PE/004553-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/004553-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Rubén Illera Redón, D. Jesús Guerrero Arroyo, Dña. María Consolación Pablos Labajo, D. Javier Campos de la Fuente, Dña. María Isabel Gonzalo Ramírez, Dña. Noelia Frutos Rubio, D. Fernando Pablos Romo, Dña. Alicia Palomo Sebastián, Dña. Virginia Jiménez Campano y Dña. Nuria Rubio García, relativa a reserva del 2 % de puestos de trabajo para personas con discapacidad, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 159, de 13 de octubre de 2020.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004256, PE/004361, PE/004362, PE/004368, PE/004373, PE/004392, PE/004409, PE/004492, PE/004494 a PE/004529, PE/004532, PE/004536, PE/004541 a PE/004549, PE/004551 a PE/004553, PE/004555 a PE/004562, PE/004564 a PE/004566, PE/004568 a PE/004573, PE/004576, PE/004597 a PE/004608, PE/004610, PE/004611 y PE/004622, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 17 de noviembre 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.



Texto:

El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-10-014418.

Contestacion a la Pregunta con respuesta Escrita referencia P.E./004553, formulada por los Procuradores D. Rubén Illera Redón, D. Jesús Guerrero Arroyo, D.ª Consolación Pablos Labajo, D. Javier Campos de la Fuente, D.ª Isabel Gonzalo Ramírez, D.ª Noelia Frutos Rubio, D. Fernando Pablos Romo, D.ª Alicia Palomo Sebastián, D.ª Virginia Jiménez Campano y D.ª Nuria Rubio García pertencientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y Leon, relativa a las solicitudes de excepcionalidad de reserva del 2 % de puestos de trabajo para personas con discapacidad.

En relación a las cuestiones que se plantean en la pregunta escrita de referencia se informa que el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, establece en el art. 42 que las empresas con 50 o más trabajadores, deben contar con un 2 % de puestos reservados a los mismos, y contempla dos posibilidades para cumplir dicha obligación:

Cumplimiento directo mediante contrataciones, con el deber de comunicarlo al Servicio Público de Empleo correspondiente anualmente.

Cumplimiento con carácter excepcional: En este sentido el Servicio Público de Empleo de Castilla y León es el órgano competente, para resolver la declaración de excepcionalidad con carácter previo a la adopción de las medidas alternativas (a través de las Gerencias Provinciales, o Servicios Centrales, dependiendo del ámbito territorial).

En este sentido el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. El artículo 1.2.apartados a) y b), establece los supuestos en que concurre dicha excepcionalidad y el art. 2 las medidas alternativas que las empresas podrán aplicar para cumplir la obligación de reserva de empleo en favor de las personas con discapacidad.

En relación con la información solicitada por el Grupo Parlamentario Socialista, indicar que esta información no se dispone desagregada por centros de trabajo, por lo que se adjunta en Anexo la información disponible, en archivo digital, desde el año 2016, en el que se relacionan:

Declaraciones de excepcionalidad concedidas o autorizadas en la Comunidad de Castilla y León, a la obligatoriedad de reserva del 2 % de los puestos de trabajo a favor de personas con discapacidad, a nivel regional y provincial.

Motivo o supuesto de exención al que se acogen dichas empresas, para solicitar dicha declaración de excepcionalidad, establecido en el art. 1.2.a) ó 1.2.b), del Real Decreto 364/2005 de 8 de abril.

Cuota de reserva: corresponde al número de trabajadores con discapacidad, es decir, el 2 % de la plantillas de las empresas con declaración de excepcionalidad totalizado en todos sus centros de trabajo.

Medidas alternativas por las que optan las empresas con declaración de excepecionalidad concedida, establecidas en el art. 2 del Real Decreto 364/2005, con el objeto de dar cumplimiento a la reserva de empleo en favor de las personas con discapacidad.

Valladolid, 5 de noviembre de 2020.

La Consejera,

Fdo.: Ana Carlota Amigo Piquero.


