PNL/000862-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000862-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular, instando a la Junta de Castilla y León para que inste al Gobierno de España a mantener el actual estatus legal de las poblaciones de lobo al norte del río Duero, renunciando a tramitar cualquier cambio o modificación normativa que pretenda incluir dichas poblaciones en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, para su tramitación ante el Pleno.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 27 de noviembre de 2020, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000860 a PNL/000862.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 27 de noviembre de 2020.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

EL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en el Pleno.

ANTECEDENTES

Castilla y León alberga una rica biodiversidad bien conservada siendo la comunidad autónoma que, con notable diferencia, más lobos atesora y donde más se ha recuperado la especie en los últimos decenios. Según los datos del último Censo Nacional, el 60,2 % de los lobos existentes en España se encuentran en nuestra comunidad autónoma. Además, gracias a la gestión realizada estas poblaciones han podido recolonizar en los últimos años territorios de otras comunidades autónomas (Madrid, Castilla-La Mancha, La Rioja) donde la especie se había extinguido.

Sin embargo, no se puede ignorar que el lobo es un superpredador que interacciona notablemente con la ganadería extensiva, y la citada recuperación de la especie ha conllevado el incremento exponencial de los daños sobre el ganado de forma preocupante, especialmente en los territorios situados al del sur del Duero donde el lobo se encuentra estrictamente protegido.

Por el contrario, en el norte, donde su actual régimen legal permite la adopción de medidas de gestión como la caza sostenible, la situación es muy diferente, siendo los daños mucho menores y sin haberse incrementado en los últimos diez años. Y todo ello habiendo asegurado la adecuada conservación de la especie.

Así, las manadas situadas al sur del Duero, que son el 15 % del total, producen el 83 % de los ataques, mientras que el 85 % de las manadas, las del norte, únicamente causan el 17 %.

La ganadería extensiva es una de las principales actividades económicas, cuando no la principal, en muchas de nuestras zonas de montaña, permitiendo luchar contra la despoblación, conservando hábitats de gran valor ecológico, y controlando el combustible más ligero, el herbáceo y arbustivo lo que permite prevenir grandes incendios con gravísimas consecuencias.

Por tanto, es imprescindible lograr un equilibrio entre la conservación de lobo y la conservación de la ganadería extensiva. Este equilibrio está más próximo en las poblaciones del norte de la Comunidad, con una mayor flexibilidad en su gestión, donde la especie es cinegética.

Sin embargo, en fechas recientes el Gobierno de España ha mostrado su disposición a modificar el actual estatus legal de la especie mediante su inclusión en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, atendiendo a una solicitud de la Asociación para la Conservación y el Estudio del Lobo Ibérico (ASCEL), lo que supondría en la práctica aplicar al norte del Duero un régimen similar al del sur del Duero, donde la especie dejaría de ser cinegética y sus controles excepcionales. A pesar de la postura contraria de las comunidades autónomas directamente afectadas (Galicia, Asturias, Cantabria y Castilla y León, que poseen más del 95 % de la población española de lobos), altos cargos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico continúan manifestando públicamente su intención de llevar a cabo dicha inclusión, lo que conllevaría, de acuerdo con lo establecido en el artículo 57 de la Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, la prohibición de cualquier actuación hecha con el propósito de darles muerte, capturarlos o perseguirlos. El régimen de excepciones establecido en la misma ley para no aplicar esa prohibición genérica haría imposible el control de ejemplares de lobo con la suficiente eficiencia como para asegurar la compatibilidad entre la especie y la ganadería extensiva, y dejaría sin efectos de la consideración de especie cinegética del lobo en nuestra comunidad autónoma.

