PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 15 de diciembre de 2020, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/004962 a PE/005040.
Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de diciembre de 2020.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: José Francisco Martín Martínez
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Laura Domínguez Arroyo, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de Podemos-Equo al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León las siguientes preguntas para su contestación por escrito
ANTECEDENTES
Mediante la ORDEN FYM/1295/2020, de 17 de noviembre, se modifica la Orden FYM/948/2012, de 22 de octubre, relativa a la solicitud de modificación sustancial n.° 2, formulada por «Cementos Portland Valderrivas, S.A.» para la incineración de residuos no peligrosos, más de 100 toneladas/día, en las instalaciones ubicadas en el término municipal de Venta de Baños (Palencia), como consecuencia de la Modificación No Sustancial n.° 18 (MNS 18).
Si el Reglamento de Emisiones Industriales considera modificación sustancial aquella que represente una mayor incidencia sobre la seguridad, la salud de las personas y el medio ambiente, y en concreto se produzca “un incremento superior al 25% de la emisión másica de cualquiera de los contaminantes atmosféricos que figuren en la autorización ambiental integrada o del total de las emisiones atmosféricas producidas en cada uno de los focos emisores así como la introducción de nuevos contaminantes en cantidades significativas,
¿Cuáles son los criterios que ha utilizado la Consejería de Fomento y Medio Ambiente para que mediante la ORDEN FYM/1295/2020, de 17 de noviembre, se modifique, con la consideración de NO sustancial, la Orden FYM/948/2012, de 22 de octubre, si el aumento de emisiones de los diversos contaminantes atmosféricos resultantes en las instalaciones de Cementos Portland Valderrivas, S.A ubicadas en el término municipal de Venta de Baños (Palencia) exceden de los establecidos en el Reglamento de Emisiones Industriales como determinantes para considerarse como una modificación sustancial de dicha autorización ambiental?
En Valladolid, a 10 de diciembre de 2020.
PE/005040-01
CVE="BOCCL-10-014911"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 15 de diciembre de 2020, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/004962 a PE/005040.
Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de diciembre de 2020.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: José Francisco Martín Martínez
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Laura Domínguez Arroyo, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de Podemos-Equo al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León las siguientes preguntas para su contestación por escrito
ANTECEDENTES
Mediante la ORDEN FYM/1295/2020, de 17 de noviembre, se modifica la Orden FYM/948/2012, de 22 de octubre, relativa a la solicitud de modificación sustancial n.° 2, formulada por «Cementos Portland Valderrivas, S.A.» para la incineración de residuos no peligrosos, más de 100 toneladas/día, en las instalaciones ubicadas en el término municipal de Venta de Baños (Palencia), como consecuencia de la Modificación No Sustancial n.° 18 (MNS 18).
Si el Reglamento de Emisiones Industriales considera modificación sustancial aquella que represente una mayor incidencia sobre la seguridad, la salud de las personas y el medio ambiente, y en concreto se produzca “un incremento superior al 25% de la emisión másica de cualquiera de los contaminantes atmosféricos que figuren en la autorización ambiental integrada o del total de las emisiones atmosféricas producidas en cada uno de los focos emisores así como la introducción de nuevos contaminantes en cantidades significativas,
¿Cuáles son los criterios que ha utilizado la Consejería de Fomento y Medio Ambiente para que mediante la ORDEN FYM/1295/2020, de 17 de noviembre, se modifique, con la consideración de NO sustancial, la Orden FYM/948/2012, de 22 de octubre, si el aumento de emisiones de los diversos contaminantes atmosféricos resultantes en las instalaciones de Cementos Portland Valderrivas, S.A ubicadas en el término municipal de Venta de Baños (Palencia) exceden de los establecidos en el Reglamento de Emisiones Industriales como determinantes para considerarse como una modificación sustancial de dicha autorización ambiental?
En Valladolid, a 10 de diciembre de 2020.
PE/005040-01
CVE="BOCCL-10-014911"