PE/005037-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/005037-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Jesús Guerrero Arroyo, D. Fernando Pablos Romo, Dña. María Consolación Pablos Labajo, D. Rubén Illera Redón, Dña. Laura Pelegrina Cortijo y D. Carlos Fernández Herrera, relativa a distintas cuestiones relativas a los porcentajes de alumnado en situación de vulnerabilidad en las distintas etapas educativas en la Comunidad de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 191, de 21 de diciembre de 2020.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004713, PE/004714, PE/004855 a PE/004868, PE/004968 a PE/004977, PE/004979 a PE/004988, PE/004990, PE/004992 a PE/005000, PE/005008, PE/005010, PE/005011, PE/005013 a PE/005029, PE/005032 a PE/005035, PE/005037, PE/005038 y PE/005040, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de febrero de 2021.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.



Texto:

Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1005037, formulada a la Junta de Castilla y León por D. Jesús Guerrero Arroyo, D. Fernando Pablos Romo, D.ª Consolación Pablos Labajo, D. Rubén Illera Redón, D.ª Laura Pelegrina Cortijo y D. Carlos Fernández Herrera, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa al porcentaje de alumnado en situación de vulnerabilidad educativa en los centros educativos de Educación Primaria y Secundaria de Castilla y León.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1005037, se manifiesta lo siguiente:

En primer lugar, es necesario recordar que el concepto “vulnerabilidad educativa” hace referencia a la situación en la que se encuentran algunos alumnos, los cuales manifiestan o experimentan una serie de dificultades u obstáculos a lo largo de su trayectoria académica cuyas causas son multidimensionales; dichos obstáculos les dificultan la posibilidad de aprovechar al máximo la enseñanza dentro del aula y dentro del contexto escolar en general.

Por lo tanto, cabe afirmar que existen diferentes tipos de situaciones de vulnerabilidad en la escuela, que son vividas por los alumnos en un momento u otro de su trayectoria educativa, y que pueden tener su origen en situaciones familiares, emocionales, interpersonales, relacionadas con el proceso de enseñanza y aprendizaje, con el contexto o clima educativo (ambiente), etc. Todas estas situaciones pueden ir acompañadas de otros fenómenos de diversa complejidad, que pueden también afectar el bienestar del alumno y/o interferir en su proceso educativo (lo cual puede afectar a diversos ámbitos de este: personal, relacional, propiamente educativo...).

Todo ello suele derivar en fracaso escolar, sumado a una interferencia en el bienestar y la calidad de vida del alumno. El fracaso escolar, además, puede derivar en síntomas depresivos, acoso escolar, baja autoestima, problemas familiares… Así, a grandes rasgos, la vulnerabilidad educativa lo que hace es debilitar el vínculo de escolarización de un alumno.

La literatura especializada identifica diferentes situaciones que dan lugar a vulnerabilidad educativa. Entre ellas:

Bajo rendimiento académico; además puede derivar en otros problemas e interferir en la adaptación del alumno al centro.

Tener problemas familiares; los problemas familiares pueden ser de diferente tipo, desde tener mala comunicación con los padres, hasta vivir en una ambiente hostil y desestructurado, etc.

Drogodependencia o adicciones.

Presencia de problemas en la relaciones interpersonales; los problemas con los iguales (es decir, con los compañeros de la misma edad) también constituyen un obstáculo que convierte al alumno en una persona en una situación vulnerable dentro del contexto educativo.

Presencia de problemas emocionales del propio alumno, ya que dichos problemas pueden afectarles muy negativamente en su bienestar, lo que dificultará su relación con los demás, la construcción de una autoestima positiva, su relación con los profesores, etc.

Dificultades de trabajo con el profesorado.

Problemas de conducta en el aula; éstos pueden ser de diferente tipo, e ir desde leves a graves (también dependen mucho de la edad del alumno).

Necesidades educativas especiales (NEE).

