PE/004558-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/004558-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Sergio Iglesias Herrera, Dña. Alicia Palomo Sebastián, D. José Luis Vázquez Fernández y D. Fernando Pablos Romo, relativa a colegio de Hontanares de Eresma, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 159, de 13 de octubre de 2020.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004256, PE/004361, PE/004362, PE/004368, PE/004373, PE/004392, PE/004409, PE/004492, PE/004494 a PE/004529, PE/004532, PE/004536, PE/004541 a PE/004549, PE/004551 a PE/004553, PE/004555 a PE/004562, PE/004564 a PE/004566, PE/004568 a PE/004573, PE/004576, PE/004597 a PE/004608, PE/004610, PE/004611 y PE/004622, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 17 de noviembre 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.



Texto:

Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1004558, formulada a la Junta de Castilla y León por D. Sergio Iglesias Herrera, D.ª Alicia Palomo Sebastián, D. José Luis Vázquez Fernández y D. Fernando Pablos Romo, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa al Colegio de Hontanares de Eresma (Segovia).

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1004558, se manifiesta lo siguiente:

El colegio de Hontanares de Eresma forma parte del CRA “Los Llanos” de Valverde del Majano, al que pertenecen también las unidades escolares de Abades y Valseca.

En Hontanares existen dos edificios que albergan el centro educativo: las antiguas escuelas, afectadas al uso educativo donde acuden los grupos de infantil y que reúne las condiciones necesarias para su uso como centro docente, y el centro cultural de propiedad municipal, no afectado a educación, que ha albergado el crecimiento del número de alumnos de Hontanares.

La situación actual, como consecuencia de la pandemia de la COVID-19, hace inviable la continuidad de la actividad lectiva en el espacio cedido por el Ayuntamiento donde el mantenimiento de la distancia y la ventilación no podrían llevarse a cabo, comprometiendo la salud de alumnos y profesores.

En este momento, los alumnos están ubicados en el nuevo centro de Valverde del Majano situado a 5 km y a cinco minutos en transporte de Hontanares de Eresma. Estos alumnos, todos de Educación Primaria, son transportados a Valverde con derecho a comedor y además, se ha coordinado el programa madrugadores en ambos municipios para que comiencen a las 7:30 h de la mañana. En consecuencia, no existe actualmente problema de espacio, ni de instalaciones inadecuadas que comprometa su escolarización. Por otra parte, se ha dejado a elección de los padres la asistencia de los alumnos de infantil en Hontanares o en Valverde del Majano.

La Consejería de Educación no ha recibido solicitud de afectación al uso educativo de ninguna parcela en el municipio de Hontanares de Eresma, propiedad del Ayuntamiento.

En 2009 el Ayuntamiento realizó una consulta sobre la viabilidad de una parcela, de la que presentó una copia de parte de un plano y una fotografía aérea, que no reunía las condiciones para la construcción de un centro educativo.

La superficie de parcela requerida para albergar un centro de educación infantil y primaria de una línea se sitúa en torno a los 5.000 metros cuadrados: Será mayor según las variables urbanísticas, físicas y de las cargas o servidumbres que presente la parcela puesta a disposición.

Respecto a los aspectos técnicos y administrativos, el Ayuntamiento en Pleno debe poner a disposición de la Junta de Castilla y León una parcela para la construcción de un centro educativo que cumpla con el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, con la Ley 5/1999, de 8 de abril modificada por la Ley 4/2008, de 15 de septiembre, de Medidas sobre Urbanismo y Suelo de Castilla y León y la Instrucción de la Dirección General de Infraestructuras y Equipamiento de 24 de julio de 2000, en cuanto a los requisitos de los terrenos ofertados por las corporaciones locales para la construcción de centros docentes y la documentación necesaria que se debe acompañar para su tramitación, como son: el acuerdo del Ayuntamiento en Pleno de puesta a disposición de un solar para este fin, el certificado del registro de la propiedad que acredite la correspondiente titularidad, la cédula urbanística y los planos descriptivos de la parcela con la firma del arquitecto municipal.

No obstante lo indicado en el punto anterior, es requisito necesario pero no suficiente, ya que la necesidad de construcción de un centro educativo en el municipio de Hontanares de Eresma está vinculada a la proyección de mantenimiento y crecimiento de la población en edad escolar de ese municipio y a la ordenación territorial de los centros de la zona.

Valladolid, 6 de noviembre de 2020.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Rocío Lucas Navas.


