PE/004392-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

463. Preguntas para respuesta escrita
PE/004392-01


Sumario:

Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Luis Mariano Santos Reyero, relativa a declaración de BIC de la Torre de Guadramiro.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 28 de agosto de 2020, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/004089 a PE/004410.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de agosto de 2020.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Luis Mariano Santos Reyero, Procurador del Grupo Parlamentario Mixto y Viceportavoz del mismo, al amparo de los artículos 155 y siguientes del Reglamento de las Cortes, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta, para su respuesta por escrito

ANTECEDENTES:

El Boletín Oficial de las Cortes número 222, de 24 de enero de 2017, recogía la respuesta de la Junta a la pregunta presentada previamente por Unión del Pueblo Leonés en Cortes, en la que solicitaba al gobierno autonómico la declaración como Bien de Interés Cultural de la Torre de Guadramiro (Salamanca).

En la respuesta por parte de la consejera de ramo de la Junta, firmada el 12 de diciembre de 2016 y recogida en el mencionado número del Boletín de las Cortes, se indicaba que “Atendiendo a sus características constructivas y a su supuesto carácter defensivo, la Torre se podría considerar una Torre Fortaleza y en consecuencia tendría la consideración de Bien de Interés Cultural en aplicación del Decreto de 22 de abril de 1949, sobre protección de los castillos españoles. En este caso se incorporaría al catálogo de Bienes de Interés Cultural de Castilla y León y nos dirigiríamos al Ayuntamiento comunicándole dicha incorporación e instándole a que se acometa la redacción de unas normas urbanísticas adecuadas que incluyan esta Torre entre sus elementos catalogados.”

Posteriormente, tras casi un año sin que hubiese comunicación alguna por parte de la Junta de Castilla y León en este asunto, Unión del Pueblo Leonés planteó nuevas preguntas en Cortes interesándose por esta cuestión, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes número 322, de 9 de octubre de 2017, y cuya respuesta por parte de la Junta se recogió en el Boletín Oficial de las Cortes número 359, de 5 de enero de 2018.

Esta respuesta por parte del gobierno autonómico, fechada el 30 de noviembre de 2017 y firmada por la entonces consejera de Cultura, María Josefa García Cirac, señalaba que “Con el fin de determinar si la ‘Torre de Guadramiro’ puede considerarse una Torre Fortaleza y en consecuencia serle de aplicación el Decreto de 22 de abril de 1949 sobre protección de los castillos españoles, se ha solicitado informe al Servicio Territorial de Cultura de Salamanca para que verifique dichos extremos. A la vista del informe que se emita, se adoptará las decisiones correspondientes en orden a incorporar dicho elemento en el Catálogo de Bienes de Interés Cultural de Castilla y León y comunicárselo al Ayuntamiento de Guadramiro para su conocimiento y a los efectos oportunos.”

Sin embargo, tras haber transcurrido más de dos años y medio desde la última respuesta parlamentaria por la Junta, no se ha vuelto a dar ningún tipo de comunicación oficial desde instituciones autonómicas sobre la posibilidad de declarar como Bien de Interés Cultural (BIC) la Torre de Guadramiro, pese a haber una petición presentada al respecto desde hace casi siete años. Y es que, cabe recordar que el 11 de diciembre de 2013 la asociación cultural “La Antanica” de Guadramiro registró un informe-solicitud para la declaración de Bien de Interés Cultural de la Torre de Guadramiro en la Delegación Territorial de la Junta en Salamanca, con número en el registro de entrada de la mencionada delegación número 20132730008002.

En cuanto al bien a valorar, la Torre de Guadramiro, es un edificio de estilo gótico plateresco de 22 metros de altura construido entre los siglos XIV y XV en piedra de granito, de la que varios autores, como Pascual Madoz o Gómez Moreno, se han hecho eco a lo largo de la historia debido a su imponente robustez. “Torre fortísima, coronada de almenas” que decía Madoz a mediados del siglo XIX.

Su singularidad arquitectónica gira en torno a su propia estructura, de gran anchura frontal, disminuida a media altura, con siete arcos en su parte superior y una bella crestería jalonada de una docena de pináculos con pomas, así como gárgolas en las esquinas. Pero sus elementos de valor se amplían con otros como el hecho de que en su estructura se hallen media docena de estelas romanas embutidas, o que todas sus esquinas y cornisas se encuentren decoradas con una ornamentación de bolas talladas.

