PE/004475-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/004475-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores Dña. Judit Villar Lacueva, Dña. Virginia Barcones Sanz, D. Ángel Hernández Martínez, Dña. María Rodríguez Díaz, Dña. Noelia Frutos Rubio, Dña. María Inmaculada García Rioja y D. José Luis Vázquez Fernández, relativa a actuaciones de la Junta en relación con los vertidos originados por la empresa Distiller en Ólvega y las acumulaciones de metales pesados y otros contaminantes en el subsuelo de las instalaciones de la empresa, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 152, de 28 de septiembre de 2020.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004090, PE/004092, PE/004204, PE/004209, PE/004211, PE/004214, PE/004217 a PE/004252, PE/004259, PE/004260, PE/004338, PE/004343 a PE/004345, PE/004351, PE/004363, PE/004380, PE/004382 a PE/004384, PE/004386, PE/004390, PE/004391, PE/004394, PE/004398 a PE/004400, PE/004404, PE/004406, PE/004407, PE/004410, PE/004413, PE/004425, PE/004427, PE/004431, PE/004432, PE/004434, PE/004436 a PE/004438, PE/004441, PE/004446 a PE/004448, PE/004450, PE/004452, PE/004454, PE/004455, PE/004457, PE/004458, PE/004471 a PE/004475, PE/004477, PE/004479 y PE/004493, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 23 de octubre de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita número 1004475 formulada por D.ª Judith Villar Lacueva y otros Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, sobre los vertidos de la empresa DISTILLER, S.A., En término municipal de Ólvega (Soria).

El 16 de marzo de 2012, la empresa DISTILLER, S.A. vertió aguas con flotantes del tanque de pluviales, por una avería en el sistema anti-rebose del mismo que alcanzó los arroyos de Los Caños y de La Vega, llegando a una acequia de riego y a través de ella se concentró en una finca de un particular.

Personal de la Junta de Castilla y León, tomó muestras del vertido aceitoso que fueron enviadas al Laboratorio Regional de Calidad Ambiental de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente para su análisis. El resultado de las muestras, puso de manifiesto que laá muestras analizadas correspondían con un hidrocarburo derivado del petróleo, siendo la concentración de éste en las misma del 20 %. El producto analizado, no era inflamable lo que permitió descartar entre la enorme variedad de hidrocarburos existentes, que se tratase de una gasolina, un disolvente u otro con esa propiedad. Las características organolépticas (olor, color, textura, etc) y la presencia de trazas de metales, en concreto los niveles de Zinc, indicaron que lo más probable es que las muestras fueran de aceites usados de motor, lo que corroboraría lo manifestado por la empresa, de que el vertido provenía del rebosadero de seguridad del depósito que para aguas pluviales potencialmente contaminadas tiene la planta y no de las aguas procedentes del proceso principal de la empresa: recuperación de disolventes.

La empresa trabajó para evitar la propagación del vertido y posteriormente en la limpieza, tanto de la finca particular, como de los cauces de los arroyos afectados, retirando los restos del vertido, la vegetación y los suelos afectados, hasta conseguir que tanto las aguas como los suelos, tras analíticas realizadas a los mismos, confirmasen la ausencia de niveles de contaminación relevantes, todo ello, bajo el amparo técnico de una empresa especializada en tareas de descontaminación (URS) y a requerimiento del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria. La finca del particular que quedó afectada por el vertido, tras acuerdo del mismo con la empresa, fue limpiada retirando los suelos afectados, saneando la parcela y sustituyendo las tierras por tierra vegetal apta para la siembra.

Los resultados del estado final de la zona afectada, tras las actuaciones realizadas por la empresa URS responsable de los trabajos de limpieza y restauración en su informe final, se pueden sintetizar en:

En el suelo remanente del arroyo de Los Carioá el nivel de TPH (Hidrocarburos totales del petróleo) fue inferior a 1000 mg/kg sin BTEX (Benceno, Toluenos, Etilbenceno y Xileno) salvo alguna traza de tolueno en una de las muestras.

En el suelo remanente del arroyo La Vega la concentración de TPH fue de 190 mg/kg y ausencia de BTEX.

En la finca del particular, tras la retirada del suelo afectado, las analíticas del suelo remanente aportaron resultados de TPH inferiores a 50 mg/kg y sin BTEX

Se hicieron analíticas del agua superficial de los arroyos en tres tramos resultando la ausencia de BTEX y concentraciones muy bajas de TPH próximas al límite de detección analítico (39 μg/l)

La conclusión de todos los análisis fue que se consiguió la limpieza de los arroyos, estando todas las muestras analizadas por debajo de los 1000 mg/kg de TPH y sin BTEX.

