas mayores, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 109, de 18 de mayo de 2020.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/002611, PE/002633, PE/002634, PE/002643, PE/002645, PE/002647, PE/002648, PE/002658, PE/002778, PE/002785 a PE/002793, PE/002799, PE/002849, PE/002854, PE/002858, PE/002862, PE/002881, PE/002899 a PE/002907, PE/003002 a PE/003005, PE/003012, PE/003013, PE/003021, PE/003034 a PE/003037, PE/003039, PE/003047, PE/003049, PE/003228, PE/003229, PE/003232 a PE/003235, PE/003406, PE/003411, PE/003418, PE/003426, PE/003430, PE/003431, PE/003433, PE/003434, PE/003441, PE/003445 a PE/003512, PE/003515 a PE/003539, PE/003542 a PE/003556, PE/003558 a PE/003572, PE/003574 a PE/003693, PE/003713 a PE/003754, PE/003794, PE/003812 a PE/003825, PE/003827 a PE/003832, PE/003836 y PE/003868 a PE/003886, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 17 de julio de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-10-011295.

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita P.E./1002799, formulada por el Procurador D. Jesús María García-Conde del Castillo, perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto, relativa a “qué medidas se están adoptando para paliar el impacto de la pandemia por el COVID-19 sobre la población en residencia para personas mayores”.

Recabada información de las Consejerías de Sanidad y Familia e Igualdad de Oportunidades en relación con las cuestiones planteadas en la pregunta escrita referenciada en el encabezamiento, tengo el honor de comunicar a V.E. la información aportada por dichas Consejerías en los ANEXOS que a continuación se relacionan:

ANEXO I: Consejería de Sanidad

ANEXO II: Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades

Valladolid, 10 de julio de 2020.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando.

ANEXO I CONSEJERÍA DE SANIDAD

P.E./1002799

En el ámbito competencial de la Consejería de Sanidad y de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, en colaboración con la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, en el marco de la normativa estatal vigente, ha establecido medidas organizativas y de coordinación dirigidas a las residencias de carácter social, orientándolas a reducir el riesgo de contagio, intentar garantizar la atención sanitaria a los usuarios de estos centros y preservar de riesgos a los trabajadores.

En cuanto a las medidas preventivas, atendiendo a lo establecido por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud con fecha 9 de marzo de 2020, en el ejercicio de las funciones establecidas en el artículo 7 letra q) de la Ley 8/2010 de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León y en el artículo 21 letra i) de la Ley 10/2010 de 27 de septiembre, de Salud Pública y Seguridad Alimentaria de Castilla y León, en la condición de autoridad sanitaria reconocida en el artículo 41 de esta Ley, la Orden SAN/295/2020, de 11 de marzo, por la que se adoptan medidas preventivas y recomendaciones en relación con el COVID-19 para toda la población y el territorio de la Comunidad de Castilla y León y la Orden SAN/296/2020, de 11 de marzo, por la que se adoptan medidas preventivas y recomendaciones en relación con el COVID-19 para el municipio de Miranda de Ebro (Burgos) (BOCYL 12 de marzo), incluyen, respectivamente, entre las recomendaciones y entre las medidas preventivas de carácter coercitivo, la restricción de visitas a residencias de personas mayores públicas y privadas a un visitante al día por residente, con una duración máxima de una hora y sujeta estrictas condiciones, salvo circunstancias individuales.

Asimismo, la Orden SAN/306/2020, de 13 de marzo, por la que se amplían las medidas preventivas en relación con el COVID-19 para toda la población y el territorio de la Comunidad de Castilla y León (BOCYL 14 de marzo), establece como medida preventiva de carácter coercitivo le suspensión de las visitas en los centros residenciales de personas mayores públicos y privados, salvo circunstancias individuales, así como las salidas de los residentes al exterior.

Con el mismo fin de carácter preventivo, tratando de evitar contagios, la Gerencia Regional de la Salud ha establecido guías y protocolos de actuación en residencias de carácter socio-sanitario, permanentemente actualizados y difundidos entre las diversas residencias de Castilla y León como:

Las Recomendaciones generales para las residencias de carácter social en relación a la pandemia por coronavirus COVID-19, difundidas con fecha 5 de marzo, establecieron medidas como cierre a las visitas, aislamiento de los residentes con sintomatologia respiratoria, valoración de residentes con sintomatología por personal médico, realización de test para la detección, comunicación y seguimiento por autoridad sanitaria de casos probables y confirmados, comunicación por la Gerencia de Servicios Sociales de necesidades de equipos de protección y medidas esenciales de protección de los trabajadores.

