PE/004667-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/004667-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Laura Domínguez Arroyo, relativa a actuaciones en materia de utilización de lenguaje no sexista en relación con la Proposición No de Ley PNL/000071 aprobada por la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades el 14 de octubre de 2019, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 171, de 10 de noviembre de 2020.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004487 a PE/004491, PE/004530, PE/004537, PE/004539, PE/004540, PE/004574, PE/004624, PE/004626, PE/004628 a PE/004651, PE/004656, PE/004658, PE/004659, PE/004661, PE/004663 a PE/004665, PE/004667, PE/004669, PE/004670, PE/004672 a PE/004674, PE/004677, PE/004678, PE/004681, PE/004682, PE/004719, PE/004720, PE/004722 y PE/004730, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 17 de diciembre de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.



Texto:

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita P.E./1004667 formulada por la Procuradora Dña. Laura Domínguez Arroyo, perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto, relativa “actuaciones en materia de utilización de lenguaje no sexista en relación con la Proposición No de Ley PNL/000071 aprobada por la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades el 14 de octubre de 2019”.

Recabada información de las Consejerías de Familia e Igualdad de Oportunidades y Educación en relación con las cuestiones planteadas en Ia pregunta escrita referenciada en el encabezamiento, tengo el honor de comunicar V.E. la información aportada por dichas Consejerías en los ANEXOS que continuación se relacionan:

ANEXO I: Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades

ANEXO II: Consejería de Educación

Valladolid, 9 de diciembre de 2020.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando.

ANEXO I CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

P.E./1004667

En el año 2009, la Junta de Castilla y León elaboró el Manual para un uso no sexista del lenguaje administrativo, como herramienta útil para la utilización del lenguaje inclusivo por todo el personal de la Junta de Castilla y León. Este manual está disponible en la página web de la Junta de Castilla y León, en concreto en la página web de la Dirección General de la Mujer en la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.

La Agenda para la igualdad de género 2020, aprobada por acuerdo de Junta de 20 de julio de 2017, establece en su área 1 dedicado a Política institucional, el objetivo específico 1.3 relativo a “Avanzar progresivamente en la integración del principio de igualdad en los procedimientos administrativos (utilización de un lenguaje inclusivo, sistematización de la recogida de información desagregada por sexo, realización de informes de impacto de género, inclusión de cláusulas de igualdad en las contrataciones públicas, subvenciones y convenios”. Dentro de este objetivo se establece además la actuación que compete a todas las consejerías relativa a “Utilización de un lenguaje inclusivo en la normativa, en la documentación y en la comunicación interna y externa de las consejerías.

En 2018, de los datos de evaluación de la Agenda, se desprende el uso cada vez mayor del lenguaje inclusivo en las normas, documentos y comunicaciones que realizan las consejerías.

Asimismo, anualmente se viene ofreciendo a través de la Escuela de Administración Pública de la Junta de Castilla y León, cursos formativos en materia de igualdad de género, donde se aborda el uso del lenguaje no sexista o inclusivo. Así y en el año 2019, se han convocado cuatro acciones formativas dirigidas a las y los empleados públicos, donde se aborda el uso del lenguaje no sexista en el ámbito administrativo, entre otras medidas relacionadas con la perspectiva de género.

La utilización del lenguaje inclusivo forma parte de la Política institucional de la Junta de Castilla y León, como anteriormente se ha señalado y, por lo tanto y en igual medida, de las personas que ejercen cargos públicos de esta Administración.

Por otro lado, el Manual para un uso no sexista del lenguaje administrativo recoge el contenido al que se ajustan los distintos cargos públicos, además de su compromiso de incorporación de la perspectiva de género mediante la utilización de un lenguaje inclusivo.

Por tanto, ya existen los mecanismo necesarios para la utilización de un lenguaje no sexista, tanto en la planificación, como en la formación de los empleados públicos y en la aportación de materia de consulta, sin perjuicio de continuar promoviendo estas actuaciones para lograr la utilización de un lenguaje no sexista en la sociedad de Castilla y León.

ANEXO II CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

P.E./1004667

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1004667, se manifiesta lo siguiente:

La Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades, en sesión celebrada el 14 de octubre de 2019, con motivo del debate de la Proposición. No de Ley PNL/000071, aprobó una Resolución, cuyo punto 2 establece, “Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a: 2.- Implantar en colaboración con la Consejería de Educación medidas para la promoción del lenguaje no sexista en los centros escolares de todos los niveles”.

El fomento de la igualdad entre mujeres y hombres está presente en los centros escolares de Castilla y León. En particular, desde el punto de vista de la ordenación académica y currículo de las diferentes etapas, así se establece en la normativa de referencia.

