PNL/000820-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000820-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Sr. García-Conde del Castillo (VOX), instando a la Junta de Castilla y León a instar al Gobierno de la Nación a garantizar la defensa de la Constitución Española y los derechos fundamentales recogidos en la misma y, asimismo, instando a la Junta de Castilla y León a declarar su compromiso con la Constitución y los derechos y libertades, para su tramitación ante el Pleno.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 13 de noviembre de 2020, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000817 a PNL/000820.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 13 de noviembre de 2020.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El Grupo Mixto de las Cortes de Castilla y León, a instancia del Procurador D. Jesús García-Conde, perteneciente al partido político VOX, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, formula la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y aprobación ante el Pleno:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La libertad de expresión e información es uno de los principios fundamentales y necesarios para que una sociedad pueda llamarse democrática. Es una pieza clave de los derechos que tienen los ciudadanos para ejercer de contrapeso al poder y sus gobernantes, y es la base fundamental del necesario intercambio de ideas, opiniones e informaciones que conforman el debate público fundamental para garantizar una opinión pública libre y plural que permita la convivencia y la participación política de los ciudadanos.

Además de ser un principio sine qua non para que exista un régimen de libertades en cualquier nación, es un derecho recogido en diversos Tratados Internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que en su artículo 19 lo recoge en los siguientes términos:

"Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión".

Un derecho básico que también viene recogido en el artículo 11 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea:

"1. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión. Este derecho comprende la libertad de opinión y la libertad de recibir o comunicar informaciones o ideas sin que pueda haber injerencia de autoridades públicas y sin consideración de fronteras.

2. Se respetan la libertad de los medios de comunicación y su pluralismo".

Y en el artículo 20 de la Constitución Española, en el que se reconocen y protegen los siguientes derechos:

"a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción".

"d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades".

Y esto que ya sabemos, ha sido puesto de manifiesto por la doctrina constitucional, que ha establecido que los artículos 20.1 a) y d) de nuestra Constitución, se conciben como libertades sirvientes de la opinión pública libre, cuya formación es el fin último de tutela de este precepto constitucional, y que no es otra cosa que garantizar la libertad a expresar opiniones y comunicar o recibir información libremente a través de cualquier medio de difusión o reproducción, cuyo resultado es un proceso libre o abierto de comunicación pública, indispensable para la realización del Estado democrático.

La aparición de las redes sociales ha supuesto un cambio de paradigma del derecho a la libertad de expresión e información puesto que hoy cualquier persona puede emitir opiniones e informar y, a su vez, todos podemos elegir libremente y entre una mayor variedad de opiniones e informadores, contribuyendo a la democratización del derecho de expresión e información y ampliando nuevos horizontes en el necesario y legítimo intercambio de ideas y opiniones.

Estas nuevas plataformas, que escapan del control político, han supuesto que personas, partidos políticos y organizaciones que desearían imponer una única corriente de opinión y pensamiento los vean como una amenaza.

Por todo ello, desde distintas instituciones se lleva tiempo trabajando en ejercer un control y verificación de opiniones e informaciones que se escapan del control político, alegando el aumento de las noticias falsas, e ignorando que en nuestro Ordenamiento Jurídico ya existen mecanismos para detectar y sancionar a los que usen los legítimos derechos de los ciudadanos para atentar contra el interés general y el bien común, con respeto a la separación de poderes.

Defender a la sociedad de ataques malintencionados de determinadas personas o grupos no debe ser nunca una excusa para ejercer una tutela paternalista de la sociedad, ignorando su madurez e impidiendo el libre ejercicio crítico de la ciudadanía.

La respuesta frente a las amenazas a las que se enfrentan las sociedades democráticas debe ser siempre más libertad y menos control por parte de aquellos que ejercen el poder. Pretender instaurar un orwelliano Ministerio de la Verdad en la España democrática solo se justificaría bajo el afán por perpetuarse de un Gobierno y de ejercer un abuso de poder intolerable e incompatible con la democracia.

Así, en pleno Estado de Alarma, y tras más de diez meses de Pandemia en los que se ha demostrado la ineficacia de un Gobierno superado por las circunstancias que ha tenido como consecuencia que España sea uno de los países desarrollados con mayores índices de mortalidad, infección y ruina económica, su mayor preocupación en pleno Estado de Alarma es la creación de un comité encargado de monitorizar las redes sociales y acallar las críticas a su nefasta gestión.

