PNL/000721-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000721-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Juan Luis Cepa Álvarez, Dña. Virginia Jiménez Campano, D. Javier Campos de la Fuente, Dña. Judit Villar Lacueva, D. Fernando Pablos Romo, Dña. María Rodríguez Díaz y D. Rubén Illera Redón, instando a la Junta de Castilla y León a disminuir al máximo la tramitación burocrática en la retirada de cadáveres de las explotaciones ganaderas e instar a las empresas autorizadas en la retirada a ser más ágiles en su funcionamiento, para su tramitación ante la Comisión de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 18 de septiembre de 2020, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000701 a PNL/000724.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 18 de septiembre de 2020.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Juan Luis Cepa Álvarez, Virginia Jiménez Campano, Javier Campos de la Fuente, Judith Villar Lacueva, Fernando Pablos Romo, María Rodríguez Díaz y Rubén Illera Redón, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural:

ANTECEDENTES

Los artículos 25 y 26 de la Ley 6/1996, de 19 de mayo, de sanidad animal de Castilla y León, recoge el tratamiento de los animales muertos en explotaciones ganaderas. Que obviamente ha ido cambiando con el paso del tiempo, y modernizando los sistemas de información y tramitación de los expedientes.

UPA denuncia que el método actual resulta más complejo y le genera más problemas al productor dado que es él quien tiene que gestionarlo telemáticamente y quien requiere al menos de una impresora y de un equipo informático para cumplir con los requisitos establecidos por determinadas empresas operadoras que gestionan dicha retirada.

Anteriormente, con una simple llamada al seguro para que mandara al camión de recogida a la explotación el ganadero in situ podía recoger la incidencia en su Libro de Explotación para dar de baja al animal y presentarlo a la correspondiente Unidad Veterinaria.

Actualmente, denuncian desde el sindicato, son muchos los problemas de cobertura de internet en el medio rural por lo que se complica mucho la gestión y la eficacia del servicio, lo que puede generar serios riesgos de sanción a los ganaderos e incluso dificultades para cumplir con la trazabilidad que se exige sobre la gestión del animal.

UPA lamenta que en vez de facilitar las tareas al ganadero se les complique el día a día con más burocracia, más impedimentos y más trabas, y por lo tanto no reciben un servicio en condiciones, cuando además el referido servicio se encuentra cubierto con un seguro obligatorio que les supone a los ganaderos importantes desembolsos económicos.

El sindicato recuerda que los ganaderos se han adaptado con absoluta profesionalidad desde el principio al sistema de retirada de cadáveres, que se convirtió en obligatorio en 1996 tras la crisis de las vacas locas, con el objetivo de mantener un sistema regulado de eliminación de los restos mortales de los animales que fallecen en las explotaciones.

UPA exige a las administraciones que obligue a las empresas operadoras a actuar con "más diligencia y sentido común facilitando la tarea a los ganaderos, ya que lo más razonable es que no se abandone a su suerte a los productores, y, en ese sentido, de todos es conocido lo sumamente difícil que se hace en el medio rural realizar determinados tipos de gestiones burocráticas".

Cuando muere un animal el propietario es el responsable de su gestión bien a través del servicio de recogida con un gestor autorizado en el marco de agroseguro o bien de forma privada llamando directamente al gestor fuera del sistema de seguros. Esta segunda opción es rara porque la retirada es cara y el seguro de recogida de cadáveres es la opción que coge casi todo el mundo.

El cadáver tiene que dejarlo en los límites de la explotación. No puede llevarlo a ningún lado fuera de ella a no ser que fuera un muladar autorizado o la explotación fuera extensiva y tuviera autorización para dejarlo para los buitres, pero siempre dentro de la explotación.

Cuando se muere el animal el ganadero llama a agroseguro, comunica muerte y el camión pasa a recogerlo. No hay un plazo oficial de recogida. Es preferible en 24-48 horas dependiendo de la época del año, pero el cumplimiento del plazo siempre es responsabilidad de la empresa de recogida. Pero hay ejemplos de retrasos, en fines de semana o en festivos.

Por lo expuesto se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a disminuir al máximo la tramitación burocrática en la retirada de cadáveres de las explotaciones ganaderas e inste a las empresas autorizadas en la retirada a ser más ágiles en su funcionamiento".