No hay que olvidar que el actual estatus legal de la especie es absolutamente respetuoso con la normativa europea, la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (conocida como Directiva Hábitats), por lo que no existe ninguna razón jurídica para llevar a cabo la modificación que se propone. Es más, la propia Comisión Europea, siendo consciente de la creciente problemática de la interacción del lobo con la ganadería extensiva en cada vez más países de la Unión Europea, ha elaborado el denominado "Plan de Acción para la Naturaleza, las Personas y la Economía" para flexibilizar la aplicación de dicha directiva.

Por otro lado, la actual estrategia nacional de conservación y gestión del lobo propone justo lo contrario, es decir, que las poblaciones del sur del Duero tengan el mismo régimen que las del norte del río Duero.

La postura expresada en esta iniciativa y sus argumentos son plenamente compartidos por los Gobiernos de Castilla y León, Principado de Asturias, Cantabria y Galicia, ya que todo ello supondría un retroceso en los avances que se vienen realizando para la convivencia del lobo y la actividad humana, un factor fundamental para el manejo del lobo, y que no está motivado, como reconoce el propio Comité Científico del Comité de Flora y Fauna Silvestres, por el estado de conservación de la especie que es claramente favorable.

Por todo ello, considerando que resulta necesario mantener el régimen jurídico actual que se ha demostrado plenamente eficaz para compatibilizar la conservación del lobo con el mantenimiento de una actividad tan esencial para Castilla y León como la ganadería extensiva, se presenta la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a dirigirse al Gobierno de España para exigirle que mantenga el actual estatus legal de las poblaciones de lobo al norte del río Duero, renunciando a tramitar cualquier cambio o modificación normativa que pretenda incluir dichas poblaciones en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, habida cuenta que los datos existentes sobre dinámica de poblaciones, área de distribución y hábitat disponible no avalan dichas propuestas, y en la convicción, además, de que el estatus actual al norte del Duero conjuga de forma sostenible los intereses de la especie con los del mundo rural y la ganadería".

Valladolid, 25 de noviembre de 2020.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Raúl de la Hoz Quintano


PNL/000862-01

CVE="BOCCL-10-014473"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pags. 23185-23187
BOCCL nº 181/10 del 30/11/2020
CVE: BOCCL-10-014473

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000862-01
Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular, instando a la Junta de Castilla y León para que inste al Gobierno de España a mantener el actual estatus legal de las poblaciones de lobo al norte del río Duero, renunciando a tramitar cualquier cambio o modificación normativa que pretenda incluir dichas poblaciones en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, para su tramitación ante el Pleno.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 27 de noviembre de 2020, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000860 a PNL/000862.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 27 de noviembre de 2020.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

EL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en el Pleno.

ANTECEDENTES

Castilla y León alberga una rica biodiversidad bien conservada siendo la comunidad autónoma que, con notable diferencia, más lobos atesora y donde más se ha recuperado la especie en los últimos decenios. Según los datos del último Censo Nacional, el 60,2 % de los lobos existentes en España se encuentran en nuestra comunidad autónoma. Además, gracias a la gestión realizada estas poblaciones han podido recolonizar en los últimos años territorios de otras comunidades autónomas (Madrid, Castilla-La Mancha, La Rioja) donde la especie se había extinguido.

Sin embargo, no se puede ignorar que el lobo es un superpredador que interacciona notablemente con la ganadería extensiva, y la citada recuperación de la especie ha conllevado el incremento exponencial de los daños sobre el ganado de forma preocupante, especialmente en los territorios situados al del sur del Duero donde el lobo se encuentra estrictamente protegido.

Por el contrario, en el norte, donde su actual régimen legal permite la adopción de medidas de gestión como la caza sostenible, la situación es muy diferente, siendo los daños mucho menores y sin haberse incrementado en los últimos diez años. Y todo ello habiendo asegurado la adecuada conservación de la especie.

Así, las manadas situadas al sur del Duero, que son el 15 % del total, producen el 83 % de los ataques, mientras que el 85 % de las manadas, las del norte, únicamente causan el 17 %.