No obstante, se trata de causas que ponen en riesgo el éxito educativo y que requieren una determinada respuesta o actuación educativa individualizada. En consecuencia, para determinar el alumnado que se encuentra en situaciones de vulnerabilidad educativa en los centros educativos de Castilla y León en un momento determinado, sería necesario saber qué alumnado manifiesta dificultades de aprendizaje y necesidades específicas de apoyo educativo por alguna de estas circunstancias.

Es posible determinar el alumnado que presenta un desfase curricular de al menos dos años o utilizar indicadores como la tasa de repetidores para prever el riesgo de fracaso escolar, pero estos indicadores no siempre están relacionados con situaciones sociales adversas en el alumnado. Otros factores, como la pertenencia a una determinada etnia o ser inmigrante, no implican necesariamente la existencia de una situación de vulnerabilidad educativa, a pesar de que pueda existir correlación entre estas variables y el porcentaje de fracaso escolar. Correlación no es lo mismo que causalidad.

En determinados casos, se recurre al uso de indicadores indirectos para valorar si las situaciones que pueden confluir en un determinado centro educativo ponen en riesgo de fracaso escolar a un número elevado de su alumnado, atendiendo a situaciones que causan alguno de los problemas antes mencionados. Por ejemplo, si en un determinado centro se escolariza un alto número de alumnado que pertenece a familias en riesgo de pobreza y/o exclusión social (tasa AROPE) o con condiciones de Privación Material Severa, es decir, que no puede hacer frente al menos a cuatro de nueve conceptos o ítems de consumo básico definidos a nivel europeo; o el barrio en el que se ubica el centro educativo y su índice de vulnerabilidad social‑urbana (según Ministerio de Fomento a través del Atlas de la

vulnerabilidad urbana en España, basado en datos del padrón municipal).

Para ilustrar la complejidad de estos cálculos basta decir que el índice de vulnerabilidad social-urbana se basa en 21 indicadores, de los cuales seis corresponden a la vulnerabilidad socioeconómica. Para determinar esta se emplean como indicadores el porcentaje de la población de 16 o más años en situación de paro, respecto al total de población activa de 16 años o más. (Es un IBVU: indicador Básico de Vulnerabilidad Urbana); porcentaje de la población de 16 a 29 años en situación de paro respecto al total de la población activa de 16 a 29 años, para poder medir el paro que hay entre la población joven; porcentaje de la población de 16 a 29 años en situación de paro respecto al total de la población que tiene entre 16 y 29 años (es otro porcentaje del paro juvenil); porcentaje de población ocupada de forma eventual, sobre el total de la población ocupada; porcentaje de población ocupada no cualificada, sobre el total de la población ocupada; porcentaje de la población analfabeta y sin estudios de 16 años o más, sobre el total de la población de 16 años o más. (Es un IBVU: Indicador Básico de Vulnerabilidad Urbana).

Este tipo de referencias se utiliza, por ejemplo, en los centros que participan en el Programa 2030. En estos centros se escolariza un número significativo de alumnado que podría encontrarse en situación de vulnerabilidad educativa, por encontrase en cualquier situación socio-familiar o de índole personal que incida en la igualdad de oportunidades (por ejemplo centros con bajo rendimiento académico del alumnado), y centros de alta complejidad socioeducativa o en riesgo de padecerla, con un índice de vulnerabilidad social elevado. Estos centros son objeto de medidas especificas de carácter fundamentalmente compensatorio y de una respuesta flexible y ajustada a sus necesidades singulares.

De lo anteriormente expuesto se deduce que no se es posible disponer de los datos solicitados sobre alumnado en situación de vulnerabilidad educativa en las diferentes etapas y centros educativos de Castilla y León, ya que esta no es un atributo permanente o estable de un sujeto escolarizado, sino un conjunto de dificultades u obstáculos de naturaleza circunstancial, diversa y compleja, que pueden afectar al éxito del alumno en su etapa educativa.

Valladolid, 13 de enero de 2021.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Rocío Lucas Navas.