Posteriormente, la Guía de Pautas de actuación ante la pandemia COVID-19 pare residencias de mayores y centros sociosanitarios de fecha 30 de marzo, estableció la obligación de los centros de disponer de planes de contingencia adaptados a las características de cada centro y dirigidos a la prevención y a la respuesta ante la eventual aparición de casos; fijó la clasificación de personas en residencias de conformidad con lo establecido por la Orden SND/265/2020; estableció las medidas generales dirigidas a la protección de la salud de los residentes, entre otras, restricción de visitas y de salidas del centro, le adecuada comunicación de información sanitaria, disposición de medios de higiene en aseos y demás zonas, clausura de zonas comunes, organización por turnos de los residentes y observancia de la distancia de seguridad y limpieza exhaustiva del centro; estableció medidas generales dirigidas a la protección de la salud de trabajadores; diseñó protocolos de actuación ante casos de COVID-19 en residentes, debiendo designar en el centro un área diferenciada para residentes con infección y otra para residentes sin infección, priorizendo el uso de habitaciones individuales y con aseo para los casos posibles, probables o confirmados y el aislamiento vertical o por plantas, el uso de mascarilla y realización de pruebas diagnosticas; estableció consideraciones generales dirigidas a los trabajadores para que no acudan al centro con síntomas, realización de pruebas diagnósticas e identificación de contactos con caso probable o confirmado, Asimismo, en esta guía se recogen detalladamente medidas de desinfección, limpieza y gestión de residuos, diferenciando entre zonas contaminadas y no contaminadas, fijando un modelo orientativo de distribución del espacio; se establecen medidas de humanización destacando el uso de medios telemáticos para asegurar el contacto de residentes con sus familiares, el acompañamiento de los cuidadores y facilitar la comunicación digna al final de la vida; y se señalan recomendaciones a adoptar en caso de fallecimiento.

Asimismo, se establecen medidas dirigidas a organizar la atención sanitaria para residencias de carácter social, de forma oonsensuada por la Gerencia Regional de Salud y la Gerencia de Servicios Sociales, que se van actualizando permanentemente, diseñando un circuito de atención a pacientes institucionalizados, mediante la creación de una estructura, en la que destacan los equipos COVID-Residencias, que suponen la integración de la Atención Primaria y la Atención Hospitalaria, que adoptan las medidas de soporte necesarias para asegurar cuidados paliativos y hospitalización a domicilio como prescripción de oxigenoterapia, control de nutrición, suministro de medicación de uso hospitalario, tratamiento antibiótico intravenoso, etc. En el caso en que se precisen cuidados continuados de mediana o alta intensidad que no puedan ser prestados en la residencia, se contempla dentro del procedimiento de actuación la derivación al hospital o, en su caso, al recurso intermedio medicalizedo. Este sistema viene establecido por:

Las Medidas generales pera contener el Impacto de la crisis del COVID-19 en las residencias de carácter social, de fecha 20 de marzo, actualizado con fecha 16 de abril, entre las que se incluyen las medidas de aislamiento de pacientes infectados, la necesidad de prueba negativa para los enfermos infectados con COVID-19 que regresen a la residencia tras su ingreso en el Hospital; el uso de material de protección por los profesionales de las mismas, que dispondrán de Equipos de Protección Individual en las mismas condiciones que el personal del Sistema Público de Salud; la prohibición de nuevos ingresos, salvo situación de vulnerabilidad; y la organización general de la atención sanitaria estableciendo la formación de un equipo asistencial multidisciplinar, el denominado Equipo COVID-Residencias, formado por profesionales de las residencias y del Equipo de Atención Primaria y del Hospital de referencia y el trabajador social de referencia, entre otros, que determina las personas especialmente vulnerables, atiende a los residentes sin necesidad de movilizarlos ni derivarlos al Hospital, adoptando todas las medidas de apoyo y soporte necesarias para asegurar la asistencia sanitaria, señalando que, para cada Área Salud, se darán instrucciones para garantizar el suministro de medicamentos de uso hospitalario, y establece la designación de dos personas de referencia en cada Área de Salud que revisan diariamente la situación de cada residencia y adoptan las medidas.

Se completan estas medidas con los procedimientos para asegurar la atención a las personas dependientes que ingresan en el hospital por COVID cuando son dadas de alta, estableciendo el reingreso en la residencia de procedencia, salvo que no sea posible por la situación de emergencia de la misma o por la imposibilidad de realizar aislamiento, en cuyo caso se inicia el procedimiento de “ingreso en un recurso intermedio alternativo’’, un dispositivo residencial con carácter temporal medicalizado o no, según las necesidades, y los procedimientos generales para la atención de las personas dependientes en su domicilio, con una atención especial a las personas en situación de vulnerabilidad social, incluyendo en el anexo que acompaña al documento los recursos intermedios que se han autorizado en cada una de las Áreas de Salud.

