PE/003929-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/003929-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Luis Vázquez Fernández, D. Fernando Pablos Romo, Dña. María Consolación Pablos Labajo, Dña. Alicia Palomo Sebastián y D. Sergio Iglesias Herrera, relativa a qué previsiones tiene la Junta para la implantación de ratios de alumnado en las clases como consecuencia del COVID-19 en la provincia de Segovia, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 139, de 30 de julio de 2020.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/003921 a PE/003925, PE/003929 a PE/003934, PE/003936, PE/003938 a PE/003940, PE/004061 a PE/004063, PE/004066 a PE/004068, PE/004070, PE/004073 a PE/004076, PE/004078 a PE/004084, PE/004089, PE/004091, PE/004093 a PE/004096, PE/004098, PE/004099, PE/004153 a PE/004203, PE/004205 a PE/004210, PE/004212, PE/004213, PE/004215, PE/004253 a PE/004255, PE/004257, PE/004258, PE/004261, PE/004262, PE/004263, PE/004264, PE/004265, PE/004266, PE/004267, PE/004268 a PE/004341, PE/004346 a PE/004348, PE/004350, PE/004352 a PE/004356, PE/004364 a PE/004367, PE/004369 a PE/004372, PE/004374 a PE/004377, PE/004379, PE/004381, PE/004385, PE/004387 a PE/004389, PE/004393, PE/004395 a PE/004397, PE/004401 a PE/004403, PE/004405 y PE/004408, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 8 de octubre de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.



Texto:

Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1003929 formulada a la Junta de Castilla y León por D. José Luis Vázquez Fernández, D. Fernando Pablos Romo, D.ª Consolación Pablos Labajo, D.ª Alicia Palomo Sebastián y D. Sergio Iglesias Herrera, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a las previsiones para la implantación de ratios en las clases en la provincia de Segovia.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1003929, se manifiesta lo siguiente:

En primer lugar, hay que señalar que, las medidas que se adopten por parte de la Consejería de Educación en la materia planteada en la pregunta serán de aplicación general a todo el territorio de la Comunidad Autónoma.

Con fecha de 20 de junio de 2020, se publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León el Acuerdo 29/2020, de 19 de junio, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba el Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, en la Comunidad de Castilla y León, que ha sido modificado en diversas ocasiones. En el punto 5 del mismo, se recogen las medidas relativas a los centros docentes y se determina que la Consejería de Educación elaborará y aprobará un protocolo de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva en el que se recogerán las recomendaciones sanitarias aprobadas hasta el momento.

En cumplimiento de este mandato, la Consejería de Educación publicó, a través del Portal de Educación, el Protocolo de Prevención y Organización del regreso a la actividad lectiva en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2020/2021.

En el mismo, se recogían dos tipos de medidas, las de carácter preventivo y las de carácter educativo.

Dentro de las medidas de carácter preventivo se establecían, entre otras:

1. En el primer y segundo ciclo de educación infantil y para el primer curso de educación primaria, los centros constituirán grupos estables de convivencia, con un máximo de entre 22 y 25 alumnos por aula, que estará formado por estos y su profesorado.

Entre los grupos estables de convivencia no habrá interacción, utilizando específicamente los espacios asignados para su uso exclusivo y el establecimiento de horarios para el uso de espacios comunes, de esta manera el movimiento dentro del aula es libre sin tener que cumplir la restricción de la separación de seguridad de 1,5 m, ni el uso de mascarilla. Sin embargo, se debe respetar la distancia mínima de seguridad entre el alumnado de diferentes grupos.

2. A partir de segundo curso de educación primaria, el número de alumnos por aula no podrá superar las ratios máximas previstas normativamente para cada enseñanza, sin que se pueda efectuar excepción de ratio, respetando en todo caso la distancia de seguridad mínima de 1,5m y el uso obligatorio de mascarillas.

Dentro de las medidas de carácter educativo se establecía, entre otras, la elaboración por los equipos directivos de los centros educativos de un Plan de Inicio de Curso, basado en las medidas del Protocolo, que incluirá cuatro apartados fundamentales:

Medidas de seguridad e higiénico-sanitarias.