Instruido expediente sancionador por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria, la empresa fue sancionada con imposición de multa por importe de 5.000 euros.

El 21 de julio de 2014, la empresa DISTILLER, S.A. notifica que acaba de detectar un vertido junto al muro de cierre del recinto fabril, que al parecer procede de una fuga en el depósito de aguas pluviales, las cuales tras detectarse se están recogiendo, si bien vuelve a requerir los servicios especializados de la empresa URS que resolvió el vertido de 2012.

Desde dicha notificación se sucede un intercambio de escritos entre el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria y la empresa, en relación con las actuaciones de reparación y limpieza efectuadas. El informe final de la empresa URS y puesto que la afección se aprecia en aguas profundas, se remitió el 29 de octubre de 2014 a la Confederación Hidrográfica del Ebro para, en el ámbito de sus competencias, valoración e informe de si las actuaciones habían sido suficientes para eliminar la afección a las aguas subterráneas o en su defecto indicasen o prescribieran las que entendieran oportunas. Dicho organismo fue informando de las actuaciones que iba exigiendo a la empresa para conseguir reducir niveles de contaminantes (TPH, BTEX y otros) hasta alcanzar los valores objetivos fijados por el Organismo de Cuenca de niveles genéricos de referencia de contaminantes en aguas subterráneas. Se tiene conocimiento de que por la empresa se continúan realizando tareas de descontaminación en la zona ya que no se ha conseguido remediar la contaminación a los niveles exigidos.

Respecto a la situación del suelo afectado por el incidente, la empresa ha presentado el último informe en junio de 2020, donde se informa de las actuaciones realizadas hasta esa fecha, de monitorización, remediación y tratamiento de las afecciones en atención a lo reclamado por la Junta de Castilla y León y la CHE, muchas de ellas continúan desarrollándose durante 2020, por lo que su efectividad y valoración habrá de hacerse en 2021.

Siendo un vertido no intencionado no se instruyó expediente sancionador por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria, desconociendo si se ha instruido por la Confederación Hidrográfica del Ebro en cuanto órgano competente por la afección de las aguas subterráneas.

Valladolid, 20 de octubre de 2020.

EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,

Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.


PE/004475-2

CVE="BOCCL-10-013754"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 22044
BOCCL nº 168/10 del 30/10/2020
CVE: BOCCL-10-013754

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/004475-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores Dña. Judit Villar Lacueva, Dña. Virginia Barcones Sanz, D. Ángel Hernández Martínez, Dña. María Rodríguez Díaz, Dña. Noelia Frutos Rubio, Dña. María Inmaculada García Rioja y D. José Luis Vázquez Fernández, relativa a actuaciones de la Junta en relación con los vertidos originados por la empresa Distiller en Ólvega y las acumulaciones de metales pesados y otros contaminantes en el subsuelo de las instalaciones de la empresa, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 152, de 28 de septiembre de 2020.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004090, PE/004092, PE/004204, PE/004209, PE/004211, PE/004214, PE/004217 a PE/004252, PE/004259, PE/004260, PE/004338, PE/004343 a PE/004345, PE/004351, PE/004363, PE/004380, PE/004382 a PE/004384, PE/004386, PE/004390, PE/004391, PE/004394, PE/004398 a PE/004400, PE/004404, PE/004406, PE/004407, PE/004410, PE/004413, PE/004425, PE/004427, PE/004431, PE/004432, PE/004434, PE/004436 a PE/004438, PE/004441, PE/004446 a PE/004448, PE/004450, PE/004452, PE/004454, PE/004455, PE/004457, PE/004458, PE/004471 a PE/004475, PE/004477, PE/004479 y PE/004493, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 23 de octubre de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita número 1004475 formulada por D.ª Judith Villar Lacueva y otros Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, sobre los vertidos de la empresa DISTILLER, S.A., En término municipal de Ólvega (Soria).

El 16 de marzo de 2012, la empresa DISTILLER, S.A. vertió aguas con flotantes del tanque de pluviales, por una avería en el sistema anti-rebose del mismo que alcanzó los arroyos de Los Caños y de La Vega, llegando a una acequia de riego y a través de ella se concentró en una finca de un particular.