El Procedimiento para la atención socio-saniteria en residencias de personas mayores y de personas con discapacidad ante la crisis sanitaria por el COVID-19, de fecha 26 de marzo, actualizado con fecha 1 de abril, desarrolla el sistema de atención sanitaria establecido por las Medidas Generales señaladas, definiendo el circuito de atención de las residencias y centros socio-sanitarios:

En cada Área Sanitaria se designan dos personas responsables de la coordinación socio-sanitaria para el seguimiento de la atención en las residencias de personas mayores y centros de discapacidad, que son las encargadas de adoptar las medidas necesarias en cada momento para garantizar la atención sanitaria y prestación de cuidados personales, el suministro de farmacia y el suministro de material de protección en las Residencias del Área, para lo que revisan diariamente la situación de cada residencia. Un responsable es designado por el Gerente de Atención Primaria o Gerente Asistencial del Área de Salud y la otra por el Gerente Territorial de Servicios Sociales.

Cada residencia y centro socio-sanitario designa un profesional interlocutor para canalizar las solicitudes de servicios sanitarios y de material, que mantiene al día la información relativa a su centro.

En cada Equipo de Atención Primaria se establecen, al menos, dos profesionales (médico y enfermera) responsables del seguimiento de la situación en las residencias de su Zona Básica de Salud, además del trabajador social del Centro de Salud

En todas las Áreas Sanitarias, se ha constituido, al menos, un Equipo Muilidisciplinar COVID-Residencias, que presta apoyo para la atención sanitaria en las residencias a los Equipos de Atención Primaria y a los profesionales sanitarios de las residencias, cuando se precise. Cada Equipo Multidisciplinar está formado por profesionales sanitarios del Hospital (Medicina interna, Geriatría, Hospitalización a Domicilio, Equipos de cuidados paliativos y otros profesionales), uno de sus miembros actúa como responsable e interlocutor principal, y un Trabajador Social de referencia.

Cada Equipo COVID-Residencias dispone de un único número de teléfono, al que pueden dirigirse los profesionales de los Equipos de Atención Primaria correspondientes para resolver dudas, solicitar asesoramiento o apoyo clínico en la toma de decisiones, durante las 24 horas del dia. Además, prestan asistencia directa en las residencias cuando sea necesario.

Como complemento, para garantizar la atención sanitaria, se establecen medidas necesarios para facilitar el tratamiento de los pacientes institucionalizados, como las Normas sobre terapias respiratorias domiciliarias en respuesta a la infección COVID-19, de 20 de marzo, que establecen instrucciones para permitir la prescripción de oxigenoterapia en centros residenciales y centros socio-sanitarios y garantizar el suministro de tos tratamientos necesarios, y el Documento Marco sobre la atención farmacéutica a las residencias de carácter social debido a la crisis del COVID-19, de fecha 26 de marzo, que establece medidas para asegurar la prestación farmacéutica para residencias o centros socio-sanitarios, asegurando el suministro de medicamentos de uso hospitalario, que se complementó con las Recomendaciones de Tratamiento de infección respiratoria en pacientes institucionalizados.

Cerrando todo el sistema, el Procedimiento de acceso al hospital de convalecencia de la Feria de Muestras Valladolid (centro COVVA), de 31 de marzo establece específicamente como uno de sus criterios de ingreso que el paciente hospitalizado resida en una residencia de ancianos y no pueda regresar a ella hasta que se negativice COVID, y el Procedimiento conjunto establecido entre la Gerencia de Servicios Sociales y la Gerencia Regional de Salud, para la reubicación temporal de las personas dependientes que ingresaron en el Hospital con infección por COVID-19 cuando son dadas de alta, de fecha 6 de abril, establece las medidas para asegurar la atención posthospitalaria de pacientes estabilizados, dirigidas especialmente a pacientes de mayor edad y dependientes, haciéndose cargo en todos los casos SACYL de los traslados.

Además de estas medidas de carácter general, la Consejería de Sanidad en coordinación continua con la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades y la gerencia de Servicios Sociales, ha adoptado medidas concretas dirigidas a determinadas residencias de personas mayores que han requerido intervención, previo análisis, caso a caso, por parte de la Autoridad Sanitaria, tanto de la situación de los residentes, como de sus trabajadores, y en función de la situación epidémica y asistencial de cada momento, atendiendo siempre a los principios de necesidad y de proporcionalidad. En virtud de los correspondientes informes de ambas Gerencias, desde la Dirección General de Salud Pública se han dictado las correspondientes resoluciones para autorizar medidas excepcionales de actuación en relación con dichas residencias de mayores, se ha movilizado a la Inspección Sanitaria de los Servicios Territoriales para que proceda a comprobar la situación sanitara de cada centro y se han solicitado las ratificaciones judiciales de las medidas adoptadas en los supuesto en que ha sido necesario..