El derecho a disentir de las tesis gubernamentales, y más cuando ha quedado evidenciado que no sólo no hubo falta de previsión sino ocultación deliberada de la gravedad de un virus que ha resultado mortal para decenas de miles de ciudadanos y nuestra economía, es más necesario que nunca. El Gobierno del Partido Socialista y Unidas Podemos está retorciendo el Ordenamiento Jurídico para protegerse de los ciudadanos, y está acelerando la máquina legislativa en una situación de excepcionalidad para recortar libertades fundamentales sin base jurídica con el único objetivo de tapar su nefasta gestión y poder perpetuarse en el poder.

Un Gobierno que utiliza el bulo, la confusión y la mentira como herramientas legislativas para atacar a la oposición y recortar la libertad individual, debe tener en frente a todos los partidos que están comprometidos con la democracia, la libertad y la defensa de nuestro Ordenamiento Jurídico.

Al igual que la memoria es individual y subjetiva, la verdad y la opinión también lo son. Ningún poder público puede erigirse en juez y parte a la hora de sancionar ninguna opinión, información o expresión.

Por lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León manifiestan su compromiso con la libertad de expresión e información, derechos fundamentales de todo Estado democrático y de derecho recogidos en los tratados internacionales de Derechos Humanos así como en la Constitución Española.

Las Cortes de Castilla y León muestran su rechazo a los intentos por parte del Gobierno de la Nación de crear métodos u organismos con capacidad de influir o censurar opiniones y contenidos en las redes sociales y los medios de comunicación.

Las Cortes de Castilla y León muestran su rechazo a los intentos por parte del Gobierno de la Nación de alterar e influir en la Opinión Pública, haciendo un uso perverso del Ordenamiento Jurídico e instituciones públicas.

Por ello, las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que adopte las siguientes medidas:

1. Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León para que a su vez inste al Gobierno de la Nación a garantizar la defensa de la Constitución Española y los derechos fundamentales recogidos en la misma, así como a garantizar la libertad de opinión, información y pensamiento.

2. Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a declarar su compromiso con la Constitución y los derechos y libertades recogidos en la misma frente a las tentaciones totalitarias del Gobierno de la Nación.

En Valladolid, a 11 de noviembre de 2020.

EL PROCURADOR,

Fdo.: Jesús María García-Conde del Castillo


PNL/000820-01

CVE="BOCCL-10-014159"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pags. 22686-22689
BOCCL nº 176/10 del 19/11/2020
CVE: BOCCL-10-014159

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000820-01
Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Sr. García-Conde del Castillo (VOX), instando a la Junta de Castilla y León a instar al Gobierno de la Nación a garantizar la defensa de la Constitución Española y los derechos fundamentales recogidos en la misma y, asimismo, instando a la Junta de Castilla y León a declarar su compromiso con la Constitución y los derechos y libertades, para su tramitación ante el Pleno.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 13 de noviembre de 2020, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000817 a PNL/000820.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 13 de noviembre de 2020.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El Grupo Mixto de las Cortes de Castilla y León, a instancia del Procurador D. Jesús García-Conde, perteneciente al partido político VOX, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, formula la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y aprobación ante el Pleno:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La libertad de expresión e información es uno de los principios fundamentales y necesarios para que una sociedad pueda llamarse democrática. Es una pieza clave de los derechos que tienen los ciudadanos para ejercer de contrapeso al poder y sus gobernantes, y es la base fundamental del necesario intercambio de ideas, opiniones e informaciones que conforman el debate público fundamental para garantizar una opinión pública libre y plural que permita la convivencia y la participación política de los ciudadanos.

Además de ser un principio sine qua non para que exista un régimen de libertades en cualquier nación, es un derecho recogido en diversos Tratados Internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que en su artículo 19 lo recoge en los siguientes términos:

"Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión".

Un derecho básico que también viene recogido en el artículo 11 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea:

"1. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión. Este derecho comprende la libertad de opinión y la libertad de recibir o comunicar informaciones o ideas sin que pueda haber injerencia de autoridades públicas y sin consideración de fronteras.

2. Se respetan la libertad de los medios de comunicación y su pluralismo".

Y en el artículo 20 de la Constitución Española, en el que se reconocen y protegen los siguientes derechos:

"a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción".

"d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades".

Y esto que ya sabemos, ha sido puesto de manifiesto por la doctrina constitucional, que ha establecido que los artículos 20.1 a) y d) de nuestra Constitución, se conciben como libertades sirvientes de la opinión pública libre, cuya formación es el fin último de tutela de este precepto constitucional, y que no es otra cosa que garantizar la libertad a expresar opiniones y comunicar o recibir información libremente a través de cualquier medio de difusión o reproducción, cuyo resultado es un proceso libre o abierto de comunicación pública, indispensable para la realización del Estado democrático.