Personal de la Junta de Castilla y León, tomó muestras del vertido aceitoso que fueron enviadas al Laboratorio Regional de Calidad Ambiental de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente para su análisis. El resultado de las muestras, puso de manifiesto que laá muestras analizadas correspondían con un hidrocarburo derivado del petróleo, siendo la concentración de éste en las misma del 20 %. El producto analizado, no era inflamable lo que permitió descartar entre la enorme variedad de hidrocarburos existentes, que se tratase de una gasolina, un disolvente u otro con esa propiedad. Las características organolépticas (olor, color, textura, etc) y la presencia de trazas de metales, en concreto los niveles de Zinc, indicaron que lo más probable es que las muestras fueran de aceites usados de motor, lo que corroboraría lo manifestado por la empresa, de que el vertido provenía del rebosadero de seguridad del depósito que para aguas pluviales potencialmente contaminadas tiene la planta y no de las aguas procedentes del proceso principal de la empresa: recuperación de disolventes.

La empresa trabajó para evitar la propagación del vertido y posteriormente en la limpieza, tanto de la finca particular, como de los cauces de los arroyos afectados, retirando los restos del vertido, la vegetación y los suelos afectados, hasta conseguir que tanto las aguas como los suelos, tras analíticas realizadas a los mismos, confirmasen la ausencia de niveles de contaminación relevantes, todo ello, bajo el amparo técnico de una empresa especializada en tareas de descontaminación (URS) y a requerimiento del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria. La finca del particular que quedó afectada por el vertido, tras acuerdo del mismo con la empresa, fue limpiada retirando los suelos afectados, saneando la parcela y sustituyendo las tierras por tierra vegetal apta para la siembra.

Los resultados del estado final de la zona afectada, tras las actuaciones realizadas por la empresa URS responsable de los trabajos de limpieza y restauración en su informe final, se pueden sintetizar en:

En el suelo remanente del arroyo de Los Carioá el nivel de TPH (Hidrocarburos totales del petróleo) fue inferior a 1000 mg/kg sin BTEX (Benceno, Toluenos, Etilbenceno y Xileno) salvo alguna traza de tolueno en una de las muestras.

En el suelo remanente del arroyo La Vega la concentración de TPH fue de 190 mg/kg y ausencia de BTEX.

En la finca del particular, tras la retirada del suelo afectado, las analíticas del suelo remanente aportaron resultados de TPH inferiores a 50 mg/kg y sin BTEX

Se hicieron analíticas del agua superficial de los arroyos en tres tramos resultando la ausencia de BTEX y concentraciones muy bajas de TPH próximas al límite de detección analítico (39 μg/l)

La conclusión de todos los análisis fue que se consiguió la limpieza de los arroyos, estando todas las muestras analizadas por debajo de los 1000 mg/kg de TPH y sin BTEX.

Instruido expediente sancionador por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria, la empresa fue sancionada con imposición de multa por importe de 5.000 euros.

El 21 de julio de 2014, la empresa DISTILLER, S.A. notifica que acaba de detectar un vertido junto al muro de cierre del recinto fabril, que al parecer procede de una fuga en el depósito de aguas pluviales, las cuales tras detectarse se están recogiendo, si bien vuelve a requerir los servicios especializados de la empresa URS que resolvió el vertido de 2012.

Desde dicha notificación se sucede un intercambio de escritos entre el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria y la empresa, en relación con las actuaciones de reparación y limpieza efectuadas. El informe final de la empresa URS y puesto que la afección se aprecia en aguas profundas, se remitió el 29 de octubre de 2014 a la Confederación Hidrográfica del Ebro para, en el ámbito de sus competencias, valoración e informe de si las actuaciones habían sido suficientes para eliminar la afección a las aguas subterráneas o en su defecto indicasen o prescribieran las que entendieran oportunas. Dicho organismo fue informando de las actuaciones que iba exigiendo a la empresa para conseguir reducir niveles de contaminantes (TPH, BTEX y otros) hasta alcanzar los valores objetivos fijados por el Organismo de Cuenca de niveles genéricos de referencia de contaminantes en aguas subterráneas. Se tiene conocimiento de que por la empresa se continúan realizando tareas de descontaminación en la zona ya que no se ha conseguido remediar la contaminación a los niveles exigidos.

Respecto a la situación del suelo afectado por el incidente, la empresa ha presentado el último informe en junio de 2020, donde se informa de las actuaciones realizadas hasta esa fecha, de monitorización, remediación y tratamiento de las afecciones en atención a lo reclamado por la Junta de Castilla y León y la CHE, muchas de ellas continúan desarrollándose durante 2020, por lo que su efectividad y valoración habrá de hacerse en 2021.

Siendo un vertido no intencionado no se instruyó expediente sancionador por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria, desconociendo si se ha instruido por la Confederación Hidrográfica del Ebro en cuanto órgano competente por la afección de las aguas subterráneas.

Valladolid, 20 de octubre de 2020.

EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,

Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.


PE/004475-2

CVE="BOCCL-10-013754"



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