ANEXO II CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

P.E./1002799

Se están aislando los positivos en covid-19 en los centros sociales de Castilla y León. La información sobre los grupos de aislamientos por centros residenciales de titularidad de la Junta de Castilla y León y por provincias en el caso de centros residenciales de titularidad privada, así como el número de residentes puede consultarse diariamente en la página Web de la Junta de Castilla y León en los siguientes enlace;

https://comunicacion.jcyl.es/web/jcyl/Comunicacion/es/Plantilla100Detalle/1284939308625/Comunicado/1284963528215/Comunicacion

https://comunicacion.jcyl.es/web/jcyl/Comunicacion/es/Plantilla100Detalle/1284939308625/Comunicado/1284963529937/Comunicacion

Se están aumentando la protección de los sanitarios y auxiliares de los centros sociales y proporcionando los materiales adecuados.

La Junta de Castilla y León ha colaborado con los Centros socio sanitarios privados en la provisión de equipos de material EPI a los trabajadores. Hemos de tener en cuenta que la responsabilidad en la protección de sus trabajadores es de la propia empresa, pero dadas las dificultades manifestadas por algunos centros para adquirir el material necesario, la Junta aportó a entidades privadas prestadoras de servicios sociales esenciales (empresas, entidades, ayuntamientos y colectivos, etc.) todos los EPI’s de los que se dispuso.

El material disponible es entregado periódicamente en los propios centros, teniendo en cuenta la disponibilidad del material EPI y las necesidades de cada centro.

En cuanto a los centros residenciales de personas mayores de titularidad la Gerencia de Servicios Sociales, el uso y tipología de los equipos de protección individual utilizados por los profesionales, se adapta a las recomendaciones recogidas en la “Guía de actuación para los centros dependientes de la Gerencia de Servicios Sociales de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades de la Junta de Castilla y León en relación con el Covid-19 o enfermedad por el nuevo coronavirus sars-cov-2: centros con residentes internos (centro de personas mayores y camp, campyco, co, y centros de menores)”, elaborada por el Servicio de Programas de Salud y Prevención de la Gerencia de Servicios Sociales, con la validación del Servicio de Coordinación y Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería de Presidencia de la Junta de Castilla y León.

Esta Guía contiene recomendaciones que pretenden ser una ayuda para los centros sociosanitarios, sin menoscabar las indicaciones del Gobierno de España, Ministerio de Sanidad, Autoridad Sanitaria de Castilla y León o Autoridad competente en salud laboral de los empleados públicos de la Junta de Castilla.

La Gerencia de Servicios Sociales, a pesar de las dificultades existentes en todo el territorio nacional para disponer de EPIS desde el inicio de la pandemia, ha realizado todos los esfuerzos necesarios para poner a disposición del personal de los centros, equipos de protección individual que protejan adecuadamente al trabajador de los riesgos para su salud y seguridad en el desempeño de su sus funciones.

La información sobre los contratos de material de protección formalizados durante el periodo de crisis covid-19, pueden consultarse en la página web de la Junta de Castilla y León, concretamente en la sección de datos abiertos del sector público (https://analisis.datosabiertos.jcyl.es) y, también, en el perfil del contratante, donde se podré obtener información del órgano que realiza la contratación, el procedimiento de adjudicación, el tipo de contrato, el presupuesto de adjudicación, la fecha de formalización, la identidad de adjudicatario y su NIF, así como el plazo de ejecución.

La información sobre las medidas y actuaciones en las residencias de personas mayores y personas con discapacidad, puede consultarse diariamente en la página Web de la Junta de Castilla y León en el siguiente enlace;

https://www.jcyl.es/web/es/portable/informacion-coronavirus/residencias-mayores.html

Se han establecido medidas dirigidas a mejorar el bienestar psicoafectivo de las personas mayores y en los centros de titularidad de la Gerencia de Servicios sociales. Y, además de los móviles personales de los usuarios, se han repartido 188 teléfonos móviles y 60 tablets que han permitido el incremento en la comunicación de los residentes con sus seres queridos


PE/002799-3

CVE="BOCCL-10-011295"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 18788
BOCCL nº 140/10 del 31/7/2020
CVE: BOCCL-10-011295

