PE/002883-3











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002883-3


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Laura Domínguez Arroyo, relativa a renta garantizada de ciudadanía, solicitudes y perceptores de las mismas, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 114, de 4 de junio de 2020.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/002814 a PE/002826, PE/002850, PE/002859, PE/002876, PE/002878, PE/002883, PE/002885, PE/002892, PE/002896 a PE/002898, PE/002984, PE/002985, PE/002993 a PE/002998, PE/003023 a PE/003033, PE/003040 a PE/003046, PE/003048, PE/003050 a PE/003226, PE/003416, PE/003417, PE/003419 a PE/003422, PE/003427 a PE/003429, PE/003432, PE/003513, PE/003514, PE/003540, PE/003541, PE/003573, PE/003712, PE/003755, PE/003756, PE/003758, PE/003791 a PE/003793, PE/003797 a PE/003810, PE/003826, PE/003835, PE/003837 a PE/003842, PE/003891, PE/003892, PE/003894 a PE/003896, PE/003913, PE/003914, y PE/003916 a PE/003919, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de julio de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita P.E. 2883, formulada por D.ª Laura Domínguez Arroyo, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León sobre renta garantizada de ciudadanía.

Las solicitudes de renta garantizada de ciudadanía que se recibieron en la Gerencia de Servicios Sociales de toda la Comunidad Autónoma entre enero y abril fueron 1.245.

Respecto a las solicitudes denegadas y cuántas aceptadas, aún no se dispone de esa información, puesto que la mayoría de ellas se encuentran actualmente en tramitación. Hay que tener cuenta que la normativa reguladora de la prestación de renta garantizada de ciudadanía prevé un plazo de tres meses para resolver el expediente.

Además de lo anterior, todos los expedientes de renta garantizada de ciudadanía que a la fecha de la declaración del estado de alarma estaban en tramitación en las Gerencias Territoriales de las distintas provincias, se vieron afectados por la suspensión de plazos administrativos en los procedimientos administrativos, establecida en la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para paliar los efectos de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y sucesivas prórrogas.

No obstante, en desarrollo de las previsiones que contenía el punto 4 de la citada Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se dictó la Resolución de 8 de abril, de la Presidencia del Consejo de Administración de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León por la que se determinan reglas procedimentales específicas, como consecuencia de la declaración del Estado de alarma por el COVID-19, según la cual, en general, para las prestaciones sociales de renta garantizada de ciudadanía se permitía la tramitación y resolución de todos los expedientes que implicasen un beneficio para los interesados y siempre que los expedientes estuviesen completos a la fecha de la declaración del estado de alarma o pudieran completarse sin la intervención de los mismos, de tal forma que la suspensión e interrupción de términos y plazos administrativos establecida por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se aplicaría sólo a aquellos expedientes de renta garantizada que requirieran subsanación.

Debido a la prolongación del estado de alarma aprobado por las sucesivas prórrogas del Real Decreto 463/2020, la citada Resolución de 8 de abril se ha modificado el 22 de mayo, posibilitando también la tramitación de aquellos procedimientos de renta garantizada de ciudadanía que, en atención a las circunstancias concurrentes en su situación personal o económica, su resolución evitase un perjuicio a los interesados.

De acuerdo con lo anterior, durante la difícil situación provocada por la crisis del COVID -19 solo se han resuelto aquellos expedientes que han tenido efectos favorables para los interesados, tramitándose con la mayor diligencia posible. Se han realizado las gestiones necesarias para agilizar al máximo su tramitación y en todos aquellos casos en los que por las razones expuestas, no ha sido posible avanzar en la tramitación y resolución de expedientes, se fue informando a los interesados de la opción de solicitar las “ayudas de emergencia”, que se han reforzado económicamente para atender a esas situaciones de necesidad inminente provocadas por la pandemia.

Valladolid, 16 de julio de 2020.

LA CONSEJERA,

Fdo.: María Isabel Blanco Llamas.