En su interior, la escalera de caracol original da acceso a su parte superior, que actúa de campanario de la iglesia (posteriormente acoplada a la torre), aunque anteriormente fue defensa del palacio que los Maldonado poseían en la localidad junto a la propia torre. Asimismo, en la parte baja de la torre se hallan tanto un arco cegado en el exterior (que antes permitía el paso por debajo de la torre), como un arco bajo el cual hay un agujero actualmente relleno de arena, cuyos elementos apuntan a la existencia de una cripta, si bien la leyenda popular en Guadramiro es que existía un pasadizo que comunicaba este agujero con el palacio de los Maldonado.

En todo caso, considerando que la Torre de Guadramiro posee suficientes elementos de valor como para ser declarado Bien de Interés Cultural, y debido tanto a que actualmente este monumento no tiene ningún tipo de protección, como que ya han pasado casi cuatro años desde que la Junta afirmase que “se podría considerar una Torre Fortaleza y en consecuencia tendría la consideración de Bien de Interés Cultural en aplicación del Decreto de 22 de abril de 1949 [...] En este caso se incorporaría al catálogo de Bienes de Interés Cultural”, sin que se haya dado ningún tipo de declaración al respecto por parte de la Junta, formulo las siguientes

PREGUNTAS:

1.- ¿Va a declarar la Junta de C. y León Bien de Interés Cultural a la Torre de Guadramiro?

2.- ¿Se ha emitido ya el informe solicitado en 2017 por la Consejería competente al Servicio Territorial de Cultura de Salamanca de cara a incorporar la Torre de Guadramiro en el Catálogo de Bienes de Interés Cultural?

3.- ¿Cuáles son las conclusiones emanadas del informe solicitado en 2017 al Servicio Territorial de Cultura de Salamanca de cara a incorporar la Torre de Guadramiro en el Catálogo de Bienes de Interés Cultural?

Valladolid, 31 de julio de 2020


PE/004392-01

CVE="BOCCL-10-012464"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pags. 20318-20322
BOCCL nº 148/10 del 11/9/2020
CVE: BOCCL-10-012464

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
463. Preguntas para respuesta escrita
PE/004392-01
Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Luis Mariano Santos Reyero, relativa a declaración de BIC de la Torre de Guadramiro.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 28 de agosto de 2020, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/004089 a PE/004410.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de agosto de 2020.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Luis Mariano Santos Reyero, Procurador del Grupo Parlamentario Mixto y Viceportavoz del mismo, al amparo de los artículos 155 y siguientes del Reglamento de las Cortes, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta, para su respuesta por escrito

ANTECEDENTES:

El Boletín Oficial de las Cortes número 222, de 24 de enero de 2017, recogía la respuesta de la Junta a la pregunta presentada previamente por Unión del Pueblo Leonés en Cortes, en la que solicitaba al gobierno autonómico la declaración como Bien de Interés Cultural de la Torre de Guadramiro (Salamanca).

En la respuesta por parte de la consejera de ramo de la Junta, firmada el 12 de diciembre de 2016 y recogida en el mencionado número del Boletín de las Cortes, se indicaba que “Atendiendo a sus características constructivas y a su supuesto carácter defensivo, la Torre se podría considerar una Torre Fortaleza y en consecuencia tendría la consideración de Bien de Interés Cultural en aplicación del Decreto de 22 de abril de 1949, sobre protección de los castillos españoles. En este caso se incorporaría al catálogo de Bienes de Interés Cultural de Castilla y León y nos dirigiríamos al Ayuntamiento comunicándole dicha incorporación e instándole a que se acometa la redacción de unas normas urbanísticas adecuadas que incluyan esta Torre entre sus elementos catalogados.”

Posteriormente, tras casi un año sin que hubiese comunicación alguna por parte de la Junta de Castilla y León en este asunto, Unión del Pueblo Leonés planteó nuevas preguntas en Cortes interesándose por esta cuestión, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes número 322, de 9 de octubre de 2017, y cuya respuesta por parte de la Junta se recogió en el Boletín Oficial de las Cortes número 359, de 5 de enero de 2018.