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002799-3
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Jesús María García-Conde del Castillo, relativa a qué medidas se están adoptando para paliar el impacto de la pandemia por el COVID-19 sobre la población en residencia para personas mayores, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 109, de 18 de mayo de 2020.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/002611, PE/002633, PE/002634, PE/002643, PE/002645, PE/002647, PE/002648, PE/002658, PE/002778, PE/002785 a PE/002793, PE/002799, PE/002849, PE/002854, PE/002858, PE/002862, PE/002881, PE/002899 a PE/002907, PE/003002 a PE/003005, PE/003012, PE/003013, PE/003021, PE/003034 a PE/003037, PE/003039, PE/003047, PE/003049, PE/003228, PE/003229, PE/003232 a PE/003235, PE/003406, PE/003411, PE/003418, PE/003426, PE/003430, PE/003431, PE/003433, PE/003434, PE/003441, PE/003445 a PE/003512, PE/003515 a PE/003539, PE/003542 a PE/003556, PE/003558 a PE/003572, PE/003574 a PE/003693, PE/003713 a PE/003754, PE/003794, PE/003812 a PE/003825, PE/003827 a PE/003832, PE/003836 y PE/003868 a PE/003886, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 17 de julio de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-10-011295.

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita P.E./1002799, formulada por el Procurador D. Jesús María García-Conde del Castillo, perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto, relativa a “qué medidas se están adoptando para paliar el impacto de la pandemia por el COVID-19 sobre la población en residencia para personas mayores”.

Recabada información de las Consejerías de Sanidad y Familia e Igualdad de Oportunidades en relación con las cuestiones planteadas en la pregunta escrita referenciada en el encabezamiento, tengo el honor de comunicar a V.E. la información aportada por dichas Consejerías en los ANEXOS que a continuación se relacionan:

ANEXO I: Consejería de Sanidad

ANEXO II: Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades

Valladolid, 10 de julio de 2020.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando.

ANEXO I CONSEJERÍA DE SANIDAD

P.E./1002799

En el ámbito competencial de la Consejería de Sanidad y de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, en colaboración con la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, en el marco de la normativa estatal vigente, ha establecido medidas organizativas y de coordinación dirigidas a las residencias de carácter social, orientándolas a reducir el riesgo de contagio, intentar garantizar la atención sanitaria a los usuarios de estos centros y preservar de riesgos a los trabajadores.

En cuanto a las medidas preventivas, atendiendo a lo establecido por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud con fecha 9 de marzo de 2020, en el ejercicio de las funciones establecidas en el artículo 7 letra q) de la Ley 8/2010 de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León y en el artículo 21 letra i) de la Ley 10/2010 de 27 de septiembre, de Salud Pública y Seguridad Alimentaria de Castilla y León, en la condición de autoridad sanitaria reconocida en el artículo 41 de esta Ley, la Orden SAN/295/2020, de 11 de marzo, por la que se adoptan medidas preventivas y recomendaciones en relación con el COVID-19 para toda la población y el territorio de la Comunidad de Castilla y León y la Orden SAN/296/2020, de 11 de marzo, por la que se adoptan medidas preventivas y recomendaciones en relación con el COVID-19 para el municipio de Miranda de Ebro (Burgos) (BOCYL 12 de marzo), incluyen, respectivamente, entre las recomendaciones y entre las medidas preventivas de carácter coercitivo, la restricción de visitas a residencias de personas mayores públicas y privadas a un visitante al día por residente, con una duración máxima de una hora y sujeta estrictas condiciones, salvo circunstancias individuales.

Asimismo, la Orden SAN/306/2020, de 13 de marzo, por la que se amplían las medidas preventivas en relación con el COVID-19 para toda la población y el territorio de la Comunidad de Castilla y León (BOCYL 14 de marzo), establece como medida preventiva de carácter coercitivo le suspensión de las visitas en los centros residenciales de personas mayores públicos y privados, salvo circunstancias individuales, así como las salidas de los residentes al exterior.

Con el mismo fin de carácter preventivo, tratando de evitar contagios, la Gerencia Regional de la Salud ha establecido guías y protocolos de actuación en residencias de carácter socio-sanitario, permanentemente actualizados y difundidos entre las diversas residencias de Castilla y León como:

Las Recomendaciones generales para las residencias de carácter social en relación a la pandemia por coronavirus COVID-19, difundidas con fecha 5 de marzo, establecieron medidas como cierre a las visitas, aislamiento de los residentes con sintomatologia respiratoria, valoración de residentes con sintomatología por personal médico, realización de test para la detección, comunicación y seguimiento por autoridad sanitaria de casos probables y confirmados, comunicación por la Gerencia de Servicios Sociales de necesidades de equipos de protección y medidas esenciales de protección de los trabajadores.