Criterios para la utilización de espacios.

Criterios para la distribución de horarios.

Criterios para el agrupamiento de alumnos.

La Consejería de Educación elaboró una Guía para la realización por los centros educativos de este Plan de Inicio en la que se indicaba, en el apartado de medidas de seguridad e higiénico-sanitarias, que el mantenimiento de la distancia de seguridad de 1’5 metros es la principal medida de prevención ante el COVID. Partiendo de esta premisa, el centro educativo deberá prever medidas organizativas y de utilización de diferentes espacios hábiles para la impartición de docencia al alumnado, que permitan la distribución del mismo en aulas que garanticen la distancia de seguridad interpersonal, lo que podía derivar en una disminución de las ratios a través de la realización de desdobles, al objeto de asegurar dicha distancia.

A la vista de la evolución de la situación, se ha estimado necesaria la adopción de nuevas medidas de prevención y control que permitan la contención de la pandemia en el territorio de nuestra Comunidad y, así, el 21 de agosto de 2020 se publicó, en el Boletín Oficial de Castilla y León, el Acuerdo 46/2020, de 20 de agosto, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba el Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, en la Comunidad de Castilla y León.

El apartado 5.1 del mismo, que incluye las medidas relativas a los centros docentes, establece que “El retorno a la actividad lectiva presencial de los centros docentes que imparten las enseñanzas del artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se regirá por las condiciones sanitarias vigentes al comienzo del curso escolar 2020/2021.

También serán tenidos en cuenta los protocolos de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva, aprobados por la Consejería de Educación, en el que se recogerán las recomendaciones sanitarias aprobadas hasta ese momento”.

La Consejería de Educación adaptará el Protocolo de Prevención y Organización del regreso a la actividad lectiva en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2020/2021 a las circunstancias de la pandemia y a las recomendaciones de Salud Pública, si estas fueran necesarias.

Valladolid, 23 de septiembre de 2020.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Rocío Lucas Navas.


PE/003929-2

CVE="BOCCL-10-013298"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 21332
BOCCL nº 162/10 del 19/10/2020
CVE: BOCCL-10-013298

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/003929-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Luis Vázquez Fernández, D. Fernando Pablos Romo, Dña. María Consolación Pablos Labajo, Dña. Alicia Palomo Sebastián y D. Sergio Iglesias Herrera, relativa a qué previsiones tiene la Junta para la implantación de ratios de alumnado en las clases como consecuencia del COVID-19 en la provincia de Segovia, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 139, de 30 de julio de 2020.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/003921 a PE/003925, PE/003929 a PE/003934, PE/003936, PE/003938 a PE/003940, PE/004061 a PE/004063, PE/004066 a PE/004068, PE/004070, PE/004073 a PE/004076, PE/004078 a PE/004084, PE/004089, PE/004091, PE/004093 a PE/004096, PE/004098, PE/004099, PE/004153 a PE/004203, PE/004205 a PE/004210, PE/004212, PE/004213, PE/004215, PE/004253 a PE/004255, PE/004257, PE/004258, PE/004261, PE/004262, PE/004263, PE/004264, PE/004265, PE/004266, PE/004267, PE/004268 a PE/004341, PE/004346 a PE/004348, PE/004350, PE/004352 a PE/004356, PE/004364 a PE/004367, PE/004369 a PE/004372, PE/004374 a PE/004377, PE/004379, PE/004381, PE/004385, PE/004387 a PE/004389, PE/004393, PE/004395 a PE/004397, PE/004401 a PE/004403, PE/004405 y PE/004408, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 8 de octubre de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.


TEXTO


Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1003929 formulada a la Junta de Castilla y León por D. José Luis Vázquez Fernández, D. Fernando Pablos Romo, D.ª Consolación Pablos Labajo, D.ª Alicia Palomo Sebastián y D. Sergio Iglesias Herrera, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a las previsiones para la implantación de ratios en las clases en la provincia de Segovia.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1003929, se manifiesta lo siguiente:

En primer lugar, hay que señalar que, las medidas que se adopten por parte de la Consejería de Educación en la materia planteada en la pregunta serán de aplicación general a todo el territorio de la Comunidad Autónoma.