Respecto a la primera de las etapas de la educación básica y obligatoria, en el artículo 7 del Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria, se determinan los objetivos de la etapa para el alumnado. Estos objetivos contribuirán a desarrollar las capacidades que les permitan, “d) Conocer, comprender y respetar las diferentes culturas y las diferencias entre las personas, la igualdad de derechos y oportunidades de hombres y mujeres y la no discriminación de personas con discapacidad”.

Por otro lado el articulo 10, al definir los elementos transversales, incluye como referencias al respecto:

“3. Las Administraciones educativas fomentarán el desarrollo de los valores que fomenten la igualdad efectiva entre hombres y mujeres y la prevención de la violencia de género, y de los valores Inherentes al principio de igualdad de trato y no discriminación por cualquier condición o circunstancia personal o social. (....)

Se evitarán los comportamientos y contenidos sexistas y estereotipos que supongan discriminación.”

Circunscrito al ámbito de Castilla y león, el Decreto 26/2016, de 21 de julio, por el que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación primaria en la Comunidad de Castilla y León, además de recoger lo que al respecto determina el Real Decretro del currículo básico de educación primaria, se refiere a la aceptación de las diferencias, evitando estereotipos de cualquier tipo en las diferentes áreas.

Por su parte, en el articulado de la Orden EDU/362/2015 de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo, de la Educación Secundaria Obligatoria (ESO), se establecen diferentes aspectos relacionados con la educación afectivo-sexual, el respeto a las diferencias y la prevención de la violencia de género.

En cuanto a los objetivos de etapa, se establecen los siguientes:

Asumir responsablemente sus deberes, conocer y ejercer sus derechos en el respeto a los demás, practicar la tolerancia, la cooperación y la solidaridad entre las personas y grupos, ejercitarse en el diálogo afianzando los derechos humanos y la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, como valores comunes de una sociedad plural y prepararse para el ejercicio de la ciudadanía democrática.

Valorar y respetar la diferencia de sexos y la igualdad de derechos y oportunidades entre ellos. Rechazar la discriminación de las personas por razón de sexo o por cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Rechazar los estereotipas que supongan discriminación entre hombres y mujeres, así como cualquier manifestación de violencia contra la mujer.

Fortalecer sus capacidades afectivas en todos los ámbitos de la personalidad y en sus relaciones con los demás, así como rechazar la violencia, los prejuicios de cualquier tipo, los comportamientos sexistas y resolver pacíficamente los conflictos.

Además, la Orden EDU/363/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo del bachillerato en la Comunidad de Castilla y León, también recoge como objetivo de etapa:

Fomentar la igualdad efectiva de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, analizar y valorar críticamente las desigualdades y discriminaciones existentes, y en particular la violencia contra la mujer e impulsar la igualdad real y la no discriminación de las personas por cualquier condición o circunstancia personal o social, con atención especial a las personas con discapacidad.

Por tanto, los contenidos de las diferentes materias incluyen y desarrollan aspectos vinculados a dichos objetivos. Además, sin perjuicio del tratamiento específico en las diferentes materias, los centros igualmente desarrollan como elementos transversales, bien a través de diversas actividades o bien a través del propio currículo:

La igualdad efectiva entre hombres y mujeres, la prevención de la violencia de género y los valores inherentes al principio de igualdad de trato y no discriminación.

La eliminación de comportamientos y contenidos sexistas y estereotipos que supongan discriminación.

Los riesgos de explotación y abuso sexual.

Fuera del marco curricular, las normativas referenciadas respecto a las etapas de Primaria y ESO en Castilla y León establecen expresamente que, el proyecto educativo de cada centro ha de incluir “directrices para el fomento de la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres y la prevención de la violencia de género”.

En este sentido, los planes de convivencia que los centros elaboran, e incorporan a la programación general anual, recogen las actividades dirigidas a fomentar el buen clima de convivencia dentro del centro escolar, prestando especial atención, entre otras, a las actuaciones de prevención de la violencia de género, igualdad y no discriminación, abriendo procesos de reflexión sobre la importancia de implementar diferentes estrategias al respecto, entre las que se incluye el cuidado del lenguaje no sexista, por ser un objetivo directamente relacionado con sus proyectos educativos y, por ello, con el desarrollo integral del alumnado.

Por lo anterior, y con independencia de otros planes y programas que incidan sobre la materia, se considera que el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres y, en su marco y de manera concreta, la promoción del lenguaje no sexista, están contemplados, de manera estructural, en la actividad de los centros educativos de la Comunidad.


