PE/004394-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/004394-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Luis Mariano Santos Reyero, relativa a Conservatorio de Música de León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 148, de 11 de septiembre de 2020.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004090, PE/004092, PE/004204, PE/004209, PE/004211, PE/004214, PE/004217 a PE/004252, PE/004259, PE/004260, PE/004338, PE/004343 a PE/004345, PE/004351, PE/004363, PE/004380, PE/004382 a PE/004384, PE/004386, PE/004390, PE/004391, PE/004394, PE/004398 a PE/004400, PE/004404, PE/004406, PE/004407, PE/004410, PE/004413, PE/004425, PE/004427, PE/004431, PE/004432, PE/004434, PE/004436 a PE/004438, PE/004441, PE/004446 a PE/004448, PE/004450, PE/004452, PE/004454, PE/004455, PE/004457, PE/004458, PE/004471 a PE/004475, PE/004477, PE/004479 y PE/004493, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 23 de octubre de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.



Texto:

Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1004394, formulada a la Junta de Castilla y León por D. Luis Mariano Santos Reyero, Procurador del Grupo Parlamentario Mixto, relativa al proyecto del nuevo Conservatorio de Música de León.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1004394, se manifiesta lo siguiente:

El proyecto del nuevo Conservatorio Profesional de Música de León ha sido entregado por el adjudicatario del contrato, y supervisado por los servicios técnicos correspondientes de la Consejería de Educación. El contrato para la realización de la obra se encuentra actualmente en fase de licitación.

En relación a la anulación de la adjudicación con fecha 17 de julio de 2020, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, emite la sentencia n.º 851 por la que se estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por S. Mata Arquitectura, S.L.P. y se anula la Resolución n.º 113/2018, de fecha 5 de diciembre, del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León, por la que se desestimó el recurso especial en materia de contratación (n.º 108/18), presentado por la recurrente y la Orden de 3 de septiembre de 2018 de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, por la que se adjudica a Estudio González Arquitectos, S.L.P. y se excluye a la empresa recurrente del contrato de servicio para la redacción del proyecto básico y de ejecución, elaboración de maqueta, dirección facultativa y coordinación de seguridad y salud para la construcción del nuevo conservatorio profesional de música en León (expediente n.º: A2018/000276), declarando que la recurrente tiene derecho a ser adjudicataria del expresado contrato y en el caso de que la sentencia no pueda ejecutarse en sus propios términos, se reconoce su derecho a ser resarcida de los daños y perjuicios que se le hubieran causado, consistentes en el lucro cesante de los beneficios del contrato, cuya cuantía se determinará, en su caso, en ejecución de sentencia, con imposición de las costas a la parte demandada.

Esta sentencia no es firme y por la Dirección de los Servicios Jurídicos de la Junta de Castilla y León se va a interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

El problema jurídico planteado, deriva de mantener esta Administración criterios diferentes a los mantenidos por el órgano judicial, criterios que fueron aceptados, en su momento, por el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León, y que fundamentalmente afectan a tres cuestiones: la falta de motivación de la orden de adjudicación, al no aceptarse la motivación “in aliunde”, aceptada tanto por la doctrina del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales como por el Tribunal Supremo; la existencia de varios informes técnicos, no tenidos en cuenta y que según esta Administración no forman parte del expediente por no tener carácter oficial y que se enmarcan en el proceso de formación de voluntad de la mesa de contratación, como documentos de trabajo de carácter preparatorio e interno; y por último, el rechazo a la justificación de la baja temeraria.

Valladolid, 1 de octubre de 2020.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Rocío Lucas Navas.


PE/004394-2

CVE="BOCCL-10-013723"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 21947
BOCCL nº 168/10 del 30/10/2020
CVE: BOCCL-10-013723

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/004394-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Luis Mariano Santos Reyero, relativa a Conservatorio de Música de León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 148, de 11 de septiembre de 2020.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004090, PE/004092, PE/004204, PE/004209, PE/004211, PE/004214, PE/004217 a PE/004252, PE/004259, PE/004260, PE/004338, PE/004343 a PE/004345, PE/004351, PE/004363, PE/004380, PE/004382 a PE/004384, PE/004386, PE/004390, PE/004391, PE/004394, PE/004398 a PE/004400, PE/004404, PE/004406, PE/004407, PE/004410, PE/004413, PE/004425, PE/004427, PE/004431, PE/004432, PE/004434, PE/004436 a PE/004438, PE/004441, PE/004446 a PE/004448, PE/004450, PE/004452, PE/004454, PE/004455, PE/004457, PE/004458, PE/004471 a PE/004475, PE/004477, PE/004479 y PE/004493, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 23 de octubre de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.


TEXTO


Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1004394, formulada a la Junta de Castilla y León por D. Luis Mariano Santos Reyero, Procurador del Grupo Parlamentario Mixto, relativa al proyecto del nuevo Conservatorio de Música de León.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1004394, se manifiesta lo siguiente:

El proyecto del nuevo Conservatorio Profesional de Música de León ha sido entregado por el adjudicatario del contrato, y supervisado por los servicios técnicos correspondientes de la Consejería de Educación. El contrato para la realización de la obra se encuentra actualmente en fase de licitación.

En relación a la anulación de la adjudicación con fecha 17 de julio de 2020, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, emite la sentencia n.º 851 por la que se estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por S. Mata Arquitectura, S.L.P. y se anula la Resolución n.º 113/2018, de fecha 5 de diciembre, del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León, por la que se desestimó el recurso especial en materia de contratación (n.º 108/18), presentado por la recurrente y la Orden de 3 de septiembre de 2018 de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, por la que se adjudica a Estudio González Arquitectos, S.L.P. y se excluye a la empresa recurrente del contrato de servicio para la redacción del proyecto básico y de ejecución, elaboración de maqueta, dirección facultativa y coordinación de seguridad y salud para la construcción del nuevo conservatorio profesional de música en León (expediente n.º: A2018/000276), declarando que la recurrente tiene derecho a ser adjudicataria del expresado contrato y en el caso de que la sentencia no pueda ejecutarse en sus propios términos, se reconoce su derecho a ser resarcida de los daños y perjuicios que se le hubieran causado, consistentes en el lucro cesante de los beneficios del contrato, cuya cuantía se determinará, en su caso, en ejecución de sentencia, con imposición de las costas a la parte demandada.

Esta sentencia no es firme y por la Dirección de los Servicios Jurídicos de la Junta de Castilla y León se va a interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

El problema jurídico planteado, deriva de mantener esta Administración criterios diferentes a los mantenidos por el órgano judicial, criterios que fueron aceptados, en su momento, por el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León, y que fundamentalmente afectan a tres cuestiones: la falta de motivación de la orden de adjudicación, al no aceptarse la motivación “in aliunde”, aceptada tanto por la doctrina del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales como por el Tribunal Supremo; la existencia de varios informes técnicos, no tenidos en cuenta y que según esta Administración no forman parte del expediente por no tener carácter oficial y que se enmarcan en el proceso de formación de voluntad de la mesa de contratación, como documentos de trabajo de carácter preparatorio e interno; y por último, el rechazo a la justificación de la baja temeraria.

Valladolid, 1 de octubre de 2020.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Rocío Lucas Navas.


PE/004394-2

CVE="BOCCL-10-013723"



Sede de las Cortes de Castilla y León