PE/002883-3

CVE="BOCCL-10-011695"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 19156
BOCCL nº 141/10 del 21/8/2020
CVE: BOCCL-10-011695

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002883-3
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Laura Domínguez Arroyo, relativa a renta garantizada de ciudadanía, solicitudes y perceptores de las mismas, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 114, de 4 de junio de 2020.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/002814 a PE/002826, PE/002850, PE/002859, PE/002876, PE/002878, PE/002883, PE/002885, PE/002892, PE/002896 a PE/002898, PE/002984, PE/002985, PE/002993 a PE/002998, PE/003023 a PE/003033, PE/003040 a PE/003046, PE/003048, PE/003050 a PE/003226, PE/003416, PE/003417, PE/003419 a PE/003422, PE/003427 a PE/003429, PE/003432, PE/003513, PE/003514, PE/003540, PE/003541, PE/003573, PE/003712, PE/003755, PE/003756, PE/003758, PE/003791 a PE/003793, PE/003797 a PE/003810, PE/003826, PE/003835, PE/003837 a PE/003842, PE/003891, PE/003892, PE/003894 a PE/003896, PE/003913, PE/003914, y PE/003916 a PE/003919, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de julio de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita P.E. 2883, formulada por D.ª Laura Domínguez Arroyo, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León sobre renta garantizada de ciudadanía.

Las solicitudes de renta garantizada de ciudadanía que se recibieron en la Gerencia de Servicios Sociales de toda la Comunidad Autónoma entre enero y abril fueron 1.245.

Respecto a las solicitudes denegadas y cuántas aceptadas, aún no se dispone de esa información, puesto que la mayoría de ellas se encuentran actualmente en tramitación. Hay que tener cuenta que la normativa reguladora de la prestación de renta garantizada de ciudadanía prevé un plazo de tres meses para resolver el expediente.

Además de lo anterior, todos los expedientes de renta garantizada de ciudadanía que a la fecha de la declaración del estado de alarma estaban en tramitación en las Gerencias Territoriales de las distintas provincias, se vieron afectados por la suspensión de plazos administrativos en los procedimientos administrativos, establecida en la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para paliar los efectos de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y sucesivas prórrogas.

No obstante, en desarrollo de las previsiones que contenía el punto 4 de la citada Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se dictó la Resolución de 8 de abril, de la Presidencia del Consejo de Administración de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León por la que se determinan reglas procedimentales específicas, como consecuencia de la declaración del Estado de alarma por el COVID-19, según la cual, en general, para las prestaciones sociales de renta garantizada de ciudadanía se permitía la tramitación y resolución de todos los expedientes que implicasen un beneficio para los interesados y siempre que los expedientes estuviesen completos a la fecha de la declaración del estado de alarma o pudieran completarse sin la intervención de los mismos, de tal forma que la suspensión e interrupción de términos y plazos administrativos establecida por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se aplicaría sólo a aquellos expedientes de renta garantizada que requirieran subsanación.

Debido a la prolongación del estado de alarma aprobado por las sucesivas prórrogas del Real Decreto 463/2020, la citada Resolución de 8 de abril se ha modificado el 22 de mayo, posibilitando también la tramitación de aquellos procedimientos de renta garantizada de ciudadanía que, en atención a las circunstancias concurrentes en su situación personal o económica, su resolución evitase un perjuicio a los interesados.

De acuerdo con lo anterior, durante la difícil situación provocada por la crisis del COVID -19 solo se han resuelto aquellos expedientes que han tenido efectos favorables para los interesados, tramitándose con la mayor diligencia posible. Se han realizado las gestiones necesarias para agilizar al máximo su tramitación y en todos aquellos casos en los que por las razones expuestas, no ha sido posible avanzar en la tramitación y resolución de expedientes, se fue informando a los interesados de la opción de solicitar las “ayudas de emergencia”, que se han reforzado económicamente para atender a esas situaciones de necesidad inminente provocadas por la pandemia.

Valladolid, 16 de julio de 2020.

LA CONSEJERA,

Fdo.: María Isabel Blanco Llamas.


PE/002883-3

CVE="BOCCL-10-011695"



Sede de las Cortes de Castilla y León