PE/005037-2

CVE="BOCCL-10-016193"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 29677
BOCCL nº 207/10 del 19/2/2021
CVE: BOCCL-10-016193

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/005037-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Jesús Guerrero Arroyo, D. Fernando Pablos Romo, Dña. María Consolación Pablos Labajo, D. Rubén Illera Redón, Dña. Laura Pelegrina Cortijo y D. Carlos Fernández Herrera, relativa a distintas cuestiones relativas a los porcentajes de alumnado en situación de vulnerabilidad en las distintas etapas educativas en la Comunidad de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 191, de 21 de diciembre de 2020.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004713, PE/004714, PE/004855 a PE/004868, PE/004968 a PE/004977, PE/004979 a PE/004988, PE/004990, PE/004992 a PE/005000, PE/005008, PE/005010, PE/005011, PE/005013 a PE/005029, PE/005032 a PE/005035, PE/005037, PE/005038 y PE/005040, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de febrero de 2021.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.


TEXTO


Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1005037, formulada a la Junta de Castilla y León por D. Jesús Guerrero Arroyo, D. Fernando Pablos Romo, D.ª Consolación Pablos Labajo, D. Rubén Illera Redón, D.ª Laura Pelegrina Cortijo y D. Carlos Fernández Herrera, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa al porcentaje de alumnado en situación de vulnerabilidad educativa en los centros educativos de Educación Primaria y Secundaria de Castilla y León.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1005037, se manifiesta lo siguiente:

En primer lugar, es necesario recordar que el concepto “vulnerabilidad educativa” hace referencia a la situación en la que se encuentran algunos alumnos, los cuales manifiestan o experimentan una serie de dificultades u obstáculos a lo largo de su trayectoria académica cuyas causas son multidimensionales; dichos obstáculos les dificultan la posibilidad de aprovechar al máximo la enseñanza dentro del aula y dentro del contexto escolar en general.

Por lo tanto, cabe afirmar que existen diferentes tipos de situaciones de vulnerabilidad en la escuela, que son vividas por los alumnos en un momento u otro de su trayectoria educativa, y que pueden tener su origen en situaciones familiares, emocionales, interpersonales, relacionadas con el proceso de enseñanza y aprendizaje, con el contexto o clima educativo (ambiente), etc. Todas estas situaciones pueden ir acompañadas de otros fenómenos de diversa complejidad, que pueden también afectar el bienestar del alumno y/o interferir en su proceso educativo (lo cual puede afectar a diversos ámbitos de este: personal, relacional, propiamente educativo...).

Todo ello suele derivar en fracaso escolar, sumado a una interferencia en el bienestar y la calidad de vida del alumno. El fracaso escolar, además, puede derivar en síntomas depresivos, acoso escolar, baja autoestima, problemas familiares… Así, a grandes rasgos, la vulnerabilidad educativa lo que hace es debilitar el vínculo de escolarización de un alumno.

La literatura especializada identifica diferentes situaciones que dan lugar a vulnerabilidad educativa. Entre ellas:

Bajo rendimiento académico; además puede derivar en otros problemas e interferir en la adaptación del alumno al centro.

Tener problemas familiares; los problemas familiares pueden ser de diferente tipo, desde tener mala comunicación con los padres, hasta vivir en una ambiente hostil y desestructurado, etc.

Drogodependencia o adicciones.

Presencia de problemas en la relaciones interpersonales; los problemas con los iguales (es decir, con los compañeros de la misma edad) también constituyen un obstáculo que convierte al alumno en una persona en una situación vulnerable dentro del contexto educativo.

Presencia de problemas emocionales del propio alumno, ya que dichos problemas pueden afectarles muy negativamente en su bienestar, lo que dificultará su relación con los demás, la construcción de una autoestima positiva, su relación con los profesores, etc.

Dificultades de trabajo con el profesorado.

Problemas de conducta en el aula; éstos pueden ser de diferente tipo, e ir desde leves a graves (también dependen mucho de la edad del alumno).

Necesidades educativas especiales (NEE).

