PE/004725-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

463. Preguntas para respuesta escrita
PE/004725-01


Sumario:

Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores D. Jesús Guerrero Arroyo, Dña. María Consolación Pablos Labajo, D. Rubén Illera Redón y Dña. María Rodríguez Díaz, relativa a razón por la que la Consejería de Fomento y Medio Ambiente no establece el término de Mave en el municipio de Aguilar de Campoo como zona vulnerable.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 13 de noviembre de 2020, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/004683 a PE/004745.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 13 de noviembre de 2020.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Jesús Guerrero Arroyo, Consolación Pablos Labajo, Rubén Illera Redón, María Rodríguez Díaz, Procuradores y Procuradoras pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

El DECRETO 5/2020, de 25 de junio, por el que se designan las zonas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero, y se aprueba el Código de Buenas Prácticas Agrarias, en su Anexo I, no designa como zona vulnerable el término de Mave en el municipio de Aguilar de Campoo, a pesar de constar en el Servicio Territorial de Sanidad diversos episodios de aguas contaminadas por nitratos desde el año 2018. Se pregunta:

¿Cuál es la razón por la que la Consejería de Fomento y Medio Ambiente no lo establece como zona vulnerable?

Valladolid a 04 de noviembre de 2020


PE/004725-01

CVE="BOCCL-10-014250"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pags. 22889-22890
BOCCL nº 177/10 del 23/11/2020
CVE: BOCCL-10-014250

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
463. Preguntas para respuesta escrita
PE/004725-01
Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores D. Jesús Guerrero Arroyo, Dña. María Consolación Pablos Labajo, D. Rubén Illera Redón y Dña. María Rodríguez Díaz, relativa a razón por la que la Consejería de Fomento y Medio Ambiente no establece el término de Mave en el municipio de Aguilar de Campoo como zona vulnerable.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 13 de noviembre de 2020, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/004683 a PE/004745.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 13 de noviembre de 2020.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Jesús Guerrero Arroyo, Consolación Pablos Labajo, Rubén Illera Redón, María Rodríguez Díaz, Procuradores y Procuradoras pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

El DECRETO 5/2020, de 25 de junio, por el que se designan las zonas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero, y se aprueba el Código de Buenas Prácticas Agrarias, en su Anexo I, no designa como zona vulnerable el término de Mave en el municipio de Aguilar de Campoo, a pesar de constar en el Servicio Territorial de Sanidad diversos episodios de aguas contaminadas por nitratos desde el año 2018. Se pregunta:

¿Cuál es la razón por la que la Consejería de Fomento y Medio Ambiente no lo establece como zona vulnerable?

Valladolid a 04 de noviembre de 2020


PE/004725-01

CVE="BOCCL-10-014250"



Sede de las Cortes de Castilla y León