Con fecha de 20 de junio de 2020, se publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León el Acuerdo 29/2020, de 19 de junio, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba el Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, en la Comunidad de Castilla y León, que ha sido modificado en diversas ocasiones. En el punto 5 del mismo, se recogen las medidas relativas a los centros docentes y se determina que la Consejería de Educación elaborará y aprobará un protocolo de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva en el que se recogerán las recomendaciones sanitarias aprobadas hasta el momento.

En cumplimiento de este mandato, la Consejería de Educación publicó, a través del Portal de Educación, el Protocolo de Prevención y Organización del regreso a la actividad lectiva en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2020/2021.

En el mismo, se recogían dos tipos de medidas, las de carácter preventivo y las de carácter educativo.

Dentro de las medidas de carácter preventivo se establecían, entre otras:

1. En el primer y segundo ciclo de educación infantil y para el primer curso de educación primaria, los centros constituirán grupos estables de convivencia, con un máximo de entre 22 y 25 alumnos por aula, que estará formado por estos y su profesorado.

Entre los grupos estables de convivencia no habrá interacción, utilizando específicamente los espacios asignados para su uso exclusivo y el establecimiento de horarios para el uso de espacios comunes, de esta manera el movimiento dentro del aula es libre sin tener que cumplir la restricción de la separación de seguridad de 1,5 m, ni el uso de mascarilla. Sin embargo, se debe respetar la distancia mínima de seguridad entre el alumnado de diferentes grupos.

2. A partir de segundo curso de educación primaria, el número de alumnos por aula no podrá superar las ratios máximas previstas normativamente para cada enseñanza, sin que se pueda efectuar excepción de ratio, respetando en todo caso la distancia de seguridad mínima de 1,5m y el uso obligatorio de mascarillas.

Dentro de las medidas de carácter educativo se establecía, entre otras, la elaboración por los equipos directivos de los centros educativos de un Plan de Inicio de Curso, basado en las medidas del Protocolo, que incluirá cuatro apartados fundamentales:

Medidas de seguridad e higiénico-sanitarias.

Criterios para la utilización de espacios.

Criterios para la distribución de horarios.

Criterios para el agrupamiento de alumnos.

La Consejería de Educación elaboró una Guía para la realización por los centros educativos de este Plan de Inicio en la que se indicaba, en el apartado de medidas de seguridad e higiénico-sanitarias, que el mantenimiento de la distancia de seguridad de 1’5 metros es la principal medida de prevención ante el COVID. Partiendo de esta premisa, el centro educativo deberá prever medidas organizativas y de utilización de diferentes espacios hábiles para la impartición de docencia al alumnado, que permitan la distribución del mismo en aulas que garanticen la distancia de seguridad interpersonal, lo que podía derivar en una disminución de las ratios a través de la realización de desdobles, al objeto de asegurar dicha distancia.

A la vista de la evolución de la situación, se ha estimado necesaria la adopción de nuevas medidas de prevención y control que permitan la contención de la pandemia en el territorio de nuestra Comunidad y, así, el 21 de agosto de 2020 se publicó, en el Boletín Oficial de Castilla y León, el Acuerdo 46/2020, de 20 de agosto, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba el Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, en la Comunidad de Castilla y León.

El apartado 5.1 del mismo, que incluye las medidas relativas a los centros docentes, establece que “El retorno a la actividad lectiva presencial de los centros docentes que imparten las enseñanzas del artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se regirá por las condiciones sanitarias vigentes al comienzo del curso escolar 2020/2021.

También serán tenidos en cuenta los protocolos de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva, aprobados por la Consejería de Educación, en el que se recogerán las recomendaciones sanitarias aprobadas hasta ese momento”.

La Consejería de Educación adaptará el Protocolo de Prevención y Organización del regreso a la actividad lectiva en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2020/2021 a las circunstancias de la pandemia y a las recomendaciones de Salud Pública, si estas fueran necesarias.

Valladolid, 23 de septiembre de 2020.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Rocío Lucas Navas.


PE/003929-2

CVE="BOCCL-10-013298"



Sede de las Cortes de Castilla y León