La ganadería extensiva es una de las principales actividades económicas, cuando no la principal, en muchas de nuestras zonas de montaña, permitiendo luchar contra la despoblación, conservando hábitats de gran valor ecológico, y controlando el combustible más ligero, el herbáceo y arbustivo lo que permite prevenir grandes incendios con gravísimas consecuencias.

Por tanto, es imprescindible lograr un equilibrio entre la conservación de lobo y la conservación de la ganadería extensiva. Este equilibrio está más próximo en las poblaciones del norte de la Comunidad, con una mayor flexibilidad en su gestión, donde la especie es cinegética.

Sin embargo, en fechas recientes el Gobierno de España ha mostrado su disposición a modificar el actual estatus legal de la especie mediante su inclusión en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, atendiendo a una solicitud de la Asociación para la Conservación y el Estudio del Lobo Ibérico (ASCEL), lo que supondría en la práctica aplicar al norte del Duero un régimen similar al del sur del Duero, donde la especie dejaría de ser cinegética y sus controles excepcionales. A pesar de la postura contraria de las comunidades autónomas directamente afectadas (Galicia, Asturias, Cantabria y Castilla y León, que poseen más del 95 % de la población española de lobos), altos cargos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico continúan manifestando públicamente su intención de llevar a cabo dicha inclusión, lo que conllevaría, de acuerdo con lo establecido en el artículo 57 de la Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, la prohibición de cualquier actuación hecha con el propósito de darles muerte, capturarlos o perseguirlos. El régimen de excepciones establecido en la misma ley para no aplicar esa prohibición genérica haría imposible el control de ejemplares de lobo con la suficiente eficiencia como para asegurar la compatibilidad entre la especie y la ganadería extensiva, y dejaría sin efectos de la consideración de especie cinegética del lobo en nuestra comunidad autónoma.

No hay que olvidar que el actual estatus legal de la especie es absolutamente respetuoso con la normativa europea, la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (conocida como Directiva Hábitats), por lo que no existe ninguna razón jurídica para llevar a cabo la modificación que se propone. Es más, la propia Comisión Europea, siendo consciente de la creciente problemática de la interacción del lobo con la ganadería extensiva en cada vez más países de la Unión Europea, ha elaborado el denominado "Plan de Acción para la Naturaleza, las Personas y la Economía" para flexibilizar la aplicación de dicha directiva.

Por otro lado, la actual estrategia nacional de conservación y gestión del lobo propone justo lo contrario, es decir, que las poblaciones del sur del Duero tengan el mismo régimen que las del norte del río Duero.

La postura expresada en esta iniciativa y sus argumentos son plenamente compartidos por los Gobiernos de Castilla y León, Principado de Asturias, Cantabria y Galicia, ya que todo ello supondría un retroceso en los avances que se vienen realizando para la convivencia del lobo y la actividad humana, un factor fundamental para el manejo del lobo, y que no está motivado, como reconoce el propio Comité Científico del Comité de Flora y Fauna Silvestres, por el estado de conservación de la especie que es claramente favorable.

Por todo ello, considerando que resulta necesario mantener el régimen jurídico actual que se ha demostrado plenamente eficaz para compatibilizar la conservación del lobo con el mantenimiento de una actividad tan esencial para Castilla y León como la ganadería extensiva, se presenta la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a dirigirse al Gobierno de España para exigirle que mantenga el actual estatus legal de las poblaciones de lobo al norte del río Duero, renunciando a tramitar cualquier cambio o modificación normativa que pretenda incluir dichas poblaciones en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, habida cuenta que los datos existentes sobre dinámica de poblaciones, área de distribución y hábitat disponible no avalan dichas propuestas, y en la convicción, además, de que el estatus actual al norte del Duero conjuga de forma sostenible los intereses de la especie con los del mundo rural y la ganadería".

Valladolid, 25 de noviembre de 2020.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Raúl de la Hoz Quintano


PNL/000862-01

CVE="BOCCL-10-014473"



Sede de las Cortes de Castilla y León