La aparición de las redes sociales ha supuesto un cambio de paradigma del derecho a la libertad de expresión e información puesto que hoy cualquier persona puede emitir opiniones e informar y, a su vez, todos podemos elegir libremente y entre una mayor variedad de opiniones e informadores, contribuyendo a la democratización del derecho de expresión e información y ampliando nuevos horizontes en el necesario y legítimo intercambio de ideas y opiniones.

Estas nuevas plataformas, que escapan del control político, han supuesto que personas, partidos políticos y organizaciones que desearían imponer una única corriente de opinión y pensamiento los vean como una amenaza.

Por todo ello, desde distintas instituciones se lleva tiempo trabajando en ejercer un control y verificación de opiniones e informaciones que se escapan del control político, alegando el aumento de las noticias falsas, e ignorando que en nuestro Ordenamiento Jurídico ya existen mecanismos para detectar y sancionar a los que usen los legítimos derechos de los ciudadanos para atentar contra el interés general y el bien común, con respeto a la separación de poderes.

Defender a la sociedad de ataques malintencionados de determinadas personas o grupos no debe ser nunca una excusa para ejercer una tutela paternalista de la sociedad, ignorando su madurez e impidiendo el libre ejercicio crítico de la ciudadanía.

La respuesta frente a las amenazas a las que se enfrentan las sociedades democráticas debe ser siempre más libertad y menos control por parte de aquellos que ejercen el poder. Pretender instaurar un orwelliano Ministerio de la Verdad en la España democrática solo se justificaría bajo el afán por perpetuarse de un Gobierno y de ejercer un abuso de poder intolerable e incompatible con la democracia.

Así, en pleno Estado de Alarma, y tras más de diez meses de Pandemia en los que se ha demostrado la ineficacia de un Gobierno superado por las circunstancias que ha tenido como consecuencia que España sea uno de los países desarrollados con mayores índices de mortalidad, infección y ruina económica, su mayor preocupación en pleno Estado de Alarma es la creación de un comité encargado de monitorizar las redes sociales y acallar las críticas a su nefasta gestión.

El derecho a disentir de las tesis gubernamentales, y más cuando ha quedado evidenciado que no sólo no hubo falta de previsión sino ocultación deliberada de la gravedad de un virus que ha resultado mortal para decenas de miles de ciudadanos y nuestra economía, es más necesario que nunca. El Gobierno del Partido Socialista y Unidas Podemos está retorciendo el Ordenamiento Jurídico para protegerse de los ciudadanos, y está acelerando la máquina legislativa en una situación de excepcionalidad para recortar libertades fundamentales sin base jurídica con el único objetivo de tapar su nefasta gestión y poder perpetuarse en el poder.

Un Gobierno que utiliza el bulo, la confusión y la mentira como herramientas legislativas para atacar a la oposición y recortar la libertad individual, debe tener en frente a todos los partidos que están comprometidos con la democracia, la libertad y la defensa de nuestro Ordenamiento Jurídico.

Al igual que la memoria es individual y subjetiva, la verdad y la opinión también lo son. Ningún poder público puede erigirse en juez y parte a la hora de sancionar ninguna opinión, información o expresión.

Por lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León manifiestan su compromiso con la libertad de expresión e información, derechos fundamentales de todo Estado democrático y de derecho recogidos en los tratados internacionales de Derechos Humanos así como en la Constitución Española.

Las Cortes de Castilla y León muestran su rechazo a los intentos por parte del Gobierno de la Nación de crear métodos u organismos con capacidad de influir o censurar opiniones y contenidos en las redes sociales y los medios de comunicación.

Las Cortes de Castilla y León muestran su rechazo a los intentos por parte del Gobierno de la Nación de alterar e influir en la Opinión Pública, haciendo un uso perverso del Ordenamiento Jurídico e instituciones públicas.

Por ello, las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que adopte las siguientes medidas:

1. Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León para que a su vez inste al Gobierno de la Nación a garantizar la defensa de la Constitución Española y los derechos fundamentales recogidos en la misma, así como a garantizar la libertad de opinión, información y pensamiento.

2. Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a declarar su compromiso con la Constitución y los derechos y libertades recogidos en la misma frente a las tentaciones totalitarias del Gobierno de la Nación.

En Valladolid, a 11 de noviembre de 2020.

EL PROCURADOR,

Fdo.: Jesús María García-Conde del Castillo


PNL/000820-01

CVE="BOCCL-10-014159"



Sede de las Cortes de Castilla y León