No obstante, se trata de causas que ponen en riesgo el éxito educativo y que requieren una determinada respuesta o actuación educativa individualizada. En consecuencia, para determinar el alumnado que se encuentra en situaciones de vulnerabilidad educativa en los centros educativos de Castilla y León en un momento determinado, sería necesario saber qué alumnado manifiesta dificultades de aprendizaje y necesidades específicas de apoyo educativo por alguna de estas circunstancias.

Es posible determinar el alumnado que presenta un desfase curricular de al menos dos años o utilizar indicadores como la tasa de repetidores para prever el riesgo de fracaso escolar, pero estos indicadores no siempre están relacionados con situaciones sociales adversas en el alumnado. Otros factores, como la pertenencia a una determinada etnia o ser inmigrante, no implican necesariamente la existencia de una situación de vulnerabilidad educativa, a pesar de que pueda existir correlación entre estas variables y el porcentaje de fracaso escolar. Correlación no es lo mismo que causalidad.

En determinados casos, se recurre al uso de indicadores indirectos para valorar si las situaciones que pueden confluir en un determinado centro educativo ponen en riesgo de fracaso escolar a un número elevado de su alumnado, atendiendo a situaciones que causan alguno de los problemas antes mencionados. Por ejemplo, si en un determinado centro se escolariza un alto número de alumnado que pertenece a familias en riesgo de pobreza y/o exclusión social (tasa AROPE) o con condiciones de Privación Material Severa, es decir, que no puede hacer frente al menos a cuatro de nueve conceptos o ítems de consumo básico definidos a nivel europeo; o el barrio en el que se ubica el centro educativo y su índice de vulnerabilidad social‑urbana (según Ministerio de Fomento a través del Atlas de la

vulnerabilidad urbana en España, basado en datos del padrón municipal).

Para ilustrar la complejidad de estos cálculos basta decir que el índice de vulnerabilidad social-urbana se basa en 21 indicadores, de los cuales seis corresponden a la vulnerabilidad socioeconómica. Para determinar esta se emplean como indicadores el porcentaje de la población de 16 o más años en situación de paro, respecto al total de población activa de 16 años o más. (Es un IBVU: indicador Básico de Vulnerabilidad Urbana); porcentaje de la población de 16 a 29 años en situación de paro respecto al total de la población activa de 16 a 29 años, para poder medir el paro que hay entre la población joven; porcentaje de la población de 16 a 29 años en situación de paro respecto al total de la población que tiene entre 16 y 29 años (es otro porcentaje del paro juvenil); porcentaje de población ocupada de forma eventual, sobre el total de la población ocupada; porcentaje de población ocupada no cualificada, sobre el total de la población ocupada; porcentaje de la población analfabeta y sin estudios de 16 años o más, sobre el total de la población de 16 años o más. (Es un IBVU: Indicador Básico de Vulnerabilidad Urbana).

Este tipo de referencias se utiliza, por ejemplo, en los centros que participan en el Programa 2030. En estos centros se escolariza un número significativo de alumnado que podría encontrarse en situación de vulnerabilidad educativa, por encontrase en cualquier situación socio-familiar o de índole personal que incida en la igualdad de oportunidades (por ejemplo centros con bajo rendimiento académico del alumnado), y centros de alta complejidad socioeducativa o en riesgo de padecerla, con un índice de vulnerabilidad social elevado. Estos centros son objeto de medidas especificas de carácter fundamentalmente compensatorio y de una respuesta flexible y ajustada a sus necesidades singulares.

De lo anteriormente expuesto se deduce que no se es posible disponer de los datos solicitados sobre alumnado en situación de vulnerabilidad educativa en las diferentes etapas y centros educativos de Castilla y León, ya que esta no es un atributo permanente o estable de un sujeto escolarizado, sino un conjunto de dificultades u obstáculos de naturaleza circunstancial, diversa y compleja, que pueden afectar al éxito del alumno en su etapa educativa.

Valladolid, 13 de enero de 2021.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Rocío Lucas Navas.


PE/005037-2

CVE="BOCCL-10-016193"



Sede de las Cortes de Castilla y León