Esta respuesta por parte del gobierno autonómico, fechada el 30 de noviembre de 2017 y firmada por la entonces consejera de Cultura, María Josefa García Cirac, señalaba que “Con el fin de determinar si la ‘Torre de Guadramiro’ puede considerarse una Torre Fortaleza y en consecuencia serle de aplicación el Decreto de 22 de abril de 1949 sobre protección de los castillos españoles, se ha solicitado informe al Servicio Territorial de Cultura de Salamanca para que verifique dichos extremos. A la vista del informe que se emita, se adoptará las decisiones correspondientes en orden a incorporar dicho elemento en el Catálogo de Bienes de Interés Cultural de Castilla y León y comunicárselo al Ayuntamiento de Guadramiro para su conocimiento y a los efectos oportunos.”

Sin embargo, tras haber transcurrido más de dos años y medio desde la última respuesta parlamentaria por la Junta, no se ha vuelto a dar ningún tipo de comunicación oficial desde instituciones autonómicas sobre la posibilidad de declarar como Bien de Interés Cultural (BIC) la Torre de Guadramiro, pese a haber una petición presentada al respecto desde hace casi siete años. Y es que, cabe recordar que el 11 de diciembre de 2013 la asociación cultural “La Antanica” de Guadramiro registró un informe-solicitud para la declaración de Bien de Interés Cultural de la Torre de Guadramiro en la Delegación Territorial de la Junta en Salamanca, con número en el registro de entrada de la mencionada delegación número 20132730008002.

En cuanto al bien a valorar, la Torre de Guadramiro, es un edificio de estilo gótico plateresco de 22 metros de altura construido entre los siglos XIV y XV en piedra de granito, de la que varios autores, como Pascual Madoz o Gómez Moreno, se han hecho eco a lo largo de la historia debido a su imponente robustez. “Torre fortísima, coronada de almenas” que decía Madoz a mediados del siglo XIX.

Su singularidad arquitectónica gira en torno a su propia estructura, de gran anchura frontal, disminuida a media altura, con siete arcos en su parte superior y una bella crestería jalonada de una docena de pináculos con pomas, así como gárgolas en las esquinas. Pero sus elementos de valor se amplían con otros como el hecho de que en su estructura se hallen media docena de estelas romanas embutidas, o que todas sus esquinas y cornisas se encuentren decoradas con una ornamentación de bolas talladas.

En su interior, la escalera de caracol original da acceso a su parte superior, que actúa de campanario de la iglesia (posteriormente acoplada a la torre), aunque anteriormente fue defensa del palacio que los Maldonado poseían en la localidad junto a la propia torre. Asimismo, en la parte baja de la torre se hallan tanto un arco cegado en el exterior (que antes permitía el paso por debajo de la torre), como un arco bajo el cual hay un agujero actualmente relleno de arena, cuyos elementos apuntan a la existencia de una cripta, si bien la leyenda popular en Guadramiro es que existía un pasadizo que comunicaba este agujero con el palacio de los Maldonado.

En todo caso, considerando que la Torre de Guadramiro posee suficientes elementos de valor como para ser declarado Bien de Interés Cultural, y debido tanto a que actualmente este monumento no tiene ningún tipo de protección, como que ya han pasado casi cuatro años desde que la Junta afirmase que “se podría considerar una Torre Fortaleza y en consecuencia tendría la consideración de Bien de Interés Cultural en aplicación del Decreto de 22 de abril de 1949 [...] En este caso se incorporaría al catálogo de Bienes de Interés Cultural”, sin que se haya dado ningún tipo de declaración al respecto por parte de la Junta, formulo las siguientes

PREGUNTAS:

1.- ¿Va a declarar la Junta de C. y León Bien de Interés Cultural a la Torre de Guadramiro?

2.- ¿Se ha emitido ya el informe solicitado en 2017 por la Consejería competente al Servicio Territorial de Cultura de Salamanca de cara a incorporar la Torre de Guadramiro en el Catálogo de Bienes de Interés Cultural?

3.- ¿Cuáles son las conclusiones emanadas del informe solicitado en 2017 al Servicio Territorial de Cultura de Salamanca de cara a incorporar la Torre de Guadramiro en el Catálogo de Bienes de Interés Cultural?

Valladolid, 31 de julio de 2020


PE/004392-01

CVE="BOCCL-10-012464"



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