PE/003430-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/003430-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores Dña. Yolanda Sacristán Rodríguez y D. Luis Briones Martínez, relativa a teletrabajo de los empleados públicos desde el 12 de marzo de 2020, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 121, de 17 de junio de 2020.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/002611, PE/002633, PE/002634, PE/002643, PE/002645, PE/002647, PE/002648, PE/002658, PE/002778, PE/002785 a PE/002793, PE/002799, PE/002849, PE/002854, PE/002858, PE/002862, PE/002881, PE/002899 a PE/002907, PE/003002 a PE/003005, PE/003012, PE/003013, PE/003021, PE/003034 a PE/003037, PE/003039, PE/003047, PE/003049, PE/003228, PE/003229, PE/003232 a PE/003235, PE/003406, PE/003411, PE/003418, PE/003426, PE/003430, PE/003431, PE/003433, PE/003434, PE/003441, PE/003445 a PE/003512, PE/003515 a PE/003539, PE/003542 a PE/003556, PE/003558 a PE/003572, PE/003574 a PE/003693, PE/003713 a PE/003754, PE/003794, PE/003812 a PE/003825, PE/003827 a PE/003832, PE/003836 y PE/003868 a PE/003886, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 17 de julio de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita, P.E./003430, formulada por D.ª Yolanda Sacristán Rodríguez y D. Luis Briones Fernández, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a trabajo no presencial.

En contestación a la Pregunta Escrita de referencia, cabe señalar que en la Junta de Castilla y León existen varios niveles de prestación de servicios de carácter no presencial.

Por un lado está el teletrabajo que, según define el Decreto 16/2018, de 7 de junio, por el que se regula la modalidad de prestación de servicios en régimen de teletrabajo en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, es una modalidad de prestación de servicios de carácter no presencial en virtud de la cual un trabajador puede desarrollar parte de las funciones propias de su puesto de trabajo desde su oficina a distancia mediante el uso de medios telemáticos cumpliendo los requisitos señalados en el mencionado decreto.

Por otro lado, y en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo 9/2020, de 12 de marzo, de la Junta de Castilla y León, sobre medidas a adoptar en los centros de trabajo dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma con motivo del COVID-19, la Junta de Castilla y León ha facilitado otras modalidades de trabajo no presencial. Para ello se han habilitado líneas de acceso remoto que garantizan la continuidad de la actividad administrativa y cubrir la gestión de servicios esenciales e imprescindibles.

Así, a fecha de la firma de esta Pregunta Escrita hay 9.185 empleados públicos con acceso remoto a su puesto de trabajo.

De igual modo, los empleados públicos de la Junta de Castilla y León han continuado ejerciendo sus funciones mediante la atención telefónica constante, el correo electrónico y en algún caso con organización del trabajo por turnos.

Desde el 1 de junio de 2020 la incorporación a la actividad presencial de los empleados públicos se ha realizado teniendo en cuenta la jornada de trabajo presencial establecida en la resolución de autorización de teletrabajo así como las normas de “desescalada” establecidas atendiendo a las necesidades de conciliación, trabajadores especialmente sensibles y la distancia de seguridad entre puestos de trabajo.

Por lo que se refiere a las previsiones respecto al teletrabajo, la Comisión de Coordinación de Empleo Público, constituida por Ministerio de Política Territorial y Función Pública e integrada por representantes de todas las Comunidades Autónomas, acordó la creación y constitución un grupo de trabajo para abordar el estudio del teletrabajo y otras las modalidades de trabajo a distancia.

Las conclusiones de este grupo de trabajo serán la base para la modificación del Estatuto Básico del Empleado Público en esta materia, que servirá de marco para el resto de Administraciones Públicas.

La Junta de Castilla y León impulsara el teletrabajo, siempre teniendo en cuenta el sistema común establecido por el Estatuto Básico y que sin duda nos permitirá avanzar en el régimen jurídico vigente constituido del Decreto 16/2018, de 7 de junio, por el que se regula la prestación de servicios en régimen de teletrabajo.

Valladolid, 30 de junio de 2020.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando.