Posteriormente, la Guía de Pautas de actuación ante la pandemia COVID-19 pare residencias de mayores y centros sociosanitarios de fecha 30 de marzo, estableció la obligación de los centros de disponer de planes de contingencia adaptados a las características de cada centro y dirigidos a la prevención y a la respuesta ante la eventual aparición de casos; fijó la clasificación de personas en residencias de conformidad con lo establecido por la Orden SND/265/2020; estableció las medidas generales dirigidas a la protección de la salud de los residentes, entre otras, restricción de visitas y de salidas del centro, le adecuada comunicación de información sanitaria, disposición de medios de higiene en aseos y demás zonas, clausura de zonas comunes, organización por turnos de los residentes y observancia de la distancia de seguridad y limpieza exhaustiva del centro; estableció medidas generales dirigidas a la protección de la salud de trabajadores; diseñó protocolos de actuación ante casos de COVID-19 en residentes, debiendo designar en el centro un área diferenciada para residentes con infección y otra para residentes sin infección, priorizendo el uso de habitaciones individuales y con aseo para los casos posibles, probables o confirmados y el aislamiento vertical o por plantas, el uso de mascarilla y realización de pruebas diagnosticas; estableció consideraciones generales dirigidas a los trabajadores para que no acudan al centro con síntomas, realización de pruebas diagnósticas e identificación de contactos con caso probable o confirmado, Asimismo, en esta guía se recogen detalladamente medidas de desinfección, limpieza y gestión de residuos, diferenciando entre zonas contaminadas y no contaminadas, fijando un modelo orientativo de distribución del espacio; se establecen medidas de humanización destacando el uso de medios telemáticos para asegurar el contacto de residentes con sus familiares, el acompañamiento de los cuidadores y facilitar la comunicación digna al final de la vida; y se señalan recomendaciones a adoptar en caso de fallecimiento.

Asimismo, se establecen medidas dirigidas a organizar la atención sanitaria para residencias de carácter social, de forma oonsensuada por la Gerencia Regional de Salud y la Gerencia de Servicios Sociales, que se van actualizando permanentemente, diseñando un circuito de atención a pacientes institucionalizados, mediante la creación de una estructura, en la que destacan los equipos COVID-Residencias, que suponen la integración de la Atención Primaria y la Atención Hospitalaria, que adoptan las medidas de soporte necesarias para asegurar cuidados paliativos y hospitalización a domicilio como prescripción de oxigenoterapia, control de nutrición, suministro de medicación de uso hospitalario, tratamiento antibiótico intravenoso, etc. En el caso en que se precisen cuidados continuados de mediana o alta intensidad que no puedan ser prestados en la residencia, se contempla dentro del procedimiento de actuación la derivación al hospital o, en su caso, al recurso intermedio medicalizedo. Este sistema viene establecido por:

Las Medidas generales pera contener el Impacto de la crisis del COVID-19 en las residencias de carácter social, de fecha 20 de marzo, actualizado con fecha 16 de abril, entre las que se incluyen las medidas de aislamiento de pacientes infectados, la necesidad de prueba negativa para los enfermos infectados con COVID-19 que regresen a la residencia tras su ingreso en el Hospital; el uso de material de protección por los profesionales de las mismas, que dispondrán de Equipos de Protección Individual en las mismas condiciones que el personal del Sistema Público de Salud; la prohibición de nuevos ingresos, salvo situación de vulnerabilidad; y la organización general de la atención sanitaria estableciendo la formación de un equipo asistencial multidisciplinar, el denominado Equipo COVID-Residencias, formado por profesionales de las residencias y del Equipo de Atención Primaria y del Hospital de referencia y el trabajador social de referencia, entre otros, que determina las personas especialmente vulnerables, atiende a los residentes sin necesidad de movilizarlos ni derivarlos al Hospital, adoptando todas las medidas de apoyo y soporte necesarias para asegurar la asistencia sanitaria, señalando que, para cada Área Salud, se darán instrucciones para garantizar el suministro de medicamentos de uso hospitalario, y establece la designación de dos personas de referencia en cada Área de Salud que revisan diariamente la situación de cada residencia y adoptan las medidas.