PE/004558-2

CVE="BOCCL-10-014422"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 23090
BOCCL nº 180/10 del 27/11/2020
CVE: BOCCL-10-014422

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/004558-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Sergio Iglesias Herrera, Dña. Alicia Palomo Sebastián, D. José Luis Vázquez Fernández y D. Fernando Pablos Romo, relativa a colegio de Hontanares de Eresma, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 159, de 13 de octubre de 2020.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004256, PE/004361, PE/004362, PE/004368, PE/004373, PE/004392, PE/004409, PE/004492, PE/004494 a PE/004529, PE/004532, PE/004536, PE/004541 a PE/004549, PE/004551 a PE/004553, PE/004555 a PE/004562, PE/004564 a PE/004566, PE/004568 a PE/004573, PE/004576, PE/004597 a PE/004608, PE/004610, PE/004611 y PE/004622, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 17 de noviembre 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.


TEXTO


Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1004558, formulada a la Junta de Castilla y León por D. Sergio Iglesias Herrera, D.ª Alicia Palomo Sebastián, D. José Luis Vázquez Fernández y D. Fernando Pablos Romo, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa al Colegio de Hontanares de Eresma (Segovia).

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1004558, se manifiesta lo siguiente:

El colegio de Hontanares de Eresma forma parte del CRA “Los Llanos” de Valverde del Majano, al que pertenecen también las unidades escolares de Abades y Valseca.

En Hontanares existen dos edificios que albergan el centro educativo: las antiguas escuelas, afectadas al uso educativo donde acuden los grupos de infantil y que reúne las condiciones necesarias para su uso como centro docente, y el centro cultural de propiedad municipal, no afectado a educación, que ha albergado el crecimiento del número de alumnos de Hontanares.

La situación actual, como consecuencia de la pandemia de la COVID-19, hace inviable la continuidad de la actividad lectiva en el espacio cedido por el Ayuntamiento donde el mantenimiento de la distancia y la ventilación no podrían llevarse a cabo, comprometiendo la salud de alumnos y profesores.

En este momento, los alumnos están ubicados en el nuevo centro de Valverde del Majano situado a 5 km y a cinco minutos en transporte de Hontanares de Eresma. Estos alumnos, todos de Educación Primaria, son transportados a Valverde con derecho a comedor y además, se ha coordinado el programa madrugadores en ambos municipios para que comiencen a las 7:30 h de la mañana. En consecuencia, no existe actualmente problema de espacio, ni de instalaciones inadecuadas que comprometa su escolarización. Por otra parte, se ha dejado a elección de los padres la asistencia de los alumnos de infantil en Hontanares o en Valverde del Majano.

La Consejería de Educación no ha recibido solicitud de afectación al uso educativo de ninguna parcela en el municipio de Hontanares de Eresma, propiedad del Ayuntamiento.

En 2009 el Ayuntamiento realizó una consulta sobre la viabilidad de una parcela, de la que presentó una copia de parte de un plano y una fotografía aérea, que no reunía las condiciones para la construcción de un centro educativo.

La superficie de parcela requerida para albergar un centro de educación infantil y primaria de una línea se sitúa en torno a los 5.000 metros cuadrados: Será mayor según las variables urbanísticas, físicas y de las cargas o servidumbres que presente la parcela puesta a disposición.

Respecto a los aspectos técnicos y administrativos, el Ayuntamiento en Pleno debe poner a disposición de la Junta de Castilla y León una parcela para la construcción de un centro educativo que cumpla con el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, con la Ley 5/1999, de 8 de abril modificada por la Ley 4/2008, de 15 de septiembre, de Medidas sobre Urbanismo y Suelo de Castilla y León y la Instrucción de la Dirección General de Infraestructuras y Equipamiento de 24 de julio de 2000, en cuanto a los requisitos de los terrenos ofertados por las corporaciones locales para la construcción de centros docentes y la documentación necesaria que se debe acompañar para su tramitación, como son: el acuerdo del Ayuntamiento en Pleno de puesta a disposición de un solar para este fin, el certificado del registro de la propiedad que acredite la correspondiente titularidad, la cédula urbanística y los planos descriptivos de la parcela con la firma del arquitecto municipal.

No obstante lo indicado en el punto anterior, es requisito necesario pero no suficiente, ya que la necesidad de construcción de un centro educativo en el municipio de Hontanares de Eresma está vinculada a la proyección de mantenimiento y crecimiento de la población en edad escolar de ese municipio y a la ordenación territorial de los centros de la zona.

Valladolid, 6 de noviembre de 2020.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Rocío Lucas Navas.


PE/004558-2

CVE="BOCCL-10-014422"



Sede de las Cortes de Castilla y León