PE/004667-2

CVE="BOCCL-10-014966"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 26295
BOCCL nº 194/10 del 29/12/2020
CVE: BOCCL-10-014966

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/004667-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Laura Domínguez Arroyo, relativa a actuaciones en materia de utilización de lenguaje no sexista en relación con la Proposición No de Ley PNL/000071 aprobada por la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades el 14 de octubre de 2019, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 171, de 10 de noviembre de 2020.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004487 a PE/004491, PE/004530, PE/004537, PE/004539, PE/004540, PE/004574, PE/004624, PE/004626, PE/004628 a PE/004651, PE/004656, PE/004658, PE/004659, PE/004661, PE/004663 a PE/004665, PE/004667, PE/004669, PE/004670, PE/004672 a PE/004674, PE/004677, PE/004678, PE/004681, PE/004682, PE/004719, PE/004720, PE/004722 y PE/004730, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 17 de diciembre de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.


TEXTO


Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita P.E./1004667 formulada por la Procuradora Dña. Laura Domínguez Arroyo, perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto, relativa “actuaciones en materia de utilización de lenguaje no sexista en relación con la Proposición No de Ley PNL/000071 aprobada por la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades el 14 de octubre de 2019”.

Recabada información de las Consejerías de Familia e Igualdad de Oportunidades y Educación en relación con las cuestiones planteadas en Ia pregunta escrita referenciada en el encabezamiento, tengo el honor de comunicar V.E. la información aportada por dichas Consejerías en los ANEXOS que continuación se relacionan:

ANEXO I: Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades

ANEXO II: Consejería de Educación

Valladolid, 9 de diciembre de 2020.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando.

ANEXO I CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

P.E./1004667

En el año 2009, la Junta de Castilla y León elaboró el Manual para un uso no sexista del lenguaje administrativo, como herramienta útil para la utilización del lenguaje inclusivo por todo el personal de la Junta de Castilla y León. Este manual está disponible en la página web de la Junta de Castilla y León, en concreto en la página web de la Dirección General de la Mujer en la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.

La Agenda para la igualdad de género 2020, aprobada por acuerdo de Junta de 20 de julio de 2017, establece en su área 1 dedicado a Política institucional, el objetivo específico 1.3 relativo a “Avanzar progresivamente en la integración del principio de igualdad en los procedimientos administrativos (utilización de un lenguaje inclusivo, sistematización de la recogida de información desagregada por sexo, realización de informes de impacto de género, inclusión de cláusulas de igualdad en las contrataciones públicas, subvenciones y convenios”. Dentro de este objetivo se establece además la actuación que compete a todas las consejerías relativa a “Utilización de un lenguaje inclusivo en la normativa, en la documentación y en la comunicación interna y externa de las consejerías.

En 2018, de los datos de evaluación de la Agenda, se desprende el uso cada vez mayor del lenguaje inclusivo en las normas, documentos y comunicaciones que realizan las consejerías.

Asimismo, anualmente se viene ofreciendo a través de la Escuela de Administración Pública de la Junta de Castilla y León, cursos formativos en materia de igualdad de género, donde se aborda el uso del lenguaje no sexista o inclusivo. Así y en el año 2019, se han convocado cuatro acciones formativas dirigidas a las y los empleados públicos, donde se aborda el uso del lenguaje no sexista en el ámbito administrativo, entre otras medidas relacionadas con la perspectiva de género.

La utilización del lenguaje inclusivo forma parte de la Política institucional de la Junta de Castilla y León, como anteriormente se ha señalado y, por lo tanto y en igual medida, de las personas que ejercen cargos públicos de esta Administración.

Por otro lado, el Manual para un uso no sexista del lenguaje administrativo recoge el contenido al que se ajustan los distintos cargos públicos, además de su compromiso de incorporación de la perspectiva de género mediante la utilización de un lenguaje inclusivo.

Por tanto, ya existen los mecanismo necesarios para la utilización de un lenguaje no sexista, tanto en la planificación, como en la formación de los empleados públicos y en la aportación de materia de consulta, sin perjuicio de continuar promoviendo estas actuaciones para lograr la utilización de un lenguaje no sexista en la sociedad de Castilla y León.

ANEXO II CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

P.E./1004667

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1004667, se manifiesta lo siguiente:

La Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades, en sesión celebrada el 14 de octubre de 2019, con motivo del debate de la Proposición. No de Ley PNL/000071, aprobó una Resolución, cuyo punto 2 establece, “Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a: 2.- Implantar en colaboración con la Consejería de Educación medidas para la promoción del lenguaje no sexista en los centros escolares de todos los niveles”.

El fomento de la igualdad entre mujeres y hombres está presente en los centros escolares de Castilla y León. En particular, desde el punto de vista de la ordenación académica y currículo de las diferentes etapas, así se establece en la normativa de referencia.