Se completan estas medidas con los procedimientos para asegurar la atención a las personas dependientes que ingresan en el hospital por COVID cuando son dadas de alta, estableciendo el reingreso en la residencia de procedencia, salvo que no sea posible por la situación de emergencia de la misma o por la imposibilidad de realizar aislamiento, en cuyo caso se inicia el procedimiento de “ingreso en un recurso intermedio alternativo’’, un dispositivo residencial con carácter temporal medicalizado o no, según las necesidades, y los procedimientos generales para la atención de las personas dependientes en su domicilio, con una atención especial a las personas en situación de vulnerabilidad social, incluyendo en el anexo que acompaña al documento los recursos intermedios que se han autorizado en cada una de las Áreas de Salud.

El Procedimiento para la atención socio-saniteria en residencias de personas mayores y de personas con discapacidad ante la crisis sanitaria por el COVID-19, de fecha 26 de marzo, actualizado con fecha 1 de abril, desarrolla el sistema de atención sanitaria establecido por las Medidas Generales señaladas, definiendo el circuito de atención de las residencias y centros socio-sanitarios:

En cada Área Sanitaria se designan dos personas responsables de la coordinación socio-sanitaria para el seguimiento de la atención en las residencias de personas mayores y centros de discapacidad, que son las encargadas de adoptar las medidas necesarias en cada momento para garantizar la atención sanitaria y prestación de cuidados personales, el suministro de farmacia y el suministro de material de protección en las Residencias del Área, para lo que revisan diariamente la situación de cada residencia. Un responsable es designado por el Gerente de Atención Primaria o Gerente Asistencial del Área de Salud y la otra por el Gerente Territorial de Servicios Sociales.

Cada residencia y centro socio-sanitario designa un profesional interlocutor para canalizar las solicitudes de servicios sanitarios y de material, que mantiene al día la información relativa a su centro.

En cada Equipo de Atención Primaria se establecen, al menos, dos profesionales (médico y enfermera) responsables del seguimiento de la situación en las residencias de su Zona Básica de Salud, además del trabajador social del Centro de Salud

En todas las Áreas Sanitarias, se ha constituido, al menos, un Equipo Muilidisciplinar COVID-Residencias, que presta apoyo para la atención sanitaria en las residencias a los Equipos de Atención Primaria y a los profesionales sanitarios de las residencias, cuando se precise. Cada Equipo Multidisciplinar está formado por profesionales sanitarios del Hospital (Medicina interna, Geriatría, Hospitalización a Domicilio, Equipos de cuidados paliativos y otros profesionales), uno de sus miembros actúa como responsable e interlocutor principal, y un Trabajador Social de referencia.

Cada Equipo COVID-Residencias dispone de un único número de teléfono, al que pueden dirigirse los profesionales de los Equipos de Atención Primaria correspondientes para resolver dudas, solicitar asesoramiento o apoyo clínico en la toma de decisiones, durante las 24 horas del dia. Además, prestan asistencia directa en las residencias cuando sea necesario.

Como complemento, para garantizar la atención sanitaria, se establecen medidas necesarios para facilitar el tratamiento de los pacientes institucionalizados, como las Normas sobre terapias respiratorias domiciliarias en respuesta a la infección COVID-19, de 20 de marzo, que establecen instrucciones para permitir la prescripción de oxigenoterapia en centros residenciales y centros socio-sanitarios y garantizar el suministro de tos tratamientos necesarios, y el Documento Marco sobre la atención farmacéutica a las residencias de carácter social debido a la crisis del COVID-19, de fecha 26 de marzo, que establece medidas para asegurar la prestación farmacéutica para residencias o centros socio-sanitarios, asegurando el suministro de medicamentos de uso hospitalario, que se complementó con las Recomendaciones de Tratamiento de infección respiratoria en pacientes institucionalizados.

Cerrando todo el sistema, el Procedimiento de acceso al hospital de convalecencia de la Feria de Muestras Valladolid (centro COVVA), de 31 de marzo establece específicamente como uno de sus criterios de ingreso que el paciente hospitalizado resida en una residencia de ancianos y no pueda regresar a ella hasta que se negativice COVID, y el Procedimiento conjunto establecido entre la Gerencia de Servicios Sociales y la Gerencia Regional de Salud, para la reubicación temporal de las personas dependientes que ingresaron en el Hospital con infección por COVID-19 cuando son dadas de alta, de fecha 6 de abril, establece las medidas para asegurar la atención posthospitalaria de pacientes estabilizados, dirigidas especialmente a pacientes de mayor edad y dependientes, haciéndose cargo en todos los casos SACYL de los traslados.