PE/004553-2

CVE="BOCCL-10-014418"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 23079
BOCCL nº 180/10 del 27/11/2020
CVE: BOCCL-10-014418

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/004553-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Rubén Illera Redón, D. Jesús Guerrero Arroyo, Dña. María Consolación Pablos Labajo, D. Javier Campos de la Fuente, Dña. María Isabel Gonzalo Ramírez, Dña. Noelia Frutos Rubio, D. Fernando Pablos Romo, Dña. Alicia Palomo Sebastián, Dña. Virginia Jiménez Campano y Dña. Nuria Rubio García, relativa a reserva del 2 % de puestos de trabajo para personas con discapacidad, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 159, de 13 de octubre de 2020.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004256, PE/004361, PE/004362, PE/004368, PE/004373, PE/004392, PE/004409, PE/004492, PE/004494 a PE/004529, PE/004532, PE/004536, PE/004541 a PE/004549, PE/004551 a PE/004553, PE/004555 a PE/004562, PE/004564 a PE/004566, PE/004568 a PE/004573, PE/004576, PE/004597 a PE/004608, PE/004610, PE/004611 y PE/004622, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 17 de noviembre 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.


TEXTO


El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-10-014418.

Contestacion a la Pregunta con respuesta Escrita referencia P.E./004553, formulada por los Procuradores D. Rubén Illera Redón, D. Jesús Guerrero Arroyo, D.ª Consolación Pablos Labajo, D. Javier Campos de la Fuente, D.ª Isabel Gonzalo Ramírez, D.ª Noelia Frutos Rubio, D. Fernando Pablos Romo, D.ª Alicia Palomo Sebastián, D.ª Virginia Jiménez Campano y D.ª Nuria Rubio García pertencientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y Leon, relativa a las solicitudes de excepcionalidad de reserva del 2 % de puestos de trabajo para personas con discapacidad.

En relación a las cuestiones que se plantean en la pregunta escrita de referencia se informa que el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, establece en el art. 42 que las empresas con 50 o más trabajadores, deben contar con un 2 % de puestos reservados a los mismos, y contempla dos posibilidades para cumplir dicha obligación:

Cumplimiento directo mediante contrataciones, con el deber de comunicarlo al Servicio Público de Empleo correspondiente anualmente.

Cumplimiento con carácter excepcional: En este sentido el Servicio Público de Empleo de Castilla y León es el órgano competente, para resolver la declaración de excepcionalidad con carácter previo a la adopción de las medidas alternativas (a través de las Gerencias Provinciales, o Servicios Centrales, dependiendo del ámbito territorial).

En este sentido el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. El artículo 1.2.apartados a) y b), establece los supuestos en que concurre dicha excepcionalidad y el art. 2 las medidas alternativas que las empresas podrán aplicar para cumplir la obligación de reserva de empleo en favor de las personas con discapacidad.

En relación con la información solicitada por el Grupo Parlamentario Socialista, indicar que esta información no se dispone desagregada por centros de trabajo, por lo que se adjunta en Anexo la información disponible, en archivo digital, desde el año 2016, en el que se relacionan:

Declaraciones de excepcionalidad concedidas o autorizadas en la Comunidad de Castilla y León, a la obligatoriedad de reserva del 2 % de los puestos de trabajo a favor de personas con discapacidad, a nivel regional y provincial.

Motivo o supuesto de exención al que se acogen dichas empresas, para solicitar dicha declaración de excepcionalidad, establecido en el art. 1.2.a) ó 1.2.b), del Real Decreto 364/2005 de 8 de abril.

Cuota de reserva: corresponde al número de trabajadores con discapacidad, es decir, el 2 % de la plantillas de las empresas con declaración de excepcionalidad totalizado en todos sus centros de trabajo.

Medidas alternativas por las que optan las empresas con declaración de excepecionalidad concedida, establecidas en el art. 2 del Real Decreto 364/2005, con el objeto de dar cumplimiento a la reserva de empleo en favor de las personas con discapacidad.

Valladolid, 5 de noviembre de 2020.

La Consejera,

Fdo.: Ana Carlota Amigo Piquero.


PE/004553-2

CVE="BOCCL-10-014418"



Sede de las Cortes de Castilla y León