Respecto a la primera de las etapas de la educación básica y obligatoria, en el artículo 7 del Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria, se determinan los objetivos de la etapa para el alumnado. Estos objetivos contribuirán a desarrollar las capacidades que les permitan, “d) Conocer, comprender y respetar las diferentes culturas y las diferencias entre las personas, la igualdad de derechos y oportunidades de hombres y mujeres y la no discriminación de personas con discapacidad”.

Por otro lado el articulo 10, al definir los elementos transversales, incluye como referencias al respecto:

“3. Las Administraciones educativas fomentarán el desarrollo de los valores que fomenten la igualdad efectiva entre hombres y mujeres y la prevención de la violencia de género, y de los valores Inherentes al principio de igualdad de trato y no discriminación por cualquier condición o circunstancia personal o social. (....)

Se evitarán los comportamientos y contenidos sexistas y estereotipos que supongan discriminación.”

Circunscrito al ámbito de Castilla y león, el Decreto 26/2016, de 21 de julio, por el que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación primaria en la Comunidad de Castilla y León, además de recoger lo que al respecto determina el Real Decretro del currículo básico de educación primaria, se refiere a la aceptación de las diferencias, evitando estereotipos de cualquier tipo en las diferentes áreas.

Por su parte, en el articulado de la Orden EDU/362/2015 de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo, de la Educación Secundaria Obligatoria (ESO), se establecen diferentes aspectos relacionados con la educación afectivo-sexual, el respeto a las diferencias y la prevención de la violencia de género.

En cuanto a los objetivos de etapa, se establecen los siguientes:

Asumir responsablemente sus deberes, conocer y ejercer sus derechos en el respeto a los demás, practicar la tolerancia, la cooperación y la solidaridad entre las personas y grupos, ejercitarse en el diálogo afianzando los derechos humanos y la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, como valores comunes de una sociedad plural y prepararse para el ejercicio de la ciudadanía democrática.

Valorar y respetar la diferencia de sexos y la igualdad de derechos y oportunidades entre ellos. Rechazar la discriminación de las personas por razón de sexo o por cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Rechazar los estereotipas que supongan discriminación entre hombres y mujeres, así como cualquier manifestación de violencia contra la mujer.

Fortalecer sus capacidades afectivas en todos los ámbitos de la personalidad y en sus relaciones con los demás, así como rechazar la violencia, los prejuicios de cualquier tipo, los comportamientos sexistas y resolver pacíficamente los conflictos.

Además, la Orden EDU/363/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo del bachillerato en la Comunidad de Castilla y León, también recoge como objetivo de etapa:

Fomentar la igualdad efectiva de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, analizar y valorar críticamente las desigualdades y discriminaciones existentes, y en particular la violencia contra la mujer e impulsar la igualdad real y la no discriminación de las personas por cualquier condición o circunstancia personal o social, con atención especial a las personas con discapacidad.

Por tanto, los contenidos de las diferentes materias incluyen y desarrollan aspectos vinculados a dichos objetivos. Además, sin perjuicio del tratamiento específico en las diferentes materias, los centros igualmente desarrollan como elementos transversales, bien a través de diversas actividades o bien a través del propio currículo:

La igualdad efectiva entre hombres y mujeres, la prevención de la violencia de género y los valores inherentes al principio de igualdad de trato y no discriminación.

La eliminación de comportamientos y contenidos sexistas y estereotipos que supongan discriminación.

Los riesgos de explotación y abuso sexual.

Fuera del marco curricular, las normativas referenciadas respecto a las etapas de Primaria y ESO en Castilla y León establecen expresamente que, el proyecto educativo de cada centro ha de incluir “directrices para el fomento de la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres y la prevención de la violencia de género”.

En este sentido, los planes de convivencia que los centros elaboran, e incorporan a la programación general anual, recogen las actividades dirigidas a fomentar el buen clima de convivencia dentro del centro escolar, prestando especial atención, entre otras, a las actuaciones de prevención de la violencia de género, igualdad y no discriminación, abriendo procesos de reflexión sobre la importancia de implementar diferentes estrategias al respecto, entre las que se incluye el cuidado del lenguaje no sexista, por ser un objetivo directamente relacionado con sus proyectos educativos y, por ello, con el desarrollo integral del alumnado.

Por lo anterior, y con independencia de otros planes y programas que incidan sobre la materia, se considera que el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres y, en su marco y de manera concreta, la promoción del lenguaje no sexista, están contemplados, de manera estructural, en la actividad de los centros educativos de la Comunidad.


PE/004667-2

CVE="BOCCL-10-014966"



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