Además de estas medidas de carácter general, la Consejería de Sanidad en coordinación continua con la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades y la gerencia de Servicios Sociales, ha adoptado medidas concretas dirigidas a determinadas residencias de personas mayores que han requerido intervención, previo análisis, caso a caso, por parte de la Autoridad Sanitaria, tanto de la situación de los residentes, como de sus trabajadores, y en función de la situación epidémica y asistencial de cada momento, atendiendo siempre a los principios de necesidad y de proporcionalidad. En virtud de los correspondientes informes de ambas Gerencias, desde la Dirección General de Salud Pública se han dictado las correspondientes resoluciones para autorizar medidas excepcionales de actuación en relación con dichas residencias de mayores, se ha movilizado a la Inspección Sanitaria de los Servicios Territoriales para que proceda a comprobar la situación sanitara de cada centro y se han solicitado las ratificaciones judiciales de las medidas adoptadas en los supuesto en que ha sido necesario..

ANEXO II CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

P.E./1002799

Se están aislando los positivos en covid-19 en los centros sociales de Castilla y León. La información sobre los grupos de aislamientos por centros residenciales de titularidad de la Junta de Castilla y León y por provincias en el caso de centros residenciales de titularidad privada, así como el número de residentes puede consultarse diariamente en la página Web de la Junta de Castilla y León en los siguientes enlace;

https://comunicacion.jcyl.es/web/jcyl/Comunicacion/es/Plantilla100Detalle/1284939308625/Comunicado/1284963528215/Comunicacion

https://comunicacion.jcyl.es/web/jcyl/Comunicacion/es/Plantilla100Detalle/1284939308625/Comunicado/1284963529937/Comunicacion

Se están aumentando la protección de los sanitarios y auxiliares de los centros sociales y proporcionando los materiales adecuados.

La Junta de Castilla y León ha colaborado con los Centros socio sanitarios privados en la provisión de equipos de material EPI a los trabajadores. Hemos de tener en cuenta que la responsabilidad en la protección de sus trabajadores es de la propia empresa, pero dadas las dificultades manifestadas por algunos centros para adquirir el material necesario, la Junta aportó a entidades privadas prestadoras de servicios sociales esenciales (empresas, entidades, ayuntamientos y colectivos, etc.) todos los EPI’s de los que se dispuso.

El material disponible es entregado periódicamente en los propios centros, teniendo en cuenta la disponibilidad del material EPI y las necesidades de cada centro.

En cuanto a los centros residenciales de personas mayores de titularidad la Gerencia de Servicios Sociales, el uso y tipología de los equipos de protección individual utilizados por los profesionales, se adapta a las recomendaciones recogidas en la “Guía de actuación para los centros dependientes de la Gerencia de Servicios Sociales de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades de la Junta de Castilla y León en relación con el Covid-19 o enfermedad por el nuevo coronavirus sars-cov-2: centros con residentes internos (centro de personas mayores y camp, campyco, co, y centros de menores)”, elaborada por el Servicio de Programas de Salud y Prevención de la Gerencia de Servicios Sociales, con la validación del Servicio de Coordinación y Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería de Presidencia de la Junta de Castilla y León.

Esta Guía contiene recomendaciones que pretenden ser una ayuda para los centros sociosanitarios, sin menoscabar las indicaciones del Gobierno de España, Ministerio de Sanidad, Autoridad Sanitaria de Castilla y León o Autoridad competente en salud laboral de los empleados públicos de la Junta de Castilla.

La Gerencia de Servicios Sociales, a pesar de las dificultades existentes en todo el territorio nacional para disponer de EPIS desde el inicio de la pandemia, ha realizado todos los esfuerzos necesarios para poner a disposición del personal de los centros, equipos de protección individual que protejan adecuadamente al trabajador de los riesgos para su salud y seguridad en el desempeño de su sus funciones.

La información sobre los contratos de material de protección formalizados durante el periodo de crisis covid-19, pueden consultarse en la página web de la Junta de Castilla y León, concretamente en la sección de datos abiertos del sector público (https://analisis.datosabiertos.jcyl.es) y, también, en el perfil del contratante, donde se podré obtener información del órgano que realiza la contratación, el procedimiento de adjudicación, el tipo de contrato, el presupuesto de adjudicación, la fecha de formalización, la identidad de adjudicatario y su NIF, así como el plazo de ejecución.

La información sobre las medidas y actuaciones en las residencias de personas mayores y personas con discapacidad, puede consultarse diariamente en la página Web de la Junta de Castilla y León en el siguiente enlace;

https://www.jcyl.es/web/es/portable/informacion-coronavirus/residencias-mayores.html

Se han establecido medidas dirigidas a mejorar el bienestar psicoafectivo de las personas mayores y en los centros de titularidad de la Gerencia de Servicios sociales. Y, además de los móviles personales de los usuarios, se han repartido 188 teléfonos móviles y 60 tablets que han permitido el incremento en la comunicación de los residentes con sus seres queridos


PE/002799-3

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