Valladolid, 11 de septiembre de 2020.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Juan Luis Cepa Álvarez,

Virginia Jiménez Campano,

Javier Campos de la Fuente,

Judit Villar Lacueva,

Fernando Pablos Romo,

María Rodríguez Díaz y

Rubén Illera Redón

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000721-01

CVE="BOCCL-10-012533"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pags. 20464-20466
BOCCL nº 151/10 del 24/9/2020
CVE: BOCCL-10-012533

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000721-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Juan Luis Cepa Álvarez, Dña. Virginia Jiménez Campano, D. Javier Campos de la Fuente, Dña. Judit Villar Lacueva, D. Fernando Pablos Romo, Dña. María Rodríguez Díaz y D. Rubén Illera Redón, instando a la Junta de Castilla y León a disminuir al máximo la tramitación burocrática en la retirada de cadáveres de las explotaciones ganaderas e instar a las empresas autorizadas en la retirada a ser más ágiles en su funcionamiento, para su tramitación ante la Comisión de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 18 de septiembre de 2020, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000701 a PNL/000724.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 18 de septiembre de 2020.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Juan Luis Cepa Álvarez, Virginia Jiménez Campano, Javier Campos de la Fuente, Judith Villar Lacueva, Fernando Pablos Romo, María Rodríguez Díaz y Rubén Illera Redón, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural:

ANTECEDENTES

Los artículos 25 y 26 de la Ley 6/1996, de 19 de mayo, de sanidad animal de Castilla y León, recoge el tratamiento de los animales muertos en explotaciones ganaderas. Que obviamente ha ido cambiando con el paso del tiempo, y modernizando los sistemas de información y tramitación de los expedientes.

UPA denuncia que el método actual resulta más complejo y le genera más problemas al productor dado que es él quien tiene que gestionarlo telemáticamente y quien requiere al menos de una impresora y de un equipo informático para cumplir con los requisitos establecidos por determinadas empresas operadoras que gestionan dicha retirada.

Anteriormente, con una simple llamada al seguro para que mandara al camión de recogida a la explotación el ganadero in situ podía recoger la incidencia en su Libro de Explotación para dar de baja al animal y presentarlo a la correspondiente Unidad Veterinaria.

Actualmente, denuncian desde el sindicato, son muchos los problemas de cobertura de internet en el medio rural por lo que se complica mucho la gestión y la eficacia del servicio, lo que puede generar serios riesgos de sanción a los ganaderos e incluso dificultades para cumplir con la trazabilidad que se exige sobre la gestión del animal.

UPA lamenta que en vez de facilitar las tareas al ganadero se les complique el día a día con más burocracia, más impedimentos y más trabas, y por lo tanto no reciben un servicio en condiciones, cuando además el referido servicio se encuentra cubierto con un seguro obligatorio que les supone a los ganaderos importantes desembolsos económicos.

El sindicato recuerda que los ganaderos se han adaptado con absoluta profesionalidad desde el principio al sistema de retirada de cadáveres, que se convirtió en obligatorio en 1996 tras la crisis de las vacas locas, con el objetivo de mantener un sistema regulado de eliminación de los restos mortales de los animales que fallecen en las explotaciones.

UPA exige a las administraciones que obligue a las empresas operadoras a actuar con "más diligencia y sentido común facilitando la tarea a los ganaderos, ya que lo más razonable es que no se abandone a su suerte a los productores, y, en ese sentido, de todos es conocido lo sumamente difícil que se hace en el medio rural realizar determinados tipos de gestiones burocráticas".

Cuando muere un animal el propietario es el responsable de su gestión bien a través del servicio de recogida con un gestor autorizado en el marco de agroseguro o bien de forma privada llamando directamente al gestor fuera del sistema de seguros. Esta segunda opción es rara porque la retirada es cara y el seguro de recogida de cadáveres es la opción que coge casi todo el mundo.

El cadáver tiene que dejarlo en los límites de la explotación. No puede llevarlo a ningún lado fuera de ella a no ser que fuera un muladar autorizado o la explotación fuera extensiva y tuviera autorización para dejarlo para los buitres, pero siempre dentro de la explotación.

Cuando se muere el animal el ganadero llama a agroseguro, comunica muerte y el camión pasa a recogerlo. No hay un plazo oficial de recogida. Es preferible en 24-48 horas dependiendo de la época del año, pero el cumplimiento del plazo siempre es responsabilidad de la empresa de recogida. Pero hay ejemplos de retrasos, en fines de semana o en festivos.

Por lo expuesto se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a disminuir al máximo la tramitación burocrática en la retirada de cadáveres de las explotaciones ganaderas e inste a las empresas autorizadas en la retirada a ser más ágiles en su funcionamiento".

Valladolid, 11 de septiembre de 2020.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Juan Luis Cepa Álvarez,

Virginia Jiménez Campano,

Javier Campos de la Fuente,

Judit Villar Lacueva,

Fernando Pablos Romo,

María Rodríguez Díaz y

Rubén Illera Redón

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000721-01

CVE="BOCCL-10-012533"



Sede de las Cortes de Castilla y León