PE/004662-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/004662-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Laura Domínguez Arroyo, relativa a actuaciones llevadas a cabo en materia de dependencia en relación con la Moción M/000112, relativa a política general en materia de dependencia, aprobada por el Pleno de las Cortes de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 171, de 10 de noviembre de 2020.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004470, PE/004554, PE/004577 a PE/004588, PE/004590 a PE/004592, PE/004595, PE/004609, PE/004612, PE/004613, PE/004615 a PE/004621, PE/004623, PE/004625, PE/004652 a PE/004655, PE/004657, PE/004660, PE/004662, PE/004666, PE/004668, PE/004671 y PE/004679, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de diciembre de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita P.E. 4662, formulada por D.ª Laura Domínguez Arroyo, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León sobre dependencia, y las medidas adoptadas o previstas.

Se ha publicado la Resolución de 6 de marzo de 2020, de la Gerencia de Servicios Sociales, de Castilla y León, por la que se determinan las intensidades y contenidos técnicos mínimos de la prestación pública de la teleasistencia avanzada en Castilla y León y de la Orden /987/2020, de 22 de septiembre, por la que se modifica la ORDEN FAM/423/2019, de 16 de abril, por la que se determina el contenido de la prestación pública de teleasistencia en Castilla y León.

Esta Resolución garantiza la prestación de teleasistencia avanzada a las personas dependientes y sus cuidadoras, con dos nuevos servicios:

Servicio de Apoyo al mantenimiento de la salud y seguimiento de la atención a las personas dependientes.

Servicio de apoyo al cuidador, cuando sea el responsable en la prestación de cuidados en el entorno familiar.

En el momento actual está teniendo lugar un proceso de debate sobre el modelo de atención residencial para las personas mayores y personas con discapacidad de la Comunidad, a través del despliegue de mesas de trabajo, configuradas por representantes de los diferentes actores del sector, que abordan las distintas perspectivas, planos de interés y aspectos a tener en cuenta para una propuesta de configuración del modelo.

Entre los aspectos objeto de debate de esos grupos de trabajo, están los cuestionados en esta P.E., sobre los tipos de profesionales, ratios y necesidades de revisión de la financiación que conlleve la implementación del modelo.

Las conclusiones de estos grupos de trabajo serán la base para el diseño y traslado del modelo a una ley que con posterioridad será debatida en las Cortes.

Se están manteniendo las compatibilidades de los servicios profesionales como el servicio de ayuda a domicilio, en intensidad variable en función del grado, el servicio de promoción de la autonomía personal, centro de día o asistencia personal con la prestación de cuidados en el entorno. También es compatible con la estancia residencial temporal durante un mes al año para respiro de la persona cuidadora.

La regulación de las prestaciones vinculadas al servicio está recogida en la ORDEN FAM/6/2018, de 11 de enero, por la que se regulan las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en Castilla y León, el cálculo de la capacidad económica y las medidas de apoyo a las personas cuidadoras no profesionales.

La provisión de los servicios de atención a la dependencia está garantizada en todo el territorio de la Comunidad Autónoma a través de la red pública o, en su defecto, a través de la prestación económica vinculada al servicio. El acceso a los servicios públicos se produce de forma ordenada en función del grado de necesidad de los solicitantes, y respetando siempre la libertad de elección.

Valladolid, 16 de noviembre de 2020.

LA CONSEJERA,

Fdo.: María Isabel Blanco Llamas.


PE/004662-2

CVE="BOCCL-10-014800"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 25891
BOCCL nº 188/10 del 14/12/2020
CVE: BOCCL-10-014800

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/004662-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Laura Domínguez Arroyo, relativa a actuaciones llevadas a cabo en materia de dependencia en relación con la Moción M/000112, relativa a política general en materia de dependencia, aprobada por el Pleno de las Cortes de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 171, de 10 de noviembre de 2020.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004470, PE/004554, PE/004577 a PE/004588, PE/004590 a PE/004592, PE/004595, PE/004609, PE/004612, PE/004613, PE/004615 a PE/004621, PE/004623, PE/004625, PE/004652 a PE/004655, PE/004657, PE/004660, PE/004662, PE/004666, PE/004668, PE/004671 y PE/004679, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de diciembre de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita P.E. 4662, formulada por D.ª Laura Domínguez Arroyo, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León sobre dependencia, y las medidas adoptadas o previstas.

Se ha publicado la Resolución de 6 de marzo de 2020, de la Gerencia de Servicios Sociales, de Castilla y León, por la que se determinan las intensidades y contenidos técnicos mínimos de la prestación pública de la teleasistencia avanzada en Castilla y León y de la Orden /987/2020, de 22 de septiembre, por la que se modifica la ORDEN FAM/423/2019, de 16 de abril, por la que se determina el contenido de la prestación pública de teleasistencia en Castilla y León.

Esta Resolución garantiza la prestación de teleasistencia avanzada a las personas dependientes y sus cuidadoras, con dos nuevos servicios:

Servicio de Apoyo al mantenimiento de la salud y seguimiento de la atención a las personas dependientes.

Servicio de apoyo al cuidador, cuando sea el responsable en la prestación de cuidados en el entorno familiar.

En el momento actual está teniendo lugar un proceso de debate sobre el modelo de atención residencial para las personas mayores y personas con discapacidad de la Comunidad, a través del despliegue de mesas de trabajo, configuradas por representantes de los diferentes actores del sector, que abordan las distintas perspectivas, planos de interés y aspectos a tener en cuenta para una propuesta de configuración del modelo.

Entre los aspectos objeto de debate de esos grupos de trabajo, están los cuestionados en esta P.E., sobre los tipos de profesionales, ratios y necesidades de revisión de la financiación que conlleve la implementación del modelo.

Las conclusiones de estos grupos de trabajo serán la base para el diseño y traslado del modelo a una ley que con posterioridad será debatida en las Cortes.

Se están manteniendo las compatibilidades de los servicios profesionales como el servicio de ayuda a domicilio, en intensidad variable en función del grado, el servicio de promoción de la autonomía personal, centro de día o asistencia personal con la prestación de cuidados en el entorno. También es compatible con la estancia residencial temporal durante un mes al año para respiro de la persona cuidadora.

La regulación de las prestaciones vinculadas al servicio está recogida en la ORDEN FAM/6/2018, de 11 de enero, por la que se regulan las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en Castilla y León, el cálculo de la capacidad económica y las medidas de apoyo a las personas cuidadoras no profesionales.

La provisión de los servicios de atención a la dependencia está garantizada en todo el territorio de la Comunidad Autónoma a través de la red pública o, en su defecto, a través de la prestación económica vinculada al servicio. El acceso a los servicios públicos se produce de forma ordenada en función del grado de necesidad de los solicitantes, y respetando siempre la libertad de elección.

Valladolid, 16 de noviembre de 2020.

LA CONSEJERA,

Fdo.: María Isabel Blanco Llamas.


PE/004662-2

CVE="BOCCL-10-014800"



Sede de las Cortes de Castilla y León