PNL/000750-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000750-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular, instando a la Junta de Castilla y León a que se aplique en nuestra Comunidad Autónoma el servicio de ayuda a domicilio, tal y como prevé la Orden FAM/6/2018, de 11 de enero, y continúe reduciendo la aportación del usuario en la prestación de ayuda a domicilio con atención a aquellos que cuenten con rentas más bajas, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 2 de octubre de 2020, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000730 a PNL/000756.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de octubre de 2020.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

EL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

ANTECEDENTES

La Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades ha tenido ocasión en diferentes ocasiones de abordar la situación de la ayuda a domicilio en Castilla y León. Una prestación considerada esencial para que las personas mayores puedan permanecer en sus hogares el mayor tiempo posible contando con el apoyo necesario para garantizar su bienestar tanto físico como anímico.

Uno de los retos sociales que han de abordarse sin demora, por las Administraciones Publicas, es el de la soledad no deseada de los mayores y en este reto la ayuda a domicilio juega un papel decisivo, especialmente para los mayores que residen en el medio rural.

Conscientes de esta importancia, desde la Junta de Castilla y León, se han adoptado medidas específicas para mejorar y reforzar esta prestación, en el marco de la Ley de Atención a las personas dependientes y siempre en colaboración con las entidades locales.

En concreto, se han seguido las recomendaciones que el CES de Castilla y León ha venido proponiendo como el incremento de la calidad y la profesionalización en este servicio, el refuerzo de la financiación a través del Acuerdo Marco y la garantía de la cobertura de las necesidades de los dependientes en todo el territorio de Castilla y León.

La siguiente línea de mejora deberá centrarse en ampliar y mejorar la intensidad horaria de esta prestación. Y ello, teniendo en cuenta que la cobertura de esta prestación es superior en Castilla y León, según DEC, situándonos en el 4,68 mientras que la media estatal es del 4,2 y una intensidad media, de 18 horas mensuales frente a 18,89 horas a nivel estatal.

Como ya se ha expuesto en esta Comisión, la reducción de la intensidad de horas en Castilla y León se realizó en aplicación de los criterios pactados en el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Dependencia y que el Estado tardó más de un año en recogerlo normativamente. La norma de aplicación es el Real decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, que recoge lo pactado en el Consejo Territorial y que coincidía con la Orden FAM 644/2012, actualmente derogada por la Orden FAM 6/2018, de 11 de enero.

El Anexo II de este Real Decreto recoge las intensidades del servicio de ayuda a domicilio según grado de dependencia y que eran, exactamente, las recogidas en la Orden FAM 644/2012. Por su parte, la Orden FAM 6/2018, de 11 de enero, recoge en su art. 7.2.1 que "la intensidad del servicio de ayuda a domicilio prestado al amparo de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, será la establecida por la normativa estatal que resulte de aplicación (es decir, actualmente el Real decreto 1051/2013}.

Por tanto, no es necesario modificar la normativa autonómica para incrementar la intensidad horaria de la ayuda a domicilio, puesto que ya prevé y asume un posible incremento de intensidad la estatal. Por ello, para incrementar la intensidad horaria debe modificarse previamente la normativa estatal e incrementar la financiación de forma suficiente para que el Gobierno Autonómico pueda asumir ese incremento.

En esta línea se pronuncia precisamente el CES de Castilla y León que en su último informe dice:

"... estima necesario que el Estado incremente su financiación, hasta llegar a la financiación global del 50 % de la dependencia. Este incremento permitiría a Castilla y León recuperar, en 2020, lo perdido en este nivel mínimo de financiación, ya que, en la actualidad, con la disminución de la aportación del Estado en 2012, la comunidad deja de percibir al año unos 15 millones del nivel mínimo y la financiación equivalente del nivel acordado, que fue de 22,5 millones de euros en 2011 (último año que fue recibida esta transferencia finalista)".

Así mismo, se señala por el CES que hay que seguir avanzando en las medidas ya acordadas en el marco del Dialogo Social para disminuir el copago que aportan los usuarios, especialmente aquellos con rentas más bajas. Para ello, sigue recordando este órgano consultivo, es necesario incrementar el presupuesto que la comunidad autónoma de Castilla y León, como principal financiadora, destina a esta prestación.

Si aumentar la intensidad horaria y reducir el copago de los usuarios de esta prestación es importante, también lo es seguir avanzando en la calidad con que se presta y en este sentido el CES señala que existen otros retos, como seguir acortando los tiempos de espera para acceder a los servicios y prestaciones, también para las personas cuyo derecho a la prestación correspondiente, en este caso la ayuda a domicilio, ya ha sido concedida.

Por todo ello, y con el fin de mejorar la protección y la calidad de vida de las personas en situación de dependencia que viven en Castilla y León, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.- Que una vez recuperadas por el Gobierno de España la intensidad de horas de ayuda a domicilio establecidas antes del DL 1051/2013, de 27 de diciembre, y una vez que se incremente la financiación estatal de forma suficiente, se apliquen en nuestra comunidad autónoma las nuevas y más amplias intensidades del servicio de ayuda a domicilio, tal y como prevé la Orden FAM 6/2018, de 11 de enero.

2.- Que una vez que el Estado haya asumido un mayor compromiso de financiación en la atención a las personas dependientes, se continúe reduciendo la aportación del usuario en la prestación de ayuda a domicilio, con una especial atención a aquellos que cuenten con rentas más bajas".