PE/003430-2

CVE="BOCCL-10-011572"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 18937
BOCCL nº 140/10 del 31/7/2020
CVE: BOCCL-10-011572

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/003430-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores Dña. Yolanda Sacristán Rodríguez y D. Luis Briones Martínez, relativa a teletrabajo de los empleados públicos desde el 12 de marzo de 2020, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 121, de 17 de junio de 2020.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/002611, PE/002633, PE/002634, PE/002643, PE/002645, PE/002647, PE/002648, PE/002658, PE/002778, PE/002785 a PE/002793, PE/002799, PE/002849, PE/002854, PE/002858, PE/002862, PE/002881, PE/002899 a PE/002907, PE/003002 a PE/003005, PE/003012, PE/003013, PE/003021, PE/003034 a PE/003037, PE/003039, PE/003047, PE/003049, PE/003228, PE/003229, PE/003232 a PE/003235, PE/003406, PE/003411, PE/003418, PE/003426, PE/003430, PE/003431, PE/003433, PE/003434, PE/003441, PE/003445 a PE/003512, PE/003515 a PE/003539, PE/003542 a PE/003556, PE/003558 a PE/003572, PE/003574 a PE/003693, PE/003713 a PE/003754, PE/003794, PE/003812 a PE/003825, PE/003827 a PE/003832, PE/003836 y PE/003868 a PE/003886, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 17 de julio de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita, P.E./003430, formulada por D.ª Yolanda Sacristán Rodríguez y D. Luis Briones Fernández, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a trabajo no presencial.

En contestación a la Pregunta Escrita de referencia, cabe señalar que en la Junta de Castilla y León existen varios niveles de prestación de servicios de carácter no presencial.

Por un lado está el teletrabajo que, según define el Decreto 16/2018, de 7 de junio, por el que se regula la modalidad de prestación de servicios en régimen de teletrabajo en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, es una modalidad de prestación de servicios de carácter no presencial en virtud de la cual un trabajador puede desarrollar parte de las funciones propias de su puesto de trabajo desde su oficina a distancia mediante el uso de medios telemáticos cumpliendo los requisitos señalados en el mencionado decreto.

Por otro lado, y en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo 9/2020, de 12 de marzo, de la Junta de Castilla y León, sobre medidas a adoptar en los centros de trabajo dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma con motivo del COVID-19, la Junta de Castilla y León ha facilitado otras modalidades de trabajo no presencial. Para ello se han habilitado líneas de acceso remoto que garantizan la continuidad de la actividad administrativa y cubrir la gestión de servicios esenciales e imprescindibles.

Así, a fecha de la firma de esta Pregunta Escrita hay 9.185 empleados públicos con acceso remoto a su puesto de trabajo.

De igual modo, los empleados públicos de la Junta de Castilla y León han continuado ejerciendo sus funciones mediante la atención telefónica constante, el correo electrónico y en algún caso con organización del trabajo por turnos.

Desde el 1 de junio de 2020 la incorporación a la actividad presencial de los empleados públicos se ha realizado teniendo en cuenta la jornada de trabajo presencial establecida en la resolución de autorización de teletrabajo así como las normas de “desescalada” establecidas atendiendo a las necesidades de conciliación, trabajadores especialmente sensibles y la distancia de seguridad entre puestos de trabajo.

Por lo que se refiere a las previsiones respecto al teletrabajo, la Comisión de Coordinación de Empleo Público, constituida por Ministerio de Política Territorial y Función Pública e integrada por representantes de todas las Comunidades Autónomas, acordó la creación y constitución un grupo de trabajo para abordar el estudio del teletrabajo y otras las modalidades de trabajo a distancia.

Las conclusiones de este grupo de trabajo serán la base para la modificación del Estatuto Básico del Empleado Público en esta materia, que servirá de marco para el resto de Administraciones Públicas.

La Junta de Castilla y León impulsara el teletrabajo, siempre teniendo en cuenta el sistema común establecido por el Estatuto Básico y que sin duda nos permitirá avanzar en el régimen jurídico vigente constituido del Decreto 16/2018, de 7 de junio, por el que se regula la prestación de servicios en régimen de teletrabajo.

Valladolid, 30 de junio de 2020.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando.


PE/003430-2

CVE="BOCCL-10-011572"



Sede de las Cortes de Castilla y León