Valladolid, 17 de septiembre de 2020.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Raúl de la Hoz Quintano


PNL/000750-01

CVE="BOCCL-10-012914"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pags. 20987-20989
BOCCL nº 158/10 del 8/10/2020
CVE: BOCCL-10-012914

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000750-01
Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular, instando a la Junta de Castilla y León a que se aplique en nuestra Comunidad Autónoma el servicio de ayuda a domicilio, tal y como prevé la Orden FAM/6/2018, de 11 de enero, y continúe reduciendo la aportación del usuario en la prestación de ayuda a domicilio con atención a aquellos que cuenten con rentas más bajas, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 2 de octubre de 2020, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000730 a PNL/000756.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de octubre de 2020.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

EL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

ANTECEDENTES

La Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades ha tenido ocasión en diferentes ocasiones de abordar la situación de la ayuda a domicilio en Castilla y León. Una prestación considerada esencial para que las personas mayores puedan permanecer en sus hogares el mayor tiempo posible contando con el apoyo necesario para garantizar su bienestar tanto físico como anímico.

Uno de los retos sociales que han de abordarse sin demora, por las Administraciones Publicas, es el de la soledad no deseada de los mayores y en este reto la ayuda a domicilio juega un papel decisivo, especialmente para los mayores que residen en el medio rural.

Conscientes de esta importancia, desde la Junta de Castilla y León, se han adoptado medidas específicas para mejorar y reforzar esta prestación, en el marco de la Ley de Atención a las personas dependientes y siempre en colaboración con las entidades locales.

En concreto, se han seguido las recomendaciones que el CES de Castilla y León ha venido proponiendo como el incremento de la calidad y la profesionalización en este servicio, el refuerzo de la financiación a través del Acuerdo Marco y la garantía de la cobertura de las necesidades de los dependientes en todo el territorio de Castilla y León.

La siguiente línea de mejora deberá centrarse en ampliar y mejorar la intensidad horaria de esta prestación. Y ello, teniendo en cuenta que la cobertura de esta prestación es superior en Castilla y León, según DEC, situándonos en el 4,68 mientras que la media estatal es del 4,2 y una intensidad media, de 18 horas mensuales frente a 18,89 horas a nivel estatal.

Como ya se ha expuesto en esta Comisión, la reducción de la intensidad de horas en Castilla y León se realizó en aplicación de los criterios pactados en el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Dependencia y que el Estado tardó más de un año en recogerlo normativamente. La norma de aplicación es el Real decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, que recoge lo pactado en el Consejo Territorial y que coincidía con la Orden FAM 644/2012, actualmente derogada por la Orden FAM 6/2018, de 11 de enero.

El Anexo II de este Real Decreto recoge las intensidades del servicio de ayuda a domicilio según grado de dependencia y que eran, exactamente, las recogidas en la Orden FAM 644/2012. Por su parte, la Orden FAM 6/2018, de 11 de enero, recoge en su art. 7.2.1 que "la intensidad del servicio de ayuda a domicilio prestado al amparo de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, será la establecida por la normativa estatal que resulte de aplicación (es decir, actualmente el Real decreto 1051/2013}.

Por tanto, no es necesario modificar la normativa autonómica para incrementar la intensidad horaria de la ayuda a domicilio, puesto que ya prevé y asume un posible incremento de intensidad la estatal. Por ello, para incrementar la intensidad horaria debe modificarse previamente la normativa estatal e incrementar la financiación de forma suficiente para que el Gobierno Autonómico pueda asumir ese incremento.

En esta línea se pronuncia precisamente el CES de Castilla y León que en su último informe dice:

"... estima necesario que el Estado incremente su financiación, hasta llegar a la financiación global del 50 % de la dependencia. Este incremento permitiría a Castilla y León recuperar, en 2020, lo perdido en este nivel mínimo de financiación, ya que, en la actualidad, con la disminución de la aportación del Estado en 2012, la comunidad deja de percibir al año unos 15 millones del nivel mínimo y la financiación equivalente del nivel acordado, que fue de 22,5 millones de euros en 2011 (último año que fue recibida esta transferencia finalista)".

Así mismo, se señala por el CES que hay que seguir avanzando en las medidas ya acordadas en el marco del Dialogo Social para disminuir el copago que aportan los usuarios, especialmente aquellos con rentas más bajas. Para ello, sigue recordando este órgano consultivo, es necesario incrementar el presupuesto que la comunidad autónoma de Castilla y León, como principal financiadora, destina a esta prestación.

Si aumentar la intensidad horaria y reducir el copago de los usuarios de esta prestación es importante, también lo es seguir avanzando en la calidad con que se presta y en este sentido el CES señala que existen otros retos, como seguir acortando los tiempos de espera para acceder a los servicios y prestaciones, también para las personas cuyo derecho a la prestación correspondiente, en este caso la ayuda a domicilio, ya ha sido concedida.

Por todo ello, y con el fin de mejorar la protección y la calidad de vida de las personas en situación de dependencia que viven en Castilla y León, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.- Que una vez recuperadas por el Gobierno de España la intensidad de horas de ayuda a domicilio establecidas antes del DL 1051/2013, de 27 de diciembre, y una vez que se incremente la financiación estatal de forma suficiente, se apliquen en nuestra comunidad autónoma las nuevas y más amplias intensidades del servicio de ayuda a domicilio, tal y como prevé la Orden FAM 6/2018, de 11 de enero.

2.- Que una vez que el Estado haya asumido un mayor compromiso de financiación en la atención a las personas dependientes, se continúe reduciendo la aportación del usuario en la prestación de ayuda a domicilio, con una especial atención a aquellos que cuenten con rentas más bajas".

Valladolid, 17 de septiembre de 2020.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Raúl de la Hoz Quintano


PNL/000750-01

CVE="BOCCL-10-012914"



Sede de las Cortes de Castilla y León